Proceso judicial e informes descartaron afectación de bosque

Derecho de respuesta solicitado por la empresa

Con relación a la publicación realizada por SURCOS DIGITAL.COM en su edición digital del jueves 17 de agosto de 2023, titulada “Hotel Riu Guanacaste solo destruye”, amparados en el ejercicio del derecho de respuesta consagrado en los artículos 66, 67 y 68 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, el artículo 29 de la Constitución Política nos permitimos aclarar lo siguiente:

  • Durante un proceso judicial realizado en el 2019, quedó constatado que nunca existió bosque en los terrenos que actualmente ocupa el Complejo RIU, pues se comprobó que desde 1971 estos fueron de vocación agrícola o potreros, así como que todas las obras construidas por la empresa se apegan estrictamente a lo establecido por el Plan Regulador del cantón de Carrillo.
  • Esta sentencia tuvo como fundamento los informes emitidos por el Área el Conservación Tempisque (ACT), de los cuales adjuntamos copias, donde se comprueba que los árboles autorizados para corta mediante las resoluciones número ACT-OSSCC-139-2006 y ACT-OSSCC-166-200 se trataban de árboles que eran parte de sistemas agroforestales de tipo cercas vivas y sistemas silvopastoriles
  • Mediante resoluciones número ACT-OSSCC-139-2006 y ACT-OSSCC-166-2006 consta que no se cortaron árboles ubicados en áreas de bosque. La prueba de ello es que ese bosque persiste hoy en día y es protegido por la administración de los hoteles allí construidos.
  • En cuanto a la supuesta afectación de zonas verdes en Zona Marítimo Terrestre, existe un informe emitido por el Departamento de Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, del cual también adjuntamos copia, el cual constató que todas las construcciones realizadas por la empresa en esta zona fueron realizadas en apego al Plan Regulador vigente para la Zona Marítimo Terrestre de Playa Matapalo.
  • Por lo tanto, no existe un daño ambiental que valorar en virtud de todo lo expuesto.