SALA CONSTITUCIONAL SE NIEGA A PONER LÍMITES A ASAMBLEA LEGISLATIVA EN PROCESOS DE ELECCIÓN DE MAGISTRATURAS

En días recientes, la Sala Constitucional rechazó la acción de inconstitucionalidad (expediente No. 19-016721-0007-CO) que pretendía poner límites a la discrecionalidad en la elección de magistrados y magistradas por parte de la Asamblea Legislativa.

Por mayoría, la Sala decidió no entrar a conocer el fondo de la acción; todavía no se conoce la redacción del voto ni los criterios que utilizó para tal decisión. Una vez que se reciba la notificación del voto de la Sala, las personas accionantes valorarán acudir a instancias internacionales para que se garantice el acceso a una justicia independiente y libre de injerencias indebidas.

La acción de inconstitucionalidad había sido interpuesta en setiembre de este año por 34 destacadas personalidades del mundo científico, académico y de derechos humanos. Su objetivo era lograr que la Asamblea Legislativa enmendara sus actuaciones, ya que los procesos de elección actual no respetan las obligaciones internacionales que tiene el Estado costarricense y menoscaban la independencia del Poder Judicial.

La decisión de la Sala es preocupante pues valida la discrecionalidad en la elección de magistraturas, dejando a la población indefensa ante las actuaciones de los y las diputadas. El pasado 23 de octubre, por ejemplo, se conoció de la  conformación de una terna para llenar una vacante de la Sala Primera, la cual se definió mediante votación secreta, teniendo como resultado la selección de tres personas que no fueron las mejores calificadas durante el proceso de valoración de atestados. De esta manera, los y las diputadas hicieron caso omiso a las recomendaciones dadas por el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la  independencia de los magistrados y abogados, así como de amplios sectores de la sociedad civil.

Las personas firmantes reiteramos la preocupación por la forma en cómo se están llevando a cabo estos procesos de elección. Sin publicidad, ni transparencia, ni criterios objetivos, existe un alto riesgo de que las personas que se elijan respondan a intereses particulares y no ejerzan el cargo con independencia. Las consecuencias de esto serían irreparables para los derechos humanos y la democracia.

San José, 28 de octubre de 2019

 

Suscriben: Ana Marcia Aguiluz Soto; Dr. Walter Antillón Montealegre; Msc. Andrés Araya Montezuma – Presidente, Costa Rica Íntegra; Dra. Gabriela Arguedas Ramírez; Dr. José Manuel Arroyo Gutiérrez; Msc. Larisa Arroyo Navarrete; Dra. Roxana Arroyo Vargas; Dr. Francisco Barahona Riera; Licda. Yolanda Bertozzi Barrantes; Ana María Botey Sobrado; Msc. Héctor Ferlini Salazar; Luis Antonio González Jiménez; Dr. José María Gutiérrez Gutiérrez; Dr. Alexander Jiménez Matarrita; Dr. Arnoldo Mora Rodríguez; Dra. Henriette Raventós Vorts; Dr. Miguel Angel Sobrado Cháves; Dr. Manuel Antonio Solís Avendaño

 

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