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Etiqueta: Asamblea Legislativa

ACOJUPEMA y Movimiento Magisterial por una Pensión Digna luchan por derecho a recibir completo el ROP

La Asociación Costarricense de Jubilados y Pensionados del Magisterio Nacional (ACOJUPEMA) y el Movimiento Magisterial por una Pensión Digna se unieron al Movimiento Nacional por el Derecho al ROP e hicieron un llamado a todas las personas jubiladas y cotizantes activas del magisterio para sumarse a la defensa del derecho a recibir los recursos del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) en un solo pago, según se establecía originalmente en la Ley de Protección al Trabajador (N.º 7983).

La convocatoria se dirige especialmente a participar este martes 21 y miércoles 22 de octubre a las 10:00 a. m. en la barra de la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, donde se discute el proyecto de ley N.º 24.972, impulsado por la diputada Rocío Alfaro Molina. Esta iniciativa busca restituir el derecho de los trabajadores a recibir el total de los fondos acumulados en su cuenta individual del ROP y no en tractos como establece la legislación actual.

El ROP pertenece a los trabajadores”

En su pronunciamiento, la Licda. Marjorie Hernández, presidenta de ACOJUPEMA, recordó que los fondos de pensiones son propiedad privada de los trabajadores, y criticó que las operadoras de pensiones, amparadas por la SUPEN, tomen decisiones sin consultar a quienes han cotizado durante toda su vida laboral.

Actualmente las pensiones se encuentran congeladas y el ROP se paga a cuentagotas, lo que trae grandes perjuicios financieros y de calidad de vida a las personas jubiladas. Los fondos de pensiones son privados, pertenecen a los trabajadores, pero las operadoras se han apropiado del patrimonio de los cotizantes”, expresó Hernández.

Carta enviada a la Comisión Legislativa

En la carta enviada a los diputados y diputadas de la Comisión de Asuntos Sociales, ACOJUPEMA solicita la aprobación urgente del proyecto de ley N.º 24.972, el cual busca derogar las modificaciones introducidas por la Ley N.º 9906 (2020).
Dicha reforma limitó el retiro completo del fondo del ROP, estableciendo su entrega fraccionada en plazos que las personas jubiladas califican de “irracionalmente largos”.

La carta señala que la ley vigente violenta el derecho de propiedad y autonomía sobre los fondos individuales de quienes cotizaron durante toda su vida laboral, y añade que la nueva legislación busca restablecer los principios de justicia y equidad garantizados por los artículos 33 y 74 de la Constitución Política.

No permitiré que se siga violentando mi derecho a una pensión digna y a tener calidad de vida en la etapa más crítica de una persona, que es la vejez”, se lee en la carta firmada por la presidenta de ACOJUPEMA.

Se le debe devolver al trabajador el sagrado derecho a una pensión digna, derogando la modificación aprobada con una ley espuria (#9906) que generó desigualdad e inequidad, afectando las condiciones de vida de los nuevos jubilados”, agrega el documento.

Una lucha nacional por la justicia previsional

El movimiento que impulsa ACOJUPEMA se suma a diversas organizaciones sociales, laborales y de pensionados que desde hace varios meses reclaman la devolución total y en un solo pago del ROP, así como una mayor transparencia en la administración de los fondos de pensiones.
Las agrupaciones coinciden en que el actual sistema impone condiciones desfavorables para las personas jubiladas y limita su autonomía financiera en una etapa de vida donde los recursos son esenciales para cubrir sus necesidades básicas.

Hacemos un llamado para que los diputados y diputadas tomen la decisión correcta y devuelvan a los jubilados el derecho que nos corresponde”, concluye el pronunciamiento.

Procuraduría respalda eliminación de ratificación del Poder Ejecutivo en nombramientos del Banco Popular

La Procuraduría General de la República (PGR) emitió el dictamen PGR-OJ-153-2025, en el que concluye que no existen vicios constitucionales en el proyecto de ley 24.627, el cual busca eliminar la ratificación del Poder Ejecutivo sobre los cuatro directores designados por la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (ATTBPDC) ante la Junta Directiva Nacional del banco.

El dictamen, firmado por la procuradora Silvia Patiño Cruz el 2 de octubre de 2025, fue remitido a la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, instancia que tramita la reforma denominada “Reforma del inciso b) del artículo 15 de la Ley N.° 4351 del 11 de julio de 1969 y sus reformas”.

Un cambio que fortalece la autonomía institucional

Según la Procuraduría, la reforma se justifica en los principios de autonomía institucional, democracia interna y copropiedad social, ya que el Banco Popular es una entidad pública no estatal, propiedad colectiva de los trabajadores y trabajadoras del país.

El proyecto pretende fortalecer la autonomía de las organizaciones laborales y eliminar la injerencia política del Poder Ejecutivo en la elección de la Junta Directiva Nacional, al suprimir el requisito de ratificación de los representantes designados por la Asamblea de Trabajadores.

La PGR subraya que la medida no debilita el control público ni el interés general, pues los mecanismos de supervisión financiera a cargo de la SUGEF y el CONASSIF permanecen vigentes.

La eliminación de la ratificación contribuye a la consolidación de la autonomía funcional del banco, en coherencia con su naturaleza no estatal”, indica el documento, que además destaca que la evaluación de idoneidad y probidad debe realizarse por mecanismos técnicos bajo los entes supervisores del sistema financiero.

El Banco Popular: un ente público no estatal

En su análisis, la Procuraduría recordó que el Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BPDC) fue creado como una institución de Derecho Público no estatal, con personería jurídica y patrimonio propio, lo que implica que no forma parte del Poder Ejecutivo ni del conjunto de instituciones estatales tradicionales.

El dictamen cita los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica del Banco Popular, que establecen que el banco es propiedad de los trabajadores por partes iguales, quienes ejercen sus derechos a través del ahorro obligatorio y la representación en la Asamblea de Trabajadores.

Asimismo, señala que la actual estructura de gobierno reconoce tres directores nombrados por el Poder Ejecutivo y cuatro por la Asamblea de Trabajadores, estos últimos sujetos a ratificación del Ejecutivo según el texto vigente.
La reforma únicamente eliminaría esa ratificación, manteniendo la potestad del Ejecutivo para designar a tres miembros.

Principio democrático y buen gobierno

La PGR sostiene que, dado el carácter participativo y asociativo del Banco Popular, la designación de sus autoridades debe observar el principio democrático. La reforma propuesta, al fortalecer la capacidad de decisión de la Asamblea de Trabajadores, se alinea con los principios de autogobierno, transparencia y eficacia.

La aprobación de la reforma se encuentra dentro del ámbito de discrecionalidad del legislador, quien goza de potestad para adecuar el régimen jurídico de instituciones públicas no estatales conforme a los principios democráticos y al interés público”, concluye la Procuraduría.

Conclusión general del dictamen

En síntesis, la Procuraduría concluye que:

  • El Banco Popular es una entidad pública no estatal de propiedad colectiva de los trabajadores.

  • La reforma al inciso b) del artículo 15 no presenta vicios de constitucionalidad.

  • La propuesta fortalece la autonomía institucional, la transparencia y el buen gobierno corporativo.

  • Su aprobación corresponde al ámbito discrecional del legislador.

Frente Amplio desaprueba permiso de atraque a buque de guerra estadounidense

Comunicado

La Fracción del Frente Amplio anuncia que votará en contra de dar el permiso de permanencia en puerto y desembarque de su tripulación al buque estadounidense USS Wichita.

El arribo del navío militar norteamericano, clase crucero pesado, está previsto para martes 21 de octubre, con salida el 26 del mismo mes, aunque la solicitud incluye una prórroga hasta el 3 de noviembre en caso de retrasos.

La bancada frenteamplista votará en contra al considerar que un barco de tales condiciones —armado y con capacidad para albergar hasta 929 tripulantes— puede acrecentar las tensiones en el Caribe, donde el ejército estadounidense realiza acciones militares cuestionadas internacionalmente.

Utilizando el argumento de lucha contra el narcotráfico, y sin aportar prueba alguna de su relación con esa actividad ilícita, el ejército de ese país ha hundido cinco embarcaciones y asesinado extrajudicialmente a 27 personas, el último de ellos un ciudadano de Trinidad y Tobago.

El despliegue militar norteamericano ha provocado fuertes protestas en países latinoamericanos y también en Estados Unidos, donde senadores de ese país intentaron detener la campaña militar de Trump en el Caribe, iniciada el 2 de setiembre.

En este contexto, el permiso solicitado para el USS Wichita incluye la posibilidad de desembarco de su personal y la solicitud expresa de que cuenten con “todas las inmunidades y privilegios que les confiere la Convención de Viena”.

El Frente Amplio señala que, en respeto a la declaración de neutralidad perpetua de Costa Rica, el país no debe prestar sus puertos para operaciones que acrecientan tensiones bélicas y que además no se relacionan con convenios de cooperación policial en la lucha contra el narcotráfico.

Devolución de dineros del ROP moviliza a personas pensionadas

El presidente de la Seccional de Pensionados de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), Walter Quesada Fernández, hizo un llamado público a las personas pensionadas y trabajadoras a mantenerse vigilantes y activas frente al avance legislativo del proyecto de ley para la devolución de los recursos que cada persona tiene en el Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP).

Quezada explicó que el proyecto se encuentra en la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, donde debe discutirse y aprobarse en las próximas semanas, y que este paso resulta clave para que continúe su trámite y pueda ser convocado posteriormente por el Poder Ejecutivo.

“Quedan únicamente dos semanas para que se discuta y se apruebe en comisión el proyecto de devolución del ROP, y tenemos que hacer la mayor presión para que los diputados y las diputadas tomen esa decisión”, señaló.

El dirigente sindical también destacó la necesidad de que el presidente Rodrigo Chaves Robles incluya el proyecto en la agenda de sesiones extraordinarias, que comenzará en noviembre, y reiteró que la ANEP está recogiendo firmas para solicitar formalmente dicha convocatoria.

Según explicó, las personas pensionadas enfrentan dificultades económicas derivadas de la entrega parcial y diferida de los fondos del ROP, por lo que el sindicato insiste en la urgencia de reformar el sistema y devolver a los cotizantes el control de sus ahorros previsionales.

“Ese dinero nos pertenece y solo con nuestra presión vamos a lograr que nos lo devuelvan, por ello cada comunidad y sector del país debe organizarse para movilizarse a la Asamblea Legislativa este martes 21 a las 10 de la mañana”, enfatizó Quesada.

Puede ver el video completo con el mensaje de Walter Quesada Fernández aquí:

Usuaria de perros guía advierte que proyecto de ley amenaza sus derechos y autonomía

Una persona con discapacidad visual y usuaria de perro guía, alertó sobre los riesgos que plantea el proyecto de ley expediente N.º 24.124, impulsado por el diputado Yonder Salas, del partido Nueva República, el cual —según explicó— atenta contra los derechos y la independencia de las personas usuarias de perros guía en Costa Rica.

En un video compartido con SURCOS, la joven resumió en cuatro puntos las principales preocupaciones sobre el texto legislativo, que regula aspectos de certificación, monitoreo y manejo de los perros guía y sus usuarios.

Cuatro disposiciones cuestionadas

  1. Monitoreo anual obligatorio
    El proyecto plantea que cada equipo de usuario y perro guía debe someterse a un monitoreo anual. La joven explicó que esto sería inviable, pues los perros guía que existen actualmente en Costa Rica provienen de escuelas extranjeras —ya que el país no cuenta con centros de entrenamiento locales—, lo que implicaría viajes anuales al exterior o visitas de instructores internacionales, con costos excesivos y complicaciones logísticas.

  2. Restricción en la validez de los carnets de identificación
    El texto establece que solo serán válidos los carnés emitidos por centros de adiestramiento registrados en SENASA, lo que dejaría sin reconocimiento a los perros guía formados en el extranjero.
    “Eso significaría que perderíamos el derecho de ingresar a lugares públicos con nuestros perros guía”, señaló.

  3. Decisión sobre el retiro del perro guía
    El proyecto otorga a SENASA la potestad de decidir si el usuario puede conservar a su perro cuando este se retire.
    “Esto violenta nuestros derechos, porque los usuarios pagamos un monto simbólico por el perro, asumimos sus gastos veterinarios y de alimentación, y además existe un fuerte vínculo emocional que no puede ignorarse”, explicó.

  4. Restricciones sobre quién puede cuidar del perro guía
    Se exige que, si el usuario no puede atender temporalmente al perro, solo una persona con la misma capacitación recibida en el extranjero podrá hacerlo.
    “Esto limita nuestra autonomía, porque no hay en el país quien tenga esa formación específica”, agregó.

La denunciante insistió en que estas disposiciones podrían restringir la movilidad, la independencia y los derechos adquiridos por las personas con discapacidad visual que utilizan perros guía, y pidió que el tema sea revisado con criterio técnico y respeto a los principios de accesibilidad e inclusión.

Video completo disponible aquí:

La decadencia de los Arias Sánchez

Oscar Madrigal

De las cosas llamativas de la política costarricense de los últimos años es la pérdida del caudal político de los hermanos Arias Sánchez. El capital político que estos personajes mantuvieron por más de 30 años lo han perdido.

Oscar Arias se dedicó sobre todo estos últimos 4 años a pasar desapercibido, sin enfrentar los ataques permanentes del presidente Chaves, escondido, acobardado, sin utilizar su fuerza política. Probablemente su cobardía tenía sus cálculos políticos, pero la realidad es que esa conducta lo llevó a ser hoy un político sin mayor influencia.

Hasta los gringos lo desconocieron, lo despreciaron, lo humillaron al revocarle la visa y su respuesta fue la de sentirse abatido y postrado.

El caso de su hermano Rodrigo Arias es aún más patético, penoso y ridículo. Gestionó durante los últimos 4 años para ser presidente de la Asamblea Legislativa, al inicio con el apoyo de Chaves. Pero luego, ha sido vilipendiado, humillado hasta el insulto, sin que haya habido de su parte una reacción fuerte y categórica. La imagen de Rodrigo Arias y por consecuencia de los hermanos, es de apatía, enfermedad, sin ningún ánimo ni fuerza para promover alguna acción política. El ejemplo más claro de decadencia de los hermanos Arias lo da Rodrigo.

Las cosas han llegado hasta el extremo de que los hermanos Arias Sánchez son actualmente de los políticos más desprestigiados del país.

La última salida pública de Oscar Arias no fue para defenderse de los ataques de Rodrigo Chaves sino para atacar solapadamente a Liberación Nacional.

Oscar Arias ha pasado callado 4 años, soportando los insultos de Rodrigo Chaves sin reacción alguna de su parte, soportando incluso que su influencia política se reduzca a muy poco. Y según parece, también su influencia económica, venida a menos.

¿Se han resignado los hermanos Arias a morir políticamente?

Se sabe que la ambición de esos personajes es casi infinita, por lo que es difícil aceptar ese supuesto.

¿Cómo los calló Chaves? ¿Con chantajes? No hay respuestas claras.

Pero todo parece indicar que asistimos al fin de la era de los Arias Sánchez.

El principio de autoridad y la beligerancia política

Dr. Oscar Aguilar Bulgarelli

A raíz de la solicitud hecha por el Tribunal Supremo de Elecciones ante la Asamblea Legislativa, para levantar la inmunidad del presidente Rodrigo Chaves por quince de veinticuatro denuncias presentadas por beligerancia política, quedando pendientes nueve; han surgido sus defensores políticos y de oficio, como era de esperar. Pero hay tres que me han dejado sorprendido, la diputada y jefa del oficialismo Pilar Cisneros y dos abogados, uno su defensor de oficio y otro oficioso, analista por la prensa; una dice que estamos ante un “golpe de estado institucional”, y los otros hacen todo un galimatías entre la Constitución y el Código Electoral, para tratar de demostrar que no existe una normativa constitucional y legal que permita levantar ese fuero al presidente y que, por lo tanto, es improcedente y “legalmente equivocada y temporalmente inoportuna”, como dijo uno de ellos.

Ante semejantes afirmaciones chavistas, creo que vale la pena tratar de desenredar la madeja que tratan de montar, y ver las cosas simplemente dentro del marco y letra de la ley que nos dice primero la Constitución Política, como norma fundamental, sobre el principio de legalidad. Dice su artículo 11:

Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella. Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes…

Entonces, como primera cosa a tener en cuenta es que don Rodrigo y doña Pilar no pueden ni hacer ni interpretar la ley como les dé la gana, pues juraron, sino por Dios por ser ateos disimulados o declarados, aunque sea ante un quipu o por lo más sagrado que tengan, el respeto de la Constitución y las leyes que de ella se derivan.

Pero, además, el artículo 102 de la Constitución la otorga al TSE atribuciones especiales y exclusivas, como, por ejemplo:

Interpretar en forma exclusiva y obligatorias las disposiciones constitucionales y legales referentes a la materia electoral.

Investigar por si o por medio de delegados, y pronunciarse con respecto a toda denuncia formulada por los partidos políticos sobre parcialidad política de los servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos, o sobre actividades políticas de funcionarios a quienes les esté prohibido ejercerlas. La declaratoria de culpabilidad que pronuncie el Tribunal será causa obligatoria de destitución e incapacitará al culpable para ejercer cargos públicos por un periodo no menor de dos años, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieren exigírsele. No obstante, si la investigación realizada contiene cargos contra el presidente de la República, ministros de gobierno…el Tribunal se concretará a dar cuenta a la Asamblea Legislativa del resultado de la investigación.

Bien, puede verse claramente que el TSE si tiene potestad legal para sancionar sobre todas las denuncias que haya por cualquier incumplimiento de la ley. Y bien, de lo hasta aquí transcrito de la letra constitucional, eso es lo que ha sucedido, ni más ni menos. Como dice el dicho, no hay que brincar mucho pues el suelo está parejo.

Ahora bien, ¿qué sigue después? Para esto, debemos referirnos al artículo 121 inciso 9 de la Constitución sobre las atribuciones de la Asamblea Legislativa que dice:

Admitir o no las acusaciones que se interpongan contra quien ejerza la Presidencia de la República, vicepresidentes, ministro de Gobierno… declarando por dos terceras partes de votos del total de la Asamblea si hay o no lugar a formación de causa contra ellos, poniéndolos, en caso afirmativo, a disposición de la Corte Suprema de Justicia para su juzgamientos

Queda demostrado por lo tanto que, al contrario de lo que dicen algunos leguleyos “chavestistas”, la Asamblea Legislativa si tiene potestad para conocer las acusaciones por clara beligerancia del presidente Chaves pues incumplió en cada una de ellas, con las prohibiciones legales de participación política, violando la Constitución y el Código Electoral. Así, la Asamblea deberá juzgar con base en el 121 inc.9 transcrito y el segundo párrafo del artículo 270 del Código Electoral, si la acusación que le remite el TSE es admisible o no, cumpliendo así con el trámite legal correspondiente a lo interno de la Asamblea Legislativa. Si ésta considera que los delitos electorales cometidos, en este caso beligerancia, justifican el levantamiento de la inmunidad, el expediente del presidente Chaves regresa al pleno Tribunal Supremo de Elecciones que, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo del artículo 270 resolverá según corresponda. ¿Y qué corresponde en este caso?, lo que señala claramente el último párrafo del artículo 146 del Código Electoral que dice:

El TSE podrá ordenar la destitución e imponer inhabilitación para ejercer cargos por un periodo de dos a cuatro años a los funcionarios citados, cuando sus actos contravengan las prohibiciones contenidas en este artículo.

Los funcionarios citados en el 146 son, entre otros, el presidente, vicepresidentes, ministros y una extensa lista, a los cuales en ese mismo artículo se les prohíbe:

– … Participar en las actividades de los partidos políticos, asistir a clubes o reunión es de carácter político, utilizar la autoridad e influencia de sus cargos en beneficio de los partidos políticos, colocar avisos en sus viviendas o vehículos, ni hacer ostentación partidaria de cualquier otro género… únicamente podrán ejercer el derecho a emitir su voto el día de las elecciones en la forma y condiciones establecidas en este Código

No se puede ocultar el sol con un dedo, es muy claro que el presidente como es su costumbre ha violentado y violado… la ley en infinidad de oportunidades y, además, ya en campaña, cada vez que consiente la presencia de los candidatos de su partido-taxi en actos oficiales, él y ellos violan la ley. Y cuidado, a lo mejor pueden llegar a ser excluidos de las elecciones si a alguien se le ocurriera presentar una acusación.

Por supuesto que todas las teorías legales y políticas para desacreditar esta acusación no son más que eso, formas de ocultar la verdad y los procedimientos ilegales y fraudulentos del chavismo. No hay tal golpe de estado institucional, absurdo de quien sufre una “termocéfala de poder” y cuyas consecuentes isquemias le impiden la suficiente claridad mental para darse cuenta de sus absurdos, o bien otros por ínfulas de notoriedad profesional, necesaria en quienes no han logrado madurar en los conceptos básicos de la profesión o los que siempre tienen a disposición un Sinpe.

Pero unos y otros, incluyendo los que nos amenazan con acabar con la democracia y sacarnos de nuestro país, sepan que no les será tan fácil; no se les teme y sabemos defender un país que construyeron con grandes sacrificios nuestros abuelos.

Campaña de hombres pide a Fabricio Alvarado renunciar a la inmunidad

SURCOS recibió el siguiente comunicado:

Ante el movimiento que se ha gestado para exigir la renuncia a la inmunidad de Fabricio Alvarado, algunos sectores han pretendido minimizar y desvirtuar el proceso mediante el argumento de que se trata de una persecución política por parte de algunas mujeres de ideas extremas.

Por lo anterior, es muy importante demostrar que somos muchísimos los hombres que también exigimos esta renuncia a la inmunidad, y por las mismas razones esgrimidas por las mujeres, porque nos oponemos claramente a la cultura patriarcal que favorece y permite la violencia de género y particularmente el abuso sexual.

Si usted coincide con esta posición, por favor, ingrese al siguiente enlace para que revise el documento y, si lo tiene a bien, lo firme indicando su nombre completo y su número de identificación:

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScY9D3-LNZuwl_GgcMOd-ryWM3HZBOSTejeFOnEQOgmPxmWkw/viewform?usp=header

Entre más firmas se recaben más evidente será nuestra posición como hombres sensibles y conscientes y mayor será la presión para lograr un proceso judicial sin atrasos ni privilegios. Por favor, ayude también a circular esta iniciativa circulándola por las redes sociales.

Consejo Universitario de la UCR se pronuncia ante denuncia contra miembro de la Asamblea Legislativa

El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) emitió un acuerdo firme en el que expresa su posición frente a la denuncia presentada contra un miembro de la Asamblea Legislativa por presunto abuso sexual contra una mujer menor de edad al momento de los hechos.

En el acuerdo, tomado en la sesión ordinaria N.º 6942 del 9 de octubre de 2025, el órgano universitario recordó su compromiso con la defensa de los derechos de las mujeres y la condena a toda forma de violencia de la que puedan ser objeto.

Principales consideraciones del acuerdo

El Consejo Universitario señaló que, ante denuncias de esta naturaleza, las personas funcionarias públicas, especialmente quienes ocupan cargos de elección popular, deben responder al principio de transparencia y rendición de cuentas, conforme al mandato constitucional.

El documento también hace referencia a los recientes cuestionamientos sobre la ética y probidad de algunos miembros de la Asamblea Legislativa, tras el rechazo a una solicitud de levantamiento de inmunidad presidencial.

Acuerdos adoptados

  1. Expresar solidaridad con las mujeres víctimas de violencia sexual.

  2. Instar a las personas funcionarias de elección popular a que, cuando existan denuncias en su contra por violencia sexual o actos de corrupción, se sometan al proceso judicial correspondiente.

  3. Reprochar el uso indebido de la inmunidad por parte de personas funcionarias públicas con fines distintos a los que motivaron su creación. El Consejo recordó que someterse a un proceso judicial no implica violar el principio de inocencia.

  4. Comunicar el acuerdo a las diputadas y diputados de la Asamblea Legislativa, así como a los medios de comunicación.

El acuerdo fue firmado por la directora del Consejo Universitario, Patricia Fumero Vargas, Ph.D., y establece que la ética y la responsabilidad pública son condiciones indispensables en el ejercicio de cargos de representación popular.

Fraude electoral

Freddy Pacheco León

Freddy Pacheco León

Cuando la Presidencia de la República irrespeta la Constitución Política en una campaña electoral, incurre en fraude.

Cuando esa misma Presidencia irrespeta la legislación electoral, violentando la neutralidad que busca un trato justo entre los contendientes, incurre en fraude. Cuando también usa indebidamente recursos del Estado, para influir en la opinión de los electores a favor de candidatos oficiales, incurre en fraude. Cuando lo hace en contra de candidatos de oposición, igualmente incurre en fraude. Cuando lanza ataques soeces contra las autoridades electorales, con la evidente intención de resquebrajar la sólida confianza de los costarricenses en el Tribunal Supremo de Elecciones, incurre en fraude.

Cuando manipula las redes sociales con troles, perfiles falsos, personas inexistentes, en apoyo de «supuestos logros», para sumar simpatizantes de cara a las elecciones, incurre en fraude.

Cuando maltrata de palabra a periodistas de medios independientes, que se «atreven» a incomodarlo con preguntas de incuestionable interés público, incurre en fraude. Cuando «inaugura» obras que no se han siquiera iniciado para engañar a los habitantes, incurre en fraude.

Cuando culpa a los organismos de control del gasto, del fracaso de obras mal planificadas, como “ciudad gobierno” y una “marina en Limón”, con la intención de erosionar su ganado prestigio institucional, incurre en fraude.

Cuando sin escrúpulo alguno, se burla de la fundamental veda electoral que reafirma la prohibición a mostrar beligerancia política de cualquier tipo, incurre en fraude.

En fin, independientemente de la magnitud de las ilegalidades cometidas, cualquiera de ellas puede ser suficiente para cambiar el resultado de una elección reñida como la que se vislumbra. Muestra de esa eventual situación, fue el triunfo de don Óscar Arias sobre don Ottón Solís, decidido por solo el 1,1 % de los votos, sin que se hubiera dada beligerancia política alguna atribuible al respetado expresidente don Abel Pacheco.

Es claro pues, que incluso una beligerancia política apenas insinuada, podría tener un efecto brutal sobre la democracia, ¡si no es sancionada!, como ha de serlo en un país de derecho como Costa Rica, pues un resultado electoral sucedido en un contexto como el resumido, sería equivalente a un golpe de Estado, de sensibles, dolorosas, irreparables, consecuencias para nuestra amada Costa Rica. La sagrada voluntad popular, expresada en votos libres de perversas ilegalidades es el cimiento más importante de la institucionalidad que nos rige, y sobre la cual se ha construido un Estado admirado en el concierto de las naciones.

Por todo lo anterior, si en este momento histórico al presidente de la República Rodrigo Chaves Robles, se le ha de juzgar por numerosas causas de beligerancia política, y para ello es menester contar con el aval de una Asamblea Legislativa consciente de su alta responsabilidad, lo que los costarricenses esperamos es que las diputaciones se liberen de intereses personales o políticos, y le garanticen al señor presidente la oportunidad de responder a las acusaciones, con las opciones que le brinda el texto constitucional y la legislación electoral.

A solicitud de los magistrados del TSE, las damas y caballeros representantes populares que temporalmente conforman el Primer Poder de la República tienen ante sí, una responsabilidad superlativa, nunca antes vista. Su histórica decisión, aunque sustentada en hechos ya sucedidos, ¡es aún más importante para el futuro de la democracia costarricense!

Y es así pues en el caso injustificable de impedir juzgar al ciudadano que hoy preside el Poder Ejecutivo, se le estaría otorgando a éste un permiso para que, impunemente, siga adelante con su muy cuestionado comportamiento. Sería cual invitación, a mostrar sin desparpajo alguno, una beligerancia política desvergonzada, irrespetuosa, descarada, con la certeza de que cuenta con legisladores que le protegen e invitan a seguir por ese camino, y que no habría nada que le impida hacer lo que le dé la gana hasta el final de su administración.

Se trata pues, de escoger entre fortalecer el sistema democrático que aspiramos heredar a nuestros hijos y nietos, o el de asumir la vergonzante actitud de ponerse del lado de los que piensan que la Patria no es más que una palabra hueca, intrascendente, sin valor alguno. Por ello, respetuosamente instamos a las mujeres y hombres que están a pocos meses de alejarse de la gran sala del Plenario Legislativo, que antes de decidir cómo votar, lo conversen al interior de sus núcleos familiares, como generalmente sucede cuando se trata de tomar decisiones trascendentales que también afectan, para bien o para mal, a sus seres más queridos.

Dejar pasar como una cosa sin importancia una decisión semejante, podría tener efectos fatales, impensables, para la Costa Rica que solemnemente, invocando al Creador, una vez prometieron defender.