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Etiqueta: Asamblea Legislativa

Manrique Jiménez Meza presenta petición urgente ante Corte Plena por vacantes en la Sala Constitucional

El abogado y académico Manrique Jiménez Meza presentó, el pasado 29 de junio de 2026, una petición urgente ante la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia, en la que solicita a ese órgano valorar mecanismos jurídicos excepcionales para enfrentar la vacante de magistrados suplentes que enfrenta la Sala Constitucional desde diciembre de 2025.

¿Quién es el gestionante?

Manrique Jiménez Meza, cuyo nombre oficial es Manuel Enrique Jiménez Meza, es licenciado en Derecho y en Filosofía por la Universidad de Costa Rica, y doctor en Derecho Administrativo por la Universidad Complutense de Madrid, donde fue tutorado por el jurista español Eduardo García de Enterría. Cuenta además con una maestría en Gestión Financiera y de Inversiones y un diplomado en Derecho Comparado por la misma universidad, así como un postgrado en Derecho Constitucional y Ciencias Políticas por el Centro de Estudios Constitucionales del Senado Español.

Ha sido magistrado suplente de la Sala Constitucional y magistrado ad hoc del Tribunal Supremo de Elecciones. Fue codirector del Programa Doctoral en Derecho (PROLADE) y en Ciencias Económicas (PROLACE), mediante el convenio entre ULACIT y la Universidad Complutense de Madrid. Presidió la Asociación Costarricense de Derecho Administrativo y fue corredactor del Código Procesal Contencioso Administrativo. Integró la «Comisión de Notables» para el mejoramiento institucional de Costa Rica (2012) y fue reconocido por el Colegio de Abogados de Costa Rica como «Abogado distinguido del año» en 2008. Es profesor adscrito a la Universidad Carlos III de Madrid y a universidades de Perú, entre otras casas de estudio, y es autor de numerosas obras especializadas en Derecho Constitucional, Derecho Administrativo y Teoría del Estado.

En el escrito, presentado bajo trámite urgente, Jiménez Meza aclara que actúa como «ciudadano activo», en ejercicio de su derecho fundamental de petición, y no en representación de ningún cargo público ni con fines de beneficio personal.

El contexto de la petición

El documento parte de una situación que Jiménez Meza describe como de «emergencia institucional»: desde diciembre de 2025, la Sala Constitucional carece de sus 12 magistrados suplentes, luego de que el Poder Judicial remitiera a la Asamblea Legislativa una lista de 18 personas candidatas, sin que la Asamblea —según indica el escrito— haya logrado reunir la mayoría calificada necesaria para realizar los nombramientos correspondientes. El petente señala que ni la Constitución Política ni la legislación ordinaria contemplan un mecanismo expreso de emergencia para resolver esta situación.

Fundamento jurídico de la solicitud

Jiménez Meza argumenta que, ante la existencia de una laguna jurídica —y no de una simple insuficiencia legal—, corresponde aplicar de manera supletoria el derecho no escrito (jurisprudencia, principios generales del derecho y costumbre) con rango de ley, con fundamento en el artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 14 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, entre otras normas.

Para sustentar su tesis, el escrito recurre al derecho constitucional comparado y cita el principio conocido como prorogatio o holdover, mediante el cual jueces o magistrados de tribunales constitucionales de otros países continúan en funciones hasta que sus sucesores tomen posesión del cargo. Entre los ejemplos citados en la petición figuran Alemania, Portugal, España, Bélgica, Moldova y República Dominicana, cuyos marcos normativos o jurisprudenciales contemplan expresamente este mecanismo de continuidad.

Con base en este análisis, Jiménez Meza plantea una serie de principios que, a su juicio, deben regir la respuesta institucional ante esta situación: la continuidad del Estado, la preservación del orden constitucional, la lealtad constitucional entre poderes, la operatividad efectiva de la Constitución, el principio teleológico de las competencias constitucionales y lo que denomina «potencia y resistencia constitucionales» frente a eventuales intentos de vaciamiento institucional.

Peticiones concretas

El escrito solicita a la Corte Plena, entre otros puntos:

  • Que se dé respuesta motivada a la petición.
  • Que se valore la aplicación del derecho no escrito ante la laguna jurídica identificada.
  • Que se garantice la continuidad de la justicia constitucional mediante la incorporación temporal de magistrados suplentes de las salas Primera, Segunda y Tercera de la Corte Suprema de Justicia, en auxilio de la Sala Constitucional, mientras no se completen los nombramientos legislativos.
  • Que dichos magistrados de auxilio permanezcan en funciones incluso si vence el plazo de su nombramiento original en sus salas de origen, hasta que sean válidamente sustituidos.
  • Que la Corte Plena amplíe de 18 a 24 el número de personas candidatas a magistratura suplente de la Sala Constitucional, ante la eventual necesidad de que la Asamblea Legislativa deba elegir a los 12 puestos vacantes.

El documento fue dirigido a la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia y firmado por Manrique Jiménez Meza en San José, el 29 de junio de 2026.

Puede descargar el documento completo desde SURCOS:
https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2026/07/Peticion-ante-Corte-Plena-MANRIQUE-JIMENEZ-MEZA.pdf

Gestión ciudadana logra que Sala Constitucional abra proceso por omisión legislativa en nombramiento de magistraturas suplentes

La participación organizada de la ciudadanía obtuvo un primer resultado en la defensa del funcionamiento de la justicia constitucional. La Sala Constitucional dio trámite al recurso de amparo presentado por tres ciudadanas y respaldado por 1.845 personas, mediante el cual se cuestiona la omisión de la Asamblea Legislativa en el nombramiento de las magistraturas suplentes del tribunal constitucional.

La resolución ordena a la Presidencia de la Asamblea Legislativa rendir un informe en un plazo de tres días hábiles sobre los hechos denunciados, luego de que la mayoría del Pleno de la Sala considerara procedente iniciar el trámite del recurso.

La gestión ciudadana surgió ante la preocupación por el riesgo que representa la falta de magistraturas suplentes para el funcionamiento regular de la Sala Constitucional, una situación que podría afectar la resolución oportuna de recursos de amparo, hábeas corpus y otros procesos vinculados con la protección de derechos fundamentales. Desde la convocatoria para respaldar el recurso, las personas promoventes insistieron en que la acción no pretendía intervenir en las competencias de la Asamblea Legislativa ni impulsar nombres específicos, sino exigir el cumplimiento del deber constitucional de realizar los nombramientos necesarios para garantizar la continuidad del Tribunal.

Días antes, la Defensoría de los Habitantes había advertido públicamente sobre las consecuencias de mantener esa situación. En un informe remitido a la Presidencia de la Asamblea Legislativa señaló que la ausencia de magistraturas suplentes ya estaba afectando el funcionamiento de la jurisdicción constitucional, recordando que durante 2025 estas participaron en la resolución de aproximadamente 43.144 expedientes y que existían al menos 87 asuntos pendientes por dificultades para integrar el Tribunal. Asimismo, alertó que esa situación comprometía el derecho de acceso a una justicia pronta y efectiva y podía vulnerar obligaciones internacionales del Estado costarricense en materia de derechos humanos.

En la resolución de admisión, la Sala Constitucional resume los argumentos planteados por las recurrentes. Entre ellos destaca que las magistraturas suplentes constituyen una garantía indispensable para asegurar la continuidad del servicio público de justicia constitucional cuando magistraturas propietarias se encuentran incapacitadas, recusadas, de vacaciones, con licencia o enfrentan otros impedimentos temporales. También señala que la omisión legislativa denunciada podría poner en riesgo el acceso efectivo de la ciudadanía a la tutela judicial de sus derechos fundamentales.

El recurso sostiene que la Asamblea Legislativa no puede convertir una competencia constitucional de nombramiento en un bloqueo indefinido mediante sucesivas postergaciones, votaciones fallidas o devoluciones de nóminas, pues ello afecta no solo al Poder Judicial sino a toda persona que pueda requerir protección constitucional frente a una eventual vulneración de sus derechos.

La admisión del recurso no resuelve aún el fondo del asunto, pero representa un paso relevante dentro del proceso impulsado desde la ciudadanía para procurar que se garantice el funcionamiento pleno de la Sala Constitucional y, con ello, la protección efectiva de los derechos fundamentales de la población.

Breve exposición de la coyuntura nacional

Francesco Giulietti Silva
Estudiante de Derecho y Filosofía
Francescomc8@gmail.com

En política estatal resulta en un contrasentido -al menos a nivel práctico- decir que se es conservador en lo social y liberal en lo económico, porque es interseccional y no va desligado uno del otro. Para que la ciudadanía tenga una buena vida requiere una economía estable y políticas de reducción y migración de desigualdades; la política económica está estrictamente ligada a lo social.

A propósito de lo anterior, propongo el análisis de ciertos temas que forman parte de la discusión política y legislativa en Costa Rica.

Por un lado, las jornadas 4×3 se vienen impulsando desde hace más de 20 años, el poner en la mesa un proyecto no estudiado verdaderamente a fondo que, en ciertas aristas socava los derechos del tico promedio a favor de empresarios no es nada por celebrar, a pesar de que tenga un apoyo popular. El apoyar proyectos de este tipo (tal y como fue propuesto por la diputada Daniela Rojas) no representan verdaderamente una ventaja competitiva. En el cuatrienio pasado nunca se indicaron ni se demostraron estudios o análisis que demostraran una relación causa-efecto entre la aprobación de jornadas de 4×3 con el arribo al país de las empresas transnacionales y la generación de nuevos empleos. Se utilizó como estrategia argumentativa el hecho de que “vamos atrasados” en la región, en lo que compete a normas que impulsen la competitividad. Sin embargo, los ejemplos utilizados corresponden a países que, al día de hoy, poseen una legislación laboral más laxa respecto a los derechos laborales de las personas trabajadoras. Se menciona lo anterior debido a que el origen del Derecho Laboral es sopesar las desigualdades naturales que existen entre los patronos y los trabajadores. En una relación laboral se enfrentan intereses contrapuestos, el trabajador busca siempre ganar más y (de ser posible) trabajar menos. Por otro lado, el patrono busca gastar menos y producir más. La historia ha demostrado que cuando no se le establecen límites a los grandes empresarios pueden ocurrir grandes abusos causados por la desventaja y la relación de poder que existe entre la parte trabajadora y la empleadora, por lo que el Derecho Laboral ha ido dignificando poco a poco el trabajo y otorgando mejores condiciones (días de descanso, jornadas de 8 horas, vacaciones, aguinaldo, etc.). Cabe reflexionar si verdaderamente estas propuestas son para el beneficio del pueblo o de unas pocas élites. Es importante analizar a fondo estas reformas estructurales dentro de nuestros códigos.

Luego, el crecimiento del PIB no es el indicador más adecuado para medir la calidad de vida del ciudadano costarricense promedio, debido a que es una estadística que corresponde a un factor macroeconómico, que no necesariamente corresponde a lo micro. No hay un aumento real de nuestros ingresos que se refleje con una mejor calidad de vida. Dentro de la región latinoamericana, Costa Rica tiene uno de los salarios más altos, sí, pero también es de los países con el costo de vida más elevado. El disfrutar de una buena calidad de vida no corresponde a la mayoría del país. Se resalta esto porque, en mínimas condiciones -salario base- no basta con dicho salario para satisfacer las necesidades personales y familiares. Costa Rica dejó de ser un país de clase media por uno que, con el paso del tiempo, ahonda en las desigualdades. Vivimos en un Estado de economías paralelas, donde los indicadores macroeconómicos nos hacen parecer una potencia, pero el ciudadano de a pie con costos llega a fin de mes.

Por otro lado, el endurecimiento de penas llama mucho la atención, de hecho, Costa Rica es uno de los países latinoamericanos con las penas más largas y de los países que más duro castiga en la región. No es necesario ser penalista para saber que subir las penas no reduce la delincuencia, lo que sí lo reduce es la efectividad de las sanciones. Es decir, que el Estado castigue cuando corresponda y que sea esperable de la ciudadanía que el Estado persiga y sancione las conductas antisociales, evitando la impunidad. Al Poder Judicial le corresponde actuar cuando los hechos ya pasaron, cuando ya es demasiado tarde y la prevención falló. Por lo cual, corresponde en un grave error el responsabilizar al Poder Judicial por la tarea preventiva, la cual le corresponde al Poder Ejecutivo mediante la implementación de políticas sociales, culturales y académicas en beneficio de la población. Es la educación e inserción social lo que corresponde al Poder Ejecutivo para prevenir la delincuencia y que, particularmente las personas jóvenes no vean en bandeja de plata el integrarse a la delincuencia organizada.

Es importante traer a la mesa dichos temas de relevancia cuando en la agenda legislativa las conferencias presidenciales de los miércoles y las discusiones del día a día nos abarrotan con información sobre distintos temas. Esperamos como ciudadanos que las diputaciones y Presidencia verdaderamente trabajen en conjunto por el bien del país. Esto porque, mientras los ciudadanos ansiamos reformas y nuevas políticas, dentro de la Asamblea Legislativa las fracciones pelean entre sí. Es menester recordar que son delegados del pueblo, elegidos mediante elecciones populares para manifestar la voluntad del soberano, que reside en la ciudadanía. Cuando se aprueban iniciativas trabajadas entre las diversas fracciones es cuando -generalmente- se aprueban las mejores normativas, debido a que pasan por un minucioso filtrado de diversas ideologías y posiciones. También quisiera llamar a la ciudadanía a fiscalizar la labor de los mandatarios, porque el poder no es el mismo cuando sabe que lo observan, que cuando no.

¿Qué hacer frente una fracción legislativa renuente? – Un teorema

Walter Antillón

La presidenta de la Asamblea Legislativa se dispone a devolver la nómina de los magistrados suplentes a la Corte Suprema, con lo cual vuelve a plantear el conflicto de competencia entre ambos poderes.

¿Qué dispone al respecto el ordenamiento jurídico

1.- Según los artículos 10 de la Constitución y 2 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional corresponde a la Sala Constitucional: …c) Resolver los conflictos de competencia entre los Poderes del Estado.

2.- La Corte tiene la competencia de escoger y proponer los suplentes (art. 164 Constitucional)

3.- La Asamblea tiene la competencia de nombrar (121, inc 3 Constitucional)

Artículo 164. —La Asamblea Legislativa nombrará no menos de veinticinco Magistrados suplentes escogidos entre la nómina de cincuenta candidatos que le presentará la Corte Suprema de Justicia.

4.- La Asamblea debe nombrar “entre la nómina” presentada por la Corte, no puede salirse de ella, porque la escogencia es competencia de la Corte.

5.- Si la Asamblea objeta lo propuesto por la Corte, está invadiendo su competencia.

6.- Corresponde a la Sala Constitucional resolver el conflicto de competencia entre ambos Poderes (art. 109 de la LJC)

7.- La Corte debe plantear el conflicto de competencia ante la Sala Constitucional (art. 110 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional).

Óscar Aguilar Bulgarelli cuestiona proyecto sobre nombramiento del fiscal general y pregunta: «¿Dónde está la plata?»

El historiador y analista político Óscar Aguilar Bulgarelli difundió un video en el que cuestiona recientes iniciativas y decisiones del Gobierno y plantea interrogantes sobre el manejo de las finanzas públicas, la independencia institucional y el uso de los recursos del Estado.

En su intervención, Aguilar Bulgarelli inicia refiriéndose al proyecto de ley presentado por la diputada Marta Esquivel para modificar el mecanismo de nombramiento de la persona que ocupe la Fiscalía General de la República.

Según el historiador, la propuesta implicaría trasladar esa competencia desde la Corte Suprema de Justicia hacia la Asamblea Legislativa, lo que, a su juicio, vulneraría el principio de división de poderes.

El analista sostiene que el proyecto responde al interés de favorecer a personas que enfrentan investigaciones judiciales y afirma que la iniciativa requiere 38 votos para ser aprobada, por lo que hizo un llamado a diversas fracciones legislativas para que no respalden la reforma.

Cuestionamientos sobre el manejo de recursos públicos

En una segunda parte de su análisis, Aguilar Bulgarelli comenta las recientes declaraciones del ministro de Hacienda, Nogui Acosta, acerca de la necesidad de adoptar medidas de contención del gasto público.

Frente a ello, el historiador expone una serie de decisiones gubernamentales que, según su criterio, explican la situación fiscal y contradicen el argumento de que no existen recursos suficientes.

Entre ellas menciona:

  • la reducción de impuestos aplicada a importaciones de arroz, que —según afirma— benefició a un reducido grupo de importadores;

  • modificaciones en la forma de calcular los impuestos para vehículos de lujo;

  • la contratación de una empresa extranjera para impartir cursos virtuales de inglés;

  • los recursos destinados a publicidad gubernamental;

  • y pagos efectuados a un programa de comunicación que, según sostiene, favorece la imagen del Gobierno.

Aguilar Bulgarelli presenta estas cifras para cuestionar las prioridades del gasto público y plantea que, antes de solicitar sacrificios a la ciudadanía, corresponde explicar el destino de esos recursos.

Críticas a la reducción de recursos para seguridad y educación

El historiador también critica la decisión de no girar recursos destinados al Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y al Ministerio Público, al considerar que ello afecta la capacidad institucional para enfrentar la delincuencia.

Asimismo, cuestiona la evolución de la deuda del Estado con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y sostiene que durante la actual administración aumentó el monto adeudado a la institución.

En materia educativa, afirma que el presupuesto destinado a educación se redujo respecto del porcentaje establecido constitucionalmente, situación que, según indica, repercute en el deterioro de la infraestructura educativa.

Crítica al discurso de la «economía jaguar»

Otro de los temas abordados es el uso de la expresión «economía jaguar», utilizada por el Gobierno para destacar el desempeño económico del país.

Aguilar Bulgarelli sostiene que dicha caracterización fue presentada como un reconocimiento internacional de mayor alcance del que realmente tuvo y considera que la situación fiscal actual contradice ese discurso.

En ese contexto, cuestiona los anuncios de que no habría aumentos salariales para el sector público y afirma que las políticas aplicadas durante los últimos años no produjeron los resultados prometidos.

«¿Dónde está la plata?»

En el cierre de su intervención, el historiador compara la situación costarricense con declaraciones realizadas por el presidente salvadoreño Nayib Bukele sobre el manejo de los recursos públicos.

A partir de esa comparación, dirige una pregunta al presidente Rodrigo Chaves:

«¿Dónde diablos está la plata?»

Con esa interrogante concluye su análisis, señalando que, a su juicio, corresponde al Gobierno explicar el destino de los recursos públicos y las razones por las cuales, pese a las medidas adoptadas durante los últimos años, se afirma ahora que el Estado enfrenta limitaciones financieras.

Defensoría: Parálisis por nombramientos de magistraturas suplentes pone en riesgo derechos de habitantes

La Defensoría de los Habitantes enfatizó que la falta de nombramiento de magistraturas suplentes, al menos de los mínimos necesarios, pone en altísimo riesgo el respeto de los derechos fundamentales de los y las habitantes.

En un informe remitido esta semana a la Presidenta de la Asamblea Legislativa, la Defensoría alertó que la continuidad de la situación actual de parálisis de estos nombramientos implica un quiebre directo al principio de supremacía constitucional, en tanto un Tribunal Constitucional creado pero imposibilitado para ejercer su competencia resta toda eficacia a la Constitución Política, como norma suprema que da garantía a los derechos fundamentales de la población y que es el vértice de la pirámide de la que se nutre el resto del ordenamiento jurídico.

La Defensoría señaló que ha venido dándole puntual seguimiento a la elección de magistrados y magistradas suplentes de la Sala Constitucional, tema que fue objeto de discusión en la reunión de jefaturas de fracción llevada a cabo en la Asamblea Legislativa el jueves 4 de junio del año en curso; y que también fue referido por el diputado Gonzalo Ramírez en la presentación del informe anual de labores llevado a cabo en el Plenario Legislativo el pasado miércoles 24 de junio de 2026.

Del análisis de información solicitada por esta Defensoría a la Corte Suprema de Justicia se identificó que durante el año 2025 las magistraturas suplentes participaron en la votación de aproximadamente 43.144 expedientes, lo que evidencia su relevancia para el funcionamiento ordinario de la jurisdicción constitucional. Asimismo, la ausencia de magistraturas suplentes ya está produciendo afectaciones concretas en la prestación del servicio de justicia constitucional, existiendo al menos 87 asuntos pendientes de estudio y resolución definitiva por la imposibilidad de integrar el Tribunal.

A nivel de riesgos existentes, valga indicar que esta situación impide la integración del Tribunal ante supuestos de inhibiciones, recusaciones, incapacidades, vacaciones u otras ausencias temporales de magistrados propietarios; provocando atrasos en casos urgentes como resolución de recursos de amparo, hábeas corpus, entre otros”, indicó la Defensoría a la Asamblea Legislativa.

A partir de lo anterior, se compromete el cumplimiento efectivo de una serie de derechos tales como: acceso a la justicia, tutela judicial efectiva y protección oportuna de los derechos fundamentales. Sumado a lo anterior, se estarían generando las condiciones para la vulneración, entre otros instrumentos internacionales de derechos humanos, del artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por el Estado costarricense e inserta en su ordenamiento jurídico mediante Ley N° 4534, vigente desde febrero de 1970; el cual tutela el derecho de toda persona a contar con recursos judiciales sencillos, rápidos y efectivos y el correlativo deber del Estado de asegurar su libre ejercicio sin obstáculos ni limitaciones.

Coalición por los Pasos de Fauna solicita convocar proyecto de ley para su votación definitiva

Una coalición integrada por 37 organizaciones ambientales, comunitarias y de conservación solicitó a la Asamblea Legislativa y al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) realizar las gestiones necesarias para que el expediente legislativo 23.166, “Ley para garantizar pasos de fauna en infraestructuras”, sea convocado durante el actual período de sesiones extraordinarias y pueda ser sometido a segundo debate.

La petición fue remitida el 21 de junio de 2026 a la Presidencia de la Asamblea Legislativa, a las jefaturas de fracción y a la Comisión Permanente Especial de Ambiente, luego de que el pasado 8 de junio el plenario aprobara de forma unánime la ampliación del plazo cuatrienal del proyecto. Según recuerdan las organizaciones firmantes, la iniciativa también fue aprobada por unanimidad en primer debate el 21 de abril de este año.

Las organizaciones consideran que existe un amplio consenso político en torno a esta propuesta y señalan que el siguiente paso debe ser su aprobación definitiva para convertirla en Ley de la República. En el documento enviado a las autoridades legislativas se solicita que, de no concretarse la convocatoria durante las sesiones extraordinarias, el proyecto sea priorizado mediante una moción de orden durante el próximo período ordinario que iniciará en agosto.

La Coalición por los Pasos de Fauna argumenta que la urgencia de esta legislación responde a una problemática ampliamente documentada en el país: la muerte de animales silvestres por atropellos y electrocuciones. Según indican, estas dos causas afectan a más de 150 especies de fauna, incluyendo dantas, ocelotes, venados, perezosos, armadillos, mapaches, reptiles y anfibios, entre muchas otras.

Las organizaciones señalan que la disminución de poblaciones silvestres tiene impactos directos sobre los ecosistemas y la biodiversidad, afectando además servicios ecosistémicos fundamentales. También recuerdan que la conservación de la biodiversidad constituye un elemento estratégico para la imagen internacional del país y para actividades económicas vinculadas al turismo de naturaleza.

De acuerdo con la solicitud presentada, el proyecto de ley busca fortalecer el marco normativo existente para que las nuevas obras de infraestructura vial incorporen medidas destinadas a garantizar la conectividad ecológica mediante pasos de fauna, siguiendo prácticas que ya se aplican en diversos países y aprovechando la experiencia técnica acumulada por instituciones públicas, organizaciones especializadas y centros de investigación.

Las organizaciones firmantes sostienen que la iniciativa cuenta con fundamento en la Ley de Conservación de Vida Silvestre, la Ley de Biodiversidad, la Ley Orgánica del Ambiente y el artículo 50 de la Constitución Política, que reconoce el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

La Coalición por los Pasos de Fauna informó además que esta petición cuenta con el respaldo de más de 25.000 firmas ciudadanas recopiladas mediante una campaña electrónica. Entre las organizaciones participantes figuran agrupaciones de conservación, desarrollo comunal, investigación, protección de la vida silvestre y acción climática de distintas regiones del país.

Durante los últimos meses, diversas organizaciones ambientales han impulsado acciones públicas para promover la aprobación de esta iniciativa legislativa, señalando que la construcción de pasos de fauna constituye una herramienta importante para reducir la mortalidad de animales silvestres y fortalecer la conectividad de los ecosistemas en Costa Rica.

1845 personas presentan recurso de amparo para defender el funcionamiento pleno de la Sala Constitucional

La iniciativa busca proteger el derecho de la ciudadanía a contar con una justicia pronta y efectiva ante situaciones que afectan la salud, la libertad y otros derechos fundamentales.

San José, 19 de junio de 2026.

Un total de 1845 personas respaldan la presentación de un recurso de amparo ante la Sala Constitucional para exigir que la Asamblea Legislativa cumpla con su obligación constitucional de nombrar las magistraturas suplentes de ese tribunal.

La acción nace de una preocupación sencilla pero profunda: cuando la Sala Constitucional no puede funcionar plenamente, quienes resultan afectados no son las instituciones, sino las personas.

Detrás de cada expediente hay historias humanas. Hay pacientes que esperan un medicamento para continuar viviendo. Hay familias que luchan para que un ser querido reciba atención médica. Hay personas que acuden a la Sala porque sienten que sus derechos han sido vulnerados. Hay comunidades que defienden el ambiente, estudiantes que reclaman acceso a la educación y ciudadanos que buscan protección frente a decisiones arbitrarias del Estado.

La Sala Constitucional es la última puerta a la que muchas personas tocan cuando sienten que nadie más las escucha.

Por eso preocupa que, pese a existir una lista de personas candidatas remitida por la Corte Suprema de Justicia y a pesar del tiempo transcurrido, la Asamblea Legislativa no haya concretado el nombramiento de las magistraturas suplentes necesarias para garantizar el funcionamiento pleno del tribunal.

Las magistraturas suplentes no son un lujo ni un trámite administrativo. Son parte esencial de un sistema diseñado para que la Sala pueda seguir resolviendo casos cuando alguna magistratura propietaria se encuentre incapacitada, de vacaciones, recusada o imposibilitada para participar en una votación.

Sin esas suplencias, existe el riesgo de atrasar o paralizar decisiones que pueden tener un impacto directo sobre la vida, la salud, la libertad y la dignidad de las personas.

Las 1.845 personas que respaldan este recurso consideran que la falta de acuerdos no pueden poner en peligro el acceso de la ciudadanía a la justicia constitucional.

Esta acción no pretende imponer nombres ni sustituir las competencias de la Asamblea Legislativa. Lo que busca es que se cumpla un deber establecido por la Constitución Política y que se garantice que la Sala Constitucional continúe siendo un instrumento efectivo para proteger los derechos de todas las personas.

Porque cuando una persona necesita un hábeas corpus para recuperar su libertad, cuando una madre lucha por el tratamiento médico de su hijo, cuando una comunidad busca proteger sus recursos naturales o cuando cualquier ciudadano requiere que se respeten sus derechos fundamentales, la justicia no puede esperar.

La defensa de la Sala Constitucional es, en realidad, la defensa de cada persona que algún día podría necesitarla.

ACOHUSE invita a panel sobre humanismo secular, democracia y derechos humanos

La Asociación Costarricense de Humanismo Secular (ACOHUSE) invita al panel “El humanismo secular frente a los retos de la erosión de la democracia y los derechos humanos”, un espacio de reflexión y análisis sobre los desafíos que enfrentan las sociedades contemporáneas en materia democrática, convivencia social, educación crítica y respeto a los derechos humanos.

La actividad reunirá a especialistas de distintas disciplinas para abordar temas relacionados con la democracia, la polarización política, el autoritarismo, el uso político de la religión y la construcción de una ciudadanía crítica en el contexto costarricense y latinoamericano.

El panel contará con las siguientes exposiciones:

  • M.Sc. Edwin Retana, abogado penalista
    Tema: Dignidad humana y pluralismo en contextos de conflictividad social.

  • Dr. David Castillo, teólogo
    Tema: El uso político de la Biblia en el proyecto político Chaves-Fernández.

  • M.Sc. Claudio Alpízar, politólogo
    Tema: Democracia, polarización y fatiga institucional en América Latina.

  • M.Sc. Rodrigo Campos, sociólogo
    Tema: Educación crítica y democracia en Costa Rica.

  • Dr. Ricardo Sossa, sociólogo
    Tema: Autoritarismo cultural y deslegitimación del disenso.

La organización señala que el foro busca propiciar una discusión abierta sobre los procesos de erosión democrática observados en distintas sociedades, así como analizar los desafíos que enfrentan los derechos humanos, el pluralismo y la convivencia democrática en la actualidad.

La actividad se realizará el miércoles 1 de julio de 2026 a las 6:00 p.m. en el Salón de Legisladores de la Asamblea Legislativa de Costa Rica.

Las personas interesadas en participar pueden solicitar información y reservar espacio mediante el número 6036-7353.

Detalles de la actividad

Actividad: Foro-panel “El humanismo secular frente a los retos de la erosión de la democracia y los derechos humanos”
Organiza: Asociación Costarricense de Humanismo Secular (ACOHUSE)
Fecha: Miércoles 1 de julio de 2026
Hora: 6:00 p.m.
Lugar: Salón de Legisladores, Asamblea Legislativa de Costa Rica

Ciudadanía impulsa recurso de amparo para exigir nombramiento de magistraturas suplentes de la Sala Constitucional

Un grupo de personas ciudadanas promueve la firma de un recurso de amparo contra la Asamblea Legislativa con el propósito de exigir el nombramiento de las magistraturas suplentes de la Sala Constitucional, ante lo que consideran una omisión continuada que amenaza el acceso efectivo a la justicia constitucional en Costa Rica.

La iniciativa sostiene que la falta de nombramiento de las magistraturas suplentes no constituye un problema meramente administrativo o interno del Poder Judicial, sino una situación que puede afectar directamente a toda la población al comprometer el funcionamiento regular del máximo órgano encargado de la protección de los derechos fundamentales. Según el documento, la omisión legislativa pone en riesgo la atención oportuna de recursos de amparo, hábeas corpus, acciones de inconstitucionalidad, consultas de constitucionalidad y otros procesos propios de la jurisdicción constitucional.

Las personas impulsoras recuerdan que la Constitución Política asigna a la Asamblea Legislativa la responsabilidad de nombrar las magistraturas suplentes y señalan que, pese a existir procesos de selección previos, recomendaciones y listas remitidas por la Corte Suprema de Justicia, los nombramientos no han sido concretados. A su juicio, la deliberación política y la búsqueda de consensos no pueden transformarse en un bloqueo indefinido que afecte el funcionamiento de una institución esencial para la defensa de los derechos humanos y el control constitucional.

El texto destaca que las suplencias cumplen una función fundamental para garantizar la continuidad del servicio de justicia cuando magistrados o magistradas propietarias se encuentran de vacaciones, incapacitados, recusados, excusados o ausentes por cualquier motivo justificado. La inexistencia de suplentes suficientes -advierte el documento- incrementa el riesgo de que la Sala Constitucional enfrente dificultades para integrarse y resolver asuntos urgentes relacionados con libertad personal, salud, seguridad social, educación, ambiente, acceso a la información pública, igualdad y otros derechos fundamentales.

Entre los argumentos planteados se señala que la afectación sería especialmente grave en casos de hábeas corpus y recursos de amparo, donde la respuesta rápida del sistema constitucional puede resultar determinante para proteger la vida, la libertad, la integridad física o el acceso a servicios esenciales. También se advierte sobre el impacto que tendría una eventual paralización o debilitamiento del control de constitucionalidad de leyes, reglamentos y actos públicos.

El recurso solicita a la Sala Constitucional declarar que la Asamblea Legislativa ha incurrido en una omisión constitucionalmente lesiva, ordenar que el tema sea mantenido prioritariamente en agenda legislativa y exigir que se realicen las actuaciones necesarias para concretar los nombramientos dentro de un plazo razonable. Asimismo, plantea la adopción de medidas cautelares para evitar que la situación continúe agravándose mientras se resuelve el fondo del asunto.

Las personas promotoras sostienen que la continuidad de la Sala Constitucional no es un asunto exclusivo del Poder Judicial, sino una garantía indispensable para toda la ciudadanía. En esa línea, afirman que la protección efectiva de los derechos fundamentales requiere una jurisdicción constitucional plenamente integrada, independiente y operativa.

Las personas interesadas en respaldar esta iniciativa pueden adherirse mediante el siguiente formulario:

Formulario de adhesión:
https://forms.gle/aAn2eN5ELzUsLMJR6