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Etiqueta: CIDH

Día Mundial del Medio Ambiente – CEJIL

La crisis climática que atraviesa nuestro planeta y sus enormes consecuencias son una realidad innegable que afecta de forma desproporcionada a las comunidades más vulnerables del planeta. Las inundaciones en Río Grande do Sul (Brasil), los incendios forestales en Corrientes (Argentina) y la intensificación de eventos climáticos extremos en el Corredor Seco de Centroamérica (que atraviesa Costa Rica, Nicaragua, Honduras, El Salvador y Guatemala) son ejemplos claros de cómo el cambio climático nos desafía.

Desde CEJIL, hemos estado impulsando iniciativas para abordar la crisis climática global desde una perspectiva de derechos humanos. En este Día Mundial del Ambiente, queremos compartir contigo nuestra contribución durante las audiencias ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Opinión Consultiva sobre Emergencia Climática y Derechos Humanos.

¡Gracias por acompañarnos!

En enero de 2023, los gobiernos de Chile y de Colombia enviaron una solicitud de opinión consultiva a la Corte IDH con el propósito de aclarar el alcance de las obligaciones estatales, en su dimensión individual y colectiva, para responder a la emergencia climática en el marco del derecho internacional de los derechos humanos. En abril de este año, en Barbados comenzaron las audiencias públicas, las cuales concluyeron a fines de mayo en las ciudades de Brasilia y Manaos (Brasil). Durante estas audiencias la Corte escuchó a cientos de organizaciones, activistas, comunidades indígenas, personas expertas y de la academia y jóvenes de todo el mundo sobre el impacto de la crisis climática.

Durante las audiencias se trataron temas desde las políticas para mitigar los efectos causados por la emergencia climática, las obligaciones de los Estados para enfrentar la crisis, los impactos diferenciales en distintas poblaciones como niños, niñas y adolescentes, mujeres y comunidades indígenas y el trabajo de personas defensoras del medio ambiente y los riesgos a los que se enfrentan en su trabajo. En estos días de trabajo, la Corte pudo escuchar los testimonios de activistas jóvenes como Francisco Vera, de Colombia e integrantes de la Red Latinoamericana y Caribeña de Niñas, Niños y Adolescentes (REDNNyAs) y el Movimiento Latinoamericano de niñas, niños y adolescentes trabajadores, así como también las experiencias de integrantes de comunidades indígenas como Patricia Gualinga, lideresa indígena kichwa, de Ecuador y Darío Mejía Montalvo, integrante y ex presidente del Foro Permanente de Asuntos Indígenas de la ONU, entre muchos otros.

El Máximo Tribunal regional de derechos humanos escuchó a más de 170 organizaciones, expertos y expertas, comunidades afectadas y activistas sobre el impacto de la emergencia climática.

Desde CEJIL, fue una de nuestras prioridades colaborar en la diversificación de voces, opiniones y conocimientos. Es por eso que a lo largo de este proceso trabajamos con más de 1500 personas, entre científicos, niños, niñas y adolescentes, integrantes de comunidades indígenas y personas defensoras de derechos humanos. Este trabajo derivó en la creación de cinco escritos que presentamos ante la Corte y en el apoyo a diversas presentaciones realizadas por otros expertos y expertas en la materia.

En estos escritos nos centramos en las obligaciones estatales derivadas de los deberes de prevención y garantía en derechos humanos frente a la emergencia climática; el derecho al acceso a la información y las obligaciones sobre producción activa de información y transparencia; las obligaciones diferenciales de los Estados con respecto a los derechos de las niñas, niños y las nuevas generaciones; las obligaciones convencionales de protección y prevención a las personas defensoras del medio ambiente y del territorio; y las obligaciones estatales emergentes de los procedimientos de consulta y acceso a la justicia frente a la emergencia climática. “Desde CEJIL, llevamos adelante una iniciativa amplia para poder hacer y apoyar la participación de voces de una diversidad de organizaciones y personas expertas de la región, celebramos este poderoso espacio de escucha que brindó la Corte en Barbados y Brasil”, indicó Florencia Reggiardo de CEJIL.

La CorteIDH es el único tribunal regional de derechos humanos que recibe una solicitud de opinión consultiva sobre emergencia climática. Su respuesta podría una guía a los Estados de la región para el desarrollo de políticas y programas a nivel local, nacional e internacional en concordancia con los compromisos asumidos bajo la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos y ambientales.

A 40 años del atentado de la Penca en Nicaragua: con muchas preguntas sin responder en Costa Rica

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com.

Foto del principal sospechoso (al centro) de colocar la bomba, extraída de nota de la BBC, » Peter Torbiornsson: My guilt over La Penca bombing». Foto del atentado extraída de artículo publicado en el Tico Times en el 2013. Orden de captura publicada en Costa Rica, foto extraída de reportaje del Tico Times (Costa Rica).

El pasado jueves 30 de mayo se conmemoró en Costa Rica (y en Nicaragua) el 40 aniversario del atentado de La Penca, en el cual encontraron la muerte 4 periodistas costarricenses y extranjeros y 22 resultaron heridos: el atentado se produjo el 30 de mayo de 1984 durante una conferencia de prensa realizada a orillas del río San Juan por el entonces comandante de la ARDE (Alianza Revolucionaria Democrática), Eden Pastora, en la localidad nicaragüense de La Penca (véase nota publicada para el 29 aniversario de CRHoy). Tratándose de un dirigente de la denominada «contra» nicaragüense, su eliminación física, en aquel momento, pudo ser el objetivo tanto de las autoridades gubernamentales en Nicaragua de la época, como del de las de Estados Unidos.

En este video, titulado «La Penca: narración de un sobreviviente«, uno de los periodistas costarricenses sobrevivientes que asistió a la conferencia de prensa de Edén Pastora en la que estalló un artefacto explosivo, relata lo acontecido. La nota publicada el 1ero de junio de 1984 por The Washington Post amerita también una relectura detallada, en la medida en que, como ha sucedido en la historia de manera reiterada de Estados Unidos, un grupo rebelde que inicialmente es apoyado en armas y municiones por parte de Estados Unidos, … es luego objeto de acciones para eliminar a sus dirigentes.

Si bien los hechos ocurrieron en Nicaragua en el período de guerra civil de inicios de los años 80, las víctimas costarricenses sobrevivientes y los familiares de las víctimas mortales han solicitado que se ordene investigar lo ocurrido, sin tener mayor respuesta a sus diversos requerimientos.

El gremio de los profesionales de la información de igual manera ha respaldado sus reclamos sin mayor éxito. Esta situación ha llevado a las víctimas a acudir al sistema interamericano de protección de los derechos humanos, el cual, 40 años después de sucedidos los hechos, no ha logrado aún elevar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.¿Como así? Como se lee.

En 1990, Costa Rica solicitó formalmente a Estados Unidos extraditar a un nacional norteamericano (véase nota del New York Times), sin lograr su extradición por parte de Estados Unidos. Se lee en este documento del Departamento de Justicia de los Estados Unidos titulado «G. DEA’s Investigation of Information It Received About Contras or Contra Sympathizers» que Costa Rica renovó dicha solicitud en 1993 contra esta persona por el atentado de La Penca:

«In March 1993, Costa Rica submitted a renewed request for Hull’s extradition which contained documents indicating that the Superior court in Costa Rica had dismissed the drug trafficking charge against Hull for lack of evidence and that his extradition was no longer sought for that offense. This left the «Hostile Acts» and murder charges against Hull. However, on reviewing the documentation supporting the murder charge, based on Hull’s alleged involvement in the La Penca bombing, the OIA found no evidence of Hull’s involvement in this crime, indeed no evidence that he even knew about the bombing before it occurred«.

En unas líneas siguientes, el precitado documento señala que, según cables de diplomáticos de Estados Unidos acreditados en Costa Rica:

«A «comment» by the cable’s author interprets Calderon’s statement as meaning that «On Hull, Calderon is putting us on notice that there’s no way he can turn a request off but is clearly hoping that Hull will not be extradited.«

Cronología de una larga batalla legal

En el mes de setiembre del año 2005, los sobrevivientes costarricenses y los familiares de las víctimas presentaron una demanda contra Costa Rica ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por no investigar debidamente este atentado (véase nota de La Nación): lo hubieran perfectamente podido hacer 20 años antes (1985), pero algo pasó para que … no lo hicieran.

En este enlace de Primera Plana (Colegio de Periodistas de Costa Rica), se puede revisar el detalle de la acción interpuesta al año 2010.

En marzo del 2012, la demanda se amplío para extenderla también a los órganos de investigación del Estado en Nicaragua.

En junio del 2013, se solicitó a la Comisión incluir algunos testimonios encontrados en documentales recientes producidos sobre este caso, en particular las entrevistas de un cineasta sueco a funcionarios de Nicaragua (véase documental «Good Bye Nicaragua«).

Cabe señalar que a finales del año 2013, la Fiscalía de Costa Rica cerró una de las líneas de investigación, al confirmarse en Buenos Aires la muerte de uno de los nacionales de Argentina considerado como una de las posibles pistas y principal sospechoso de colocar la bomba que estalló aquel 30 de mayo de 1984 (véase artículo de La Nación del 3/12/2013). Se lee (ver nota de Teletica Canal 7) que:

«Jorge Chavarría, Fiscalía General de la República, “Se había reactivado la orden de captura en el 2008 a la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol), porque no sabía si había fallecido o no. Ahora ya lo tenemos claro y con eso cerramos esta línea de investigación, vamos a ordenar la cancelación del asiento de la captura internacional que se había dado a Roberto Vital”.

En un artículo de la Prensa Libre (Costa Rica) del mismo día se leía que:

«Con base en restos óseos que fueron recolectados luego del asalto al cuartel la Tablada en Argentina, en 1989, que estaban conservados por las autoridades de ese país, se realizaron análisis de ADN. De acuerdo con las conclusiones a las que llegan los médicos forenses de la Corte Suprema de la Nación de Argentina, se establece con un 99,99% de certeza que un grupo de los restos óseos pertenecen a Roberto Vital Gaguine”, afirmó el fiscal general Chavarría

Mientras que en el 2013 las autoridades costarricenses anuncian el cierre de una línea de investigación, resulta que ya en un artículo del 1ero de agosto de 1993 de The Independent (Reino Unido) se hacia referencia a la muerte de este sospechoso en el año de 1989 cuando se precisa que:

«Gauguine’s family knew nothing of his involvement with La Penca, but others have furnished details of his life: he came from a middle-class family and his ERP nom de guerre was Martin el Ingles. He arrived in Britain in 1978, where he later applied for asylum. By 1980 his whereabouts were again unknown. He will never be brought to justice: in 1989, he died, with 18 others, in a guerrilla attack on an army barracks on the outskirts of Buenos Aires«.

Los 10 años que separan el artículo de The Independent y las declaraciones del fiscal a cargo de la investigación en Costa Rica plantean interrogantes muy válidas.

En el 2018, se indicó en la prensa costarricense que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos «acogió» la denuncia, pero sin que se haga público algún documento oficial de la misma (véase nota del Semanario Universidad).

Los 40 años de La Penca: víctimas, prensa y ciudadanía costarricense en espera de justicia

Para los 30 años del atentado de La Penca, el 29 de mayo del 2014, algunos diputados de la Asamblea Legislativa declararon ante cámaras apoyar las gestiones del Colegio de Periodistas de Costa Rica ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (ver video).

El mismo 30 de mayo del 2014, emisiones radiales matutinas muy oídas fueron dedicadas al tema como Hablando Claro de Vilma Ibarra y Boris Ramírez y Nuestra Voz de Amelia Rueda, con un amplio material multimedia puesto a disposición del público costarricense en aquel momento.

Como parte de las conmemoraciones de los 30 años, el Canal 15 de la UCR de la Universidad de Costa Rica (UCR) presentó el documental: “Goodbye Nicaragua” (Nota 1) del director sueco Peter Torbiörnsson. La película, que incluye entrevistas del cineasta en Bolivia, Costa Rica, Cuba, Francia y Nicaragua, causó cierto impacto y reacciones en Nicaragua cuando fue presentada en el 2011 (véase nota del Semanario Universidad de Costa Rica).

Nos permitimos, en una nota publicada en un portal jurídico costarricense, reunir estas y otras informaciones, pocos días después de conmemorarse los 30 años del atentado de La Penca (Nota 2).

También el viernes 30 de mayo del 2014 se transmitió el documental “La Penca: Onda Expansiva”, (véase enlace) una producción conjunta del Colegio de Periodistas (COLPER) y del Canal 15 de la UCR, que incluye entrevistas a personeros del sistema judicial costarricense a cargo de la investigación realizada (documental producido en el año 2004 para conmemorar el 20 aniversario).

En estas entrevistas, se indica que las gestiones oficiales realizadas ante Estados Unidos para extraditar a dos personas no concluyeron debido a errores del mismo Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica en su tramitación (véase video, a mn 32:27). En esa misma entrevista se indica además que documentos enviados desde los Estados Unidos a las autoridades judiciales de Costa Rica llegaron …tachados, imposibilitando la lectura de nombres, lugares y fechas.

Nótese no obstante la existencia – en línea – de esta publicación colgada por los servicios de inteligencia de Estados Unidos (véase enlace) , titulado «La Penca, Pastora, the press and the CIA» en el que una multitud de datos reunidos ofrecen algunas pistas sin del todo poder corroborarlas. Al tratarse de una agencia de inteligencia cuyas autoridades tenían interés, en 1984, en eliminar físicamente a Eden Pastora, todo lo que aparezca en su sitio merece cautela. Cabe precisar que en la parte final del documento se lee: «Approved for release 2010/09/15«. Lo cual evidencia que durante largos años desde 1984, este documento se mantuvo sin estar colgado por parte de dicha entidad, por razones que se desconocen y sería de enorme interés conocer. ¿Qué habrá sido lo que ocurrió en el 2010 que no ocurrió antes, imposibilitando la puesta en línea de esta publicación por parte de los servicios de inteligencia norteamericanos?

En un artículo del New York Times de 1993 se lee que:

«A Costa Rican prosecutor, Jorge Chaverria, said that he had no plans to withdraw the charges against the two men. His investigation in the late 1980’s found no evidence to point to the Sandinistas, and he said he was not convinced that the Sandinistas alone were behind the bombing«.

Por su parte, el cineasta sueco con su documental «Goodbye Nicaragua» presentado en el año 2011 sugiere descartar definitivamente la pista de que se trate de una acción comanditada por los servicios de inteligencia norteamericana y señala claramente la responsabilidad directa de miembros del aparato de inteligencia de Nicaragua en este doloroso episodio ocurrido en 1984, y el brazo ejecutor a cargo de llevarlo a cabo. Para las víctimas y sus familiares, se trata de un documental que aporta algunas luces sobre posibles responsables intelectuales de este atentado.

Un artículo publicado en el 2014 sobre el atentado de La Penca refiere a otras muertes de periodistas acaecidas en Costa Rica después de 1984, y se titula «El país de las impunidades a 30 años de La Penca: Costa Rica«.

No está demás indicar lo que escribe una de las autoras de un libro que le significó a ella y su esposo una acción en difamación ante los tribunales por parte un ciudadano norteamericano que Estados Unidos luego se negó a extraditar hacia Costa Rica (véase artículo de 1991 del Washington Post titulado «The man Washington doesn’t want to extradite«), cuando señala en este artículo publicado en el Tico Times en el 2013, que:

«And, during Arias’ tenure, Costa Rica’s Legislative Assembly carried out investigations that implicated North, Hull, the U.S. ambassador and CIA station chief, and others in Contra-related drug trafficking and other “hostile acts” against Costa Rica. Judicial authorities reopened the stalled La Penca investigation, ultimately bringing murder charges against both Hull and CIA operative Felipe Vidal. Both fled the country.

However, unanswered questions about the La Penca bombing have continued to haunt us«.

Como indicado, la autora escribió un libro que fue publicado e inmediatamente objeto de una demanda por difamación que finalmente no prosperó. El texto integral está disponible en este enlace.

A modo de conclusión

A la fecha del 30 de mayo del 2024, las investigaciones realizadas por otras entidades distintas a los órganos de investigación de Costa Rica y de Nicaragua no han logrado identificar a los autores intelectuales de este atendado: conjeturas de todo tipo siguen sin lograr verse validadas por un expediente de algun tribunal.

Ante las maniobras de todo tipo para frenar o complicar las investigaciones llevadas a cabo desde el Poder Judicial costarricense, y los errores de tramitación dentro del mismo aparato estatal costarricense, investigaciones externas por parte de periodistas no han permitido tampoco llegar a conclusiones validadas por los hechos.

Desde el 30 de mayo del 2104, así como desde el 30 de mayo del 2014, es muy poco en lo que se ha avanzado. Este 31 de mayo del 2024, el Relator sobre Libertad de Prensa en el sistema interamericano prometió reactivar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, poniendo en evidencia que este órgano no ha sido de mayor eficacia a la hora de tramitar esta denuncia que le fue presentada inicialmente en el 2005 (véase nota del Semanario Universidad): salvo error de nuestra parte, no se tiene registro de una denuncia planteada ante el sistema interamericano de derechos humanos y que, en 19 años, no haya dado lugar a un informe sobre su admisibilidad por parte de la Comisión.

Con relación a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos pareciera, por razones dificiles de explicar, que sus integrantes no saben a cuáles aparatos estatales solicitar información sobre este caso: desde el 2005, salvo error de nuestra parte, no se le conoce decisión hecha pública con respecto a este preciso caso. Si la denuncia inicialmente se hizo contra Costa Rica, y luego se extendió a Nicaragua, no se conoce a la fecha de un informe del órgano interamericano sobre las gestiones realizadas a ambos Estados de su parte. Y muchos menos de un informe de admisibilidad de la denuncia (si existe, por alguna razón no está disponible en el sitio de este órgano del sistema interamericano de derechos humanos).

En el programa Hablando Claro de Vilma Ibarra y de Boris Ramirez realizado este 31 de mayo, se pudo escuchar una muy extensa entrevista a uno de los sobrevivientes del atentado de La Penca (véase enlace a esta emisión radial).

Ante el sufrimiento que ha causado en las víctimas y familiares de las víctimas, estos 40 años que han transcurrido bien podrían ser la ocasión para que algunas conciencias liberen algunos secretos que mantienen muy bien guardados, y para que algunos documentos clasificados archivados en algunas embajadas en Centroamérica sean finalmente desclasificados: se trata de una solicitud que tuvimos la oportunidad de expresar también con ocasión de la fecha en la que se conmemoraron los 40 años de la muerte de la jóven estudiante Viviana Gallardo, en julio del 2021 (Nota 3).

Si estos documentos ya no están en estas embajadas, puede solicitarse a algunas capitales ordenar su desclasificación, dado el extenso plazo de tiempo que ha corrido desde aquel fatídico 30 de mayo de 1984: se trata de gestiones diplomáticas que cualquier Estado puede realizar ante otro Estado en el que se sospecha que hay información que permita esclarecer algún asunto de interés público. En este sentido, el esclarecer las sombras y las dudas que persisten en Costa Rica sobre el atentado de La Penca es un asunto de interés público.

A menos que la impunidad campante con la cual algunos parecieran, tanto en Costa Rica como fuera de ella, mantener este trágico episodio, se termine por imponer con el transcurrir del tiempo.

– -Notas – –

Nota 1: El trailer del documental “Goodbye Nicaragua” está disponible aquí. La última parte del documental (parte 3), subtitulada en español, está de igual forma disponible en Youtube y disponible aquí.

Nota 2 : Véase BOEGLIN N., «El Atentado de la Penca 30 años después: conmemoración y preguntas sin responder«, DerechoalDía, edición del 5 de junio del 2014. Texto disponible aquí.

Nota 3: Véase BOEGLIN N., «Al cumplirse los 40 años desde el asesinato de Viviana Gallardo en Costa Rica: breves apuntes«, 1ero de julio del 2021. Texto disponible aquí.

Ciudadanos de Cahuita reclaman sus derechos ancestrales

Bernardo Archer Moore

Desde septiembre de 2012 asumí el desafío de encontrar una manera de revertir las graves injusticias cometidas contra la comunidad negra de la costa caribeña de mi país de nacimiento – Costa Rica, desde los días de esclavitud seguidos por los engañosos contratos laborales de Minor Keith para construir ferrocarriles y cultivar Plantación de banano junto a las vías del ferrocarril.

Esto me llevó a examinar de cerca las dos leyes que otorgaron el estatus de ciudad de Cahuita en 1915 y Puerto Viejo («Old Harbour») en 1935; igualmente todos los demás estatutos legales posteriores y sus jurisprudencias, que afectan a los habitantes de las zonas costeras, así como varios fallidos intentos del pasado.

El descubrimiento de escrituras originadas por las leyes de Cahuita y de Puerto Viejo:

Fue el punto de inflexión en este esfuerzo, que despertó una renovada esperanza en desafiar exitosamente las afirmaciones de los funcionarios gubernamentales de que dichas leyes estaban derogadas por la ley de zona marítima 6043 de 1977. En ocasiones afirmando que nuestros antepasados («los negros no titularon sus tierras»).

Para hacer las cosas aún más favorables, en la última década entraron en vigor dos decretos presidenciales reconociendo a Cahuita como una comunidad tribal, que inició bajo la administración de Luis Guillermo Solís y se reselló bajo la administración de Carlos Alvarado y Epsy Campbell.

De esta manera se suma una nueva dimensión totalmente favorable a nuestra lucha por preservar los derechos territoriales de nuestros antepasados en la costa. Y, en consecuencia, tanto los nuestros como también el de las futuras generaciones en esta región del país.

Debido al resultado infructuoso de varios esfuerzos en el pasado, no hay muchas esperanzas en la población de ser reivindicados en los estrados judiciales nacionales, sino, ante los organismos internacionales que protegen tanto el derecho fundamental a la posesión de la propiedad privada, como el derecho a la consulta previa del cual gozamos los territorios tribales. (Convenios 107 y 169 de la OIT y respectivas jurisprudencias).

Sin embargo, para llegar a esa etapa final (CIDH), primero es necesario agotar las vías al interior del país, razón por la cual en octubre pasado se presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra el Estado de Costa Rica, por la violación del derecho a la propiedad privada, y la NO Consulta a los Pueblos Tribales, por parte del Municipio de Talamanca, el INVU y el ICT en el proceso de elaboración del Plan Regulador Costero recientemente aprobado.

La Sala IV ya tramitó y se encuentra a la espera de un informe solicitado a los citados imputados antes de emitir el fallo correspondiente. (Número de expediente 23-027898-0007-CO).

Hasta el momento estamos más que satisfechos con el proceder de la Sala Constitucional y nos llena de la esperanza de no tener que recurrir en el oneroso gasto de interponer una demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, cosa que estamos dispuesto a hacer si fuese necesario.

El abuso también tiene un límite

Por: Bernardo Archer

Las autoridades gubernamentales tanto nacionales como locales han sido advertidas de que ciudadanos tribales de Cahuita han llegado a su límite. Durante muchos años han violado los derechos de nuestro pueblo afrodescendiente, pero a pesar de tan indigno acto, hemos puesto nuestra esperanza en la buena fe de los diferentes gobiernos.

En el 2022 intentaron hacernos creer que iban a respetar nuestros derechos, reconociendo nuestra existencia como Pueblo Tribal a través del Decreto Ejecutivo número 43532-MP-MINAE, pero hoy estamos peor que antes.

Sin embargo, actualmente están por implementar un «Plan Regulador Costero» de carácter Turístico, que en términos de regulación lo único que se está regulando es el desarraigo de los residentes tribales de la zona costera sin compensación alguna – despoblar la zona costera ya urbanizada para dar paso a los inversores turísticos de alto nivel.

Como si tal amenaza fuera poco, el Municipio de Talamanca en sesión extraordinaria número 99 del 29/02/2024, (ratificada en sesión ordinaria número 198 del 06/03/2024) aprobó el acuerdo  de las  48 campanadas. Algo así como el Apocalipsis para nuestro pueblo.

Por lo cual, quien se oponga a desocupar dentro de dicho plazo, será desalojado forzosamente y sus bienes demolidos, condenando a la población a la miseria y al desarraigo.  Aquí ni siquiera respetan la actual ley de moratoria; un proceso despiadado de REGENTRIFICACION.

Pero no nos vamos a rendir. Porque, así como nuestros antepasados lograron escapar de la esclavitud; como pueblo, nosotros también podremos luchar y superar los abusos del Estado que nos oprime.

Sumando cada acción contra nuestra dignidad, ya se presentó la  SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y ahora estamos esperando la respectiva Resolución.

No hay mal que dure 100 años y ya hemos soportado 109 años de abusos y engaños de funcionarios gubernamentales.

Felicito a todos los firmantes de la denuncia ante la CIDH por su valentía y determinación de luchar; una acción que marcará un hito en la historia de nuestro país.

Es la primera de esta naturaleza presentada por ciudadanos afro-costarricenses. CAHUITA NO SE RINDE NI SE VENDE.

Asimismo, los insto a no perder esa fe, esperanza y espíritu de lucha que nos caracteriza a los caribeños desde tiempos inmemoriales.

Dado que nuestros derechos están reconocidos en el Convenio 169 de la OIT para Pueblos Indígenas y Tribales (Afrodescendientes); lo que ha faltado es nuestro reclamo como lo vienen haciendo los hermanos indígenas desde hace varias décadas.

Atención sector municipal: Las convenciones colectivas están protegidas por los derechos humanos. Lo dice la Procuraduría

En un comunicado proporcionado por la ANEP, Albino Vargas Barrantes, Walter Quesada Fernández y Rafael Mora Solano, se destaca la importancia de respetar los derechos laborales en el sector municipal de Costa Rica, en línea con la reciente sentencia opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

Se reconoce el respaldo de la Procuraduría General de la República, que establece la obligatoriedad de acatar los dictámenes de la Corte Interamericana y garantiza el respeto a los derechos contemplados en las convenciones colectivas. La ANEP insta a que todas las instituciones públicas cumplan con estas disposiciones, asegurando así los derechos laborales de los trabajadores del sector público.

Albino Vargas Barrantes, dirigente sindical, destacó que el documento fue transmitido a los 82 consejos municipales y a las 82 alcaldías de Costa Rica desde el 6 de julio anterior. Vargas señaló que la ANEP advirtió que debían respetar la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual garantiza el pleno respeto a los derechos contemplados en las convenciones colectivas o que podrían llegar a estarlo. 

Por su parte, Walter Quesada Fernández destacó que  la procuradora general de la República funciona como abogado del Estado y sus pronunciamientos son vinculantes para la institución que lo solicita. Para Quesada, dicho pronunciamiento de la procuraduría es esencial al reconocer que los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre deben ser de acatamiento obligatorio para el Estado costarricense. 

Siguiendo esta línea, Rafael Mora Solano aborda cómo interpretar este pronunciamiento de la Procuraduría General de la República, destacando que esto le da fundamento a lo que la ANEP ha venido defendiendo en contra de las violaciones que han habido a los derechos humanos laborales de los trabajadores del sector público, especialmente en el sector municipal, donde se han violentado derechos principalmente en las convenciones colectivas de trabajo que resultan derechos inamovibles, al ser derechos que están incorporados en el contrato individual de trabajo de cada compañero y compañera del Sector Público de este país, y enfatiza en el sector municipal. 

Profundiza lo que dice la procuraduría en su pronunciamiento PGR-C-036-2024 del 4 marzo pasado: “dado lo anterior las autoridades administrativas no tienen competencia de declarar la nulidad de las normas jurídicas por razones de inconvencionalidad, sin embargo al estar obligadas a realizar el control de convencionalidad exoficio dentro de su ámbito competencial, deben interpretar y decidir dentro del parámetro de convencionalidad la gestiones que deben resolver los administrados aplicando los criterios de la corte interamericana derechos humanos emitidos tanto en el ámbito jurisdiccional como en el ámbito consultivo” 

Mora concluye enfatizando la certeza de la ANEP ante este tema y que todos los consejos municipales y el resto de la institucionalidad costarricense debe respetar el último pronunciamiento de conocimiento público en Costa Rica, de forma que  la ANEP la ha hecho circular por toda la institucionalidad pública. Además, de que es la consultiva número 27-21 en donde se establece claramente que los derechos laborales son derechos intocables para los trabajadores del sector público.

Notificación de sentencia en el caso Miembros de la Corporación Colectivo CAJAR Vs Colombia

La Corte Interamericana de los Derechos Humanos – CIDH dicta sentencia contra el Estado colombiano en el Caso del CAJAR – Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo. 

Es la primera vez que el Tribunal Internacional se pronuncia sobre la persecución sistemática del Estado colombiano contra la organización de derechos humanos.  

Con esto la Corte, sentencia entre otros, que El Estado es responsable internacionalmente por la violación y vulneración de los derechos. Está sentencia es una decisión integral, completa e histórica que entre otras reconoce:

  1. El Derecho a Defender los Derechos Humanos. 
  2. Un reconocimiento a las y los defensores de los derechos en Colombia.
  3. Los límites a la labor de la Inteligencia en una Democracia.
  4. El derecho a conocer la verdad, autodeterminación informativa.
  5. Reconocimiento especial a las afectaciones a mujeres defensoras y sus familiares.

La Corte insta al Estado Colombiano a continuar las investigaciones, depurar los archivos y ampliar las 16 medidas de reparación a quiénes han sido víctimas en este caso. Así, cómo un acto de reconciliación, un documental, una campaña de difusión de protección a defensores, y la creación de un sistema de documentación y bases de datos. 

Al mismo tiempo solicita implementar un fondo de atención a las víctimas defensoras y la adecuación de la ley estatura de Inteligencia. 

Es el momento de conocer la verdad, tener acceso a la información, hacer efectivo el derecho a la honra, la autodeterminación, la libertad de pensamiento, expresión, a la vida privada, y los derechos de residencia.

Ver sentencia: https://acortar.link/2G11N1

Arrancan audiencias para reconocer el derecho al cuidado

  • República de Argentina planteó la solicitud de una opinión consultiva sobre el derecho al cuidado el año anterior; otros Estados, entre ellos Costa Rica, se han sumado.

  • Un conversatorio analiza los avances y los pasos a seguir dentro de este proceso que busca alcanzar un nivel de igualdad y equidad en favor de las mujeres, a quienes se les encarga tradicionalmente las tareas de cuido.

UNA Comunica. 13 de marzo de 2024. La labor de cuido ha recaído históricamente en las mujeres y ello ha conllevado a que se normalice una serie de actitudes discriminatorias que generan consecuencias económicas y sociales en su contra. Para atenuar esta situación, la República de Argentina planteó una solicitud, en enero de 2023, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para que emita una opinión consultiva que reconozca el derecho al cuidado.

Justamente esta semana, del 12 al 14 de marzo, la Corte IDH, con sede en Costa Rica, recibió en audiencia a los Estados y organizaciones que apoyan esta tesis.

La Universidad Nacional (UNA), por medio del proyecto Trabajo y Crisis de la Escuela de Economía y el Instituto de Estudios Sociales en Población (Idespo) apoyan y colaboran en esta gestión de la que son parte, además de Costa Rica, Colombia, México, Chile, Paraguay y Uruguay, países que han ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos.

“Como Universidad, estamos plenamente identificados con aquellas acciones que garanticen la igualdad en las relaciones sociales que han propiciado una brecha importante en los roles entre los hombres y las mujeres. Tradicionalmente se ha encomendado a la mujer, en su papel de madre y de cuidadora del hogar, la responsabilidad de velar por la seguridad de hijos, adultos mayores y personas con discapacidad, cuando esta responsabilidad debería ser compartida y asumida con absoluto apego a la justicia y la equidad”, manifestó Irma Sandoval, investigadora del Idespo.

La Encuesta Nacional del Uso del Tiempo del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) de 2022 reveló que, en Costa Rica, las mujeres incrementaron en un 16,4%, entre el 2017 y el 2022, el tiempo dedicado al trabajo no remunerado. En términos nominales, las mujeres dedican 32:04 horas a la semana a estas labores, mientras que los hombres destinan 16:30 horas. Por ejemplo, el cuidado de personas totalmente dependientes está a cargo de las mujeres en un 77%.

La valoración de estos datos la hizo el Programa Estado de la Nación el pasado 8 de marzo, a propósito del Día Internacional de la Mujer, al señalar que “muchas de las brechas en el mercado laboral se asocian con factores culturales y sociales históricos, al valorar de manera diferenciada los roles de género en los distintos ámbitos de interacción. Un ejemplo es la injusta distribución del trabajo doméstico no remunerado”.

A escala mundial, el panorama no tiende a cambiar. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) revelan que las mujeres dedican 3,2 veces más horas que los varones a los trabajos no remunerados.

El proceso

Fue el 20 de enero del año anterior cuando la República de Argentina dirigió un oficio a Juan Enrique Pérez Manrique, juez de la Corte IDH, solicitando una opinión consultiva sobre el tema del cuidado.

En el escrito, se detalla que “las desigualdades en el ámbito del cuidado anteceden y explican las diferencias entre los géneros en el ejercicio y goce de los derechos humanos: el papel social y tradicional de las mujeres como proveedoras de los cuidados y encargadas del trabajo doméstico, ha limitado su capacidad para incursionar en el mercado laboral formal y coartado su autonomía económica”.

Luego de la presentación de la solicitud por parte de la República de Argentina, la Corte admitió la presentación del pedido y habilitó una instancia para que los distintos actores presentaran la documentación que argumenta la posición de que el cuidado debe considerarse un derecho desde el sistema interamericano.

“Estos documentos se les conoce como amicus curiae que son presentados por las partes solicitantes de una opinión consultiva de parte de la Corte, y donde se aporta información relevante que le va a permitir al Tribunal deliberar e interpretar. Este proceso ya concluyó y ahora empezamos esta semana con las audiencias orales, para que luego se proceda con la parte deliberativa de cara a una decisión final”, detalló Laura Pautassi, experta de referencia internacional de cuidados y académica de la Universidad Nacional de Buenos Aires, Argentina, quien está de visita en el país para participar las audiencias.

Conversatorio

En el marco del proceso de audiencias públicas, el próximo 14 de marzo se llevará a cabo el conversatorio El reconocimiento del derecho al cuidado en América Latina y el Caribe, a partir de las 5:30 p.m. en el auditorio de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Costa Rica.

Durante el conversatorio se hará un recuento de las acciones que han conllevado a la presentación de esta solicitud ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del estado de situación en los países y de los retos que se avecinan en la lucha para que se avance en el reconocimiento de este derecho.

“Desde la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos se ha considerado que el derecho al cuidado se viene configurando de manera progresiva, que es un derecho cuyo reconocimiento y protección debe fortalecerse. Sobre esa perspectiva, los Estados deben avanzar para que la justicia social y económica garantice una mayor equidad en favor de las mujeres”, agregó Leonela Artavia, economista y coordinadora del proyecto Trabajo y Crisis de la UNA.

Oficina de Comunicación
Universidad Nacional, Costa Rica

Cuatro cuestiones fundamentales que determinó la CORTEIDH en materia de negociación colectiva en el sector público

Manuel Hernández

La CIDH  impulsó en 2019 una opinión consultiva acerca del estado de la libertad sindical en el continente americano.

A esta iniciativa le dio curso la CORTEIDH.

Tuve el honor de participar en este inédito proceso, asumiendo la representación de UNDECA y APSE. Después de los debates celebrados en las audiencias internacionales, la CORTEIDH emite la RESOLUCIÓN OCT-27-21, de mayo de 2021.

La resolución de la CORTEIDH abarca varias cuestiones en materia de libertad sindical, desde una perspectiva de género, tales como el derecho de huelga y negociación colectiva. 

Particularmente, en materia de negociación colectiva, en la administración pública, la resolución de la CORTEIDH determinó 4 cuestiones fundamentales.

1- El derecho de negociación colectiva es un componente esencial de la libertad sindical.

2- El derecho de negociación colectiva en la función pública está reconocido en los convenios 98. 151 y 154 de la OIT. 

3- Los estados tienen la obligación de promover la negociación colectiva en el sector público.

4- Finalmente, la CORTEIDH determinó que los Estados en situación de crisis o estabilización económica, tienen la obligación de privilegiar la negociación colectiva, en lugar, de promulgar leyes que limiten las remuneraciones de los funcionarios públicos.

Agrego yo, lo cual expuse en la audiencia internacional, leyes como la del Ajuste Fiscal (9635) y la Ley Frankenstein (10.159), que prohíben la negociación colectiva de los salarios de los funcionarios públicos.

Ahora, este pronunciamiento de la CORTEIDH lo rescata la PGR, en un recientísimo pronunciamiento, que lamentablemente la PGR omitió considerar cuando contestó las acciones de inconstitucionalidad interpuestas contra la Ley Frankenstein, no obstante que la resolución de CORTEIDH es vinculante.

Mesa redonda virtual: Derechos políticos de las mujeres y las nuevas tecnologías

SURCOS comparte la siguiente información:

¡No se pierda la mesa redonda virtual: Derechos políticos de las mujeres y las nuevas tecnologías! Este martes 5 de marzo, de 11 a 13 horas (hora de Costa Rica), en conmemoración al Día Internacional de la Mujer; nos sumergiremos en este debate desde una perspectiva actual y relevante.

Únase a la conversación y acompáñanos en nuestra transmisión en vivo por las redes sociales de la Corte IDH: https://www.facebook.com/CorteIDH

Guatemala: Caso “Toma de la USAC” profundiza judicialización del proceso electoral y la criminalización contra personas opositoras

Las Américas, 17 de noviembre de 2023. Organizaciones internacionales expresamos nuestro profundo rechazo a las recientes acciones de criminalización del Ministerio Público de Guatemala contra la oposición política, académicos, periodistas y personas defensoras de derechos humanos, en el llamado caso “Toma de la USAC: botín político”.

Este nuevo abuso de poder por parte del Ministerio Público se da en un contexto de persistente judicialización del proceso electoral, cuyo objetivo final es impedir que el presidente electo Bernardo Arévalo, la vicepresidenta electa Karin Herrera, y diputados electos tomen efectiva posesión de sus cargos el 14 de enero de 2024. La interferencia del Ministerio Público atenta una vez más contra el Estado de derecho y la democracia en Guatemala, aplicando indebidamente el derecho penal a acciones legítimas de defensa de la autonomía universitaria.

El 16 de noviembre se registraron allanamientos y órdenes de captura contra 27 personas vinculadas a los movimientos sociales, estudiantiles, la sociedad civil y al partido político Movimiento Semilla en un caso relacionado con la resistencia pacífica en la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), ante las anomalías que se dieron en el año 2022 en el proceso de elección de las autoridades universitarias. Todas estas personas hoy están siendo criminalizadas por su rol de denuncia de la corrupción en dicho proceso de elección y por ejercer pacíficamente la defensa de sus derechos de expresión, asociación y manifestación.

Entre las personas con órdenes de captura se encuentran el ex procurador de los derechos humanos Jordán Rodas Andrade, defensores de derechos humanos como Ramón Cadena y Helmer Velásquez, académicos de la USAC como Hada Alvarado y Eduardo Velásquez, líderes estudiantiles y periodistas. Al momento han sido aprehendidas 5 personas: la excandidata a diputada por Semilla Marcela Blanco, Rodolfo Chang Shuma, Eduardo Antonio Velásquez Carrera, Javier De León y Alfredo Enrique Beber.

El Ministerio Público informó que en las próximas horas presentarán solicitudes de antejuicio contra el binomio electo de Arévalo y Herrera, contra los diputados electos por el partido Movimiento Semilla Samuel Pérez, Román Castellanos, Raúl Barrera y contra los diputados Aldo Dávila, Adán Pérez y Carlos Taracena; lo anterior por haber estado en las instalaciones de la USAC haciendo manifestaciones en conferencia de prensa.

El Ministerio Público profundiza así su estrategia de criminalización enfocada hace años contra operadores de justicia, periodistas, y otras personas defensoras de derechos humanos. La actuación abusiva del Ministerio Público ha sido reconocida a nivel internacional en más de cinco ocasiones por el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA). El Consejo Permanente de la OEA aprobó una resolución el 15 de noviembre de 2023 expresando su grave preocupación respecto a la excesiva judicialización del proceso electoral e intimidación contra miembros del partido Movimiento Semilla y sus familias y resolvió “denunciar los intentos del Ministerio Público de desacreditar e impedir una transición pacífica del poder, que atentan contra el proceso democrático y los compromisos de Guatemala en virtud de la Carta Democrática Interamericana”.

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha hecho llamados al Estado de Guatemala “a respetar el resultado de las elecciones generales y a cesar las acciones del Ministerio Público (MP) que ponen en riesgo el orden constitucional y la independencia de los poderes públicos”. En este sentido, hacemos un llamado a la CIDH a valorar de forma urgente las medidas cautelares solicitadas en el marco del proceso pacífico de defensa de la autonomía de la USAC (MC-638-23) para evitar daños irreparables a estas personas.

Guatemala vive momentos críticos donde se requiere de mayor veeduría internacional y pronunciamientos expresos hacia las autoridades de que Guatemala no será aceptada dentro del concierto de naciones si continúa en una lógica autoritaria manipulando las leyes para burlar los resultados de las elecciones.

FIRMAN
La Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
American Jewish World Service (AJWS)
BeJust
Fundación para el Debido Proceso (DPLF)
Guatemala Human Rights Commission (GHRC)
Article 19 Oficina para México y Centroamérica
Abogados sin fronteras Canadá (ASFC)
RFK Human Rights
American Friends Service Committee (AFSC)
Luis von Ahn Foundation
International Service for Human Rights (ISHR)
Comisión Internacional de Juristas
Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos (IM-Defensoras)
Latin American Working Group (LAWG)
Protection International (PI)