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Etiqueta: Colombia

El reconocimiento por parte de Colombia de la soberanía de Israel en los Altos del Golán (territorio sirio ocupado): algunas reflexiones

Nicolas Boeglin
Profesor de Derecho Internacional Público
Facultad de Derecho UCR
nboeglin@gmail.com

El pasado 10 de agosto, mediante un comunicado oficial (véase texto), Colombia optó por reconocer formalmente la soberanía de Israel sobre los Altos del Golán.

Como bien se sabe, se trata de un territorio de Siria que Israel ocupa de manera ilegal desde 1967, y que incorporó formalmente a su territorio en 1981. Desde entonces, en un sinfín de resoluciones, tanto del Consejo de Seguridad (véase resolución S/Res/497(1981) adoptada por unanimidad), como de la Asamblea General de Naciones Unidas, así como de otras organizaciones internacionales y regionales, se ha reiterado que Israel no posee ningún título jurídico válido sobre este territorio, que tiene la obligación de devolver los Altos del Golán a Siria y que ningún Estado debería reconocer la titularidad israelí sobre este territorio.

La precitada resolución del Consejo de Seguridad de diciembre de 1981 señala que el Consejo:

«Reafirmando que la adquisición de territorio por la fuerza es inadmisible con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas, los principios del derecho internacional y las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad,

1. Resuelve que la decisión Israel de imponer sus leyes, su jurisdicción y su administración al territorio sirio ocupado de las Alturas del Golan es nula y sin valor y no tiene efecto alguno desde el punto de vista del derecho internacional;

2. Exige que Israel, la Potencia ocupante, revoque su decisión de inmediato«.

Además de Siria (véase comunicado oficial), al igual que varios Estados en Oriente Medio entre los cuales podemos señalar a Arabia Saudita (véase comunicado) y a Catar (véase comunicado), Turquía manifestó su reprobación al anuncio hecho por Colombia (véase comunicado oficial del aparato diplomático turco). De igual manera se manifestó la Organización para la Cooperación Islámica (véase comunicado), ante lo que constituye una verdadera provocación de Colombia para con el mundo árabe y la comunidad musulmana como tal. Al respecto no queda muy claro si las nuevas autoridades de Colombia han sopesado las desventajas que podría ocasionarles, en sus relaciones con el mundo árabe, esta sorprendente decisión.

Es de precisar que el comunicado oficial de Colombia del pasado 10 de agosto señala en su parte final que se asumieron compromisos con Israel pocos días antes, al indicar que:

«Este comunicado se publica de acuerdo al compromiso adquirido por ambas naciones, el pasado sábado 8 de agosto«.

Salvo error de nuestra parte, no se ha tenido mayor aclaración sobre el «compromiso adquirido por ambas naciones» y sería de gran utilidad conocerlo en detalle, en particular lo recibido por Colombia a cambio.

No está de más recordar que desde el 1ero de mayo del 2024, Colombia había suspendido sus relaciones diplomáticas con Israel (véase comunicado oficial) en señal de profundo repudio por las exacciones de todo tipo cometidas por Israel en Gaza. En el precitado comunicado de mayo del 2024, se lee que:

«Colombia no puede ser cómplice ni guardar silencio manteniendo relaciones diplomáticas con un gobierno que se comporta de esa manera y enfrenta tan graves acusaciones de la comisión de un genocidio, crímenes de guerra y violaciones al Derecho internacional Humanitario.

Colombia tampoco puede ser indiferente al enorme e indescriptible sufrimiento humano que esto causa, por lo cual el presidente Gustavo Petro ha anunciado la decisión de romper relaciones diplomáticas con Israel a partir del 2 de mayo«.

Mapa extraído de esta nota de la BBC del 13 de agosto del 2026 titulada «Cuál es la importancia de los Altos del Golán y por qué es polémico que Colombia reconozca la soberanía israelí sobre ellos».

Una breve aproximación jurídica

La ilegalidad de la situación que persiste desde 1981 en los Altos del Golán proviene del hecho siguiente: los Altos del Golán fueron adquiridos por Israel mediante el uso la fuerza en 1967.

Desde 1945, la normativa internacional prohíbe el uso de la fuerza en las relaciones entre Estados soberanos, y el corolario a esta regla fundacional de Naciones Unidas, es el no reconocer adquisiciones territoriales realizadas recurriendo al uso de la fuerza: de ahí, por ejemplo para citar un caso reciente, que muy pocos Estados reconocen la soberanía de Rusia sobre los cuatro «oblast» o territorios ucranianos, incorporados formalmente al territorio ruso en el 2022; y que pocos son los Estados que reconocen la soberanía de Rusia sobre la península de Crimea (territorio ucraniano) desde que Rusia la «adquirió» ilegalmente en el 2014 mediante una operación denominada «hombres vestidos de verde» (véase artículo de la BBC de marzo del 2014) seguida de una supuesta «consulta popular» que arrojó una sospechosa cifra de 95,5% de votantes a favor de pertenecer a Rusia (véase nota de The Guardian).

Es tal la importancia de esta norma desde 1945, que en este artículo publicado en el 2024 en el sitio jurídico especializado EJIL-Talk y titulado «Is the Prohibition of Forcible Annexations of Territory a Jus Cogens Norm?«, dos especialistas sostienen que la prohibición de la adquisición de un territorio mediante el uso de la fuerza constituye una norma imperativa de derecho internacional general (una categoría de norma más conocida como «regla de jus cogens«).

En julio del 2024, en su opinión consultiva relacionada al carácter ilegal de la ocupación y de la colonización por parte de Israel del territorio palestino ocupado (véase texto integral), la Corte Internacional de Justicia (CIJ) recordó (véase párrafo 179 de la opinión consultiva) que:

«179. La Cour a conclu que les politiques et pratiques israéliennes équivalaient à l’annexion de vastes parties du Territoire palestinien occupé. Elle estime que le fait de tenter d’acquérir la souveraineté sur un territoire occupé, ainsi que cela ressort des politiques et pratiques adoptées par Israël à Jérusalem-Est et en Cisjordanie, est contraire à l’interdiction de l’emploi de la force dans les relations internationales et à son corollaire, le principe de non-acquisition de territoire par la force».

.. / ..

179. The Court has found that Israel’s policies and practices amount to annexation of large parts of the Occupied Palestinian Territory. It is the view of the Court that to seek to acquire sovereignty over an occupied territory, as shown by the policies and practices adopted by Israel in East Jerusalem and the West Bank, is contrary to the prohibition of the use of force in international relations and its corollary principle of the nonacquisition of territory by force».

En otras palabras, la prohibición de la adquisición de territorio mediante el uso de la fuerza y la prohibición del uso de la fuerza constituyen dos caras de la misma regla básica que impera desde 1945 dentro del ordenamiento jurídico internacional: aplica para el territorio ocupado por Rusia en Ucrania desde el 2022, para el territorio palestino que ocupa Israel desde 1967, así como para la ocupación israelí en los Altos del Golán.

Al proceder con este reconocimiento, Colombia se convierte en el primer Estado de América Latina en reconocer formalmente la soberanía de Israel en este territorio ocupado de Siria: lo cual debería de plantear algunas interrogantes muy válidas sobre las intenciones de sus nuevas autoridades con relación a muchas otras reglas vigentes en el ordenamiento jurídico internacional.

En cuanto al posible alineamiento de las posiciones de Colombia con las Israel en Naciones Unidas, es muy probable que se verifiquen a partir del próximo mes de septiembre, al iniciarse la Asamblea General de Naciones Unidas; así como con otras iniciativas tendientes a satisfacer excitativas israelíes y norteamericanas relacionadas a su campaña conjunta en contra de la Corte Penal Internacional (CPI), así como en contra la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el territorio palestino ocupado, la jurista italiana Francesca Albanese.

Una comunidad internacional coherente y consistente frente a unos pocos incoherentes

En diciembre del 2025, la resolución anual condenando la ocupación israelí de los Altos del Golán (véase texto) fue aprobada con una abrumadora mayoría en la Asamblea General de Naciones Unidas con 123 votos a favor y únicamente 7 en contra: a saber, Estados Unidos, Israel, Micronesia, Palau, Papua Nueva Guinea, Paraguay y Tonga. Se remite al detalle de la votación en este enlace oficial de Naciones Unidas. En toda lógica, deberíamos observar en este 2026 a Colombia aparecer en este grupo ultra minoritario que Estados Unidos e Israel logran usualmente reunir en votaciones sobre Palestina, y más generalmente sobre las exacciones de todo tipo de Israel, que condena con frecuencia el órgano plenario de Naciones Unidas (Nota 1).

Nótese que en el 2024, el mismo ejercicio en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas (véase texto de la resolución) registró 97 votos a favor y 8 en contra (véase nota de prensa de la agencia de noticias turca Anadolu).

En el 2023, fueron esta vez 151 los Estados votando a favor de la resolución A/Res/78/77) y tan solamente dos previsibles votos en contra: los de Estados Unidos y de Israel (véase detalle del voto en este enlace oficial de Naciones Unidas).

A la pregunta natural que pueda surgir al notar dos únicos votos en contra:

«¿Se habrá observado sobre este punto particular de la agenda internacional, un aislamiento tan evidente de Israel y de su incondicional aliado norteamericano (usualmente muy hacendosos para obtener los votos de algunos Estados isleños del Pacífico para maquillar su profunda soledad)

la respuesta es la siguiente: en el año 2016, la oposición al texto se redujo en Naciones Unidas a un solo voto en contra (Israel), mientras que la delegación de Estados Unidos optó por registrar su voto con las demás abstenciones (15), la resolución A/RES/71/99 obteniendo 163 votos a favor (véase detalle de la votación del 2016 en este enlace oficial de Naciones Unidas).

Cabe señalar que el único Estado en el mundo en reconocer formalmente la soberanía de Israel sobre los Altos del Golán es Estados Unidos. Este reconocimiento no lo había hecho ningún Presidente de Estados Unidos antes del 25 de marzo del 2019: véase al respecto esta nota oficial de la Casa Blanca, la cual es firmada por el que fuera entonces Presidente de Estados Unidos y que ha vuelto a serlo desde el 20 de enero del 2025. Remitimos a nuestros estimables lectores al análisis que entonces publicamos en el 2019 (Nota 2).

A modo de conclusión

Con este insólito reconocimiento, las nuevas autoridades electas de Colombia confirman ser parte de lo que podríamos denominar las «fichas útiles» de Israel (y de Estados Unidos) en América Latina, que buscan erosionar las reglas más básicas del ordenamiento jurídico internacional: recientemente, por ejemplo, Estados Unidos e Israel lograron que Argentina los acompañara para cuestionar la prohibición de la tortura (Nota 3).

En la precitada votación de diciembre del 2025 sobe los Altos del Golán (cuyo detalle está disponible en este enlace oficial), únicamente Paraguay votó en contra, Argentina (otra ficha muy útil de Israel desde diciembre del 2023) optando por abstenerse.

No está de más referir a la «época dorada» entre Israel y Colombia vaticinada por el jefe de la diplomacia israelí al llegar a Colombia para asistir personalmente a la toma de posesión de las nuevas autoridades, en el mes de agosto pasado (véase nota de prensa de Demócrata): fue tal la premura por complacer a Israel que a penas 48 horas después de clausurarse la ceremonia oficial de toma de posesión (un viernes), Colombia procedió a reconocer la soberanía israelí sobre los Altos del Golán (un lunes) con un «tweet» enviado a media mañana del mismo día (véase tweet).

– Notas –

Nota 1: A modo de ejemplo, cuando en noviembre de 2012 la Asamblea General reconoció a Palestina como «Estado Observador No Miembro«, se adoptó la resolución A/Res/67/19 con 138 votos a favor, 9 en contra y 41 abstenciones. Entre los votos en contra acompañaron a Estados Unidos y a Israel: Canadá, Islas Marshall, Micronesia, Palau, Panamá, Nauru y República Checa (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). De forma similar (9 votos en contra), en una votación sobre la obligación de no trasladar embajadas a Jerusalén que tuvo lugar en 2017, reuniéndose 128 votos a favor (véase nota de prensa oficial de Naciones Unidas). Esta curiosa «coalición» según el término utilizado por el Washington Post en el 2012 (véase artículo) se expresó también en 2021, durante la votación de la resolución A/RES/76/225 (véase texto), con sus 7 votos en contra, frente a 156 votos. Este núcleo duro puede a veces verse algo reducido: una de las expresiones más modestas en número de votos de la llamada «coalición anti Palestina» (4 votos: Estados Unidos, Israel, Islas Marshall y Micronesia) es, sin duda, esta resolución votada en octubre de 2003 sobre la construcción del muro construido por Israel, adoptada con 144 votos a favor y 4 en contra (véase el comunicado oficial de Naciones Unidas).

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Atentando contra una regla esencial en derecho internacional: a propósito de la reciente decisión de Estados Unidos sobre los Altos del Golán«. 27 de marzo del 2019, disponible en este enlace.

Nota 3: El 20 de noviembre del 2025, se votó la resolución trienal en el seno de la Comisión de la Asamblea General, que reafirma la prohibición de la tortura y de los malos tratos (véase texto de la resolución). Por primera vez en los últimos decenios, en vez de adoptarse por consenso, se solicitó un voto en el que se contabilizaron un total de 169 Estados votando a favor y … votaron en contra Argentina, Estados Unidos e Israel. De estos tres Estados, únicamente Estados Unidos procedió a explicar su voto en contra, con argumentos risibles si no se tratara de un tema tan grave (véase texto). Este detalle (véase recuadro) de la votación merecía, en nuestra modesta opinión, una mención en diversos medios informativos: mucho más llamativo resulta el hecho que haya pasado totalmente desapercibido en la prensa internacional y que muchas salas de redacción omitieran toda referencia a este intento por erosionar una regla internacional fundamental en materia de protección de los derechos humanos. ¿Realmente ya no interesará a nadie que haya Estados objetando de manera tan desvergonzada la prohibición absoluta de la tortura y de los tratos inhumanos, crueles o degradantes?

Colombia: desobediencia civil en tiempos de disputa geopolítica

Álvaro Fernández González
Julio de 2026

El llamado de Iván Cepeda a promover un proceso de desobediencia civil pacífica marca uno de los momentos más delicados de la política colombiana desde la Constitución de 1991.

Más allá de las simpatías o discrepancias que pueda generar, la importancia del anuncio radica en que introduce una discusión de fondo: ¿qué puede hacer una oposición cuando considera que existen graves dudas sobre la legitimidad política de un nuevo gobierno, aunque reconozca la legalidad formal del resultado electoral? Esa es la pregunta que Cepeda intenta responder al invocar una tradición histórica de resistencia no violenta.

La desobediencia civil desde Henry David Thoreau hasta Mahatma Gandhi, Martin Luther King Jr. o Nelson Mandela es una forma extraordinaria de acción colectiva cuando los mecanismos institucionales son insuficientes para proteger principios fundamentales.

No constituye una invitación a la violencia ni una ruptura del orden constitucional, sino un recurso propio de las democracias cuando sectores significativos de la ciudadanía consideran que las instituciones han dejado de ofrecer garantías suficientes para la defensa de derechos y principios compartidos.

Es patente que América Latina atraviesa una nueva fase de confrontación internacional caracterizada por la creciente competencia entre grandes potencias, la Doctrina Monroe y su Corolario Trump de nueva imposición política a mano armada, el uso intensivo de tecnologías digitales en los procesos electorales, campañas de desinformación y renovadas formas de influencia externa sobre las democracias latinoamericanas.

Desde esta perspectiva, Colombia se convierte también en escenario de disputa geopolítica, como Bolivia, Venezuela y Cuba dramáticamente.

Pero el debate no es solo quién tenga razón en la coyuntura inmediata. También es necesario preguntarnos cómo responden las democracias cuando la ciudadanía pierde confianza en la legitimidad política de sus instituciones.

En Colombia, el 30,7% de la votación se expresó por el Pacto Histórico de Cepeda, frente al 31,3% del derechista y ciudadano estadounidense Abelardo de la Espriella, y una proporción aún mayor del electorado, el 36%, se abstuvo.

Está claro que la historia latinoamericana demuestra así que estamos ante una polarización cada vez más difícil de contener.

La apuesta por formas explícitamente no violentas de movilización adquiere entonces una relevancia particular.

La tradición de la desobediencia civil pretende trasladar el conflicto desde la confrontación física hacia la deliberación pública, los tribunales, la organización social y la presión ciudadana.

Colombia enfrenta así un desafío que trasciende a sus protagonistas inmediatos.

La capacidad de procesar desacuerdos profundos dentro de las reglas constitucionales será decisiva no solo para el futuro político del país, sino también para una región donde las disputas geopolíticas internacionales vuelven a entrelazarse con las tensiones propias de democracias intensamente polarizadas.

Referencias:

“Colombia y el mundo: ¿qué sigue?” Por Juan Carlos Monedero, Canal SinEmbargo Al Aire, 8 de julio 2026.
https://youtu.be/dmN1CVHwbaY?si=7VkIjIFLe6efErDk

“¡Iván Cepeda llama a la desobediencia civil! ¿qué significa y por qué lo hace?”, en Canal Magenta Radio con William López, 1 de julio de 2026.
https://youtu.be/8DEdLqVZFLA?si=jvKLDC0-N6HEUJHX

Embajada de Colombia invita a celebrar la independencia con un festival cultural gratuito en la Antigua Aduana

La Embajada de Colombia en Costa Rica, el Consulado de Colombia en San José, el Ministerio de Cultura y Juventud, la Cancillería de Costa Rica y la iniciativa Colombia Nos Une invitan al Festival Cultural con motivo de la celebración del Día de la Independencia de Colombia, bajo el lema «Colombia fuera de Colombia».

La actividad se realizará el domingo 19 de julio de 2026, de 9:00 a.m. a 7:10 p.m., en la Antigua Aduana, con una agenda gratuita dirigida a toda la familia que reunirá expresiones artísticas, culturales, gastronómicas, académicas y de emprendimiento de la comunidad colombiana residente en Costa Rica.

La jornada iniciará con una ceremonia oficial de bienvenida, que incluirá izada de bandera, interpretación de los himnos nacionales, palabras de autoridades y una demostración cultural.

Entre las actividades programadas destaca la Zona Infantil Mafe García, con juegos, talleres de pintura y lectura sobre la historia de Colombia para niñas y niños. Asimismo, se ofrecerán talleres tradicionales de tejido y elaboración de canastos, así como de velas y sahumerios, con el propósito de acercar al público a distintas manifestaciones del patrimonio cultural colombiano.

Durante gran parte del día se desarrollará un festival gastronómico, con degustación de comidas típicas y venta de productos colombianos, junto con la feria Expo-emprende: Arte, cultura y servicios, donde personas emprendedoras presentarán productos, servicios y expresiones artísticas.

La programación incluye además la charla «Finanzas con propósito para Emprendimientos Colombianos», a cargo de Sonia Monsalve, así como el conversatorio «Ser colombiano en el exterior» y «Conexión Colombiana con ruta de café», coordinado por Pelaez, espacio que reunirá a mujeres, estudiantes, pueblos indígenas, comunidades afrocolombianas, personas empresarias, jóvenes, trabajadoras y trabajadores, víctimas del conflicto social y político, además de representantes de diversos emprendimientos y redes colaborativas para intercambiar experiencias y fortalecer vínculos con la comunidad colombiana.

A partir de la 1:00 p.m. se habilitará un espacio para la transmisión del partido del Mundial en las pantallas del recinto.

La agenda artística continuará con la presentación de la Orquesta Son de Colombia, seguida de una sesión de zumba abierta al público organizada por Saludarte y la presentación del humorista Jorge Torres, con un espectáculo de cuento-comedia.

El cierre del festival estará dedicado a un gran espectáculo artístico y cultural con música, danza, teatro y arte circense. Entre las presentaciones figuran el Concierto Homenaje a Totó la Momposina, la agrupación Son Semillas y el Gran Cierre Fundingue Vallenato, antes de las palabras finales de clausura previstas para las 7:00 p.m.

La organización invita a todas las personas interesadas a participar en esta celebración gratuita, concebida como un espacio para compartir la riqueza cultural de Colombia y fortalecer los vínculos entre la comunidad colombiana residente en Costa Rica y el público costarricense.

Los hechos no hablan solos – Colombia

José A. Amesty Rivera

En muchos países de América Latina ocurre algo que llama la atención de la gente, gobiernos o movimientos políticos de izquierda llegan con mucha fuerza al poder, impulsan reformas, crean programas sociales, mejoran servicios públicos y promueven cambios que consideran importantes para la mayoría de la población, sin embargo, cuando llegan nuevas elecciones, muchas veces encuentran dificultades para mantener el apoyo de los votantes.

¿Por qué algunos gobiernos hacen cambios importantes y aun así tienen dificultades para ganar elecciones?

Algunas personas creen que esto ocurre porque gobernaron mal, o porque cometieron demasiados errores, pero la realidad suele ser más complicada.

Las elecciones no funcionan como un examen de matemáticas, donde se suman aciertos y errores para obtener una nota final. Las personas votan influenciadas por muchas cosas, como, lo que ven, lo que escuchan, lo que sienten, lo que conversan con sus vecinos/as, lo que reciben por redes sociales y, sobre todo, por la idea que tienen sobre el rumbo del país.

Por eso, entender una elección requiere mirar mucho más allá de los números y las estadísticas, por ejemplo, la situación actual de Colombia es un buen modelo de ello.

La disputa entre Iván Cepeda y Abelardo de la Espriella no enfrenta únicamente dos candidatos, también refleja debates que vienen de muchos años atrás, a saber, la violencia política, el conflicto armado, las desigualdades sociales, el proceso de paz, las diferencias entre regiones, el papel de los medios de comunicación y las distintas ideas sobre el futuro del país, entre otros.

Existe una situación que se repite en muchos gobiernos que buscan hacer cambios profundos, dedican enormes esfuerzos a mejorar programas sociales, ampliar derechos, fortalecer la educación, la salud o las oportunidades para los sectores más vulnerables.

Pero esos cambios casi nunca producen resultados inmediatos; una reforma educativa puede tardar años en mostrar resultados, una política para reducir la pobreza puede necesitar varios gobiernos para consolidarse, una transformación económica no ocurre de la noche a la mañana.

Mientras tanto, la gente sigue enfrentando problemas cotidianos; si una persona siente inseguridad en su barrio, le preocupa el precio de los alimentos o teme perder su empleo, esas preocupaciones pueden pesar más que otros avances que no percibe directamente.

Por esto muchas veces los gobiernos, son juzgados no por todo lo que hicieron, sino por los problemas que la población considera más urgentes. Y esto ha ocurrido en distintos países.

En Brasil, muchos ciudadanos/as reconocían avances sociales de los gobiernos del Partido de los Trabajadores, pero el desgaste político terminó favoreciendo a Jair Bolsonaro en 2018.

En Ecuador, una parte de la población valoraba logros del Correísmo, pero otra parte quería un cambio de rumbo.

En Argentina, el deseo de alternancia ayudó a llevar a Mauricio Macri a la presidencia.

Pero también existen casos contrarios, veamos…

Lula volvió a ganar en Brasil en 2022, Gabriel Boric triunfó en Chile, Gustavo Petro llegó a la presidencia en Colombia en 2022.

Esto demuestra que el problema no es simplemente ser de izquierda o de derecha. La verdadera pregunta es otra, ¿Quién logra convencer a más personas de que su plan para el futuro es mejor?

En el caso de la política colombiana, para entenderla hay que mirar hacia atrás, durante décadas, Colombia vivió marcada por el conflicto armado, la violencia política, el narcotráfico y enormes desigualdades sociales; millones de colombianos/as crecieron escuchando noticias sobre guerrillas, paramilitares, secuestros, atentados y enfrentamientos, y esta historia dejó huellas profundas.

Por esto palabras como seguridad, paz, autoridad, orden, justicia o cambio no significan exactamente lo mismo para todos los colombianos/as. La firma del acuerdo de paz abrió una esperanza para muchos sectores de la sociedad, pero también generó dudas y preocupaciones en otros, y estas diferencias siguen presentes hoy.

Por esto las elecciones actuales no son solamente una evaluación del gobierno de Gustavo Petro, también son una discusión sobre qué país quieren construir los colombianos/as para las próximas décadas.

Y aquí aparece una idea muy importante, muchas personas que apoyan al gobierno de Petro sostienen que una parte de la población no conoce realmente muchos de los avances realizados durante estos años, y esta situación no es exclusiva de Colombia, ocurre en muchos países, por ejemplo:

Una carretera puede ser construida gracias a recursos del gobierno nacional, pero la gente piensa que fue obra de la alcaldía. Un programa social puede beneficiar a miles de familias, pero con el tiempo deja de verse como algo especial y pasa a considerarse normal. Una mejora económica puede atribuirse al esfuerzo personal y no a decisiones del gobierno.

En otras palabras, no basta con hacer las cosas, también hay que lograr que la gente sepa quién las hizo y por qué fueron importantes; si los ciudadanos no relacionan los cambios positivos con quienes los impulsaron, esos logros pueden desaparecer políticamente, aunque sigan existiendo en la realidad.

Y aquí aparece una de las mayores debilidades históricas de muchos movimientos progresistas en América Latina: han dedicado enormes esfuerzos a gobernar, pero muchas veces han prestado menos atención a comunicar. Durante años, una parte de la izquierda creyó que los hechos hablarían por sí solos, pensó que una buena gestión sería suficiente para convencer a la población.

Pero la política moderna funciona de otra manera, los hechos no hablan solos; alguien siempre los interpreta, los explica y les da significado. Mientras algunos gobiernos se concentran en ejecutar programas y reformas, otros actores políticos trabajan constantemente construyendo relatos, mensajes, símbolos y emociones, y muchas veces esos relatos terminan teniendo más fuerza que los propios hechos.

Otro problema frecuente es creer que una estadística puede derrotar una emoción, cuando una persona tiene miedo por la inseguridad, un gráfico no siempre cambia su percepción, cuando una familia siente dificultades económicas, un informe técnico puede parecer lejano a su realidad.

Las personas necesitan datos, pero también necesitan explicaciones sencillas que les ayuden a entender lo que está ocurriendo, la política no se mueve solamente por números, también se mueven por sentimientos, experiencias y esperanzas.

Por esto comunicar bien no significa hacer propaganda vacía, significa explicar claramente qué se hizo, por qué se hizo y cómo mejora la vida de la gente.

A su vez, hoy la comunicación política es mucho más complicada que hace veinte años; antes la información circulaba principalmente por televisión, radio y periódicos, ahora millones de personas reciben información por Facebook, WhatsApp, TikTok, Instagram, YouTube y muchas otras plataformas.

Así en cuestión de minutos una noticia verdadera o falsa puede llegar a millones de personas, un video de treinta segundos puede tener más impacto que un informe de cien páginas.

Esto obliga a los gobiernos y a los movimientos políticos a adaptarse a una realidad completamente nueva; quien no entiende esta transformación corre el riesgo de perder la batalla de la opinión pública, incluso cuando tiene resultados para mostrar.

Existe otro factor que pocas veces se menciona; los gobiernos de cambio suelen despertar enormes esperanzas. Prometen combatir la desigualdad, reducir la corrupción, mejorar la seguridad y transformar la economía, sin embargo, los cambios profundos necesitan tiempo.

Las instituciones avanzan lentamente, las reformas encuentran obstáculos, los resultados tardan en llegar. Cuando las expectativas crecen más rápido que los resultados, aparece la frustración; y muchas veces esa frustración surge precisamente entre quienes más esperaban del gobierno, por esto algunos proyectos políticos terminan siendo víctimas de sus propias promesas.

Otro elemento importante es que, tal vez la discusión más importante ocurre en un terreno que muchas veces pasa desapercibido, no basta con ganar elecciones, tampoco basta con gobernar, también es necesario ganar la batalla de las ideas.

Las personas construyen sus opiniones en muchos lugares, como, la familia, la escuela, la iglesia, las redes sociales, los medios de comunicación, las universidades y las organizaciones sociales, allí se forman las ideas sobre qué significa progreso, justicia, libertad, seguridad o democracia.

Quien logra influir en esas ideas tiene una enorme ventaja política, por esto algunos gobiernos logran ganar elecciones, pero no logran consolidar una visión compartida del país. Y cuando esto ocurre, cada elección vuelve a convertirse en una disputa desde cero.

Finalmente, la historia demuestra que los movimientos progresistas no están condenados a perder elecciones; existen muchos casos de derrotas, pero también numerosos ejemplos de victorias, sin embargo, sí parece existir un problema recurrente.

Muchos gobiernos logran hacer cambios importantes, pero encuentran dificultades para convertir esos cambios en una percepción positiva y duradera dentro de la sociedad. El caso colombiano muestra claramente este desafío.

La discusión sobre el gobierno de Gustavo Petro no gira solamente alrededor de lo que hizo o dejó de hacer, también gira alrededor de cómo esos resultados fueron comunicados, comprendidos y valorados por la ciudadanía. Aquí la principal lección quizás sea esta:

Gobernar bien es indispensable, pero en la política del siglo XXI no es suficiente, también hay que explicar, convencer, escuchar y construir una visión compartida del futuro, porque los hechos son importantes, pero los hechos, por sí solos, no hablan.

Un dato final, sin entrar en polémicas. En el caso de Iván Cepeda, muchas personas lo reconocen por su trabajo en temas de Derechos Humanos, y por hablar sobre la historia del conflicto armado en Colombia, esto le da importancia y reconocimiento en la política del país.

Sin embargo, en una elección nacional, el reto para un candidato con este perfil es lograr que esos temas se conviertan en mensajes claros, sobre lo que más preocupa a la gente todos los días, la seguridad, el empleo, la economía y el costo de vida.

En una segunda vuelta, esto suele ser muy importante; muchos ciudadanos no votan pensando tanto en ideologías o debates políticos complejos, sino en quién creen que puede ofrecer un mejor futuro para ellos y sus familias.

Por esto, en Colombia las segundas vueltas muchas veces no las gana quien tiene el plan más detallado, sino quien logra conectar mejor con las preocupaciones de la gente. Normalmente tiene ventaja el candidato que habla de forma sencilla, transmite confianza y hace sentir a los votantes que entiende sus problemas.

En este escenario, no basta con proponer cambios, también es necesario explicarlos de una manera fácil de entender y demostrar cómo pueden mejorar la vida diaria de las personas. Al final, suele ganar quien logra presentar una idea de futuro clara y cercana para la mayoría de los ciudadanos/as, incluso para quienes no pensaban votar por él desde el principio.

No estamos afirmando que esto ocurrió o vaya a ocurrir de una manera u otra, simplemente es una situación que suele aparecer en elecciones muy divididas y polarizadas.

Y afirmo categóricamente, ojalá, que sea así, que Ivan Cepeda gane las elecciones en Colombia, para que este país siga cambiando, para que los colombianos/as, tengan una sociedad de justicia, paz, prosperidad y tranquilidad, en fin, que sea un triunfo de la izquierda latinoamericana.

Sobre el encuentro Petro – Trump

Por Carlos Meneses Reyes

De rifirrafe, es decir, de contienda bulliciosa, pasajera y sin consecuencias, algunos obtusos calificaron el enfrentamiento verbal entre el presidente de Colombia y el de los Estados Unidos, en lo corrido de semanas anteriores. Pero no ha habido tal.

Las acusaciones de D. Trump contra G. Petro elevaron al clímax de graves. Lo acusó de ser un presidente ilegitimo y en tal sentido desconoció el proceso electoral democrático en el que resultó elegido y de contera interviene en política interna colombiana, ad portas de un proceso electoral presidencial en Colombia, con el interés de influir en el mismo; tal como ha sucedido recientemente con Honduras. Donald Trump acusa al presidente Gustavo Petro de tener vínculos con el narcotráfico. De ser narco. De poseer fábricas de cocaína para inundar a estados Unidos del polvo blanco y envenenar al pueblo estadounidense. Lo tilda de loco y de enfermo. Lo acusa de narcotraficante pese a la ingente labor del presidente colombiano en la lucha contra el narcotráfico y los resultados favorables en comparación con gobiernos anteriores. Ante tales ofensivas acusaciones, el presidente G. Petro le responde a D. Trump: “no soy ilegitimo, ni soy narco”; rechazando cada una de las acusaciones; defendiendo su política antidrogas y le reprocha: “Deje de calumniarme señor Trump”. Estas réplicas y contrarréplicas han generado un ambiente de crecientes tensiones diplomáticas entre Colombia y los Estados Unidos. Pero el injurioso presidente D. Trump no se limita a las acusaciones. Acude a las amenazas de intervención directa al país colombiano. “Suena bien”, aseguró Donald Trump cuando le preguntaron en rueda de prensa si pensaría hacer una operación militar en Colombia. Luego del ataque invasor a la República Bolivariana de Venezuela y el secuestro del presidente Nicolás Maduro Moros y su esposa y la actual reclusión de ellos en cárcel neoyorkina, el presidente D. Trump se encuentra, cada vez, más libre de cortapisas, para actuar contra otros gobiernos, teniendo entre sus miras primordiales la intervención militar en Colombia. En la Sala Este de la Casa Blanca, durante sus últimas reuniones, se sienta al centro como un emperador, rodeado de sus áulicos y halcones de la guerra, en su corte medieval. Se mimetiza bajo una autocracia imperial, como la que dominaba en Europa cuando colonizaron el continente americano y que hoy se erige para disputar la hegemonía global y de América Latina, con Rusia y China. Lo hace como un imperio que domina a ultramar. Las naciones débiles esperan que las naciones fuertes respeten la ley. Pero nos encontramos, no ante el desconocimiento de los principios del derecho internacional, sino ante su física derogatoria y la revocatoria palpable de las Convenciones y Tratados internacionales…

El hijo del presidente secuestrado por USA, Nicolás Maduro Guerra, ha expresado: «Si normalizamos el secuestro a un jefe de Estado, ningún país está a salvo» «Hoy es Venezuela, mañana puede ser cualquier nación que no decida someterse», advirtió el también diputado a la Asamblea Nacional. «El derecho internacional existe para frenar imperios y sin derecho internacional el mundo vuelve a la ley de la selva», expresó el legislador. Rige «una amenaza directa a la estabilidad política global, a la humanidad y a la igualdad soberana de las naciones».

Se puede afirmar que Donald Trump desvaría, lo cual significa delirar, decir o hacer locuras, disparates o cosas incoherentes, que se salen de la regla de un orden dado. No alienta diferencia en amenazar a cada uno de los países citados; como si fuera tan fácil invadir a un enorme territorio casi desértico; que a un país tropical complicadísimo por su variedad geográfica y con tradición de intensa lucha guerrillera como en Colombia.

Las reacciones a las altisonantes acusaciones y amenazas de Donald Trump, no solo contra G. Petro y contra Colombia, sino también contra México, Groenlandia, Cuba, Nicaragua, han sido múltiples en el mundo, tanto por presidentes como por países como Rusia y China que han alertado sobre el peligro de una intervención militar en Colombia y en los países citados. Un directo pronunciamiento lo emitió el Grupo de Puebla y varios líderes mundiales condenando las amenazas contra el presidente de Colombia y contra la presidenta Sheinbaum de México. “Estos hechos constituyen una grave violación del derecho internacional, de la Carta de las Naciones Unidas y del principio de prohibición del uso de la fuerza”, según el texto de la declaración. Gabriel Boric – de Chile-crítica a quienes «rinden pleitesía» a Donald Trump. Boric señaló que aquellos dirigentes que buscan ganarse el favor de Trump “solo se humillan”.

De las conversaciones entre Gustavo Petro y Donald Trump

El escenario escabroso y borrascoso de las relaciones entre el presidente de los estados Unidos y el presidente de Colombia pareciera amainar, luego que los dos mandatarios mantuvieron una extensa conversación telefónica el pasado 07 de enero. Sobre todo, para el presidente colombiano el equilibrio político es difícil de mantener, buscando una postura crítica hacia Estados Unidos, luego de las ofensas al pueblo colombiano por las múltiples amenazas que Donald Trump le hiciera como mandatario de todos los colombianos y colombianas.

No se puede decir que haya habido una reconciliación, puesto que esta se predica de volver a tener una buena relación o amistad tras un conflicto, superando rupturas, agravios o enemistades, restaurando la armonía y el entendimiento.

En el aspecto político interno, el nuevo acercamiento entre G. Petro y D. Trump llevará a la derecha a buscar nuevos argumentos de controversias ante el debilitamiento de sus propuestas contra el líder progresista y la proyección política del país. En tanto que Donald Trump amenazaba con una operación militar, que conllevaría a derrocar al mandatario progresista quien con el apoyo de la izquierda enunciaba estar listo para retomar las armas. Esto obviamente generaba tensión política en el electorado. Y a verdad sabida las fatídicas amenazas contra Colombia aún no están del todo despejadas.

Del escenario internacional actual

Conforme a lo anotado el escenario de postura respetuosa al derecho internacional, la diplomacia y las relaciones internacionales deja mucho que desear.

En los actuales momentos la Casa Blanca no es vista como un socio sino como una amenaza. Se subraya que Estados Unidos puede imponer sus reglas, si así lo desea. También la actuación imperial de invasión y fuerza del imperio contra el presidente constitucional de la república Bolivariana de Venezuela ha emulado en otras dimensiones. El Secretario de Defensa británico, John Healey, dice que le gustaría secuestrar a Putin. La vocera del Ministerio de Exteriores ruso, María Zajárova, tachó la declaración de «fantasías húmedas de los pervertidos británicos». Por su parte, Israel analiza si la captura del presidente venezolano Nicolás Maduro podría sentar un precedente aplicable a Irán. Que EE.UU. debería secuestrar a Netanyahu en lugar de Maduro, dice el ministro de Defensa de Pakistán Khawaja Asif, quien condenó el reciente ataque estadounidense contra Venezuela, pero opinó que tal acción estaría justificada si se llevara a cabo contra Israel, señalando las acciones del país hebreo en la Franja de Gaza. Las amenazas de Trump contra la pareja presidencial de Nicaragua dejan ver una forma sospechosa y para conjeturar intenciones similares en un futuro posible. Las reglas que desea imponer a Cuba son claras y manifiestas. Ante ese panorama ¿qué garantías cubren a nuestro presidente ante su eventual encuentro con Donald Trump en la Casa Blanca? Sabiéndose de la forma temperamental como trató a su súbdito ucraniano, ¿cómo reaccionará ante la postura no sumisa ni arrodillada de nuestro presidente, genuino ejemplar de leopardo? ¿Qué compromiso garantiza que no sea detenido en USA? De manera que aquí se contradicen las razones y las buenas intenciones. Sobrepasa los presupuestos de las libres y buenas maneras de la diplomacia. Como requisito sine quanon se impone que previo a la aceptación de fechas de un encuentro en la Casa Blanca, al presidente Petro se le elimine de la tenebrosa “lista Clinton” y se le reconozca su visado de entrada y salida al país norteamericano. Se restablezca la certificación unilateral de lucha contra las drogas. No olvidar que las acusaciones de narcotraficante; de propietario (ni siquiera supuestos) de fábricas de cocaína en Colombia, para enviar a Estados Unidos y el llamado a la desobediencia a las fuerzas militares de desconocer la orden del presidente R. Trump para violar los derechos humanos en palestina está vigente y requeriría de una renuncia expresa a incoar querella por tan espinoso tema. Amanecerá y veremos.

Hoy Venezuela y Colombia, ¿mañana quién?

Juan Carlos Cruz

Las amenazas de intervención militar de Estados Unidos nos competen a todas y todos.

El reciente despliegue militar del gobierno de Estados Unidos en el Caribe, incluyendo el portaaviones USS Gerald R. Ford, y las crecientes acusaciones sin prueba alguna contra los gobiernos de Venezuela y Colombia, constituyen una grave amenaza a la paz regional, a la soberanía de nuestros pueblos y al principio de no injerencia consagrado en el derecho internacional.

Las acusaciones de narcoterrorismo dirigidas contra los presidentes Nicolás Maduro y Gustavo Petro parecen un último recurso de desprestigio a gobiernos soberanos cuando otros calificativos no han tenido efecto, pero, sobre todo, carecen de pruebas contundentes y verificables. Este nuevo discurso se sustentan en narrativas mediáticas que buscan criminalizar y justificar agresiones que se realizan por razones geopolíticas.

¿Por qué los sobrevivientes a los ataques no han sido presentados ante ninguna instancia legal como prueba de la «presunta implicación de Venezuela y Colombia» en el narcotráfico?

Tal como ha señalado la vicepresidenta venezolana Delcy Rodríguez, Venezuela no figura como país relevante en los informes internacionales sobre tráfico de drogas. Por su parte, el presidente Petro ha denunciado que estas amenazas ignoran décadas de lucha efectiva contra el narcotráfico en Colombia y las sanciones anunciadas vienen más bien a debilitar los programas ya existentes.

La presencia de fuerzas militares estadounidenses en la región, bajo el pretexto de combatir el crimen organizado elevado al nivel del terrorismo, representa una escalada peligrosa que vulnera el principio de autodeterminación de los pueblos y revive prácticas intervencionistas que han causado sufrimiento y desestabilización en América Latina.

Independientemente de suscribir o no las circunstancias políticas y económicas por las que transitan los respectivos gobiernos, las condiciones geopolíticas de nuestro Caribe demandan solidaridad con los pueblos de Venezuela y Colombia y respeto irrestricto a su soberanía.

Es imperativo de la comunidad internacional, los movimientos sociales y las organizaciones defensoras de la paz, mantenerse alertas y condenar cualquier intento de intervención militar que atente contra la estabilidad de nuestra región. Hoy la amenaza es contra Venezuela y Colombia, mañana puede ser contra cualquiera.

Imagen: Portaviones USS Gerald R. Ford (Wikipedia)

Somos hijos de la tierra

Un canto a la vida y al origen desde la voz del mayor Chakry, sabio Emberá Chamí

“Soy hijo de la Tierra, soy hijo de la Madre Tierra”, dice con profunda serenidad el mayor Chakry, autoridad espiritual de la tribu Emberá Chamí, uno de los pueblos originarios que habita en las montañas y selvas de los departamentos de Risaralda, Caldas, Antioquia, Valle del Cauca y Quindío, en Colombia. Su nombre, Emberá Chamí, significa “gente de la montaña” o “hombre de la montaña”, y refleja una cosmovisión que reconoce el vínculo sagrado entre los seres humanos y el territorio que los sostiene.

En su mensaje, compartido a través de un video del canal Soy Tribu y facilitado a SURCOS por Alberto Salom Echeverría, de la Asociación Madre Tierra, Chakry ofrece una reflexión que trasciende fronteras. En ella, convoca a recordar que “no somos dueños del petróleo, ni del oro, ni de nada; el sagrado oficio que el Padre nos dejó fue ser guardianes de la Tierra”.
El viento, explica, es el aliento; el fuego, el espíritu; la tierra, el cuerpo; y el agua, la sangre. Con estas palabras, el sabio reafirma la idea de que el ser humano forma parte de un todo vivo y espiritual que debe ser respetado, protegido y honrado.

Chakry llama a una toma de conciencia colectiva frente al deterioro ambiental que, dice, la Madre Tierra ya resiente. “La Madre Tierra está cansada de nosotros, sus hijos”, advierte, mientras señala que los temblores, maremotos y desbordamientos son mensajes que ella envía para que la humanidad despierte. Su llamado es urgente: sembrar árboles, cuidar el pensamiento, las palabras y las acciones, y transmitir a las nuevas generaciones que sin ella “no somos nada”.

El mayor resalta que cuidar la Tierra no solo significa proteger los ecosistemas, sino también recuperar la armonía interior. “Si cuidamos nuestro pensamiento, ese pensamiento se convierte en palabras; si cuidamos las palabras, ellas se convierten en acciones. Y nuestras acciones son las que demuestran quiénes somos y hacia dónde vamos”.
Según Chakry, la crisis planetaria no se debe solo al daño ecológico, sino también al desequilibrio espiritual y moral del ser humano. “Manejamos todos los poderes, pero nos falta el poder de amar, el poder del perdón y del respeto. Si cuidamos estos tres preceptos habrá equilibrio en toda la Tierra”, afirma.

Desde su sabiduría ancestral, el mayor Emberá Chamí denuncia el daño que provocan las industrias extractivas que “sustraen la sangre vital de la Madre Tierra” al extraer petróleo, metano y minerales. “Nos hemos vuelto víctimas de nuestro propio invento. Somos consumistas y hasta qué punto el consumismo es bueno o es malo”, se pregunta, recordando que los pueblos originarios no luchan por dominar la naturaleza, sino por preservarla y embellecerla.

Su mensaje también cuestiona el papel de la tecnología moderna que, según advierte, ha alejado a las personas de su esencia y de la sabiduría espiritual. “El enemigo más fuerte es internet, ya nos estamos volviendo autómatas; nuestro pensamiento se está volviendo inerte”, expresa, señalando la necesidad de mirar más allá de la forma y reencontrarse con la esencia que da sentido a la vida.
En contraste, reivindica las medicinas tradicionales como el yagé y las plantas sagradas, instrumentos de conocimiento y equilibrio que, dice, permiten “ver lo que puede suceder y estudiarnos a nosotros mismos”.

El canto del mayor Chakry no es solo un mensaje para su comunidad, sino una invitación universal a retomar la humildad frente a la naturaleza. “De nada sirve tener tanto dinero si tenemos el corazón vacío. De nada sirve derrumbar una montaña; ella también tiene vida y siente”, afirma. En su visión, la educación ambiental comienza en el hogar, en los gestos cotidianos de respeto, cuidado y gratitud hacia la Tierra.

Al cierre de su mensaje, el sabio Emberá Chamí recuerda que “la vida es una oportunidad, pero hay que vivirla con conciencia”, y que el cambio no debe exigirse a otros, sino comenzar en cada persona. “No busquemos culpables, toquémonos el corazón y digamos: soy hijo de la Madre Tierra”.
Su voz, serena y firme, deja resonar una enseñanza ancestral: la humanidad debe volver a mirar a la Tierra como a una madre viva, no como a un recurso que se agota.

Escuche el mensaje completo del mayor Chakry en Facebook: https://m.facebook.com/watch/?v=2785008885102414&vanity=soytribu

Compartido con SURCOS por Alberto Salom Echeverría, de la Asociación Madre Tierra.

PVP contra las amenazas imperialistas de EEUU al presidente Gustavo Petro

El Partido Vanguardia Popular condena enérgicamente el ultimátum emitido por el gobierno de los Estados Unidos contra el presidente de la hermana República de Colombia, Gustavo Petro, exigiéndole retractarse de sus declaraciones sobre el bombardeo de una lancha colombiana en aguas del Caribe, en el que fueron asesinados pescadores, y que Washington pretende presentar como una “operación antidrogas”.

La reacción de la Casa Blanca es una amenaza directa a la soberanía de Colombia y una expresión clara de la arrogancia imperialista que por décadas ha impuesto su política militarizada en la región bajo el pretexto de la “guerra contra las drogas”.

Esta estrategia ha demostrado ser un fracaso, ha cobrado miles de vidas inocentes, ha alimentado la violencia y ha servido de excusa para intervenciones extranjeras y violaciones sistemáticas de derechos humanos.

El presidente Petro ha tenido el valor político de denunciar lo que en realidad representa un nuevo escenario de guerra en el Caribe, señalando que se trata de ejecuciones extrajudiciales en operaciones estadounidenses. Sus palabras no son un “exceso retórico”, como pretende el gobierno norteamericano, sino una denuncia legítima y necesaria ante hechos gravísimos que afectan directamente al pueblo colombiano y a la estabilidad regional.

El ultimátum estadounidense, de condicionar el diálogo bilateral a una retractación, es una muestra descarada de chantaje político. Pretenden imponer silencio frente a sus crímenes.

El Partido Vanguardia Popular respalda el derecho soberano del pueblo y del gobierno de Colombia a defender la verdad, la vida, la paz y su independencia política, sin arrodillarse ante las presiones imperiales. Exigimos respeto a la soberanía colombiana, al derecho internacional y al principio de no intervención.

Hoy más que nunca, la unidad de los pueblos de Nuestra América es necesaria frente a las amenazas militares, económicas y políticas del imperialismo. El Caribe no puede ser escenario de nuevas guerras coloniales, debe ser espacio de paz, solidaridad y autodeterminación.

Partido Vanguardia Popular

Estudio compara los gastos reales de estudiar educación superior en cuatro países de América Latina

Una nueva monografía del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) muestra que el costo de asistir a la educación superior va mucho más allá del arancel. Transporte, alimentación, materiales y vivienda –gastos “ocultos” que con frecuencia no figuran en los cálculos oficiales– siguen siendo barreras críticas para la permanencia estudiantil en Chile, Costa Rica, Perú y Colombia.

El documento El gasto real de estudiar educación superior en América Latina: ¿cuánto invierten las familias y qué apoyo financiero reciben los estudiantes? analiza, en dólares PPP 2023, el desembolso anual que afrontan las familias según tipo de institución (pública o privada), nivel (universitario o técnico) y localización (capital o fuera de ella). Entre los principales hallazgos:

  • En las universidades privadas ubicadas en la capital, el gasto total promedio oscila entre US$ 48 634 en Costa Rica y US$ 121 671 en Chile.

  • Cuando se contrasta con el PIB per cápita, la carga relativa es similarmente elevada: en Chile representa entre 67 % y 78 % y en Colombia entre 46 % y 62 %.

  • La educación técnica implica desembolsos menores, aunque sigue siendo significativa; en institutos privados chilenos promedia US$ 45 738.

  • Los gastos de vivienda y arancel explican la mayor parte de la diferencia entre programas universitarios y técnicos.

  • Las brechas persisten a pesar de los programas de becas, créditos y, en algunos casos, gratuidad condicionada.

El estudio subraya que comprender la magnitud de estos montos es esencial para diseñar políticas que garanticen el acceso y la permanencia, especialmente de personas jóvenes de menores ingresos.

Descargue el documento completo en PDF y consulte los detalles metodológicos, los cuadros comparativos y las recomendaciones de política pública:

https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2025/07/El-costo-de-estudiar-en-educacion-superior-y-los-programas-de-apoyo-financiero-a-estudiantes-en-America-Latina.pdf

Obligaciones en materia de derechos humanos y cambio climático: algunos apuntes con relación a la opinión consultiva OC/32 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de este 3 de julio

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com

Este 3 de julio del 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dado a conocer su opinión consultiva (la OC/32) con relación a una serie de preguntas que le formularon Chile y Colombia en el mes de enero del 2023 (véase texto integral de la solicitud): se trataba de preguntas relacionadas al alcance de las obligaciones que en materia de derechos humanos derivan del cambio climático, en las que una y otra vez ambos Estados referían tanto a la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 como al Acuerdo de Escazú adoptado en el 2018.

Es de notar que otra opinión consultiva fue solicitada en materia de cambio climático a otra jurisdicción internacional, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya: véanse las preguntas formuladas al final de la solicitud hecha en marzo del 2023, y el comunicado oficial  de la CIJ sobre la finalización de las audiencias orales de diciembre del 2024. Se calcula que en próximos meses la CIJ debería de estar dando a conocer su opinión consultiva, y que es muy probable que integre en ella el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 

El 21 de mayo del 2024, fue el Tribunal Internacional de Derecho del Mar (más conocido por sus siglas en inglés de ITLOS) el que dió a conocer su opinión consultiva, solicitada por un grupo de Estados insulares amenazados por el aumento del nivel del mar, siempre relacionada a los efectos del cambio climático (véase texto en francés y en inglés).

Como se puede observar, la justicia internacional está siendo solicitada por Estados en aras de clarificar los alcances de las obligaciones internacionales existentes en materia de lucha contra el cambio climático, dada la emergencia en la que se encuentra el planeta.

Chile y Colombia: una valiosa iniciativa conjunta

Esta opinión consultiva permite en particular ayudar a quienes denuncian, desde muchos años, la inacción de sus autoridades estatales para proteger a comunidades de los efectos del cambio climático, efectos que han sido advertidos y modelizados desde mucho tiempo por la comunidad científica: desde la autorización y los permisos otorgados en zonas inundables, o propensas a derrumbes, pasando por permisos para megaproyectos en zonas en las que se prevé una sequía acentuada o que impactarán negativamente las fuentes de agua de una comunidad y la biodiversidad circundante, hasta la inacción a nivel estatal (y municipal) ante la elevación del nivel del mar en ciertas costas particularmente vulnerables o la falta de regulaciones para limitar sustancialmente el uso de sustancias contaminantes que acentúan el cambio climático y contribuyen al calentamiento global. 

Son reiteradas éstas y muchas otras más, las situaciones que a menudo terminan en manos de la justicia nacional con datos e informes técnicos sobre los efectos del cambio climático ignorados por las autoridades estatales.

Desde este y otros puntos de vista, hay que agradecer la iniciativa conjunta que tuvieran Chile y Colombia en aras de consolidar el régimen de la protección del ambiente y de los derechos humanos, mediante el procedimiento consultivo previsto por el sistema interamericano de protección de los derechos humanos. No cabe duda que esta gestión conjunta y varias otras más recientes, realzan su liderazgo en la región en materia ambiental: su comunicado oficial conjunto al conocerse la opinión consultiva de este 3 de julio así lo refleja (véase texto).

Las preguntas en breve

Algunas de las preguntas formuladas de manera conjunta por Chile y Colombia al juez interamericano de derechos humanos se leen de la siguiente manera:

» 1. ¿Cuál es el alcance del deber de prevención que tienen los Estados frente a fenómenos climáticos generados por el calentamiento global, incluyendo eventos extremos y eventos de desarrollo lento, de conformidad con las obligaciones convencionales interamericanas a la luz del Acuerdo de Paris y el consenso científico que alienta a no aumentar la temperatura global más allá de 1,5°C40? 

2. En particular, ¿qué medidas deben tomar los Estados para minimizar el impacto de los daños por la emergencia climática, a la luz de las obligaciones establecidas en la Convención Americana? Frente a ello, ¿qué medidas diferenciadas deben tomarse respecto de poblaciones en situación de vulnerabilidad o consideraciones interseccionales? 

2.A. ¿Qué consideraciones debe tomar un Estado para implementar su obligación     de (i) regular, (ii) monitorear y fiscalizar; (iii) requerir y aprobar estudios de             impacto social y ambiental, (iv) establecer un plan de contingencia y (v) mitigar      las actividades dentro de su jurisdicción que agraven o puedan agravar la             emergencia climática? 

    2.B. ¿Qué principios deben inspirar las acciones de mitigación, adaptación y        respuestas a las pérdidas y daños generados por la emergencia climática en las    comunidades afectadas?

Teniendo en cuenta el derecho al acceso a la información y las obligaciones sobre producción activa de información y transparencia, recogidas en el artículo 13 y derivadas de las obligaciones bajo los artículos 4.1 y 5.1 de la Convención Americana, a la luz de los artículos 5 y 6 del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú): 

1. ¿Cuál es el alcance que deben dar los Estados a sus obligaciones convencionales frente a la emergencia climática, en lo que refiere a: 

i) la información ambiental para que todas las personas y comunidades, incluida la vinculada a la emergencia climática;

ii) las medidas de mitigación y adaptación climática a ser adoptadas para atender la emergencia climática y los impactos de dichas medidas, incluyendo políticas específicas de transición justa para los grupos y personas particularmente vulnerables al calentamiento global; 

iii) las respuestas para prevenir, minimizar y abordar las pérdidas y daños económicos y no económicos asociados con los efectos adversos del cambio climático. 

iv) la producción de información y el acceso a información sobre los niveles de emisión de gases de efecto invernadero, contaminación de aire, deforestación y forzadores climáticos de vida corta, análisis sobre los sectores o actividades que contribuyen a las emisiones u otros; y 

v) la determinación de impactos sobre las personas, tales como, la movilidad humana -migración y desplazamiento forzado-, afectaciones a la salud y la vida, perdida de no económicas, etc.? 

2. ¿En qué medida el acceso a la información ambiental constituye un derecho cuya protección es necesaria para garantizar los derechos a la vida, la propiedad, la salud, la participación y el acceso a la justicia, entre otros derechos afectados negativamente por el cambio climático, en conformidad con las obligaciones estatales tuteladas bajo la Convención Americana?» 

Con relación a la situación de los niños/niñas en el hemisferio americano, Colombia y Chile formularon las dos siguientes preguntas:

«1. ¿Cuál es la naturaleza y el alcance de la obligación de un Estado Parte de adoptar medidas oportunas y efectivas frente a la emergencia climática para garantizar la protección de los derechos de los-las niños y niñas derivadas de sus obligaciones bajo los Artículos 1, 4, 5, 11 y 19 de la Convención Americana? 

2. ¿Cuál es la naturaleza y el alcance de la obligación de un Estado Parte de brindar a los niños y niñas los medios significativos y eficaces para expresar libre y plenamente sus opiniones, incluyendo la oportunidad de iniciar, o de otra manera participar, de cualquier procedimiento judicial o administrativo concerniente a la prevención del cambio climático que constituye una amenaza a sus vidas?»

Con relación a los defensores del ambiente, y a la crítica situación que muchos sufren por levantar la voz en defensa de la protección del ambiente, ambos Estados formularon las siguientes preguntas al juez interamericano:

«De conformidad con las obligaciones que se derivan de los artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana y a la luz del artículo 9 del Acuerdo de Escazú: 

1. ¿Qué medidas y políticas deben adoptar los Estados a fin de facilitar la labor de personas defensoras del medio ambiente? 

2. ¿Qué consideraciones especificas deben tenerse en cuenta para garantizar el derecho a defender el medioambiente sano y el territorio de las mujeres defensoras de derechos humanos en el contexto de la emergencia climática? 

3. ¿Qué consideraciones especificas deben tenerse en cuenta para garantizar el derecho a defender el medioambiente sano y el territorio en virtud de factores interseccionales e impactos diferenciados, entre otros, sobre pueblos indígenas, comunidades campesinas y personas afrodescendientes ante la emergencia climática?

4. Frente a la emergencia climática, ¿qué información debe producir y publicar el Estado a fin de determinar la capacidad de investigar diversos delitos cometidos contra personas defensoras, entre otros, denuncias de amenazas, secuestros, homicidios, desplazamientos forzados, violencia de género, discriminación, etc.? 

5. ¿Cuáles son las medidas de debida diligencia que deben tener en cuenta los Estados para asegurar que los ataques y amenazas en contra de las personas defensoras del medio ambiente en el contexto de la emergencia climática no queden en la impunidad?»

De algunas de las observaciones remitidas a la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Como se puede observar, la formulación de estas y varias otras preguntas debió permitir al juez interamericano precisar el alcance de las obligaciones de los Estados en materia ambiental de cara a las obligaciones que derivan tanto de la Convención Americana sobre Derechos Humanos como del mismo Acuerdo de Escazú.

Con relación a este último instrumento, es de notar que desde el 5 de junio pasado (Día Internacional del Ambiente), el Acuerdo de Escazú registró la adhesión de Bahamas, con los cual son 18 Estados del hemisferio americano los que son Estados Partes al Acuerdo de Escazú (véase estado oficial de firmas y ratificaciones entre las que se contabilizan las de Chile y Colombia). Al respecto, nos permitimos remitir a nuestros estimables lectores a nuestra nota anterior (véase enlace), editada en junio del 2025, y titulada precisamente: «Acuerdo de Escazú: algunos apuntes con relación a la reciente adhesión por parte de Bahamas«.

De las distintas observaciones (opiniones jurídicas) recibidas por los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el marco de este procedimiento consultivo, resultan de particular interés las que fueron remitidas por el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas (véase documento), así como por la REDESCA de la Organización de Estados Americanos / OEA (véase extenso  documento de 119 páginas). 

De interés más limitado resultan las observaciones enviadas por Costa Rica (véase documento) al provenir de un Poder Ejecutivo que se opone a la aprobación del Acuerdo de Escazú desde su entrada en funciones en el mes de mayo del 2022: nótese que lo remitido al juez interamericano por Costa Rica no incluye el criterio de entidades del Estado costarricense a cargo del cambio climático, del ambiente o de los derechos humanos, sino que remite a opiniones de las autoridades migratorias y autoridades a cargo de la niñez e incluyen las de su Poder Judicial. Resulta oportuno recordar que este último procedió a una interpretación totalmente inédita de una de las disposiciones del Acuerdo de Escazú para dificultar innecesariamente su trámite de aprobación, en marzo del 2020: remitimos al respecto a nuestros estimables lectores a la subsección «El caso de Costa Rica: un cielo cargado de nubarrones» de nuestra nota editada en abril del 2022, y titulada: «Acuerdo de Escazú. Breves apuntes sobre su primera COP (Conferencia de Estados Parte) y una ausencia notoria: Costa Rica (y Chile)». También remitimos a la subsección «La soledad de la Corte Plena y de la Sala Constitucional con relación a otros poderes judiciales en América Latina » contenida en esta nota publicada en el portal de la UCR en junio del 2022, titulada «La aprobación del Acuerdo de Escazú en Chile«.

El extraño texto compuesto enviado por Costa Rica puede ser comparado a las extensas obervaciones elaboradas por el aparato diplomático de Colombia (véase documento), así como por el de Chile (véase documento), o bien por el de México (véase documento). Además de Costa Rica, en América Central, envió sus observaciones El Salvador (véase documento): se trata de uno de los Estados que, al igual que Honduras, no ha tan siquiera firmado el Acuerdo de Escazú.

De las pocas entidades costarricenses que remitieron observaciones, podemos citar a la Universidad Nacional / UNA) (véase escueto documento).

La opinion consultiva en breve

El comunicado de prensa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de este 3 de junio del 2025 (véase texto) refiere a las principales conclusiones de la Corte, que se encuentran en la página 232 de la OC/32. 

Es de notar que en varios de los puntos resolutivos (véase texto completo, página 232), la jueza costarricense, la jueza chilena y el juez colombiano se apartaron del criterio de sus homólogos.

Es de indicar, antes de entrar a detallar parte de su contenido que, en vez de responder a cada una de las preguntas solicitadas por Chile y por Colombia, el juez interamericano procedió a una total «reformulación» (párrafo 28) con lo cual, las preguntas quedaron reducidas a la siguiente formulación:

«1. ¿Cuáles son y cuál es el alcance de las obligaciones de respeto, garantía y de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos (artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana y artículos 1 y 2 del Protocolo de San Salvador) derechos sustantivos tales como el derecho a la vida y la salud (artículo 4.1 de la Convención Americana y artículo 10 del Protocolo de San Salvador), a la integridad personal (artículo 5.1 de la Convención Americana), la vida privada y familiar (artículos 11.2 y 17.1 de la Convención Americana y artículo 15 del Protocolo de San Salvador), la propiedad privada (artículo 21 de la Convención Americana), el derecho de circulación y residencia (artículo 22, de la Convención Americana), a la vivienda (artículo 26 de la Convención Americana), al agua (artículo 26 de la Convención Americana), a la alimentación (artículo 26 de la Convención Americana y 12 del Protocolo de San Salvador), al trabajo y la seguridad social (artículo 26 de la Convención Americana y artículos 6, 7 y 9 del Protocolo de San Salvador), a la cultura (artículo 26 de la Convención Americana y 14 del Protocolo de San Salvador), a la educación (artículo 26 de la Convención Americana y 13 del Protocolo de San Salvador), y a gozar de un ambiente sano (artículo 26 de la Convención Americana y 11 del Protocolo de San Salvador), frente a las afectaciones o amenazas generadas o exacerbadas por la emergencia climática?

2. ¿Cuáles son y cuál es el alcance de las obligaciones de respeto, garantía y de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos (artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana y artículos 1 y 2 del Protocolo de San Salvador) derechos de procedimiento tales como el acceso a la información (artículo 13 de la Convención Americana), el derecho a la participación (artículo 23.1.a de la Convención Americana) y el acceso a la justicia (artículos 8.1 y 25 de la Convención Americana) frente a las afectaciones generadas o exacerbadas en el marco de la emergencia climática?

3. ¿Cuáles son y cuál es el alcance de las obligaciones de respeto, garantía y de adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos sin discriminación (artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana y artículos 1, 2 y 3 del Protocolo de San Salvador) los derechos de la niñez (artículo 19 de la Convención Americana y artículo 16 del Protocolo de San Salvador), las personas defensoras del ambiente, las mujeres, los pueblos indígenas, las comunidades afrodescendientes y campesinas, así como otros grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad en el marco de la emergencia climática?«

Un lector familiarizado con las preguntas hechas por Colombia y Chile notará inmediatamente la ausencia de toda referencia al Acuerdo de Escazú en las preguntas «reformuladas«, lo cual debería poder ser explicado en algún momento al no serlo del todo en el texto de la opinión consultiva. 

Es de notar que al contestar a Colombia a una solicitud de opinión consultiva en el 2017 sobre daño ambiental transfronterizo y los derechos de las comunidades afectadas, la Corte Interamericana de Derechos Humanos no «reformuló» las preguntas colombianas, sino que más bien, fue mucho más allá de lo que le solicitaba expresamente Colombia: véase texto completo de la OC/23 (Nota 1).  

Con relación al cambio climático, la innovación jurisprudencial a la que procede la Corte en los párrafos 299-300 en su texto dado a conocer este 3 de julio merece mención (las negritas son nuestras):

«299El sistema climático hace parte de ese conjunto y, por ende, aunque está indefectiblemente ligado a otros componentes del ambiente, su protección debe ser entendida como un objetivo específico en el marco de la protección del ambiente. En efecto, la protección del sistema climático adquiere rasgos específicos y diferenciales en atención a las funciones que éste cumple a nivel global, a los elementos que lo componen y a las dinámicas necesarias para asegurar su equilibro. La Corte resalta, en ese sentido, que la afectación del sistema climático constituye una forma de daño ambiental que, aunque relacionada, puede y debe distinguirse de otras formas de daño ambiental como aquellas resultantes de la contaminación o de la afectación de la biodiversidad.

 300La distinción señalada adquiere particular relevancia en el contexto de la emergencia climática, habida cuenta de la urgencia, especificidad y complejidad de las acciones requeridas para proteger el sistema climático global. Ante esta situación, la Corte considera que el reconocimiento de un derecho humano a un clima sano como un derecho independiente —derivado del derecho a un ambiente sano— responde a la necesidad de dotar al orden jurídico interamericano de una base con entidad propia, que permita delimitar con claridad las obligaciones estatales específicas frente a la crisis climática y exigir su cumplimiento de manera autónoma respecto de otros deberes vinculados a la protección ambiental. Este reconocimiento, además, se alinea con la evolución del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho ambiental internacional, en la medida en que fortalece la protección de las personas frente a una de las amenazas más graves que enfrentan y seguirán enfrentando sus derechos en el futuro. La Corte entiende que un clima sano es aquel que se deriva de un sistema climático libre de interferencias antropogénicas peligrosas para los seres humanos y para la Naturaleza como un todo. Esto supone reconocer que, en condiciones funcionales y aún en ausencia de tales interferencias, el clima es variable y tal variabilidad entraña riesgos inherentes que pueden afectar la seguridad de los ecosistemas«.

«566En el mismo sentido, este Tribunal destaca la labor fundamental de las personas defensoras ambientales en el marco de la emergencia climática y, en consecuencia, reconoce la existencia de un “deber especial de protección” del Estado respecto de ellas. Este “deber especial de protección” derivado de las obligaciones de respeto y garantía del derecho a defender los derechos humanos impone al Estado los deberes de:

(i) reconocer, promover y garantizar los derechos de las personas defensoras, afirmando la relevancia de su papel en una sociedad democrática y procurando proveerles de los medios necesarios para que ejerzan adecuadamente su función. Esto conlleva la necesidad de abstenerse de imponer a las personas defensoras obstáculos que dificulten la efectiva realización de sus actividades, estigmatizarlas o cuestionar la legitimidad de su labor, hostigarlas o, de cualquier forma, propiciar, tolerar o consentir su estigmatización, persecución u hostigamiento;

(ii) garantizar un entorno seguro y propicio en el que las personas defensoras puedan actuar libremente, sin amenazas, restricciones o riesgos para su vida, para su integridad o para la labor que desarrollan. Lo anterior entraña la obligación reforzada de prevenir ataques, agresiones o intimidaciones en su contra, de mitigar los riesgos existentes, y de adoptar y proveer medidas de protección idóneas y efectivas ante tales situaciones de riesgo[2], y

(iii) investigar y, en su caso, sancionar los ataques, amenazas o intimidaciones que las personas defensoras puedan sufrir en el ejercicio de sus labores y, eventualmente, reparar los daños que podrían haberse ocasionado. Ello se traduce en un deber reforzado de debida diligencia en la investigación y el esclarecimiento de los hechos que les afecten, que en el caso de las mujeres defensoras repercute en una obligación doblemente reforzada de llevar adelante las investigaciones con debida diligencia, en virtud de su doble condición, de mujeres y de personas defensoras.

567.  A la postre, ese deber especial de protección impone a las autoridades, además de abstenerse de imponer límites o restricciones ilegítimas a la labor de las personas defensoras, una obligación reforzada de formular e implementar instrumentos de política pública adecuados, y de adoptar las disposiciones de derecho interno y las prácticas pertinentes para asegurar el ejercicio libre y seguro de las actividades de las personas defensoras de derechos humanos.

568Este Tribunal advierte que las personas defensoras de derechos ambientales corren un riesgo acentuado de sufrir violaciones a sus derechos en razón de las actividades que desempeñan en el marco de la emergencia climática. Este riesgo se manifiesta a través de la censura de los debates sobre el ambiente y el clima, la violencia en línea y en otros espacios, la represión de protestas y reuniones públicas, la detención arbitraria y acciones judiciales estratégicas contra la participación pública por parte de actores privados y autoridades públicas (conocidas como “SLAPP” por sus siglas en inglés)».

Este 3 de julio del 2025, los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dieron a conocer su respuesta a Chile y a  Colombia, y en realidad a gran cantidad de Estados y de organizaciones que, en el hemisferio americano, observan los efectos devastadores causados por la inacción climática. 

En el caso de varias organizaciones de la sociedad civil, esta inacción se debe a sus mismas instituciones públicas: en muchos casos, estas organizaciones intentan, ante los tribunales nacionales de justicia, obtener decisiones en favor del ambiente y de las personas que lo defienden, y que se condene a sus autoridades por no querer tomar decisiones urgentes que derivan del cambio climático.

A partir de este 3 de julio, estas organizaciones cuentan con una opinión consutiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que les permitirá sin lugar a dudas confortar sus posiciones en la defensa del ambiente y en defensa de los derechos de las comunidades más impactadas por el cambio climático. 

Pese a una clara omisión con respecto a las disposiciones del Acuerdo de Escazú en las preguntas «reformuladas«,  y a referencias esporádicas al mismo en el texto, esta opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos debería permitir a los jueces nacionales reforzar sus decisiones desde el punto de vista jurídico. En cuanto a los Estados, cuentan desde esta fecha con una guía que puede servirles de base para elaborar políticas públicas mucho más acordes con la situación de emergencia climática, en particular para los Estados, como Costa Rica, que persisten en no aprobar el Acuerdo de Escazú, exhibiendo de paso su total inconsistencia en materia ambiental ante el mundo (Nota 2). 

–Notas–

Nota 1: Con relación a la OC 23 del 2017, véase: BOEGLIN N., «Mucho más que una respuesta a Colombia: a propósito de la Opinión Consultiva OC-23 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre ambiente y derechos humanos«, publicado en DebateGlobal (Colombia), 26 de febrero del 2018. Texto disponible aquí;  PEÑA CHACÓN M.«Desafíos y oportunidades de la Sala Constitucional de cara a la Opinión Consultiva de la Corte IDH sobre Medio Ambiente y Derechos Humanos», publicado en Derechoaldia (Costa Rica), 17 de febrero del 2018. Texto disponible aquí. Así como el programa Era Verde (Programa semanal del canal de televisión Canal 15, UCR), «Corte IDH nos jala el mecate en materia ambiental«, Emisión completa disponible en Youtube en este enlace.

Nota 2: El archivo por parte de la Asamblea Legislativa, el 1ero de febrero del 2023, del expediente legislativo sobre la aprobación del Acuerdo de Escazú (véase al respecto nuestra nota) ha dañado sustancialmente la imagen de Costa Rica en el exterior: fueron varios los titulares en la prensa internacional de febrero del 2023 haciendo ver la incongruencia de Costa Rica en materia ambiental (véase por ejemplo este artículo publicado en El Mundo (España) titulado «Costa Rica resta puntos como ´país verde´ «; o bien esta nota de France24 titulada «Costa Rica, promotor del Acuerdo de Escazú sobre medioambiente, lo deja morir«; o esta nota publicada en GoodPlanet Mag titulada «Le Costa Rica fait passer à  la trappe un traité de défense de l environnement«; o este cable de la agencia  internacional AFP replicado en El Observador de Uruguay empleando la palabra «retroceso«).  De factura más reciente este artículo titulado «Lauded as Green Model, Costa Rica Faces Unrest in Its Forests» publicado desde la Universidad de Yale en Estados Unidos detalla esta y otras inconsistencias de Costa Rica en materia ambiental. Desde Naciones Unidas, el mismo Relator Independiente sobre Derechos Humanos y Ambiente no tardó en hacer ver su profundo malestar con esta decisión de la Asamblea Legislativa  de Costa Rica de archivar este expediente legislativo (véase nota publicada en el medio digital costarricense Delfino.cr). Tal y como se indicaba en una nota publicada por el Semanario Universidad en la misma fecha del 1ero de febrero, al no aprobar el Acuerdo de Escazú: «Costa Rica está perdiendo toda credibilidad internacional, al estar dándole la espalda a dos pilares tradicionales de su política exterior, como lo son derechos humanos y ambiente«.