La que se llamó hegemonía conservadora provino del férreo control estatal luego de los triunfos de la caverna durante las guerras civiles del siglo XIX y luego de la Guerra de los Mil Días (1899-1902), la cual imperó hasta que se produjo el triunfo a la presidencia del liberal Enrique Olaya Herrera en el año de 1930. Transcurrieron escasos 18 años en que hubo violencia partidaria (entre liberales y conservadores) hasta que Jorge Eliécer Gaitán perdió la aspiración presidencial, y retornó la hegemonía conservadora con Mariano Ospina Pérez. Continuó con el gobierno de Laureano Gómez y luego con la instalación en el poder del teniente coronel Gustavo Rojas Pinilla, que personificó una táctica oligárquica de alternancia en el poder al destituir a Laureano Gómez (“el monstruo”) quien seguía siendo el verdadero poder en el poder. Gómez, fogoso orador, expresó en el senado: “llegaremos hasta la acción intrépida y el atentado personal(…) y haremos invivible la república”. Hoy se aplica en voceros del Centro Democrático. Laureano Gómez editorializaba en el periódico “El Siglo”, los púlpitos confesionarios reproducían la consigna y acto seguido sobrevenía el crimen aleve contra liberales, sindicalistas, socialistas, comunistas, protestantes, masones, etc. El ejercicio del poder político hegemónico conservador ha sido lo impositivo y violatorio de los derechos humanos y las libertades individuales. Con los resultados del contubernio del llamado Frente Nacional, que se extendió más de los 16 años inicialmente pactados y aún existen vestigios en el manejo del poder estatal. Desde los inicios de esa etapa bipartidista se agudizaron las contradicciones de la lucha de clases en Colombia y como resultado de la violencia política las guerrillas de autodefensas liberales se transformaron en las guerrillas comunistas, de las cuales surgieron las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia FARC-EP, ejercito del pueblo. Las traicionadas “guerrillas liberales” se transformaron en “guerrillas comunistas” y como un tejido de los intereses imperiales, junto con la CIA y luego la DEA, se conformó la actual hegemonía oligárquica contrainsurgente, expresada en los partidos liberal y conservador, nuevo liberalismo, de la U, Cambio Radical, de Salvación Nacional, Dignidad, y variados grupos y sectas como el Centro Democrático, los Verdes, etc., hoy entronizados con la alcaldesa de Bogotá DC, que no oculta su posición militarista contrainsurgente, se viste de camuflado e invita a una salida no política sino militar del conflicto armado interno colombiano.
El emulo de Laureano Gómez en el siglo XXI es el expresidente Innombrable. Con el legado de sus dos gobiernos narco-paramilitares refundo “la horrible noche”, creando una secta -que no partido- denominada el Centro Democrático. Comparativamente, el innombrable resulta más sanguinario y eficaz que Pablo Escobar, Laureano Gómez y el peruano Fujimori juntos. No es ocasional la cita del Innombrable con Fujimori en la avanzada fascista latinoamericana.
Una concepción jurídica de alcance
Desarrollando la tesitura jurídica de la teoría de la con causalidad con el hecho punitivo, aplicada al asesinato de líderes y lideresas sociales, populares, comunales, sindicales, de negritudes, indios, excombatientes guerrilleros desarmados, titulares de restitución de tierras, defensores del medio ambiente, de la sustitución de cultivos ilícitos y hoy en día ensañados contra miembros del partido Colombia Humana (CH), así como de activistas del Pacto Histórico (PH), destaca como común denominador que todos, cual víctimas, sin excepción, son contrarios a los postulados de la derecha militarista del CD. Representan un peso político en cada región donde actúan y afectan y ponen en peligro la aceitada maquinaria clientelista de votos cautivos de la derecha militarista que actúan, en consonancia y alistamiento, para arrasar, bajo la violencia y el terror, en las próximas y fundamentales elecciones del 29 de octubre en Colombia.
Todos los asesinados estuvieron en contra de sus postulados políticos. Resulta procedente sustentar que la carencia de una Fiscalía General, al no revisar hechos como los acá enunciados, que pudieren revestir características de un delito, en sustentación doctrinaria y teleológica, que marchare acorde con la denuncia política y paralela a la investigación penal respectiva, genera un vacío en la función pública de la Administración de Justicia. Una Fiscalía General que marchase acorde con las corrientes criminalísticas y las motivaciones de los intereses políticos, se detendría en la concordancia y relación para investigar al ente jurídico Centro Democrático junto con sus directorios, como potencial sujeto de investigación penal. Esto, repito, bajo el presupuesto de la responsabilidad con causal penal con el hecho delictivo.
¿A quiénes asesinan?
Asesinan a quienes van en contra de la explotación ilegal minera y por el equilibrio ecológico en todas sus dimensiones; a quienes luchan contra el uso de combustibles fósiles y bio combustibles orgánicos, propugnando por energías alternas saludables; a los y las que defienden una Reforma a la Salud que encauce los dineros públicos y los arrebate a las detentadores EPS, intermediarias benefactoras de la mafia blanca corrupta; a todo quien luche contra la privatización de los Servicios Públicos esenciales. También asesinan a quienes propugnan por la implementación de los Acuerdos de La Habana y enarbolan, levantando en alto el estandarte de la Reforma Agraria Integral (RAI) para acabar con la ganadería extensiva y el hato ganadero terrateniente y latifundista. A los lideres en los barrios de las grandes, medias y medianas ciudades que luchan por una reforma urbana contra los casatenientes y por una vivienda digna para la totalidad de la población colombiana. A quienes se erigen en luchadores por la Educación Pública y que también denuncian las ganancias irracionales e inconmensurables del capital financiero parasitario bancario, lavador de activos en función de las importaciones desenfrenadas y al servicio de los grupos económicos, monopólicos y de presión, cual manifestaciones de poder dominante. A todo quien impulse la sustitución de cultivos y denuncie el fracaso de la llamada “guerra contra las drogas”. Asesinan a quienes proponen salidas políticas y no militaristas a los múltiples conflictos que asolan a la nación colombiana: 1. El conflicto político; 2. el conflicto económico; 3. el conflicto social; 4. el conflicto armado interno, y 5. el conflicto ecológico.
Laureano vive
El analista político Cesar Torres difundió a principios del corriente mes de marzo su artículo “Laureano Vive: estrategias para hacer invivible la República”. Extractamos de allí: que se dirige una sedición (mejor llamarla conspiración, digo) desde la derecha militarista como estrategia lauranista, usando la violencia física y verbal, basada en la mentira y los montajes para desprestigiar al gobierno reformista, ganar las elecciones creando una escena para influir en la intención de voto y apoyándose en los militares en uso de retiro impune, con llamados de las fuerzas armadas a los civiles para que tomen las armas y defiendan la propiedad privada de una amenaza inexistente. Impulsan desde los medios de comunicación, con pseudo periodistas prepago, la difusión de mentiras, especulando y creando una especie de “opinión y realidad paralela”. Gestan preparados para hacer invivible la república tal como lo pregonaba el fascista Laureano Gómez. Ese personaje está no solo interpretado y personalizado, sino reencarnado en el expresidente Innombrable.
Pero la secta -que no partido- denominada Centro Democrático no representa una real oposición. Creo y sustento firmemente que a ese compartimento orquestado por la dictadura mediática no se le pueda llamar oposición. Aplican un relato periodístico falsario. Lo que se da es conspiración y matoneo. Es más, la oposición como tal no existe, por eso acuden a figuras como la del Fiscal General, que hace política en forma descarada, hablando sobre lo divino y lo humano (ahora se opone hasta al Plan Nacional de Desarrollo presentado por el gobierno), actuando como un órgano de control. Será que él va contando los días que le faltan para terminar su período…
Una oposición en el marco de un Estado de Derecho propone, agita con programas y salidas políticas. Se ubica en una oposición de democracia representativa o en una participativa directa. Eso no existe ni se está dando en Colombia. Podrá considerarse como un factor de atraso político. En Colombia la izquierda legal no ha sido gobierno (hoy apoya a un gobierno progresista socialdemócrata liberal) y la derecha no ha sido oposición. Una oposición que sea conspirativa no solo va contra el gobierno sino también contra el Estado. En los años de 1970 a 1990 existió en Colombia una oposición de izquierda conspirativa. Hoy la izquierda legal no conspira contra la Constitución Política de 1991 en tanto que si lo hace la derecha militarista. Pero los últimos acontecimientos (“orden público”) por ella inspirados demuestran que se están desgastando en el poder y como poder narco paramilitar. Y esto se explica en una lógica sencilla: aplicando la ley de la contradicción o de los contrarios, el gobierno petrista y de Francia Márquez se va fortaleciendo. La opinión pública no traga embutidos y no acepta la andanada mediática, la cuestiona, la rechaza, la hace inocua.
El Bajo Cauca el escenario que buscan
Los paros que actualmente se viven son impulsados por mafias lugartenientes en el narco paramilitarismo. La realidad por los ataques, asaltos y alteraciones obedece al impulso por mantener la economía ilegal. La derecha narco paramilitar no está ni pasiva ni en inercia. Las ultimas agudizaciones obedecen al conflicto social y político. Corresponde distinguirlos, no refundirlos con el conflicto armado interno, ni permitir que sean echados en un mismo recipiente. Si a eso se suma el mensaje del llamado a la “libertad y orden” con el desusado escudo nacional y la renuncia de mandos militares medios, todo en sí concatenado, refleja un inquietante trasfondo. En particular: el ejército entra en escena. Se dice que la salida de 69 generales del ejército y la policía llevó a pique e hizo que cayera la cadena de custodia de la cocaína en regiones como el occidente del país. El cordón umbilical que une el generalato con el narcotráfico es indiscutible, por no afirmar una verdad sabida y buena fe guardada. En el Catatumbo, al campesino cocalero no hay quien le compre la hoja de la coca y la pasta base, y en el Bajo Cauca antioqueño se presenta la situación de no comercialización de grandes cantidades de pasta de coca, ahora arrumadas y que se están dañando. Igual situación se da en Vista Hermosa, Meta.
No es aceptable que la renuncia en el ejército sea asumida como simple rutina y no obedezca a algo de relevancia… Lo especial podría ser que esa oficialidad teme el rompimiento de las cadenas de custodia en relación con el narcotráfico y ello trae efectos negativos en sus ingentes ganancias al ser desenmascarados. O dentro del mismo concepto de temor, prever o presentir desenlaces golpistas al interior del ejército y para “curarse en salud” prefieren renunciar.
En modo alguno se dan las condiciones de renovación de una sub oficialidad o una oficialidad con tendencia al menos socialdemócrata dentro del universo filo castrense colombiano. Una tendencia de jóvenes oficiales renovadores al estilo del ejército venezolano cuando se dio el fenómeno de Hugo Chávez no cabe dentro de las fuerzas armadas colombianas, sino todo lo contrario. Podría parecer que fuertes tensiones de contradicciones internas dentro de la sub oficialidad y oficialidad en el ejército confluyan en la búsqueda de una oficialidad no pusilánime que, respetando la disciplina de cuerpo, aplique la selección natural, cual lucha de especies, en la escogencia de individuos que sean proclives a un golpe de Estado. Quedan muchos Zapateiros dentro del ejército. Indiscutiblemente, en el trasfondo que se pretende negar existe mucha tela de donde cortar.
Bogotá, 23 de febrero de 2023. La República de Colombia, liderada por su Jefe de Estado Presidente Gustavo Petro Urrego, ha registrado con repulsión las medidas tomadas de manera arbitraria por el jefe de gobierno de la hermana y sufrida República de Nicaragua contra ciudadanos de su país cuyo único delito ha sido defender la democracia, el derecho a la crítica y los derechos humanos universales.
Colombia, que en las últimas décadas ha luchado sin desmayo por alcanzar la paz, mucho más ahora que se propone ser potencia mundial de la vida, rechaza los dictatoriales procederes de quien hace traer a la memoria los peores momentos de la dictadura de Anastasio Somoza que el sandinismo logró superar.
Tras haber exiliado de manera sorpresiva e inhumana a conciudadanos suyos, algunos reconocidos por sus luchas por la comunidad internacional, todo ello haciendo uso de vulgares medidas de policía, queda en la sagrada tierra nica quien logró señalar que afuera nunca. Así las cosas, el señor Obispo de Matagalpa y Estelí, monseñor Rolando Álvarez, rehusó salir del país. Lección para el mundo y para el actual jefe de gobierno de Nicaragua. De contera, la patriótica decisión del señor Obispo, fue respondida con una condena de veintiséis años de prisión.
Colombia llama al mundo entero a que reaccione. Por lo pronto pedimos a la Presidenta de Comité Internacional de la Cruz Roja, Mirjana Spoljaric, que solicite autorización para visitar a los que siguen detenidos. Víctimas son. El Derecho Internacional Humanitario los cobija. Acreedores se han hecho del derecho internacional general.
El autoritarismo que se ha impuesto en la hermana república ha infringido normas ius cogens. Aquellas de las cuales se ha definido que son imperantes, inderogables, absolutas, perentorias, inmutables en esencia. Precisamente aquellas de cuyas violaciones debe conocer la Corte Penal Internacional. Al señor Fiscal de la Corte se le pide tomar cartas en tan alarmante asunto.
De otra parte, la Cancillería de Colombia busca entrar en contacto con quienes, habiendo sido abusados por el poder intolerante de Nicaragua, quisieran acceder a la nacionalidad colombiana. Mucho nos honrarían.
Asistí a la concentración en la Plaza de Bolívar en Bogotá DC, a la 1 pm el martes 14 de febrero de 2023. Miles de asistentes copaban una tercera parte del ágora, como se mencionaba en la antigua Grecia a la plaza pública. Una larga y siempre alimentada fila indicaba la entrada a la Plaza de Armas frente a la Casa de Nariño, donde desde una de sus ventanas se dirigió al país y al mundo el Presidente G. Petro. No se instaló una pantalla gigante para que ese conglomerado humano que allí permaneció toda la tarde pudiera verlo y escucharlo. Desplegó una pieza oratoria de una hora 40 minutos, propio de un estadista en que trató esencialmente lo relacionado con el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y la reforma a la salud.
La oposición militarista la llamó “un discurso de campaña” y no la materialización de lo prometido en campaña. Queda registrado en los anales históricos del país que es la primera vez que se convoca a una manifestación de apoyo a la gestión de un presidente.
Asistimos a una aplicación de ejercicio político y participación directa de masas. La democracia directa no deja de ser un enunciado en la actual Constitución Política de 1991 (CP91) y esta democracia de la calle es una de las tantas formas de expresión del pueblo en forma directa.
Al día siguiente se observó el fenómeno de contra-manifestación, esta vez contra el gobierno del Presidente G. Petro, despotricando contra las reformas de fondo, que requiere tanto el país como el Estado colombiano en todos los niveles y aspectos institucionales. No existe en Colombia oposición estructurada. Constituye una oposición inmóvil cual una roca, resentida, guiada por el odio, la desinformación, la falsedad y la triquiñuela que resume lo reaccionario, retardatorio y repelente a cualquier cambio del actual estado de cosas en el país.
Se trata de la presentación de un conjunto de soluciones a mejorar las condiciones y calidad de vida a la mayoría del pueblo colombiano, y existe gente -de ese mismo pueblo- que se opone a esas reformas y al indispensable y necesario cambio de todo.
La explicación no es otra que ese grueso de población está sometida al modelo económico vigente y alienada producto de la impositiva dictadura mediática. Es decir, los medios de comunicación pre-pago que impone toda una infraestructura y superestructura ideológica del Estado, agobia a la persona y así, individualizada, la aliena, desinforma y engaña, conllevándola, accidentalmente, a ser una garantía infundada en el mantenimiento del estatus quo o actual estado de cosas.
El panorama político colombiano
Con el triunfo de un gobierno que encabeza del Presidente G. Petro y la valiosa Vicepresidenta Francia Márquez, de corte alternativo, progresista, liberal, socialdemócrata en Colombia no se está ni ad portas de una revolución. Se aplica un programa de desarrollo de conjunto de fuerzas productivas capitalistas.
Una oposición que enfrente un planteamiento contrario está condenada a desaparecer. Por ende, el Presidente G. Petro ni es izquierdista, ni socialista. Otra cosa es que la izquierda legal lo apoye en sus programas de renovación y la adecuación de un modelo económico nuevo, dado el fracaso y fin del ciclo del neoliberalismo salvaje, como fase accidental. Amplio es el aporte de teóricos y analistas de la izquierda, en particular la latinoamericana, respecto a programas de cambios profundos que trascienden el nivel académico y aplican en una realidad política transformadora.
Del paso de la rebelión de las masas a la multitud
Cuando el Presidente G. Petro llama y convoca a que el pueblo se exprese en las calles, en modo alguno está polarizando a la sociedad ni agudizando la lucha de clases. Está demostrando una posición ideológica renovadora que predomina en el mundo ante lo alternativo poscapitalista, resultado del fracaso neoliberal y la vulnerabilidad de la globalización hasta entonces no cuestionada.
Es sabido que el marxismo es una guía para la acción; pero el marxismo en su concepción dialéctica de la Historia y en el periodo de transición del estadio capitalista al socialista no cuenta con parámetros dogmáticos ni de imposición que distorsione el transcurrir. Así, V. Lenin concibió el Imperialismo como Fase Superior del Capitalismo. Pero el marxismo-leninismo no previó la fase del nazismo y el fascismo, cual orden sobreviniente al capitalismo. Esta accidental fase -que generó la II Guerra Mundial- buscó, incluso, sepultar el avance, permanencia y existencia del capitalismo y de contera abortar el estadio de desarrollo de la Humanidad hacia el socialismo.
Pues bien, una vez en posguerra anidan las formas del modelo neoliberal con una aplicación devastadora para la humanidad y para la clase obrera mundial, que es el sustento primordial hacia un orden socialista. Pero para el marxismo no hay nada desviado, la Historia continúa su curso materialista dialéctico.
Ubiquémonos entonces en el actual orden económico mundial y sin redundar en gráfico, de postpandemia y de crisis por el cambio climático, y observamos un dominio predominante de lo descualificado. Consultando Wikipedia entiendo, en complemento, por descualificación el proceso por el cual se elimina de la industria o de la economía el trabajo cualificado (que califica a alguien por sus aptitudes) mediante la introducción de tecnologías que pueden ser controladas por trabajadores a quienes se pretende o desconoce las precisas determinaciones que lo revindican como un alguien. Lo reducen a un semicualificado o sin cualificación. Esto ahorra costes al requerir una menor inversión en capital humano y reduce las barreras de entrada, debilitando así el poder de negociación del capital humano. Llueven las criticas puesto que ello se traduce en la pérdida de calidad y en la devaluación del trabajo (haciéndolo mecánico antes que fruto del pensamiento y convirtiendo a los trabajadores en autómatas antes que en artesanos, creadores), erosionando así a la comunidad.
Por lo anterior o por ello han surgido nuevos análisis marxistas del capitalismo. Lo encabezan pensadores posmarxistas. Para ellos los cambios sociales pueden conseguirse o lograrse a partir de las formas actuales de opresión en la necesidad de repensar lo común, es decir, acudiendo por ejemplo a la idea y aplicación del comunismo primitivo. Lo expresan en el decir “un nuevo mundo es posible” y convencidos que el cambio realmente tendrá lugar. Esta metodología social de comprensión a partir de los años sesenta hizo énfasis en el cambio de la fábrica a la “fabrica social”. También está relacionada con la vida política y la realización de la vida política aunado con lo autóctono de los fines políticos. De tal manera que conciben y explican que la política, como proyecto de trasformación social, no será incubada en las universidades, algo así como la “universidad de la vida”; tampoco lo será en la fábrica como centro de producción sino como “fabrica social” ya citada.
Así resumo la aplicación y explicación de una apropiación contemporánea del marxismo, con el atrevimiento y excusa de antemano a que en modo alguno es mi intención atribuirlo, bajo ningún motivo, como hacer suyo el llamado del Presidente G. Petro a la movilización de masas.
El Presidente G. Petro no acude al instrumento acumulado de proyección de la “rebelión de las Masas” en la recreación del escenario de la lucha de clases y de metodología de aplicación del movimiento social (revolucionario) marxista. A él no lo motiva “La psicología de las masas” del sociólogo francés Gustave Le Bon.
Más bien considero que su accionar político está bajo la guía orientadora de los trabajos del politólogo italiano Antonío Negrí (1933), en colaboración con el teórico filósofo y político estadounidense Michael Harat (1960). Esta dupla de genios ha aportado al conocimiento moderno de la política con la publicación de su famoso libro “Imperio” editado en el año 2000 y posteriormente con el libro “Multitud” que los catapultó como los teóricos visionarios del nuevo orden mundial.
Abordan el término Imperio como un poder difuso y centralizado que desplaza el Estado-Nación y retoma el escenario de actuaciones de cómo fue el imperio romano. Lo sitúa en creación y poder aunados en la red. Así llegan y se entrelazan actores monárquicos, norteamericanos, aristócratas, grandes compañías multinacionales, Ong´s, foros como los de Davos, etc. dando forma a una construcción imperial única basada en el poder en red. Generaron múltiples controversias al indicarles que con ello desconocen el imperialismo; pero al parecer los pueblos subyugados hoy se encuentran bajo la férula del Imperio y bajo la del imperialismo.
“Multitud expone la cuestión en tres partes: la primera parte, «Guerra», explora los aspectos más oscuros del imperio. Nos encontramos sumidos en un punto crítico en relación con los asuntos de la humanidad en el que los circuitos de poder han sobrepasado la capacidad que los actuales circuitos de soberanía política y justicia social tienen para contenerlos. En la Parte II, titulada «Multitud», explican cómo el imperio, mediante una constante y más profunda colonización e interconexión de más áreas de la vida humana, ha creado la posibilidad de un tipo de democracia nunca vista con anterioridad. Finalmente, en «Democracia», los autores plantean su estrategia de cómo la multitud global puede formar un robusto terreno comunitario biopolítico en el que la democracia puede progresar a una escala global.” (Tomado de La Casa del Libro).
Dejo así como abre-bocas para los activistas políticos y sociales el consultar a estos novedosos políticos actuales y en el empeño orientador en no distraer la construcción del partido político popular, en garantía a la consolidación y cualificación política del movimiento popular hacia grandes y radicales transformaciones sociales en Colombia.
El 30 de enero de 2.023 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Costa Rica, notificó la sentencia condenatoria contra el Estado colombiano en el denominado “Caso Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica Vs. Colombia”. Declaró la responsabilidad del Estado colombiano en más de 6.000 asesinatos de integrantes, militantes y simpatizantes del partido político Unión Patriótica- UP, desde 1984 y por un lapso de 20 años. Todo resultado de un plan de exterminio.
La Unión Patriótica fue una organización política que surgió en el año de 1.984 durante el marco del acuerdo de las extintas FARC-EP y el gobierno de Belisario Betancur (período 1982-1986) cuyo objetivo era buscar un proceso de paz entre el Secretariado Nacional de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Gobierno colombiano. Esta es la primera vez que un Tribunal Internacional pronuncia condenatoria no solo por la violación individual al derecho de conocer la verdad, sino por violaciones a los derechos humanos en más de 6.000 personas dirigidos contra un partido, sus integrantes, militantes y simpatizantes sino también “en perjuicio de la sociedad en general” (subrayo).
Así mismo, se le ordenó al Estado iniciar, impulsar, reabrir, dirigir y continuar, en un plazo no mayor de dos años, y concluir, en un plazo razonable, «las investigaciones amplias y sistemáticas, con el fin de establecer la verdad de los hechos relativos a graves violaciones de los derechos humanos del presente caso y determinará las responsabilidades penales que pudieran existir, y removerá todos los obstáculos de facto y de jure que mantienen en la impunidad los hechos relacionados con este caso»26. Párrafo 554 de la sentencia, y se agrega que se debe determinar “las responsabilidades penales que pudieran existir”, y remover todos los obstáculos.
En relación con los alegatos sobre la excepción preliminar ratione persona, significa que es por razón de la persona(Diccionario de G. Cabanellas) y la Corte (CIDH) logró comprobar la veracidad y certeza de un hecho de efectos significativos y es que ni los intervinientes comunes, ni la Comisión Interamericana, solicitaron que la Corte declarara que se habían vulnerado los derechos humanos del partido político Unión Patriótica. Tal partido no fue víctima y el efecto consiste en que las víctimas lo fueron los militantes, simpatizantes, familiares y relacionados con la actividad política en la UP. Sobre este punto, la Comisión, en su Informe de Fondo, estimó que “el móvil de las graves violaciones de derechos humanos y persecución sistemática en contra de las presuntas víctimas identificadas en el presente informe, fue su pertenencia a un partido político y la expresión de las ideas que este proponía”. A este enunciado corresponde desarrollar el siguiente presupuesto:
Alcances de la responsabilidad del estado
En cuanto a la Valoración del reconocimiento de responsabilidad corresponde destacar que el Estado colombiano reconoció su participación parcial de los hechos investigados al aceptar conducta punible en unos 219 casos. La Corte Internacional así lo expresa, pero no resolvió en acápite resolutivo aparte la condena al Estado, por separado, de esos casos individualizados, sino que resolvió incluirlos dentro del conjunto de más de seis mil asesinatos ocurridos y así las cosas la sentencia no alude así esos 219 casos confesados correspondía a accionantes iniciales o a víctimas que no aparecen relacionadas en el escrito inicial de acusaciones ante la Comisión. Esto es de relevante importancia puesto que en la sentencia no aparecen los nombres de todas las víctimas y no soy el único en destacarlo. Por ejemplo, no aparece ni reclamando ni con sentencia de reparación para sus hijos y familiares el abogado laboralista cucuteño Dr. Aníbal Diaz Carvajal y su esposa Cecilia, quien fungía como personera de Convención y fue asesinada junto con su esposo a la entrada del Concejo Municipal de Convención, (Norte de Santander) a ojos vista de la población y de la policía y cuyo crimen continúa reclamando justicia estando su esposa Cecilia embarazada. La situación jurídica de todo el universo de víctimas de la UP, sus familiares, simpatizantes y partidarios corresponde una disección para en calificado método jurídico profesional reconstruir cada caso individual de víctimas, que no ha sido mencionado en la Sentencia y que tal como nos proponemos sustentar tiene un efecto a presente y futuro.
En el caso colombiano tanto la Corte como la Comisión coinciden totalmente en la responsabilidad internacional total del Estado colombiano y ello produce los efectos jurídicos ajustado a los artículos del Reglamento. No obstante, registra: “El Tribunal considera, sin embargo, que el reconocimiento tiene un carácter limitado y coincide con los intervinientes comunes al considerar que el carácter fraccionado y casuístico del mismo no permite tomar en cuenta el contexto general del caso…” Aquí es donde corresponde auscultar de fondo. Sabido es que las sentencias no se interpretan se ajustan y aplican a lo dicho literalmente.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado de Colombia es responsable por las violaciones de derechos humanos cometidas en perjuicio de más de 6.000 integrantes y militantes del partido Unión Patriótica, a partir de 1984 y por más de 20 años, como consecuencia de un plan de exterminio dirigido”, dijo el juez Ricardo Pérez Manrique.
De acuerdo con el perito Reed Hurtado, la situación política en Colombia durante esta época estaba marcada por la confrontación bipartidista y por un ejercicio de poder altamente irregular, en donde el gobierno nacional acudía a la figura de estado de excepción de manera amplia y extendida. Asimismo, durante esa época se expandió la doctrina de seguridad nacional, que implicaba la designación de “enemigos internos” que debían ser erradicados de y en las regiones. De esta forma, afirmó que “el esfuerzo contrainsurgente colombiano de los ochenta y los noventa está marcado por la guerra contra un enemigo interno difuso, regularmente asociado al comunismo internacional. Los militantes de la UP quedaron cobijados por este estigma”. Este aporte de auxiliar de la justicia internacional nos permite concluir que el genocidio por asesinatos selectivos y sistemático a miembros de la Unión Patriótica UP, como militantes, simpatizantes y activistas de base en zonas de influencia de su trabajo político obedeció por y con ocasión del conflicto armado interno colombiano. Lo subrayo y destaco por los efectos jurídicos que tal contenido trae consigo.
Aplicación de la llamada teoría del daño
Quedó demostrado que la sociedad colombiana recibió un daño. La instauración de un sistema de violencia política generalizada que identifica el establecimiento estatal como enemigos internos y le agregan el mal uso de Dios, la patria, etc. En el acápite IV de Conclusión “La Sentencia representa un punto de maduración en la línea jurisprudencial sobre el derecho a la verdad, en tanto reafirma, los desarrollos jurisprudenciales de la Corte IDH sobre la autonomía de este derecho.38 y a su vez profundiza la dimensión colectiva del mismo”. Esta es la primera ocasión que un Estado es condenado en la unanimidad de procedimiento ante la Comisión y la Corte y en que declara no solo la violación individual del derecho a conocer la verdad en perjuicio de más de seis mil víctimas, sino también en perjuicio “de la sociedad en general”.
De los efectos de un salvamento de voto
Traigo a colación lo siguiente: El Juez Eugenio Raúl Zaffaroni dio a conocer su voto individual parcialmente disidente, al que se adhirió el Juez L. Patricio Pazmiño Freire. Los Jueces Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot y Ricardo C. Pérez Manrique dieron a conocer su voto individual concurrente al que se adhirió el Juez L. Patricio Pazmiño.
Como aspecto de fondo, más adelante me dedicaré a lo referente a la omisión de procesar y en tal caso penar a las personas que hubiesen contribuido a la consumación de los delitos y en especial el genocidio. Me detengo en este momento en el análisis del voto parcialmente disidente del Juez Eugenio Raúl Zaffaroni por la omisión de procesar y en su caso penar a tales funcionarios. Alude a que no es del caso de la materia de esa sentencia la omisión de procesar y en su caso penar a los funcionarios o personas que lo hubiesen cometido. Pero argumenta: “No obstante, la unidad de designio (de voluntad infractora o de dolo) es únicamente el presupuesto óntico de cualquier pretensión de consideración unitaria de un hecho ilícito necesario, pero no suficiente para imponer su desvaloración como infracción única”. “No se está condenando al Estado porque sus agentes cometieron miles de homicidios y otros delitos, sino porque mataron, torturaron, hicieron desaparecer y privaron de libertad a miles de personas en la ejecución de un crimen contra la humanidad consistente en aniquilar a un partido político, puesto que no puede desconocer la unidad de desvalor que impide la escisión de su primera parte, por imposición el derecho de fondo, que le impide alterar o desconocer el concepto mismo de crimen contra la humanidad como crimen unitario”. Así lo votó.
El presupuesto óntico de cualquier pretensión hace referencia en distinguir lo óntico de lo ontológico.
Zafaroni cita “el presupuesto óntico”. Óntico en el pensamiento de Heidegger, filósofo alemán del siglo XX, es referente a los entes, a diferencia de ontológico, que se refiere al ser de los entes. Heidegger, refiere lo óntico a «ente» y lo ontológico a «ser». Del ser o del ente entendido como real en sí mismo. Ente: alude a lo que es, existe o puede existir. Sobre todo tanto persona. El ente en filosofía es un concepto que está relacionado con la existencia, con el ser. En resumen, podría definirse óntico como aquello que es y que participa del ser. Al ser de carne y hueso en que cabe el factor de protección de dirigentes, miembros y militantes de la Unión Patriótica, en los términos del párrafo 602 de la Sentencia. Como la Sentencia no se refiere a las “calidades” de los militantes , así como no se refirió al partido UP como tal, sino a ellos a sus militantes, simpatizantes, familiares como seres humanos, el desvalor, que tiene que ver con desmerecimiento o desatención de una conducta o comportamiento exigidos por una norma, que son jurídicamente reprobables con falta de mérito o de estimación, no demerita, no le quita merito a la acción por la infracción única de afectación universal como ocurre con la naturaleza del delito de lesa humanidad. Y sin pretender redundar tomemos a contrario sensu lo expuesto por Engish: “si no hay dolo ni imprudencia, esto es, infracción de las normas de cuidado, sino observancia de la diligencia objetivamente debida, no se vulnera prohibición ni norma jurídica alguna, sino que se cumplen las normas jurídicas, ni la conducta se desvalora en absoluto”. Pero como en el caso UP contra el Estado colombiano sucedió fue todo lo contrario y hubo dolo y acción del Estado y condena directa al respecto, es dable concluir que la acción de reclamo de efectos de la sentencia de todos y cada uno de los militantes de la Unión Patriótica -UP, sus familiares, simpatizantes y población de base política afectada están legitimados para iniciar o incoar el procedimental de ejecución de esa sentencia de condena contra el Estado colombiano, independiente que no hayan actuado en el proceso de acción internacional que produjo esa fuente de derechos.
Una sentencia que aplica a todos
Y ¿hasta dónde llegan los alces del contenido de esta sentencia de condena al Estado colombiano.? Pues a un efecto erga omnnes. Erga omnnes es una locución latina, que significa «respecto de todos» o «frente a todos», utilizada en derecho para referirse a la aplicabilidad también de una sentencia. En este sentido la sentencia contra el Estado colombiano aplica a todos los miembros, activistas, simpatizantes y familiares del partido Unión Patriótica-UP. Cumpliéndose con el requisito probatorio de aportar prueba de esa calidad, aunque no haya intervenido ante el reclamo en la Comisión Internacional y la Corte Internacional.
Ahora bien, resulta que la Sentencia Internacional condena al Estado colombiano por acción en relación con el caso Unión Patriótica. Ello qué significa y a quienes toca esa Sentencia.
Los Estados son personas jurídicas de derecho internacional, los gobiernos son organizaciones de personas. La relación entre un gobierno y su Estado es de representación y agencia autorizada. Para T. Hobbes: El Estado es una institución, cuyos actos, por pactos realizados, son asumidos por todos, al objeto de que pueda utilizarse la fortaleza y medios de la comunidad, como se juzgue oportuno, para asegurar la paz y la defensa común. Dice San Agustín que el Estado es una reunión de hombres dotados de razón y enlazados en virtud de la común participación de las cosas que aman. Concibe Karl Marx: El Estado no es el reino de la razón, sino de la fuerza; no es el reino del bien común, sino del interés parcial; no tiene como fin el bienestar de todos, sino de los que detentan el poder; no es la salida del estado de naturaleza, sino su continuación bajo otra forma. Esto por cuanto para el marxismo el Estado es una dictadura de una clase, burguesía, contra otra clase, proletariado.
Al Estado lo manejan funcionarios. Funcionario es quien desempeña profesionalmente un empleo público. Los funcionarios participan en la administración pública o de gobierno; y acceden a su condición a través de elección, nombramiento, selección o empleo. Los son de elección o de nombramiento. Los cargos públicos son los que se desempeñan en las administraciones públicas o en los órganos constitucionales El gobierno es el elemento principal del Estado; se trata del grupo de personas que gobierna el Estado. En el caso de un Estado democrático, gobierna un partido político que gestiona a la población. De tal manera que la sentencia de condena de la CIDH contra el Estado colombiano abarca e incumbe a todos y cada uno de los funcionarios que desempeñaban un empleo cargo o función en las tres ramas del poder público: ejecutivo, legislativo, judicial, con el ítem que la condena deriva por una conducta de acción. Esa organización del Estado y su Función Pública (Artículos 113,132 ss de la CP91) son los condenados por acción incluidos los organismos de control: Procuraduría General, Contraloría General, Ministerio Público y de las autoridades electorales.
Las categorías generales del Estado son instituciones tales como las fuerzas armadas (la policía nacional y el ejército son sus principales instrumentos) burocracias administrativas a nivel de nación departamentos y municipios, los juzgados, tribunales y hasta las altas cortes. Al Estado colombiano confluye una población permanente, un territorio definido y un gobierno que es capaz de mantener control efectivo sobre el territorio correspondiente y de conducir relaciones internacionales con otros Estados.
La lavada de cara
Surgió una alianza entre grupos paramilitares, con sectores de la política tradicional, de la fuerza pública en alianza con agentes de seguridad del Estado y de grupos empresariales con vínculos también con el narcotráfico, para contrarrestar la subida en la arena política de la UP, recuerda el fallo, en contra del partido que era calificado como un “enemigo interno». Todo eso que era verdad sabida quedó plasmado en la sentencia pues se trató de un plan por parte de sectores políticos, en alianza con agentes de seguridad del Estado, narcotraficantes y grupos paramilitares, grupos de presión económica, gremios empresariales, cámaras de comercio, instituciones privadas y de carácter religiosos para impedir el ascenso de movimientos de izquierda en la política colombiana y el sabotaje de poderosos sectores políticos, de altos mandos militares y policiales y de sectores judiciales. Para precisar: como los acontecimientos genocidas se dieron durante 20 años desde el año de 1984 al año 2.004; todos quienes eran los funcionarios sin excepción alguna están involucrados en la acción condenada y se constituyen en sujetos pasivos del ejercicio de la acción de ejecución de sentencia. No podrán eludirlo los expresidentes, aún vivos, Cesar Gaviria, Ernesto Samper, Andrés Pastrana, hasta el innombrable en su primer periodo de la oscura noche. Todos y cada uno como cabeza de ex jefes de Estado serán quienes deben cumplir con la condena de admisión de condena ante la comunidad internacional. Digamos que todos esos funcionarios y tanto expresidentes quedan subjudice bajo el principio de in dubio pro reo, hasta que no se les demuestre lo contrario. Denigrante y desoladora situación. Por tal motivo es de destacar que a ella no se sustrae la “Fudra Omega” que es una estructura bélica construida y que existe desde el año 2003, cuando fue creada por el innombrable y hoy está integrada por 21 mil soldados, contando con 13 brigadas móviles del Ejército Nacional adscritas a las unidades operativas mayores, un Estado Mayor, un Componente Aéreo Conjunto y una Brigada Fluvial. Se constituyo en la principal cabeza de playa para el ejercicio de violación soberana por parte de unidades del ejército sur norteamericano. Tienen su razón de ser con grupos paramilitares cual tentáculos de las brigadas móviles relacionadas y que operan como ejércitos privados de poderosos terratenientes y hacendados, que tienen el monopolio de las fértiles y productivas tierras de las regiones donde operan.
La incitación a matar guerrilleros ha sido una constante de odio siguiendo “declaraciones de altas autoridades que asociaban a la UP con los guerrilleros… que pudieron legitimar, contribuir y fomentar la violencia” (Sentencia Corte IDH, numeral 251, p. 73).Las castas políticas locales que aun practican una política militarista contrainsurgente (liberales, de la U, conservadores, evangélicos, los de la secta-que no partido- el CD, los Verdes, los de la Equidad, Cambio Radical y un sin número de partidos y alianzas políticas que perviven) y todos se mueven como plagas despojando los dineros públicos y acumulando fortunas alucinantes, productos de la corrupción y la piñata de la cosa pública.
¡ESTO NO ES DEMOCRACIA CARAJO! Solo en un Estado de sitio permanente, en un Estado de excepción, en un Estado fallido y jamás en un estado de derecho se podía dar tamaña acción delictiva. Fariseos quienes claman que el genocidio contra la UP se hubiera dado en una “democracia”. Falso, se dio en un Narco Estado militarista, contrainsurgente, violador de los más elementales derechos humanos y desconocedor del Derecho Internacional Humanitario (DIH) bajo un ejercicio de dictadura civil y que hoy perdura bajo las denominaciones de los golpes de estado blandos.
Actuación de la jurisdicción especial para la paz
Corresponde ahora explicar ante que jurisdicción, cómo y por qué se puede accionar contra el Estado colombiano bajo la modalidad procesal de ejecución de la sentencia.
El Estado colombiano impulsó la creación de “grupos de autodefensa” entre la población civil a través de un marco normativo, cuyos fines principales eran auxiliar a la Fuerza Pública en operaciones contra insurgentes, contra los grupos guerrilleros y otros grupos considerados como “enemigos internos”; para lo cual se les otorgaba permisos para el porte y tenencia de armas y apoyo logístico.
La Comisión Interamericana alegó que los integrantes y militantes de la Unión Patriótica han sido estigmatizados tanto por agentes estatales como por actores no estatales como “brazo político de las FARC”, “colaboradores de las FARC”, “terroristas de las FARC”, “aliados de la guerrilla” y de “ideólogos de las FARC”, durante el lapso de 20 años (1984-2.004). Sin mayor excitación se puede determinar que los fundamentos de hecho del genocidio por asesinatos y demás conductas punibles contra los miembros de la Unión Patriótica-UP, sus familiares, simpatizantes, colaboradores de base del trabajo político desplegado, se dio a causa, con motivo y con ocasión del conflicto armado interno. Siendo que la JEP es un instrumento de creación del derecho internacional y se debe a las Naciones Unidas para tratar lo relacionado con crímenes de guerra y de lesa humanidad, con ocasión del conflicto armado interno colombiano, se resuelve la inquietud que las acciones de ejecución de sentencia para casos de militantes, activistas, colaboradores y familiares de miembros de la UP que por cualquier motivo no hayan intervenido en la acción pública ante la Comisión Interamericana y la Corte Internacional tiene la capacidad expedita para acudir ante esa jurisdicción especial al cobro ejecutorio de la sentencia de condena y no ante la corrupta jurisdicción ordinaria colombiana. En efecto, la obligación de investigar “no sólo se desprende de las normas convencionales de derecho internacional imperativas para los Estados Parte, sino que además se deriva de la legislación interna que haga referencia al deber de investigar de oficio ciertas conductas ilícitas”364.
Medidas de reparación
Debido a esas violaciones a los derechos humanos, la Corte IDH ordenó al Estado colombiano a iniciar, impulsar, reabrir, dirigir y continuar en no más de dos años “las investigaciones amplias y sistemáticas, con el fin de establecer la verdad de los hechos relativos a graves violaciones a los derechos humanos del presente caso”. El Estado deberá iniciar una búsqueda rigurosa “en la cual realice todos los esfuerzos para determinar, a la mayor brevedad posible, el paradero de las víctimas desaparecidas cuyo destino aún se desconoce” y brindar “el tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico o psicosocial a las víctimas que así lo soliciten”. Esos grupos también ejecutores, estaban aupados por la derecha, los grandes empresarios, parte de las fuerzas armadas, policiales y de seguridad privadas, así como el Departamento Administrativo de Seguridad (ya desaparecido) y los narcotraficantes. Tras el exterminio, algunos sobrevivientes abandonaron el país y otros se incorporaron a la guerrilla. Desde ya anotar que a estos también les cobija la extensión de ejecución de la sentencia de condena.
La sentencia señaló los montos de las condenas. Condenó al Estado colombiano a varias obligaciones de hacer incidido la realización de varios actos públicos de reconocimiento de responsabilidad internacional. Señaló los montos de las condenas. Pronunció más de 16 declaraciones de condena que en aras de la brevedad no transcribiré, pues suman mas de 40 resoluciones de condena a imponer. Incluye aspectos como que el Estado designará, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de esta Sentencia, una autoridad estatal que actúe como enlace e interlocutora con las víctimas y sus representantes y proporcionará sus datos de contacto, en los términos del párrafo 653 de la presente Sentencia y otros plazos de meses, año y hasta dos años impuestos como obligaciones de hacer al Estado colombiano.
Sigue una labor de inteligencia popular
Todos sin excepción debemos contribuir a esclarecer la Verdad. Corresponde una labor de desenmascarar a funcionarios públicos adscritos al Estado colombiano durante los años de 1984 a 2.004,desde ex presidentes hasta el último en escala de los empleados que hubieren podio participar en el aquelarre de brujerías, en los conciliábulos de sectarios, instigadores de odio y violencia, con actuaciones secretas y torticeras en el señalamiento y persecución contra lideres populares de la UP, incitando a múltiples formas a los ejecutores de violación a las víctimas de la Unión Patriótica. Es el llamado a construir una empresa empeñada en dar con los culpables de participación en este acto de genocidio, en cumplimiento a la sentencia internacional, por la lucha contra la impunidad y sobre todo por la no repetición jamás de un hecho así en Colombia. Invoco la emulación a la figura y acción del consecuente personaje más conocido como “el cazador de Nazis” Simón Wiesenthal (1908-2005), incansable buscador de nazis fugitivos. Fue un investigador y cazanazis judío, que tras haber estado prisionero en el campo de concentración de Mauthausen-Gusen durante la Segunda Guerra Mundial dedicó la mayor parte de su vida a localizar e identificar criminales de guerra nazis que se encontraban fugitivos, para llevarlos ante la justicia. “justicia no venganza” fue su lema. Siempre insistió en que la culpa era algo individual; de ahí su afán de llevar a juicio a los criminales nazi para que cada uno de ellos pagara sus cuentas pendientes con la justicia. (consultado en Wikipedia). Los recursos existen o están dados para esa labor de recopilación y el accionar judicial respectivo.
Concluyo con mi saludo de apoyo y solidaridad a quienes hicieron posible este triunfo jurídico y político desde sus inicios: a quienes defendieron a la UP para restablecerle la personería jurídica, mediante sentencia de 04 de julio de 2.013 del Consejo Nacional Electoral, Doctores Juan Araujo Rentería y Jeritza Merchán Diaz. Quienes se enfrentaron a los partidos de derecha y contra los grandes medios dictatoriales de información tergiversadores de la verdad, compañeros: Sebastián González. Articulista. Javier Giraldo Moreno. Jesuita. Profesores de la Universidad Nacional: Jorge Ignacio Salcedo Galán. Iván David Ortiz. Corporación Americana de Victimas de Genocidio Político (CVAVIGEP). La Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos – REINICIAR y la Comisión Colombiana de Juristas como peticionarios de la demanda ante los tribunales internacionales.
De izquierda a derecha: Mateo Sancho Dive, Miranda Herrera Venegas (medalla de Bronce), María Paula Corrales Villegas.
COMUNICADO DE PRENSA
OLIMPIADA COSTARRICENSE DE CIENCIAS
Universidad Estatal a Distancia
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Universidad Nacional
Universidad de Costa Rica
Laboratorio Nacional de Nanotecnología (CeNAT-CONARE)
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones
Ministerio de Educación Pública
Olimpiada Costarricense de Ciencias
Luego de dos años en la virtualidad, la Olimpiada Juvenil Internacional de Ciencias retorna a su forma presencial. Del 2 al 12 de diciembre se celebró en Bogotá Colombia en la XIX Olimpiada Juvenil Internacional de Ciencias, IJSO 2022 (con sus siglas en Ingles) con una participación de 44 países. La delegación de Costa Rica participó con tres estudiantes: Mateo Sancho Dive (14 años), Miranda Herrera Venegas (15 años) y María Paula Corrales Villegas (15 años), todos ellos del Colegio Yurusti. Muchas gracias por el trabajo y felicitaciones a todos por el éxito obtenido. Luego de una extenuante competencia la estudiante Miranda Herrera Venegas obtuvo una Medalla de Bronce dentro de la competencia.
Para la participación de estos estudiantes se tuvo el acompañamiento durante el proceso de tres tutores: Kenneth Castillo Rodríguez (tutor de biología), Ricardo Ulate Molina (tutor de química) y Andrea Rivera Álvarez (tutora de física).
Fotografía: De izquierda a derecha: Kenneth Castillo Rodríguez, Dario Rivera, Miranda Herrera Venegas, Mateo Sancho Dive, María Paula Corrales Villegas, Andrea Rivera y Ricardo Ulate.
Estos tres estudiantes fueron ganadores de la Olimpiada Costarricense de Ciencias en el 2021 y se capacitaron en Química, Física y Biología durante el 2022. Durante la participación en la IJSO realizaron tres exámenes: opción múltiple, desarrollo /teoría y un examen experimental. Todos estos cuentan con materia de las tres ciencias básicas: biología, física y química.
La participación de la delegación fue posible gracias al trabajo conjunto de la Universidad Estatal a Distancia (UNED), el Instituto Tecnológico de Costa Rica (TEC), Universidad Nacional (UNA), la Universidad de Costa Rica (UCR), el Laboratorio Nacional de Nanotecnología (LANOTEC-CeNAT-CONARE) y el apoyo logístico del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) y el Ministerio de Educación Pública (MEP).
Entre la multitud de malas noticias que atiborran los espacios mediáticos, dichosamente hay dos que, a todos los hijos de la Patria Grande, nos deben llenar esperanza y alegría: las conversaciones para lograr una paz estable en Colombia, que se llevan a cabo en Caracas, entre el gobierno del presidente Gustavo Petro y la guerrilla de FLN, por un lado, y el reinicio del diálogo entre el gobierno de Nicolás Maduro y la oposición, esta vez en México; ambas actividades se llevan a cabo ante la atenta mirada de la comunidad internacional. Todo lo cual debe ser visto como un mensaje de paz por parte de los pueblos de Nuestra América al mundo entero, a fin de que se intente por la vía política y no militar buscar la solución a conflictos entre naciones, que ponen el peligro la paz planetaria. Me refiero, en concreto, a la necesidad apremiante de iniciar conversaciones al más alto nivel entre las partes beligerantes, tendientes a poner fin al conflicto en Ucrania.
Pero más allá de este contexto internacional y ante la proximidad de una nueva Navidad, nada más oportuno y urgente que reflexionar sobre el mensaje de los ángeles en la Cueva de Belén, que expresa el clamor de los profetas anunciando el advenimiento de la era mesiánica y que sintetiza en una sola palabra: SHALOM, paz. Este mensaje es hoy más actual que nunca en la historia de ser humano, dado que la ausencia de paz traería aparejada la extinción de la especie humana. Porque la destrucción que provoca la violencia bajo todas sus formas puede significar a corto plazo, históricamente hablando, el fin de nuestra especie. La lucha por la paz, en consecuencia, involucra a todos los humanos cualesquiera sean sus creencias religiosas, ideologías políticas, culturas o nacionalidades. Se trata del acto más “democrático” que pueda concebirse, pues lo único que realmente (“ónticamente” diríamos los filósofos) nos hace “democráticos” es la muerte; nadie se escapa de ella. Pero cuando la muerte es provocada por los propios humanos es también responsabilidad de todos, especialmente de quienes tienen el poder, no solo el político, sino el financiero, el mediático y el científico-tecnológico.
La mayor amenaza que tiene la especie de desaparecer es provocada por el descomunal poder que ha logrado en estos últimos siglos, gracias a los descomunales avances de los logros en el campo científico y tecnológico; porque del desarrollo científico y tecnológico depende en primera instancia todo lo demás: el desarrollo económico, la sofisticación de las armas, la genética aplicada al diagnóstico y tratamiento de enfermedades, a la agricultura y a los alimentos y un largo etcétera. Su control puede provocar el bienestar o ser la causa de la muerte de millones. Las transnacionales que acaparan esos conocimientos de punta son responsables directas del hambre y de la falta de control de epidemias y pandemias, siendo la mayor la desnutrición. La FAO y el Papa Francisco no se cansan de repetir que actualmente se producen alimentos suficientes para dar de comer a todos los seres humanos; por ende, si hay mil millones que sufren de hambrunas, es culpa de la ideología neoliberal. Lo mismo pasa con las pandemias y el desempleo.
Todo tiene como causa la desigualdad socio-económica. La violencia tiene su raíz en la injusticia social, en el menosprecio y el maltrato a niños y ancianos, en la violencia doméstica y callejera, en la drogadicción y el lavado, en la injusticia distributiva y la defraudación fiscal. La violencia se ha convertido en una (pseudo)cultura, en una mentalidad colectiva que nos hace insensibles ante el dolor y la miseria, que nos rodea como una peste medieval. Para peores, la violencia contra la naturaleza alcanza ribetes escalofriantes que pone a la humanidad al borde del suicidio. De poco han servido hasta el presente las advertencias de ecologistas y de expertos de las Naciones Unidas en torno al recalentamiento del clima, la destrucción de los bosques, la desertificación, la contaminación de las ciudades o la desaparición de cientos de especies.
Hoy la paz es algo más que una esperanza escatológica fundada en una promesa mesiánica. Constituye una exigencia insoslayable para la sobrevivencia de la especie. Nunca como en estos momentos de la historia, la paz es el mayor imperativo ético que tenemos todos los hombres y mujeres de buena voluntad.
Adela Torres, secretaria general de Sintrainagro | Foto: Alexandra Muñoz.
¡Prohibido olvidar!
Este 5 y 6 de diciembre el movimiento sindical recuerda los 94 años de la masacre de las bananeras, un acontecimiento que la historia colombiana intentó, sin éxito, disimular.
Gerardo Iglesias
En noviembre de 1928, más de 30.000 trabajadores de la compañía estadounidense United Fruit Company (hoy Chiquita Brands) estaban en huelga en la zona bananera del Magdalena.
La empresa se había negado a estudiar un pliego petitorio que solicitaba celebrar contratos de trabajo, aumento salarial, el pago de los sueldos en dinero y no en vales, y el cierre de los comisariatos de la compañía bananera.
Nada muy extravagante, pero el gobierno conservador de Miguel Abadía Méndez calificó a esos trabajadores como malhechores e insurrectos, declarando el estado de sitio y el toque de queda.
El 6 de diciembre de 1928, en la estación de ferrocarril de Ciénaga, donde había reunidos más de 7.000 trabajadores, el ejército colombiano abrió fuego contra los huelguistas.
En la represión murieron casi 4.000 trabajadores.
Este lunes 5, en esa misma localidad, el Sintrainagro participa del Foro Nacional sobre la desmitificación de los hechos ocurridos en 1928, reivindicando la memoria de quienes los antecedieron en la lucha por mejores condiciones de vida para los trabajadores y trabajadoras bananeros.
PONENCIA A LA XVIII CONFERENCIA CONTINENTAL DE LA ASOCIACIÓN AMERICANA DE JURISTAS – AAJ
RESISTENCIA CHACO ARGENTINA DEL 02 AL 04 DE NOVIEMBRE DE 2022.
Ponente: Carlos Meneses Reyes – AAJ Colombia
CONTENIDO Página
PRESENTACIÓN 1
CONCEPTO DE SOBERANÍA 2
TIPOS DE SOBERANÍA 3
DE LA INTEGRACIÓN 3
LA SOBERANÍA ALIMENTARIA 4
LA SEGURIDAD ALIMENTARIA 4
LA LUCHA CONTRA EL HAMBRE 5
LA SITUACIÓN ACTUAL 6
PROPUESTAS Y PROYECTOS 7
TECNOLOGÍAS MODERNAS PARA CULTIVA 8
BIBLIOGRAFÍA 8
PRESENTACIÓN
La presente ponencia se desarrolla dentro del eje temático de autodeterminación, soberanía e integración, presentada en la XVIII Conferencia Continental de la Asociación Americana de Juristas-AAJ llevada a cabo en Resistencia-Chaco Argentina, del 02 al 04 de noviembre de 2.022.
Como es sabido la soberanía se predica de cada país. El momento mundial es extractivo y la defensa del medio ambiente dentro del conflicto ecológico ambiental está por superarse. Me propongo disertar sobre estos aspectos soberanos en el campo colombiano a fin de contribuir en el ejercicio comparativo de y para otros países.
CONCEPTODESOBERANÍA
Los países se auto determinan y forman sus propias directrices de gobierno y de organización administrativa y funcional. Se dice que los pueblos o naciones se erigen en Estados soberanos y cuentan con sus propios órganos de poder jurisdiccional, para dirigir lo político, administrativo y económico; necesariamente dentro de un territorio y sus habitantes, a través de unidades estructurales representativas mediante las cuales ejercen autoridad interna; misma que contribuye a ser una cédula de presentación ante el exterior donde se interrelacionan con otros Estados soberanos.
En el caso colombiano “la soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público”, conforme lo consagra el artículo 3 de la Constitución Política de 1.991 (CP91). Ese poder público es poder político. Ello le da una superioridad interna que puede ser también de facto, que en consideración de exposición puede resultar mermada por el contenido de tratados y/o convenios internacionales, citando a manera de ejemplo los tratados de extradición o los tratados de libre comercio.
Al hablarse de soberanía también se hace relación a la existencia de un orden internacional sustentado en los principios de libertad y autodeterminación de los Estados nacionales que sopesan el poder político supremo correspondiente a un Estado independiente, es decir, sin interferencia externa. Es por ello que a la soberanía se le considera como el poder más elevado en un país. La soberanía permite explicar cómo un Estado adopta libremente sus decisiones y ejerce poderes propios.
Reduciendo lo expuesto a términos breves y precisos, la soberanía subsume, incluye un concepto de conjunto más amplio sometido a un principio o norma general que entraña lo más explicativo del llamado summa potestas según el cual el Estado no está sujeto a ningún otro poder para la adopción de sus decisiones.
La denominación de soberanía interna abarca lo jurídico y político. En lo jurídico tiene el deber de promover respetar y proteger los derechos esenciales bajo un imperativo de paz y tutela de los derechos humanos, como autoridad estatal. En lo político expresa la autoridad suprema en el mando del poder público de un Estado (nación y pueblo). Asimila a un Estado de Derecho. En cambio, la Soberanía de facto es cuando nos encontramos ante un ejercicio de poder que califican al agente que las aplica como un dictador o usurpador que fundamenta su dominio en contra de las leyes establecidas. En ese orden se habla de soberanía externa y es aquella que está supeditada al orden internacional, en complemento con los Convenios de Ginebra y los pactos internacionales sobre Derechos Humanos (DDHH). Se da un cambio de concepción después de la II Guerra Mundial bajo lo rector de tutela y protección y defensa de los DDHH. Opera una simbiología entre soberanía interna y externa como asociación íntima de diferentes especies de organismos para desarrollar ese proyecto eminentemente humanitario.
También se pueden definir otro tipo de soberanías a manera de ejemplos. Toda clase de soberanías que mencionemos detentan su ejercicio en el marco de una nación y su circunscripción territorial.
La Soberanía cultural alude al fomento y defensa de las raíces y manifestaciones culturales expresadas en la idiosincrasia, que acumulan un contenido de identidad, creencias, costumbres, tradiciones de nación y que afianzan los valores autóctonos.
La Soberanía militar alude a la capacidad de contar con unas fuerzas armadas propias para proteger sus fronteras, sin necesidad de requerir la intervención de otros Estados. Las cuestiones estratégicas militares han contribuido a su desnaturalización en aplicación de la geo política.
La Soberanía económica, es una regulación por parte del Estado que podemos resumir en una práctica para no depender de otros países para dirigir y suplir otras necesidades del diario subsistir y vivir plenamente. Implica emitir moneda y control aduanero. Que se cuente con capacidades económicas y tecnológicas para enrrumbar hacia una sociedad más ecológica y autosuficiente superando en el actual sistema económico capitalista con escasos recursos que conforman un frente de mayorías desposeídas frente a unas minorías enriquecidas y con suficientes recursos. Hablar de Soberanía económica se ha convertido en una especie de tabú. Y desdibuja todo argumento contrario a la realidad. Argumentan que ya no existen estados económicamente soberanos en el plano o escenario internacional, que puedan cambiar o controlar tasas de divisas y regímenes cambiarios, hasta tal punto que algunos países escogen un tipo de moneda exterior (caso del Ecuador) y pierden la soberanía monetaria. El giro en torno a los mercados explica que para dejar de ser vulnerables a las presiones de los mercados los países deben lograr un alto índice de no dependencia de la financiación exterior. Globalización y no interferencia a los mercados resultan sinónimos. Por no ser del momento no me detengo en desarrollar la importancia de aplicar una política soberana en el plano económico.
DELAINTEGRACIÓN
La integración política, económica, cultural es imprescindible para la soberanía. La soberanía no es autonomía. La soberanía es la capacidad de conducir, con autoridad de los pueblos, con poder de los pueblos. La particularidad de países enclavados como Paraguay, Bolivia, más se convencen de la necesidad de la integración. La integración es el proceso y resultado de mantener unidos a los países limítrofes y cercanos como un todo. Puede ser aplicable en diversos ámbitos, como el de la necesidad de la integración latinoamericana que en una coyuntura de división y enemistades resulta más vulnerable ante la macro economía global. Apela a la acogida de idearios liberales demócratas y alternativos. El proceso de integración europea servia de referente cuando los intereses políticos de las naciones se encuentran enfrentados y surge la solución de conflictos por vía de conciliación y uso de la diplomacia.
Las recientes pasadas fases de integración latinoamericana como la Comunidad Andina de Naciones (CAN), la CELAC (Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños), UNASUR (Unión de Naciones Suramericanas). integrando lo continental centro y suramericano, en el contexto universal de América, Europa, Asia, África y Oceanía priorizan en relaciones bilaterales y multilaterales logrando neutralizar las hegemonías geo políticas y desenmascarando el papel de instrumento asumido por la OEA. Por ello se puede afirmar que en esta llamada era Petro, el presidente colombiano busca desarrollar una política internacional como referente de liderazgo internacional, que sea independiente y propia, sin alineamiento internacional con ninguno de los bloques geopolíticos y globalizados. Tal como el analista Fernando Dorado los denomina los bloques imperiales y “semi-imperiales (USA, OTAN, Rusia, China, etc.), para integración de un gran frente internacional especialmente latino e iberoamericano.
LASOBERANÍAALIMENTARIA
Así con ese escenario y situación abordamos el tema de la Soberanía alimentaria. Soberanía alimentaria, soberanía interna y externa del Estado o la soberanía política son algunos de los tipos de soberanía más comunes con respecto a la potestad que tienen los Estados.
Dependamos de grandes empresas que producen alimentos a todos los niveles. No se trata solo de producir y aumentar. No solo se producen alimentos sino mercancías que ganan renta. Existe una gran influencia de commodities. Estos se conocen como productos o material tangible que se puede comerciar, comprar o vender y se usan como insumos que sirven para producir otros, como por ejemplo el petróleo que se utiliza para producir materiales plásticos; o algodón para textiles, o el maíz para bio energéticas, etc. Los hay de agricultura (se obtiene en los cultivos para obtener otros productos), de ganadería (estos son productos cárnicos de origen natural; es decir, animales vivos de los que se obtendrá la carne y otros derivados importantes como el cuero, la manteca y la leche, etc.). Los tenemos como aplicables a nuestro tema sin perjuicio de mencionar que existen commodities de energía, de metales, de índices, de monedas, de finanzas.
En cuanto a soberanía alimentaria predomina es la producción para el consumo interno alimentario en una cadena de producción y para ello se impone en el plano colombiano que la agricultura le arrebate a la ganadería extensiva tierras y así implementar la cadena de producción agrícola en prioridad y en desarrollo de una producción amigable con el entorno humano.
Acorde con el aumento de la producción interna de alimentos corresponde exportar materias primas (commodities). Producir lo que comemos, para eliminar en sus causas a un país con hambre. Se trata de vender y de comprar con el acumulado de dólares para que la economía crezca. En esa dinámica resulta de primordial importancia el control de los puertos y fronteras por parte del Estado. Así se logra generar riqueza en inversiones sin perder de vista que el campo genera trabajo, pero la industria más, contando con ello en el desarrollo agro-industrial.
Resumamos que la soberanía alimentaria nos garantiza ser un país sin hambre; pero conforme a lo planteado económicamente aplicamos lo de soberanos sin desconocer las limitantes de dependencia que nos rodean.
LASEGURIDADALIMENTARIA
Existen diversos enfoques para abordarla debido a los múltiples conceptos que desplazan lo de seguridad. En un esfuerzo por buscar coincidencia de concepto en el derecho internacional, corresponde partir de la etimología latina de la palabra para asumir que seguridad alude a la ausencia de riesgo, amenaza o peligro. Seguridad es confianza que perdura al prever todo aquello que pueda perturbar o atentar el estado de bienestar que el ser humano debe disfrutar y percibir lo indispensable, no solo para sobrevivir (de libertad y vida alude la Constitución Política Argentina) sino más allá, hacia una calidad de vida en lo sano, lo activo y en prosperidad. No podemos circunscribirla al acertado manejo de la agricultura, por ejemplo, utilizando recursos y manejos gerenciales de estrategias. No aplica a la seguridad alimentaria el manejo psicosocial utilizado al abordar otra seguridad como la urbana.
Seguridad alimentaria técnicamente hablando se refiere a la existencia veraz de provisiones de consumo humano, contando con la capacidad de producir alimentos suficientes, para una población existente y variable superando crisis económicas y problemas de gobernanza o ingobernabilidad. Ha de contarse con el conocimiento seguro y claro de disponibilidad y acceso de esas provisiones, así como de obtenerlos bien sea produciéndolos o comprándolos. Proyecta la producción y obtención en cantidades suficiente para cubrir las necesidades de la población y el acumulativo de excedente. Esto, por cuanto el consumo es la acción de utilizar, gastar, los alimentos como bienes y servicios.
Ante lo exponencial o dificultades que provienen del consumo, los alimentos se agotan al momento de consumirse. La seguridad alimentaria implica el que no se acaben. Los expertos económicos, asimilando experiencias de superproducción y escasez, nos permiten hacer propias medidas de preservación ante los fenómenos de aumento en la productividad, la bajada en la demanda, un alto índice de desempleo que frena la capacidad adquisitiva de la población, previéndose lo transitorio mediante adecuadas fórmulas de almacenamiento. Citando al sociólogo norteamericano Jeremy Rifkin: “gran parte de la población mundial no produce, pero sí consume”.
Seguridad alimentaria y medio ambiente van unidos. También se extiende a aspectos de seguridad nacional Hago un esfuerzo por no adentrar en el modelo económico y la economía política capitalista para referirme a por qué motivo escasean los alimentos. Partiendo del presupuesto que implica la degradación de suelos, la escasez de agua, la contaminación atmosférica, el cambio climático, la explosión demográfica, la carencia de bienes y recursos, las crisis económicas y políticas gubernamentales erradas. Por ello continuemos el desarrollo del tema asumiendo el reto de la insuficiencia de alimentos para significar que se da inseguridad alimentaria leve, inseguridad alimentaria moderada, cuando merma la capacidad de obtener alimentos y la inseguridad alimentaria grave cuando la calidad y la cantidad de alimentos no solo se ve comprometida sino que no existen, llegándose a grados de perversidad e injusticia al existir población en miseria que no tiene acceso ni a una comida diaria; hechos o sucesos que exponen un cuadro de iniquidad, injusticia social inaceptable. Es un derecho de los pueblos a adquirir y defender sus sistemas alimentarios sostenibles Ese es el cuadro de desolación y de miseria que aflige a parte de la población colombiana y por eso luchar contra el hambre es prioritario.
LALUCHACONTRAELHAMBRE
Las guerras, los enunciados de “escasez mundial de alimentos” y las amenazas de hambrunas en el mundo; el papel de líderes políticos, los intereses de los mega bancos, corporaciones, transnacionales, engrasados en un sistema globalista de injerencia en repartirse y dominar el mundo, utilizan sistemas de desinformación e incomunicación que con la capacidad mediática de enunciarlo hacen que se disparen los precios de alimentos, insumos, fertilizantes, etc. La dictadura mediática que padecemos en Colombia en favor del conservadurismo militarista y de derecha tiene su cordón umbilical en los medios de intoxicación masiva mundiales. Un monopolio de consorcios que dominan el mercado conlleva control, con manipulación de oferta, sumado a la inflación provocada haciendo que cada vez un mayor índice de la población mundial sufra hambre.
Los autores Win Dierckxsens y Walter Fomento, 11 de agosto de 2022, publicaron el artículo “El hambre como última arma globalista”. Pido licencia para a continuación trascribir apartes con alusiones al texto y respeto a la fuente de autoría:
“La guerra en Ucrania de algún modo hizo público que Rusia y Ucrania representan el 14 % de la producción mundial de cereales y hasta el 29 % de las exportaciones mundiales de cereales. Reveló, además, que aportan el 17% de las exportaciones de maíz y el 14% de la cebada. Mientras occidente fue en busca del tesoro ruso, otros se dieron cuenta que el 76% de los productos de girasol del mundo provienen de estos dos Estados. Rusia, además, domina el mercado de los fertilizantes, con una participación global de más del 50%, lo que explica por qué el bloqueo ha causado profundos problemas agrícolas en lugares tan lejanos como Brasil.
“Líderes políticos, mega bancos y corporaciones transnacionales globalistas con sus sistemas de desinformación e incomunicación están emitiendo advertencias simultáneas acerca de una «escasez mundial de alimentos» y la amenaza de hambrunas en el mundo. El solo hecho de poder comunicarlo ya hizo disparar los precios de los granos. Luego, los pocos consorcios que dominan el mercado ya pueden manipular la oferta, de manera tal que cada vez mayores sectores de la población mundial sufran hambre. Por ello es preciso saber, en primer lugar, que la inflación o aumento de precios al consumidor comenzó bien antes del conflicto en Ucrania y se debe en primer lugar a la expansión monetaria –emisión sin respaldo- de los bancos centrales como la FED, el BCE y el Banco Central de Japón BOJ-. La forma como miden el IPC además es sesgada y refleja aproximadamente la mitad de la tasa real. La inflación provocada a partir de 2021, debido a la expansión monetaria o impresión de dinero sin respaldo de la Reserva Federal en primer lugar, ha sido suficiente para causar un daño increíble a muchas economías nacionales. Es preciso saber que los precios de los insumos agrícolas como fertilizantes, abonos, etc., están por las nubes debido a las sanciones económicas de los países de la OTAN a Rusia. Si a ello se agrega la sequía extrema y no solo en Europa. Llama la atención que Rusia y China y con ello los BRICS, se encuentran fuera de ese panorama negativo (En economía internacional se emplea la sigla BRICS para referirse conjuntamente a Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica. Explico).
“El Multipolarismo (subrayo) está en condiciones de amortiguar una hambruna en África con lo que también van a perder los globalistas esta guerra. Es un continente que cuenta con grandes reservas mundiales de trigo. Ante los ojos del mundo el Multipolarismo ofrecerá soluciones a la crisis alimentaria que el Unipolarismo globalista está fomentando. En semejante entorno muchos países de África buscarán afiliación a los BRICS. Las Élites Financieras Globales y, su brazo armado, la OTAN ya han perdido la guerra económica con Rusia, China, etc. Frente a la derrota en la guerra económica con Rusia, las Élites Globales en los gobiernos, las corporaciones transnacionales y sus CEO´s, (CEO es un ejecutivo-instrumento que vela por su empresa, la impulsa “creativamente”, explico) bien representados en el Foro Económico –Financiero- Mundial (FEM) de Davos, están presionando para impulsar el desmantelamiento de la producción agrícola existente bajo el pretexto del ´Cambio Climático’. El Foro Económico Mundial de Davos procura desarticular hoy el suministro de alimentos. Esta agenda ambiental no es salvar el clima, sino transformar el planeta y centralizar el control sobre su población y la mejor forma de lograrlo es a través de hambrunas. Los gobiernos operan en connivencia con los CEO´s de las grandes corporaciones que obtienen las tierras a precio de ganga como es el caso del señor neo-feudal Bill Gates. (¿Cómo enfocar esto en Colombia?, pregunto. La respuesta está en la funesta política contrainsurgente y devastadora guerra contra las drogas, respondo)”. Fin de la cita.
LASITUACIÓNACTUAL
La apertura económica de la derecha neo liberal hacia los años de 1.990, con Cesar Gaviria de impulsor, destruyó la industria textil que se construyó durante más de sesenta años y destruyó la agricultura prospera de cultivos como el algodón, el sorgo, la soya, el ajonjolí, el maíz, el frijol, la cebolla, la papa y afectó hasta el café.
En otros frentes, el propio presidente Gustavo Petro y la bancada de gobierno en el Congreso han postulado la idea de un Acuerdo Nacional que además de las reformas implique concertar el Plan Nacional de Desarrollo (PND) en tres principales ejes estratégicos a saber: uno directamente relacionado con la paz; un segundo pilar, al que el gobierno ha llamado justicia ambiental; y el tercero, de justicia social. Esto, estaría a su vez soportado en seis lineamientos que son: ordenamiento territorial hacia la paz total, seguridad humana y justicia social; derecho humano a la alimentación, bajo la égida de la seguridad alimentaria, transición energética y crecimiento verde con justicia ambiental; convergencia social-regional y estabilidad macroeconómica.
No es dable separar la “oferta agrícola” de la mediana y pequeña propiedad. A nivel mundial la oferta agrícola presenta un panorama descompuesto, desconcertado, requiriendo de esfuerzo integracionista, mancomunados con el equilibrio ecológico. Nos encontramos ante la cruda realidad del hambre provocado, generando escasez y aumentos de precios, causando inseguridad alimentaria incluso en los llamados “países centrales”.
En la teoría de sistemas mundiales, los países centrales controlan y se benefician del mercado global. Son reconocidos como naciones ricas con una amplia variedad de recursos y se encuentran en una ubicación favorable en comparación con otros estados. Tienen fuertes instituciones estatales, un poderoso ejército y poderosas alianzas políticas globales. Los países centrales son los países capitalistas de los que dependen los países periféricos que son los menos desarrollados, no industrializados y reciben muy poco de la riqueza mundial y los países semiperiféricos, son los países industrializaos capitalistas. Se sitúan entre los centrales y los periféricos. Los únicos países semiperiféricos en América Latina son: México, Brasil y Argentina. (Clasificación tomada de Wikipedia).
PROPUESTASYPROYECTOS
Los proyectos agro industriales en Colombia son numerosos. Acudo a propuestas tomadas de experiencias de expertos y difundidas por técnicos agrícolas para como abogado ponente complementar lo jurídico político expuesto.
A continuación, ilustro sobre algunas propuestas que el biólogo colombiano Abraham Giraldo recomienda:
El trabajo en Minga. Por Minga se entiende un esfuerzo colectivo de participación en actividades políticas, sociales y también de producción. En este campo los indígenas y campesinos se organizan en torno a poner a producir sus parcelas. Un día prestan el trabajo comunitario para sacar adelante un predio, fundo o finca. Todos aportan la mano de obra gratuita para la primera parcela. Entre todos la adecuan, dejándola lista para la operación de siembra o lo requerido. El dueño de esa parcela pasa a otra parcela a hacer lo mismo que le hicieron en la suya y así sucesivamente se rotan la labor mancomunada, incluyendo, adecuación, siembra, recolección de cosechas. Esta experiencia de coproducción regenera el tejido social, hace solidarias a las familias, mantiene control para evitar la sobre o super producción y estimula la comercialización, con ayuda de centro de acopio y eliminación de intermediarios.
El uso de invernaderos (viveros) sobre la energía que concentran las pirámides y ello contribuye a la germinación de semillas y el trasplante de plántulas, estadio en que las semilla rompe y germina. Este uso representa ahorro para pequeños cultivadores campesinos pues los invernaderos cubiertos de plástico resultan más costosos. Permite el manejo del “humus” conocido como la tierra negra, mezclado con ingredientes como cascarilla de arroz y un poco de arena, aplicando cuidados para que en las áreas cultivadas las plantas extiendan sus raíces y se beneficien. Son técnicas aplicadas -como podríamos también mencionar el goteo- a cultivos como el maíz, frijol, soya y mil productos más que permiten que el agro así manejado produzca rentabilidad. Se habla también del uso del cuarzo llamado “cristal de poder” o “maestro curandero” por las emisiones de vibración curadoras y de efecto en el crecimiento de las plantas. También se usan las pirámides de cobre como conductor de electricidad.
Entre otras muchas propuestas que consolidan la seguridad y soberanía alimentaria tendríamos:
Fortalecer e implementar totalmente el programa de Desarrollo Rural Integrado (DRI) a nivel nacional, el cual tendrá un gran impacto sobre la productividad y el nivel de vida de los pequeños productores rurales en Colombia. Este es un programa social del Estado para la agricultura tradicional en favor del campesinado. Contempla soluciones en los territorios rurales en cuanto a salud, alimentación y nutrición, educación, infraestructura de vías de acceso y salida a los centros de acopio, acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Tics) y la creación de centros de acopio para recepción de los productos producidos y que incluyan el suministro de semillas, insumos, fertilizantes, abonos, etc., todo con la asesoría de las organizaciones gubernamentales, campesinas y sociales existentes en los territorios rurales.
Fortalecer y hacer operativo el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (FINAGRO), haciendo extensivo efectivamente sus beneficios al campesinado productivo. FINAGRO es la entidad financiera de desarrollo para el sector agropecuario y rural colombiano que otorga recursos, a través de intermediarios financieros (bancos, cooperativas e intermediarios micro financieras), para que estos a su vez otorguen créditos a los empresarios del campo con el propósito de apoyar el desarrollo de sus proyectos productivos. Incrementar el otorgamiento de estos recursos y/o financiaciones a través del Banco Agrario, entidad financiera del Estado.
Entregar a víctimas del conflicto armado colombiano, tierras confiscadas a narcotraficantes y paramilitares. Como primer caso simbólico, el pasado 29 de octubre de 2022, el presidente Gustavo Petro entregó a 50 familias campesinas en conjunto con la entidad oficial Sociedad de Activos Especiales (SAE), el predio Hacienda Támesis que consiste en una finca que se extiende sobre 590 hectáreas de tierra.
TEGNOLOGIAMODERNAPARACULTIVAR.
Existen modalidades ingeniosas para remover la tierra, los fertilizantes orgánicos, climatizar y las aguas de riego especiales totalmente purificadas. Se investiga en Internet. Germinación de semillas y trasplante de las mismas; retenedores de abono, fabricados con material plástico reciclado los cuales están exentos de impuesto.
Si sumamos las familias que están en la extrema pobreza, les damos tierras, recursos con bajos intereses, invernaderos y capacitación en cultivos orgánicos, además para que no se presente super producción y se tenga un buen equilibrio en las cosechas, podemos atender la demanda nacional e internacionalmente con parámetros supervisados. Con estos usos se mejoran las tierras en tenencia. Es la oportunidad a brindar a cientos de miles de desplazados que agudizan el conflicto social por falta de recursos de subsistencia. ¡Volver al campo!
Destaco el aporte en documentos de investigadores como el citado Abraham Giraldo, quien ante la escasez de fertilizantes, abonos e insumos recomienda el uso, a niveles, del Aceite de Neem. Este es un aceite vegetal procedente del árbol de Neem originario de la India y que se adapta en todos los climas tropicales. Se obtiene a partir de los frutos y las semillas del árbol y constituye uno de los aceites con más propiedades terapéuticas e insecticidas que existen. Es un insecticida ecológico para cultivos. Me doy a la tarea de resumir sus aportes así: “En la agricultura, el aceite de Neem, la fruta y diferentes productos tales como torta de semilla se utilizan como biopesticidas, fungicidas y abonos orgánicos. Los científicos prevén que el árbol de Neem creará una nueva era en el control de plagas y de este modo resolverá otros problemas ecológicos que afectan al mundo. Recientemente, un gran número de empresas agro-químicas se han dado cuenta del potencial del Neem y ha habido un creciente interés hacia el neem como una alternativa ecológica a los pesticidas industriales. Por las propiedades pesticidas del neem, este aceite también puede acabar con ácaros, moscas blancas, pulgones y otros tipos de insectos de cuerpo blando por contacto”.
Propiedades de la nuez de macadamia, aplicaciones y beneficios. Es un árbol pequeño nativo de Australia.
Confieso que apasiona conocer tan variada modalidad en lo agropecuario. Se puede lograr la implantación de productos a ciento por ciento orgánicos. Salta a colación el tema de la producción avícola. Las aves son igualmente seres sintientes. Atroces resultan los procedimientos para engordarlas con fines de ganancia económica al no permitirles movimiento. Aplicación de otro método como el de cortarles las alas convirtiéndolas en una bola de grasa para garantizar menos consumo de energía y mayor peso. Es posible sin esos métodos obtener pollos más exquisitos, saludables y no degradado.
Por lo extenso en detallar cada uno de los recursos a aplicar en un campo innovador en materia de producción alimentaria y por el acumulado extractado resultado de la actividad de consultas y lecturas investigativas, me permito enunciar sin desarrollar, las siguientes: Zona industrial para cada socio, planta para la producción de gas metano a base de bio digestores bajado del Internet, modelo de bio digestor fabricado bajo modelos en la empresa Universal de Maquinaria, modelo de casas prefabricadas por Universal de Maquinaria, laguna artificial para tener reserva de agua en el centro de producción, lago para levante de peces y al mismo tiempo que sea recreativa, liofilización de alimentos.
La liofilización es una técnica de conservación de alimentos basada en el desecado de determinados materiales por medio de la sublimación del agua contenida en éstos. Para fabricar liofilizadores cual equipos que extraen el agua de cualquier producto sin que pierdan sus nutrientes. También sobre innovaciones en la cría de cerdos. Ganadería sostenible con el uso de forraje como alternativa para tener alimento para el ganado y vistos en programas agrarios de televisión. Un bio digestor, diseñado por Abraham Giraldo. Planta para liofilizar productos del agro. Sistemas para obtener almidón de yuca, sacar el almidón y queda el afrecho, el cual sirve para obtener concentrado para animales y en mil usos. En esta planta liofolizadora también se puede sacar maicena, producto que sale del maíz. Estos dos productos son de consumo masivo para la industria de las panaderías, etc.
Por último, volver a la aplicación de granjas integrales que se pueden describir así: un terreno de aproximadamente diez hectáreas, con cuatro vacas lecheras, seis cerdos, gallinas y siembras de huertas y de pan coger. Se cumple un ciclo aprovechando las heces de los animales, convertirlas en abono, produciendo gas metano, que a su vez alimenta el fogón u hornos para hacer el pan. Todo sin perjuicio de ampliar proyecciones en ciclos eficientes de creatividad y de productividad.
Asistimos al reto de difusión pedagógica con vehículos organizativos partidarios y de masas. Todas así, resultan ser sugerencias consultadas y traídas a colación con la finalidad de aportar en proyecto y tareas concretas a realizar para hacer realidad los temas de dedicación de la presente ponencia: la soberanía y seguridad alimentaria acorde con el medio ambiente.
BIBLIOGRAFIA
1.Seguridad industrial (SIL) por Andrés Giraldo García. Seguridad ocupacional. Editorial: Ecoe Ediciones 2014Idioma: Español
2.La empresa agroindustrial en Colombia: caso jurisdicción. Cámaras de comercio Facatativa y Girardot (Cundinamarca) y comparación con tres territorios. Autores: Luis Fernando Camacho Oliveros. Fanny Gomez Sabogal. Tesis. Fundación Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano. Vicerrectoría de estudios de postgrado. Maestría en Mercadeo Agroindustrial Bogotá DC.2.012
3.Noticias y artículos sobre evaluación de proyectos agrícolas. Internet
4.La Crisis del Globalismo puede dar paso a una revolución mundo?, Multipolarismo y el regreso del Reino Medio. Win Dierckxsens y Walter Fomento, Publicado el 17/12/2021, Centro de Investigaciones en Política y Economía (CIEPE).
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
El 5 de noviembre del 2022, el Presidente de Colombia sancionó con su firma el Acuerdo de Escazú, luego de que fuera aprobado por las dos cámaras del Poder Lesgislativo colombiano (véase nota oficial difundida por la cancillería colombiana).
Como se recordará, el Acuerdo de Escazú fue adoptado en marzo del 2018 en Costa Rica por 33 delegaciones de América Latina y del Caribe: se trata de un tratado regional de 26 artículos (el texto se encuentra disponible en este enlace) que busca implementar el Principio 10 de la Declaración de Río de 1992 sobre participación pública en materia ambiental. El Acuerdo de Escazú entró oficialmente en vigor el 22 de abril del 2021, con 12 Estados Parte, siendo Argentina y México los dos Estados que permitieron alcanzar la cifra necesaria para su entrada en vigor (el estado actual de firmas y ratificaciones está disponible en este enlace oficial de Naciones Unidas).
Siempre durante este mismo mes de noviembre del 2022, durante la COP27 celebrada en Egipto, la misma región de América Latina y del Caribe se expresó a través de la Comunidad de Estados de América Latina y del Caribe (CELAC) mediante un documento oficial, titulado «Documento Oficial de la Reunión de Altas Autoridades de Cambio Climático de la CELAC» con fecha del 9 de noviembre del 2022 (véase enlace), en el que se lee, en el punto 6 que los Estados de la región:
«6. Reconocen el avance de los países de la región en la lucha por la justicia climática mediante la entrada en vigor del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y El Caribe«.
Esta forma de presentar, en el marco de una conferencia mundial sobre cambio climático, los avances del Acuerdo de Escazú en la región es digno de saludar por parte de la CELAC (y de los 33 Estados que integran este foro regional), denotando la activa labor desplegada en el seno de la CELAC por parte de los 13 Estados Parte al Acuerdo de Escazú. En la cumbre anterior celebrada en Glasgow (Escocia), en noviembre del 2021, un evento sobre el Acuerdo de Escazú (véase programa) reunió durante la misma COP26 a delegados y a diversas entidades de cooperación internacional, bajo los auspicios de la Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (más conocida como CEPAL).
Cabe indicar que en la última semana del mes de noviembre del 2022, el Acuerdo de Escazú focalizará la atención de gran parte de organizaciones de la sociedad civil y de entidades internacionales, al celebrarse en Quito el «Primer Foro Anual de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos en Asuntos Ambientales» en el marco del Acuerdo de Escazú (véase programa preliminar así como el enlace oficial para poder participar).
Breve recuento del trámite de adhesión en Colombia y de Chile
El pasado 10 de octubre del 2022, en Colombia, la Cámara de Representantes aprobó el Acuerdo de Escazú (véase nota oficial de su Congreso): la votación registró una abrumadora mayoría de 119 votos a favor y tan solo uno en contra. Semanas antes, en el Senado colombiano esta vez, en segundo debate, la aprobación del Acuerdo de Escazú había registrado 74 votos a favor y 22 en contra (véase nota de El Nuevo Siglo, del 26 de julio del 2022).
«Sancionado» por el Poder Ejecutivo, el trámite de aprobación del Acuerdo de Escazú prevé una formalidad adicional, y es su examen detallado por parte de la Corte de Constitucionalidad. Con respecto a esta última, un extenso artículo sobre la Constitución colombiana de 1991 y el Acuerdo de Escazú (y cuya lectura se recomienda a nuestros colegas constitucionalistas), elaborado por dos juristas colombianas, explica cuán complementario y armónica resulta la relación entre ambos textos (Nota 1). Hacemos desde ya un llamado a colegas a replicar este tipo de ejercicio en otras latitudes del continente con otras constituciones de América Latina.
Estas noticias provenientes de Colombia para el Acuerdo de Escazú recuerdan otras registradas a mediados del 2022. En efecto, en la última semana del mes de junio del 2022, la Secretaría General de Naciones Unidas procedió a actualizar el estado oficial (véase enlace) de las firmas y de las ratificaciones del Acuerdo de Escazú: desde el 13 de junio, por parte de la Oficina de Tratados de la Secretaría General de Naciones Unidas, fue registrado el instrumento de adhesión depositado formalmente por el Poder Ejecutivo de Chile.
La forma con la que Colombia se apresta a ser muy pronto Estado Parte y con la que Chile adhirió al Acuerdo de Escazú en junio pasado, así como el nivel de consenso con el que se aprobó en ambos Estados, plantean ahora algunas interrogantes muy válidas: en particular en los Estados en los que los detractores al Acuerdo de Escazú refirieron a la discusión enardecida en Colombia (y anteriormente en Chile), como un «argumento» para no aprobar este tratado regional. Al respecto, el documento «Mitos y Verdades / Acuerdo de Escazú» circulado en abril del 2022 dentro de la Cámara de Diputados de Chile (véase enlace) por parte de promotores de este tratado da una idea del nivel de creatividad de los detractores a este tratado en Chile.
Con relación a Costa Rica, la adhesión de Colombia después de la de Chile la coloca en una situación aún más aislada e incómoda, confirmándose, de paso, la pronunciada soledad del Poder Judicial costarricense en América Latina, tal y como lo precisaremos a continuación. Es tal el malestar y el disgusto que genera en algunos círculos políticos costarricenses el Acuerdo de Escazú, que en una reciente entrevista publicada en El País de España, el actual titular de la cartera ambiental de Costa Rica, sugirió cambiarle el nombre a Acuerdo de Escazú: se lee textualmente que “Yo sugiero que le cambien de nombre, si quieren” (sic.): véase el artículo conteniendo dicha entrevista, publicado en la edición del 2 de septiembre del 2022.
Un detalle sobre números que merece mención
Más allá de las cosas que a veces un ministro de ambiente costarricense declara a medios internacionales de prensa, un pequeño recuento de números se impone: además de las precitadas votaciones registradas en ambas cámaras en Colombia, resulta oportuno precisar los números obtenidos en las dos cámaras del Poder Legislativo chileno en menos de 20 días en el mes de mayo del 2022 en favor del Acuerdo de Escazú:
– el 11 de mayo, la Cámara de Diputados lo aprobó con 105 votos a favor, 34 en contra y 3 abstenciones;
– el 31 de mayo lo aprobó el Senado con 31 votos a favor, 3 en contra y 11 abstenciones:
Estas mayorías indiscutibles evidencian que los supuestos «argumentos» en contra del Acuerdo de Escazú oídos en su momento en Santiago y en Bogotá ya no impresionan sino a unos muy pocos, y que forman parte del pasado. Y sobre todo, estas aplastantes mayorías ilustran el hecho siguiente: cuando un Poder Ejecutivo (a diferencia del actual Poder Ejecutivo costarricense y de su predecesor) se toma el tiempo de explicar los alcances de este tratado, y de desmenusar los supuestos «argumentos» en contra, estos últimos no logran sostenerse por mucho tiempo: se desvanecen, como la bruma de la mañana al salir los primeros rayos del sol.
A su vez, estas cifras alcanzadas en Colombia y en Chile recuerdan que en noviembre del 2020, el Senado de México aprobó el Acuerdo de Escazú por unanimidad (véase comunicado oficial de su Senado), que en septiembre del 2020, en Argentina, la votación en la Cámara de Diputados registró 240 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones (véase nota oficial) y que en el 2019, el Parlamento bicameral de Uruguay lo aprobó por unanimidad (véase ficha técnica).
Como indicado anteriormente, desde el 13 de junio del 2022, gracias a Chile, el número de Estados Partes al Acuerdo de Escazú se elevó a 13, y Colombia se apresta a ser el número a 14 en los próximos meses de este 2022.
Una anhelada rectificación
La aprobación del Acuerdo de Escazú constituye un gran logro de los actuales Poderes Ejecutivos en Colombia y en Chile. En el caso de este último, esta aprobación puso fin a una innecesaria polarización que se inició a mediados del 2018 con la rotunda negativa de las autoridades chilenas de tan siquiera firmar este instrumento regional de vanguardia para la región y para el mundo.
De muy poca grata memoria, cabe recordar que en el mes de septiembre del 2018, Chile ni siquiera envió a un delegado a la gran ceremonia oficial en la sede de Naciones Unidas en Nueva York de apertura oficial del Acuerdo de Escazú a la firma de los 33 Estados Miembros de la Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina (CEPAL): un gesto insólito por parte de una desconcertante administración como la del Presidente Sebastián Piñera, jamás observado antes en el recinto de la Asamblea General de Naciones Unidas.
La movilización de un importante sector de la sociedad civil chilena solicitando que el Poder Ejecutivo reconsiderara tan insólita posición (véase carta colectiva que circuló en septiembre del 2018) no logró mayor efecto. El hecho que, desde el Vaticano, la Conferencia Latinoamericana de Religiosos (CLAR) reiterara en el 2020 a Chile (y a los demás Estados de la región) la necesidad de aprobar el Acuerdo de Escazú (véase nota del VaticanNews) conoció la misma suerte: sobre este último llamado hecho desde una entidad cercana al Vaticano, resulta de interés observar que no todas las cúpulas de la Iglesia Católica le dieron eco en algunos Estados de América Latina, y que varias agrupaciones políticas en América Latina que – al menos oficialmente – se reclaman de la Doctrina Social de la Iglesia hicieron caso omiso de esta excitativa.
Escazú: un instrumento de vanguardia
Escazú ha sido descrito por numerosos especialistas como un instrumento moderno en materia de gestión y de gobernanza ambiental (Nota 2).
Pero tal es el carácter visionario de Escazú que el pasado 24 de junio del 2022 se anunció por parte de la Comisión Económica de Naciones Unidas para Europa (UNECE) la designación de un relator sobre personas defensoras del ambiente (véase comunicado oficial de la UNECE), inspirándose en los debates y en los logros inobjetables e incuestionables alcanzados en el Acuerdo de Escazú, no contemplados en la Convención de Aarhus (Nota 3). Como bien se recordará, Escazú (2018) es el equivalente para América Latina y el Caribe del Aarhus (1998) en Europa.
Una evidencia más de la visión meridiana que tuvieron, y ello desde sus inicios, los Estados que gestaron el Acuerdo de Escazú, y que debería reforzar en América Latina y el Caribe, la convicción de su urgente y muy necesaria aprobación.
En el mes de abril del 2022, la CEPAL difundió una guía de implementación (de casi 200 páginas) del Acuerdo de Escazú, de lectura muy recomendada para organizaciones sociales, así como para entidades públicas y público en general interesado: sugerimos hacerle llegar (discretamente …) una copia al actual titular de la cartera ambiental en Costa Rica.
En los primeros días del mes de julio, fue Argentina la que anunció (véase nota de prensa) una consulta pública de cara a mejorar su estrategia nacional sobre cambio climático, una consulta que se inscribe dentro de los lineamientos del Acuerdo de Escazú.
Sean o no Estados Partes al Acuerdo de Escazú, la implementación del Artículo 9 que versa sobre la protección a los defensores del ambiente debería interesar de manera urgente a muchos Estados en los que, semana tras semana, son asesinadas personas que alzan la voz en defensa de su comunidad; y otros Estados en los que lideres de pequeñas comunidades urbanas, campesinas y/o indígenas (muchas veces mujeres) sufren distintas formas de presión y de intimidación cuando reclaman por el cumplimiento de la legislación ambiental vigente.
En el caso de Costa Rica, un reciente informe presentado por el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas en septiembre del 2022 recomienda a Costa Rica ratificar sin mas preludios el Acuerdo de Escazú, ante la situación de total indefensión que sufren líderes de varias comunidades indígenas costarricenses, dos de ellos habiendo sido asesinados en menos de un año entre marzo del 2019 y febrero del 2020 (Nota 4).
En junio del 2012 el vehículo de José Menéndez y de Sonia Bermúdez fue incinerado. Esta pareja había denunciado el madereo así como la extracción de piedras del río Banano en Limón. Foto extraída de este artículo del Semanario Universidad del 6 de abril del 2021 sobre el Acuerdo de Escazú. Como suele ocurrir en Costa Rica, 10 años después, la impunidad campea en este caso, como en muchos otros en los que ecologistas son objeto de acciones de esta naturaleza.
Recientemente en Argentina, medidas de protección fueron solicitadas para proteger a una defensora ambiental desde una entidad estatal (véase nota del 25 de julio del 2022): una actitud del Estado que resultaría sumamente oportuno extender a muchas personas más en otras latitudes del continente americano.
Chile y Colombia avanzan con Escazú…
En el mes de junio del 2022, Chile logró realizar el depósito de su adhesión en Naciones Unidas pocos días después de las festividades del Día Internacional del Ambiente. Es de notar que otros Estados, al igual que Chile, al ratificar el Acuerdo de Escazú tuvieron el esmero de depositar su instrumento formal de ratificación en Naciones para fechas simbólicas para el Ambiente y para el mismo Acuerdo de Escazú (Nota 5).
Días antes del 5 de junio, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Chile emitió también una instrucción ( véase texto) que debería desde ya inspirar a muchos otros Estados de América Latina sobre participación de las comunidades afectadas o potencialmente impactadas.
Es también de destacar que el 22 de junio del 2022, las tres titulares de carteras ministeriales chilenas (Ambiente, Relaciones Exteriores y Justicia) se reunieron para elaborar una hoja de ruta de cara a la implementación del Acuerdo de Escazú (véase comunicado oficial del Ministerio de Justicia). Unas semanas antes, el titular de la cartera de Agricultura de Chile externó criterios (véase comunicado oficial) sobre el Acuerdo de Escazú que debería inspirar a algunos de sus homólogos en América Latina a cambiar de parecer, al sostener que:
«los conflictos se basan en la falta de confianza entre los actores y para eso es fundamental la información y la participación. Este tratado nos obliga a cumplir fielmente la participación e información para las decisiones ambientales sustentables de un ministerio comprometido con la agricultura verde«.
No cabe duda que el Acuerdo de Escazú ha encontrado en Chile en este 2022 a uno de los equipos de gobierno que mejor entiende el alcance de su contenido y ejemplifica a los demás cómo implementar y materializar los principios que enuncia. Después de la primera Conferencia de las Partes (COP) celebrada en Chile en abril del 2022 que tuvimos la oportunidad de analizar, la segunda se realizará … también en Chile en el 2024, al tiempo que una reunión intermedia se realizará en el 2023 en Argentina.
Dada la cercanía de los procesos en Chile y en Colombia, es muy probable que la destacada labor desplegada por la actuales autoridades de Chile inspire a decisores políticos en Colombia a penas que se deposite oficialmente en Naciones Unidas el correspondiente instrumento de adhesión. Al igual que en Chile, el nuevo Poder Ejecutivo de Colombia procedió a explicar los alcances de este tratado regional, poniendo en evidencia los titubeos, zancadillas y maniobras de todo tipo gestadas desde el mismo Poder Ejecutivo colombiano saliente. Así lo dejó entrever tempranamente quien asumió desde el 20 de julio del 2022 la Presidencia del Senado de Colombia en una entrevista. Al igual que en Chile, la contundencia de las cifras obtenidas en ambas cámaras en Colombia exhibe la debilidad de las «razones» para oponerse a Escazú.
… y se abren perspectivas para Escazú
En el Caribe de habla hispana y latino, Haití y República Dominicana se mantienen sin haber aprobado el Acuerdo de Escazú en sus respectivos congresos, al tiempo que Cuba ni siquiera lo ha firmado.
En la Región Andina, Perú se encuentra ahora como único Estado en no haber aprobado el Acuerdo de Escazú. De igual forma, Brasil, Paraguay y Venezuela: la dramática paréntesis que supone en Brasil la gestión del Presidente Bolsonaro para el ambiente y los derechos humanos (Nota 6) concluirá en este 2022, abriéndose la puerta para una discusión serena sobre el Acuerdo de Escazú. Notemos que Venezuela, a diferencia de Brasil y de Paraguay, ha optado por ni siquiera firmar este tratado.
En América Central, además de la situación particular de Costa Rica que analizaremos más adelante, El Salvador y Honduras siguen con un Ejecutivo que a la fecha tampoco ha firmado el Acuerdo de Escazú. Guatemala por su parte lo ha firmado pero el trámite de aprobación (al igual que en Costa Rica), se mantiene suspendido debido a la fuerte oposición de parte del sector empresarial y de sus relevos políticos.
Con relación a Honduras, la firma del Acuerdo de Escazú constituye un gesto político de importancia que bien podría materializarse en el futuro, si se considera que la fecha del 4 de marzo para adoptar el Acuerdo de Escazú en el 2018, se escogió como un homenaje de América Latina y del Caribe al natalicio de Berta Cáceres, lideresa hondureña lenca asesinada en Honduras en el 2016: el autor intelectual de este asesinato fue condenado el pasado 21 de junio (véase nota de la BBC), al tiempo que persisten dudas sobre las reiteradas negligencias de las entidades bancarias europeas a cargo del proyecto hidroeléctrico de Agua Zarca. El 30 de junio del 2022, la ONG Human Rights Watch envió una larga petitoria a las autoridades hondureñas (véase texto) que solicita la firma y pronta aprobación del Acuerdo de Escazú, al señalar que:
«Al menos 10 defensores de derechos humanos fueron asesinados en 2021, indicó la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), mientras que 199 defensores de derechos humanos sufrieron hostigamiento, amenazas o ataques ese mismo año. De esa cifra, el 80 % defendía derechos sobre la tierra o ambientales. En casi todos los casos, las amenazas y los ataques contra los defensores de derechos humanos quedan en la impunidad«.
En los primeros días del pasado mes de julio del 2022 se informó de campañas de información en Honduras sobre el Acuerdo de Escazú (véase nota de La Tribuna de Honduras) que deberían de poderse replicar en otras latitudes. Cabe reiterar que Honduras, al igual que Cuba, El Salvador y Venezuela permanecen entre los Estados que no han firmado tan siquiera el Acuerdo de Escazú.
Foto: El nuevo Presidente de Chile Gabriel Boric y Constance Nalegach, ex negociadora del Acuerdo de Escazú durante su proceso de discusión (2012-2018) en la ceremonia oficial de la firma del Acuerdo de Escazú, en el Palacio de la Moneda, celebrada el 18 de marzo del 2022 (foto extraída de redes sociales).
Finalmente, es menester citar este documento oficial elaborado por las autoridades de Ecuador en el 2021 sobre cómo implementar el Acuerdo de Escazú y referir, en el caso de Ecuador, a foro que se reunirá en Quito a finales de noviembre del 2022 sobre defensores de derechos humanos en asuntos ambientales (al que referimos en la introducción de este artículo).
Costa Rica y Escazú: interrogantes y situación más que incómoda
No está de más reiterar que los siguientes Estados han firmado el Acuerdo de Escazú y se niegan a la fecha a aprobarlo sus respectivos congresos: Brasil, Costa Rica, Guatemala, Haití, Paraguay, Perú y República Dominicana. Observar a Costa Rica en… ¿semejante lista de Estados renuentes a proteger los derechos de quienes defienden el ambiente? Así como se lee.
Con relación a la reciente contienda acaecida en octubre del 2022 entre Chile, Costa Rica y Venezuela para ser electos miembros del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (quedando al final electos Chile y Costa Rica), la carta de candidatura oficial de Costa Rica ante Naciones Unidas (véase enlace) omitió toda referencia al Acuerdo de Escazú: una omisión más que llamativa si revisamos la carta oficial de candidatura presentada por Costa Rica para estas mismas elecciones en el año 2019, en la que sí se refirió al Acuerdo de Escazú (véase documento, punto 16).
Se hubiera podido pensar, en el caso de Costa Rica, que la ejemplar adhesión de Chile (y la muy pronta a materializarse en Colombia) surta efectos en la discusión en el seno de su Poder Legislativo, tal y como se explicó en su momento con ocasión del Día Internacional del Ambiente en este 2022.
Lamentablemente, iniciativas legislativas recientes (y promovidas desde el Poder Ejecutivo costarricense) altamente preocupantes, que buscan limitar sustancialmente en Costa Rica la participación ciudadana en materia ambiental, encendieron las alarmas en los primeros días del mes de julio del 2022 (véase por ejemplo nota de prensa titulada «Ambientalistas advierten sobre deriva autoritaria de Chaves en materia ambiental» y artículo sobre las incertidumbres que plantea esta «reforma» de la máxima instancia ambiental en Costa Rica, al igual que este reportaje publicado en el Semanario Universidad el 6 de julio del 2022).
Un artículo publicado en el Semanario Universidad el 13 de julio titulado «Cámaras empresariales le sonríen a Rodrigo Chaves» da cuenta de una agenda del Poder Ejecutivo muy cercana a las exigencias de las principales cúpulas empresariales.
Casi al mismo tiempo, un notorio caso de contaminación del agua potable en la comunidad de Cipreses (Cartago) ha evidenciado la total falta de pericia de las actuales autoridades costarricenses a cargo de velar por la calidad del agua suministrada (véase carta del colectivo EcoCipreses del 30 de junio): este caso confirma – una nueva vez – la urgente necesidad de garantizar y de consolidar un participación ciudadana informada en materia ambiental en Costa Rica. El impacto en la salud humana de personas pertenecientes a comunidades afectadas por la expansión piñera es otra pesada y dramática deuda que arrastran desde muchos años las autoridades sanitarias y ambientales de Costa Rica (véase este muy completo reportaje del 2019 publicado en el medio digital Delfino.cr, cuya lectura se recomienda y el documental siempre de una indignante actualidad, “No nos tapen la boca: hablemos de contaminación piñera. Homenaje a Mayra Umaña, lideresa ecologista”, del programa Era Verde, Canal 15 UCR, realizado en el 2014). No está de más señalar la catástrofe ambiental provocada por una empresa minera en Abangares el15 de julio del 2022 (véase nota del Semanario Universidad) que vino a desnudar nuevamente la falta de capacidad fiscalizadora del Estado costarricense y los altos riesgos de la minería química en países tropicales.
Manifestación contra el Ministerio de Salud, 21 de agosto del 2008, con la presencia de la Ministra de Salud, Maria Luisa Avila, sobre el intento – algo original – de las autoridades de salud de legalizar el bromacil en el agua potable (no es ninguna broma, así como se lee, legalizar el bromacil en el agua potable) de varias comunidades afectadas por la insensata expansión de la piña de exprotación MD2 (o «Sweet Gold») en la región de Siquirres. En el 2011, las autoridades sanitarias rehuyeron un debate público en la misma UCR (véase nota). En el 2017, el Decreto Ejecutivo 40423 prohibió finalmente el uso de bromacil en Costa Rica. Foto perteneciente a los archivos del autor. Se leyó en el 2009 por parte de la misma titular de Salud que: «Los del IRET se han negado a dar los nombres de los niños, con el argumento de la confidencialidad, lo cual en lo personal me parece un absurdo en estos casos. En lo personal y como Ministra me parece una barbaridad» (véase artículo del Semanario Universidad titulado «Revelación de agroquímicos en orina de menores genera disputa»).
Recientemente el Acuerdo de Escazú fue usado en Argentina por un juez para obligar a un municipio a entregar información sobre la calidad del agua suministrada (véase nota de ElEco de Tandil ), al tiempo que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) auspició con las máximas autoridades de Chile un valioso espacio virtual explicando los alcances de la participación ciudadana prevista en Escazú (véanse nota y video de evento realizado el 25 de julio del 2022).
Costa Rica y Escazú: de silencios y preguntas sin responder y de algunas otras extrañezas
Como lo recordábamos durante la última semana de junio en un foro internacional celebrado en San José sobre Derechos Humanos (Congreso sobre BioDerecho y Derechos Humanos y video – intervención nuestra a partir de 1:59:00), el eje de la participación ciudadana informada en materia ambiental constituye uno de los tres pilares del Acuerdo de Escazú del 2018, así como de la Convención de Aarhus para Europa (1998).
Si todos somos titulares de derechos, estos deben poder ejercerse. Permitir una participación informada permite en gran medida desjudicializar los conflictos. No permitir que las pequeñas comunidades puedan participar en asuntos ambientales irremediablemente lleva a una pronunciada judicialización, tal y como la que se observa en Costa Rica, así como en muchas otras partes de América Latina.
En esta misma ponencia reiteramos también, con relación a Costa Rica, lo que tuvimos la oportunidad de externar en la emisión de abril pasado del Programa de Canal15 UCR,»Lo que importa«, dirigido por la periodista Alejandra Fernández Bonilla, y de destacar con dos colegas desde Chile (véase video de emisión auspiciada por Diario Financiero -Live de Chile realizada el 21 de julio del 2022).
Los costarricenses (pero también los dominicanos, los guatemaltecos, los hondureños, los paraguayos y los peruanos) ya han podido por sí solos apreciar que nada de lo que se prevé por parte de algunas pocas cámaras empresariales que va a ocurrir si se aprueba el Acuerdo de Escazú ocurrió en el caso de las economías de Argentina, Bolivia, Ecuador, México, Panamá y Uruguay al aprobarlo. Se prevé que la economía chilena tampoco se verá impactada negativamente y que más bien, el indiscutible liderazgo ambiental y en materia de derechos humanos en la región que reafirma con su adhesión al Acuerdo de Escazú, le deparará a Chile novedosos proyectos de inversión y en materia de cooperación. De igual manera, a penas Colombia deposite su respectivo instrumento de adhesión en Naciones Unidas, es probable que se observe este mismo efecto. Un reciente artículo publicado en El Pais en España por el Relator Especial de Naciones Unidas sobre Sustancias Tóxicas y Derechos Humanos, y titulado «Acuerdo de Escazú: la alianza sin precedentes que abrirá a Latinoamérica las puertas de los mercados internacionales» sugiere que el mercado mundial es cada vez mas consciente de algunas cosas que … parecieran ignorar por completo algunas cúpulas empresariales de América Latina (véase artículo, publicado en el edición del 12 de octubre del 2022).
Siguen siempre esperando una respuesta varias preguntas que lanzamos a las cámaras empresariales costarricenses en el medio digital de Delfino.cr, en marzo pasado. Reiteramos el hecho que los supuestos «argumentos» contra el Acuerdo de Escazú corresponden a mitos, promovidos por varias cúpulas empresariales de América Latina y por sus (siempre hacendosas) fichas políticas.
Ya nuestro colega Mario Peña Chacón había explicado que la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental aplica desde 1998 en el ordenamiento jurídico costarricense y que no ha ahuyentado a nadie en particular, pese a lo sostenido por cámaras empresariales para oponerse al Acuerdo de Escazú; así como por una magistrada de la Sala Constitucional, quien redactó una extraña «nota» en marzo del 2020 adjunta a una decisión de la Sala Constitucional, en la que se lee textualmente que:
«Es indiscutible que en nuestro régimen constitucional, es el Estado quien tiene la obligación de probar la existencia del hecho delictivo y la responsabilidad del acusado; en ese sentido la norma consultada al permitir que se aplique la inversión de la carga de la prueba en contra del acusado, en estos supuestos, es violatoria del derecho de defensa como aspecto integrante del debido proceso. Podría alegarse que la norma se puede interpretar para excluir la materia penal utilizando la frase «cuando corresponda» citada en la norma, no obstante, estimo que no puede dejarse a criterio del operador jurídico, vía interpretación, un aspecto tan delicado, que -por sus efectos-, no puede quedar al arbitrio interpretativo, de tal forma que estimo debió excluirse expresamente la materia penal de la posible inversión de la carga de la prueba» (Nota 7).
Para tranquilidad de muchos colegas, y pese al criterio externado en su «nota» por la precitada magistrada, en ninguno de los Estados que ya han ratificado el Acuerdo de Escazú, la inversión de la carga en materia ambiental ha venido a amenazar el principio de inocencia invadiendo el ámbito del derecho penal; como tampoco se ha observado desde 1998 (año en que el ordenamiento jurídico costarricense consagró este principio propio del derecho ambiental) algún debilitamiento de la presunción de inocencia en materia penal. A modo de confidencia entre un autor y sus lectores, estos últimos deben saber que es siempre con un sentimiento de profunda pena que su pluma redactó estas dos últimas frases (y desde ya se agradece la cómplice comprensión de nuestros fieles lectores).
Con relación a otros supuestos «argumentos“ contra Escazú, tempranamente el equipo de periodistas de la Universidad de Costa Rica (UCR) de Doble Check así lo demostró con un titular que (a la fecha de hoy …) no ha dado lugar a ningún derecho de respuesta o de rectificación por parte de la entidad aludida y que se lee así: «UCCAEP usa argumentos falsos para oponerse al Acuerdo de Escazú«.
El mismo jurista Mario Peña Chacón había por su lado desmitificado en otra valiosa contribución publicada en noviembre del 2020 las sinrazones y verdaderas leyendas vehiculadas por algunos sectores en Costa Rica en contra de Escazú. Sinrazones y leyendas que encontramos diseminadas de manera casi idéntica en otros comunicados al de la UCCAEP (véase por ejemplo carta de cámaras ligadas al sector agroexportador costarricense) y en otras latitudes del continente: véanse por ejemplo en Perú este documento suscrito por su Colegio de Ingenieros – y este otro documento suscrito esta vez por altos mandos militares peruanos sobre la supuesta pérdida de soberanía en la Amazonía peruana -, o bien a este anuncio de cámaras paraguayas del sector agropecuario (véase texto completo).
Volviendo a Costa Rica, la Cámara Nacional de Eco Turismo y Turismo Sostenible (CANAECO) tuvo el valor de refutar públicamente a sus homólogas en un comunicado a favor del Acuerdo de Escazú, no así la CANATUR (véase comunicado): la cámara nacional de la industria turística costarricense, que basa en gran parte su quehacer en los atractivos de la prodigiosa biodiversidad de Costa Rica, ¿adversando el Acuerdo de Escazú establecido para proteger a quienes defienden el ambiente? Vaya tristeza, vaya desconsuelo y más generalmente vaya profunda consternación para muchos.
Igualmente desconcertante puede resultar el hecho que este comunicado de prensa oficial de la CEPAL del 8 de marzo del 2022 no encontrara eco alguno en los medios de prensa costarricenses: el desconcierto y la consternación deben ser mayores al observarse que esta importante cita con todos los Estados que integran a la CEPAL tuvo lugar en la capital costarricense. El asombro debe llegar a límites jamás sospechados al ver que un comunicado de prensa oficial de la cancillería costarricense sobre esta misma reunión … no encontró eco en ningun medio de prensa en Costa Rica (Nota 8).
La profunda soledad del Poder Judicial costarricense en América Latina
Siempre con relación a Costa Rica, cabe mencionar un «descubrimiento«, único en todo el continente americano, al momento de redactar estas líneas (12 de noviembre del 2022), realizado por su Poder Judicial.
En efecto, ningún otro Poder Judicial en los 12 Estados que ya han ratificado el Acuerdo de Escazú, como tampoco el Poder Judicial peruano (véase documento), y mucho menos el chileno (véase documento de abril del 2022), ha sostenido un criterio similar al expuesto por la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica: según ella (y solamente ella…), el inciso 5 del artículo 8 del Acuerdo de Escazú conllevaría un gasto adicional para el funcionamiento del Poder Judicial costarricense.
El Acuerdo de Escazú ¿obliga a un esfuerzo económico adicional para el presupuesto de la justicia en Costa Rica y únicamente en el caso de Costa Rica? Vaya innovación y vaya notable esfuerzo de creatividad. Una interpretación realmente novedosa pero totalmente errada, y detectada por tan solo un magistrado constitucional, de los siete que integran la Sala Constitucional (Nota 9).
En realidad este «descubrimiento» no debería verse como algo fortuito, sino que, confirmado por la Sala Constitucional, se inscribe en una línea jurisprudencial regresiva del mismo juez constitucional costarricense en materia de participación ciudadana en materia ambiental, muy pocamente conocida y divulgada y mucho menos cuestionada (Nota 10).
Es más que probable que se acentúe, con el pasar del tiempo (y de nuevas ratificaciones del Acuerdo de Escazú por venir), la mezquindad – en nuestra opinión bastante insólita – del Poder Judicial Costa Rica ante sus demás pares de América Latina y del Caribe.
Algunos aportes realizados desde la Universidad de Costa Rica (UCR)
A diferencia de lo ocurrido en otras latitudes, son realmente escasos los documentales/videos realizados en Costa Rica sobre el Acuerdo de Escazú por parte de especialistas en comunicación colectiva y producción audiovisual.
De las pocas producciones audiovisuales existentes, podemos referir a dos documentales provenientes de la Universidad de Costa Rica (UCR) elaborados desde la Vicerrectoría de Acción Social (VAS) en agosto del 2021, titulado el primero «UCCAEP y el Acuerdo de Escazú»:el cual retrata, de manera bastante completa, la posición de las cámaras empresariales costarricenses y de algunas de sus fichas políticas (véase video).
Este primer video fue completado por otro sobre la precaria situación en la que viven los defensores del ambiente costarricenses, titulado «El Acuerdo de Escazú y los defensores ambientales», que también se recomienda (véase video). Entre otros, este documental incluye una entrevista al líder indígena Jerhy Rivera, asesinado en el 2020 en Costa Rica, y otra a una valiente lideresa que lleva muchos años denunciando la expansión insensata de la piña en su cantón (Guácimo).
Desde ya hacemos un llamado a especialistas en comunicación colectiva y en producción audiovisual de Costa Rica a inspirarse en las producciones realizadas en Chile, Colombia o Perú sobre la importancia del Acuerdo de Escazú en aras de dar a conocer su verdadero alcance a la opinión pública: este video realizado por el equipo de periodistas de LaPulla (Colombia), titulado «La nueva trampa que nos quieren hacer los congresistas» da una idea de lo que puede producir un equipo talentoso de comunicadores.
Una emisión radial de mayo del 2021 realizada desde Radio UCR titulada «Costa Rica sin el Acuerdo de Escazú: el doble rasero en la narrativa de Derechos Humanos» conducida por las juristas Gisele Boza Solano y Rosaura Chinchilla Calderón (véase video) también merece mención, entras varias valiosas emisiones sobre el tema auspiciadas (todas) desde los medios de prensa de la UCR.
Con relación a otros medios de prensa, nos permitimos referir a nuestros estimables lectores a la emisión «Café para Tres» realizada en abril del 2021 desde el medio digital Delfino.cr. (véase video): se trató de un primer intento de debatir públicamente los «argumentos» de la UCCAEP.
A modo de conclusión
Conforme vayan registrándose nuevas ratificaciones del Acuerdo de Escazú, la posición exhibida por Costa Rica en el plano internacional se volverá cada vez más insostenible. No está de más recordar las palabras del representante oficial costarricense durante una reunión celebrada en abril del 2019 en Santiago de Chile (véase el texto completo de su intervención), en la que precisaba algo que, a noviembre del 2022, mantiene cierta actualidad, dada la notoria ausencia de Costa Rica:
«Quiero ser claro en que, así como nuestra región ha dado un ejemplo al mundo, avanzando en la construcción de la democracia ambiental, ahora el mundo nos está observando y atento a lo que podamos seguir construyendo de ahora en adelante«.
Más allá del profundo disgusto que pareciera generarle el Acuerdo de Escazú al actual titular de la cartera ambiental en Costa Rica (y posiblemente a varios integrantes del actual gabinete del Poder Ejecutivo), nos permitimos reiterar algunas interrogantes hechas con anterioridad en publicaciones sobre este mismo tema:
– ¿Estará aún Costa Rica a tiempo, después de Chile y de Colombia, de rectificar?
– Habiendo Chile y Costa Rica co-liderado el proceso de negociación entre el 2012 y el 2018 ¿no debió la primera COP realizarse en Chile y la segunda en Costa Rica?
– ¿Habrá que esperar que lo apruebe Colombia (y luego tal vez Brasil, Honduras, Perú o Paraguay) para que Costa Rica se sienta de una u otra manera interpelada por otros Estados de la región y reaccione?
Como ciudadanos, ¿qué más podemos hacer con relación a la urgente necesidad de consolidar un modelo de gobernanza ambiental mucho más funcional que el existente en Costa Rica, y que ofrece a todo Estado que lo aprueba el Acuerdo de Escazú?
No quisiéramos concluir estas breves líneas sin volver a externar a la jurista chilena Constance Nalegach, con quien tuvimos el privilegio de compartir varios espacios y foros, en particular una entrevista a ambos en la televisión universitaria chilena en noviembre del 2021, nuestra profunda admiración por su labor incansable y su compromiso inclaudicable en favor de una verdadera democracia ambiental en América Latina y el Caribe: el actual avance del Acuerdo de Escazú y todos los defensores del ambiente de América Latina le deben mucho a esta gran figura chilena.
– -Notas- –
Nota 1: Véase MUÑOZ AVILA L. & LOZANO AMAYA M.A. «La democracia ambiental y el Acuerdo de Escazú en Colombia a partir de la Constitución ecológica de 1991«, Revista Derecho del Estado, Número 50 (Sept.-Dic. 2021), pp. 165-200. Texto integral disponible aquí.
Nota 2: Véase por ejemplo PEÑA CHACÓN M., «Transparencia y rendición de cuentas en el Estado de Derecho ambiental«, Delfino.cr, edición del 17 de abil del 2021, disponible aquí. Sobre el Acuerdo de Escazú, remitimos a tres valiosas publicaciones colectivas que detallan los alcances de su contenido y su importancia para la consolidación de una verdadera democracia ambiental en América Latina y el Caribe: ATILIO FRANZA J. & PRIEUR M. (dir.), Acuerdo de Escazú: enfoque internacional, regional y nacional, Editorial Jusbaires, Buenos Aires, 2022, 670 pgs. Obra disponible de manera integral en este enlace; así como BARCENA A., MUÑOZ AVILA L., TORRES V. (Editoras), El Acuerdo de Escazú sobre democracia ambiental y su relación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, 2021, CEPAL/Universidad del Rosario (Colombia), 298 páginas, disponible en este enlace; y PRIEUR M., SOZZO G. y NAPOLI A. (Editores), Acuerdo de Escazú: pacto para la eco-nomía y democracia del siglo XXI, 330 páginas, 2020, Universidad del Litoral (Argentina), disponible en este enlace. El hecho que se trata de un instrumento de vanguardia se puede confirmar aún más al revisar los desarrollos para la aplicación del Artículo 7 y del Artículo 9, elaborados por la misma CEPAL en la guía de implementación del Acuerdo de Escazú, presentada formalmente en abril del 2022 (disponible aquí, pp.108-126).
Nota 3: Salvo Liechtenstein y Mónaco, todos los Estados de la región europea lo han ratificado sin mayor problema, siendo Irlanda el último en hacerlo en el 2012 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). El mecanismo convencional de seguimiento sobre la implementación de la Convención de Aarhus, el denominado «Comité de Cumplimiento» (véase sitio oficial) ha cobrado particular interés de cara a la implementación del Acuerdo de Escazú y ha inspirado parte de las mismas disposiciones del Acuerdo de Escazú. ¿Proyectos de inversión en Europa paralizados a raíz de la adopción de la Convención de Aarhus?¿Suspensión de grandes proyectos de infraestructura?¿Salida masiva de inversión extranjera en Europa a partir de la entrada en vigencia de Aarhus? Otras preguntas muy válidas a externarles a algunos de los detractores al Acuerdo de Escazú en América Latina y sus pretendidos «argumentos«en contra de un tratado regional cuyos objetivos coinciden exactamente con los de la Convención de Aarhus para Europa.
Nota 4: Véase al respecto BOEGLIN N., «Pueblos indígenas y sus derechos: revelador informe de Relator Especial de Naciones Unidas exhibe graves y persistentes lagunas en Costa Rica«, 28 de septiembre del 2022: esta nota fue publicada en varios sitios digitales costarricenses, como por ejemplo Elmundo.cr, Informa-tico así como Elpais.cr. En julio del 2022, ante aseveraciones bastante extrañas externadas por la titular del Ombudsman costarricence, académicos y ONG debieron salir ante la opinión pública a pedirle rectificarlas públicamente (véase nota con comunicado publicado en Delfino.cr, edición del 22 de julio del 2022).
Nota 5: Es así como algunos Estados escogieron el segundo año de vida de Escazú (Antigua y Barbuda logrando el depósito en la misma fecha, Nicaragua y Panamá unos pocos días después), el primer aniversario de la apertura de su firma (Bolivia, San Vicente y las Granadinas, Uruguay con un cronograma realmente envidiable y ejemplar que debría inspirar a otras cancillerías). En el caso de Argentina y de México, ambos aparatos diplomáticos coordinaron la fecha del 22 de enero del 2021 para permitir una entrada en vigor de Escazú para el Día de la Tierra, el 22 de abril. Como vemos, cada Estado a su manera ha buscado honrar Escazú con una fecha simbólica escogida para depositar formalmente su instrumento de ratificación en Naciones Unidas, destacándose la perfecta sintonía y coordinación entre los aparatos diplomáticos de Argentina y de México para darle el mayor realce posible a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo de Escazú.
Nota 6:La tasa de deforestación de la selva amazónica brasileña ha aumentado de forma vertiginosa desde el 2018, tal y como lo detalle el gráfico incluído en este enlace del Instituto Nacional de Pesquisas Espaciais (INPE) de Brasil.
Nota 7: La posición de la antes mencionada magistrada se puede leer en la segunda «nota» que acompaña el voto de la Sala Constitucional de marzo del 2020 sobre el Acuerdo de Escazú: véase texto completo y las dos «notas«. Con relación al contenido de la «nota» de la precitada magistrada, en un artículo publicado en Ojoalclima en abril del 2021 (véase artículo), la ex negociadora del Acuerdo de Escazú, Patricia Madrigal Cordero, detectó una coincidencia que, en nuestra modesta opinión, ameritaría una explicación: «Segundo, la magistrada Nancy Hernández, en una nota, manifiesta sus preocupaciones interpretativas del Acuerdo de Escazú que coincidentemente son las mismas que ha encontrado la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP) para oponerse al proyecto», añadió Madrigal.«
Nota 8: Este comunicado lo reproducimos en una nota anterior (véase texto en la Nota 3) en BOEGLIN N., «La aprobación del Acuerdo de Escazú en Chile. Algunas reflexiones a propósito de la celebración del Día Internacional del Ambiente«, Portal Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 7 de junio del 2022, disponible aquí.
Nota 9: Es de notar que en su voto salvado que se adjunta a esta decisión (véase texto completo ) de la Sala Constitucional de marzo del 2020, el Magistrado Paul Rueda fue el único (de siete integrantes) en señalar la lectura totalmente errónea hecha por sus colegas de la Sala: «Se advierte con facilidad que tal norma en ningún momento le impone al Poder Judicial la obligación de brindar asistencia técnica y gratuita, la cual corresponde implementarse a partir de las condiciones propias del ordenamiento jurídico de cada país. En el caso de Costa Rica, tal asistencia puede ser brindada por cualesquiera dependencias públicas afines al tema, verbigracia, la Defensoría de los Habitantes, las Defensorías Sociales del Colegio de Abogados o los consultorios jurídicos de la UCR (lo que no excluye la cooperación de aquellos correspondientes a universidades privadas). Erradamente, el voto de mayoría solo pensó en el Poder Judicial y estimó que el texto consultado “contiene en su articulado normas explícitas que disponen la creación, la variación sustancial o la supresión de órganos estrictamente jurisdiccionales o de naturaleza administrativa adscritos al Poder Judicial, o bien, crea, ex novo, modifica sustancialmente o elimina funciones materialmente jurisdiccionales o administrativas”. A partir de lo expuesto, sostengo que del texto expreso del numeral en mención en ningún momento se extrae lo que la Mayoría supone«. Este voto salvado es de marzo del 2020: a octubre del 2022, el hecho que ningún otro Poder Judicial en América Latina haya llegado a semejante «descubrimiento» refuerza la justeza del criterio externado de forma solitaria por el Magistrado Paul Rueda.
Nota 10: En efecto, no es la primera vez que en Costa Rica, la mayoría de la Sala Constitucional busca la manera de limitar significativamente el alcance de la participación ciudadana en materia ambiental, uno de los tres pilares fundacionales del Acuerdo de Escazú. Se trata de una cara de la justicia costarricense constitucional pocamente divulgada y conocida, pese a que, en nuestra modesta opinión, debiera serlo, además de discutida y denunciada. En el 2017, la Sala Constitucional de Costa Rica, decidió que la participación ciudadana en materia ambiental, ya no califica (según ella y … solamente ella) como un derecho humano: ello se desprende del párrafo V de la sentencia 1163-2017 (véase texto completo). Resulta oportuno señalar que esta decisión fue objeto de tan solo dos votos salvados (suscritos por los magistrados Fernando Cruz y Paul Rueda): los cinco magistrados/a restantes consideraron que ir en contra de la jurisprudencia de la misma Sala Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no ameritaba ninguna reflexión particular. Un año antes, en el 2016, el juez constitucional costarricense consideró que la libertad de empresa prevalece sobre un acuerdo municipal estableciendo una moratoria para nuevas plantaciones de piña: un acuerdo municipal tomado en aras de proteger la salud pública de las comunidades aledañas a este monocultivo en el cantón de Los Chiles. Véase texto completo de la sentencia 11545-2016 en la que se lee textualmente que: «Dicho lo anterior, las municipalidades no tienen competencia para prohibir una determinada actividad económica lícita en sus territorios o declarar moratorias, definidas o indefinidas. Esa competencia corresponde al Estado, toda vez que el Derecho de la Constitución (valores, principios y normas) es claro y preciso, en el sentido de que el régimen de las libertades públicas está reservado a la Ley. En el caso que nos ocupa, no existe ninguna norma jurídica con rango de Ley que autorice a la municipalidad recurrida a prohibir el cultivo de piña en su territorio, o declarar una moratoria indefinida del cultivo de ese producto, de ahí que su actuación es arbitraria y, por consiguiente, contraria al ordenamiento jurídico». Al tratarse de una moratoria por un plazo muy preciso de 5 años, resulta más que cuestionable que la Sala considerara que se trataba de una «moratoria indefinida«. Nuevamente aquí la lectura del voto particular del magistrado Fernando Cruz permite ver cuán errática, antojadiza y cuestionable es la decisión tomada por la mayoría de sus colegas: el magistrado Cruz concluye explicando que «dadas las amenazas y efectos lesivos para la salud y el ambiente que provoca el cultivo de la piña, las comunidades tienen plena legitimidad legal y política para dictar medidas preventivas, temporales, para asegurarse que sus ciudadanos no resultarán perjudicados por una actividad agroexportadora que provoca daños y amenazas sobre la biodiversidad ».
Este miércoles 26 de octubre a las 5:00 p.m., en el programa Voces y Política se conversará sobre el tema: “Hasta encontrarnos: los acuerdos de paz y los desaparecidos en Colombia”. Se contará con la participación de:
Pablo Cala, defensor de Derechos Humanos.
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