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Etiqueta: Consejo de Gobierno

Organizaciones exigen al gobierno acatar fallo de la Sala IV sobre representación sindical en la CCSS

Un comité promotor integrado por Mujeres por Costa Rica, La RED por Costa Rica y La Caja es Nuestra, junto con cientos de personas y organizaciones firmantes, presentó ante la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) un manifiesto y petición formal en defensa de la autonomía institucional y del respeto a la representación sindical legítimamente electa. El documento exige la juramentación inmediata de Rocío Alfaro Molina como representante propietaria del movimiento sindical ante la Junta Directiva —cuya designación fue anulada por el Consejo de Gobierno pese a haber sido ratificada por la Sala Constitucional mediante el voto n.° 2026-031380 del 13 de agosto de 2026— y el cese del nombramiento pro tempore de Roger Rivera Mora en ese mismo espacio.

SURCOS le invita a leer y compartir el documento que publicamos íntegro:

COMITÉ PROMOTOR DEL COMPROMISO POR LA DEFENSA Y FORTALECIMIENTO DE LA SALUD PÚBLICA Y LA CCSS

MANIFIESTO Y PETICIÓN FORMAL

Por el respeto a la autonomía de la CCSS y a la representación legítima del movimiento sindical

Señoras y señores

Junta Directiva

Caja Costarricense de Seguro Social

Presente

Asunto: Solicitud de respeto a la autonomía de la CCSS y a la representación sindical legítimamente elegida

Quien suscribe, Vera Victoria Sancho Mora, portadora de la cédula de identidad número 104111454, actuando como persona autorizada por el Comité Promotor del Compromiso por la Defensa y el Fortalecimiento de la Salud Pública y la Caja Costarricense de Seguro Social, conformado por Mujeres por Costa Rica, La RED por Costa Rica y La Caja es Nuestra, señala como medio para recibir notificaciones compromisoconlaccss@gmail.com y presenta formalmente ante esta Junta Directiva el siguiente manifiesto y petición, respaldados por las personas suscriptoras que se indican al final.

MANIFIESTO

Por el respeto a la autonomía de la CCSS y a la representación legítima del movimiento sindical

El Comité Promotor del Compromiso por la Defensa y el Fortalecimiento de la Salud Pública y la Caja Costarricense de Seguro Social, conformado por Mujeres por Costa Rica, La RED por Costa Rica y La Caja es Nuestra, con el apoyo de diversas organizaciones de la sociedad civil, manifiesta su profunda preocupación y su firme rechazo ante la actuación del Poder Ejecutivo respecto al nombramiento de la representación del movimiento sindical en la Junta Directiva de la CCSS.

La Caja Costarricense de Seguro Social es una institución autónoma, construida durante generaciones con el esfuerzo solidario de las y los costarricenses. Su Junta Directiva responde a un modelo de representación democrática en el que participan el Estado, el sector patronal y las personas trabajadoras. Esta integración no es una formalidad: constituye una garantía para que las decisiones sobre la seguridad social no queden concentradas en manos del gobierno de turno.

El 9 de junio de 2026, la Asamblea del Movimiento Sindical eligió a Rocío Alfaro Molina como representante propietaria y a Marta Rodríguez González como suplente, para el periodo 2026-2030. Sin embargo, el Consejo de Gobierno rechazó esa designación, a pesar de que el artículo 6 de la Ley Constitutiva de la CCSS establece que el Poder Ejecutivo no puede objetar los nombramientos efectuados por los sectores sindical y patronal.

La Sala Constitucional, mediante el voto n.° 2026-031380 del 13 de agosto de 2026, anuló por unanimidad el acuerdo del Consejo de Gobierno que rechazó el nombramiento de Rocío Alfaro. La resolución confirmó que el Poder Ejecutivo carecía de fundamento jurídico para desconocer la decisión adoptada por el movimiento sindical.

A pesar de ello, el gobierno nombró a Roger Rivera Mora como representante sindical pro tempore, y la Junta Directiva de la CCSS llegó a sesionar con su participación aun después de conocerse públicamente la resolución de la Sala Constitucional.

Lo ocurrido no puede considerarse un simple desacuerdo administrativo. Desconocer la elección realizada por el movimiento sindical, sustituirla por una persona nombrada temporalmente y prolongar esa situación después de una resolución constitucional constituye una grave injerencia en la representación legítima de las personas trabajadoras.

No corresponde al Poder Ejecutivo escoger cuál representación sindical le resulta conveniente. La persona que ocupa ese espacio debe ser elegida libremente por el sector al que representa.

La autonomía de la Caja se debilita cuando el gobierno pretende controlar o condicionar la integración de su máximo órgano de dirección. También se debilita cuando se desconocen las decisiones de los sectores representados y se retrasa el cumplimiento de las resoluciones de la Sala Constitucional.

PETICIONES

Por estas razones:

  1. Rechazamos cualquier intento del Poder Ejecutivo de intervenir en la elección de las representaciones sindicales ante la Junta Directiva de la CCSS.

  2. Exigimos el respeto a la decisión adoptada legítimamente por la Asamblea del Movimiento Sindical.

  3. Solicitamos la inmediata juramentación de Rocío Alfaro Molina como representante propietaria del movimiento sindical y el reconocimiento de Marta Rodríguez González como representante suplente para el periodo correspondiente.

  4. Demandamos que se deje sin efecto el nombramiento pro tempore realizado mientras exista una representación sindical legítimamente elegida.

  5. Exigimos el cumplimiento pleno y sin dilaciones de lo resuelto por la Sala Constitucional.

  6. Reafirmamos que la Ley Constitutiva, la autonomía y el modelo de representación democrática de la CCSS deben ser respetados por todo gobierno, independientemente de sus intereses o diferencias políticas.

Defender la autonomía de la Caja es defender la seguridad social, la democracia y el derecho de las personas trabajadoras a participar en las decisiones de una institución que pertenece a todo el pueblo costarricense.

La Junta Directiva de la CCSS toma decisiones que afectan la atención médica, las listas de espera, los medicamentos, las pensiones y la vida de millones de personas. Por eso, su integración no puede quedar sometida a la voluntad del Poder Ejecutivo.

Hacemos un llamado a las organizaciones sociales, sindicales, comunales, académicas y profesionales, así como a todas las personas comprometidas con la seguridad social, a pronunciarse ante estos hechos y a defender la autonomía de la Caja.

La Caja está en el corazón de Costa Rica. Su autonomía, su carácter público y su conducción democrática deben ser respetados y defendidos.

Por lo anterior, solicitamos a la Junta Directiva de la CCSS que tenga por presentado este manifiesto, lo incorpore al conocimiento del órgano colegiado y atienda las peticiones aquí formuladas.

San José, Costa Rica, martes 1 de setiembre del 2026.

____________________________________

Vera Victoria Sancho Mora

Cédula de identidad 104111454

Persona autorizada por el Comité Promotor

Medio para notificaciones: compromisoconlaccss@gmail.com

Las personas abajo firmantes suscribimos y respaldamos este manifiesto y hacemos un llamado a defender la autonomía de la CCSS, el respeto a su integración democrática y el derecho de cada sector a elegir libremente a sus representantes, sin injerencias indebidas del Poder Ejecutivo.

Nombre Organización

Virginia Ramírez Cascante

Mujeres por Costa Rica

Eugenia Solís Umaña

Mujeres Por Costa Rica

Ana Isabel Chacón Mora

Observatorio GEMA

Sady Morales Zapata

 

Guillermo Vargas Solís

 

Patricia Salgado

La Caja es Nuestra (LCEN)

Francisca Raventos Vorst

 

Lena Mora Ordóñez

 

Laura Gómez Vasquez

 

Julia Vargas

 

María Cecilia Romero Aguero

 

Flor de María Monge Arroyo

RECOMM

Asdrúbal Duarte Esquivel

AJA

Christian Barrantes Herrera

SINASSASS

Mirna Infante Céspedes

 

María Flor Abarca Alpízar

Red feminista contra la violencia hacia las mujeres en CR

Carmen Brenes Sáenz

Parlamento Cívico Ambuental

Ana María Botey Sobrado

Mujeres por Costa Rica

Guiomar del Rocío Martín Tedman

 

Paula Cordoba Zumbado

 

María Catarina Goldoni Ruíz

 

Lilliana Zeledon Cambronero

La Caja es Nuestra

Hannia Franceschi Barraza

 

Ana María Trejos Trejos

Red feminista contra la violencia hacia las mujeres

Sandra Isabel Jara Castro

 

Juan Carlos Cruz Barrientos

Independiente

Isabel Elizondo

 

Lucrecia Leiton Arias

La Caja es Nuestra

Abelardo Morales Gamboa

 

Yolanda Rojas Rodríguez

Colectivo Mujeres por Costa Rica

Eugenio Chinchilla Miranda

 

Margarita Villalobos

 

Ivonne Durán Orozco

 

Marco Vinicio Fournier Facio

Red Naciomal por la Democracia

Nora Montero Quirós

 

Alejandra Marín Herrera

 

Jorge VINDAS

AFUP

Ana Chacón Mora

Observatorio GEMA

Roxana Vaglio Rivas

 

Adina Castro García

Unión Nacional de Trabajadores

Diana Fuster Baraona

 

Isabel Ducca Duran

 

Lízbeth Solano Alpízar

UTN y ASOINAMU

Herbert Chaves Sánchez

 

Janet Carrillo

 

Gerardo Cruz Zuchini

 

Marlene Rojas Valverde

 

Marta María Hernández Mendoza

CIUDADANA COMPROMETIDA.

Sandra Chacón Jiménez

Sindicato de Administradores y afines CCSS

Mar Fernanda Schifani García

 

Lorena Mora Rodríguez

 

Damaris Rodríguez Lara

Asociación rescate de la Zona Marítima Terrestre.

Albert Espinoza Sánchez

 

Gustavo Araya Martínez

 

Silvia Vindas García

 

Luís Fernando Mayorga Acuña

 

Isabella López Campos

 

Lucia Chaves

 

María Elena López

La Caja es Nuestra

Saray Elena Loáiciga Brenes

Universidad Nacional

Anabelle Aguilar Brealey

 

Jessica Succar

 

María Enriqueta Guardia Yglesias

 

Andrea Montero Váysque

 

Elizabeth Garbanzo Huertas

 

Kathia Ortega Borloz

 

Ana Virginia Granados Rojas

 

Andrea Sagastuy

 

Elizabeth Barrantes Garita

 

Emilia Mora

 

Karol Segura Obando

UNDECA

Denis Angulo Alguera

Partido Acción Ciudadana

Neddy Zamora

 

Denis José Angulo Alguera

Partido Acción Ciudadana

Evelyn Silva

La Caja es Nuestra

Carmen Carro Barrantes

Junta de Salud Carmen/Montes de Oca

Amelia Castells Solis

 

Priscilla García

 

Cristian Brenes P

 

Rebeca Brenes Roldán

 

Ana Hernández

 

Paula Isabel Salas Salinas

La Caja es Nuestra

Sonia Montero Díaz

CFIA

Alberto Salas Salinas

Frente Amplio

Luis Guillermo Fernández Valverde

 

Norma Guzmán Torres

 

Marcela Eduarte Rodríguez

 

Camille Haylock Facetti

 

Aleida Devandas Aguilar

Frente Amplio

Ana Patricia Sánchez Calvo

 

Marta Arroyo

Frente de Lucha por Nuevo Hospital de Cartago

Johanna María Méndez Trejos

 

María Eugenia Quirós Gamboa

Oficina de la Mujer

Virginia Borloz Soto

 

Priscilla Gutiérrez Castillo

 

Michelle Midence Araya

 

Socorro Vargas Araya

 

Mario Villalobos Arias

Centro de Amigos para la Paz

Carmen Ma Chacón Mora

 

María Lorena Molina M

 

Mario Céspedes Avalos

La Caja es Nuestra

Ana Lorena Camacho De la O

Colectiva Acción Feminista

Pablo Zúñiga Morales

 

Sagrario Agüero Badilla

FRENASS

Nubia María Cabrera Chaves

ANDE- COLYPRO- SINAPRO.

Kattia Isabel Castro Flores

 

Emilia Molina Cruz

 

Alicia Avendaño

Junta de salud de Hospital Nacional de Gereatria

Marta Iris Muñoz Cascante

SITRAJUD

Leda Sánchez Vindas

 

María Angelina Pérez Gutiérrez

 

Dr. Santiago Chaves Aguilar

Universidad de Costa Rica

Isabel Avendaño

 

Eugenia Salazar

 

Kinndle Blanco Peña

 

Edgar Miranda Molina

 

Ivette Guier Serrano

 

Roxana Rojas Campos

Asociación Desarrollo Integral Las Magnolias, Goicoechea

Shirley Unfried Acevedo

 

Gloria Salas Hernández

 

Habib Succar Guzmán

 

Rosanna Velit Suárez

 

Isabel Sánchez Cordero

 

Henry Mora Jiménez

 

Álvaro González V

Frente Amplio

Ana Elena Badilla Gómez

 

Rodrigo Jiménez

 

Zaida Camacho Aguilar

 

Diana Mora

 

Edwin Mora

 

Rosario Sánchez Barquero.

 

Alicia Cascante Mora

 

Georgina Hidalgo Rojas

Junta de Salud

Amalia Vargas Rojas

ANDE

Randall Cabrera Garita

Unión Médica Nacional

Luz María Elizondo Fallas

 

Sara Núñez Mata

 

Mary Alice Mora Jiménez

 

Patricia Barboza

 

Rosa Ramírez González

 

Sebastián Pérez Carmona

 

Mauricio M. Méndez Vega

 

Rafael Rivas Ducca

Frente Amplio Goicoechea.

William Castillo Elizondo

 

Irene Ulloa Golcher

 

Sergio Ortíz Pérez

ACOTEL

María Mora Moya

 

Amari López Lackwood

 

Teodora Tsijli

 

Melania Monge Rodríguez

Mujeres por Costa Rica

Rafaela Varela

 

Cintya Romano Dorado

 

Rosa María Mata Mora

Junta de Salud

Indira Jara Piedra

 

Gerardo Arias Elizondo

 

María Antonieta López Gómez

 

David Zúñiga Rodríguez

Junta de salud Carmen Montes de Oca. Unión médica nacional

Sergio Reuben-Soto

Pensionados en Acción

Jorge Cordero Rodríguez

 

Teresita Ramellini Centella

 

Nora

Colegio de Trabajadores Sociales

Elizabeth Gutiérrez

 

Anargeri Solano Siles

 

Mercedes Solano Rivas

 

Olga Castro Vargas

Junta de Salud Zapote Catedral

José Manuel Cerdas Albertazzi

 

Rodolfo Acosta Campos

 

Grace Redondo Vargas

 

Trilce Altamirano

 

Raúl Sánchez Alfaro

 

Miriam Sandí Murcia

 

Mary Mora Jiménez

 

Ligia Arias Alegría

 

Ana Lorena Jiménez Rivera

 

Katty León Obando

Consejo del distrito de Birrisito concejal

Hilda Gamboa Haeberle

 

Marjorie Smith Venegas

 

Gustavo Chen Quesada

S de Trabajadores y Trabajadoras del Poder Judicial (SITRAJUD)

Roxana Madrigal

 

Yamileth Achong Ching

 

Alberto Gómez Vargas

 

Carolina Leitón Rodríguez

 

Baudilio Mora Mora

 

Mario Leon Barth

 

Efraín ARTAVIA LORIA

 

Nydia Amador Brenes

Colegio de Médicos y Cirujanos

Gloria Navas

Defensa de la Democracia!!

Patricia Allen Flores

 

Sonia Sandi Zuñiga

SITRAJUD

Elías Jaén López

SITRAJUD Sindicato de trabajadores Judiciales

Teresita Arrieta Araya

 

Aura Hernández Rojas

 

Edgar Vargas Alfaro

 

Miguel. Cespedes Araya

Asoc de Desarrollo Integral. Barrio el. Bosque. Oreamuno

María del Rocio Hernández Moya

 

Luana María González Ibarra

 

Emiliano Céspedes Villalobos

 

José Pablo Chacón Fernández

 

Kattia Barquero Rojas

COOPETRAVEN R. L

Jorge Chaves Villalobos

 

Giohana Ibarra Salas

 

Luis José López Miranda

 

Yolanda Chaves Chaves

 

Rosa Brenes Roldan

Aliaxis Latinoamérica

Marjorie Monge Muñoz

 

Ana Moreira

 

Carlos Jaime Gutiérrez Trejos

ADIMAPLA

Yanderel Méndez Carvajal

 

Iarara Cruz Santos

SEC

Luis Guillermo Vargas Solis

 

Darcy Araya Solano

 

Anastasia Solano Sáenz

 

Argery Sánchez Hdez

 

Diana Masís Porras

 

Giancarlo Mathieu Jiménez

 

Vera Laura Rodríguez Fernández

 

Albin Chaves Matamoros

La Red por CR

María Ureña Gutiérrez

SEC, ANDE

Silvia Matamoros

 

Isidro Boniche Quiros

 

Patricia Francesa Blanco

SOCIPROT IVM

Pilar Vargas Ramírez

 

Adriana Jiménez Castro

ANPE

Luis Felipe Arauz Cavallini

 

Erick Sojo Marín

Radio Zurquí

Lucia Rescia

 

Yanira Solís Montero

ANDE Sindicato

Yamileth Duarte Esquivel

Seguimiento del Compromiso

Astrid Noffal Tassara

 

Paolo Duarte Sancho

 

Harold Hidalgo Umaña

SITRAS

Franklin Quesada Campos

Sindicato Salud y Seguridad Social

Fanny Calderón Contreras

 

Evelyn Flores Aguilar

Sindicato de la Salud y la Seguridad Social SISSS

María Trejos Montero

MTC

Édison Valverde Araya

Comunidad Buen Vivir

Isabel Avendaño-Flores

Facultad de Ciencias Sociales UCR

Jeyner Aguilar Bermúdez

Grupo sol P. Z.

Roslyn Badilla Sánchez

 

Sandra Cartin Herrera

Colectivo Mujeres por Costa Rica

Ángelo Monge Montero

Fundación Nomada Costa Rica

Emmanuel Buitrago Páez

Frente Nacional de Pueblos Indígenas FRENAPI

Oscar Beita Quesada

Movimiento Ríos Vivos

ANDRÉS CASTILLO SABORÍO

 

Lilliana Sánchez Bolaños

RENASES

Félix López Zambrana

Asociación de Comunidades Unidas para la salud Guácimo

Maria Eugenia Villagra Jiménez

 

Patricia Carballo Villagra

 

Sergio Benach Carro

 

Edouardo Olmos Campos

 

Yadira Morales Chaves

 

Patricia Cordero Vargas

 

Ana Isabel Mora Vargas

 

Sary Montero

La Caja es nuestra

Alberto Salazar Rivera

 

Alejandra Cecilia López Siu

 

Alvaro Madrigal Arroyo

Movimiento Asambleas Populares

Carolina Somarribas Dormond

Asociación de Profesionales de la UNED (UNEDPRO)

José Ramírez Aguilar

Rompiendo Fronteras Costa Rica

Mercedes Arguedas Molina

 

Rafael Eduardo López Alfaro

Alianza por la defensa de la salud de Barva

Jerlyn Villegas Herrera

 

Gael Bejarano Villegas

 

Andrés Quiros Villegas

 

Luis Alberto Conejo Salas

 

Isabel Zúñiga Narváez

 

Liliana Chavarría Valerio

 

Anacristina Rossi

Frente Amplio

Mauricio Zeledón Leal

Sindicato Patriótico de la Educación 7 de Agosto

Andrea Álvarez Marín

PLN

Patricia González Ballar

 

David Ceciliano Chacón

 

Sharo Rosales Arce

Observatorio Medios de comunicación y género

Olman Bolaños Vargas

 

Ana María Méndez Villalobos

 

Ana María Arenas Romero

 

Leda Barquero

 

Yamileth González García

Colectivo Mujeres por Costa Rica

Jorge Manuel Moya Montero

Asociación Funcionarios Universitarios Pensionados

Neddy Zamora chacón

 

Luisa Yanory Moreira Jiménez

 

Ana Chacón

Observatorio de Género y Medios GEMA

Alexander Castillo Monge

Junta de Salud Área San Sebastián-Paso Ancho

Leda Patricia Montoya Calderón

 

Dulce Maria Guzman

La Caja es nuestra

Luis Carlos Bonilla Soto

 

Julia Henríquez

Julia Henríquez

María José Chaves Groh

CEFEMINA

José González Villalobos

ADIPA

Silvia Mora Quirós

Antes del ICE

Vínyela Devandas Brenes

FRENASS, La Caja es Nuestra

Ana Rosa Ruiz Faernández

 

María Treguear Lemo

 

Emma Zuñiga Valverde

 

Marcia Baraona

 

Adriana Laclé

 

Jesús Monge Chinchilla

 

Margarita Brenes Molina

Colectiva Autónoma por la resistencia social

Ana Luisa Cerdas Albertazzi

Junta de Salud de Santa Ana

Jiddu Rojas Jiménez

Encuentro Democrático

Ana Lucía Sanabria Jiménez

Sindicato de Trabajadores de la Salud SITRAS

Norma Hernández Ernst

 

Maria Elena Naranjo Leon

Sitras

Sonia Ulate Fallas

Partido Vanguardia Popular y Frente de lucha por el HMP

Luis Jonathan Fonseca Valerio

SIACCSS

Saúl Calderón Ramírez

 

Beatriz Castro Zúñiga

Agenda Cantonal de Mujeres Desamparadeñas

Karla Picado Granados

 

Andrés González Zamora

 

Nelson Espinoza Rodriguez

SITRAS

Ricardo Solano Madrigal

SINTAF

Simón Álvarez Viquez

SINTAF

Albertina Alfaro Chinchilla

REMISOD

Albino Aparicio Castro

SITRAS

Rebeca Vásquez Vargas

SINTAF

Ana Lucía Fonseca Ramírez

 

Amable Corrales Valverde

 

Adrián Quijano Centeno

Sintaf

Marta Arroyo Bonilla

Frente de Lucha proconstrucción Hospital Max Peralta.

Sonia Solís Umaña

 

Milagro Solis

Partido Pueblo Unido

Nidia Rivera González

 

Juan Carlos Bermúdez Barboza

Buen Vivir CR

Flory Isabel Meza Calvo

 

Magda Solis Alpízar

 

Ibux Sánchez Villalobos

 

Ana Lorena Marín González

ANDE

Ronulfo Morera Vargas

Buen Vivir-Costa Rica

Luis Paulino Vargas Solís

 

Roberto Cubillo Quesada

 

Ángel Ocampo Álvarez

Universidad de Costa Rica

Mayra Elena Rojas Alfaro

 

Ana Clemencia Araya Blanco

Junta de salud de Pital

Mayela Pérez Rodríguez

 

Marta Eugenia Picado Mesén

 

Fabio Enrique Delgado Hernández

Secretario director Colegio Abogad@s CR.

Marcos Chinchilla Montes

 

LILIANA MONGE SANCHEZ

UCR

MARTA CÉSPEDES SALAS

Junta de Salud

Julio Franceschi Castillo

 

Luis Roberto Zeledón Arias

ANEP

Elizabeth Murillo Ortega

 

Alejandra Franceschi Rojas

 

Seidy Salas Víquez

 

Rosa María Arce Madrigal

ANDE

Dania Fernández Sandí

ANDE PENSIONADOS

Ana Elena Arce Madrigal

 

Carolina Soto

Red de solidaridad con Palestina

Grettel Balmaceda García

 

Madeline Kiser

 

Elizabeth Del Río Rodríguez

SINTAF

María Mesén

 

José Gabriel Rivas Ducca

 

Manuel Jiménez Rodríguez

 

Zaida Camacho Aguilar

 

Lorena Marín Camacho

 

Luis A. Monge Arrieta

 

Pedro Salguero

 

Tribunal Contencioso Administrativo admite recurso contra el Consejo de Gobierno

UNDECA informa a las personas trabajadoras de la CCSS y a la opinión pública que el Tribunal Contencioso Administrativo ha admitido para trámite el recurso presentado contra la decisión del Consejo de Gobierno relacionada con la representación sindical ante la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.

La admisión del recurso constituye un paso importante en la defensa de la legalidad, el debido proceso, la autonomía sindical y el respeto a la voluntad democráticamente expresada por el movimiento sindical.

Desde UNDECA reiteramos que la representación de las personas trabajadoras no puede quedar sujeta a decisiones políticas que desconozcan los acuerdos legítimamente adoptados por las organizaciones sindicales. La institucionalidad democrática exige que se respeten los procedimientos establecidos y la independencia de la representación de la clase trabajadora.

Continuaremos utilizando todas las vías legales e institucionales necesarias para defender los derechos de las personas trabajadoras y garantizar que prevalezcan el Estado de Derecho, la seguridad jurídica y la verdadera representatividad sindical.

El movimiento sindical rechaza la decisión del consejo de gobierno de desconocer la voluntad democrática de las organizaciones sindicales

Comunicado

La decisión del Consejo de Gobierno pone en riesgo el normal funcionamiento de la CCSS y el derecho a la salud de la población

El Movimiento Sindical de Costa Rica manifiesta su más enérgico rechazo al acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno, mediante el cual se rechazó el nombramiento de la señora Rocío Alfaro Molina como representante titular y de la señora Martha Elena Rodríguez González como representante suplente ante la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), poniendo en riesgo el funcionamiento de su Junta Directiva.

Esta decisión constituye un grave precedente para la democracia, la libertad sindical y la autonomía de las organizaciones de trabajadores, al desconocer la voluntad soberana expresada por el Movimiento Sindical mediante el procedimiento democrático previsto en el artículo 6 de la Ley Constitutiva de la CCSS.

El Consejo de Gobierno ha sustituido, mediante valoraciones subjetivas y discrecionales, la decisión adoptada por las organizaciones sindicales, arrogándose una facultad que la ley no le confiere. La potestad de verificar el cumplimiento de requisitos legales no autoriza a descalificar a la persona democráticamente electa mediante interpretaciones restrictivas ni a imponer requisitos que el legislador nunca estableció.

El Movimiento Sindical reafirma que la representación de las personas trabajadoras ante la Junta Directiva de la CCSS pertenece a las organizaciones sindicales y debe respetar la decisión adoptada democráticamente por estas, conforme al mandato de la Ley Constitutiva de la institución.

Por ello, anunciamos que agotaremos todas las vías de presión social, administrativas y judiciales nacionales e internacionales que el ordenamiento jurídico reconoce para la defensa de la autonomía sindical, la legalidad y el respeto al Estado Social de Derecho.

Finalmente, hacemos un llamado a todas las organizaciones sociales, sindicales y a la ciudadanía a mantenerse vigilantes en defensa de su derecho a la salud, a las pensiones, a la vida y de la institucionalidad democrática que garantiza la CCSS.

La defensa de la Caja Costarricense de Seguro Social también exige defender el respeto a la ley, la democracia y la representación legítima de las personas trabajadoras.

Denuncia contra presunto nombramiento ilegal de directivo de la CCSS

El 11 de septiembre del 2024 se presentó una denuncia contra Jorge Porras López, directivo de la CCSS, y a los miembros del Consejo de Gobierno que participaron en su voto de nombramiento a la Procuraduría de la Ética Pública, la cual tiene la función de prevenir la corrupción, e incrementar la transparencia en los cargos públicos, por parte de Martha Elena Rodríguez, directiva representante de los trabajadores del sector Laboral-Sindical.

Esta denuncia se debe a que presuntamente el señor Porras López es trabajador del Banco Nacional, lo cual infringe el artículo séptimo, inciso b, de la Ley Constitutiva de la CCSS , que prohíbe nombrar funcionarios de cualquier banco, de acuerdo a su marco como Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

En virtud de la importancia que tiene que los nombramientos estén a debido derecho, por temas de anticorrupción y transparencia, se le solicita en esta denuncia a la Procuraduría agilidad para determinar si en efecto se ha violentado este artículo, y llevar a cabo la acción penal necesaria.

Se adjunta abajo la denuncia en su totalidad, detallando el marco jurídico de esta:

San José, 11 de septiembre 2024

Licenciado

José Armando López Baltodano 

Procurador Director del Área de la Ética Pública.

S.D.

ASUNTO: DENUNCIA CONTRA JORGE PORRAS LÓPEZ DIRECTIVO ACTUAL DE LA CCSS REPRESENTANTE DEL ESTADO Y CONTRA EL CONSEJO DE GOBIERNO POR PRESUMIBLE NOMBRAMIENTO ILEGAL.

La suscrita, MARTHA ELENA RODRIGUEZ GONZALEZ, cédula 2-0343-0472, mayor, casada, vecina de San Ramón de Alajuela, Directiva titular representante de los trabajadores Sector Laboral-Sindical, en la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, presento formal denuncia ante la Procuraduría de la Ética Pública,  contra el señor JORGE PORRAS LÓPEZ, cédula 5- 0239- 0638 Directivo actual  de la CCSS en carácter de representante estatal y contra los miembros del CONSEJO DE GOBIERNO que participaron con su voto en el nombramiento ilegal del señor Porras López como Directivo de la CCSS, tanto en la Sesión Nº 40  Artículos 3 y 3.1 celebrada el día 8 de febrero de 2023 ( ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD)  como en  la Sesión Nº79 Artículo 3 celebrada el 8 de noviembre 2023 ( ACUERDO FIRME  POR MAYORÍA CALIFICADA ).

Acudo a esa instancia pública, considerando que la competencia de la Procuraduría de la Ética Pública, está encaminada a realizar las acciones administrativas necesarias para prevenir, detectar y erradicar la corrupción e incrementar la ética y la transparencia en el ejercicio de la función pública, por actos ilícitos vinculados con el ejercicio de su cargo o con ocasión de éste, en las materias competencia de la Jurisdicción Penal de Hacienda y de la Función Pública (artículos 3,inciso h; 7 inciso r) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

HECHOS Y FUNDAMENTO LEGAL QUE SUSTENTAN LA DENUNCIA

PRIMERO: El señor Jorge Porras López en apariencia es funcionario del Banco Nacional de Costa Rica desde el año 2007: Desde esa fecha a la actualidad, ha desempeñado diferentes cargos en esa Institución Autónoma. Actualmente desempeña el cargo de Técnico Profesional Banca de Consumo.  

(Prueba: se está solicitando a esa Procuraduría gestionar certificación que lo acredite)

SEGUNDO: El Consejo de Gobierno en la Sesión Nº 40 celebrada el día 8 de febrero de 2023, Artículo 3 y 3.1 nombró en el cargo de Director pro tempore en la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social al señor Porras López, en esa oportunidad, como representante del sector solidarista cuyo nombramiento rige a partir de la fecha indicada.  

En ese primer nombramiento, el  señor Porras López, fue nombrado  directivo en la Caja Costarricense de Seguro Social de manera provisional, en sustitución de la  directiva titular del sector solidarista de la CCSS, Maritza Jiménez Aguilar , separada de su cargo mediante una medida cautelar ordenada por el mismo Consejo de Gobierno por haber concurrido con su voto al pago salarial del aumento 2020 al personal de la CCSS (Sesión Nº33 del 7 de diciembre de 202, Expediente Procedimiento Administrativo Nº PR-SCG-OD-006-2022).

La titular, señora Maritza Jiménez Aguilar, fue restituida en su cargo por la Sala Constitucional mediante Resolución Nº.2023-018697 de las 14:20 horas del 28 de junio del 2023 que anuló la medida cautelar y en consecuencia el nombramiento pro tempore del señor Porras López fue anulado.

(Prueba: link actas del Consejo de Gobierno https://www.presidencia.go.cr/transparencia/actas-y-acuerdos)

TERCERO: El Consejo de Gobierno en la Sesión Ordinaria Nº79 celebrada el 8 de noviembre de 2023, Artículo 3, procede a nombrar por segunda vez al señor Porras López, directivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, pero en esta oportunidad como representante del Estado.

Consta en la citada Acta de Consejo de Gobierno, que fue juramentado el mismo día según Artículo 8 de la  misma sesión.

(Prueba: link actas del Consejo de Gobierno https://www.presidencia.go.cr/transparencia/actas-y-acuerdos)

CUARTO: Los días jueves que sesiona la Junta Directiva en horas hábiles, el señor Porras López, asiste y eventualmente se dice que tiene permiso del Banco para asistir, pero queda la duda si está recibiendo en caso de ser empleado del Banco Nacional salario y dieta de manera concomitante.

QUINTO: La Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, Ley Nº17 de octubre de 1943, regula la integración de la Junta Directiva, Órgano Supremo y los requisitos de cada uno de los directores y además las causales de impedimento.

Particularmente, en lo que aquí interesa, el artículo 7 dispone lo siguiente:

“Artículo 7º.- Regirán respecto de dicha Junta, las siguientes disposiciones:

  1. a) …
  2. b) No podrán formar parte de ella:

1.- …

2.- Los directores, gerentes, subgerentes, personeros, empleados o dueños de la mayoría de las acciones de algún banco…”

Esta norma establece una restricción, que impide a cualquier funcionario de algún Banco – desde los empleados contratados en régimen laboral o de empleo público hasta los miembros de las Juntas Directivas de los bancos- ser directores del Órgano Supremo de Gobierno de la Caja Costarricense de Seguro Social.

La prohibición que establece la norma es absoluta, limitando que puedan ejercer el cargo de miembros de la Junta Directiva a cualquier empleado, funcionario o miembro de la junta directiva de un banco.

Los nombramientos del señor Porras López realizados por el Consejo de Gobierno en las Sesiones Nº 40  y N° 79 reseñadas en los Hechos Segundo  y Tercero de este documento, de ser cierto que es funcionario del Banco Nacional actualmente y directivo de la CCSS, podrían violentar de manera manifiesta y evidente la prohibición que ordena la norma anteriormente citada, en virtud de que el señor Porras López es empleado regular del Banco Nacional de Costa Rica, que si se toma en consideración que el Banco Nacional, es un Banco del Sistema Bancario Nacional de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.2 de  la Ley Nº1644 Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional.

En  consecuencia, si la investigación arroja que es un empleado del citado Banco, resultaría en un nombramiento insólito e ilegal, realizado  no en una, sino en dos ocasiones distintas, por el Consejo de Gobierno para designar al señor Porras López, quien actualmente se encuentra ostentando el cargo en la Junta Directiva de la CCSS.

No obstante que la norma anteriormente citada, de manera inequívoca, establece una prohibición de carácter absoluto y una restricción, por lo que el nombramiento actual del señor López Porras como directivo de la CCSS, podría ser un nombramiento espurio, ilegal que no puede tener ninguna otra explicación que no sea el de un favorecimiento ilícito, constitutivo aparentemente de un tráfico de influencias.

A los hechos y  fundamento legal citado, se sumaría la probable trasgresión al deber de probidad establecida en la Ley Nº8422 Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública,  que  se materializa con  los acuerdos dictados por el Consejo de Gobierno que le da eficacia al nombramiento  ilegal del señor Porras López, como directivo de la CCSS, en lo que resultaría en una  flagrante violación del ordenamiento jurídico y  norma expresa establecidas por el legislador en la Ley Constitutiva de la CCSS para garantizar la transparencia y evitar el  aprovechamiento del poder, que trae consigo ciertos cargos en la función pública con potestad decisoria, que en esa condición, son aprovechadas para la comisión de presumibles actos ilícitos, que transgreden la probidad y podrían ser un “ tráfico de influencias”  por el conflicto de intereses que provocan, en  flagrante violación del ordenamiento jurídico y  norma expresa.

La Procuraduría General de la República, ha señalado:

“…En síntesis…las restricciones así previstas resultan, por consiguiente, legítimas en el tanto evitan los conflictos de intereses y garantizan la imparcialidad en el ejercicio de la función pública, como así tuvo ocasión de afirmarlo la Sala Constitucional en relación precisamente con el artículo bajo estudio al analizar su constitucionalidad en la resolución N° 2276-96, de las 14:54 horas del 15 de mayo de 1996…” (Procuraduría General de la República, OJ-066-2007 del 19 de julio de 2007). (Lo destacado es propio).

“…Los requisitos de elegibilidad implican que quienes no reúnan las condiciones que la ley establece para acceder al puesto, están imposibilitados para ser nombrados en él. Implícitamente la enumeración de esas condiciones opera como una condición de inelegibilidad. Pero estas últimas también pueden ser expresas y se dan en los supuestos en que la ley expresamente señala que no pueden acceder a los cargos públicos quienes se encuentren en las situaciones jurídicas que ella enumera. Asimismo, el legislador puede establecer que el puesto resulta incompatible con el desempeño de determinadas actividades públicas…ello necesariamente se engarza, a su vez, con el deber de probidad, que constituye un deber ya no sólo de carácter ético, sino también legal, a la luz del ordenamiento jurídico vigente, toda vez que se encuentra consagrado  expresamente en el artículo 3° de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (N° 8422 del 6 de octubre del 2004)[2] y cuya violación se constituye en causal para separación del cargo sin responsabilidad patronal (artículo 4° iusibídem). (Procuraduría General de la República, Dictamen C-153-2008 del 8 de mayo de 2008). (Lo destacado es propio)

 La Contraloría General de la República, en el desarrollo de su jurisprudencia administrativa ha dispuesto:

“…los miembros de la junta directiva se consideran servidores o funcionarios públicos, por lo que les alcanza la normativa aplicable en los supuestos de prohibición e impedimentos en lo que les resulta aplicable…” (Contraloría General de la República, Dictamen de la Dirección Jurídica DJ-3257-2010 del 17 de agosto, 2010). (Lo destacado es propio.)

La jurisprudencia copiada, concierne  al caso concreto,  por existencia de   normativa expresa vigente, que regula la prohibición de que un empleado bancario sea integrante de la Junta Directiva de la CCSS, considerando  que inicialmente fue nombrado por el Consejo de Gobierno representante del sector solidarista y que actualmente en la Junta Directiva de la CCSS representa al sector gobierno,  todas acciones que en grado de causalidad podrían constituir violaciones al deber de probidad en el cargo público, nombramiento ilegal y tráfico de influencias,  tanto de los integrantes del Consejo de Gobierno que han participado en el nombramiento presuntamente ilegal, como personalmente del directivo Jorge Porras López.

Señala la Ley Nº 8422, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública:

Artículo 1ºFines. Los fines de la presente Ley serán prevenir, detectar y sancionar la corrupción en el ejercicio de la función pública.

Artículo 3ºDeber de probidad. El funcionario público estará obligado a orientar su gestión a la satisfacción del interés público.  Este deber se manifestará, fundamentalmente, al identificar y atender las necesidades colectivas prioritarias, de manera planificada, regular, eficiente, continua y en condiciones de igualdad para los habitantes de la República; asimismo, al demostrar rectitud y buena fe en el ejercicio de las potestades que le confiere la ley; asegurarse de que las decisiones que adopte en cumplimiento de sus atribuciones se ajustan a la imparcialidad y a los objetivos propios de la institución en la que se desempeña y, finalmente, al administrar los recursos públicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente.

Artículo 4ºViolación al deber de probidad. Sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que procedan, la infracción del deber de probidad, debidamente comprobada y previa defensa, constituirá justa causa para la separación del cargo público sin responsabilidad patronal.

Artículo 52.-Tráfico de influencias. Será sancionado con pena de prisión de dos a cinco años, quien directamente o por interpósita persona, influya en un servidor público, prevaliéndose de su cargo o de cualquiera otra situación derivada de su situación personal…”

“Artículo 59.-Inhabilitación. A quien incurra en los delitos señalados en esta Ley, además de la pena principal, se le podrá inhabilitar para el desempeño de empleo, cargo o comisiones públicas que ejerza, incluso los de elección popular, por un período de uno a diez años. Igual pena podrá imponerse a quienes se tengan como coautores o cómplices de este delito.”

El expediente de la Asamblea Legislativa Nº13.715 correspondió al Proyecto de Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, del cual se extrae el espíritu que inspiró la actual Ley Nº 8422 citada:

“.éste proyecto de ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito es un avance importante para colocar nuestra legislación en condiciones de combatir con mayor eficacia y presteza, el cáncer de la corrupción…” “…se regula de una forma más rigurosa delitos como el tráfico de influencias, ….el incumplimiento de prohibiciones para ocupar cargos…Este proyecto amplía la lista existente de faltas administrativas por parte de los funcionarios públicos, detallando aspectos como la realización de actos a favor de terceros, que comprometen la imparcialidad y que permitan un conflicto de intereses a la recepción de cualquier tipo de beneficio personal para ellos …” ( Folios 1171 y  4368 Expediente  de la Asamblea Legislativa Nº13.715)

La Procuraduría General de la República, en su labor técnica consultiva, también ha desarrollado jurisprudencia administrativa, que enmarca claramente los principios y postulados de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito (Ley Nº8422):

“… En consecuencia, si está llamado a proteger y a defender el interés público y el interés de la institución a la cual sirve. no puede prevalecerse indebidamente de su posición dentro de la Administración Pública para favorecer sus intereses a nivel personal o familiar.” (Opinión Jurídica N° OJ-006-2007 del 29 de enero de 2007)

“…El deber de probidad obliga a no colocarse en ninguna situación que genere conflicto de intereses…” (Dictamen N° C-429-2005 del 12 de diciembre de 2005). (Lo destacado es propio)

Esta normativa, responde al deber del funcionario público estatuido en el numeral 11 de la Constitución Política, de actuar como simples depositarios de la autoridad conferida, sin arrogarse facultades no conferidas, con sometimiento estricto a rendición de cuentas y la consecuente responsabilidad personal de sus actos

FUNDAMENTO NORMATIVO

Me fundamento para la presente denuncia, en todo el elenco normativo citado: Constitución Política, Ley Constitutiva de la CCSS, artículo 7 inciso b), Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República y de esa Procuraduría.

PRETENSIÓN

Con base en los hechos y fundamento legal expuesto, comparezco a interponer esta denuncia, para que se investigue si el señor Jorge Porras López y los miembros del Consejo de Gobierno que participaron con su voto en el nombramiento como Directivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, violentó el ordenamiento jurídico, por lo cual solicito:

1.- Que esa Procuraduría de la Ética, de conformidad con las competencias legales que le asisten, realice la investigación pertinente, y en caso de determinarse que efectivamente es empleado del Banco Nacional el señor Jorge Arturo Porras López y los miembros del Consejo de Gobierno que participaron con su voto en el nombramiento del señor Porras López, como Directivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, que representó al sector solidarista parte del año 2023 y que actualmente funge como representante del Poder Ejecutivo en esa Junta Directiva.

2.- Que, de verificarse la comisión de actos ilícitos vinculados con el ejercicio del cargo de las personas acusadas, se proceda a presentar la debida denuncia ante el Ministerio Público para exigir responsabilidad penal por sus actuaciones. 

PRUEBA DOCUMENTAL QUE SE APORTA:

  1.   Acta del Consejo de Gobierno celebrada Nº 40 celebrada el 8 de febrero de 2023, que puede ser accesible  mediante el link: https://www.presidencia.go.cr/transparencia/actas-y-acuerdos
  1. Acta del Consejo de Gobierno  Nº 79 celebrada el día 8 de noviembre del 2023, Artículo 3, que puede ser accesible mediante el link: https://www.presidencia.go.cr/transparencia/actas-y-acuerdos
  2.   Foto de los emails de las convocatorias a las sesiones de Junta Directiva de la CCSS medio por cual nos remiten información, donde se observa que el email del señor Porras López supuestamente utiliza el correo del Banco Nacional. jporrasl@bncr.fi.cr

PRUEBA QUE SE SOLICITA DILIGENCIAR:

  1.   Se solicita a la Procuraduría de la Ética diligenciar ante la Gerencia General del Banco Nacional de Costa Rica, certificación de la fecha de ingreso del Sr. Jorge Porras López al Banco Nacional de Costa Rica, nombramientos que ha disfrutado y cargo actual que desempeña.

NOTIFICACIONES:

Las atenderé para el seguimiento de la denuncia presentada en  la dirección de correo electrónico:   martaerg@gmail.com

En caso de requerirse, se aporta el lugar donde pueden ser localizados los denunciados en el siguiente orden:

  •         El señor Jorge Porras López, en la Sala de Sesiones de Junta Directiva de la CCSS ubicada en las Oficinas Centrales de la CCSS, Avenida segunda.
  •         Los integrantes del Consejo de Gobierno, podrán ser localizados en Zapote, sede de la Casa Presidencial, 2do piso, Oficina de la Secretaría del Consejo de Gobierno.

Agradeciendo su atención,

Martha Elena Rodríguez González, Directora

Junta Directiva Caja Costarricense de Seguro Social

Cédula 2-0343-0472

Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal exige intervención de SUGEF ante incumplimiento de directivos nacionales

Comunicado de prensa 

  • Según informe de empresa externa 21 miembros de los 25 incumplen requisitos de idoneidad.

  • Luego de 7 meses de emitido este informe no se conocen planes remediales. 

  • SUGEF recibe, al menos, ₡1.372 millones para supervisar entidades financieras.

18 de junio de 2024, San José, “Solicitamos la interposición de sus buenos oficios, a efectos de que se proceda a la subsanación de los incumplimientos de requisitos de idoneidad de las Juntas Directivas del Conglomerado Financiero  Banco Popular y Desarrollo Comunal”, así indica la nota enviada, el 13 de junio, a Rocío Aguilar Montoya Superintendente de Entidades Financieras (SUGEF), suscrita por Lenin Hernández Navas, Presidente del Directorio del a Asamblea Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Banco Popular y Desarrollo Comunal (ATTBPDC).

“Nos preocupa que el presidente de Banco, José Eduardo Sánchez Sibaja, en apariencia no cumple con dos requisitos establecidos en la regulación 15-22 del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero Nacional (CONASIFF):

  • Ocho años de experiencia en el ejercicio de altas gerencias en los últimos 10 años.
  • Formación académica en el manejo de entidades financieras.

De acuerdo con Hernández Navas lo alarmante es que el incumplimiento por falta de experiencia es insubsanable porque de acuerdo con el CONASSIF debe tener, “al menos ocho años en los últimos diez años, de experiencia práctica y profesional en puestos directivos o en puestos de Alta Gerencia según lo indica el Artículo 5, inciso a, Acuerdo CONSASSIF 15-22.

Por su parte Vivian Rodríguez Araya de la Secretaria del directorio emplazó al Consejo de Gobierno para que tome acciones ante el incumpliendo de requisitos de la junta directiva, que impuso a dedo, y advirtió que el Banco Popular tiene una función muy distinta a las otras entidades financieras por su visión social con que se creó e indicó que la idoneidad de los miembros de juntas directivas y altas gerencias debemos vigilarlo y asegurarnos de que las personas que optan por ocupar un puesto cumplan cabalmente con los perfiles y normativa correspondiente.

Acciones sobre las cuales no podemos claudicar máxime que el BPDC es una entidad que cuenta con un sólido patrimonio y con una relevante participación en la industria financiera y la banca social.

Por otra parte, Hernández Navas insistió que el Poder Ejecutivo debe asumir la responsabilidad porque nombró a la actual junta directiva y fue don Rodrigo Chaves quien es omiso en los requisitos de idoneidad que se requieren para miembros de juntas directivas de una entidad financiera, a pesar, de su experiencia bancaria.

BPDC 

El BPDC se creó hace 55 años, con la clara orientación de brindar protección económica y social, a través de servicios y productos financieros para los trabajadores, las organizaciones sociales y productivas y aquellos sectores que no encuentran soluciones en la banca tradicional.

ATTBPDC  

La ATTBPDC representa a sus dueños y tiene un mandato de ley de fiscalizar la gestión de la Junta Directiva y la Gerencia del Banco.  Por ello es vigilante y estricta de que las personas que optan por ocupar un puesto en la Junta Directiva cumplan cabalmente con los perfiles y normativa correspondiente.

La ATTBPDC está integrada por 290 personas delegadas ante la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras, quienes representan a los dueños de la entidad financiera y su nombramiento se realiza cada cuatro años y es la máxima instancia del conglomerado financiero del Banco Popular y Desarrollo Comunal.

La ATTBPDC tiene entre sus tareas la definición de pautas y orientaciones estratégicas que guiarán el quehacer diario del conglomerado financiero integrado por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Popular Valores Puesto de Bolsa S.A., Popular Fondos de Inversión S.A., Popular Seguros, Correduría de Seguros S.A. y la Operadora de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S.A.

Directorio Nacional 

Está conformado por cuatro personas delegadas que ocupan los puestos de Presidencia, Secretaria y dos Vocalías; su nombramiento dura un año con posibilidad de ser reelegidos.

En la actualidad esos cargos están ejercidos por Lenin Hernández Navas en la Presidencia, Vivian Rodríguez Araya, en la secretaría, Orietta Maria Zúñiga Vargas en la I Vocalía y Marco Vinicio Flores Arroyo, en la II Vocalía. 

UNDECA denuncia penalmente al Consejo de Gobierno

Consejo de gobierno se niega a realizar procedimiento a Ejecutiva de la Caja.

El Consejo de Gobierno se niega a abrir procedimiento administrativo contra Marta Esquivel, comunicado por la secretaria del Consejo de Gobierno en OFICIO PR-SCG-0F-00057-2024, en respuesta al fundamentado reclamo de UNDECA.

El Consejo de Gobierno se ampara, en que no cuenta con elementos de juicio para la apertura de un procedimiento disciplinario, debido a que no obtuvo información de la Contraloría General de la República (CGR) y del Ministerio Público (MP), a pesar de tener conocimiento que tanto la CGR como la Procuraduría de la Ética Pública, han presentado denuncias penales contra la jerarca de la CCSS.

“La Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (8422) y su Reglamento, exige al órgano que ostenta la potestad disciplinaria – en este caso Consejo de Gobierno- tramitar el procedimiento administrativo disciplinario contra la jerarca de la CCSS, sobre la cual pesan denuncias penales, por supuestos tráfico de influencias, nombramiento ilegal y maquillaje de informes actuariales de la CCSS, entre otros”, detalló Luis Chavarría, secretario general de UNDECA.

La omisión de deberes legales que se deduce del oficio remitido a UNDECA, podría otorgar ventajas y favorecimientos indebidos, ilícitos y odiosos a la jerarca de la CCSS, ya que cualquier otro servidor público sería sometido a un procedimiento disciplinario.

Estamos hablando del mismo Consejo de Gobierno, que, con sólo una denuncia verbal de esta misma jerarca, sustentada en informes actuariales que fueron denunciados por la Contraloría General de la República en la vía penal, apertura un procedimiento contra 5 directivos de la CCSS.

“Ese Consejo de Gobierno tampoco ejerció potestad disciplinaria, cuando la presidenta ejecutiva invadió con una cámara, un quirófano del Hospital Calderón Guardia, en el momento en que se procedía con un delicado trasplante a un paciente, poniendo en riesgo al paciente y ante la sorpresa atónita de toda la población, en un alarde de poder, desbordado e ilegítimo, que la caracteriza”, agregó Luis Chavarría.

Nuestro ordenamiento jurídico establece el delito de incumplimiento de deberes en el artículo 339 del Código Penal y en el Reglamento a la Ley Contra la Corrupción, se refiere al “… uso indebido del poder y de los recursos públicos para el beneficio personal, el beneficio político o el de tercero …”.

UNDECA, ante la presunción, razonable, de que se le han otorgado privilegios, ventajas y fueros a la señora Marta Esquivel Rodríguez, prohibidos en nuestro Estado de Derecho, procedió a denunciar ante las autoridades penales competentes, los presuntos actos de corrupción, incumplimiento de deberes, falta de transparencia y probidad, encubrimiento, favorecimiento personal por parte del Consejo de Gobierno.

UNDECA respetuoso de los principios éticos, morales y democráticos, considera inaceptable que este tipo de actos se presenten en una institución como la Caja -que le pertenece a los costarricenses- y hace un llamado al pueblo a defender esta emblemática institución.

VIDEO de Conferencia

Esperamos las mejores decisiones para tener buenos resultados

José Luis Pacheco Murillo

Es evidente que la conferencia de prensa de los miércoles por parte del Consejo de Gobierno ha acaparado la atención de miles de personas.

Esto se debe a que desde que asumió el poder tanto el presidente como ministros y presidentes ejecutivos o directores de instituciones, dan a conocer noticias que en su mayoría son del agrado de los costarricenses, desde luego que no de todos porque siempre habrá a quienes no les guste, ni la forma ni el fondo de cómo se muestran las cosas en dichas conferencias.

El asunto es que, al parecer, el equipo de trabajo del gobierno, ministros, vice ministros y demás autoridades, han logrado una empatía con las pretensiones del presidente y esa empatía se evidencia por la forma en que ellos mismos atienden las peticiones del presidente.

Desde luego que no a todos les cae bien la toma de decisiones que se hacen. Por ejemplo, es fácil imaginar que hay molestia en quienes son los dueños de los edificios que han sido alquilados por el gobierno por muchas décadas y ahora se ha solicitado la rescisión contractual para no alquilarlos más y así ahorrar miles de millones de colones y de dólares.

De igual manera aquellos propietarios de edificaciones alquiladas en todo el país para oficinas de direcciones regionales y que de igual manera ya no se alquilarán más.

Pero es que, ¿quién puede dudar del beneficio para el país de tales decisiones, máxime cuando se nos indica que hay un edificio del gobierno desocupado desde hace años y que ahora albergará a los funcionarios de los edificios que ya no se alquilarán?

Quizá se requiera más comunicación respecto a lo que el Ejecutivo está haciendo con la relación que debe tener con la Asamblea Legislativa y por ello es extraña la ausencia de la ministra de la Presidencia, porque si algo se requiere para que el ejecutivo pueda actuar adecuadamente es una excelente relación con el poder legislativo. Es muy conveniente que la ministra de la Presidencia tenga una participación preponderante en dichas conferencias para hacer del conocimiento de las acciones con las fracciones legislativas y el directorio legislativo, máxime cuanto dentro de poco tiempo será el Congreso el que asuma la iniciativa de la agenda legislativa.

Es evidente también que algunos sectores no están conformes con lo que sucede y ya están tomando acciones para atacar al gobierno y tratar de que esas decisiones no se tomen o se siga en lo mismo de siempre.

Dios quiera que el gobierno pueda tomar las mejores decisiones, valientes pero honestas y transparentes, para salir adelante de la crisis económica y financiera en la que estamos y que muy pronto podamos ver resultados claros y específicos de dichas decisiones.