SURCOS comparte la carta enviada a la presidencia de la Asamblea Legislativa
Señor Presidente de la Asamblea Legislativa
Con motivo de la discusión de un Tratado de Libre Comercio con el Estado de Israel que será sometido a la aprobación de la Asamblea Legislativa, hacemos llegar a Usted las siguientes reflexiones.
1.- Nadie ignora la deplorable tendencia de algunos Estados, que hoy asoma en el terreno de las relaciones internacionales, de menospreciar los más altos valores de la moral, la justicia y la paz cuando quieren imponer sus designios prevalidos de la fuerza. Pero Costa Rica, que profesó siempre la más alta observancia de aquellos valores, no debe ni puede soslayarlos ahora por mera conveniencia mercantil, en la alternativa de aprobar o no un Tratado de Libre Comercio con un Estado como Israel, regido por un gobierno genocida, que ha pisoteado y escarnecido las instituciones y las más elementales reglas de la convivencia internacional. Si bien no podemos imponer criterios a ninguno, tampoco debemos premiarlo inmerecidamente con amistad y un silencio interesado.
Usted bien sabe que Israel nació como un Estado impuesto arbitrariamente en territorio palestino, que logró el reconocimiento de la ONU en 1947 con el apoyo británico y, posteriormente, el estadounidense. Rechazó exitosamente los ataques de sus vecinos musulmanes y consiguió su reconocimiento de parte de algunos de ellos. Ahora bien, con respecto a sus vecinos palestinos, Israel organizó de inmediato diversas maneras de arrinconarlos, reprimirlos y desplazarlos, cercenando sistemáticamente sus derechos y sus territorios. Y, aunque estas acciones fueron en su momento denunciadas, comprobadas y declaradas ilegales por Naciones Unidas por medio de más de veinte resoluciones de condena, tales condenas quedaron siempre inoperantes por el veto interpuesto en cada caso por los Estados Unidos, o por la desobediencia impune del propio Israel. Veamos un par de casos:
a) La resolución 446 se emitió basada en el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, por lo cual estableció condición vinculante para Israel como país signatario de dicha Carta. Implicó, además: «que el Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempos de guerra, de 12 de agosto de 1949, es aplicable a los territorios árabes ocupados por Israel desde 1967, incluso Jerusalén». Por esa razón, los asentamientos israelíes en los territorios ocupados son totalmente prohibidos, dado que el artículo 49 de dicha Convención plantea que «la Potencia ocupante no podrá efectuar la evacuación o el traslado de una parte de la propia población civil al territorio por ella ocupado». Este dictado fue de 1979, pero los asentamientos continuaron sin pausa.
b) La resolución 497 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas fue excepcionalmente votada por unanimidad por el Consejo de Seguridad el 17 de diciembre de 1981. Fue consecuencia de la incorporación de facto de los Altos del Golán por Israel. Dicha resolución 497, concluyó: «…la decisión israelí de imponer sus leyes, su jurisdicción y su administración al territorio sirio ocupado de los Altos del Golán es nula y sin valor y no tiene efecto alguno desde el punto de vista del derecho internacional». También exigía anular lo hecho por las fuerzas de ocupación israelíes; pero, de hecho, Israel continuó y continúa ocupando dichos territorios, e incluso ha ampliado las áreas ocupadas. Para colmo, en 2018, Donald Trump declaró que los Altos del Golan son territorio israelí.
En suma, en lo que al territorio se refiere, en Palestina nos hallamos ante un delito continuado de creciente usurpación, perpetrado durante más de setenta años a vista y paciencia del entero Planeta; y su impune autor es el Estado de Israel. Costa Rica no puede remediar esta ignominia, pero ¿debe disimularla, fingir que no ha ocurrido?
2.- Frente a la última, criminal e insensata incursión de Hamas en territorio israelí ocurrida el 7 de octubre de 2023, en la que murieron 1 200 israelíes y otros 251 fueron tomados como rehenes, el ejército israelí respondió prontamente con una ofensiva militar en la Franja de Gaza que incluyó bombardeos, invasión armada, asesinatos masivos y otras represalias cuyos resultados son, hasta la fecha, más de 50 000 muertos (de los cuales, casi el 70% son mujeres y niños); y más de 117 000 heridos, y la destrucción masiva de las ciudades de la Franja, con preferencia en hospitales, escuelas y centros de aprovisionamiento. Cerca de dos millones de gazatíes indefensos y desesperados carecen de agua, alimentos, medicinas y los más elementales servicios; y recientemente, rompiendo una tregua que duró dos meses, Netanyahu lanzó de nuevo intensos bombardeos en la Franja de Gaza, impactando cada día a un gran número de civiles inermes y terminando de destruir los castigados centros de población de la Franja.
3.- En fechas 26 de enero, 28 de marzo de 2024, en el proceso planteado contra Israel por Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, la Corte emitió sendas ordenanzas, poniendo en evidencia la ilegalidad de la ocupación y colonización del territorio palestino por parte de Israel y exigiendo su retiro; y considerando que el agravamiento de la situación en Gaza lo justifica, detallan nuevas medidas provisionales que Israel debe cumplir. Pero no se ha observado mayor cambio de parte de las autoridades israelíes.
4.- Una nota particularmente reprochable de la conducta del Gobierno Israelí durante esta última guerra es su total irrespeto y su manifiesta obstrucción hacia las actuaciones del personal humanitario de las Naciones Unidas, la Cruz Roja Internacional y otras agencias humanitarias: obstrucciones que van desde impedirles entrar con ayuda alimenticia y médica, hasta el bombardeo de sus hospitales y el asesinato de 295 miembros del personal sanitario. La Corte Internacional de Justicia informó el 25 de abril de 2025 “sobre las continuas y severas restricciones impuestas por Israel a la labor de la ONU y otras organizaciones internacionales en Gaza y los Territorios Palestinos Ocupados”. El pasado 2 de abril, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (órgano intergubernamental, compuesto por 47 Estados Miembros, entre ellos Costa Rica) adoptó una resolución en la que condena la violación de la tregua en Gaza por parte de Israel, y exige prevenir un genocidio por parte de sus máximas autoridades. Desde todos los rincones del Mundo, frente a un Israel inconmovible, se expresa el horror y el repudio por los bombardeos cotidianos en Gaza, y la exigencia de detener este nuevo holocausto. Lo ha descrito el gazatí Abu Amir, el 14 del mismo mes:
“…Lo que ocurre hoy en Gaza supera toda descripción: es un infierno absoluto, un cataclismo que destroza piedras y personas, poniendo en peligro la esencia misma de humanidad. No es sólo una agresión militar o un bloqueo despiadado, es una prueba monstruosa para la dignidad humana que nos grita que el silencio del Mundo es complicidad con el crimen”
(Testimonio recogido por la Unión de judíos franceses por la Paz; abril 2025)
5.- Como tenía que ser, la conducta de los gobernantes israelíes ha sido crecientemente repudiada por múltiples países de todos los continentes como antijurídica y profundamente malvada, lo cual se materializó en la causa penal seguida contra Netanyahu y Gallant en la Corte Penal Internacional, que culminó con las órdenes de arresto de ambos el 21 de noviembre de 2024.
Durante el tiempo que ha durado el conflicto, la diplomacia costarricense ha observado una conducta ambigua, con dudosas abstenciones en algunos casos en que no había lugar a dudas. Pero Usted puede bien apreciar que, desde el punto de vista moral, las personas decentes no tienen alternativa: nuestro País, a través de los miembros de su Cuerpo Legislativo, debe rehusar la aprobación del Tratado de Libre Comercio con el Estado de Israel, por razones de justicia, de moralidad y de coherencia.
San José, agosto de 2025.
Suscriben,
Alejandro Cardona Ducas, cédula 900850253 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Composición Musical, 1999, 2000, 2002 y 2014.
Alejandro Marín Solano, cédula 304370280 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Poesía, 2018.
Alfredo Trejos Ortiz, cédula 109800786 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Poesía, 2011 y 2017.
Álvaro Torres Crespo, Premio Nacional Amando Céspedes Marín en producción audiovisual, 2023.
Ana Clara Carranza Maxera, cédula103200135436 – Premio Nacional de Teatro, 1996, 1998, 2002, 2011.
Ana Cristina Rossi Lara, cédula 104070914 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Novela, 1985 y 2002. Premio José María Arguedas de Casa de las Américas, Cuba. Medalla del Nacimiento de Pablo Neruda otorgada por el Gobierno de Chile, 2004.
Ana Lucía Fonseca Ramírez, cédula 105290511 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Ensayo, 2016 y 2024. Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Cuento 2021.
Ana María Botey Sobrado, cédula 104730692 – Premio Cleto González Víquez, 2019.
Andrea Catania González, cédula109820528 – Premio Nacional de Teatro, 2007.
Arabella Salaverry Pardo, cédula 900290602 – Premio Nacional Aquileo J Echeverría en Cuento, 2016; Premio Nacional Aquileo J Echeverría en Poesía, 2019. Premio Nacional de Cultura Magón, 2021.
Arnoldo Mora Rodríguez, cédula 900090046 – Premio Joaquín García Monge, 2014. Ex ministro de Cultura – Catedrático emérito de la Universidad de Costa Rica.
Bryan Chavarría Campos, cédula 206430544 – Premio Nacional en Danza Mireya Barboza, categoría interpretación, 2024.
Camilo Retana Alvarado, cédula 111900679 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Ensayo, 2020 y 2022.
Carla Pravisani Dimex, cédula 1032 0000 7529 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Novela, 2018.
Carlos Cortes Zúñiga, cédula 105880662 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Novela, 1999. Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Cuento, 2010. Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Ensayo, 2007 y 2015.
Carlos Regueyra Bonilla, cédula 1 1389 0497 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Cuento, 2024.
Carlos Manuel Villalobos Villalobos, cédula 204410229 -Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Novela, 2024.
Carlos Sandoval García, cédula 106390524 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Ensayo, 2002.
David Eliot Korish, cédula 184001503712 – Premio Nacional de Teatro Ricardo Fernández Guardia en Actuación, 2025.
Diego Mora Morales, cédula 111800185- Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Poesía, 2021.
Edmundo Retana Jiménez, cédula105280187 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Poesía, 2024.
Fernando Carballo Jiménez, cédula 301470051 – Premio Nacional de Cultura Magón, 2021.
Fernando Contreras Castro, cédula 203800185 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Novela, 1995 y 2000.
Fernando Vinocour Ponce, cédula 1005160748 – Premio Nacional en Actuación, 1986 y 1991. Premio Nacional al Mejor Grupo 2001 y 2004. Premio Nacional en Dirección, 2005 y 2013.
George García Quesada, cédula 9107687 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Historia, 2014.
Gilberto Lopes, cédula 8 0089 0909 – Premio Nacional de Periodismo Pio Víquez, 1989.
Giselle Chang Vargas, cédula104610310 –Premio Cleto González Víquez, 2008, (compartido). Premio Nacional de Investigación Cultural Luis Ferrero Acosta, 2023, (compartido).
Gloriana Retana Morales, cédula 108550865 – Premio Nacional en Coreografía, 2002. Premio Nacional de Danza Mireya Barboza en Dirección o Coreografía 2020.
Henriette Raventós Vorst, cédula 105820312 – Premio Nacional de Ciencias Clodomiro Picado Twight, 2024.
Janko Navarro Salas, cédula 109980236 – Premio Nacional Ricardo Fernández Guardia en Dirección, 2022.
Juan Diego Quesada Pacheco, cédula 105690101, Premio Nacional de Investigación Cultural «Luis Ferrero Acosta», 2017.
Javier Tapia Balladares, cédula 800560025 – Premio Nacional de Investigación Cultural Luis Ferrero Acosta, 2019.
Jorge Jiménez Hernández, cédula 104550106 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Novela, 2012.
Julieta Dobles Yzaguirre, cédula 103120144 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Poesía, 1968,1977, 1992, 1997 y 2003. Premio Nacional de Cultura Magón, 2013.
Leda Astorga Mora, cédula 106030095 – Premio Nacional Aquileo J Echeverría en Escultura, 1998.
Luis Chaves Campos, cédula 107520994 – Premio Nacional de Literatura Aquileo J. Echeverría en Poesía, 2012.
Macarena Barahona Riera, cédula 105260207 – Premio Ángela Acuña Braun en Periodismo, 2002.
Manuel Antonio Solís Avendaño, cédula 104090243 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverria en Ensayo, 2006. Premio Nacional Aquileo J. Echeverria en Historia, 2013.
Manuel Monestel Ramírez, cédula 103880206 – Premio Nacional de Cultura Magón, 2024.
María del Sol Pardo Carballo, cédula 115810267 – Premio Nacional Mireya Barboza en Dirección, 2024.
María Lourdes Cortés Pacheco, cédula 107840468 – Premio Joaquín García Monge Comunicación cultural, 1997. Premio Nacional Aquileo J. Echeverria en Ensayo, 1999 y 2005.
Mario Salas Muñoz, cédula 104060434 – Premio Nacional de Literatura Aquileo J. Echeverría en Poesía, 2015.
Mauricio Molina Delgado, cédula 107140088 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Poesía, 2016.
Micaela Canales Barquero, cédula 110670202 – Premio Nacional de Teatro Ricardo Fernández Guardia en la categoría de Diseño, 2019, 2020 y 2022. Premio Nacional en Artes Visuales Francisco Amighetti, 2022. Premio Nacional Amando Céspedes Marín, 2023 en la categoría de Mejor Equipo Creativo.
Mirta González Suárez, cédula 800480869 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Novela, 2013.
Óscar Núñez Olivas, cédula 104550984, Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Novela, 1996.
Osvaldo Sauma Aguilar, cédula 900370584 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Poesía, 2013.
Rocío Quilis González, cédula 109470298, Premio Nacional mejor actriz de reparto, 1998.
Rodrigo Soto González, cédula 106940204 – Premio Nacional Aquileo J. Echeverría en Cuento, 1983 y 2005.
Ronald Bonilla Carvajal, cédula 103991400 – Premio Nacional I. Aquileo Echeverria en Poesía, 2001. Premio UNA Palabra en Poesía, 2014. Premio Centroamericano de Literatura Rogelio Sinan Panamá, 2002. Premio Nacional de Cultura Magón, 2015.
Silvia Castro Méndez, cédula 105130996, Premio Nacional I. Aquileo Echeverria en Poesía, 2010.
Roxana Ávila Harper, cédula 106070225 – Premio Nacional Ricardo Fernández Guardia en dirección 2018. Premio Aquileo J. Echeverría en Dramaturgia 2004, 2021. Premio Nacional Mejor Grupo 1999, 2003, 2006. 2012.
Virginia Cortés Ramos, cédula 900750816 – Premio Nacional de Danza de mejor coreografía, 2014.
Walter Antillón Montealegre, cédula 102210295 – Premio Rodrigo Facio Brenes, 2022.
Yadira Calvo Fajardo, cédula 3 205 774 – Premio Nacional de Cultura Magón, 2012.
Nicolas Boeglin Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)
El 23 de julio del 2025, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha dado a conocer su opinión consultiva con relación a las obligaciones jurídicas que pesan sobre los Estados en materia de cambio climático a raíz de preguntas que le formulara la Asamblea General de Naciones Unidas en el mes de marzo del 2023 (véase texto de las preguntas).
Contrariamente a los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos solicitados sobre este mismo tema, la CIJ no «reformuló» ninguna de las preguntas que le fueron sometidas por la Asamblea General de Naciones Unidas: véase al respecto nuestra nota BOEGLIN N., «Derechos humanos y cambio climático: breves reflexiones con relación a la Opinión Consultiva OC/32 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de este 3 de julio«, 3 de julio del 2025 (texto disponible aquí).
El 21 de mayo del 2024, fue el Tribunal Internacional de Derecho del Mar (más conocido por sus siglas en inglés de ITLOS) el que dio a conocer primero su opinión consultiva, solicitada por un grupo de Estados insulares amenazados por el aumento del nivel del mar, siempre relacionada a los efectos del cambio climático (véase texto en francés y en inglés). De igual manera que en el caso de la CIJ, los jueces del ITLOS no procedieron tampoco a «reformular» las preguntas que les fueron hechas.
Hay que tener claro que la formulación de las preguntas por parte de Estados a jueces internacionales constituye un ejercicio en el que cada palabra, cada expresión, cada referencia es sopesada, valorada y calibrada, y objeto de varias revisiones hasta lograr consenso entre los Estados. Por lo que plantea aún mayor interrogantes la ligereza con la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos optó por «reformular» (sin aportar justificación alguna) las preguntas planteadas que le sometieron de manera conjunta Chile y Colombia.
Algunos detalles con respecto a la opinión consultiva de la CIJ de este 23 de julio del 2025
La decisión de la CIJ de La Haya de este 23 de julio fue tomada de manera unánime es decir contando con el respaldo sin discusión de sus 15 integrantes. La señal que manda la CIJ al resto de la comunidad internacional con esta unanimidad de criterio merece ser mencionada.
En los párrafos 3 a 22, la CIJ detalla cómo debió posponer varias veces el plazo de entrega de las opiniones jurídicas de Estados y de organizaciones: el primer plazo al 20 de octubre del 2023 (párrafo 3 de la opinión consultiva), fue prolongado al 22 de enero del 2024 a petición de Chile, Vanuatu y 14 Estados más así como la Comisión de Estados insulares (párrafo 8). La OPEP pidió también que se le otorgara la posibilidad de presentar su opinión jurídica, así como varias otras organizaciones internacionales (párrafos 9 y 10). En el párrafo 13 se extiende el plazo de presentación al 24 de junio del 2024 a petición de varios Estados isleños del Pacífico y de la Unión Africana (UA). El párrafo 17 finalmente enlista, por orden cronológico, las opiniones remitidas, iniciando en lo que conciernes a Estados, con Portugal, República Democrática del Congo y cerrando con Ghana, Tailandia y Alemania, sumando un total de 79 Estados. A título excepcional, se permitió fuera de los plazos presentar sus escritos Nepal, Burkina Faso y Gambia (párrafo 19). A solicitud e otros Estados más y organizaciones internacionales, un nuevo plazo fue otorgado al 15 de agosto del 2024 (párrafo 22). Una solicitud de Palestina en octubre del 2024 le permitió esta vez participar en las audiencias orales de diciembre del 2024 (párrafo 29).
En el párrafo 33, se lee que el 26 de noviembre del 2024, integrantes del GIEC pudieron explicar en detalle a los jueces de la CIJ aspectos técnicos y científicos relacionados al cambio climático.
De los párrafos 35 a 36 se detallan las delegaciones (y sus integrantes) que participaron en las audiencias celebradas del 2 al 16 de diciembre del 2024.
Una parte dispositiva de una gran claridad para unos y otros, luego de extensas audiencias públicas celebradas en diciembre del 2024
En la parte dispositiva de su opinión consultiva, la CIJ señala (párrafo 457, véase texto en francés y en inglés) de manera contundente que, lejos de las construcciones jurídicas de algunos para restarle validez a las obligaciones de los Estados en materia de lucha contra del cambio climático, tanto desde el punto de vista convencional como desde el punto de vista de las reglas consuetudinarias, los Estados están ante obligaciones jurídicas de cumplimiento obligatorio. ¿Obligatorio? Obligatorio.
En la parte final de este mismo párrafo 457, la CIJ contesta a preguntas adicionales para conocer las consecuencias jurídicas en caso de violación a estas obligaciones: adelantamos desde ya que, para la CIJ, y ello de manera unánime, esta violación constituye un hecho ilícito internacional, con todas las consecuencias previstas en derecho internacional público en materia de responsabilidad internacional del Estado. ¿Un hecho ilícito internacional? Exacto: un hecho ilícito internacional que pueden invocar como tal los Estados víctimas de esta violación.
Para los dirigentes de Estados que intentan restarle importancia al cambio climático (y sus círculos afines en el sector corporativo), así como a las obligaciones para luchar contra el calentamiento global, esta respuesta del juez internacional constituye una respuesta implacable que ahora los coloca frente a sus (ir)responsabilidades como jefes de Estado.
Durante las extensas audiencias públicas realizadas en La Haya (véase programa que precisa el orden de las intervenciones orales de un total de 97 Estados, así como el verbatim del primer día, el 2 de diciembre del 2024 y el verbatim del día de clausura de las audiencias, el 16 de diciembre), se pudo observar a estos Estados intentando convencer a los jueces de la CIJ de la solidez de sus argumentos y de la debilidad de los que sostienen el carácter vinculante de las obligaciones de los Estados en materia de lucha contra el cambio climático: los equipos legales de estos Estados deben reconocer que su labor fue vana, y que no lograron convencer a ninguno de los integrantes de la CIJ. ¿Ninguno? Ninguno. A ese respecto merecen mención la respuesta oficial de Estados Unidos a preguntas que le formularon varios jueces (véase respuesta), así como la de Arabia Saudita (véase respuesta), la de Rusia (véase respuesta) y la de Koweit (véase respuesta), entre varias más.
Por parte de América Latina, de previo a las audiencias en La Haya, presentaron sus escritos a los jueces de la CIJ una docena de Estados y resulta de interés observar qué sostuvieron ante los jueces de la CIJ (y compararlo con lo que sostienen ante sus jueces a nivel nacional cuando sus entidades son objeto de algún tipo de negligencia o inacción climática): véanse al respecto los escritos presentados por Argentina, Bolivia, así como Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica,Ecuador, El Salvador, México, Perú, República Dominicana, y Uruguay
Para los Estados que sufren desde ya los efectos dramáticos del cambio climático, esta decisión puede dar pié para acciones ante la justicia internacional para obtener compensaciones por los daños observados en su territorio, en particular lo pequeños Estados insulares: un hecho ilícito internacional constituye el fundamento de la responsabilidad internacional del Estado, tal y como se explica en los manuales de derecho internacional público.
La CIJ es particularmente explícita al indicar que:
«431. Ainsi, dans le contexte des changements climatiques, la Cour considère que chaque État lésé peut séparément invoquer la responsabilité de tout État auteur d’un fait internationalement illicite causant des dommages au système climatique et à d’autres composantes de l’environnement. Et lorsque plusieurs États sont responsables du même fait internationalement illicite, la responsabilité de chaque État peut être invoquée par rapport à ce fait.
432. Par conséquent, la Cour considère que les règles régissant la responsabilité des États prévoient la possibilité de déterminer la responsabilité des États dans le contexte des changements climatiques. Les questions factuelles qui se posent dans le cadre de l’attribution et de la part de responsabilité doivent être tranchées au cas par cas.
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431. Therefore, in the climate change context, the Court considers that each injured State may separately invoke the responsibility of every State which has committed an internationally wrongful act resulting in damage to the climate system and other parts of the environment. And where several States are responsible for the same internationally wrongful act, the responsibility of each State may be invoked in relation to that act.
432. Thus, the Court considers that the rules on State responsibility admit the possibility of determining the responsibility of States in the climate change context. Factual questions arising in the context of attribution and apportionment of responsibility are to be resolved on a case-by-case basis«.
Finalmente, para las ONGs que batallan duramente desde el mes de noviembre del 2016 (mes en el que entró en vigencia el Acuerdo de París suscrito en diciembre del 2015) ante los tribunales nacionales para obligar a sus autoridades, ya sea:
– para que cumplan a cabalidad con los compromisos internacionales en materia de lucha contra el cambio climático, o bien;
– para que tomen las decisiones que se imponen para prevenir mayores daños futuros a sus comunidades, a sus aguas y a su biodiversidad,
esta decisión unánime del juez de La Haya viene a reforzar sus argumentos de una manera indiscutible.
La contundencia de la CIJ además, bien podría dar lugar a nuevas acciones ante los tribunales nacionales.
La parte dispositiva de la opinión consultiva en breve
La lectura completa de la opinión consultiva se recomienda, en aras entender las diversas maniobras de unos y otros (que resultaron vanas) para intentar relativizar el carácter vinculante de las obligaciones en materia de cambio climático.
Es de notar que el plazo del «délibéré» (deliberaciones internas) de la CIJ inició el 16 de diciembre del 2024, culminando este 23 de julio, día de la lectura de la opinión consultiva: se puede considerar que los jueces de la CIJ sí consideraron, a diferencia de otras opiniones consultivas, responder a la urgencia climática a su manera.
A continuación, se reproduce únicamente el párrafo dispositivo 457 de esta histórica opinión consultiva, en sus versiones oficiales (francés e inglés):
«A. À l’unanimité,
Est d’avis que les traités relatifs aux changements climatiques imposent aux États parties des obligations contraignantes relativement à la protection du système climatique et d’autres composantes de l’environnement contre les émissions anthropiques de gaz à effet de serre. Ces obligations sont, entre autres, les suivantes :
a) Les États parties à la convention-cadre des Nations Unies sur les changements climatiques ont l’obligation d’adopter des mesures en vue de contribuer à l’atténuation des émissions de gaz à effet de serre et à l’adaptation aux changements climatiques ;
b) Les États parties figurant à l’annexe I de la convention-cadre des Nations Unies sur les changements climatiques ont en outre l’obligation d’être à l’avant-garde de la lutte contre les changements climatiques en limitant leurs émissions de gaz à effet de serre et en renforçant leurs puits et réservoirs de gaz à effet de serre ;
c) Les États parties à la convention-cadre des Nations Unies sur les changements climatiques ont le devoir de coopérer les uns avec les autres pour atteindre l’objectif sous-jacent fixé par la convention ;
d) Les États parties au protocole de Kyoto doivent se conformer aux dispositions applicables de celui-ci ;
e) Les États parties à l’accord de Paris ont l’obligation d’agir avec la diligence requise en prenant, conformément à leurs responsabilités communes mais différenciées et à leurs capacités respectives, des mesures permettant de contribuer de manière adéquate à atteindre l’objectif de température énoncé dans l’accord ;
f) Les États parties à l’accord de Paris ont l’obligation d’établir, de communiquer et d’actualiser des contributions déterminées au niveau national, successives et progressives, qui, notamment, prises ensemble, permettent d’atteindre l’objectif de température consistant à limiter le réchauffement de la planète à 1,5 °C par rapport aux niveaux préindustriels ;
g) Les États parties à l’accord de Paris ont l’obligation de prendre des mesures permettant d’atteindre les objectifs énoncés dans leurs contributions déterminées au niveau national successives ; et
h) Les États parties à l’accord de Paris ont des obligations d’adaptation et de coopération, y compris par des transferts de technologie et des transferts financiers, dont ils doivent s’acquitter de bonne foi ;
À l’unanimité,
Est d’avis que le droit international coutumier impose aux États des obligations relativement à la protection du système climatique et d’autres composantes de l’environnement contre les émissions anthropiques de gaz à effet de serre. Ces obligations sont, entre autres, les suivantes :
a) Les États ont l’obligation de prévenir les dommages significatifs à l’environnement en agissant avec la diligence requise et de mettre en œuvre tous les moyens à leur disposition pour empêcher que les activités exercées dans les limites de leur juridiction ou sous leur contrôle causent des dommages significatifs au système climatique et à d’autres composantes de l’environnement, conformément à leurs responsabilités communes mais différenciées et à leurs capacités respectives ;
b) Les États ont le devoir de coopérer de bonne foi les uns avec les autres afin de prévenir les dommages significatifs au système climatique et à d’autres composantes de l’environnement, ce qui exige qu’ils mettent en place une coopération soutenue et continue lorsqu’ils prennent des mesures pour prévenir de tels dommages ;
À l’unanimité,
Est d’avis que les États parties à la convention de Vienne pour la protection de la couche d’ozone ainsi qu’au protocole de Montréal relatif à des substances qui appauvrissent la couche d’ozone et à son amendement de Kigali, à la convention sur la diversité biologique et à la convention des Nations Unies sur la lutte contre la désertification dans les pays gravement touchés par la sécheresse et/ou la désertification, en particulier en Afrique, ont l’obligation, en vertu de ces instruments, de protéger le système climatique et d’autres composantes de l’environnement contre les émissions anthropiques de gaz à effet de serre ;
À l’unanimité,
Est d’avis que les États parties à la convention des Nations Unies sur le droit de la mer ont l’obligation d’adopter des mesures pour protéger et préserver le milieu marin, y compris des effets néfastes des changements climatiques, et de coopérer de bonne foi ;
À l’unanimité,
Est d’avis que les États ont l’obligation, en vertu du droit international des droits de l’homme, de respecter et de garantir la jouissance effective des droits de l’homme en prenant les mesures nécessaires pour protéger le système climatique et d’autres composantes de l’environnement ;
4) En ce qui concerne la question b) posée par l’Assemblée générale :
À l’unanimité,
Est d’avis qu’une violation de l’une quelconque des obligations définies en réponse à la question a) constitue, de la part d’un État, un fait internationalement illicite engageant sa responsabilité. L’État responsable a un devoir continu de s’acquitter de l’obligation à laquelle il a été manqué. Les conséquences juridiques résultant de la commission d’un fait internationalement illicite peuvent inclure les obligations suivantes :
a) la cessation des actions ou omissions illicites, si elles se poursuivent ;
b) la fourniture d’assurances et de garanties de non-répétition des actions ou omissions illicites, si les circonstances l’exigent ; et
c) l’octroi d’une réparation intégrale aux États lésés sous forme de restitution, d’indemnisation et de satisfaction, sous réserve qu’il soit satisfait aux conditions générales prévues par le droit de la responsabilité de l’État, notamment qu’un lien de causalité suffisamment direct et certain puisse être établi entre le fait illicite et le préjudice subi«.
../..
Unanimously,
Is of the opinion that the climate change treaties set forth binding obligations for States parties to ensure the protection of the climate system and other parts of the environment from anthropogenic greenhouse gas emissions. These obligations include the following:
(a) States parties to the United Nations Framework Convention on Climate Change have an obligation to adopt measures with a view to contributing to the mitigation of greenhouse gas emissions and adapting to climate change;
(b) States parties listed in Annex I to the United Nations Framework Convention on Climate Change have additional obligations to take the lead in combating climate change by limiting their greenhouse gas emissions and enhancing their greenhouse gas sinks and reservoirs;
(c) States parties to the United Nations Framework Convention on Climate Change have a duty to co-operate with each other in order to achieve the underlying objective of the Convention;
(d) States parties to the Kyoto Protocol must comply with applicable provisions of the Protocol;
(e) States parties to the Paris Agreement have an obligation to act with due diligence in taking measures in accordance with their common but differentiated responsibilities and respective capabilities capable of making an adequate contribution to achieving the temperature goal set out in the Agreement;
(f) States parties to the Paris Agreement have an obligation to prepare, communicate and maintain successive and progressive nationally determined contributions which, inter alia, when taken together, are capable of achieving the temperature goal of limiting global warming to 1.5°C above pre-industrial levels;
(g) States parties to the Paris Agreement have an obligation to pursue measures which are capable of achieving the objectives set out in their successive nationally determined contributions; and (h) States parties to the Paris Agreement have obligations of adaptation and co-operation, including through technology and financial transfers, which must be performed in good faith;
Unanimously,
Is of the opinion that customary international law sets forth obligations for States to ensure the protection of the climate system and other parts of the environment from anthropogenic greenhouse gas emissions. These obligations include the following:
(a) States have a duty to prevent significant harm to the environment by acting with due diligence and to use all means at their disposal to prevent activities carried out within their jurisdiction or control from causing significant harm to the climate system and other parts of the environment, in accordance with their common but differentiated responsibilities and respective capabilities;
(b) States have a duty to co-operate with each other in good faith to prevent significant harm to the climate system and other parts of the environment, which requires sustained and continuous forms of co-operation by States when taking measures to prevent such harm; C. Unanimously, Is of the opinion that States parties to the Vienna Convention for the Protection of the Ozone Layer and to the Montreal Protocol on Substances that Deplete the Ozone Layer and its Kigali Amendment, the Convention on Biological Diversity and the United Nations Convention to Combat Desertification in Those Countries Experiencing Serious Drought and/or Desertification, Particularly in Africa, have obligations under these treaties to ensure the protection of the climate system and other parts of the environment from anthropogenic greenhouse gas emissions;
Unanimously,
Is of the opinion that States parties to the United Nations Convention on the Law of the Sea have an obligation to adopt measures to protect and preserve the marine environment, including from the adverse effects of climate change and to co-operate in good faith;
Unanimously,
Is of the opinion that States have obligations under international human rights law to respect and ensure the effective enjoyment of human rights by taking necessary measures to protect the climate system and other parts of the environment;
(4) As regards question (b) put by the General Assembly: Unanimously,
Is of the opinion that a breach by a State of any obligations identified in response to question (a) constitutes an internationally wrongful act entailing the responsibility of that State. The responsible State is under a continuing duty to perform the obligation breached. The legal consequences resulting from the commission of an internationally wrongful act may include the obligations of:
(a) cessation of the wrongful actions or omissions, if they are continuing;
(b) providing assurances and guarantees of non-repetition of wrongful actions or omissions, if circumstances so require; and
(c) full reparation to injured States in the form of restitution, compensation and satisfaction, provided that the general conditions of the law of State responsibility are met, including that a sufficiently direct and certain causal nexus can be shown between the wrongful act and injury«.
Como indicado anteriormente, el párrafo 457 constituye la culminación de un largo proceso anterior, en el que la CIJ balancea los argumentos de unos y otros y busca interpretar de la manera más auténtica el alcance de ls obligaciones jurídicas de los Estados en materia de cambio climático.
A modo de conclusión
Como se puede observar, en este mes de julio del 2025 se leyeron las respuestas de dos jurisdicciones internacionales solicitadas por Estados urgidos en aras de clarificar los alcances de las obligaciones internacionales existentes en materia de lucha contra el cambio climático, dada la emergencia climática en la que se encuentra el planeta y la extrema urgencia para muchas comunidades de encontrar respuestas adecuadas por parte de sus autoridades: Corte Interamericana de Derechos Humanos (3 de julio) y desde este 23 de julio, CIJ han precisado el alcance de estas obligaciones.
Mientras que la opinión consultiva del ITLOS y de la CIJ precisan cada una el alcance de las obligaciones internacionales en las relaciones entre Estados, la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos profundiza este mismo alcance, pero en las relaciones entre Estados y las comunidades que viven dentro de su territorio.
No cabe duda que con la opinión consultiva de la CIJ de este 23 de julio, se abre una nueva etapa para el litigio climático en el ámbito nacional (pero también internacional) en aras de lograr que los Estados cumplan con sus objetivos en materia de lucha contra el cambio climático.
Los jueces internacionales de estas tres jurisdicciones han demostrado estar a la altura del momento, y es de esperar que inspiren de ahora en adelante a sus homólogos a nivel nacional, por más presiones que reciban del sector corporativo y de sus fichas políticas.
Foto de familias palestinas regresando a sus barrios el 19 de enero dl 2025, publicada en el reportaje del 23 de enero del 2025 de Magazine+972, titulado «My neighborhood was one of the most beautiful in Gaza. All that´s left is rubble».
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com
«Lo que está ocurriendo en Gaza no es una operación militar, es una agresión a gran escala contra nuestro pueblo. Son masacres contra civiles inocentes. Nada en el derecho natural ni en el derecho internacional permite atacar a civiles y perpetrar contra ellos ataques tan indiscriminados y bárbaros / What is happening in Gaza is not a military operation, it is a full-scale assault against our people. It is massacres against innocent civilians. Nothing in natural law or international law allows for the targeting of civilians and such indiscriminate, barbaric attacks against them» . Intervención del representante de Palestina ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en su sesión del 16 de octubre del 2023 (véase acta S/PV/9439, en página 9) / Statement by the representative of Palestine to the United Nations Security Council, at its meeting on 16 October 2023 (see verbatim S/PV/9439, at page 9)
A modo introductivo
El pasado 30 de enero, Belice solicitó formalmente a la justicia internacional intervenir en apoyo a la demanda de Sudáfrica contra Israel planteada el 30 de diciembre del 2023 por genocidio en Gaza (véase textode la solicitud de intervención). Anteriormente, Cuba realizó una solicitud similar (10 de enero), al igual que Irlanda (6 de enero), con los cual son tres Estados en el único mes de enero del 2025 los que han presentado solicitudes de intervención a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya en apoyo a la demanda sudafricana contra Israel: un hecho nunca observado con anterioridad por parte de Estados terceros a una controversia en la historia de la justicia internacional.
Cabe recordar que Belice optó por romper todo tipo de relaciones oficiales con Israel en noviembre del 2023, antecedida por Bolivia (octubre del 2023), y seguida por Colombia (mayo del 2024), tres decisiones tomadas en repudio a las acciones militares de Israel en Gaza.
Este 4 de febrero, en el marco del procedimiento consultivo esta vez, la CIJ autorizó a la Organización para la Cooperación Islámica (OCI) a participar en el procedimiento iniciado en diciembre del 2024 sobre las obligaciones que Israel tiene como Estado Miembro de Naciones Unidas con respecto a las agencias humanitarias de Naciones Unidas que trabajan en el territorio palestino ocupado y con los refugiados palestinos desde 1947 (véanse comunicado de prensa de la CIJ en francés y en inglés).
Cese al fuego entre Israel y el Hamás y justicia internacional
Para nuestros estimables lectores que siguen la evolución de la situación en Gaza a la luz de las distintas reglas que imperan en derecho internacional público, resulta oportuno señalar algunas cosas con respecto al cese al fuego anunciado el pasado 15 de enero entre Israel y el Hamás. Debe advertirse desde ya que este cese al fuego provisional, en nada afecta las acciones judiciales presentadas contra Israel ante diversas instancias judiciales.
Este acuerdo negociado entre Israel y el Hamás fue puesto a ejecución con el primer intercambio de tres rehenes israelíes y de 90 prisioneros palestinos, con presencia de personeros y de vehículos del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), y constituye una importante tregua alcanzada por Israel y el Hamás, gracias a la mediación de Catar, Egipto y de Estados Unidos: tanto para las familias palestinas en Gaza bombardeadas de manera incesante desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, como para la sociedad israelí, que puede reunir por fin en su seno a familias con sus seres queridos después de una agotadora espera. Un segundo intercambio de este tipo tuvo lugar el fin de semana del 25/26 de enero, un tercero el fin de semana del 1/2 de febrero del 2025, y seguirán otros más si no se rompe esta tregua. De paso, esta tregua momentánea debería llevar también a reflexionar, como sociedad israelí, a la forma tan peculiar de sus máximas autoridades de responder al ataque sufrido el 7 de octubre del 2023. El informe al 28 de enero del 2025 sobre Gaza elaborado por Naciones Unidas da cuenta y detalla lo que ha permitido el cese al fuego con respecto a estos intercambios entre rehenes israelíes y prisioneros palestinos.
Las imágenes de este reportaje publicado el pasado 23 de enero en Israel por Magazine+972 (cuya lectura completa se recomienda), dan cuenta de la desolación de muchas familias palestinas desplazadas dentro de Gaza al volver a lo que eran sus barrios, totalmente destruídos o desfigurados, aprovechando la tregua de los bombardeos israelíes, efectiva desde el 19 de enero del 2025 a las 11:15.
A la entrada masiva de ayuda humanitaria y al alivio temporal que ésta significa para 2,3 millones de personas privadas de todo lo básico desde largos meses en Gaza (agua, alimentación, medicamentos, vestimenta y tiendas para resguardarse del frío en el caso de desplazados), se espera también que las organizaciones de derechos humanos y que equipos de investigadores internacionales puedan aprovechar de esta cesación de hostilidades que debería de extenderse por 42 días (correspondientes a la fase I del acuerdo entre Israel y el Hamás) para documentar hechos y recuperar testimonios del genocidio que se vive en Gaza, objeto de la demanda de Sudáfrica contra Israel. Es precisamente lo que se puede leer en este comunicado conjunto de expertos de derechos humanos en materia de tortura, del 20 de enero del 2025, muy pocamente referenciado en los grandes medios de prensa internacionales. En su comunicado de prensa saludando el cese al fuego del 15 de enero del 2025, Amnistía Internacional no dudó en indicar que:
«The international community which has thus far shamefully failed to persuade Israel to comply with its legal obligations must ensure Israel immediately allows lifesaving supplies to urgently reach all parts of the occupied Gaza Strip to ensure the survival of the Palestinian population. This includes guaranteeing the entry of vital medical supplies to treat the wounded and sick and facilitating urgent repairs to medical facilities and other vital infrastructure. Unless Israel’s illegal blockade of Gaza is promptly lifted, this suffering will only continue. They must also urgently grant access to independent human rights monitors into Gaza to uncover evidence and reveal the extent of violations«.
Vale la pena mencionar que pese a cifras sobre víctimas mortales en Gaza aportadas por las autoridades sanitarias de Gaza y por Naciones Unidas desde 15 meses, es muy probable que el saldo corresponda a un subregistro: para un connotado autor galo, ex militar muy solicitado en Francia en los medios de prensa, al haber sido cuando era militar encargado de la realización de bombardeos y de evaluar su impacto, se lee en su última nota de su sitio «Ne pas Subir» que la cifra de muertos en Gaza en realidad, supera las 100.000 víctimas;
«Un cessez-le-feu après plus de 100,000 bombardements contre Gaza
Cet accord constitue en premier lieu un immense soulagement après 15 mois de guerre déclenchée par l’attaque terroriste du Hamas le 7 octobre 2023 contre Israël (1,400 morts et disparus). Un immense soulagement après plus de 100,000 bombardements décidés par Benyamin Netanyahou contre la bande de Gaza et qui ont fait un nombre au moins équivalent de morts et 3,5 fois plus de blessés, soit de l’ordre de 500,000 victimes, blessés et décédés parmi les Palestiniens».
En esta entrevista a RFI de mayo del 2024, y en otra a FranceInfo de octubre, este experto francés ya explicaba de manera bastante detallada las limitaciones de todo tipo del registro de muertes realizado por las autoridades sanitarias de Gaza, las cuales registran únicamente los cuerpos encontrados claramente identificados, dejando por fuera cuerpos no identificados o bien cuerpos que yacen bajo los escombros sin que ningún equipo de rescate pueda acceder a ellos. Precisamente en este testimonio enviado por un periodista desde Gaza, publicado el 22 de enero en OrientXXI, (cuya lectura completa se recomienda), se lee que cuerpos han aparecido sin vida por las calles de Gaza desde que inició la tregua:
«On a retrouvé des corps dans les rues, abandonnés depuis des mois. Mais qu’en est-il de ceux toujours sous les décombres? Comment revivre dans ces lieux en sachant que les corps des vôtres sont là, sous vos pieds ? Jusque-là, à Rafah, on a déterré près de 200 dépouilles à l’état de squelettes. Et ce n’est qu’un début. Les recherches sont difficiles, elles doivent être menées avec délicatesse. Il faut des opérateurs de bulldozers capables de chercher les corps sans les écraser.Ces squelettes éparpillés dans les rues ou enfermés dans les ruines, c’est pour les Gazaouis un choc encore plus grand que la guerre. Nous vivions dans une tornade, un mixeur qui tourne et qui tourne. Le mixeur s’est arrêté. Et il nous laisse coupés en morceaux. Il n’y a plus de vie. Des gens essaient de se motiver pour nettoyer un peu. Le gouvernement du Hamas a commencé à dégager les routes, à pomper de l’eau, sa police s’est déployée dans les marchés, s’occupe de la circulation. Mais ce n’est pas du tout suffisant«.
En el precitado informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 28 de enero del 2025 se puede leer que:
«Between the afternoons of 22 January and 28 January, the Ministry of Health (MoH) in Gaza reported that 193 Palestinians were killed and 397 were injured. This includes 171 bodies retrieved across the Gaza Strip. Since the ceasefire came into effect on 19 January, and as of 28 January, a total of 354 bodies were retrieved from areas that were previously inaccessible, MoH reported«
Resulta de interés también señalar este reportaje de la cadena AlJazeera del 24 de enero sobre iniciativas educativas diversas que aprovechan de la ausencia de bombardeos en Gaza para regresar los niños a las aulas: reconstruir la mente traumatizada de jóvenes por 15 meses de bombardeos incesantes constituye todo un desafío, que docentes palestinos y voluntarios internacionales están dispuestos a enfrentar.
El contexto en el que se enmarca la solicitud de intervención de Belice
Antes de entrar a explicar en detalle la acción interpuesta por Belice en este final del mes de enero del 2025, no está de más recordar que Sudáfrica optó por recurrir a la justicia internacional de La Haya en diciembre del 2023 en contra de Israel, luego de observar a Estados Unidos ejerciendo su derecho a veto en el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (véase nota oficial de Naciones Unidas): este veto norteamericano del 8 de diciembre impidió la adopción de una resolución que había sido propuesta y largamente negociada por Emiratos Árabes Unidos, exigiendo un alto al fuego y la entrada de la ayuda humanitaria en Gaza.
Aquella votación registró 13 votos a favor, una abstención (Reino Unido) y el solitario veto de Estados Unidos: véase al respecto nota de prensa oficial de Naciones Unidas del 8 de diciembre y este comunicado de prensa. El 22 de diciembre del 2023, Estados Unidos no se opusó a una resolución muy similar, pero en la que el párrafo operativo sobre un cese al fuego fue … descartado (Nota 1).
Fue luego de observar las maniobras norteamericanas en el seno del Consejo de Seguridad que Sudáfrica presentó el 29 de diciembre del 2023 su demanda contra Israel por genocidio en Gaza ante la CIJ . Y es en el marco de esta demanda contenciosa presentada por Sudáfrica contra Israel que, el pasado 30 de enero del 2025, Belice presentó formalmente a la CIJ, una solicitud formal de intervención: véase comunicado oficial de la CIJ del 31 de enero en francés y en inglés.
Nótese, como dato de interés, pocamente difundido en algunos medios de prensa internacionales, que los términos del acuerdo de cese al fuego alcanzado el 15 de enero del 2025 son prácticamente idénticos al propuesto en diciembre del 2023, según uno de los mediadores, Catar, indignado por tanto tiempo perdido (véase nota del JerusalemPost).
Algunos breves detalles sobre la solicitud de intervención de Belice
En su solicitud de intervención, la cual fue enviada en inglés el 30 de enero del 2025 (véase texto), Belice procede a presentar sus argumentos con relación a la interpretación que considera que debe de darse a algunas de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio de 1948.
Cabe recordar que, negociada y adoptada en 1948, los términos y las formulaciones que se encuentran en esta convención deberían de poder ser interpretados a la luz de la evolución del derecho internacional público desde 1945, en aras de proteger mejor a un grupo o a una población determinada víctima de un intento de exterminarla; así como de prevenir nuevos actos perpetrados con el mismo objetivo.
Resulta oportuno precisar que, como Estado Parte a la convención contra el genocidio de 1948, Belice busca en un primer momento con esta solicitud hacer ver a los jueces de la CIJ que deberán también guiarse por las interpretaciones que mejor respondan al espíritu de dicha convención. La solicitud se fundamenta en el Artículo 63, inciso 2 del Estatuto de la CIJ, una disposición que se lee de la siguiente manera:
«Artículo 63:
1. Cuando se trate de la interpretación de una convención en la cual sean partes otros Estados además de las partes en litigio, el Secretario notificará inmediatamente a todos los Estados interesados.
2. Todo Estado así notificado tendrá derecho a intervenir en el proceso; pero si ejerce ese derecho, la interpretación contenida en el fallo será igualmente obligatoria para él».
Al ser la convención contra el genocidio de 1948 una convención que cuenta con 153 Estados Partes (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), son 151 Estados restantes (además de Belice y de Israel), los que podrían solicitar este tipo de intervención ante el juez de la CIJ. Veremos en las líneas que siguen que es un pequeño y reducido grupo de Estados los que han decidido apoyar la demanda de Sudáfrica formalmente presentada en los últimos días del año 2023, al que viene a sumarse Belice desde el pasado 30 de enero.
Ahora bien, es de recalcar que Belice recurre a invocar otra disposición del Estatuto de la CIJ, el Artículo 62, que se lee como sigue:
«Artículo 62
l. Si un Estado considerare que tiene un interés de orden jurídico que puede ser afectado por la decisión del litigio, podrá pedir a la Corte que le permita intervenir.
2. La Corte decidirá con respecto a dicha petición«.
La posición de Belice al invocar el numeral 62 busca llevar hasta sus últimas consecuencias la idea que la prohibición del genocidio es una norma imperativa del derecho internacional público (denominada también «norma de ius cogens» según el Artículo 53 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969): si todos los Estados deben, en buena lógica, tener un interés jurídico en que se respete esta prohibición y en que la obligación de prevenir un genocidio sea considerada como una norma imperativa de acatamiento obligatorio para todos los Estados, el juez debe poder aceptar una solicitud de intervenir de esta naturaleza.
Es de notar que el precedente de una solicitud basada en ambas disposiciones (62 y 63 inciso 2) se encuentra en la solicitud presentada por Palestina para intervenir.
Breve puesta en contexto a partir de datos recientes
En una entrevista a uno de los grandes especialistas en materia de genocidio (véase entrevista realizada por Democracy Now) dada a conocer el 30 de diciembre del 2024 y titulada «Total Moral, Ethical Failure»: Holocaust Scholar Omer Bartov on Israel’s Genocide in Gaza«, el especialista viene a confirmar la urgente necesidad de frenar el ímpetu genocida de Israel en Gaza.
Desde la misma Israel, un historiador reunió y compiló datos de muy diversa índole sobre las exacciones de todo tipo a las que se han prestado las fuerzas militares israelíes en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 (véase nota de Haaretz y enlace al informe presentado el 5 de diciembre del 2024).
A nivel de Naciones Unidas, cabe señalar que el pasado 30 de diciembre del 2024, un numeroso grupo de expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos exigió que Israel responda por todas las violaciones cometidas en Gaza a las normas internacionales existentes (véase comunicado conjunto). El 31 de diciembre del 2024, también se hizo público un informe de Naciones Unidas sobre el carácter sistemático y deliberado de los ataques a hospitales y centros médicos en Gaza por parte de Israel (véase comunicado oficial de Naciones Unidas con enlace al informe como tal): al respecto, resulta más que notoria la poca difusión hecha en los grandes medios de prensa internacionales a estos dos comunicados de prensa emitidos desde Naciones Unidas durante los últimos días del 2024.
Este comunicado conjunto desde Naciones Unidas con fecha del 2 de enero del 2025 también fue muy pocamente referenciado, así como esta alerta lanzada por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) el pasado 3 de enero sobre los dramáticos efectos de la lluvia y de las bajas temperaturas en la población desplazada en Gaza refugiada en campamentos de fortuna y expuesta a la intemperie.
Foto de niños palestinos en Gaza extraída de artículo publicado el 9 de enero del 2025 en Israel por Magazine+972 y titulado » ‘Every moment I fear losing another child’: newsborns freeze to death in Gaza tents», cuya lectura completa se recomienda
El comunicado del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas en persona sobre el antisemitismo del 6 de enero del 2025 (véase texto) se inscribe de igual forma en esta extraña tendencia de la mayoría de los grandes medios de prensa internacionales cuando se trata de comunicado de prensa sobre Gaza e Israel que vienen con el sello de Naciones Unidas. Se lee en este último comunicado que:
«I also reject attempts to conflate all criticism of Israeli government policies and military operations with antisemitism. It is not antisemitic, for example, to deplore military operations that raise grave concerns over violations of international humanitarian and human rights law. Nor is it antisemitic to condemn those violations and urge respect for the law – including the decisions of international courts . Nor is it antisemitic to call Israel to account for the tens of thousands of people in Gaza, including more than 250 of our own UN staff, who have been killed since 7 October 2023«.
Este comunicado de prensa de Naciones Unidas sobre la violencia desproporcional de Israel en el campo de refugiados de Jenin de este 24 de enero del 2025 y su pobre difusión en medios de prensa internacionales, confirman que no es solamente la situación en Gaza la que padece de esta extraña tendencia de la prensa internacional, sino también la prevaleciente en Cisjordania. Según el último informe sobre Cisjordania elaborado por Naciones Unidas, 34 palestinos han perdido la vida en lo que va del único mes de enero del 2025 (véase informe al 23 de enero).
A modo de complemento a los últimos informes de Naciones Unidas sobre la situación en Gaza (informe al 22 de enero del 2025, informe al 14 de enero del 2025, informe al 8 de enero del 2025 e informe al 31 de diciembre del 2024) que detallan la intensidad de los bombardeos de Israel en los últimos días del 2024 en Gaza y las tres primeras semanas del 2025, mientras gran parte del mundo celebraba la Navidad y la llegada del 2025, se recomienda también:
– esta reciente entrevista (Al Jazeera, 6 de enero del 2024): con varios expertos de renombre internacional, esta emisión trata de los efectos en la salud humana en el mediano y largo plazo de las partículas que inhalan los sobrevivientes de bombardeos masivos en zonas altamente pobladas como Gaza. Se trata de efectos en la salud que en el pasado se observaron en los organismos de personas habitantes de ciudades en Irak y en Siria, y que en el 2024, además de Gaza, amenazan la salud de pobladores de centros urbanos en el Líbano ante la intensidad de los bombardeos por parte de Israel iniciados a mediados de septiembre del 2024;
– este informe de una ONG palestina titulado «How to hide a genocide: the role of evacuation orders and safe zones in Israel´s genocidal campaign in Gaza» que explica a qué tipo de estrategia responden los reiterados bombardeos de Israel observados sobre campamentos de refugiados y de desplazados en Gaza.
En el antepenúltimo informe de Naciones Unidas (informe al 8 de enero del 2025), con relación a la situación crítica de los niños en Gaza, se indica que:
«On 6 January, MoH announced the death of a 35-day old baby due to the cold and lack of warm shelter in Gaza, adding that this had brought the total number of deaths due to hypothermia to eight across the Strip. MSF reports that, between October and December 2024, the Neonatal Intensive Care Unit (NICU) of the Nasser Medical Complex in Khan Younis had admitted 325 infants, with MSF teams embedded in the unit treating “newborns and premature babies with potentially life-threatening respiratory infections, dehydration, and other complications.” According to Dr. Mohammed Abu Tayyem, a pediatrician at Nasser, the pediatric ward is seeing an increased number of children with acute bronchiolitis, pneumonia, upper respiratory tract infections and even bronchial asthma exacerbations. The doctor attributes these rising cases to the harsh winter weather, dire conditions in tents and limited heating supplies, all of which render premature and low-birth-weight babies more vulnerable to hypothermia. Commenting on the death of at least seven newborns due to hypothermia in December, the WHO Director-General warnedthat “more children are in danger,” and that, while “every child deserves a healthy and safe start in life… the children of Gaza are paying the price of war with their own lives”.
El ejército de Israel: algunos datos recientes pocamente divulgados
Resulta de interés indicar que el pasado 2 de enero del 2025, Israel revisó a la alza el número de sus bajas en Gaza (totalizando un cifra de 891) que incluye 38 suicidios entre los integrantes de sus fuerzas militares (véase nota de Arham y nota del TimesofIsrael así como artículo de Haaretz).
El alza es bastante significativa si se compara a la cifra de 393 bajas militares registrada en el informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 31 de diciembre del 2024, una cifra obtenida a partir de datos oficiales israelíes (véase informe).
Con relación a los suicidios, y más generalmente a la salud mental de los soldados israelíes enviados a Gaza, en octubre del 2024 este reportaje de CNN evidenció el tipo de traumas que sufren muchos reservistas al regresar de Gaza. Ya en el 2017 se pudo leer en este reportaje del medio de prensa digital israelí como Magazine+972 – cuya lectura completa se recomienda – que:
«According to a study conducted by Major Leah Shelef, who heads the Israeli Air Force’s Mental Health Clinic, 2009 saw 188 suicide attempts — a third of them by women. Am I included in those 188 attempts? According to statistics published in Haaretz, from 2007 until 2013, 124 soldiers committed suicide during their army service, while 237 soldiers committed suicide between 2002-2012. Even worse, between 2009 and 2011, the main cause of death among soldiers was suicide«.
No está de más señalar esta voluminosa recopilación de testimonios de soldados israelíes que participaron a la mortífera ofensiva militar terrestre en Gaza en el verano del 2014, realizada por la organización Breaking the Silence en Israel (242 páginas). Se trata de un ejercicio antecedido por otra recopilación similar (112 páginas) con relación a la igualmente mortífera ofensiva militar en Gaza del 2009: en ambas recopilaciones, queda en evidencia el tipo de instrucciones recibidas por estos jóvenes israelíes y el trauma que puede haberles significado ejecutarlas sin mayor preparación previa.
Finalmente, es de notar que la estadísticas oficiales dadas a conocer el 31 de diciembre del 2024 por las autoridades israelíes indican que durante el 2024, más de 82.600 ciudadanos israelíes han decidido viajar al exterior y no regresar (véasenota del TimesofIsrael de la misma fecha), sin que se precise en esta nota si se trata (o no) de personas en edad de ser llamadas por el ejército israelí en Gaza: en el mes de septiembre del 2024, se informó la manera bastante peculiar de resolver el faltante de combatientes en Gaza de las actuales autoridades israelíes (véase nota de France24).
El pasado 15 de enero del 2025, en esta declaración del aún jefe de la diplomacia norteamericana, se puso en evidencia el fracaso de la estrategia de Israel en Gaza desde la perspectiva estrictamente militar: véase nota del Timesof Israel titulada «Blinken: we assess that Hamas has recruited almost as many new fighters as it lost«. Nuestros estimables lectores podrán por sí mismos percatarse de la pobre difusión en grandes medios de prensa internacionales de esta declaración del Secretario de Estado saliente, dada a conocer en sus últimos días como jefe de la diplomacia norteamericana: el haberla expuesta públicamente mucho más tempranamente hubiese posiblemente movido a Estados Unidos a revisar su posición, dado que desde el inicio de la operación militar de Israel en Gaza fueron varias las voces alertando sobre el hecho que el Hamás se vería reforzado con cada ataque indiscriminado y desproporcional de Israel en contra de la población civil palestina. Cabe indicar adicionalmente que la simpatía por los combatientes del ala militar del Hamás ha ido creciendo en otro territorio palestino ocupado por Israel: Cisjordania. En gran parte se debe a la respuesta desproporional iniciada la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 por Israel en Gaza. Notemos que no fue sino hasta el 24 de enero del 2025 que una agencia de prensa internacional referenció una cifra estimada proveniente de Estados Unidos sobre el reclutamiento al que ha procedido el Hamás en Gaza (véase cable de Reuters): el tiempo tomado para dar a conocer estos datos plantea preguntas muy válidas y queda la duda con esta fecha del porqué nunca se ventiló nada al respecto durante el tiempo que ejerció la presidencia en Estados Unidos el antecesor a Donald Trump.
Al concretarse el 19 de enero a la 11:15 el cese al fuego anunciado el 15 de enero y la liberación por parte del Hamás de rehenes israelíes en su posesión, la estrategia militar israelí de los últimos 15 meses puede considerarse como un rotundo fracaso: ello en razón de haber argumentado, desde la tarde /noche del 7 de octubre del 2023, sus máximas autoridades que su operación militar en Gaza tenía dos objetivos militares, a saber liberar a los rehenes y «aniquilar al Hamás«.
Vacacionar luego de haber cometido crímenes en Gaza: experiencias recientes observadas en Brasil y en Chile
A miles de kilómetros de Gaza, en Brasil, el primer fin de semana del 2025 de un soldado israelí sospechoso de cometer crímenes de guerra le significó una rocambolesca escapada in extremis a una solicitud de arresto de la justicia brasileña, gracias a gestiones realizadas por los diplomáticos de Israel en Brasil cuyos detalles no han trascendido.
Normalmente, una orden de arresto de la justicia es notificada a las autoridades aeroportuarias y migratorias y en este preciso caso, el interesado logró burlar los controles abandonando el territorio brasileño en el primer vuelo comercial disponible. ¿Como lo logró? No se sabe, y por alguna razón la prensa no se ha mostrado curiosa al respecto. En esta nota de CNN indica que las autoridades de Israel van a ordenar ocultar la verdadera identidad de sus nacionales cuando son llamados a dar entrevistas para evitar en el futuro este tipo de problemas: se trata de un anuncio que no afecta en nada las numerosas demandas planteadas contra oficiales y soldados israelíes a parir de miles de fotografías y de videos posteados por comandantes y oficiales en las redes sociales, posando al parecer orgullosos de sus acciones en contra de la población civil palestina.
En este artículo del New York Times del 9 de enero, se indica que es muy probable que este caso detectado en Brasil no sea un caso aislado, sino que muchos otros casos similares se observen en el futuro:
«Unlike more senior leaders, lower-level soldiers do not usually have diplomatic immunity, or the resources to research which jurisdictions may leave them vulnerable to war crimes complaints«.
En esta otra nota del TimesofIsrael del 9 de enero, se señala que las autoridades isralíes establecerán una lista de destinos «seguros» y otros menos «seguros», sin que se tenga claridad sobre los criterios usados:
«IDF reservists who fought in Gaza are being advised to first check with the Foreign Ministry regarding the level of danger in any country they wish to visit«.
En esta otra nota del TimesofIsrael del 15 de enero del 2025, al parecer Italia ya no pareciera ser un destino «seguro«. En esta otra nota de noviembre del 2024 de YNetnews, al parecer Chipre tampoco resulta ser un destino «seguro«. En este nota del Timesof Israel, del 28 de enero del 2025, Nueva Zelanda ha adoptado unas reglas que pueden inspirar a otros Estados con respecto al ingreso a su territorio de reservistas de Israel que hayan combatido en Gaza.
La complicación súbita de lo que parece eran sus vacaciones en América Latina también la sufrió un soldado israelí que se encontraba en el extremo sur de Chile y que ha sido objeto de una acción de varias ONG ante los tribunales chilenos (véase nota de Radio UChile del 28 de diciembre). Se esperaría de las autoridades aeroportuarias y migratorias chilenas, de las aerolíneas acreditadas en los aeropuertos de Chile, y de la policía de frontera chilena un mayor cuidado, en aras de que no se pueda replicar lo observado en Brasil el pasado 5 de enero del 2025.
Es de señalar que este tipo de acciones legales ante tribunales nacionales también se han presentado ante tribunales europeos, sobre todo en el caso de soldados israelíes poseedores de un pasaporte europeo además del israelí, y sospechosos de haber cometido crimenes de guerra en Gaza.
Costa Rica: de algunas cosas observadas en algunas playas… y de otras más
En el caso de Costa Rica, en marzo del 2024, un reportaje de la televisión costarricense (véase nota) hizo ver que reservistas israelíes pasaron de la paradisiaca playa de Santa Teresa en Cóbano a combatir en Gaza en cuestión de pocas horas o días, lo cual puede plantear algunas interrogantes muy válidas.
Y de paso arrojar algunas pistas sobre lo que pudo motivar la sorprendente mención hecha de Costa Rica y de Irán en una sola frase por parte del Primer Ministro de Israel en uno de sus viajes a Estados Unidos en el 2017 (véase nota de La Nación: «hablamos de Costa Rica o de Irán» (sic.) y nota del Tico Times). A la fecha, no se conoce de algún tipo de explicación sobre tan extraña analogía entre Irán y Costa Rica hecha en la mente del actual Primer ministro de Israel.
Además de la precitada playa de Santa Teresa en el Cóbano, en la que murió un israelí al parecer asesinado por otros israelíes en el mes de abril del 2021 (véase nota del 2021 de DiarioExtra), existen varias otras playas que conocen un gran éxito en Israel como destino turístico. A la fecha de escribir estas líneas, no ha trascendido nada con relación a alguna acción legal similar a las observadas en Brasil y en Chile por parte de alguna autoridad judicial costarricese.
Nótese que la prensa costarricense informó de un soldado en Gaza con pasaporte costarricense (véase nota de Teletica de noviembre del 2024), sin brindar mayores detalles sobre el tipo de operaciones en las que ha estado involucrado.
Los datos previamente encontrados en la prensa costarricense pueden ser útilmente completados con otros hechos registrados en Naciones Unidas y con anuncios públicos recientes de las máximas autoridades costarricenses.
a) las posiciones de Costa Rica en Naciones Unidas (2022-2024)
Para nuestros estimables lectores en Costa Rica, resulta oportuno traer a la memoria que cuando la Asamblea General de Naciones Unidas acogió la opinión consultiva dada a conocer el 19 de julio del 2024 en la votación de una resolución (véase texto) realizada el 18 de septiembre del 2024 y declaró ilegal dicha colonización (véase comunicado oficial de Naciones Unidas), Costa Rica optó por abstenerse sin dar explicaciones de su voto a las demás delegaciones presentes en Nueva York: ninguna explicación dada, como sí la brindó por ejemplo Guatemala en Centroamérica, o bien Canadá. O bien en Europa, la delegación de Alemaniaasí como la del Reino Unido y de Países Bajos.
Dicho en otras palabras «¿Usted se abstiene? Explíquese» es lo que se espera de un delegado en Naciones Unidas: en efecto, como bien es sabido, todo representante de un Estado a la hora de votar a favor de un texto, o bien en contra (o bien abstenerse), tiene la posibilidad de explicar a las demás delegaciones lo que motivó la posición de su Estado (lo que se denomina en la jerga diplomática «explicación de voto«).
El voto en contra explicado por el delegado de República Checa evidencia cómo un Estado plantea como suyos argumentos que en realidad reaparecen en las explicaciones de voto de otros Estados, siendo Estados Unidos uno en haberlos usado.
La justificación del voto de Costa Rica en cambio apareció posteriormente en un comunicado oficial colgado por el aparato diplomático costarricense, invocando razones de índole comercial ¿Cómo … así? Pues, … como se lee: véase al respecto una nota nuestra publicada, en su acápite «Algunas breves acotaciones con respecto a la ‘justificación’ aportada oficialmente por la diplomacia costarricense» (Nota 2). De manera a no causar mayor sonrojo al ya provocado en estas primeras días del año 2025, evitaremos reproducir estas acotaciones, disponibles en la lectura referenciada en la nota precitada.
Siempre para nuestros lectores costarricenses, debe también recordarse que la opinión consultiva que fue dada a conocer el 19 de julio del 2024 por la CIJ resultó de una votación acaecida en los últimos días del año 2022 en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas. En aquella ocasión, se registró a Costa Rica votando en contra, conjuntamente con Guatemala en América Latina (Nota 3). En aquella oportunidad, la delegación costarricense tampoco consideró oportuno explicar su voto en contra ante las demás delegaciones presentes en Nueva York. Con lo cual el sonrojo de septiembre del 2024 puede ser relacionado al rubor de diciembre del 2022.
La técnica del mutismo de la delegación costarricense no pareciera ser monopolio de sus diplomáticos en Nueva York únicamente: también se observó en abril del 2024 por parte de la delegación de Costa Rica en Ginebra, al abstenerse en una votación del Consejo de Derechos Humanos solicitando urgentemente un embargo sobre las armas a destinación de Israel (véase nota del 5 de abril del 2024 del medio digital Delfino.cr).
Sonrojo, rubor, pasando por una sensación de profundo malestar entre los dos,… es lo que nos deja esta secuencia, sin hablar de una multitud de preguntas muy válidas.
b) Algunos anuncios recientes de Costa Rica en los últimos meses del 2024
No está de más indicar que al poco tiempo de cumplirse un año desde el 7 de octubre del 2023, Costa Rica anunció la reanudación de sus negociaciones con Israel de cara a la adopción de un tratado de libre comercio (véase nota oficial de COMEX y nota del programa radial Amelia Rueda del 18 de octubre del 2024).
Cabe recordar que Israel ya firmó un tratado similar con Panamá en mayo del 2018 (véase nota oficial) y es muy posible sea tema de agenda con El Salvador (véase comunicado oficial del 2022). El 24 de octubre, del 2024, se oficializó la designación del nuevo embajador de Costa Rica en Israel (véase oficio de Casa Presidencial).
Recientemente, Costa Rica, por alguna razón consideró oportuno negociar un acuerdo bilateral en materia ambiental con las actuales autoridades de Israel y … anunciarlo en plena cumbre mundial: en efecto, durante la reciente COP29 celebrada en Bakú, Azerbaiyán, Costa Rica sorprendió a muchos al anunciar la firma de un Memorandum de Entendimiento (MoU) con Israel en materia ambiental (véase comunicado oficial de sus autoridades ambientales del 13 de noviembre y comunicado oficial de sus homólogas en Israel). En reacción, Costa Rica obtuvo el poco decoroso galardón de «Fósil del Día» otorgado por organizaciones ecologistas internacionales indignadas (véase artículo publicado en el semanario Ojoalclima, cuya parte final exhibe a las autoridades costarricenses en su súbita negativa a dar explicaciones).
Es de notar que este 31 de enero del 2025, la UCR auspició una conferencia con el representante de Palestina en Naciones Unidas en persona (véase enlace a su conferencia y anuncio de la misma), y que luego de la conferencia, el representante de Palestina en Nueva York se reunió con el jefe de la diplomacia costarricense (véase foto colgada en las redes), sin que trascienda, al parecer, comunicado oficial alguno.
La solicitud de Belice en breve
En su solicitud de intervención (véase texto) enviada el 30 de enero del 2025 a la CIJ, Belice procede a detallar algunos argumentos con relación a la interpretación de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio. Se lee en particular, luego de una larga secuencia de informes y datos que:
«61. Although this standard is high, the Court has endorsed a “notion of ‘reasonableness’” in the exercise of inferring intent, mindful to avoid a situation that “would make it impossible to reason conclusions by way of inference”. This notion of reasonableness is key to the Court’s evaluation of the evidence in a way that ensures unreasonable inferences are disregarded, but also that avoids the evidential standard for establishing genocidal intent being set unrealistically high.
62. The Court must assess the evidence comprehensively and holistically. This includes a consideration of contextual factors including the scale and severity of the genocidal and related acts carried out against the protected group. In this respect, the International Criminal Tribunal for the former Yugoslavia has stated that “absent direct evidence, the intent to destroy may be inferred from a number of facts and circumstances, such as the general context, the perpetration of other culpable acts systematically directed against the same group, the scale of atrocities committed, the systematic targeting of victims on account of their membership in a particular group, or the repetition of destructive and discriminatory acts«.
Los puntos aquí indicados son tan solo una pequeña parte del escrito remitido por Belice a los jueces de la CIJ en La Haya, y se recomienda una lectura integral del documento: ello en aras de comprender mejor la importancia que estos y otros argumentos puedan nutrir la reflexión de los jueces a la hora de elaborar su decisión sobre el fondo.
Un reducido núcleo de Estados comprometidos con la justicia internacional en Gaza
Belice viene así a sumarse a solicitudes similares presentadas por varios Estados ante la CIJ, en apoyo a la demanda de Sudáfrica, a saber: Bolivia, Chile, Cuba, Colombia, España, Irlanda, Islas Maldivas, Nicaragua, Palestina, Turquía y México. Se trata de Estados que, observando las mismas desgarradoras imágenes que provienen de Gaza día tra día desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, han decidido apoyar, más allá de los anuncios, la demanda presentada por Sudáfrica contra Israel desde el 30 de diciembre del 2023 ante la justicia internacional de La Haya.
Como indicado en las primeras líneas de estas reflexiones, jurídicamente, únicamente los Estados que son Estados Partes a la convención contra el genocidio de 1948 (véase listado oficial) tienen la posibilidad de solicitar dicha intervención: según el tablero precitado sobre el estado de firmas y de ratificaciones, son en total 153 Estados los que han ratificado dicha convención.
El último Estado antes de Belice en haber presentado una gestión similar ante los jueces de la CIJ fue Cuba el 10 de enero antecedida por Irlanda el 6 de enero del 2025: véanse véase comunicado oficial de la CIJ en francés y en inglés en el caso de Irlanda. Se trata de una gestión que había anunciado oficialmente Irlanda que iba a tramitar el 12 de diciembre del 2024 (véase comunicado oficial), celebrada y saludada por expertos y organizaciones de la sociedad civil irlandesa (véase nota del Irish Legal News). Cabe recordar que Irlanda (conjuntamente con Eslovenia, España y Noruega) optó por reconocer a Palestina como Estado a mediados del año 2024 (véase comunicado oficial del 22 de mayo del 2024). El 19 de julio del 2024, Irlanda saludo el contenido de la opinión consultiva de la CIJ sobre el carácter ilegal de la colonización y de la ocupación del territorio palestino por parte d Israel (véase comunicdo) en términos y un largo texto que contrastan con los del Reino Unido (véase escueto texto de 11 líneas) y el mutismo absoluto de Canadá y de Estados Unidos.
Con esta solicitud de intervención de Belice, se registra la solicitud de intervención número siete proveniente del continente americano, después de la que tempranamente en enero del 2024 presentó Nicaragua, seguida por la de Colombia (abril), de México (mayo), de Chile (septiembre) de Bolivia (octubre del 2024) (Nota 4) y de Cuba (enero del 2025).
A diferencia de las demás solicitudes, la de Nicaragua se distingue en razón de la base jurídica utilizada, a saber el Artículo 62 del Estatuto de la CIJ y no el Artículo 63, inciso 2 (Note 5).
Europa ante el drama indecible que vive Gaza
Con la solicitud de intervención de Irlanda que se presentó el 6 de enero del 2025, se contabiliza la segunda solicitud de intervención presentada por un Estado miembro de la Unión Europea (UE) a la CIJ en apoyo a la demanda de Sudáfrica contra Israel, después de España, que lo hizo el 28 de junio del 2024 y que tuvimos la oportunidad de analizar (Nota 6).
Tratándose de la UE, una organización regional que cuenta con 27 Estados miembros cuya política exterior se fundamenta en los derechos humanos y la lucha contra la impunidad, así como el respeto a las obligaciones internacionales derivadas de instrumentos internacionales, el número tan reducido de Estados apoyando la demanda de Sudáfrica evidencia su inconsistencia con los principios pregonados en una multitud de foros internacionales.
De paso, esta inconsistencia recuerda el titular de esta nota del Semanario Universidad de noviembre del 2023 sobre la reserva observada por Costa Rica (véase nota) para denunciar las exacciones cometidas por Israel en Gaza y que se lee como sigue: «Costa Rica es incoherente en su posición respecto a Gaza, mientras pesa la negociación de un TLC con Israel«.
Volviendo a Europa, este informe sobre la cuantificación de los daños cometidos por Rusia en Ucrania (véase informe del Banco Mundial y de la UE a diciembre del 2023 y otro a abril del 2024) debería poder aplicar su metodología y sus mismos cálculos para cuantificar de manera exacta el daño producido por Israel en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023: no obstante, es probable que el Banco Mundial no cuente con la UE para proceder a esta cuantificación. Las imágenes satelitales de UNOSAT detallan el nivel de destrucción de manera muy precisa en Gaza (véase enlace a informes) para proceder a dicha cuantificación.
La misma sensación de incoherencia aflora al leer por un lado el compromiso que pretende tener la UE con la justicia penal internacional y con la Corte Penal Internacional /CPI (véase comunicado oficial del 17 de julio del 2024); y por otro lado, el hecho que los Estados que han remitido con carácter urgente al Fiscal de la CPI una solicitud («referral«) ante el drama que se vive en Gaza hayan sido en un primer momento Bangladesh, Bolivia, Islas Comoras, Djibuti y Sudáfrica ( véase texto de solicitud urgente del 17 de noviembre del 2023), seguidos por Chile y México en enero del 2024 (véase comunicado oficial de Chile).
El pasado 9 de enero del 2025, Polonia anunció oficialmente haber tomado todas las previsiones del caso para que el Primer Ministro y su comitiva puedan realizar su visita prevista el próximo 27 de enero sin mayor complicación, con ocasión de la conmemoración de la liberación del campo de concentración de Auschwitz-Birkenau (véase nota del Washington Post). Como bien se sabe, Polonia ha ratificado el Estatuto de Roma de 1998 y debe cumplir con las obligaciones internacionales que derivan de este instrumento. Unas obligaciones que Francia también debería respetar y que sin embargo, su actual Poder Ejecutivo pareciera dispuesto a ignorar en el caso del Primer Ministro de Israel (Nota 7).
El pasado 9 de enero del 2025 también se adoptó por parte del congreso norteamericano una ley para sancionar al personal de la CPI por investigar y ordenar el arresto de dos dirigentes israelíes (véase nota del New York Times): un texto a todas luces insólito, adoptado con 247 votos a favor y 155 en contra (véase nota de CNN), pero que pone en evidencia la capacidad de cabildeo que tienen los círculos de influencia a favor de Israel dentro de la clase política de Estados Unidos. La posición externada unos días antes por un numeroso grupo de organizaciones de la sociedad civil en Estados Unidos (véase comunicado conjunto) da cuenta de la oposición a semejante maniobra del congreso norteamericano. Este 23 de enero del 2025, fue la Asamblea de Estados Partes al Estatuto de Roma la que condenó las intimidaciones de la que son objeto los funcionarios de la CPI al señalar que (véase comunicado oficial):
«The Bureau emphasizes that the Assembly of States Parties stands firmly by the International Criminal Court, its elected officials, its personnel, and those cooperating with the Court. We stress the importance of the International Criminal Court in defending international justice and call on all States, international organizations and civil society to respect its independence and impartiality«.
No está de más señalar, con respecto a la CPI, que el 13 de enero del 2025, el Fiscal de la CPI contestó un escrito presentado por Israel ante la Sala de Apelaciones en diciembre del 2024, para intentar restarle validez jurídica a las órdenes de arresto confirmadas por la Sala de lo Preliminar de la CPI: en su contestación (véase escrito), el Fiscal de la CPI rechazó uno tras uno todos los argumentos presentados por Israel pidiendo que se desestimen. El 22 de enero del 2025, el Fiscal de la CPI volvió a contestarle a Israel ante un enésimo intento de la diplomacia israelí (véase documento 1 y documento 2 con fecha ambos del 22 de enero del 2025 que rechazan de manera bastante contundente los argumentos israelíes): ahora bien, la intensidad de los intentos de Israel ante la CPI cuestionando las órdenes de arresto en contra de dos de sus máximos dirigentes (confirmadas por la CPI en noviembre del 2024) posiblemente guarden relación con el resultado electoral en Estados Unidos y respondan a una agenda en la que se observará a Estados Unidos acompañar a Israel en su abierto desafío a la autoridad de la justicia penal internacional. No hay que descartar también que las presiones ejercidas sobre los jueces de la CPI por parte de Israel surtan, en algun caso individual, efecto (con alguna declaración u opinión disidente de un integrante de la Sala de Apelaciones que le de parcialmente cabida a los argumentos de Israel).
Volviendo a la CIJ, es de notar que la titular de la cartera diplomática de Bélgica había anunciado su intención de realizar una solicitud de intervención ante la CIJ para apoyar a Sudáfrica en marzo del 2024, anuncio no seguido de efectos (véase nota de TV5Monde del 11 de marzo del 2024). En similar situación se encuentra un anuncio oficial hecho por la diplomacia de Egipto (véasenota de Reuters de mayo del 2024).
Los dos nuevos aliados indefectibles de Israel en América Latina
Más allá de anuncios de acciones futuras hechos por unos en Europa sin hacerlas realidad, lo cierto es que Argentina así como Paraguay están, en los últimos tiempos, sustituyendo en Naciones Unidas a las pequeñas islas del Pacífico tradicionalmente muy atentas a las solicitudes de Israel (Islas Fidji, Islas Marshall, Micronesia, Nauru, Palau, Papua Nueva Guinea y Tonga), conformando desde varios años en Naciones Unidas la única «coalición» para acompañar a Israel y a Estados Unidos en este tipo de ejercicios dentro de Naciones Unidas.
Con respecto a Argentina, no está de más recordar un hecho bastante inusual observado en Naciones Unidas, cuando las actuales autoridades argentinas optaron el pasado 30 de octubre por destituir a su máxima autoridad diplomática, luego de que ésta instruyera a su delegación en Naciones Unidas a votar en favor de un proyecto de resolución (véase texto) solicitando levantar el embargo contra Cuba (véase nota de ElPais/España): en esta ocasión, únicamente Estados Unidos e Israel votaron en contra, al tiempo que 182 votaron a favor (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). Esta misma soledad extrema de Estados Unidos e Israel se observó en noviembre del 2023, con en aquella oportunidad 187 votos a favor (véase comunicado oficial de Naciones Unidas).
Nótese que el 12 de diciembre del 2024, Paraguay trasladó su embajada de Tel Aviv a Jerusalén, en abierta violación al consenso existente dentro de la comunidad internacional desde los años 60: véase nota de La Nación (Argentina). En septiembre del 2018, tuvimos la oportunidad de analizar los pocos meses en los que la embajada guaraní se mantuvo en Jerusalén: tres meses en total para ser exactos (Nota 8). Cabe precisar que la apertura de la embajada de Paraguay en Jerusalén se registró el 21 de mayo del 2018, siendo inaugurada la de Estados Unidos una semana antes, el 14 de mayo del 2018.
El pasado 3 de enero del 2025, fue desde Uruguay que un colectivo de organizaciones sociales condenó fuertemente el anuncio oficial hecho por sus autoridades el 23 de diciembre del 2024 (véase comunicado oficial) sobre la apertura de una «oficina de innovación y emprendimiento» en Jerusalén (véase texto).
A modo de conclusión
El ensañamiento de Israel contra la población civil de Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 es observable por parte de todos los miembros de la comunidad internacional. No obstante, no todos los Estados parecieran dispuestos a activar los mecanismos jurisdiccionales existentes a su disposición en aras de obligar a Israel a responder por sus actos ante la justicia internacional.
Pese a ello, tuvimos recientemente la oportunidad de explicar cómo el cerco de la justicia internacional (y también nacional en el caso de algunos Estados) se va lentamente cerrando sobre Israel, sobre sus máximas autoridades y sobre algunos de sus soldados que por alguna razón se encuentran viajando como turistas en América Latina después de haber cometido crímenes de guerra en Gaza (Nota 9).
Desde una reconocida universidad en Bélgica, este interesante compendio de las posiciones oficiales de los Estados Miembros en Naciones Unidas expresadas entre el 7 de octubre del 2023 y el 15 de enero del 2025 (véase documento) permite tener una idea del aislamiento profundo de Estados Unidos y de Israel en el seno de la comunidad internacional.
En el marco de otro procedimiento de la CIJ, el procedimiento consultivo, la CIJ concluyó el año 2024 con una ordenanza de la CIJ para tramitar la solicitud de opinión consultiva desde la Asamblea General de Naciones Unidas ideada en un primer momento por Noruega, que tuvimos igualmente la ocasión de analizar en cuanto a sus alcances y en cuanto a sus perspectivas (Nota 10): esta vez, Costa Rica se posicionó a favor de dicha iniciativa cuando se votó en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas esta solicitud de opinión consultiva.
Finalmente. resulta oportuno indicar que este 31 de enero del 2025 se estableció el Grupo de La Haya compuesto por nueve Estados (de los cuales cinco son del continente americano) decididos a hacer valer las decisiones contra Israel dictaminadas por instancias jurisdiccionales, dada la incapacidad de unos y la indignante apatía de muchos otros para hacerlas respetar. En el primer comunicado de este grupo (en el que no se registra Estado europeo alguno por el momento), se lee que las delegaciones de estos nueve Estados:
Declare our intention to:
1. Uphold the UN Resolution A/RES/Es-10/24 and, in the case of States Parties, support the requests of the International Criminal Court comply with our obligations under the Rome Statute, with regards to the warrants issued on 21 November 2024; and implement the provisional measures of the International Court of Justice, issued on 26 January, 28 March, and 24 May 2024.
2. Prevent provision or transfer of arms, munitions and related equipment to Israel, in all cases where there is a clear risk that such arms and related items might be used to commit or facilitate violations of humanitarian law, international human rights law, or the prohibition on genocide, in compliance with our international obligations and consistent with the International Court of Justice Advisory Opinion of 19 July 2024 and the UN General Assembly Resolution A/RES/Es-10/24.
3. Prevent the docking of vessels at any port, if applicable, within our territorial jurisdiction, in all cases where there is a clear risk of the vessel being used to carry military fuel and weaponry to Israel, which might be used to commit or facilitate violations of humanitarian law, of international human rights law, and of the prohibition on genocide in Palestine, in keeping with states’ peremptory legal obligation to cooperate towards preventing genocide and other violations of peremptory norms by all legal measures at their disposal».
Se trata de una iniciativa muy reciente, abierta a otros Estados y que probablemente vaya integrando a nuevos miembros en aras de hacer valer las reglas del ordenamiento juridico internacional ante la actitud desafiante de Israel y la de su incondicional aliado norteamerciano. Es probable que el establecimiento de este grupo responda a la postura muy a favor de Israel asumida por el nuevo mandatario norteamericano desde su entrada oficial en funciones a la Casa Blanca, el pasado 20 de enero.
– Notas –
Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de las maniobras norteamericanas y la reciente resolución S/RES/2720(2023) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas«, 22 de diciembre del 2023. Texto disponible aquí.
Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza/Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, edición del 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 3: Cabe recordar que la precitada opinión consultiva de la CIJ del 19 de julio del 2024 resulta de un proceso iniciado a finales del 2022, durante el cual Costa Rica votó en contra con Guatemala, sin darse mayores explicaciones sobre tan insólita posición de la delegación de Costa Rica en Naciones Unidas: véase al respecto BOEGLIN N., «América Latina ante la solicitud de opinión consultiva a la justicia internacional sobre la situación en Palestina«, Portal de la UCR, edición del 13 de febrero del 2023, y en particular el acápite «El voto de los Estados de América Latina en este 2022: Guatemala y Costa Rica únicos en votar en contra«. Texto disponible aquí.
Nota 4: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 5: La especificidad de Nicaragua en su solicitud de intervención depositada el 23 de enero del 2024 (véase texto en francés y en inglés) es la siguiente: mientras que Irlanda, al igual que otros Estados, invoca el Artículo 63 inciso 2 del Estatuto de la CIJ (véase texto), que permite a todo Estados parte a una convención intervenir cuando se trata de interpretar el alcance de sus disposiciones, Nicaragua (así como Palestina) han invocado el Artículo 62. La posición de Nicaragua (véase texto de su solicitud de intervención en francés y en inglés) busca llevar hasta sus últimas consecuencias la idea que la prohibición del genocidio es una norma imperativa del derecho internacional público (denominada también «norma de ius cogens» según el Artículo 53 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969): todos los Estados deberían, en buena lógica, tener un interés jurídico en que se respete esta prohibición y en que la obligación de prevenir un genocidio sea considerada como una norma imperativa de acatamiento obligatorio para todos los Estados. Una relectura de la solicitud de Nicaragua sobre la base de este elemento permite entender mejor las numerosas referencias hechas a esta categoría específica de normas del derecho internacional público, raramente invocada ante los jueces de la CIJ.
Nota 6: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes sobre la solicitud de intervención presentada por España ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, 3 de julio del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 7: Con relación al las órdenes de arresto confirmadas por la CPI contra dos dirigentes de Israel y un jefe militar del Hamás, Francia externó un comunicado oficial sumamente cuestionable: véase al respecto MAISON R., «France, l´amitié avec Israël comme excuse de la violation du droit international«, Oriente XXI, édición del 19 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí. En una nota que editamos a destinación del público de habla francesa sobre las órdenes de arresto confirmadas por la CPI el pasado 21 de noviembre, y titulada «Gaza / Israël : la portée des mandats d’arrêt délivrés récemment par la Cour Pénale Internationale (CPI) et la surprenante réaction officielle de la France» nos permitimos explicar que: «Cette ligne jurisprudentielle appliquée aux visites de chefs d´Etat étrangers en France mérite une explication un peu moins juridique que nous allons tenter de donner : on peut serrer la main de tout chef d´Etat étranger sur le perron de l’Elysée, y ajouter les accolades de rigueur, sourires affables et poses devant les journalistes, et ce chef d’Etat bénéficie sur le territoire de la France de l’immunité accordée à tout chef d’Etat. Et ce même si il est suspecté de commettre un génocide, des crimes de guerre, des crimes contre l’humanité ou d’autres violations graves des droits de l´homme. A la question que toute personne peut légitimement se faire «Mais,… ils sont nombreux ces chefs d’Etat étrangers?», on peut répondre qu’il y en a effectivement un bon nombre. Par contre, et dans ce cas le nombre est bien moindre, lorsque ces accusations ont été soigneusement examinées et méticuleusement documentées par le Procureur de la CPI, puis revues méthodiquement par trois juges de la CPI, et que ce chef d’Etat étranger fait finalement l’objet d’un mandat d’arrêt délivré par une Chambre préliminaire de la CPI, le droit international s’impose automatiquement aux autorités françaises en vertu du Statut de Rome : on procède alors à la capture de ce même chef d’Etat s’il se trouve en France par les autorités nationales compétentes, et on le remet sans tarder aux juges de la CPI àLa Haye. Fini le temps des accolades devant les caméras«.
Nota 8: Sobre la decisión de trasladar la embajada de Tel Aviv a Jerusalén por parte del entonces Presidente Cartes en Paraguay en el mes de mayo del 2018 (bajo fuerte presión de Estados Unidos para que Paraguay acompañara a Estados Unidos con embajadas en Jerusalén) y luego la decisión del nuevo Presidente paraguayo Mario Abdo Benitez de regresarla sin más preludios a Tel Aviv unos meses después, véase BOEGLIN N., » La valiente decisión de Paraguay de restablecer su Embajada en Tel Aviv: una breve puesta en perspectiva«, editada el 11 de septiembre del 2018. Texto disponibleaquí.
Nota 9: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes desde Costa Rica con relación al cerco de la justicia que se cierra poco a poco«, 3 de enero del 2025. Texto disponible aquí.
Nota 10: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: la reciente ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el marco de la solicitud de opinión consultiva«, 26 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí.
Foto de familias palestinas regresando a sus barrios el 19 de enero dl 2025, publicada en el reportaje del 23 de enero del 2025 de Magazine+972, titulado «My neighborhood was one of the most beautiful in Gaza. All that´s left is rubble».
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com
«Lo que está ocurriendo en Gaza no es una operación militar, es una agresión a gran escala contra nuestro pueblo. Son masacres contra civiles inocentes. Nada en el derecho natural ni en el derecho internacional permite atacar a civiles y perpetrar contra ellos ataques tan indiscriminados y bárbaros / What is happening in Gaza is not a military operation, it is a full-scale assault against our people. It is massacres against innocent civilians. Nothing in natural law or international law allows for the targeting of civilians and such indiscriminate, barbaric attacks against them» . Intervención del representante de Palestina ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en su sesión del 16 de octubre del 2023 (véase acta S/PV/9439, en página 9) / Statement by the representative of Palestine to the United Nations Security Council, at its meeting on 16 October 2023 (see verbatim S/PV/9439, at page 9)
A modo introductivo
Para nuestros estimables lectores que siguen la evolución de la situación en Gaza a la luz de las distintas reglas que imperan en derecho internacional público, resulta oportuno señalar algunas cosas con respecto al cese al fuego anunciado el pasado 15 de enero entre Israel y el Hamás.
Este acuerdo fue puesto a ejecución con el primer intercambio de tres rehenes israelíes y de 90 prisioneros palestinos, con presencia de personeros y vehículos del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), y constituye una importante tregua alcanzada por Israel y el Hamás, gracias a la mediación de Catar, Egipto y de Estados Unidos: tanto para las familias palestinas en Gaza bombardeadas de manera incesante desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, como para la sociedad israelí, que puede reunir por fin en su seno a familias con sus seres queridos después de una agotadora espera. Un segundo intercambio de este tipo debería ver el día el fin de semana del 25/26 de enero. De paso, esta tregua momentánea debería llevar también a reflexionar, como sociedad israelí, a la forma tan peculiar de sus máximas autoridades de responder al ataque sufrido el 7 de octubre del 2023.
Las imágenes de este reportaje publicado este 23 de enero en Israel por Magazine+972 (cuya lectura completa se recomienda), dan cuenta de la desolación de muchas familias palestinas desplazadas dentro de Gaza al volver a lo que eran sus barrios, totalmente destruídos o desconfigurados, aprovechando la tregua de los bombardeos israelíes, efectiva desde el 19 de enero pasado a las 11:15.
A la entrada masiva de ayuda humanitaria y al alivio temporal que ésta significa para 2,3 millones de personas privadas de todo lo básico desde largos meses en Gaza (agua, alimentación, medicamentos, vestimenta y tiendas para resguardarse del frío en el caso de desplazados), se espera también que las organizaciones de derechos humanos y que equipos de investigadores internacionales puedan aprovechar de esta cesación de hostilidades que debería de extenderse por 42 días (correspondientes a la fase I del acuerdo entre Israel y el Hamás) para documentar hechos y recuperar testimonios del genocidio que se vive en Gaza, objeto de la demanda de Sudáfrica contra Israel. Es precisamente lo que se puede leer en este comunicado conjunto de expertos de derechos humanos en materia de tortura, del 20 de enero del 2025, muy pocamente referenciado en los grandes medios de prensa internacionales. En su comunicado de prensa saludando el cese al fuego del 15 de enero del 2025, Amnistía Internacional no dudó en indicar que:
«The international community which has thus far shamefully failed to persuade Israel to comply with its legal obligations must ensure Israel immediately allows lifesaving supplies to urgently reach all parts of the occupied Gaza Strip to ensure the survival of the Palestinian population. This includes guaranteeing the entry of vital medical supplies to treat the wounded and sick and facilitating urgent repairs to medical facilities and other vital infrastructure. Unless Israel’s illegal blockade of Gaza is promptly lifted, this suffering will only continue. They must also urgently grant access to independent human rights monitors into Gaza to uncover evidence and reveal the extent of violations«.
Vale la pena mencionar que pese a cifras sobre víctimas mortales en Gaza aportadas por las autoridades sanitarias de Gaza y por Naciones Unidas desde 15 meses, es muy probable que el saldo corresponda a un subregistro: para un connotado autor galo, ex militar muy solicitado en Francia en los medios de prensa, al haber sido cuando era militar encargado de la realización de bombardeos, se lee en su última nota de su sitio «Ne pas Subir» que la cifra de muertos en Gaza en realidad, supera las 100.000 víctimas;
«Un cessez-le-feu après plus de 100,000 bombardements contre Gaza
Cet accord constitue en premier lieu un immense soulagement après 15 mois de guerre déclenchée par l’attaque terroriste du Hamas le 7 octobre 2023 contre Israël (1,400 morts et disparus). Un immense soulagement après plus de 100,000 bombardements décidés par Benyamin Netanyahou contre la bande de Gaza et qui ont fait un nombre au moins équivalent de morts et 3,5 fois plus de blessés, soit de l’ordre de 500,000 victimes, blessés et décédés parmi les Palestiniens».
En esta entrevista a RFI de mayo del 2024, y en otra a FranceInfo de octubre, este mismo experto francés ya explicaba de manera bastante detallada las limitaciones de todo tipo del registro de muertes realizado por las autoridades sanitarias de Gaza, las cuales registran únicamente los cuerpos encontrados claramente identificados, dejando por fuera cuerpos no identificados o bien cuerpos que yacen bajo los escombros sin que ningun equipo de rescate pueda acceder a ellos. Precisamente en este testimonio enviado por un periodista desde Gaza, publicado el 22 de enero en OrientXXI, (cuya lectura completa se recomienda), se lee que cuerpos han aparecido sin vida por las calles de Gaza desde que inició la tregua:
«On a retrouvé des corps dans les rues, abandonnés depuis des mois. Mais qu’en est-il de ceux toujours sous les décombres? Comment revivre dans ces lieux en sachant que les corps des vôtres sont là, sous vos pieds ? Jusque-là, à Rafah, on a déterré près de 200 dépouilles à l’état de squelettes. Et ce n’est qu’un début. Les recherches sont difficiles, elles doivent être menées avec délicatesse. Il faut des opérateurs de bulldozers capables de chercher les corps sans les écraser.Ces squelettes éparpillés dans les rues ou enfermés dans les ruines, c’est pour les Gazaouis un choc encore plus grand que la guerre. Nous vivions dans une tornade, un mixeur qui tourne et qui tourne. Le mixeur s’est arrêté. Et il nous laisse coupés en morceaux. Il n’y a plus de vie. Des gens essaient de se motiver pour nettoyer un peu. Le gouvernement du Hamas a commencé à dégager les routes, à pomper de l’eau, sa police s’est déployée dans les marchés, s’occupe de la circulation. Mais ce n’est pas du tout suffisant«.
Resulta de interés también señalar este reportaje de la cadena AlJazeera del 24 de enero sobre iniciativas educativas diversas que aprovechan la ausencia de bombardeos en Gaza para regresar los niños a las aulas: reconstruir la mente traumatizada de jóvenes por 15 meses de bombardeos incesantes constituye todo un desafío que docentes palestinos y voluntarios internacionales estan dispuestos a enfrentar.
El contexto en el que se enmarca la solicitud de intervención de Cuba
Antes de entrar a explicar en detalle la acción interpuesta por Cuba en este inicio del 2025, no está de más recordar que Sudáfrica optó por recurrir a la justicia internacional de La Haya en diciembre del 2023 en contra de Israel, luego de observar a Estados Unidos ejerciendo su derecho a veto en el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (véase nota oficial de Naciones Unidas): este veto norteamericano del 8 de diciembre impidió la adopción de una resolución que había sido propuesta y negociada por Emiratos Árabes Unidos, exigiendo un alto al fuego y la entrada de la ayuda humanitaria en Gaza.
Aquella votación registró 13 votos a favor, una abstención (Reino Unido) y el solitario veto de Estados Unidos: véase al respecto nota de prensa oficial de Naciones Unidas del 8 de diciembre y este comunicado de prensa. El 22 de diciembre del 2023, Estados Unidos no se opusó a una resolución muy similar, pero en la que el párrafo operativo sobre un cese al fuego fue … descartado (Nota 1).
Fue luego de observar las maniobras norteamericanas en el seno del Consejo de Seguridad que Sudáfrica presentó el 29 de diciembre del 2023 su demanda contra Israel por genocidio en Gaza ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Y es en el marco de esta demanda contenciosa presentada por Sudáfrica contra Israel que, el pasado 10 de enero del 2025, Cuba presentó formalmente a la CIJ, una solicitud formal de intervención: véase comunicado oficial de la CIJ en francés y en inglés.
Nótese, como dato de interés, pocamente difundido en algunos medios de prensa internacionales, que los términos del acuerdo de cese al fuego alcanzado el 15 de enero del 2025 son prácticamente idénticos al propuesto en diciembre del 2023, según uno de los mediadores, Catar, indignado por tanto tiempo perdido (véase nota del JerusalemPost).
Algunos breves detalles sobre la solicitud de intervención cubana
Antes que nada, debe indicarse que es la primera vez en su historia que Cuba se involucra en un procedimiento contencioso ante la CIJ: hasta la fecha del 10 de enero del 2025, la única participación de Cuba ante los estrados de la justicia internacional de La Haya se limitó a opiniones jurídicas remitidas al juez internacional en el marco de un procedimiento consultivo.
En su extensa solicitud de intervención de más de 50 páginas, la cual fue enviada en francés (véase texto), Cuba procede a presentar sus argumentos con relación a la interpretación que considera que debe de darse a algunas de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio de 1948.
Cabe recordar que, negociada y adoptada en 1948, los términos y las formulaciones que se encuentran en esta convención deberían de poder ser interpretados a la luz de la evolución del derecho internacional público desde 1945, en aras de proteger mejor a un grupo o a una población determinada víctima de un intento de exterminarla; así como de prevenir nuevos actos perpetrados con el mismo objetivo.
Resulta oportuno precisar que, como Estado Parte a la convención contra el genocidio de 1948, Cuba busca con esta solicitud hacer ver a los jueces de la CIJ que deberán también guiarse por las interpretaciones que mejor respondan al espíritu de dicha convención. La solicitud se fundamenta en el Artículo 63, inciso 2 del Estatuto de la CIJ, una disposición que se lee de la siguiente manera:
«Artículo 63:
1. Cuando se trate de la interpretación de una convención en la cual sean partes otros Estados además de las partes en litigio, el Secretario notificará inmediatamente a todos los Estados interesados.
2. Todo Estado así notificado tendrá derecho a intervenir en el proceso; pero si ejerce ese derecho, la interpretación contenida en el fallo será igualmente obligatoria para él».
Al ser la convención contra el genocidio de 1948 una convención que cuenta con 153 Estados Partes (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), son 151 Estados restantes (además de Cuba y de Israel), los que podrían solicitar este tipo de intervención ante el juez de la CIJ. Veremos en las líneas que siguen que es un pequeño y reducido grupo de Estados los que han decidido apoyar la demanda de Sudáfrica formalmente presentada en los últimos días del año 2023, al que viene a sumarse Cuba desde el pasado 10 de enero.
Breve puesta en contexto a partir de datos recientes
En una entrevista a uno de los grandes especialistas en materia de genocidio (véase entrevista realizada por Democracy Now) dada a conocer el 30 de diciembre del 2024 y titulada «Total Moral, Ethical Failure»: Holocaust Scholar Omer Bartov on Israel’s Genocide in Gaza«, el especialista viene a confirmar la urgente necesidad de frenar el ímpetu genocida de Israel en Gaza.
Desde la misma Israel, un historiador reunió y compiló datos de muy diversa índole sobre las exacciones de todo tipo a las que se han prestado las fuerzas militares israelíes en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 (véase nota de Haaretz y enlace al informe presentado el 5 de diciembre del 2024).
A nivel de Naciones Unidas, cabe señalar que el pasado 30 de diciembre del 2024, un numeroso grupo de expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos exigió que Israel responda por todas las violaciones cometidas en Gaza a las normas internacionales existentes (véase comunicado conjunto). El 31 de diciembre del 2024, también se hizo público un informe de Naciones Unidas sobre el caracter sistemático y deliberado de los ataques a hospitales y centros médicos en Gaza por parte de Israel (véase comunicado oficial de Naciones Unidas con enlace al informe como tal): al respecto, resulta más que notoria la poca difusión hecha en los grandes medios de prensa internacionales a estos dos comunicados de prensa emitidos desde Naciones Unidas durante los últimos días del 2024.
Este comunicado conjunto desde Naciones Unidas con fecha del 2 de enero del 2025 también fue muy pocamente referenciado, así como esta alerta lanzada por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) el pasado 3 de enero sobre los dramáticos efectos de la lluvia y de las bajas temperaturas en la población desplazada en Gaza refugiada en campamentos de fortuna y expuesta a la intemperie.
Foto de niños palestinos en Gaza extraída de artículo publicado el 9 de enero del 2025 en Israel por Magazine+972 y titulado » ‘Every moment I fear losing another child’: newsborns freeze to death in Gaza tents», cuya lectura completa se recomienda
El comunicado del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas en persona sobre el antisemitismo del 6 de enero del 2025 (véase texto) se inscribe de igual forma en esta extraña tendencia de la mayoría de los grandes medios de prensa internacionales cuando se trata de comunicado de prensa sobre Gaza e Israel que vienen con el sello de Naciones Unidas. Se lee en este último comunicado que:
«I also reject attempts to conflate all criticism of Israeli government policies and military operations with antisemitism. It is not antisemitic, for example, to deplore military operations that raise grave concerns over violations of international humanitarian and human rights law. Nor is it antisemitic to condemn those violations and urge respect for the law – including the decisions of international courts . Nor is it antisemitic to call Israel to account for the tens of thousands of people in Gaza, including more than 250 of our own UN staff, who have been killed since 7 October 2023«.
Este comunicado de prensa de Naciones Unidas sobre la violencia desproporcional de Israel en el campo de refugiados de Jenin de este 24 de enero del 2025 y su pobre difusión en medios de prensa internacionales, confirman que no es solamente la situación en Gaza la que padece de esta extraña tendencia de la prensa internacional, sino también la prevaleciente en Cisjordania. Según el último informe sobre Cisjordania elaborado por Naciones Unidas, 34 palestinos han perdido la vida en lo que va del único mes de enero del 2025 (véase informe al 23 de enero).
A modo de complemento a los últimos informes de Naciones Unidas sobre la situación en Gaza (informe al 22 de enero del 2025, informe al 14 de enero del 2025, informe al 8 de enero del 2025 e informe al 31 de diciembre del 2024) que detallan la intensidad de los bombardeos de Israel en los últimos días del 2024 en Gaza y las tres primeras semanas del 2025, mientras gran parte del mundo celebraba la Navidad y la llegada del 2025, se recomienda también:
– esta reciente entrevista (Al Jazeera, 6 de enero del 2024): con varios expertos de renombre internacional, esta emisión trata de los efectos en la salud humana en el mediano y largo plazo de las particulas que inhalan los sobrevivientes de bombardeos masivos en zonas altamente pobladas como Gaza. Se trata de efectos en la salud que en el pasado se observaron en los organismos de personas habitantes de ciudades en Irak y en Siria, y que en el 2024, además de Gaza, amenazan la salud de pobladores de centros urbanos en el Líbano ante la intensidad de los bombardeos por parte de Israel iniciados a mediados de septiembre del 2024;
– este informe de una ONG palestina titulado «How to hide a genocide: the role of evacuation orders and safe zones in Israel´s genocidal campaign in Gaza» que explica a qué tipo de estrategia responden los reiterados bombardeos de Israel observados sobre campamentos de refugiados y de desplazados en Gaza.
En el antepenúltimo informe de Naciones Unidas (informe al 8 de enero del 2025), con relación a la situación crítica de los niños en Gaza, se indica que:
«On 6 January, MoH announced the death of a 35-day old baby due to the cold and lack of warm shelter in Gaza, adding that this had brought the total number of deaths due to hypothermia to eight across the Strip. MSF reports that, between October and December 2024, the Neonatal Intensive Care Unit (NICU) of the Nasser Medical Complex in Khan Younis had admitted 325 infants, with MSF teams embedded in the unit treating “newborns and premature babies with potentially life-threatening respiratory infections, dehydration, and other complications.” According to Dr. Mohammed Abu Tayyem, a pediatrician at Nasser, the pediatric ward is seeing an increased number of children with acute bronchiolitis, pneumonia, upper respiratory tract infections and even bronchial asthma exacerbations. The doctor attributes these rising cases to the harsh winter weather, dire conditions in tents and limited heating supplies, all of which render premature and low-birth-weight babies more vulnerable to hypothermia. Commenting on the death of at least seven newborns due to hypothermia in December, the WHO Director-General warnedthat “more children are in danger,” and that, while “every child deserves a healthy and safe start in life… the children of Gaza are paying the price of war with their own lives”.
El ejército de Israel: algunos datos recientes pocamente divulgados
Resulta de interés indicar que el pasado 2 de enero del 2025, Israel revisó a la alza el número de sus bajas en Gaza (totalizando un cifra de 891) que incluye 38 suicidios entre los integrantes de sus fuerzas militares (véase nota de Arham y nota del TimesofIsrael así como artículo de Haaretz).
El alza es bastante significativa si se compara a la cifra de 393 bajas militares registrada en el informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 31 de diciembre del 2024, una cifra obtenida a partir de datos oficiales israelíes (véase informe).
Con relación a los suicidios, y más generalmente a la salud mental de los soldados israelíes enviados a Gaza, en octubre del 2024 este reportaje de CNN evidenció el tipo de traumas que sufren muchos reservistas al regresar de Gaza. Ya en el 2017 se pudo leer en este reportaje del medio de prensa digital israelí como Magazine+972 – cuya lectura completa se recomienda – que:
«According to a study conducted by Major Leah Shelef, who heads the Israeli Air Force’s Mental Health Clinic, 2009 saw 188 suicide attempts — a third of them by women. Am I included in those 188 attempts? According to statistics published in Haaretz, from 2007 until 2013, 124 soldiers committed suicide during their army service, while 237 soldiers committed suicide between 2002-2012. Even worse, between 2009 and 2011, the main cause of death among soldiers was suicide«.
No está de más señalar esta voluminosa recopilación de testimonios de soldados israelíes que participaron a la mortífera ofensiva militar terrestre en Gaza en el verano del 2014, realizada por la organización Breaking the Silence en Israel (242 páginas). Se trata de un ejercicio antecedido por otra recopilación similar (112 páginas) con relación a la igualmente mortífera ofensiva militar en Gaza del 2009: en ambas recopilaciones, queda en evidencia el tipo de instrucciones recibidas por estos jóvenes israelíes y el trauma que puede haberles significado ejecutarlas sin mayor preparación previa.
Finalmente, es de notar que la estadísticas oficiales dadas a conocer el 31 de diciembre del 2024 por las autoridades israelíes indican que durante el 2024, más de 82.600 ciudadanos israelíes han decidido viajar al exterior y no regresar (véasenota del TimesofIsrael de la misma fecha), sin que se precise en esta nota si se trata (o no) de personas en edad de ser llamadas por el ejército israelí en Gaza: en el mes de septiembre del 2024, se informó la manera bastante peculiar de resolver el faltante de combatientes en Gaza de las actuales autoridades israelíes (véase nota de France24).
El pasado 15 de enero del 2025, en esta declaración del aún jefe de la diplomacia norteamericana, se puso en evidencia el fracaso de la estrategia de Israel en Gaza desde la perspectiva estrictamente militar: véase nota del Timesof Israel titulada «Blinken: we assess that Hamas has recruited almost as many new fighters as it lost«. Nuestros estimables lectores podrán por sí mismos percatarse de la pobre difusión en grandes medios de prensa internacionales de esta declaración del Secretario de Estado saliente, dada a conocer en sus últimos días como jefe de la diplomacia norteamericana: el haberla expuesta públicamente mucho más tempranamente hubiese posiblemente movido a Estados Unidos a revisar su posición, dado que desde el inicio de la operación militar de Israel en Gaza fueron varias las voces alertando sobre el hecho que el Hamás se vería reforzado con cada ataque indiscriminado y desproporcional de Israel en contra de la población civil palestina. Cabe indicar adicionalmente que la simpatía por los combatientes del ala militar del Hamás ha ido creciendo en otro territorio palestino ocupado por Israel: Cisjordania. En gran parte se debe a la respuesta desproporional iniciada la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 por Israel en Gaza. Notemos que no fue sino hasta el 24 de enero del 2025 que una agencia de prensa internacional referenció una cifra estimada proveniente de Estados Unidos sobre el reclutamiento al que ha procedido el Hamás en Gaza (véase cable de Reuters): el tiempo tomado para dar a conocer estos datos plantea preguntas muy válidas y queda la duda con esta fecha del porqué nunca se ventiló nada al respecto durante el tiempo que ejerció la presidencia en Estados Unidos el antecesor a Donald Trump.
Al concretarse el 19 de enero a la 11:15 el cese al fuego anunciado el 15 de enero y la liberación por parte del Hamás de rehenes israelíes en su posesión, la estrategia militar israelí de los últimos 15 meses puede considerarse como un rotundo fracaso: ello en razón de haber argumentado, desde la tarde /noche del 7 de octubre del 2023, sus máximas autoridades que su operación militar en Gaza tenía dos objetivos militares, a saber liberar a los rehenes y «aniquilar al Hamás«.
Vacacionar luego de haber cometido crímenes en Gaza: experiencias recientes observadas en Brasil y en Chile
A miles de kilómetros de Gaza, en Brasil, el primer fin de semana del 2025 de un soldado israelí sospechoso de cometer crímenes de guerra le significó una rocambolesca escapada in extremis a una solicitud de arresto de la justicia brasileña, gracias a gestiones realizadas por los diplomáticos de Israel en Brasil cuyos detalles no han trascendido.
Normalmente, una orden de arresto de la justicia es notificada a las autoridades aeroportuarias y migratorias y en este preciso caso, el interesado logró burlar los controles abandonando el territorio brasileño en el primer vuelo comercial disponible. ¿Como lo logró? No se sabe, y por alguna razón la prensa no se ha mostrado curiosa al respecto. En esta nota de CNN indica que las autoridades de Israel van a ordenar ocultar la verdadera identidad de sus nacionales cuando son llamados a dar entrevistas para evitar en el futuro este tipo de problemas: se trata de un anuncio que no afecta en nada las numerosas demandas planteadas contra oficiales y soldados israelíes a parir de miles de fotografías y de videos posteados por comandantes y oficiales en las redes sociales, posando al parecer orgullosos de sus acciones en contra de la población civil palestina.
En este artículo del New York Times del 9 de enero, se indica que es muy probable que este caso detectado en Brasil no sea un caso aislado, sino que muchos otros casos similares se observen en el futuro:
«Unlike more senior leaders, lower-level soldiers do not usually have diplomatic immunity, or the resources to research which jurisdictions may leave them vulnerable to war crimes complaints«.
En esta otra nota del TimesofIsrael del 9 de enero, se señala que las autoridades isralíes establecerán una lista de destinos «seguros» y otros menos «seguros», sin que se tenga claridad sobre los cirterios usados:
«IDF reservists who fought in Gaza are being advised to first check with the Foreign Ministry regarding the level of danger in any country they wish to visit«.
En esta otra nota del TimesofIsrael del 15 de enero del 2025, al parecer Italia ya no pareciera ser un destino «seguro«. En esta otra nota de noviembre del 2024 de YNetnews, al parecer Chipre tampoco resulta ser un destino «seguro«.
La complicación súbita de lo que parece eran sus vacaciones en América Latina también la sufrió un soldado israelí que se encontraba en el extremo sur de Chile y que ha sido objeto de una acción de varias ONG ante los tribunales chilenos (véase nota de Radio UChile del 28 de diciembre). Se esperaría de las autoridades aeroportuarias y migratorias chilenas, de las aerolíneas acreditadas en los aeropuertos de Chile, y de la policía de frontera chilena un mayor cuidado, en aras de que no se pueda replicar lo observado en Brasil el pasado 5 de enero del 2025.
Es de señalar que este tipo de acciones legales ante tribunales nacionales también se han presentado ante tribunales europeos, sobre todo en el caso de soldados israelíes poseedores de un pasaporte europeo además del israelí, y sospechosos de haber cometido crimenes de guerra en Gaza.
Costa Rica: de algunas cosas observadas en algunas playas… y de otras más
En el caso de Costa Rica, en marzo del 2024, un reportaje de la televisión costarricense (véase nota) hizo ver que reservistas israelíes pasaron de la paradisiaca playa de Santa Teresa en Cóbano a combatir en Gaza en cuestión de pocas horas o días, lo cual puede plantear algunas interrogantes muy válidas.
Y de paso arrojar algunas pistas sobre lo que pudo motivar la sorprendente mención hecha de Costa Rica y de Irán en una sola frase por parte del Primer Ministro de Israel en uno de sus viajes a Estados Unidos en el 2017 (véase nota de La Nación: «hablamos de Costa Rica o de Irán» (sic.) y nota del Tico Times). A la fecha, no se conoce de algún tipo de explicación sobre tan extraña analogía enre Irán y Costa Rica hecha en la mente del actual Primer ministro de Israel.
Además de la precitada playa de Santa Teresa en el Cóbano, en la que murió un israelí al parecer asesinado por otros israelíes en el mes de abril del 2021 (véase nota del 2021 de DiarioExtra), existen varias otras playas que conocen un gran éxito en Israel como destino turístico. A la fecha de escribir estas líneas (23 de enero del 2025), no ha trascendido nada con relación a alguna acción legal similar a las observadas en Brasil y en Chile por parte de alguna autoridad judicial costarricese.
Nótese que la prensa costarricense informó de un soldado en Gaza con pasaporte costarricense (véase nota de Teletica de noviembre del 2024), sin brindar mayores detalles sobre el tipo de operaciones en las que ha estado involucrado.
Los datos previamente encontrados en la prensa costarricense pueden ser útilmente completados con otros hechos registrados en Naciones Unidas y con anuncios públicos recientes de las máximas autoridades costarricenses.
a) las posiciones de Costa Rica en Naciones Unidas (2022-2024)
Para nuestros estimables lectores en Costa Rica, resulta oportuno traer a la memoria que cuando la Asamblea General de Naciones Unidas acogió la opinión consultiva dada a conocer el 19 de julio del 2024 en la votación de una resolución (véase texto) realizada el 18 de septiembre del 2024 y declaró ilegal dicha colonización (véase comunicado oficial de Naciones Unidas), Costa Rica optó por abstenerse sin dar explicaciones de su voto a las demás delegaciones presentes en Nueva York: ninguna explicación dada, como sí la brindó por ejemplo Guatemala en Centroamérica, o bien Canadá. O bien en Europa, la delegación de Alemaniaasí como la del Reino Unido y de Países Bajos.
Dicho en otras palabras «¿Usted se abstiene? Explíquese» es lo que se espera de un delegado en Naciones Unidas: en efecto, como bien es sabido, todo representante de un Estado a la hora de votar a favor de un texto, o bien en contra (o bien abstenerse), tiene la posibilidad de explicar a las demás delegaciones lo que motivó la posición de su Estado (lo que se denomina en la jerga diplomática «explicación de voto«).
El voto en contra explicado por el delegado de República Checa evidencia cómo un Estado plantea como suyos argumentos que en realidad reaparecen en las explicaciones de voto de otros Estados, siendo Estados Unidos uno en haberlos usado.
La justificación del voto de Costa Rica en cambio apareció posteriormente en un comunicado oficial colgado por el aparato diplomático costarricense, invocando razones de índole comercial ¿Como … así? Pues, … como se lee: véase al respecto una nota nuestra publicada, en su acápite «Algunas breves acotaciones con respecto a la ‘justificación’ aportada oficialmente por la diplomacia costarricense» (Nota 2). De manera a no causar mayor sonrojo al ya provocado en estas primeras días del año 2025, evitaremos reproducir estas acotaciones, disponibles en la lectura referenciada en la nota precitada.
Siempre para nuestros lectores costarricenses, debe también recordarse que la opinión consultiva que fue dada a conocer el 19 de julio del 2024 por la CIJ resultó de una votación acaecida en los últimos días del año 2022 en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas. En aquella ocasión, se registró a Costa Rica votando en contra, conjuntamente con Guatemala en América Latina (Nota 3). En aquella oportunidad, la delegación costarricense tampoco consideró oportuno explicar su voto en contra ante las demás delegaciones presentes en Nueva York. Con lo cual el sonrojo de septiembre del 2024 puede ser relacionado al rubor de diciembre del 2022.
La técnica del mutismo de la delegación costarricense no pareciera ser monopolio de sus diplomáticos en Nueva York únicamente: también se observó en abril del 2024 por parte de la delegación de Costa Rica en Ginebra, al abstenerse en una votación del Consejo de Derechos Humanos solicitando urgentemente un embargo sobre las armas a destinación de Israel (véase nota del 5 de abril del 2024 del medio digital Delfino.cr).
Sonrojo, rubor, pasando por una sensación de profundo malestar entre los dos,… es lo que nos deja esta secuencia, sin hablar de una multitud de preguntas muy válidas.
b) Algunos anuncios recientes de Costa Rica en los últimos meses del 2024
No está de más indicar que al poco tiempo de cumplirse un año desde el 7 de octubre del 2023, Costa Rica anunció la reanudación de sus negociaciones con Israel de cara a la adopción de un tratado de libre comercio (véase nota oficial de COMEX y nota del programa radial Amelia Rueda del 18 de octubre del 2024).
Cabe recordar que Israel ya firmó un tratado similar con Panamá en mayo del 2018 (véase nota oficial) y es muy posible sea tema de agenda con El Salvador (véase comunicado oficial del 2022). El 24 de octubre, del 2024, se oficializó la designación del nuevo embajador de Costa Rica en Israel (véase oficio de Casa Presidencial).
Recientemente, Costa Rica, por alguna razón consideró oportuno negociar un acuerdo bilateral en materia ambiental con las actuales autoridades de Israel y … anunciarlo en plena cumbre mundial: en efecto, durante la reciente COP29 celebrada en Bakú, Azerbaiyán, Costa Rica sorprendió a muchos al anunciar la firma de un Memorandum de Entendimiento (MoU) con Israel en materia ambiental (véase comunicado oficial de sus autoridades ambientales del 13 de noviembre y comunicado oficial de sus homólogas en Israel). En reacción, Costa Rica obtuvo el poco decoroso galardón de «Fósil del Día» otorgado por organizaciones ecologistas internacionales indignadas (véase artículo publicado en el semanario Ojoalclima, cuya parte final exhibe a las autoridades costarricenses en su súbita negativa a dar explicaciones).
La solicitud de Cuba en breve
En su solicitud de intervención de 52 páginas (véase texto) enviada el 10 de enero del 2025 a la CIJ, Cuba procede a detallar algunos argumentos con relación a la interpretación de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio. Se lee en particular, luego de una larga secuencia de informes y datos que:
«77. Il vaut la peine de souligner que, avant l’attaque de Rafah par Israël, près de la moitié des victimes de son agression étaient des enfants (14 685) et un tiers des femmes (9 679), selon des rapports du Haut-Commissariat aux droits de l’homme. Soit environ 63 femmes tuées par jour, dont 37 mères. Un rapport détaillé émis le 8 novembre 2024 par le Haut-Commissariat des Nations Unies aux droits de l’homme – Amérique centrale et Caraïbes (OACNUDH) et couvrant du 1 er novembre 2023 au 30 avril 2024, corrobore que près de 70 p. 100 des victimes mortelles de l’agression israélienne sont des enfants et des femmes, ce qui indique une violation systématique des principes fondamentaux du droit international humanitaire, tels que la distinction et la proportionnalité, par les forces armées israéliennes. De même, des experts des Nations Unies ont exprimé leur inquiétude devant la présence de corps de femmes et d’enfants dans les fosses communes récemment découvertes, et devant de fortes présomptions de personnes enterrées vivantes, exécutées de façon sommaire, torturées et/ou ligotées.
78. On ne saurait considérer ces actus reus de façon isolée, bien que chacun d’eux confirme une violation de l’alinéa a) de l’article II ; ils doivent être évalués comme faisant partie du meurtre généralisé en cours depuis des décennies. Reconnaître cet actus reus dans toute son ampleur permettrait d’honorer la dette de justice historique envers toutes les victimes palestiniennes, compte tenu du caractère continu et aggravé des actions ou omissions imputables à Israël».
En algunos párrafos posteriores, Cuba externa a los jueces de la CIJ que, en su criterio, se puede afirmar que:
«99. Tous les faits précités confirment la mens rea qui préside aux actions du gouvernement israélien. En abordant ce point précis, la Cour devrait examiner l’effet destructeur que produit dans les conditions de vie d’un peuple l’application prolongée dans la durée d’un ensemble de mesures qui lui sont contraires.
100. Il appert clairement du texte de l’article II, alinéa c) de la Convention que la destruction physique, totale ou partielle, du groupe ou d’une partie du groupe en question n’est pas nécessaire, mais qu’il suffit qu’elle soit l’objectif de l’ensemble de mesures examinées. On pourrait aussi inférer cet objectif de l’effet appréciable que l’ensemble des mesures imposées a sur les personnes qui constituent le groupe ou une partie de celui-ci.
101. En résumé, Cuba estime que l’intention de destruction totale ou partielle tombe sous le sens quand des mesures de caractère généralisé sont imposées au groupe ou à une partie de celui-ci dans le but déclaré de l’affamer, de le pousser au désespoir et de lui interdire l’accès à des droits essentiels comme la santé, le logement, l’eau potable et l’alimentation. En de telles situations, que le résultat soit atteint ou non n’est pas pertinent. De même, à défaut d’une déclaration le reconnaissant expressément, ce qui est le plus courant, la Cour pourrait constater l’intention génocidaire par les effets des mesures et des politiques adoptées. Dans les deux cas, la persistance dans la durée de ces mesures et l’effet cumulatif du dommage ou de la détérioration des conditions de vie des membres du groupe s’avèreraient une preuve sans équivoque de la mens rea génocidaire de leur exécutant«.
Los puntos aquí indicados son tan solo una pequeña parte del escrito remitido por Cuba a los jueces de la CIJ en La Haya, y se recomienda una lectura integral del documento: ello en aras de comprender mejor la importancia que estos y otros argumentos puedan nutrir la reflexión de los jueces a la hora de elaborar su decisión sobre el fondo.
Un reducido núcleo de Estados comprometidos con la justicia internacional en Gaza
Cuba viene así a sumarse a solicitudes similares presentadas por varios Estados ante la CIJ, en apoyo a la demanda de Sudáfrica, a saber: Bolivia, Chile, Colombia, España, Irlanda, Islas Maldivas, Nicaragua, Palestina, Turquía y México. Se trata de Estados que, observando las mismas desgarradoras imágenes que provienen de Gaza día tra día desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, han decidido apoyar, más allá de los anuncios, la demanda presentada por Sudáfrica contra Israel desde el 30 de diciembre del 2023 ante la justicia internacional de La Haya.
Como indicado en las primeras líneas de estas reflexiones, jurídicamente, únicamente los Estados que son Estados Partes a la convención contra el genocidio de 1948 (véase listado oficial) tienen la posibilidad de solicitar dicha intervención: según el tablero precitado sobre el estado de firmas y de ratificaciones, son en total 153 Estados los que han ratificado dicha convención.
El último Estado antes de Cuba en haber presentado una gestión similar ante los jueces de la CIJ fue Irlanda el 6 de enero del 2025:véanse véase comunicado oficial de la CIJ en francés y en inglés. Se trata de una gestión que había anunciado oficialmente Irlanda que iba a tramitar el 12 de diciembre del 2024 (véase comunicado oficial), celebrada y saludada por expertos y organizaciones de la sociedad civil irlandesa (véase nota del Irish Legal News). Cabe recordar que Irlanda (conjuntamente con Eslovenia, España y Noruega) optó por reconocer a Palestina como Estado a mediados del año 2024 (véase comunicado oficial del 22 de mayo del 2024). El 19 de julio del 2024, Irlanda saludo el contenido de la opinión consultiva de la CIJ sobre el carácter ilegal de la colonización y de la ocupación del territorio palestino por parte d Israel (véase comunicdo) en términos y un largo texto que contrastan con los del Reino Unido (véase escueto texto de 11 líneas) y el mutismo absoluto de Canadá y de Estados Unidos.
Con esta solicitud de intervención de Cuba, se registra la solicitud de intervención número seis proveniente de América Latina, después de la que tempranamente en enero del 2024 presentó Nicaragua, seguida por la de Colombia (abril), de México (mayo), de Chile (septiembre) y Bolivia (octubre del 2024) (Nota 4).
A diferencia de las demás solicitudes, la de Nicaragua se distingue en razón de la base jurídica utilizada, a saber elArtículo 62 del Estatuto de la CIJ y no el Artículo 63, inciso 2 (Note 5).
Europa ante el drama indecible que vive Gaza
Con la solicitud de intervención de Irlanda que se presentó el 6 de enero del 2025, se contabiliza la segunda solicitud de intervención presentada por un Estado miembro de la Unión Europea (UE) a la CIJ en apoyo a la demanda de Sudáfrica contra Israel, después de España, que lo hizo el 28 de junio del 2024 y que tuvimos la oportunidad de analizar (Nota 6).
Tratándose de la UE, una organización regional que cuenta con 27 Estados miembros cuya política exterior se fundamenta en los derechos humanos y la lucha contra la impunidad, así como el respeto a las obligaciones internacionales derivadas de instrumentos internacionales, el número tan reducido de Estados apoyando la demanda de Sudáfrica evidencia su inconsistencia con los principios pregonados en una multitud de foros internacionales.
De paso, esta inconsistencia recuerda el titular de esta nota del Semanario Universidad de noviembre del 2023 sobre la reserva observada por Costa Rica (véase nota) para denunciar las exacciones cometidas por Israel en Gaza y que se lee como sigue: «Costa Rica es incoherente en su posición respecto a Gaza, mientras pesa la negociación de un TLC con Israel«.
Volviendo a Europa, este informe sobre la cuantificación de los daños cometidos por Rusia en Ucrania (véase informe del Banco Mundial y de la UE a diciembre del 2023 y otro a abril del 2024) debería poder aplicar su metodología y sus mismos cálculos para cuantificar de manera exacta el daño producido por Israel en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023: no obstante, es probable que el Banco Mundial no cuente con la UE para proceder a esta cuantificación. Las imágenes satelitales de UNOSAT detallan el nivel de destrucción de manera muy precisa en Gaza (véase enlace a informes) para proceder a dicha cuantificación.
La misma sensación de incoherencia aflora al leer por un lado el compromiso que pretende tener la UE con la justicia penal internacional y con la Corte Penal Internacional /CPI (véase comunicado oficial del 17 de julio del 2024); y por otro lado, el hecho que los Estados que han remitido con carácter urgente al Fiscal de la CPI una solicitud («referral«) ante el drama que se vive en Gaza hayan sido en un primer momento Bangladesh, Bolivia, Islas Comoras, Djibuti y Sudáfrica ( véase texto de solicitud urgente del 17 de noviembre del 2023), seguidos por Chile y México en enero del 2024 (véase comunicado oficial de Chile).
El pasado 9 de enero del 2025, Polonia anunció oficialmente haber tomado todas las previsiones del caso para que el Primer Ministro y su comitiva puedan realizar su visita prevista el proximo 27 de enero sin mayor complicación, con ocasión de la conmemoración de la liberación del campo de concentración de Auschwitz-Birkenau (véase nota del Washington Post). Como bien se sabe, Polonia ha ratificado el Estatuto de Roma de 1998 y debe cumplir con las obligaciones internacionales que derivan de este instrumento. Unas obligaciones que Francia también debería respetar y que sin embargo, su actual Poder Ejecutivo pareciera dispuesto a ignorar en el caso del Primer Ministro de Israel (Nota 7).
El pasado 9 de enero del 2025 también se adoptó por parte del congreso norteamericano una ley para sancionar al personal de la CPI por investigar y ordenar el arresto de dos dirigentes israelíes (véase nota del New York Times): un texto a todas luces insólito, adoptado con 247 votos a favor y 155 en contra (véase nota de CNN), pero que pone en evidencia la capacidad de cabildeo que tienen los círculos de influencia a favor de Israel dentro de la clase política de Estados Unidos. La posición externada unos días antes por un numeroso grupo de organizaciones de la sociedad civil en Estados Unidos (véase comunicado conjunto) da cuenta de la oposición a semejante maniobra del congreso norteamericano. Este 23 de enero del 2025, fue la Asamblea de Estados Partes al Estatuto de Roma la que condenó las intimidaciones de la que son objeto los funcionarios de la CPI al señalar que (véase comunicado oficial):
«The Bureau emphasizes that the Assembly of States Parties stands firmly by the International Criminal Court, its elected officials, its personnel, and those cooperating with the Court. We stress the importance of the International Criminal Court in defending international justice and call on all States, international organizations and civil society to respect its independence and impartiality«.
No está de más señalar, con respecto a la CPI, que el 13 de enero del 2025, el Fiscal de la CPI contestó un escrito presentado por Israel ante la Sala de Apelaciones en diciembre del 2024, para intentar restarle validez jurídica a las órdenes de arresto confirmadas por la Sala de lo Preliminar de la CPI: en su contestación (véase escrito), el Fiscal de la CPI rechazó uno tras uno todos los argumentos presentados por Israel pidiendo que se desestimen. El 22 de enero del 2025, el Fiscal de la CPI volvió a contestarle a Israel ante un enésimo intento de la diplomacia israelí (véase documento 1 y documento 2 con fecha ambos del 22 de enero del 2025 que rechazan de manera bastante contundente los argumentos israelíes): ahora bien, la intensidad de los intentos de Israel ante la CPI cuestionando las órdenes de arresto en contra de dos de sus máximos dirigentes (confirmadas por la CPI en noviembre del 2024) posiblemente guarden relación con el resultado electoral en Estados Unidos y respondan a una agenda en la que se observará a Estados Unidos acompañar a Israel en su abierto desafío a la autoridad de la justicia penal internacional. No hay que descartar también que las presiones ejercidas sobre los jueces de la CPI por parte de Israel surtan, en algun caso individual, efecto (con alguna declaración u opinión disidente de un integrante de la Sala de Apelaciones que le de parcialmente cabida a los argumentos de Israel).
Volviendo a la CIJ, es de notar que la titular de la cartera diplomática de Bélgica había anunciado su intención de realizar una solicitud de intervención ante la CIJ para apoyar a Sudáfrica en marzo del 2024, anuncio no seguido de efectos (véase nota de TV5Monde del 11 de marzo del 2024). En similar situación se encuentra un anuncio oficial hecho por la diplomacia de Egipto (véasenota de Reuters de mayo del 2024).
A modo de conclusión
El ensañamiento de Israel contra la población civil de Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 es observable por parte de todos los miembros de la comunidad internacional. No obstante, no todos los Estados parecieran dispuestos a activar los mecanismos jurisdiccionales existentes a su disposición en aras de obligar a Israel a responder por sus actos ante la justicia internacional.
Pese a ello, tuvimos recientemente la oportunidad de explicar cómo el cerco de la justicia internacional (y también nacional en el caso de algunos Estados) se va lentamente cerrando sobre Israel, sobre sus máximas autoridades y sobre algunos de sus soldados que por alguna razón se encuentran viajando como turistas en América Latina después de haber cometido crímenes de guerra en Gaza (Nota 8).
Desde una reconocida universidad en Bélgica, este interesante compendio de las posiciones oficiales de los Estados Miembros en Naciones Unidas expresadas entre el 7 de octubre del 2023 y el 15 de enero del 2025 (véase documento) permite tener una idea del aislamiento produndo de Estados Unidos y de Israel en el seno de la comunidad internacional.
En el marco de otro procedimiento de la CIJ, el procedimiento consultivo, la CIJ concluyó el año 2024 con una ordenanza de la CIJ para tramitar la solicitud de opinión consultiva desde la Asamblea General de Naciones Unidas ideada en un primer momento por Noruega, que tuvimos igualmente la ocasión de analizar en cuanto a sus alcances y en cuanto a sus perspectivas (Nota 9): esta vez, Costa Rica se posicionó a favor de dicha iniciativa cuando se votó en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas esta solicitud de opinión consultiva.
– Notas –
Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de las maniobras norteamericanas y la reciente resolución S/RES/2720(2023) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas«, 22 de diciembre del 2023. Texto disponible aquí.
Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza/Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, edición del 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 3: Cabe recordar que la precitada opinión consultiva de la CIJ del 19 de julio del 2024 resulta de un proceso iniciado a finales del 2022, durante el cual Costa Rica votó en contra con Guatemala, sin darse mayores explicaciones sobre tan insólita posición de la delegación de Costa Rica en Naciones Unidas: véase al respecto BOEGLIN N., «América Latina ante la solicitud de opinión consultiva a la justicia internacional sobre la situación en Palestina«, Portal de la UCR, edición del 13 de febrero del 2023, y en particular el acápite «El voto de los Estados de América Latina en este 2022: Guatemala y Costa Rica únicos en votar en contra«. Texto disponible aquí.
Nota 4: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 5: La especificidad de Nicaragua en su solicitud de intervención depositada el 23 de enero del 2024 (véase texto en francés y en inglés) es la siguiente: mientras que Irlanda, al igual que otros Estados, invoca el Artículo 63 inciso 2 del Estatuto de la CIJ (véase texto), que permite a todo Estados parte a una convención intervenir cuando se trata de interpretar el alcance de sus disposiciones, Nicaragua (así como Palestina) han invocado el Artículo 62. La posición de Nicaragua (véase texto de su solicitud de intervención en francés y en inglés) busca llevar hasta sus últimas consecuencias la idea que la prohibición del genocidio es una norma imperativa del derecho internacional público (denominada también «norma de ius cogens» según el Artículo 53 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969): todos los Estados deberían, en buena lógica, tener un interés jurídico en que se respete esta prohibición y en que la obligación de prevenir un genocidio sea considerada como una norma imperativa de acatamiento obligatorio para todos los Estados. Una relectura de la solicitud de Nicaragua sobre la base de este elemento permite entender mejor las numerosas referencias hechas a esta categoría específica de normas del derecho internacional público, raramente invocada ante los jueces de la CIJ.
Nota 6: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes sobre la solicitud de intervención presentada por España ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, 3 de julio del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 7: Con relación al las órdenes de arresto confirmadas por la CPI contra dos dirigentes de Israel y un jefe militar del Hamás, Francia externó un comunicado oficial sumamente cuestionable: véase al respecto MAISON R., «France, l´amitié avec Israël comme excuse de la violation du droit international«, Oriente XXI, édición del 19 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí. En una nota que editamos a destinación del público de habla francesa sobre las órdenes de arresto confirmadas por la CPI el pasado 21 de noviembre, y titulada «Gaza / Israël : la portée des mandats d’arrêt délivrés récemment par la Cour Pénale Internationale (CPI) et la surprenante réaction officielle de la France» nos permitimos explicar que: «Cette ligne jurisprudentielle appliquée aux visites de chefs d´Etat étrangers en France mérite une explication un peu moins juridique que nous allons tenter de donner : on peut serrer la main de tout chef d´Etat étranger sur le perron de l’Elysée, y ajouter les accolades de rigueur, sourires affables et poses devant les journalistes, et ce chef d’Etat bénéficie sur le territoire de la France de l’immunité accordée à tout chef d’Etat. Et ce même si il est suspecté de commettre un génocide, des crimes de guerre, des crimes contre l’humanité ou d’autres violations graves des droits de l´homme. A la question que toute personne peut légitimement se faire «Mais,… ils sont nombreux ces chefs d’Etat étrangers?», on peut répondre qu’il y en a effectivement un bon nombre. Par contre, et dans ce cas le nombre est bien moindre, lorsque ces accusations ont été soigneusement examinées et méticuleusement documentées par le Procureur de la CPI, puis revues méthodiquement par trois juges de la CPI, et que ce chef d’Etat étranger fait finalement l’objet d’un mandat d’arrêt délivré par une Chambre préliminaire de la CPI, le droit international s’impose automatiquement aux autorités françaises en vertu du Statut de Rome : on procède alors à la capture de ce même chef d’Etat s’il se trouve en France par les autorités nationales compétentes, et on le remet sans tarder aux juges de la CPI àLa Haye. Fini le temps des accolades devant les caméras«.
Nota 8: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes desde Costa Rica con relación al cerco de la justicia que se cierra poco a poco«, 3 de enero del 2025. Texto disponible aquí.
Nota 9: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: la reciente ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el marco de la solicitud de opinión consultiva«, 26 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí.
Fotografía de hombre en Israel escuchando el 26 de enero del 2024 a la Presidenta de la CIJ dando lectura a una primera ordenanza contra Israel en el marco de la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel por genocidio en Gaza. Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel por el medio digital Magazine+972, titulado «Israel shirked accountability for decades: is the ICJ breaking its armor?» edición del 5 de febrero del 2024.
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com
«Lo que está ocurriendo en Gaza no es una operación militar, es una agresión a gran escala contra nuestro pueblo. Son masacres contra civiles inocentes. Nada en el derecho natural ni en el derecho internacional permite atacar a civiles y perpetrar contra ellos ataques tan indiscriminados y bárbaros / What is happening in Gaza is not a military operation, it is a full-scale assault against our people. It is massacres against innocent civilians. Nothing in natural law or international law allows for the targeting of civilians and such indiscriminate, barbaric attacks against them» . Intervención del representante de Palestina ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en su sesión del 16 de octubre del 2023 (véase acta S/PV/9439, en página 9) / Statement by the representative of Palestine to the United Nations Security Council, at its meeting on 16 October 2023 (see verbatim S/PV/9439, at page 9)
El pasado 6 de enero del 2025, Irlanda presentó formalmente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una solicitud de intervención en el caso contencioso presentado por Sudáfrica contra Israel por genocidio en Gaza: véase comunicado oficial de la CIJ en francés y en inglés.
Se trata de una gestión que había anunciado oficialmente Irlanda que iba a tramitar el 12 de diciembre del 2024 (véase comunicado oficial), celebrada y saludada por expertos y organizaciones de la sociedad civil irlandesa (véase nota del Irish Legal News).
Cabe recordar que Irlanda (conjuntamente con Eslovenia, España y Noruega) optó por reconocer a Palestina como Estado a mediados del año 2024 (véase comunicado oficial del 22 de mayo del 2024). El 19 de julio del 2024, Irlanda saludo el contenido de la opinión consultiva de la CIJ sobre el carácter ilegal de la colonización y de la ocupación del territorio palestino por parte d Israel (véase comunicdo) en términos y un largo texto que contrastan con los del Reino Unido (véase escueto texto de 11 líneas) y el mutismo absoluto de Canadá y de Estados Unidos.
En su solicitud de intervención (véase texto), Irlanda procede a detallar algunos argumentos con relación a la interpretación que considera que debe darse a algunas de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio de 1948. Cabe recordar que, negociada y adoptada en 1948, los términos y formulaciones que se encuentran en esta convención deberían de poder ser interpretados a la luz de la evolución del derecho internacional público desde 1945, en aras de proteger mejor a un grupo o a una población determinada víctima de un intento de exterminarla; así como de prevenir nuevos actos perpetrados con el mismo objetivo.
Breve puesta en contexto a partir de datos recientes
Una entrevista a uno de los grandes especialistas en materia de genocidio (véase entrevista realizada por Democracy Now) dada a conocer el 30 de diciembre del 2024 y titulada «Total Moral, Ethical Failure»: Holocaust Scholar Omer Bartov on Israel’s Genocide in Gaza» viene a confirmar la urgente necesidad de frenar el ímpetu genocida de Israel en Gaza.
Desde la misma Israel, un historiador reunió y compiló datos de muy diversa índole sobre las exacciones de todo tipo a las que se han prestado las fuerzas militares israelíes en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 (véase nota de Haaretz y enlace al informe presentado el 5 de diciembre del 2024).
El pasado 30 de diciembre del 2024, un numeroso grupo de expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos exigió que Israel responda por todas las violaciones cometidas en Gaza a las normas internacionales existentes (véase comunicado conjunto). El 31 de diciembre del 2024, también se hizo público un informe de Naciones Unidas sobre el caracter sistemático y deliberado de los ataques a hospitales y centros médicos en Gaza por parte de Israel (véase comunicado oficial de Naciones Unidas con enlace al informe como tal): al respecto, resulta más que notoria la poca difusión hecha en los grandes medios de prensa internacionales a estos comunicados de prensa emitidos desde Naciones Unidas durante los últimos días del 2024.
Este comunicado conjunto desde Naciones Unidas con fecha del 2 de enero del 2025 posiblemente también sea muy pocamente referenciado, así como esta alerta lanzada por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) el pasado 3 de enero sobre los dramáticos efectos de la lluvia y de las bajas temperaturas en la población desplazada en Gaza refugiada en campamentos de fortuna y expuesta a la intemperie.
Foto de niños palestinos en Gaza extraída de artículo publicado el 9 de enero del 2025 en Israel por Magazine+972 y titulado » ‘Every moment I fear losing another child’: newsborns freeze to death in Gaza tents», cuya lectura completa se recomienda.
El comunicado del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas en persona sobre el antisemitismo del 6 de enero del 2025 (véase texto) se inscribe de igual forma en esta extraña tendencia de la mayoría de los grandes medios de prensa internacionales cuando se trata de comunicado de prensa sobre Gaza e Israel que vienen con el sello de Naciones Unidas. Se lee en este comunicado que:
«I also reject attempts to conflate all criticism of Israeli government policies and military operations with antisemitism. It is not antisemitic, for example, to deplore military operations that raise grave concerns over violations of international humanitarian and human rights law. Nor is it antisemitic to condemn those violations and urge respect for the law – including the decisions of international courts . Nor is it antisemitic to call Israel to account for the tens of thousands of people in Gaza, including more than 250 of our own UN staff, who have been killed since 7 October 2023«.
A modo de complemento a los últimos informes de Naciones Unidas sobre la situación en Gaza (informe al 8 de enero del 2025 e informe al 31 de diciembre del 2024) que detallan la intensidad de los bombardeos de Israel en los últimos días del 2024 en Gaza, mientras gran parte del mundo celebraba Navidad y el fin del año 2024, se recomienda también:
– esta reciente entrevista (Al Jazeera, 6 de enero del 2024): con varios expertos de renombre internacional, esta emisión trata de los efectos en la salud humana en el mediano y largo plazo de las particulas que inhalan los sobrevivientes de bombardeos masivos en zonas altamente pobladas como Gaza. Se trata de efectos en la salud que en el pasado se observaron en los organismos de personas habitantes de ciudades en Irak y en Siria, y que en el 2024, además de Gaza, amenazan la salud de pobladores de centros urbanos en el Líbano ante la intensidad de los bombardeos por parte de Israel iniciados a mediados de septiembre del 2024;
– este informe de una ONG palestina titulado «How to hide a genocide: the role of evacuation orders and safe zones in Israel´s genocidal campaign in Gaza» que explica a qué tipo de estrategia responden los reiterados bombardeos de Israel observados sobre campamentos de refugiados y de desplazados en Gaza.
En el último informe de Naciones Unidas (informe al 8 de enero del 2025), con relación a la situación crítica de los niños en Gaza, un punto sobre el que Irlanda en su escrito a la CIJ se muestra particularmente incisiva, se indica que:
«On 6 January, MoH announced the death of a 35-day old baby due to the cold and lack of warm shelter in Gaza, adding that this had brought the total number of deaths due to hypothermia to eight across the Strip. MSF reports that, between October and December 2024, the Neonatal Intensive Care Unit (NICU) of the Nasser Medical Complex in Khan Younis had admitted 325 infants, with MSF teams embedded in the unit treating “newborns and premature babies with potentially life-threatening respiratory infections, dehydration, and other complications.” According to Dr. Mohammed Abu Tayyem, a pediatrician at Nasser, the pediatric ward is seeing an increased number of children with acute bronchiolitis, pneumonia, upper respiratory tract infections and even bronchial asthma exacerbations. The doctor attributes these rising cases to the harsh winter weather, dire conditions in tents and limited heating supplies, all of which render premature and low-birth-weight babies more vulnerable to hypothermia. Commenting on the death of at least seven newborns due to hypothermia in December, the WHO Director-General warned that “more children are in danger,” and that, while “every child deserves a healthy and safe start in life… the children of Gaza are paying the price of war with their own lives”.
Este 15 de enero del 2025, en esta declaración del jefe de la diplomacia norteamericana, se pone en evidencia el rotundo fracaso de la estrategia Israel en Gaza desde la perspectiva estrictamente militar: véase nota del Timesof Israel titulada «Blinken: we assess that Hamas has recruited almost as many new fighters as it lost«. Nuestros estimables lectores podrán por sí mimos percatarse de la pobre difusión en grandes medios de prensa internacionales de esta declaración del Secretario de Estado saliente, dada a conocer en sus últimos días como jefe de la diplomacia norteamericana.
El ejército de Israel: datos recientes pocamente divulgados
Cabe indicar que el pasado 2 de enero del 2025, Israel revisó a la alza el número de sus bajas en Gaza (totalizando un cifra de 891) que incluye 38 suicidios entre los integrantes de sus fuerzas militares (véase nota de Arham y nota del TimesofIsrael así como artículo de Haaretz).
El alza es bastante significativa si se compara a la cifra de 393 bajas militares registrada en el informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 31 de diciembre del 2024, una cifra obtenida a partir de datos oficiales israelíes (véase informe).
Con relación a los suicidios y a la salud mental de los soldados israelíes enviados a Gaza, en octubre del 2024 este reportaje de CNN evidenció el tipo de traumas que sufren muchos reservistas al regresar de Gaza. Ya en el 2017 se pudo leer en este reportaje del medio de prensa digital israelí como Magazine+972 – cuya lectura completa se recomienda – que:
«According to a study conducted by Major Leah Shelef, who heads the Israeli Air Force’s Mental Health Clinic, 2009 saw 188 suicide attempts — a third of them by women. Am I included in those 188 attempts? According to statistics published in Haaretz, from 2007 until 2013, 124 soldiers committed suicide during their army service, while 237 soldiers committed suicide between 2002-2012. Even worse, between 2009 and 2011, the main cause of death among soldiers was suicide«.
No está de más señalar esta voluminosa recopilación de testimonios de soldados israelíes que participaron a la mortífera ofensiva militar terrestre en Gaza en el verano del 2014, realizada por la organización Breaking the Silence en Israel (242 páginas). Se trata de un ejercicio antecedido por otra recopilación similar (112 páginas) con relación a la igualmente mortífera ofensiva militar en Gaza del 2009: en ambas recopilaciones, queda en evidencia el tipo de instrucciones recibidas por estos jóvenes israelíes y el trauma que puede haberles significado ejecutarlas sin mayor preparación previa.
Finalmente, es de notar que la estadísticas oficiales dadas a conocer el 31 de diciembre del 2024 por las autoridades israelíes indican que durante el 2024, más de 82.600 ciudadanos israelíes han decidido viajar al exterior y no regresar (véase nota del TimesofIsrael de la misma fecha), sin que se precise en esta nota si se trata (o no) de personas en edad de ser llamadas por el ejército israelí en Gaza: en el mes de septiembre del 2024, se informó la manera bastante peculiar de resolver el faltante de combatientes en Gaza de las actuales autoridades israelíes (véase nota de France24).
Al saldo de bajas en el ejército de Israel antes referido, hay que añadir 5 nuevos jóvenes soldados (entre 19 y 23 años) caído el 13 de enero del 2025 (véase nota del Timesof Israel) y 4 el 11 de enero (véase nota del TimesofIsrael) de los cuales uno tenía 21 años y dos tan solo 19 años.
Vacacionar luego de haber cometido crímenes en Gaza: experiencias recientes observadas en Brasil y en Chile
A miles de kilómetros de Gaza, en Brasil, el primer fin de semana del 2025 de un soldado israelí sospechoso de cometer crímenes de guerra le significó una rocambolesca escapada in extremis a una solicitud de arresto de la justicia brasileña, gracias a gestiones realizadas por los diplomáticos de Israel en Brasil cuyos detalles no han trascendido.
Normalmente, una orden de arresto de la justicia es notificada a las autoridades aeroportuarias y migratorias y en este preciso caso, el interesado logró burlar los controles abandonando el territorio brasileño en el primer vuelo comercial disponible. ¿Cómo lo logró? No se sabe, pero esta nota de CNN indica que las autoridades de Israel van a ordenar ocultar la verdadera identidad de sus nacionales cuando son llamados a dar entrevistas para evitar en el futuro este tipo de problemas.
En este artículo del New York Times del 9 de enero, se indica que es muy probable que este caso detectado en Brasil no sea un caso aislado, sino que muchos otros casos similares se observen en el futuro:
«Unlike more senior leaders, lower-level soldiers do not usually have diplomatic immunity, or the resources to research which jurisdictions may leave them vulnerable to war crimes complaints«.
En esta otra nota del TimesofIsrael del 9 de enero, se señala que las autoridades isralíes establecerán una lista de destinos «seguros» y otros menos «seguros», sin que se tenga claridad sobre los cirterios usados:
«IDF reservists who fought in Gaza are being advised to first check with the Foreign Ministry regarding the level of danger in any country they wish to visit«.
En esta otra nota del TimesofIsrael del 15 de enero del 2025, al parecer Italia ya no es un destino «seguro».
La complicación súbita de lo que parece eran sus vacaciones en América Latina también la sufrió un soldado israelí que se encontraba en el extremo sur de Chile y que ha sido objeto de una acción de varias ONG ante los tribunales chilenos (véase nota de Radio UChile del 28 de diciembre). Se esperaría de las autoridades aeroportuarias y migratorias chilenas, de las aerolíneas acreditadas en los aeropuertos de Chile, y de la policía de frontera chilena un mayor cuidado, en aras de que no se pueda replicar lo observado en Brasil el pasado 5 de enero del 2025.
Es de señalar que este tipo de acciones legales ante tribunales nacionales también se han presentado ante tribunales europeos, sobre todo en el caso de soldados israelíes poseedores de un pasaporte europeo además del israelí, y sospechosos de haber cometido crimenes de guerra en Gaza.
En el caso de Costa Rica, en marzo del 2024, un reportaje de la televisión costarricense (véase nota) hizo ver que reservistas israelíes pasan de la paradisiaca playa de Santa Teresa en Cóbano a combatir en Gaza en cuestión de pocas horas, lo cual puede plantear algunas interrogantes muy válidas. Y de paso arrojar algunas pistas sobre lo que pudo motivar la sorprendente mención hecha de Costa Rica y de Irán en una sola frase por parte del Primer Ministro de Israel en uno de sus viajes a Estados Unidos en el 2017 (véase nota de La Nación: «hablamos de Costa Rica o de Irán» (sic.) y nota del Tico Times). A la fecha, no se conoce de algún tipo de explicación sobre tan extraña analogía entre Irán y Costa Rica hecha en la mente del actual Primer ministro de Israel.
Además de la precitada playa de Santa Teresa en el Cóbano, en la que murió un israelí al parecer asesinado por otros israelíes en el mes de abril del 2021 (véase nota del 2021 de DiarioExtra), existen varias otras playas que conocen un gran éxito en Israel como destino turístico. A la fecha de escribir estas líneas (9 de enero del 2025), no ha trascendido nada con relación a alguna acción legal similar a las observadas en Brasil y en Chile por parte de alguna autoridad judicial costarricese. Nótese que la prensa nacional informó de un soldado en Gaza con pasaporte costarricense (véase nota de Teletica de noviembre del 2024), sin brindar mayores detalles sobre el tipo de operaciones en las que ha estado involucrado.
La solicitud de Irlanda en breve
En su solicitud de intervención de 23 páginas (véase texto), Irlanda procede a detallar algunos argumentos con relación a la interpretación de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio de 1948. Cabe precisar que, como Estado Parte a la convención contra el genocidio de 1948, Irlanda busca con esta solicitud hacer ver a los jueces de la CIJ que deberán también guiarse por las interpretaciones que mejor respondan al espíritu de dicha convención. La solicitud se fundamenta en el Artículo 63, inciso 2 del Estatuto de la CIJ, una disposición que se lee de la siguiente manera:
«Artículo 63:
Cuando se trate de la interpretación de una convención en la cual sean partes otros Estados además de las partes en litigio, el Secretario notificará inmediatamente a todos los Estados interesados.
Todo Estado así notificado tendrá derecho a intervenir en el proceso; pero si ejerce ese derecho, la interpretación contenida en el fallo será igualmente obligatoria para él».
En la página 7 se detalla por parte de Irlanda que:
«20. Accordingly, Ireland has construed and applied Article I of the Convention as obliging Contracting Parties to prevent and punish commission of the crime of genocide and to refrain themselves from committing genocide. State responsibility under Article I will be engaged where the State has itself committed genocide or where it has failed to prevent its commission by persons acting on its behalf (whether ultra vires or not) or within its effective control.
Therefore, in Ireland’s view the Convention should be considered not only as a criminal law instrument that obliges Contracting Parties to establish jurisdiction over, and punish commission of, the crime of genocide by individuals, but also as a human rights instrument that obliges them not to commit genocide as well as to prevent genocide against any national, ethnical, racial and religious group (a ‘protected group’) under their protection or within their power«.
Por otra parte, en la página 18 se explica por parte de Irlanda que:
«In respect of Article II (c) of the Convention, having regard to the object and purpose of the Convention, Ireland contends that the infliction of conditions oflife calculated to bring about the physical destruction of the protected group must also be construed and applied broadly. The Court has recognised Article II (c) as including ‘methods of physical destruction, other than killing. whereby the perpetrator ultimately seeks the death of the members of the group. ‘
In its Bosnia Judgment, the Court, while declining to reach a finding of genocide in that case, acknowledged that acts of encirclement, shelling and starvation could constitute material elements of genocide for the purposes of Article II ( c ). Again, the conditions of life imposed on the protected group, in whole or part, will have different impacts on different categories of group members, with vulnerable members such as children being more susceptible to adverse conditions, such as starvation«.
Se lee también que para Irlanda, la intención deliberada de realizar acciones militares que afecten la vida y la salud de menores de edad no debe ser entendida como algo casual (que algunos Estados, ejércitos y asesores legales de los mismos, denominan como «daños colaterales«), sino muy por el contrario (páginas 19-20):
«In assessing whether a pattern of conduct may disclose a genocidal plan or campaign, Ireland respectfully submits that extra weight should be given to evidence of the effects of the material acts of genocide on children, and on the consequences of such acts for the long-term viability of the protected group. This is especially important in the context of armed conflict where recent studies have concluded that children are up to seven times more likely to be killed by explosive weapons, and that hunger and malnutrition affects them much earlier and more severely.
Where there is evidence that children of the protected group have been particularly targeted, or that the conduct targeting the group made no distinction between child and adult members ofit, certain conclusions can be drawn. As children are essential to the continued existence of any human group, acts constituting the material elements of genocide directed at, or without making distinction for, child members of the group will have an obviously significantly greater impact on the resilience and ultimate survival of the group than the same acts directed at a similar or larger number of adult members.
Moreover, the psychological effects of these acts on surviving children may greatly impair their capacity to contribute to the growth of the group in the future. It therefore follows that certain reasonable inferences can be drawn from acts directed against, or failing to distinguish, child members of the group«.
También se hace ver por parte de Irlanda que las declaraciones oficiales escuchadas en Israel desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 revisten particular relevancia, así como la ausencia de recriminaciones o sanciones contra sus autores (página 20):
«Regular public statements made on behalf of State organs, or by persons or entities empowered to exercise govemmental authority, that denigrate the protected group, as such, or that incite hatred or fear of it should, in Ireland’s view, be considered as forming a pattern of conduct from which reasonable inferences can be drawn for the purposes of the Convention. Likewise, measures that systematically discriminate against or persecute the group should also form part of a pattern of conduct to be assessed. In its construction of the Convention, Ireland has attached importance to the role a tolerant political environment plays in safeguarding the existence of any protected group within a wider society».
Los puntos aquí indicados son una pequeña parte del escrito remitido por Irlanda a los jueces de la CIJ en La Haya, y se recomienda una lectura integral del documento: ello en aras de comprender mejor la importancia que estos y otros argumentos puedan nutrir la reflexión de los jueces a la hora de elaborar su decisión sobre el fondo.
Europa ante el drama indecible que vive Gaza
Con la solicitud de Irlanda, se contabiliza la segunda solicitud de intervención presentada por un Estado miembro de la Unión Europea (UE) a la CIJ en apoyo a la demanda de Sudáfrica contra Israel, después de España, que lo hizo el 28 de junio del 2024 y que tuvimos la oportunidad de analizar (Nota 1).
Tratándose de la UE, una organización regional que cuenta con 27 Estados miembros cuya política exterior se fundamenta en los derechos humanos y la lucha contra la impunidad, así como el respeto a las obligaciones internacionales derivadas de instrumentos internacionales, el número tan reducido de Estados apoyando la demanda de Sudáfrica evidencia su inconsistencia con los principios pregonados en una multitud de foros internacionales.
De paso, esta inconsistencia recuerda el titular de esta nota del Semanario Universidad de noviembre del 2023 sobre la reserva observada por Costa Rica (véase nota) para denunciar las exacciones cometidas por Israel en Gaza y que se lee como sigue: «Costa Rica es incoherente en su posición respecto a Gaza, mientras pesa la negociación de un TLC con Israel«.
Volviendo a Europa, la misma sensación de incoherencia aflora al leer por un lado el compromiso que pretende tener la UE con la justicia penal internacional y con la Corte Penal Internacional /CPI (véase comunicado oficial del 17 de julio del 2024); y por otro lado, el hecho que los Estados que han remitido con carácter urgente al Fiscal de la CPI una solicitud («referral«) ante el drama que se vive en Gaza hayan sido en un primer momento Bangladesh, Bolivia, Islas Comoras, Djibuti y Sudáfrica ( véase texto de solicitud urgente del 17 de noviembre del 2023), seguidos por Chile y México en enero del 2024 (véase comunicado oficial de Chile).
Este 9 de enero del 2025, Polonia anunció oficialmente haber tomado todas las previsiones del caso para que el Primer Ministro y su comitiva puedan realizar su visita prevista el proximo 27 de enero sin mayor complicación, con ocasión de la conmemoración de la liberación del campo de concentración de Auschwitz-Birkenau (véase nota del Washington Post). Como bien se sabe, Polonia ha ratificado el Estatuto de Roma de 1998 y debe cumplir con las obligaciones internacionales que derivan de este instrumento. Unas obligaciones que Francia también debería respetar y que sin embargo, su actual Poder Ejecutivo pareciera dispuesto a ignorar en el caso del Primer Ministro de Israel (Nota 2).
Este 9 de enero del 2025 también se adoptó por parte del congreso norteamericano una ley para sancionar al personal de la CPI por investigar y ordenar el arresto de dos dirigentes israelíes (véase nota del New York Times): un texto a todas luces insólito, adoptado con 247 votos a favor y 155 en contra (véase nota de CNN), pero que pone en evidencia la capacidad de cabildeo que tienen los círculos de influencia a favor de Israel dentro de la clase política de Estados Unidos. La posición externada unos días antes por un numeroso grupo de organizaciones de la sociedad civil en Estados Unidos (véase comunicado conjunto) da cuenta de la oposición a semejante maniobra del congreso norteamericano.
Volviendo a la CIJ, es de notar que la titular de la cartera diplomática de Bélgica había anunciado su intención de realizar una solicitud de intervención ante la CIJ para apoyar a Sudáfrica en marzo del 2024, anuncio no seguido de efectos (véase nota de TV5Monde del 11 de marzo del 2024). En similar situación se encuentra un anuncio oficial hecho por la diplomacia de Egipto (véase nota de Reuters de mayo del 2024).
Un reducido núcleo de Estados comprometidos con la justicia internacional en Gaza
Irlanda viene así a sumarse a solicitudes similares presentadas por varios Estados ante la CIJ, en apoyo a la demanda de Sudáfrica, a saber: Bolivia, Chile, Colombia, España, Islas Maldivas, Nicaragua, Palestina, Turquía y México. Se trata de Estados que, observando las mismas desgarradoras imágenes que provienen de Gaza día tra día desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, han decidido apoyar, más allá de los anuncios, la demanda presentada por Sudáfrica contra Israel desde el 30 de diciembre del 2023 ante la justicia internacional de La Haya.
Jurídicamente, únicamente los Estados que son Estados Partes a la convención contra el genocidio de 1948 (véase listado oficial) tienen la posibilidad de solicitar dicha intervención: según el tablero precitado sobre el estado de firmas y de ratificaciones, son en total 153 Estados los que han ratificado dicha convención.
El último Estado antes de Irlanda en haber presentado una gestión similar ante los jueces de la CIJ fue Bolivia el 8 de octubre del 2024 (véanse el comunicado de prensa oficial en francés y en inglés de la CIJ del 9 de octubre y también el comunicado oficial sobre esta gestión difundido por la misma diplomacia boliviana) que analizamos en su momento (Nota 3). Se trata (Bolivia) de la solicitud d eintervención número 5 proveniente de América Latina, despues de la que tempranamente en enero del 2024 presentó Nicaragua, seguida por la de Colombia (abril), de México (mayo), de Chile (septiembre) y que tuvimos la oportunidad de analizar cuando Bolivia la presentó en octubre del 2024 (Nota 4). A diferencia de las demás solicitudes, la de Nicaragua se distingue en razón de la base jurídica utilizada, a saber elArtículo 62 del Estatuto de la CIJ y no el Artículo 63, inciso 2 (Note 5).
No está de más señalar, con respecto a la CPI, que este 13 de enero del 2025 el Fiscal de la CPI contestó un escrito tardío presentado por Israel ante la Sala de Apelaciones en diciembre del 2024, para intentar restarle validez jurídica a las órdenes de arresto confirmadas por la Sala de lo Preliminar de la CPI: en su contestación (véase escrito), el Fiscal de la CPI rechaza uno tras uno todos los argumentos presentados por Israel pidiendo que se desestimen.
A modo de conclusión
El ensañamiento de Israel contra la población civil de Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 es observable por parte de todos los miembros de la comunidad internacional. No obstante, no todos los Estados parecieran dispuestos a activar los mecanismos jurisdiccionales existentes a su disposición en aras de obligar a Israel a responder por sus actos ante la justicia internacional.
Pese a ello, tuvimos recientemente la oportunidad de explicar cómo el cerco de la justicia internacional (y también nacional en el caso de algunos Estados) se va lentamente cerrando sobre Israel, sobre sus máximas autoridades y sobre algunos de sus soldados que por alguna razón se encuentran viajando como turistas en América Latina después de haber cometido crímenes de guerra en Gaza (Nota 6).
En el marco de otro procedimiento de la CIJ, el procedimiento consultivo, el 2024 concluyó con una ordenanza de la CIJ para tramitar la solicitud de opinión consultiva desde la Asamblea General de Naciones Unidas ideada en un primer momento por Noruega, que tuvimos igualmente la ocasión de analizar en cuanto a sus alcances y sus perspectivas (Nota 7).
– – Notas – –
Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes sobre la solicitud de intervención presentada por España ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)»3 de julio del 2024. Texto disponibleaquí.
Nota 2: Con relación al las órdenes de arresto confirmadas por la CPI contra dos dirigentes de Israel y un jefe militar del Hamás, Francia externó un comunicado oficial sumamente cuestionable: véase al respecto MAISON R., «France, l´amitié avec Israël comme excuse de la violation du droit international«, Oriente XXI, édición del 19 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí. En una nota que editamos a destinación del público de habla francesa sobre las órdenes de arresto confirmadas por la CPI el pasado 21 de noviembre, y titulada «Gaza / Israël : la portée des mandats d’arrêt délivrés récemment par la Cour Pénale Internationale (CPI) et la surprenante réaction officielle de la France» nos permitimos explicar que: «Cette ligne jurisprudentielle appliquée aux visites de chefs d´Etat étrangers en France mérite une explication un peu moins juridique que nous allons tenter de donner : on peut serrer la main de tout chef d´Etat étranger sur le perron de l’Elysée, y ajouter les accolades de rigueur, sourires affables et poses devant les journalistes, et ce chef d’Etat bénéficie sur le territoire de la France de l’immunité accordée à tout chef d’Etat. Et ce même si il est suspecté de commettre un génocide, des crimes de guerre, des crimes contre l’humanité ou d’autres violations graves des droits de l´homme. A la question que toute personne peut légitimement se faire «Mais,… ils sont nombreux ces chefs d’Etat étrangers?», on peut répondre qu’il y en a effectivement un bon nombre. Par contre, et dans ce cas le nombre est bien moindre, lorsque ces accusations ont été soigneusement examinées et méticuleusement documentées par le Procureur de la CPI, puis revues méthodiquement par trois juges de la CPI, et que ce chef d’Etat étranger fait finalement l’objet d’un mandat d’arrêt délivré par une Chambre préliminaire de la CPI, le droit international s’impose automatiquement aux autorités françaises en vertu du Statut de Rome : on procède alors à la capture de ce même chef d’Etat s’il se trouve en France par les autorités nationales compétentes, et on le remet sans tarder aux juges de la CPI à La Haye. Fini le temps des accolades devant les caméras«.
Nota 3: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 4: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, 9 de octubre del 2024. Texto disponible ici.
Note 5: La especificidad de Nicaragua en su solicitud de intervención depositada el 23 de enero del 2024 (véase texto en francés y en inglés) es la siguiente: mientras que Irlanda, al igual que otros Estados, invoca el Artículo 63 inciso 2 del Estatuto de la CIJ (véase texto), que permite a todo Estados parte a una convención intervenir cuando se trata de interpretar el alcance de sus disposiciones, Nicaragua (así como Palestina) han invocado el Artículo 62. La posición de Nicaragua (véase texto de su solicitud de intervención en francés y en inglés) busca llevar hasta sus últimas consecuencias la idea que la prohibición del genocidio es una norma imperativa del derecho internacional público (denominada también «norma de ius cogens» según el Artículo 53 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969): todos los Estados deberían, en buena lógica, tener un interés jurídico en que se respete esta prohibición y en que la obligación de prevenir un genocidio sea considerada como una norma imperativa de acatamiento obligatorio para todos los Estados. Una relectura de la solicitud de Nicaragua sobre la base de este elemento permite entender mejor las numerosas referencias hechas a esta categoría específica de normas del derecho internacional público, raramente invocada ante los jueces de la CIJ.
Nota 6: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes desde Costa Rica con relación al cerco de la justicia que se cierra poco a poco«, 3 de enero del 2025. Texto disponible aquí.
Nota 7: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: la reciente ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el marco de la solicitud de opinión consultiva«, 26 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí.
Fotografía de hombre en Israel escuchando el 26 de enero del 2024 a la Presidenta de la CIJ dando lectura a una primera ordenanza contra Israel en el marco de la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel por genocidio en Gaza. Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel por el medio digital Magazine+972, titulado «Israel shirked accountability for decades: is the ICJ breaking its armor?» edición del 5 de febrero del 2024.
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com
«Lo que está ocurriendo en Gaza no es una operación militar, es una agresión a gran escala contra nuestro pueblo. Son masacres contra civiles inocentes. Nada en el derecho natural ni en el derecho internacional permite atacar a civiles y perpetrar contra ellos ataques tan indiscriminados y bárbaros / What is happening in Gaza is not a military operation, it is a full-scale assault against our people. It is massacres against innocent civilians. Nothing in natural law or international law allows for the targeting of civilians and such indiscriminate, barbaric attacks against them» . Intervención del representante de Palestina ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en su sesión del 16 de octubre del 2023 (véase acta S/PV/9439, en página 9) / Statement by the representative of Palestine to the United Nations Security Council, at its meeting on 16 October 2023 (see verbatim S/PV/9439, at page 9)
En la víspera de las festividades navideñas, la justicia internacional de La Haya fijó en una ordenanza el plazo para depositar escritos, en el marco del procedimiento consultivo solicitado desde la Asamblea General unos días antes, el 19 de diciembre del 2024 (véase texto de la ordenanza en francés y en inglés con fecha del 23 de diciembre del 2024 de la Corte Internacional de Justicia / CIJ). A diferencia de solicitudes similares recibidas en el pasado por la CIJ con relación a la situación en el territorio palestino ocupado, esta vez el plazo fijado por el juez internacional de La Haya es menor (Nota 1).
Cabe recordar que durante el 2024, la CIJ dictaminó una opinión consultiva, esta vez sobre la colonización y la ocupación ilegales del territorio palestino por parte de Israel, cuyo alcance tuvimos la ocasión de analizar, así como las diversas reacciones oficiales de algunos Estados al conocer su contenido, mutismo de Estados Unidos y de Canadá incluidos (Nota 2).
Por otra parte, con relación esta vez a la justicia nacional, este 5 de enero del 2025, se informó de una orden de arresto proveniente de la justicia de Brasil contra un soldado israelí sospechoso de haber cometido crímenes de guerra en Gaza, de visita en Brasil por alguna razón (véase nota de La Nación Argentina y nota de AgenciaBrasil). Israel le proveyó ayuda para que pueda abandonar rapidamente el territorio brasileño en el primer vuelo comercial disponible (véase nota del Washington Post): sería de sumo interés conocer el tipo de «urgencia» invocada por los diplomáticos israelíes en Brasil para gestionar su boleto aéreo ante las autoridades brasileñas. Se lee en esta nota de CNN del mismo 5 de enero que, en un comunicado oficial de Israel, se indicó que:
«el ministro de Asuntos Exteriores, Gideon Saar, activó inmediatamente al Ministerio de Asuntos Exteriores para garantizar que el ciudadano israelí no corriera peligro”.
Israel ¿»activa inmediatamente» a sus funcionarios diplomáticos nombrados en embajadas en el exterior para permitir a sus nacionales buscados por la justicia… escapar de ella? ¿Cómo así? Como se lee.
Como se observará en las líneas que siguen, los jueces tanto los que integran jurisdicciones internacionales como nacionales de algunos Estados (además de Brasil) tienen claro que los responsables de lo que ocurre en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre deben responder ante la justicia por sus actos ante la impunidad total existente en Israel, y denunciada por ONG israelíes desde hace ya varios años (véase por ejemplo este estudio de la ONG israelí B’tselem titulado «No accountabiliy«, y, en el caso de la colonización en Cisjordania, una nota sobre una muy tardía primera acción de la justicia israelí registrada tan solo en mayo del 2024 por la ONG israelí PeaceNow).
Nos abocaremos en un primer momento a las acciones de la justicia internacional obervadas en el último mes del 2024, y luego a algunas acciones presentadas ante la justicia nacional de algunos Estados, no sin antes presentar brevemente el contexto en el que se desarrollan.
Breve puesta en contexto a partir de datos recientes
Pese a la poca difusión en medios de prensa internacionales dada a la decisión de la justicia internacional del pasado 23 de diciembre (así como a la solicitud previa hecha desde la Asamblea General), la lectura de esta ordenanza y el plazo fijado traducen la extrema urgencia con la que el juez de La Haya ha decidido tramitar esta solicitud de opinión consultiva.
Una entrevista a uno de los grandes especialistas en materia de genocidio (véase entrevista realizada por Democracy Now) dada a conocer el 30 de diciembre del 2024 y titulada «Total Moral, Ethical Failure»: Holocaust Scholar Omer Bartov on Israel’s Genocide in Gaza» viene a confirmar la urgente necesidad de frenar el ímpetu genocida de Israel en Gaza. Desde la misma Israel, un historiador reunió y compiló datos de muy diversa índole sobre las exacciones de todo tipo a las que se han prestado las fuerzas militares israelíes en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 (véase nota de Haaretz y enlace al informe presentado el 5 de diciembre del 2024).
El pasado 30 de diciembre del 2024, un numeroso grupo de expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos exigió que Israel responda por todas las violaciones cometidas en Gaza a las normas internacionales existentes (véase comunicado conjunto). El 31 de diciembre del 2024, también se hizo público un informe de Naciones Unidas sobre el caracter sistemático y deliberado de los ataques a hospitales y centros médicos en Gaza por parte de Israel (véase comunicado oficial de Naciones Unidas con enlace al informe como tal): como ya señalado con anterioridad, resulta notoria la poca difusión hecha en los grandes medios de prensa internacionales a estos comunicados de prensa emitidos desde Naciones Unidas durante los últimos días del 2024.
Este comunicado conjunto desde Naciones Unidas con fecha del 2 de enero del 2025 posiblemente también sea muy pocamente referenciado, así como esta alerta lanzada por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) este 3 de enero sobre los dramáticos efectos de la lluvia y de las bajas temperaturas en la población desplazada en Gaza refugiada en campamentos de fortuna y expuesta a la intemperie.
Este 2 de enero del 2025, Israel revisó a la alza el número de sus bajas en Gaza (totalizando un cifra de 891) que incluye 38 suicidios entre los integrantes de sus fuerzas militares (véase nota de Arham y nota del TimesofIsrael así como artículo de Haaretz). El alza es bastante significativa si se compara a la cifra de 393 bajas militares registrada en el informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 31 de diciembre del 2024, una cifra obtenida a partir de datos oficiales israelíes (véase informe). Con relación a los suicidios y a la salud mental de los soldados israelíes enviados a Gaza, en octubre del 2024 este reportaje de CNN evidenció el tipo de traumas que sufren muchos reservistas al regresar de Gaza. Ya en el 2017 se pudo leer en este reportaje del medio de prensa digital israelí como Magazine+972 – cuya lectura completa se recomienda – que:
«According to a study conducted by Major Leah Shelef, who heads the Israeli Air Force’s Mental Health Clinic, 2009 saw 188 suicide attempts — a third of them by women. Am I included in those 188 attempts? According to statistics published in Haaretz, from 2007 until 2013, 124 soldiers committed suicide during their army service, while 237 soldiers committed suicide between 2002-2012. Even worse, between 2009 and 2011, the main cause of death among soldiers was suicide«.
No está de más señalar esta voluminosa recopilación de testimonios de soldados israelíes que participaron a la mortífera ofensiva militar terrestre en Gaza en el verano del 2014, realizada por la organización Breaking the Silence en Israel (242 páginas). Se trata de un ejercicio antecedido por otra recopilación similar (112 páginas) con relación a la igualmente mortífera ofensiva militar en Gaza del 2009: en ambas recopilaciones, queda en evidencia el tipo de instrucciones recibidas por estos jóvenes israelíes y el trauma que puede haberles significado ejecutarlas sin mayor preparación previa.
Finalmente, es de notar que la estadísticas oficiales dadas a conocer el 31 de diciembre del 2024 por las autoridades israelíes indican que durante el 2024, más de 82.600 ciudadanos israelíes han decidido viajar al exterior y no regresar (véase nota del TimesofIsrael de la misma fecha), sin que se precise en esta nota si se trata (o no) de personas en edad de ser llamadas por el ejército israelí en Gaza. En septiembre del 2024, se informó de una manera bastante peculiar de resolver el faltante de combatientes en Gaza por parte de las autoridades israelíes (véase nota de France24).
Celebraciones navideñas en medio de bombardeos indiscriminados en Gaza
Es de recalcar que mientras gran parte del mundo se aprestaba a celebrar las fiestas de fin de año, el último informe de Naciones Unidas sobre la situación en Gaza disponible (véase informe al 31 de diciembre del 2024) detalla la total insensatez del accionar militar israelí en Gaza, con sus ataques diarios en contra de la población civil de Gaza y su mortífero saldo:
«Between the afternoons of 24 and 30 December, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 203 Palestinians were killed and 574 were injured. Between 7 October 2023 and 30 December 2024, at least 45,541 Palestinians were killed and 108,338 were injured, according to MoH in Gaza. Casualty figures covering until the afternoon of 31 December are not available as of the time of reporting«.
En el informe anterior (al 24 de diciembre) se indicaba que:
«Between the afternoons of 17 and 24 December, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 279 Palestinians were killed and 723 were injured. Between 7 October 2023 and 24 December 2024, at least 45,338 Palestinians were killed and 107,764 were injured, according to MoH in Gaza«.
Cabe precisar que para muchos expertos y observadores, el número de víctimas mortales en Gaza es mucho mayor a las 45.541 registradas al 31 de diciembre del 2024, ya que Naciones Unidas procede a reportar únicamente las muertes identificadas como tal por las autoridades sanitarias de Gaza (quedando por fuera del registro un número indeterminado de cuerpos que yacen bajo los escombros, sin que los equipos de rescate puedan acceder a éstos e identificarlos, así como una gran cantidad de cuerpos encontrados, cuya identidad no es conocida).
Se leyó en esta entrevista de RFI a un connotado experto francés, ex militar especializado en bombardeos aéreos que (al 15 de mayo del 2024, fecha de su entrevista):
«En tant qu’ancien officier d’artillerie, quand je vois la fréquence et la puissance des armements qui sont utilisés tous les jours pour frapper. Il y a entre 100 et 500 frappes par jour sur la bande de Gaza. On rajoute les combats terrestres et maintenant la catastrophe humanitaire. On peut dire qu’en moyenne, sur les 7 derniers mois, il y a entre 200 et 300 morts par jour. Et donc ça veut dire qu’on est entre 60 000 et 70 000 morts, et trois fois plus de blessés«.
Con relación a las cifras oficiales proporcionadas por las autoridades palestinas, cabe recalcar que las autoridades sanitarias de Gaza han demostrado históricamente que el conteo de víctimas mortales realizado fue confirmado años más tarde por equipos internacionales de investigadores. Se trata de un dato objetivo y verificable, pero que algunos analistas se empecinan en ignorar con el fin de desacreditar el valor de estas cifras:
– en el 2018, durante los abusos cometidos por las fuerzas de seguridad israelíes contra manifestantes palestinos desarmados que participaban en la «Gran Marcha» (véase el enlace que permite acceder al informe de una Comisión de Investigación de Naciones Unidas);
– en el 2014, tras la ofensiva militar en Gaza (70 muertos del lado israelí, entre ellos 67 soldados, el tiempo que se registró la muerte de 2251 del lado palestino, entre ellos 551 niños (véase enlace para acceder al informe y su resumen);
– en el 2009, tras la ofensiva militar llevada a cabo en Gaza entre el 28 de diciembre de 2008 y el 17 de enero de 2009 por parte Israel (véase enlace), que se saldó con la muerte de 13 israelíes y la de aproximádamente 1.400 palestinos (véase la sección «casualties» en los párrafos 352-364 del informe).
Tuvimos incluso la oportunidad de explicárselo en directo al Cónsul de Israel en Costa Rica, en un programa radial en el que participó en el mes de noviembre del 2023 (véase video, después de que el locutor le indicara al diplomático israelí un «Amir, Amir, no me obligue a decirle mentiroso«, mn. 2:03:40 en adelante).
Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel el 27 de diciembre del 2024, titulado «Israel storms northern Gaza´s last hospital as remaining residents forced south» (Magazine+972), cuya lectura completa se recomienda.
Con relación a la ofensiva militar del 2014 y a la justicia penal internacional, la misma prensa israelí dió a conocer la existencia de una lista secreta (y que se ha mantenido como tal desde entonces) con varios centenares de nombres de soldados y de oficiales del ejército a los que se les recomendó tener sumo cuidado a la hora de viajar en el exterior (véase nota del TimesofIsrael del 16 de julio del 2020). Es muy probable que una lista secreta similar haya sido elaborada en Israel por parte de sus máximas autoridades militares en el 2024.
Las posiciones de Costa Rica en Naciones Unidas (2022-2024)
Para nuestros estimables lectores en Costa Rica, resulta oportuno traer a la memoria que cuando la Asamblea General de Naciones Unidas acogió la opinión consultiva dada a conocer el 19 de julio del 2024 en la votación de una resolución (véase texto) realizada el 18 de septiembre del 2024 y declaró ilegal dicha colonización (véase comunicado oficial de Naciones Unidas), Costa Rica optó por abstenerse sin dar explicaciones de su voto a las demás delegaciones presentes en Nueva York: ninguna explicación dada, como sí la brindó por ejemplo Guatemala en Centroamérica, o bien Canadá. O bien en Europa, la delegación de Alemaniaasí como la del Reino Unido y de Países Bajos.
Dicho en otras palabras «¿Usted se abstiene? Explíquese» es lo que se espera de un delegado en Naciones Unidas: en efecto, como bien es sabido, todo representante de un Estado a la hora de votar a favor de un texto, o bien en contra (o bien abstenerse), tiene la posibilidad de explicar a las demás delegaciones lo que motivó la posición de su Estado (lo que se denomina en la jerga diplomática «explicación de voto«).
El voto en contra explicado por el delegado de República Checa evidencia cómo un Estado plantea como suyos argumentos que en realidad reaparecen en las explicaciones de voto de otros Estados, siendo Estados Unidos uno en haberlos usado.
La justificación del voto de Costa Rica en cambio apareció posteriormente en un comunicado oficial colgado por el aparato diplomático costarricense, invocando razones de índole comercial ¿Como … así? Pues, … como se lee: véase al respecto una nota nuestra publicada, en su acápite «Algunas breves acotaciones con respecto a la ‘justificación’ aportada oficialmente por la diplomacia costarricense» (Nota 3). De manera a no causar mayor sonrojo al ya provocado en estos primeros días del año 2025, evitaremos reproducir estas acotaciones.
Siempre para nuestros lectores costarricenses, debe también recordarse que la opinión consultiva que fue dada a conocer el 19 de julio del 2024 por la CIJ resultó de una votación acaecida en los últimos días del año 2022 en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas. En aquella ocasión, se registró a Costa Rica votando en contra, conjuntamente con Guatemala en América Latina (Nota 4). En aquella oportunidad, la delegación costarricense tampoco consideró oportuno explicar su voto en contra ante las demás delegaciones presentes en Nueva York. Con lo cual el sonrojo de septiembre del 2024 puede ser relacionado al rubor de diciembre del 2022.
La técnica del mutismo de la delegación costarricense no pareciera ser monopolio de sus diplomáticos en Nueva York únicamente: también se observó en abril del 2024 por parte de la delegación de Costa Rica en Ginebra, al abstenerse en una votación del Consejo de Derechos Humanos solicitando urgentemente un embargo sobre las armas a destinación de Israel (véase nota del 5 de abril del 2024 del medio digital Delfino.cr).
Sonrojo, rubor, pasando por una sensación de profundo malestar entre los dos,… es lo que nos deja esta secuencia.
Algunos anuncios recientes de Costa Rica en los últimos meses del 2024
No está de más indicar que al poco tiempo de cumplirse un año desde el 7 de octubre del 2023, Costa Rica anunció la reanudación de sus negociaciones con Israel de cara a la adopción de un tratado de libre comercio (véase nota oficial de COMEX y nota del programa radial Amelia Rueda del 18 de octubre del 2024).
Cabe recordar que Israel ya firmó un tratado similar con Panamá en mayo del 2018 (véase nota oficial) y es muy posible sea tema de agenda con El Salvador (véase comunicado oficial del 2022). El 24 de octubre, del 2024, se oficializó la designación del nuevo embajador de Costa Rica en Israel (véase oficio de Casa Presidencial).
Unos meses antes, en marzo del 2024, un reportaje de la televisión costarricense (véase nota) hizo ver que reservistas israelíes pasan de la paradisiaca playa de Santa Teresa en Cóbano a combatir en Gaza en cuestión de pocas horas, lo cual puede plantear algunas interrogantes muy válidas. Y de paso arrojar algunas pistas sobre lo que pudo motivar la sorprendente mención hecha de Costa Rica y de Irán en una sola frase por parte del Primer Ministro de Israel en uno de sus viajes a Estados Unidos en el 2017 (véase nota de La Nación: «hablamos de Costa Rica o de Irán» (sic.) y nota del Tico Times). A la fecha, no se conoce de algún tipo de explicación sobre tan extraña analogía entre Irán y Costa Rica hecha en la mente del actual Primer ministro de Israel.
Recientemente, Costa Rica, por alguna razón consideró oportuno negociar un acuerdo bilateral en materia ambiental con las actuales autoridades de Israel y … anunciarlo en plena cumbre mundial: en efecto, durante la reciente COP29 celebrada en Bakú, Azerbaiyán, Costa Rica sorprendió a muchos al anunciar la firma de un Memorandum de Entendimiento (MoU) con Israel en materia ambiental (véase comunicado oficial de sus autoridades ambientales del 13 de noviembre y comunicado oficial de sus homólogas en Israel). En reacción, Costa Rica obtuvo el poco decoroso galardón de «Fósil del Día» otorgado por organizaciones ecologistas internacionales indignadas (véase artículo publicado en el semanario Ojoalclima, cuya parte final exhibe a las autoridades costarricenses en su súbita negativa a dar explicaciones).
Los dos nuevos aliados indefectibles de Israel en América Latina
Más allá de las extrañezas que a veces se descubren leyendo la prensa costarricense sin que se sepa muy bien de donde pueden provenir tantas coincidencias, lo cierto es que Israel y su incondicional aliado norteamericano no escatimaron en sus esfuerzos en aras de obtener un número significativo de votos en contra el pasado 19 de diciembre del 2024 en Nueva York: sus efectos fueron bastante modestos, y la iniciativa de Noruega anunciada desde el 29 de octubre del 2024 (Nota 5) prosperó exitosamente, sin mayor dificultad.
El registro del voto indica que el 19 de diciembre del 2024, el texto propuesto contó con una amplia mayoría de 137 votos a favor, 12 en contra, y 22 abstenciones. Con lo cual, las diversas presiones ejercidas por Israel y por Estados Unidos se limitaron a recoger 10 votos en contra únicamente, entre los cuales los de Argentina, Hungría, Paraguay, República Checa y algunos integrantes adicionales de la denominada «coalición» con la que siempre puede contar Israel en este tipo de contiendas diplomáticas. El término «coalición» resulta impropio y está deliberadamente colocado entre comillas, dadas las características muy propias de este pequeño grupo de Estados (en su mayoría Estados isleños del Océano Pacífico) al que recurren con frecuencia Israel y Estados Unidos para disimular su aislamiento en el seno de Naciones Unidas (Nota 6).
El detalle del voto también puede revisarse en este video de YouTube, en el que se observa un tiempo de dudas en algunas delegaciones antes de decidir su voto en los últimos segundos. Entre los 22 Estados que optaron por la abstención figuran únicamente por América Latina, Panamá y Uruguay, acompañados en el hemisferio americano por Canadá.
Costa Rica votó esta vez a favor, conjuntamente con 136 otros Estados, entre los cuales cabe destacar el voto afirmativo de China, Francia, Reino Unido y Rusia. Alemania votó también a favor (véase la explicación de su voto por parte de su representante en Nueva York). Entre las abstenciones algo sorpresivas observadas en Europa, figura la de Grecia. Extrañamente, no se observó explicación de voto alguna por parte de la delegación de Estados Unidos: ni en el sitio de la delegación de Estados Unidos en Naciones Unidas, ni en el del Departamento de Estado como tal se ha considerado oportuno colgar algun texto explicando su voto en contra.
La votación acaecida el 19 de diciembre del 2024 en Nueva York confirmó el pronunciado aislamiento de Israel en el seno de la comunidad internacional: en América Latina, dos Estados en este 2024 lograron no obstante maquillar levemente esta situación, a saber Argentina y Paraguay.
Argentina así como Paraguay están, en los últimos tiempos, sustituyendo a las pequeñas islas del Pacífico tradicionalmente muy atentas a las solicitudes de Israel (Islas Fidji, Islas Marshall, Micronesia, Nauru, Palau, Papua Nueva Guinea y Tonga), conformando desde varios años en Naciones Unidas la única «coalición» para acompañar a Israel y a Estados Unidos en este tipo de ejercicios dentro de Naciones Unidas.
Con respecto a Argentina, no está de más recordar un hecho bastante inusual observado en Naciones Unidas, cuando las actuales autoridades argentinas optaron el pasado 30 de octubre por destituir a su máxima autoridad diplomática, luego de que ésta instruyera a su delegación en Naciones Unidas a votar en favor de un proyecto de resolución (véase texto) solicitando levantar el embargo contra Cuba (véase nota de ElPais/España): en esta ocasión, únicamente Estados Unidos e Israel votaron en contra, al tiempo que 182 votaron a favor (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). Esta misma soledad extrema de Estados Unidos e Israel se observó en noviembre del 2023, con en aquella oportunidad 187 votos a favor (véase comunicado oficial de Naciones Unidas).
Nótese que el pasado 12 de diciembre, Paraguay trasladó su embajada de Tel Aviv a Jerusalén, en abierta violación al consenso existente dentro de la comunidad internacional desde los años 60: véase nota de La Nación (Argentina). En septiembre del 2018, tuvimos la oportunidad de analizar los pocos meses en los que la embajada guaraní se mantuvo en Jerusalén: tres meses en total para ser exactos (Nota 7). Cabe precisar que la apertura de la embajada de Paraguay en Jerusalén se registró el 21 de mayo del 2018, siendo inaugurada la de Estados Unidos una semana antes, el 14 de mayo del 2018.
Este 3 de enero del 2025, es desde Uruguay que un colectivo de organizaciones sociales condenó fuertemente el anuncio oficial hecho por sus autoridades el 23 de diciembre del 2024 (véase comunicado oficial) sobre la apertura de una «oficina de innovación y emprendimiento» en Jerusalén (véase texto).
Alianzas «estratégicas» de algunos en América Latina
Más allá de los espacios que Israel parece haber encontrado en el sur del continente americano en el año 2024, resulta oportuno indicar que, en el caso de otro Estado que se mostró sumamente cercano a Israel en años recientes (Brasil), sus servicios de inteligencia descubrieron la existencia de una nube electrónica que está albergada en un servidor en Israel con datos privados de más de 30.000 brasileños (véase esta nota de prensa de ElDiario /Argentina, del mes de enero del 2024): se trata muy probablemente de uno de los efectos de la denominada «asociación estratégica» con Israel anunciada en el 2018 por el entonces mandatario brasileño al iniciar su mandato (véase nota de France24).
En este reportaje de la BBC, cuya lectura completa se recomienda, se detalla el tipo de relaciones existentes hasta el 2022 entre los servicios de inteligencia de Brasil y algunas empresas israelíes. Este otro artículo explica la importancia de la ciberseguridad ofrecida por Israel a los Estados que han aceptado suscribir los denominados «Acuerdos de Abraham«, fomentada por los mismos Estados Unidos (véase comunicado oficial del 2023).
En Israel se denunció en El Salvador el uso del programa espía israelí Pegasus en el 2022 contra líderes sociales y activistas salvadoreños (véase nota del Timesof Israel precedida de este informe de Amnistía Internacional): este largo reportaje publicado por El Faro en El Salvador en el 2023 detalla el peso que actualmente poseen las empresas israelíes en materia de seguridad en El Salvador (las cuales no pudieron impedir el hackeo de los datos biométricos de más de 5 millones de salvadoreños en mayo del 2024 – véase nota de Resecurity).
No está de más señalar que desde hace ya varios años, la técnica del reconocimiento facial combinada a la escucha e intercepción de comunicaciones y de la inteligencia artificial por parte de Israel en Gaza, ha dado lugar a denuncias desde diversos sectores (Nota 8).
Los jueces nacionales: unas primeras acciones que posiblemente lleven a otras
Si bien un reportaje de la BBC publicado el 23 de diciembre del 2024 (véase texto) puso en evidencia el tipo de órdenes que reciben reservistas israelíes en Gaza y que algunos de ellos, ya no están dispuestos a seguir ejecutando, muchos soldados sí las han ejecutado y un pequeño grupo de éstos incluso se ha jactado de haberlo hecho en las redes sociales (permitiendo así su fácil identificación). En este informe de Amnistía Internacional de septiembre del 2024, aparecen tres soldados posando orgullosamente al destruir los alrededores de Kuhza’a en un video (segunda infografia del documento): se trata de un video de muchos más que están siendo analizados y procesados por diversas ONG para determinar el grado de participación de algunos soldados en crímenes de guerra.
Con relación a América Latina, soldados israelíes que han cometido crímenes de guerra en Gaza al parecer se encuentran por alguna razón ahora de visita en algunos Estados de la región.
Ya referimos en las primeras líneas a lo reportado este 5 de enero del 2025 en la prensa en Brasil, con un soldado israelí que combatió en Gaza buscado por la justicia que logró con la ayuda de su embajada escapar a la justicia brasileña subiéndose en el primer vuelo comercial para abandonar el territorio brasileño (véase nota del Washington Post): dado que se trata del primer caso hecho público, es probable que las autoridades judiciales y migratorias establezcan algún tipo de protocolo para que ello no pueda volver a suceder. Como indicado anteriormente, sería de sumo interés conocer el tipo de «urgencia» invocada por los diplomáticos israelíes para gestionar este boleto aéreo ante las autoridades brasileñas y las compañías aéreas, dado que un Estado no deberia propiciar mecanismos de emergencia para que sus nacionales, buscados por la justicia de otro Estado, escapen de ella.
La complicación súbita de lo que parece eran sus vacaciones en América Latina también la sufre un soldado israelí que se encuentra en el extremo sur de Chile y que ha sido objeto de una acción de varias ONG ante los tribunales chilenos (véase nota de Radio UChile del 28 de diciembre). Se esperaría de las autoridades aeroportuarias y migratorias chilenas, de las aerolíneas acreditadas en los aeropuertos de Chile, y de la policía de frontera chilena un mayor cuidado, en aras de que no se pueda replicar lo observado en Brasil este 5 de enero del 2025.
Es de señalar que este tipo de acciones legales ante tribunales nacionales también se han presentado ante tribunales europeos, sobre todo en el caso de soldados israelíes poseedores de un pasaporte europeo además del israelí, y sospechosos de haber cometido crimenes de guerra en Gaza.
En el caso de Francia, han sido varios los intentos contra un solado israelí que posee un pasaporte galo sospechoso de cometer actos de tortura contra detenidos en Gaza: en septiembre del 2024, la justicia francesa optó por archivar la causa (véase nota de Le Figaro), provocando la indignación de muchos activistas. En lo relativo a este soldado israelí que posee un pasaporte francés, véase también esta notaprevia de Le Monde de abril 2024. Una nueva demanda fue llevada a cabo en diciembre del 2024 ante los tribunales franceses: véase esta nota de la FIDH del 17 de diciembre del 2024 sobre acción ante los tribunales galos interpuesta por varias ONGs así como nota de la LDH, en la que se precisa que:
«Depuis le 7 octobre 2023, la campagne génocidaire d’Israël à Gaza a tué au moins 44 000 Palestinien-ne-s et en a blessé 105 000 autres. De nombreux éléments permettent d’établir que des crimes internationaux ont été commis par plusieurs des quelque 4 000 citoyens français mobilisés dans l’armée israélienne. Pourtant, à ce jour, aucune enquête judiciaire relative à ces crimes n’a été ouverte par les autorités françaises«.
En el caso de Bélgica, dos soldados belga/isralíes son los que han sido objeto de una acción ante los tribunales belgas: véase nota de JusticeInfo de octubre del 2024 que detalla estos dos casos ante los tribunales belgas. Se lee que para los demandantes:
«Il faut faire respecter le droit international pour forcer un cessez-le-feu et mettre fin à l’impunité qui nourrit les crimes suivants. La justice belge doit faire sa part du travail, aux cotés de la justice internationale«.
El Reino Unido por su parte registra un centenar de sus nacionales en las filas del ejército de Israel enviado a combatir en Gaza (véase nota de prensa), sin que se haya aún escuchado de acciones legales ante los tribunales del Reino Unido de este tipo.
También se debe referir en este acápite a una acción similar interpuesta esta vez en Marruecos (véase nota de ElPais/España de septiembre del 2024).
Probablemente existan otros casos similares que se estén ventilando en diversos juzgados en diversas latitudes de América Latina, sin que haya trascendido mayor información en medios de prensa.
En el caso de Costa Rica, además de la precitada playa de Santa Teresa en el Cóbano, en la que murió un israelí al parecer asesinado por otros israelíes en abril del 2021 (véase nota del 2021 de DiarioExtra), existen varias otras playas que conocen un gran éxito en Israel como destino turístico, y a la fecha de escribir estas líneas (6 de enero), no ha trascendido en la prensa nada con relación a alguna acción similar a las observadas en Brasil y en Chile. Nótese que la prensa costarricense informó de un soldado en Gaza con pasaporte costarricense (véase nota de Telectica de noviembre del 2024), sin brindar mayores detalles sobre el tipo de operaciones en las que ha estado involucrado.
Con relación al uso indebido por parte de Israel y de sus empresas de datos privados, nótese que el pasado 21 de diciembre, se informó que un juez de California rechazó una apelación, abriendo ahora sí la posibilidad de llevar ante la justicia a la empresa israelí NSO, especializada en la colocación de software espías en aplicaciones de uso general como la muy popular aplicación de WhatsApp (véase nota de la agencia de noticias Reuters del 21 de diciembre del 2024 y nota de The Guardian).
A modo de conclusión
No cabe duda que la justicia internacional y la justicia nacional han ocupado y van a seguir ocupando por un buen tiempo al aparato diplomático de Israel: varios de sus nacionales identificados cometiendo exacciones en Gaza durante el 2023 o el 2024 son ahora objeto de búsqueda por diversas organizaciones en diversas partes del mundo.
Con relación a la justicia internacional, resulta evidente que la CIJ está decidida a tramitar de manera mucho más celere la solicitud de opinión consultiva, que constituye una nueva tentativa en aras de aplicar a Israel las normas que rigen a los Estados en el ordenamiento jurídico internacional, que Israel viola de manera reiterada en el territorio palestino ocupado, manteniendo la calidad de Estado Miembro de Naciones Unidas.
Esta reciente entrevista a la Relatora Especial sobre los Derechos del Pueblo Palestina de Naciones Unidas realizada por la cadena AlJazeera explica muy bien que la justicia para el pueblo palestino inicia ante las autoridades nacionales de cada uno de los 193 Estados miembros de Naciones Unidas, en particular en los Estados que ignoran las obligaciones existentes en materia de prevención del genocidio y de no envío de suministros, municiones y armas cuando se cometen crímenes de guerra.
Nótese que en el último informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 31 de diciembre del 2024 (véase informe), se indica que Israel volvió a asesinar deliberadamente a quienes informan desde Gaza al mundo sobre lo que está ocurriendo:
«On 26 December, five Palestinian journalists and media workers were reportedly killed when a press van belonging to Al Quds Today TV was hit in front of Al Awda Hospital in An Nuseirat refugee camp in Deir al Balah. The UN Human Right Office condemned the airstrike on the “unarmed and clearly identified” press members, adding that, although “the Israeli military has claimed they were affiliated with Palestinian armed groups … affiliation alone would not remove their protection as civilians.” The Committee to Protect Journalists stated that with this incident “at least nine Gazan journalists have been killed in less than two weeks.” According to the Palestinian Journalists Syndicate, over 190 journalists and media workers have been killed in Gaza since October 2023«.
La cifra de 190 periodistas palestinos asesinados desde el 7 de octubre del 2023 por Israel en Gaza conlleva un sostenido esfuerzo de Israel para que no se pueda informar al mundo de lo que ahí ocurre: hablamos de un escalofriante promedio superior a 12,5 comunicadores palestinos por mes caídos desde esta fecha.
El sostenido uso del veto por parte de la delegación norteamericana para proteger a Israel en el seno del Consejo de Seguridad ha impedido históricamente, que este órgano pueda tomar sanciones en contra de Israel. Precisamente, el pasado 30 de diciembre del 2024 se cumplieron 10 años desde un ejercicio memorable en el que la delegación de Estados Unidos maniobró y votó en contra de un proyecto de resolución de forma tal, que la diplomacia palestina optó por dirigir sus esfuerzos en dirección de la justicia penal internacional de La Haya, con el reconocimiento formal de aceptación de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional (CPI) materializado el primer día del año 2015 (Nota 9).
Precisamente, con relación a la justicia penal internacional, es de notar que menos de un mes antes del 19 de diciembre del 2024 (el 21 de noviembre), el cerco de la justicia internacional se hizo sentir fuertemente para Israel, proviniendo esta vez de otra jurisdicción también ubicada en La Haya: en efecto, la Sala de lo Preliminar de la CPI confirmó por unanimidad de sus integrantes la solicitud de arresto del actual Primer Ministro de Israel y de su ex Ministro de Defensa, por crímenes de guerra, así como la concerniente a un dirigente del ala militar del Hamás, por crímen contra la humanidad (Nota 10). La valentía de los tres jueces de esta Sala Preliminar merece ser señalado y saludado, dado que enfrentarse a Israel y a Estados Unidos (y a los círculos que gravitan a su alrededor) les ha significado amenazas e intimidaciones de todo tipo.
Ha sido tal el enseñamiento de Israel en contra de la población civil de Gaza, y tal la voluntad deliberada de contaminar y destruir los suelos, las fuentes de agua, y las formas diversas de subsistencia como lo son huertas y campos de cultivo, reservorios naturales de agua, cobertura vegetal y demás elementos naturales que sostienen la vida, que desde, el 18 de diciembre del 2024, sin que se mencione expresamente lo que ocurre en Gaza, circula un proyecto general de la CPI sobre crímenes ambientales (abierto a la recepción de comentarios y observaciones: véanse documento y comunicado oficial de la CPI).
Desde esta perspectiva, cobra mucha mayor relevancia un documento interno que se filtró en Israel en noviembre del 2023 tendiente a volver invivible Gaza para sus 2,3 millones de habitantes: véase artículo de Magazine+972 titulado «Expell all Palestinians from Gaza, recommends Israelí Gov´t ministry«, que contiene una versión al inglés del documento filtrado. Este mismo medio de prensa israelí detalló en un artículo publicado durante el mismo mes de noviembre del 2023 titulado «A mass assassination factory’: Inside Israel’s calculated bombing of Gaza«, el carácter intencionalmente destructivo de las operaciones realizadas en Gaza por Israel desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.
– -Notas – –
Nota 1: En el caso de la solicitud de opinión consultiva votada por la Asamblea General el 30 de diciembre del 2022 sobre la ocupación y la colonización ilegal del territorio palestino, la CIJ fijó en su ordenanza del 3 de febrero del 2023 al 25 de julio del 2023 el plazo para la entrega de escritos por parte de Estados y organizaciones internacionales (véase ordenanza). En cambio, en el caso de la solicitud de carácter más urgente recibida con relación a la construcción de un muro por parte de Israel en el territorio palestino a finales del 2003, la CIJ fijó en su ordenanza del 19 de diciembre del 2003 al 30 de enero del 2004 para la recepción de estos escritos (véase ordenanza).
Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Ocupación prolongada y colonización ilegal israelí del territorio palestino: apuntes con relación a la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)», 19 de julio del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 3: Véase BOEGLIN N., «Gaza/Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, edición del 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 4: Cabe recordar que la precitada opinión consultiva de la CIJ del 19 de julio del 2024 resulta de un proceso iniciado a finales del 2022, durante el cual Costa Rica votó en contra con Guatemala, sin darse mayores explicaciones sobre tan insólita posición de la delegación de Costa Rica en Naciones Unidas: véase al respecto BOEGLIN N., «América Latina ante la solicitud de opinión consultiva a la justicia internacional sobre la situación en Palestina«, Portal de la UCR, edición del 13 de febrero del 2023, y en particular el acápite «El voto de los Estados de América Latina en este 2022: Guatemala y Costa Rica únicos en votar en contra«. Texto disponible aquí.
Nota 5: Resulta de interés observar que, de 193 Estados Miembros de Naciones Unidas, haya sido Noruega la que ideó esta iniciativa de solicitar una opinión consultiva a la CIJ de manera aislada en un primer momento, gestionándola con un éxito notable por parte de su aparato diplomático. Como bien es sabido, Noruega no es Estado Parte de la UE, lo cual permite a su diplomacia realizar acciones que integrantes de la UE no siempre tienen la total libertad de llevar a feliz término. Cabe precisar que esta gestión fue oficialmente anunciada el 29 de octubre del 2024 desde Oslo (véase comunicado oficial). La fecha del 29 de octubre del 2024 coïncide con la adopción formal de una ley en Israel para declarar ilegales las actividades de la UNRWA, lo cual desató una ola de repudio. Remitimos a nuestros estimables lectores, entre muchas posiciones oficiales de rechazo a la ley adoptada en Israel, al comunicado oficialdel mismo Secretario General de Naciones Unidas, así como, entre muchos; a los comunicados oficiales de Bolivia, de Chile, de Emiratos Arabes Unidos, de Francia, de Sudáfrica y de Turquía; al de Amnistía Internacional, antecedido unos días antes por el de Human Rights Watchy; al de cuatro Estados nórdicos en un comunicado conjunto así como por siete otros Estados entre los cuales Canadá, Francia, Japón y Reino Unido (véase comunicado conjunto). En el comunicado oficial de Costa Rica se leyó que:
«Adicionalmente, la legislación aprobada por la Knesset establece un precedente sumamente preocupante para el trabajo de las Naciones Unidas y todas las organizaciones del sistema multilateral y podría implicar un incumplimiento por parte de Israel de al menos una de las medidas provisionales impuestas por la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«.
Por su parte, la Presidencia del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (Suiza) adoptó una declaración en nombre de sus 15 integrantes el 30 de octubre del 2024 en la que hizo ver su profunda preocupación (véase texto completo) con respecto al futuro de las actividades de la UNRWA en el territorio ocupado palestino. Es muy probable que, de haberse votado una resolución, la delegación de Estados Unidos hubiera encontrado manera de vetarla (o bien de limitar sustancialmente sus efectos desde el punto de vista jurídico de manera a no perjudicar a Israel).
Nota 6: Como ya viene siendo costumbre en este tipo de contiendas en Naciones Unidas, un observador reconocerá, entre los votos en contra, el pequeño «núcleo duro» de Estados que se oponen sistemáticamente a cualquier texto a favor de Palestina, y que incluía usualmente antes del 7 de octubre del 2023, a Australia, Canadá, Islas Marshall, Israel, Micronesia, Nauru, Palau y claso está, al incondicional aliado Estados Unidos. En general, este pequeño núcleo consigue atraer algunos votos ocasionales y circunstanciales (sea de Europa, de África y de América Central). Como ejemplo, entre otros muchos, cuando en noviembre de 2012 la Asamblea General reconoció a Palestina como «Estado observador no miembro«, adoptando la resolución A/Res/67/19 (138 votos a favor, 9 en contra y 41 abstenciones), a esta extraña asociación de Estados se unieron Panamá y la República Checa (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). De idéntica forma (9 votos en contra), en una votación en el seno de la Asamblea General sobre la obligación de no trasladar embajadas a Jerusalén que tuvo lugar en diciembre de 2017, reuniendo 128 votos a favor y 35 abstenciones (véasenota de prensa oficial de Naciones Unidas), cabe precisar que se trató de un texto muy similar objeto de una votación previa en el seno del Consejo de Seguridad, en la que Estados Unidos votó en contra de manera solitaria (veto) frente a 14 votos a favor (véase nota nuestra al respecto). Esta curiosa «coalición«, según el término utilizado por el Washington Post en 2012 (véase artículo), también se expresó en el 2021, durante la votación de la resolución A/RES/76/225 (véase texto), con sus 7 votos en contra, frente a 156 votos a favor y 15 abstenciones (véase detalle de la votación). Lejos de ser una alianza circunstancial, los lazos que unen a sus miembros parecieran ser los de un frente real, duradero y bastante sólido. En el año 2022, estos vínculos reaparecieron durante la votación de la resolución titulada «Arreglo pacífico de la cuestión de Palestina» A/77/L.26, adoptada el 30 de noviembre de 2022 por 153 votos a favor, 9 en contra y 10 abstenciones (véase detalle de la votación durante la cual Hungría y Liberia se unieron a la mencionada «coalición«, habiéndose abstenido finalmente Australia). Este pequeño grupo puede, a veces, verse aún más reducido: una de las expresiones más modestas en número de votos de la llamada «coalición» (4 votos: Estados Unidos, Israel, Islas Marshall y Micronesia) es sin duda esta resolución votada en octubre de 2003 sobre la construcción del muro construido por Israel en territorio palestino, adoptada con 144 votos a favor y tan solo 4 en contra (véase el comunicado oficial de Naciones Unidas).
Nota 7: Sobre la decisión de trasladar la embajada de Tel Aviv a Jerusalén por parte del Presidente Cartes en Paraguay en el mes de mayo del 2018 (bajo fuerte presión de Estados Unidos para que Paraguay acompañara a Estados Unidos con embajadas en Jerusalén) y luego la decisión del nuevo Presidente paraguayo Mario Abdo Benitez de regresarla sin más preludios a Tel Aviv unos meses después, véase BOEGLIN N., » La valiente decisión de Paraguay de restablecer su Embajada en Tel Aviv: una breve puesta en perspectiva«, editada el 11 de septiembre del 2018. Textdo disponible aquí.
Nota 8: Véase por ejemplo este artículo publicado en la revista del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en el 2020: TALBOT R., «Automating occupation: Implications of the deployment of facial recognition technologies in the occupied Palestinian territory«, Revista del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), 2020. Texto completo del artículo disponible aquí. Así como este reportaje publicado en Israel en el 2024 por un grupo de periodistas de investigación: » ´Lavender´: the AI machine directing Israel’s bombing spree in Gaza«, Magazine+972, edición del 3 de abril del 2024. Texto disponible aquí. El 15 de abril del 2024, un grupo de expertos en derechos humanos de Naciones Unidas condenó el uso de la inteligencia artifical en Gaza para proceder a un «domicida«: véase texto completo de este comunicado, pocamente referenciado en medios de prensa internacionales.
Nota 9: Véase el proyecto de resolución S/2014/916 que fue votado negativamente por Estados Unidos el 30 de diciembre del 2104, así como por Australia (y acta S/PV.7354). Debido a fuertes presiones de Estados Unidos e Israel sobre los demás integrantes del Consejo de Seguridad, no se logró reunir el número de votos afirmativos necesarios (9) para considerarse vetada por Estados Unidos como tal: véase al respecto nuestra nota titulada «El resultado del voto sobre Palestina en el Consejo de Seguridad: balance y perspectivas«, publicado en el sitio especializado de DerechoalDia, explicando el cambio súbito de parecer de Nigeria pocas horas antes del voto. En su intervención (cuya lectura completa se recomienda en el acta S/PV.7354 ), se lee por parte del representante de Palestina que: «reiteramos en este Salón del Consejo que es indispensable que Israel, la Potencia ocupante, rinda cuentas por sus violaciones del derecho internacional, incluido el derecho humanitario y el derecho de los derechos humanos, y por sus transgresiones de resoluciones de las Naciones Unidas. Ese desacato no se puede seguir justificando ni tolerando. No puede haber ninguna excusa para denegar a otro pueblo el derecho a la libre determinación, como este mes se reafirmó de manera muy elocuente en la Asamblea General mediante la votación sobre el derecho del pueblo palestino a la libre determinación, que recibió el apoyo abrumador de 181 Estados miembros de la Asamblea» (página 13).
Nota 10: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: las órdenes de arresto de la CPI contra el Primer Ministro y (ex) Ministro de Defensa de Israel y contra un dirigente del Hamás. Alcance y perspectivas«, 21 de noviembre del 2024. Texto disponible aquí. Además de la extrañeza del contenido del comunicado oficial de Costa Rica, Francia externó un comunicado oficial sumamente cuestionable: véase al respecto MAISON R., «France, l´amitié avec Israël comme excuse de la violation du droit international«, Oriente XXI, édición del 19 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí.
En una nota que editamos a destinación del público de habla francesa sobre las órdenes de arresto confirmadas por la CPI el pasado 21 de noviembre, y titulada «Gaza / Israël : la portée des mandats d’arrêt délivrés récemment par la Cour Pénale Internationale (CPI) et la surprenante réaction officielle de la France» nos permitimos explicar que:
«Cette ligne jurisprudentielle appliquée aux visites de chefs d´Etat étrangers en France mérite une explication un peu moins juridique que nous allons tenter de donner : on peut serrer la main de tout chef d´Etat étranger sur le perron de l’Elysée, y ajouter les accolades de rigueur, sourires affables et poses devant les journalistes, et ce chef d’Etat bénéficie sur le territoire de la France de l’immunité accordée à tout chef d’Etat. Et ce même si il est suspecté de commettre un génocide, des crimes de guerre, des crimes contre l’humanité ou d’autres violations graves des droits de l´homme. A la question que toute personne peut légitimement se faire «Mais,… ils sont nombreux ces chefs d’Etat étrangers?», on peut répondre qu’il y en a effectivement un bon nombre. Par contre, et dans ce cas le nombre est bien moindre, lorsque ces accusations ont été soigneusement examinées et méticuleusement documentées par le Procureur de la CPI, puis revues méthodiquement par trois juges de la CPI, et que ce chef d’Etat étranger fait finalement l’objet d’un mandat d’arrêt délivré par une Chambre préliminaire de la CPI, le droit international s’impose automatiquement aux autorités françaises en vertu du Statut de Rome : on procède alors à la capture de ce même chef d’Etat s’il se trouve en France par les autorités nationales compétentes, et on le remet sans tarder aux juges de la CPI à La Haye. Fini le temps des accolades devant les caméras«.
Alerta: La inminente aniquilación nuclear por la guerra y el invierno nuclear amenaza a la humanidad y a la mayoría de las especies existentes
Estamos cada día más cerca de la posibilidad de una guerra nuclear. Los científicos atómicos señalan que la humanidad, en este año 2024, se enfrenta a un nivel de peligro sin precedentes. Debemos responder con urgencia, como si hoy fuera el momento más peligroso de la historia moderna.
Los regímenes de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) liderados por los Estados Unidos, quién continúa financiando y enviando armas letales al gobierno de Ucrania, rehúsan sostener negociaciones de paz para acabar con las hostilidades. El conflicto ahora no solo se desarrolla en Ucrania, sino que Ucrania ataca territorio ruso.
En el medio oriente, sigue el genocidio en Gaza, financiado también por los regímenes de la OTAN con la consecuencia de incalculables muertos, devastación no imaginable y pesadillas de brutalidad y dolor extremos. La Corte Internacional de Justicia ha declarado que los Palestinos tienen derecho a ser protegidos de los actos de genocidio, pero sigue impunemente la escalada de agresiones.
La posibilidad de una Guerra nuclear no solo afectaría a Ucrania o Rusia sino a toda Europa y EEUU y el resto del mundo, que estaría no sólo afectado por la contaminación radioactiva sino por el “invierno nuclear”. Costa Rica no escapa – sus habitantes y su biodiversidad tropical están en peligro. La mayoría de las especies no sobrevivirán el invierno nuclear.
Costa Rica en 1967 ratificó el Tratado Tlatelolco que crea una zona libre de armas nucleares en América Latina. Además, junto a 73 países, ratificó el Tratado para Abolir las Armas Nucleares. Estas armas violan el derecho internacional, son inhumanas e indiscriminadas.
Denunciemos los culpables principales: la mafia asociada al complejo financiero anglo-sionista militar industrial que gobierna la mayoría del mundo occidental junto con sus colonias.
Conozcamos de las iniciativas para parar la guerra nuclear y unamos esfuerzos:
La campaña internacional para abolir las armas nucleares icanw.org
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com
Este 19 de diciembre del 2024, con una amplia mayoría de 137 votos a favor y tan solo 12 en contra, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó una resolución en la que solicita una segunda opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) con relación, esta vez, a las obligaciones de Israel como Estado Miembro de Naciones Unidas y su actuar en el territorio palestino ocupado.
Un Estado Miembro de Naciones Unidas que ¿bombardea deliberadamente instalaciones y funcionarios de Naciones Unidas y destruye infraestructura cuya construcción se logró gracias a la laboriosa coordinación de varias agencias de Naciones Unidas? Y que además, ¿dificulta significativamente la llegada de víveres urgentes por parte de Naciones Unidas para asistir a una población asediada desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 y desprovista de agua y alimentos para subsistir y de medicamentos? Y que finalmente ¿adopta una legislación para declarar ilegales las operaciones de la agencia de Naciones Unidas especializada en la atención a los refugiados palestinos desde 1947 (UNRWA)?
Solicitar a la misma justicia internacional de La Haya dar su parecer al respecto es el objetivo de esta solicitud votada este 19 de diciembre por la Asamblea General de Naciones Unidas a partir de un planteamiento pocamente analizado, salvo un artículo (Nota 1), dada la incapacidad del Consejo de Seguridad para adoptar las sanciones correspondientes (debido al veto automático del – o de la- representante de Estados Unidos).
Una iniciativa de Noruega
Resulta de sumo interés observar que de 193 Estados Miembros de Naciones Unidas, haya sido Noruega la que haya gestado esta iniciativa de manera aislada en un primer momento, gestionándola con un éxito notable por parte de su aparato diplomático.
Cabe precisar que esta iniciativa fue oficialmente anunciada el 29 de octubre del 2024 en Oslo (véase comunicado oficial), y que su tramitación en Naciones Unidas pareciera evidenciar un gran apoyo a esta gestión. La fecha del 29 de octubre coïncide con la adopción de una ley en Israel para declarar ilegales las actividades de la UNRWA, lo cual desató una ola de repudio (véanse el comunicado oficialdel mismo Secretario General de Naciones Unidas, así como, entre muchos, el de Chile, de Francia, de Turquía, de Sudáfrica, o bien el de Amnistía Internacional, antecedidos unos días antes por el de Human Rights Watchy el de cuatro Estados nórdicos en un comunicado conjunto asi como por siete otros Estados entre los cuales Canadá, Francia, Japón y Reino Unido (véase comunicado conjunto).
«Adicionalmente, la legislación aprobada por la Knesset establece un precedente sumamente preocupante para el trabajo de las Naciones Unidas y todas las organizaciones del sistema multilateral y podría implicar un incumplimiento por parte de Israel de al menos una de las medidas provisionales impuestas por la Corte Internacional deJusticia (CIJ)«.
Es de recordar que las reiteradas acusaciones de Israel en contra funcionarios de la UNRWA (y contra la UNRWA en general) han dado lugar a un esfuerzo de la misma UNRWA para demostrar la total falta de pruebas para fundamentarlas que una y otra vez se observa por parte de Israel: este enlace de la UNRWA se titula precisamente «Claims vs. Facts«, y su lectura se recomienda, en particular para quienes, en Costa Rica (como en numerosas otras latitudes), se sienten casi siempre obligados a repetir lo que se lee en los comunicados oficiales de la Embajada de Israel en Costa Rica.
Las declaraciones dadas por el representante de Noruega en Naciones Unidas luego del voto (véase video disponible en este enlace oficial de Naciones Unidas) revisten especial interés. Al presentar la iniciativa para someterla a la votación, el delegado de Noruega externó (véase texto completo de su intervención) que:
«Norway, a founding member of the United Nations, believes that we cannot remain passive witnesses to what may come to be seen as a frontal attack on the Organization of the United Nations and on the multilateral system itself, with immense humanitarian consequences.
Let us act, therefore, with dispatch and determination to uphold the principles of the Charter of the United Nations and to prevent further suffering in the region«.
La pregunta que nos podemos hacer es la siguiente: ante la situación catastrófica que se vive en Gaza y las imágenes del drama indecible al que Israel somete a la población civil palestina desde la tarde noche del 7 de octubre del 2023 en abierta violación a las obligaciones que se imponen a todo Estado Miembro de Naciones Unidas …¿dónde es que estaban todos los demás miembros fundadores de Naciones Unidas?
Un ejercicio precedido por otro anterior dado a conocer en julio del 2024
Hay que recordar que el 19 de julio del 2024, la CIJ ya había dictaminado una opinión consultiva sobre la colonización y la ocupación ilegal del territorio palestino por parte de Israel, que tuvimos la ocasión de analizar en cuanto a sus alcances, así como en cuanto a las diversas reacciones oficiales de algunos Estados al conocer su contenido, mutismo de Estados Unidos y de Canadá incluidos (Nota 2).
Para nuestros estimables lectores costarricenses, cabe recordar que cuando la Asamblea General de Naciones Unidas acogió esta opinión consultiva en una votación realizada el 18 de septiembre del 2024 y optó por declarar ilegal dicha colonización (véase comunicado oficial de Naciones Unidas), Costa Rica optó por abstenerse sin dar explicaciones de su voto a las demás delegaciones presentes en Nueva York (como sí lo hizo por ejemplo Guatemala en Centroamérica o bien en Europa, la delegación de Alemania).
La justificación del voto en cambio apareció posteriormente en un comunicado oficial colgado por el aparato diplomático costarricense, invocando razones de índole comercial ¿Como así? Como se lee: véase al respecto una nota nuestra publicada en el acápite «Algunas breves acotaciones con respecto a la ‘justificación’ aportada oficialmente por la diplomacia costarricense» (Nota 3). De manera a no causar mayor sonrojo al provocado, evitaremos reproducir estas acotaciones.
Siempre para nuestros lectores costarricenses, debe también recordarse que la opinión consultiva que fue dada a conocer el 19 de julio del 2024 por la CIJ resultó de una votación acaecida en los últimos días del 2022 en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas, en la que se registró a Costa Rica votando en contra, conjuntamente con Guatemala en América Latina (Nota 4). En aquella oportunidad, tampoco la delegación costarricense consideró oportuno explicar su voto ante las demás delegaciones presentes en Nueva York. Con lo cual el sonrojo de septiembre del 2024 puede ser relacionado al rubor de diciembre del 2022.
La técnica del mutismo de la delegación costarricense no es monopolio de sus diplomáticos en Nueva York: también se observó en abril del 2024 por parte de la delegación de Costa Rica en Ginebra, al abstenerse en una votación del Consejo de Derechos Humanos solicitando urgentemente un embargo sobre las armas a destinación de Israel (véase nota del 5 de abril del 2024 del medio digital Delfino.cr).
Como bien es sabido, sea en Ginebra o en Nueva York, todo delegado a la hora de votar a favor de un texto, o bien en contra (o bien abstenerse), tiene siempre la posibilidad de explicar a las demás delegaciones lo que motivó la posición del Estado que representa (lo que se denomina en la jerga diplomática «explicación de voto«).
No está de más indicar que al poco tiempo de cumplirse un año desde el 7 de octubre del 2023, Costa Rica anunció la reanudación de sus negociaciones con Israel de cara a la adopción de un tratado de libre comercio (véase nota de Amelia Rueda del 18 de octubre del 2024). En marzo del 2024, un reportaje de la televisión costarricense (véase nota) hizo ver que reservistas israelíes pasan de la paradisiaca playa de Santa Teresa en Cóbano a combatir en Gaza en cuestión de pocas horas, lo cual puede plantear algunas interrogantes muy válidas. Y de paso arrojar algunas pistas sobre lo que pudo motivar la sorprendente mención hecha de Costa Rica y de Irán por parte del Primer Ministro de Israel en uno de sus viajes a Estados Unidos en el 2017 (véase nota de La Nación): «hablamos de Costa Rica o de Irán» (sic.). A la fecha, no se conoce de algún tipo de explicación sobre tan extraña asociación, hecha en la mente del Primer ministro de Israel.
El voto en breve acaecido este 19 de diciembre
Más allá de las extrañezas que a veces se descubren leyendo la prensa sin que se sepa muy bien de donde provienen, lo cierto es que Israel y su incondicional aliado norteamericano no escatimaron en sus esfuerzos en aras de obtener un número significativo de votos en contra este 19 de diciembre del 2024 en Nueva York: sus efectos fueron bastante relativos, y la iniciativa de Noruega prosperó exitosamente, y ello sin mayor dificultad.
El registro del voto indica que este 19 de diciembre del 2024, el texto propuesto contó con una amplia mayoría de 137 votos a favor, 12 en contra, y 22 abstenciones. Con lo cual, las diversas presiones ejercidas por Israel y por Estados Unidos se limitaron a recoger 10 votos en contra únicamente, entre los cuales los de Argentina, Hungría, Paraguay, República Checa y algunos integrantes adicionales de la denominada «coalición» con la que siempre puede contar Israel en este tipo de contiendas diplomáticas. El término «coalición» resulta impropio y está deliberadamente colocado entre comillas, dadas las características muy propias de este pequeño grupo de Estados (en su mayoría Estados isleños del Pacífico) al que recurren con frecuencia Israel y Estados Unidos para disimular su aislamiento en Naciones Unidas (Nota 5).
El detalle del voto también puede revisarse en este video de YouTube, en el que se observa un tiempo de dudas en algunas delegaciones antes de decidir su voto en los últimos segundos. Entre los 22 Estados que optaron por la abstención figuran únicamente por América Latina, Panamá y Uruguay, acompañados en el hemisferio americano por Canadá.
Costa Rica votó esta vez a favor, conjuntamente con 136 otros Estados, entre los cuales cabe destacar el voto afirmativo de China, Francia, Reino Unido y Rusia.
La pregunta formulada a la CIJ
En la propuesta de Noruega que circulaba desde varias semanas en Naciones Unidas (véase texto del proyecto A/79/L.28/Rev.1), se lee el punto 10 de la siguiente manera, con una inusitada expresión de «con carácter prioritario y con la máxima urgencia» que esperamos logre inspirar a los jueces de la CIJ en aras de tramitar de manera más expédita esta solicitud urgente:
«10.Decide, de conformidad con el Artículo 96 de la Carta de las Naciones Unidas, solicitar a la Corte Internacional de Justicia, de conformidad con el Artículo 65 del Estatuto de la Corte, con carácter prioritario y con la máxima urgencia, que emita una opinión consultiva sobre la cuestión que se indica a continuación, teniendo en cuenta las normas y principios del derecho internacional, en particular la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional humanitario, el derecho internacional de los derechos humanos, las prerrogativas e inmunidades aplicables en virtud del derecho internacional a las organizaciones internacionales y a los Estados, las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos, la opinión consultiva de la Corte de 9 de julio de 2004 y la opinión consultiva de la Corte de 19 de julio de 2024, en que la Corte reafirmó el deber de la Potencia ocupante de administrar el territorio ocupado en beneficio de la población local y afirmó que Israel no tiene derecho a la soberanía sobre ninguna parte del Territorio Palestino Ocupado ni puede ejercer poderes soberanos en él debido a su ocupación:
¿Cuáles son las obligaciones de Israel, como Potencia ocupante y como miembro de las Naciones Unidas, en lo que respecta a la presencia y las actividades de las Naciones Unidas, incluidos sus organismos y órganos, otras organizaciones internacionales y terceros Estados en el Territorio Palestino Ocupado y en relación con él, incluida la garantía y facilitación de la provisión sin trabas de los suministros que se necesitan con urgencia y son esenciales para la supervivencia de la población civil palestina, así como de servicios básicos y asistencia humanitaria y para el desarrollo, en beneficio de la población civil palestina y en apoyo del derecho del pueblo palestino a la libre determinación?»
Tal y como se puede observar, la pregunta está formulada en términos sumamente ámplios de manera que pudiera ello reunir la mayor cantidad de votos a su favor. A la vez, permitirá a los jueces de la CIJ una gran libertad a la hora de redactar su respuesta.
El aislamiento de Israel en el seno de la comunidad internacional
Este nuevo fracaso de las diplomacias de Israel y de Estados Unidos se da en un contexto particularmente desfavorable para la imagen de Israel, para la diplomacia israelí y para los diversos círculos afines que gravitan en defensa de Israel.
Este informe de Human Rights Watch dado a conocer este mismo 19 de diciembre del 2024, detalla el uso del faltante de agua como arma de guerra en Gaza por parte de Israel, confirmando para los investigadores de esta reconocida ONG su intención genocida en Gaza.
Al respecto, el pasado 4 de diciembre, el genocidio en curso en Gaza iniciado desde la tarde noche del 7 de octubre del 2023 fue confirmado en un contundente informe de otra reconocida ONG Amnistía Internacional, antecedido en octubre por el informe de la Relatora Especial de Naciones Unidas titulado “El genocidio como supresión colonial «, precedido de su informe de julio titulado “Anatomía de un genocidio”: la muy escasa difusión en medios de prensa internacionales de estos informes plantea interrogantes muy válidas.
Adicionalmente a ello, las diversas acciones militares injustificadas tanto en el Líbano por parte de Israel desde mediados de septiembre, como en Siria desde hace dos semanas, parecieran responder a un intento bastante sutil para desviar la atención mediática internacional de lo que ocurre en Gaza y en Cisjordania. El hecho que el ataque con la explosión de beepers en el Líbano fuera perpetrado por Israel el 17 de septiembre, días antes de iniciar el segmento de alto nivel de la Asamblea General de Naciones Unidas (24 de septiembre) es un buen indicador al respecto.
El último informe de Naciones Unidas sobre la situación en Cisjordania (al 19 de diciembre) está disponible en este enlace. A su vez, con relación al drama indecible que se vive en Gaza, el último informe sobre la situación al 17 de diciembre realizado por Naciones Unidas (véase informe) detalla cómo el ritmo de muertos y de heridos y de destrucción por parte de Israel se ha mantenido ininterrumpido, con un ensañamiento en contra de la población civil palestina de Gaza raramente observado (y pasado por alto por buena parte de los medios de prensa internacional). Al dramático saldo de víctimas palestinas que supera ya las 45.000 personas, se puede leer además que:
«Israeli bombardment from the air, land and sea continues to be reported across the Gaza Strip, resulting in further civilian casualties, displacement, and destruction of civilian infrastructure. In the North Gaza governorate, the Israeli military has been carrying out a ground offensive since 6 October 2024, with fighting reported between Israeli forces and Palestinian armed groups. Israeli forces have continued to impose a tightened siege on Beit Lahiya, Beit Hanoun and parts of Jabalya and humanitarian assistance has been largely denied for more than 10 weeks (see data below). Rocket firing by Palestinian armed groups towards Israel was reported.
Between the afternoons of 10 and 17 December, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 273 Palestinians were killed and 853 were injured. Between 7 October 2023 and 17 December 2024, at least 45,059 Palestinians were killed and 107,041 were injured, according to MoH in Gaza.
Between the afternoons of 10 and 17 December, two Israeli soldiers were killed in Gaza, according to the Israeli military. Between 7 October 2023 and 17 December 2024, according to the Israeli military and official Israeli sources cited in the media, more than 1,586 Israelis and foreign nationals were killed, the majority on 7 October 2023 and its immediate aftermath. The figure includes 386 soldiers killed in Gaza or along the border in Israel since the beginning of the ground operation. In addition, 2,488 Israeli soldiers were reported injured since the beginning of the ground operation. As of 17 December, it is estimated that 100 Israelis and foreign nationals remain captive in Gaza, including hostages who have been declared dead and whose bodies are withheld in Gaza.
Attacks on schools sheltering internally displaced people (IDPs) in Gaza continue to be reported, with nine such incidents documented so far in December 2024 by the UN Human Rights Office (OHCHR). According to the Education Cluster, between 6 October and 15 December 2024, 95 incidents involving attacks on school buildings, mostly serving as IDP shelters, were documented, including 61 incidents in North Gaza governorate. On 14 and 15 December alone, four schools were hit, as follows:
– On 14 December, two schools-turned shelters were reportedly hit in Gaza city, resulting in the killing of seven Palestinians, including three children, and the injury of tens of others, according to Palestinian Civil Defense (PCD).
– On 15 December, Israeli troops reportedly surrounded and raided Khalil Owaidah School sheltering IDPs in ‘Izbat Beit Hanun, in North Gaza, where it was reported that male IDPs were detained while women and children were forced to move southwards. Tens of people were reported killed, but the exact circumstances remain unclear. Citing IDP testimonies, PCD reported that fatalities included 10-15 people who were incinerated, and the school was destroyed.
– On 15 December, the third floor of an UNRWA school sheltering IDPs in Al Mawasi, in Khan Younis, was hit. Within minutes, the emergency department of the nearby Nasser Medical Complex was flooded with casualties, most of them women and children. Many were severely injured and died on site or en route to the hospital, reported international doctors from Medical Aid for Palestinians (MAP) operating in the facility as part of a joint Emergency Medical Team (EMT) with the International Rescue Committee. An internal medicine and emergency care consultant counted at least 18 people dying in the emergency department, including 12 children under the age of 12. The first patient arrived in the facility was “a three-year-old girl who had the left side of her forehead torn open by shrapnel fragments which had penetrated her skull,” and who, due to shortages of painkillers and anaesthetics, had to be treated “with very little access to medications,” added the consultant. A plastic surgeon also noted that his first patient was a 12 to 14-year-old boy whose face was entirely burnt, and who had open wounds on his chest and on both of his legs.
Other deadly incidents reported between 10 and 15 December include:
– On 10 December, at about 23:00, 22 Palestinians were reportedly killed and others injured when a three-story building was hit near Kamal Adwan Hospital in Beit Lahiya in North Gaza.
– On 12 December, at about 00:30, seven Palestinians including children and women were reportedly killed and others injured when two apartments in a residential tower were hit in northwestern Gaza city.
– On 12 December, on two occasions at about 00:01 and 00:55, 22 Palestinians were reportedly killed and others injured when people were hit in Khan Younis and Rafah. According to the Government Media Office (GMO), fatalities included 15 people tasked with securing the movement of aid trucks, raising the number of people killed while securing aid trucks to 720 so far.
– On 12 December, at about 02:00, 15 Palestinians including at least one woman and seven children were reportedly killed, and several others injured, when a house sheltering IDPs was hit in western An Nuseirat refugee camp in northern Deir al Balah.
– On 12 December, at about 20:30, at least 34 Palestinians were reportedly killed and 40 others injured, when two residential buildings were hit in central An Nuseirat refugee camp, in Deir al Balah, according to PCD. According to the UN Children’s Fund (UNICEF), at least eight children were among the fatalities (see below). Extensive damage of the residential block was also reported.
– On 14 December, at about 13:45, 12 Palestinians, including at least two girls, one woman and the mayor, were reportedly killed and others injured when Deir al Balah Municipality in central Deir al Balah was hit.
– On 15 December, at about 21:05, at least ten Palestinians were reportedly killed and others injured when a house was hit in Ash Shuja’iyeh neighbourhood in eastern Gaza city.
– On 15 December, six people were reportedly killed and others injured when a PCD centre was hit in An Nuseirat refugee camp, in northern Deir al Balah. Fatalities reportedly included a cameraperson and four PCD staff and volunteers. The cameraman is among four journalists reported killed in Gaza between 11 and 15 December, according to the Committee to Protect Journalists (CPJ). As of 17 December, the Palestinian Journalists Syndicate reported that 188 journalists and media workers have been killed in Gaza».
Con relación a los 188 periodistas que han sido asesinados deliberadamente por Israel desde el 7 de octubre del 2023 en Gaza (a un ritmo de más de 11 profesionales de la comunicación asesinados por mes), se esperaría que el Colegio de Periodistas de Costa Rica externe algún tipo de expresión de pesar o de condena al actuar de Israel: tuvimos hace poco (el 8 de diciembre pasado) la ocasión de externar este pedido públicamente, desde un medio radial costarricense, durante la emisión del Programa Interferencia de Radio UCR titulada «Gaza / Israel y el cerco de la justicia internacional que se cierra» (véase enlace).
Los dos nuevos aliados indefectibles de Israel en América Latina
Más allá de la omisión de círculos usualmente muy atentos a las amenazas e intimidaciones o asesinatos que pueden sufrir profesionales de la comunicación en su labor informativa, esta votación acaecida el 19 de diciembre en Nueva York confirma el pronunciado aislamiento de Israel en el seno de la comunidad internacional: en América Latina, dos Estados en este 2024 logran no obstante maquillar levemente esta situación, a saber Argentina y Paraguay.
Con relación a América Latina, Argentina así como Paraguay están en este año 2024 sustituyendo a las pequeñas islas del Pacífico tradicionalmente muy atentas a las solicitudes de Israel (Islas Fidji, Islas Marshall, Micronesia, Nauru, Palau, Papua Nueva Guinea), conformando desde varios años en Naciones Unidas la única «coalición» para acompañar a Israel y a Estados Unidos en este tipo de ejercicios dentro de Naciones Unidas.
Con relación a Argentina, no está de más recordar un hecho bastante inusual observado en Naciones Unidas, cuando las actuales autoridades argentinas optaron el pasado 30 de octubre por destituir a su máxima autoridad diplomática, luego de que ésta instruyera a su delegación en Naciones Unidas a votar en favor de un proyecto de resolución (véase texto) solicitando levantar el embargo contra Cuba (véase nota de ElPais/España): en esta ocasión, únicamente Estados Unidos e Israel votaron en contra, al tiempo que 182 votaron a favor (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). Esta misma soledad extrema de Estados Unidos e Israelse observó en noviembre del 2023, con en aquella oportunidad 187 votos a favor (véase comunicado oficial de Naciones Unidas).
Es de notar que en el caso de otro Estado que se mostró sumamente cercano a Israel en años recientes (Brasil), sus servicios de inteligencia descubrieron la existencia de una nube electrónica que está albergada en un servidor en Israel con datos privados de más de 30.000 brasileños (véase esta nota de prensa de ElDiario /Argentina, del mes de enero del 2024): se trata muy probablemente de uno de los efectos de la denominada «asociación estratégica» con Israel anunciada en el 2018 por el entonces mandatario brasileño al iniciar su mandato (véase nota de France24).
A modo de conclusión
Este nuevo fracaso de las diplomacias de Israel y de Estados Unidos viene a confirmar el profundo aislamiento de ambos en el seno de la comunidad internacional, observado 48 horas antes en una votación abrumadora en la que frente a 172 votos a favor, Israel y Estados Unidos solamente lograron reunir a cinco votos, uno de ellos siendo el de Argentina (Nota 6).
Esta solicitud de opinión consultiva a la CIJ planteada por Noruega constituye una nueva tentativa en aras de aplicar a Israel las normas que rigen a los Estados en el ordenamiento jurídico internacional, que Israel viola de manera reiterada en el territorio palestino ocupado, manteniendo la calidad de Estado Miembro de Naciones Unidas.
El uso reiterado del veto por parte de la delegación norteamericana para proteger a Israel en el seno del Consejo de Seguridad ha impedido que este órgano pueda tomar sanciones contra Israel.
Con relación a la justicia internacional y en particular a otra jurisdicción que también tiene su sede en La Haya, es de señalar que este 18 de diciembre, la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) acordó un pequeño plazo para la presentación de escritos por parte del Fiscal de la CPI ante una tardía solicitud hecha por Israel (véase decisión de la CPI). Esta gestión de Israel intenta, de manera un tanto desesperada, restarle válidez a las órdenes de arresto contra dos de su máximas figuras, confirmadas el 21 de noviembre por la Sala de lo Preliminar de la CPI luego de 6 largos meses de examen cuyos alcances tuvimos la ocasión de analizar en su momento (Nota 7).
– – Notas – –
Nota 1: Véase BJORGE E., «The General Assembly Must Protect UNRWA by Requesting a Binding Advisory Opinion«, EJIL Talk, edición del 29 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Ocupación prolongada y colonización ilegal israelí del territorio palestino: apuntes con relación a la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)», 19 de julio del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 3: Véase BOEGLIN N., «Gaza/Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, edición del 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.
Nota 4: Cabe recordar que la precitada opinión consultiva de la CIJ del 19 de julio del 2024 resulta de un proceso iniciado a finales del 2022, durante el cual Costa Rica votó en contra con Guatemala, sin darse mayores explicaciones sobre tan insólita posición de la delegación de Costa Rica en Naciones Unidas: véase al respecto BOEGLIN N., «América Latina ante la solicitud de opinión consultiva a la justicia internacional sobre la situación en Palestina«, Portal de la UCR, edición del 13 de febrero del 2023, y en particular el acápite «El voto de los Estados de América Latina en este 2022: Guatemala y Costa Rica únicos en votar en contra«. Texto disponible aquí.
Nota 5: Como ya viene siendo costumbre en este tipo de contiendas en Naciones Unidas, un observador reconocerá, entre los votos en contra, el pequeño «núcleo duro» de Estados que se oponen sistemáticamente a cualquier texto a favor de Palestina, y que incluía usualmente antes del 7 de octubre del 2023, a Australia, Canadá, Islas Marshall, Israel, Micronesia, Nauru, Palau y claso está, al incondicional aliado Estados Unidos. En general, este pequeño núcleo consigue atraer algunos votos ocasionales y circunstanciales (sea de Europa, de África y de América Central). Como ejemplo, entre otros muchos, cuando en noviembre de 2012 la Asamblea General reconoció a Palestina como «Estado observador no miembro«, adoptando la resolución A/Res/67/19 (138 votos a favor, 9 en contra y 41 abstenciones), a esta extraña asociación de Estados se unieron Panamá y la República Checa (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). De idéntica forma (9 votos en contra), en una votación en el seno de la Asamblea General sobre la obligación de no trasladar embajadas a Jerusalén que tuvo lugar en diciembre de 2017, reuniendo 128 votos a favor y 35 abstenciones (véasenota de prensa oficial de Naciones Unidas), cabe precisar que se trató de un texto muy similar objeto de una votación previa en el seno del Consejo de Seguridad, en la que Estados Unidos votó en contra de manera solitaria (veto) frente a 14 votos a favor (véase nota nuestra al respecto). Esta curiosa «coalición«, según el término utilizado por el Washington Post en 2012 (véase artículo), también se expresó en el 2021, durante la votación de la resolución A/RES/76/225 (véase texto), con sus 7 votos en contra, frente a 156 votos a favor y 15 abstenciones (véase detalle de la votación). Lejos de ser una alianza circunstancial, los lazos que unen a sus miembros parecieran ser los de un frente real, duradero y bastante sólido. En el año 2022, estos vínculos reaparecieron durante la votación de la resolución titulada «Arreglo pacífico de la cuestión de Palestina» A/77/L.26, adoptada el 30 de noviembre de 2022 por 153 votos a favor, 9 en contra y 10 abstenciones (véase detalle de la votación durante la cual Hungría y Liberia se unieron a la mencionada «coalición«, habiéndose abstenido finalmente Australia). Este pequeño grupo puede, a veces, verse aún más reducido: una de las expresiones más modestas en número de votos de la llamada «coalición» (4 votos: Estados Unidos, Israel, Islas Marshall y Micronesia) es sin duda esta resolución votada en octubre de 2003 sobre la construcción del muro construido por Israel en territorio palestino, adoptada con 144 votos a favor y tan solo 4 en contra (véase el comunicado oficial de Naciones Unidas).
Nota 6: Véase BOEGLIN N., «Asamblea General de Naciones Unidas adopta por abrumadora mayoría resolución sobre libre determinación del pueblo palestino«, texto disponible aquí.
Nota 7: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: las órdenes de arresto de la CPI contra el Primer Ministro y (ex) Ministro de Defensa de Israel y contra un dirigente del Hamás. Alcance y perspectivas«, 21 de noviembre del 2024. Texto disponible aquí.
El viernes 29 de noviembre de 5 p.m. a 7 p.m. en la Cancillería (Casa Amarilla) se llevará a cabo una actividad pacífica de solidaridad con Palestina, en el marco de las negociaciones del tratado de libre comercio con Israel.
Esta manifestación se debe a que el pasado 22 de noviembre el gobierno de Costa Rica contestó la solicitud formal de la organización Red de Solidaridad con Palestina sobre el tratado con Israel, indicando que mediante jurisprudencia de la Sala Constitucional, la documentación que se solicitó será tratada como secreto de estado.
El llamado del movimiento que promueve la solidaridad con Palestina es el siguiente: “No permitamos que se hagan negocios con criminales de guerra y genocidas, y tampoco permitamos que se negocie a oscuras un TLC con un estado y gobierno perseguidos por la Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional”.
Le invitamos a esta manifestación, la cual es apta para todo el público con diversas participaciones culturales El llamado es a formar parte de esta jornada internacional de solidaridad.
Desde el inicio de nuestra lucha entendimos que el terrorismo no era una forma revolucionaria de acercar a las masas al socialismo.
Las acciones terroristas con ejecutadas, por lo general, por un pequeño grupo clandestino que ejecuta acciones pequeñas para asesinar a miembros del ejército o políticos, con el fin de provocar miedo en la población. Desde esta perspectiva, las luchas de masas, las luchas populares no son terrorismo, aunque en ese combate se puedan producir explosiones o ajusticiamiento de esbirros y saboteadores. Las acciones de violencia política no pueden catalogarse de terrorismo.
Sin embargo, su uso se generalizó desde el 11 de setiembre de 2001 y se aplica -según los intereses de los estados- a muchas acciones que son resistencia y lucha política de los pueblos oprimidos.
Por otra parte, el terrorismo más peligroso y letal es actualmente el Terrorismo de Estado. Tan condenable como el de pequeños grupos, el terrorismo de estado es más brutal porque se ejerce generalmente como defensa nacional o defensa del estado por lo que se legitiman la tortura, las desapariciones, el espionaje colectivo o la eliminación selectiva de todos aquellos que puedan ser considerados enemigos del Estado.
En los juicios contra la dictadura de los militares argentinos, éstos argumentaron que la brutal represión se hizo para defender al Estado de las acciones de los subversivos o guerrilleros; la justicia argentina condenó a la cúpula militar argumentando que el Estado no tiene el derecho de actuar ilegalmente, aunque sea para defender la legalidad. El Estado no puede violar los derechos humanos para defenderlos, el Estado de Derecho se defiende conforme a las leyes y la constitución.
Este día se cumple un año de barbarie, de un genocidio pocas veces visto en las últimas décadas de historia. Me llama la atención que los bombardeos y ataques que realizan los que la prensa llama grupos terroristas están dirigidos contra las bases militares e infraestructura militar de Israel, mientas que los bombardeos de Israel -que supuestamente no es terrorista- se dirigen contra hospitales, escuelas, barrios, fábricas, carreteras, de manera indiscriminada y sin importar lo que ellos llaman daños colaterales. El resultado hasta hoy es de 45.000 muertos, 10.000 desaparecidos, en su mayoría niños, niñas y mujeres en Gaza y varios miles de muertos ahora en Líbano.
La guerra de Israel está dirigida por Netanyahu, con orden de captura internacional por la Corte Internacional de Justicia, que es un corrupto condenado por la propia justicia israelí, junto a una camarilla de ultraderecha, ultra nacionalista y racista que ha perdido todo sentido de la razón y los límites. Una camarilla, que, por mantener su impunidad, está acabando con el mismo pueblo israelí, alejando sus fuentes productivas y sembrando traumas de guerra que dejarán solo mentes enfermas dentro de los jóvenes y del pueblo de Israel.
Netanyahu y su camarilla están desquiciados y totalmente fuera de control. Ese engendro se le escapó de las manos a EEUU y la OTAN.
A ningún país le sirve o interesa que esa zona del Cercano Oriente se convierta en un conflicto generalizado solo porque la camarilla de Israel esté interesada en llegar hasta su propia inmolación. Las consecuencias serían desastrosas, no solo por el petróleo sino por el comercio mundial en general.
Según parece el mundo se está hartando de Netanyahu y su camarilla racista. Ya empezó Macron negándose a entregarle más armas a Israel y el gobierno de Biden y Harris parece endurecer sus posiciones.
¿Está pensando EEUU y la OTAN en un recambio en la cúpula israelí?
Netanyahu y su grupo manifestaron que en 4 semanas acabarían con Hamás en Gaza, pero ya pasó un año y la guerra se ha extendido a otras regiones. El pueblo palestino no desaparecerá, al contrario, la solidaridad y el apoyo de todo el mundo lo ha respaldado.
Palestina será libre, y ello cada vez está más cerca.