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Etiqueta: COVID-19

ANEP propone 15 medidas para enfrentar la crisis ante la emergencia del Covid-19

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), con el apoyo del Encuentro Social Multisectorial, desarrolló una propuesta ante la emergencia nacional que atraviesa el país; propuesta denominada “15 medidas para enfrentar la crisis ante la emergencia del Covid-19”.

Esta propuesta tiene como objetivo enfrentar la pandemia del Covid-19 con solidaridad, con inclusión social y en pro del bien común; para la reactivación económica y el fomento productivo.

A continuación, presentamos la propuesta formulada por la ANEP con el apoyo del Encuentro Social Multisectorial.

I- MEDIDAS PARA LLEVAR DINERO AL BOLSILLO DE QUIENES MÁS SUFREN LA CRISIS

01-Emitir legislación para otorgar un subsidio social solidario para la emergencia, de 250 mil colones mensuales, para personas trabajadoras desempleadas (antes de la crisis y después de ella). Los dineros saldrán de la moratoria de, al menos por tres meses, en el pago de intereses de la deuda pública. Este pago, en la actualidad, es de 5.500 millones de colones diarios, cada 24 horas, que da un total mensual de 165 mil millones de colones. Esto permitirá cubrir hasta unas 660 mil personas; dentro de las cuales estarían las 309 mil que no tenían trabajo antes de la crisis del covid-19. La legislación debe incluir ambos aspectos: moratoria de la deuda y subsidio social solidario. Legislación que debe complementarse con otra para el levantamiento de la regla fiscal, que es contraria al desarrollo de programas sociales en situaciones de emergencia; particularmente para habilitar a las municipalidades a complementar una política de solidaridad con las personas vulnerables.

02-Acceso a dinero ahorrado pensiones individuales. Aprobación del Expediente Legislativo No. 21.309, ley para entregar los fondos del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP).

03-Acceso a dinero ahorrado fondos de capitalización laboral. Aprobación del Expediente Legislativo No. 21.856, para la entrega de los fondos de capitalización laboral (FCL), inicialmente previsto para los casos de reducción de jornada laboral por la crisis; sin embargo, debe ampliarse y generalizarlo para toda la clase trabajadora, pública y privada, que haya acumulado fondos al momento de la emisión de esta legislación, con el fin de relanzar la reactivación económica para el mercado interno.

II- MEDIDAS PARA REDUCIR COSTO DE LA VIDA

04-Regulación precios de medicamentos. Aprobación del Expediente Legislativo No. 21.368, que regula el alto y abusivo precio de los medicamentos en Costa Rica.

05-Moratoria de créditos. Aprobación del Expediente Legislativo No. 21.852, para declarar moratoria en el pago de créditos de 100 millones de colones o menos, durante la emergencia y hasta el mes de agosto (o más allá); aunque, en realidad, lo que corresponde es plantear la condonación total de créditos de micro, de pequeños y de medianos emprendimientos, directamente golpeados por la crisis del covid-19, que sean iguales o menores a dicha cantidad.

06-Condonación de deudas sector agropecuario. Aprobación del Expediente Legislativo 21.798 para condonación de deudas del sector agropecuario (ya firmado por 35 personas diputadas), con miras a garantizar soberanía seguridad alimentaria al pueblo costarricense en la emergencia y más allá de ella.

07-Techo a tasas de interés. Aprobación del Expediente Legislativo No. 20.861, que regula el cobro excesivo en las tasas de usura, que las deja en un máximo de 39 %, pero que aún es insuficiente comparado con los grandes capitales ya acumulados por esta vía del cobro excesivo de intereses.

08-Moratoria de servicios públicos a población que perdió ingresos. Emitir moratoria, durante el período que dure la crisis en el pago de los recibos de agua, de luz, de teléfono y de internet, para todos aquellos hogares de personas desempleadas, subempleadas o recientemente despedidas por la crisis del covid-19, especialmente; aunque debe generalizarse para que quien tenga salario fijo pueda disponer de recursos para la solidaridad activa con los que menos tienen o no tienen nada, especialmente sus familiares más cercanos en condición de franca desventaja social.

09-Precios de artículos de primera necesidad. Establecimiento de un severo control de precios de los artículos imprescindibles para la emergencia sanitaria actualmente en desarrollo, con su correspondiente inclusión en la canasta básica; así como para los artículos necesarios de la canasta básica a fin de garantizar la sobrevivencia humana mediando alimentación fundamental y nutritiva.

III. MEDIDAS PARA CONTAR CON DINERO PÚBLICO PARA FINANCIAR LA EMERGENCIA; ESPECÍFICAMENTE POR EL DEBILITAMIENTO DE LAS FINANZAS DE LA CAJA Y POR LA MORATORIA EN PAGO DE SERVICIOS PÚBLICOS

10-Impuesto temporario solidario a la riqueza. Emitir legislación para un impuesto transitorio de un 10 % al patrimonio de las grandes fortunas (personales-familiares), y riquezas corporativas; por ejemplo, aquellas firmas empresariales de renombre que han venido declarando “cero” ganancias y/o “pérdidas” durante los últimos 5 años, al menos.

11-Impuesto temporario solidario a las transacciones financieras grandes. Emitir legislación para establecer un impuesto, también transitorio, a las transacciones financiero-bancarias superiores a los 30 mil dólares (impuesto vigente ya en algunos países de la Unión Europea -UE-); considerando que los bancos (públicos y privados) acumulaban al estallido de la crisis del covid-19, una cantidad por encima de los 30 mil millones de dólares, según el propio Banco Central de Costa Rica (BCCR).

12-Impuesto temporario solidario a los altos salarios y pensiones. Todo salario superior a la cantidad de 5 millones de colones debe contribuir, obligatoriamente, con un impuesto solidario del 25 % sobre el exceso de tal cantidad y durante el tiempo que dure esta crisis; impuesto que debe pagar tanto la alta tecnocracia política del Estado, como la alta gerencia del corporativismo privado-empresarial del país.

13-Secreto bancario. Emitir legislación para la eliminación del secreto bancario propuesto desde la Asamblea Legislativa anterior, en el informe de Los papeles de Panamá;y, asunto retomado por el actual Ministro de Hacienda.

14-Gestión internacional de la deuda pública: Costa Rica, mediante su actual gobierno, debe alzar la voz ante la comunidad internacional y plantear la condonación de la deuda pública de todos los países como los nuestros; deuda que ha sido contraída con los diversos organismos financieros internacionales y que ahora será más impagable que nunca antes.

IVMEDIDAS PARA APOYAR LA ACCIÓN FRENTE A LA EXPANSIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19

15-Compra de medicamentos que se han estado produciendo para aumentar las defensas del sistema inmunológico ante la pandemia del covid-19, como el Interferón Alfa 2B, producido en Cuba; así como otros fármacos que con la misma finalidad ya está ofreciendo China.

 

Enviado por Albino Vargas Barrantes.

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Área de Salud Carmen – Montes de Oca suspende consultas presenciales por COVID-19

CITAS ESPECIALIDADES (Segundo Nivel de Atención de Salud)

Estimado paciente del Área de Salud Carmen – Montes de Oca (antes Área de Salud Catedral Noreste- Clínica Central).

A partir del lunes 23 de marzo se suspende la consulta presencial de las siguientes especialidades:

  • Psiquiatría
  • Dermatología
  • Medicina Interna
  • Medicina Familiar
  • Medicina Laboral
  • Geriatría
  • Endocrinología
  • Pediatría
  • Otorrinolaringología
  • Oftalmología
  • Cirugía General

Si su cita es de primera vez se le llamará posteriormente para indicarle para cuando se reprograma su cita.

Si su cita es de control, cada paciente deberá llamar el día y hora de su cita a la Central Telefónica del Área de Salud al teléfono 22239478 / 22234584/ 22232618 y será atendido por el médico vía telefónica.

Favor llamar únicamente el día y hora de su cita para no saturar la central y permitir que TODOS sean atendidos.

Las solicitudes de continuación de tratamiento de especialidades se atenderán por el correo electrónico siguiente: as_catedral@ccss.sa.cr.

En el correo electrónico anotar:

  • Nombre completo
  • Cédula
  • Motivo de la solicitud
  • Especialidad y fecha de la cita

Los medicamentos se retirarán en la Farmacia del Área de Salud por la línea del tren en 24 horas con su cédula.

Atendamos las recomendaciones de las autoridades de salud y quedémonos en casa para evitar el contagio. 

Juntos podemos por el bien de Costa Rica.

SEDE CLÍNICA CENTRAL: se suspende la consulta presencial en ESPECIALIDADES a causa de la Emergencia Nacional del CORONAVIRUS, para su consulta debe llamar a los siguientes números: 22239478 / 22234584/ 22232618.

Si su cita es de primera vez se le llamará posteriormente para indicarle para cuando se reprograma su cita.

Si su cita es de control (subsecuente), cada paciente deberá llamar el día y hora de su cita a la Central Telefónica del Área de Salud a los teléfonos indicados y será atendido por el médico, vía telefónica.

Favor llamar únicamente el día y hora de su cita para no saturar la central y permitir que TODOS sean atendidos.

Fuente: Área de Salud Carmen – Montes de Oca.

 

CITAS EBAIS (Primer Nivel de Atención de Salud)

Estimado paciente del Área de Salud Carmen – Montes de Oca, se les comunica que a partir del 23 de marzo de 2020, a causa de la Emergencia Nacional del CORONAVIRUS.

En las siguientes Sedes de EBAIS del Área de Salud:

SEDE EDIFICIO AVATAR:

  • EBAIS El Carmen
  • EBAIS San Pedro Norte (trasladado temporalmente)
  • EBAIS San Pedro Sur (trasladado temporalmente)
  • VICITS

SEDE MERCEDES – SABANILLA

  • EBAIS Mercedes
  • EBAIS Sabanilla
  • EBAIS Vargas Araya Norte

Se atenderán consultas presenciales ÚNICAMENTE para padecimientos respiratorios, resfríos y sospechosos de CORONAVIRUS.

Se suspende la consulta presencial programada en MEDICINA GENERAL:

  • Si consulta porque tiene una URGENCIA, como dolor abdominal, dolor de pecho, descompensación de cualquier tipo, etc. debe acudir a la Sede Clínica Central de manera presencial.
  • Si su consulta es por una CITA DE CONTROL, cada paciente deberá llamar el día y hora de su cita a la Central Telefónica del Área de Salud a los teléfonos indicados y será atendido por el médico, vía telefónica.

Favor llamar únicamente el día y hora de su cita para no saturar la Central y permitir que TODOS sean atendidos.

  • EBAIS EL CARMEN 22211047
  • VICITS 22211038
  • EBAIS DE SAN PEDRO 22211053
  • EBAIS Mercedes / EBAIS Sabanilla / EBAIS Vargas Araya Norte 2256 0907- EXT. 1204-1205.

Fuente: Área de Salud Carmen – Montes de Oca.

 

CITAS EBAIS (Primer Nivel de Atención de Salud)

Estimado paciente del Área de Salud Carmen – Montes de Oca, se les comunica que a partir del 23 de marzo de 2020, a causa de la Emergencia Nacional del CORONAVIRUS.

En las siguientes Sedes de EBAIS del Área de Salud:

SEDE LOURDES:

  • EBAIS Lourdes Norte
  • EBAIS Lourdes Sur
  • EBAIS Vargas Araya Sur
  • EBAIS Cedros

SEDE SAN RAFAEL – SAN RAMON

  • EBAIS San Rafael Norte
  • EBAIS San Rafael Sur
  • EBAIS San Rafael Centro
  • EBAIS San Ramón.

Se atenderán consultas presenciales PRIORITARIAMENTE para padecimientos respiratorios, resfríos y sospechosos de CORONAVIRUS.

Se suspende la consulta presencial de URGENCIA, urgencias como dolor abdominal, dolor de pecho, descompensación de cualquier tipo, etc., si presenta uno de estos padecimientos acuda a la Sede Clínica Central de manera presencial.

Se mantiene la consulta presencial programada en MEDICINA GENERAL de las CITA DE CONTROL, sólo para que su médico le recete sus medicamentos de control para los siguientes meses.

Nota: Este atento a cambios, es posible que esta próxima semana se suspenda la consulta presencial de las citas de control, pues está sujeto a que el ICE instale líneas telefónicas en estas dos Sedes.

Fuente: Área de Salud Carmen – Montes de Oca.

 

LABORATORIO CLÍNICO: COMUNICADO PARA LAS POBLACIONES DEL ESTE DE SAN JOSÉ

Se le informa a las poblaciones de las siguientes áreas de salud:

         Área de Salud Carmen – Montes de Oca

         Área de Salud Curridabat y

         Área de Salud San Juan – San Diego – Concepción

El servicio de Laboratorio se suspende a partir del lunes 23 de marzo debido a la pandemia del coronavirus COVID-19.

Las giras a todos los Ebais también quedan suspendidas y únicamente se atenderán casos urgentes (así catalogados por el personal médico) en la Sede del Laboratorio en la Plaza Yoses.

Agradecemos su comprensión ya que su salud es nuestra principal preocupación, esperamos poder brindarles el servicio nuevamente a la mayor brevedad posible.

 

Fuente: Área de Salud Carmen – Montes de Oca.

 

Imagen ilustrativa.

Enviado por Marcela Zamora Salas.

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Comisión Costarricense de Técnicos en Belleza solicita apoyo ante posibles dificultades económicas generadas por COVID-19

La Comisión Costarricense de Técnicos en belleza, conformado por: barberías, salas de belleza, estéticas, centros de uñas, peluquerías, industria, entre otros, preocupados por la eventual situación económica de las pymes ante la emergencia nacional causada por al COVID-19 han solicitado al presidente de la República y a las empresas distribuidoras de productos para este sector, implementar medidas de apoyo con el fin de superar posibles dificultades económicas.

Compartimos ambos comunicados emitidos por dicha Comisión.

 

Imagen ilustrativa.

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Revisemos los datos sobre la epidemia de SARS-CoV-2 en Costa Rica

Dr Fernando García, microbiólogo, catedrático, vicerrector de Investigación de la Universidad de Costa Rica

Para que se controle la epidemia, nos tendremos que «vacunar naturalmente» (contagiar) con el virus aproximadamente el 70% de la población (unas 3,500,000 personas) para generar inmunidad de rebaño (herd immunity), es ahí cuando baja la curva. Ese proceso es inevitable. Se espera que la tendencia incremente fuertemente desde ahora hasta por 2 o 3 meses más (8-12 semanas) y tal vez luego empiece la tendencia hacia abajo; en efecto, el Ministro de Salud afirmó que las actividades masivas se van a poder programar a partir del mes de setiembre 2020 (aunque a un 50% de la capacidad de las instalaciones).

Un 80% o más de los contagios no van a tener síntomas (infecciones subclínicas) o tendrán infecciones leves que se pueden manejar desde la casa sin ir a los servicios de salud. Un 15% de los contagios van a necesitar eventualmente asistir a los servicios de salud, principalmente por neumonía y otras complicaciones, y un 5% (personas con factores de riesgo) van a necesitar atención médica especializada, incluyendo un respirador.

Los siguientes datos son importantes: la CCSS tiene en estos momentos disponibles un total de 5,400 camas, de las cuales hasta un 30% (máximo 1,600) se podrían utilizar para atender a ese 15%, pero solo 420 respiradores (de los cuales no todos están disponibles, aunque se están comprando más) para atender a ese 5% más grave. El peor escenario sería que ese 70% (3,500,000 personas que se necesitan para generar inmunidad de rebaño) nos contagiamos todos al mismo tiempo: desde el punto de vista clínico 2,800,000 tendrían infecciones asintomáticas o con síntomas leves, 525,000 personas necesitarían atención de los servicios de salud con un máximo de 1,600 camas, y 175,000 personas necesitarían uno de los 420 respiradores disponibles.

Obviamente nuestros servicios de salud no pueden manejar esa demanda y la mortalidad sería muy elevada. Algo así, pero no tan extremo, aunque sí dramático, está sucediendo en España (en un hospital en Barcelona no le colocan respiradores a pacientes de más de 80 años) o Italia (hay un respirador para cada 6 pacientes que necesitan uno, se lo ponen a uno y a los cinco restantes los dejan morir).

Por eso la necesidad de bajar la curva, es decir, disminuir la transmisión del virus para extender la epidemia todo lo que se pueda (en Alemania calcularon al menos 18 meses), para que ese 5% que requieren respiradores sea lo más bajo posible, en un mismo tiempo, de manera que los servicios de salud no se saturen.

Otras implicaciones en salud, especialmente el perfil patológico normal (demanda de servicios de salud de pacientes con otras enfermedades, como las infecciones respiratorias y diarreicas que surgen con el inicio de las lluvias), la salud mental de la población en cuarentena y del personal de salud, y las consecuencias sociales, económicas e incluso políticas contribuirán a la dinámica epidemiológica. La bioética debe jugar un papel esencial en ese balance de fuerzas.

Foto: trabajadores del ICE acondicionan salas de atención en CENARE-CCSS.

Durante y después del coronavirus

Óscar Madrigal, abogado.

A estas alturas del desarrollo de la crisis sanitaria que estamos atravesando resulta claro que las políticas neoliberales han explotado y resultado ineficientes: la austeridad, la regla fiscal, el déficit fiscal y la política fiscal se han ido al carajo. Los dos ejes centrales de la economía neoliberal, tanto la reducción de los programas e instituciones sociales como los impuestos regresivos no han resistido el embate de la crisis actual. Al cajón de los recuerdos habrá que enviar a nuestros “sabios” economistas junto con la Contralora, corifeos y directores del coro neoliberal.

El Gobierno debe salir a apoyar a los trabajadores y trabajadoras con una renta que compense la reducción salarial, apoyar a los pequeños y medianos propietarios, así como a los trabajadores independientes. Tendrá que echar mano de todos los fondos necesarios, sin pensar en déficit fiscales.

Resulta también evidente que vamos a necesitar de una nueva concepción económica o de una nueva economía para salir de lo que nos dejará el coronavirus

Una sociedad más empobrecida, mayor pobreza y salarios disminuidos; instituciones sociales púbicas deprimidas por el esfuerzo y gasto, un déficit fiscal muy grande y una producción económica muy disminuida también.

Será necesario un nuevo pacto social entre el capital y el trabajo, entre gobernantes y gobernados.

Imposible será cargar sobre las espaldas de los trabajadores (as) el costo de la recuperación económica Será necesario que sean los sectores empresariales más poderosos los que aporten vía cargas impositivas el costo de elevar la producción.

La deuda pública, íntimamente ligada al déficit fiscal, no podrá pagarse. Este dilema será universal, puesto en los siguientes términos: o pagamos la deuda o comemos. Tendrá que posponerse su pago a muy largo plazo sin intereses y sin multas.

Los salarios de los trabajadores (as) deberán recuperar rápidamente su monto y mantener una política de salarios crecientes por los próximos años.

Resultaría increíble que se siga manteniendo un régimen de privilegio tributario en un amplio sector de la economía, mientras la mayoría pasa por penurias económicas y sociales.

Las instituciones públicas y los servicios públicos deberán recuperar su poder financiero con el apoyo del Gobierno.

Es necesario, tanto en tiempos de crisis como de recuperación, de una nueva política, innovadora, creativa, que recupere y supere rápidamente los niveles sociales y económicos del pueblo trabajador. Pero para ello se hace necesario un nuevo pacto social.

Suspensión exprés y a la carta de contratos de trabajo (III)

MEDIDAS DE EMERGENCIA PARA MITIGAR LAS CONSECUENCIAS

Manuel Hernández

El sábado de la semana pasada, se aprobó el proyecto de ley que espolea a los y las trabajadoras más explotadas, facultando a los patronos recortar unilateralmente las jornadas de trabajo y castigarlas con una reducción proporcional hasta en el orden de un 75% de sus exiguos salarios.

Esta ley fue votada por diputados y diputadas de todas las fracciones políticas, que uno no puede ser tan ingrato y dejar de reconocer que se arrollaron las mangas, incluso sacrificando un sábado, para atender los demandantes intereses de las cámaras patronales.

Pero, además, hay que advertir, cómo si esta medida legislativa no fuera salvaje, que el jueves de la misma semana, se promulgó un Decreto Ejecutivo que disciplina un procedimiento de excepción para resolver las solicitudes patronales  de suspensión de los contratos de trabajo, que presionan y hacen fila en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.[1]

1.- CONTENIDO SUSTANTIVO DEL DECRETO EJECUTIVO

Tratando de resumirlo, el objeto de ese decreto es regular el procedimiento excepcional de suspensión de los contratos de trabajo, que los patronos y empresas presenten en las oficinas de inspección de trabajo.

La solicitud debe indicar los hechos en que se fundamenta la gestión, si la suspensión es parcial o total, los puestos afectados y el plazo de suspensión de los contratos de trabajo.

Además, el patrono debe aportar una declaración jurada, que indique las causas justificantes de la solicitud, que paga los salarios mínimos y cumple otras obligaciones de ley.

Una vez recibida la solicitud, el inspector informará inmediatamente a la jefatura de la oficina de Inspección de trabajo, que deberá dictar resolución dentro de los dos días hábiles siguientes.

Este es sumariamente el contenido de este novísimo decreto, cuyos extremos más relevantes se comentan a continuación.

2.- ASPECTOS MEDULARES DEL PROCEDIMIENTO DE SUSPENSION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO

El objetivo del decreto ejecutivo es regular el procedimiento y facilitar a los patronos, de la manera más urgente posible, la suspensión temporal de los contratos de trabajo, parcial o de toda la planilla, liberándolos del pago de los salarios de las personas trabajadoras.

i.- En primer lugar, hay que subrayar que las disposiciones del decreto remiten olímpicamente a los incisos a) y b) del artículo 74 del Código de Trabajo (CT), que determinan las causas colectivas de suspensión temporal de los contratos de trabajo.

Aquí traigo a colación un artículo anterior que escribí [2], en que sostuve y justifiqué, desde el punto de vista jurídico, que los motivos económicos que están invocando las empresas, relacionados con las consecuencias que en su actividad ha producido la pandemia, para hacerse de la suspensión de los contratos de trabajo, no tienen el mínimo respaldo en estas disposiciones legales.

Por tanto -afirmé y reitero-, que la autoridad administrativa tendría que hacer una interpretación jurídica muy retorcida de la ley, a contrapelo del principio indubio pro operario, para que se declaren con lugar las tantas solicitudes de los patronos, que ahora claman y pegan el grito al cielo, pero que en las situaciones de bonanza económica, nunca repartieron sus utilidades con las y los trabajadores.

ii.- El decreto configura un caricaturesco procedimiento, que evidencia que su ratio essendi es darle una apariencia de legalidad, de la forma más célere, a la decisión patronal de suspender los contratos de trabajo, respaldada en una resolución administrativa, nada más ni menos que del propio Ministerio de Trabajo, que le compete velar por el cumplimiento de los derechos de los trabajadores.

No se exige prueba idónea que justifique la suspensión de los contratos de trabajo, cuyo rigor probatorio –onus probandi-, por las consecuencias tan extremadamente gravosas que produce la resolución administrativa, no puede devaluarse con un requisito tan laxo como una simple declaración jurada patronal, algo así, como el juramento de estilo que rinden los políticos y que ya conocemos sus frutos.

iii.- Resulta totalmente improcedente que en un Estado de Derecho ese procedimiento administrativo ablatorio se tramite y resuelva sin la mínima intervención de las personas trabajadoras que socialmente sufrirán el hurto de sus salarios.

No está contemplada ninguna audiencia al trabajador, ni siquiera una rutinaria entrevista del inspector de trabajo, para someter al contradictorio la solicitud patronal y confrontación de la declaración jurada, para que la autoridad administrativa tenga más elementos de mérito para dictar la resolución final.

Una gravísima violación al respeto y dignidad de la persona trabajadora, que causa una vulneración del debido proceso y el derecho de defensa; que por lo visto, estas garantías quedaron levantadas o suspendidas de facto, veremos hasta cuándo, bajo la excusa incontestable del estado de emergencia nacional.[3]

 iv.- El decreto no tiene enfoque de género y tampoco contiene medidas que prohíban actos de discriminación contra las mujeres y otras personas trabajadoras.

En la eventualidad de una suspensión de los contratos que no afecte la totalidad del personal, el decreto libra a total discreción del patrono seleccionar las personas trabajadoras cuyos contratos quedarán suspendidos temporalmente, que no tengo la menor duda que las mujeres serán las primeras que tendrán esta suerte.

Tampoco establece ninguna protección a favor de las trabajadoras embarazadas, en período de lactancia, jefas de hogar y otras personas que puedan estar en alguna condición de vulnerabilidad social u otro tipo.

Menos contiene alguna disposición -en el supuesto de suspensión parcial- que prohíba la suspensión de los contratos de personas que ostentan algún fuero de protección.

Entonces, se diseñó un procedimiento administrativo de mero trámite, que excluye la mínima participación de las personas trabajadoras, quebrantándose el debido proceso y el derecho de defensa; es decir, un procedimiento exprés y a la carta de los intereses empresariales.

3.- MEDIDAS DE EMERGENCIA QUE MITIGUEN LA SITUACION SOCIAL Y ECONOMICA DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AFECTADAS POR CONTRATOS SUSPENDIDOS

Finalmente, hay un aspecto que jamás podría dejar pasar inadvertido, expresamente regulado en el mismo artículo 74 CT, que no se trata de una disposición de poca valía y mucho menos en la circunstancia actual.

Me estoy refiriendo al párrafo final del artículo 74 CT, con fundamento en el que se dictó aquel Decreto Ejecutivo, cuyo texto dispone:

“Artículo 74.- Son causas de suspensión del contrato de trabajo, sin responsabilidad para el patrono ni para los trabajadores:

a. (…)

En los dos primeros casos [falta de materia prima, fuerza mayor o caso fortuito] el Poder Ejecutivo podrá dictar medidas de emergencia que, sin lesionar los intereses patronales, den por resultado el alivio de la situación económica de los trabajadores:”

Pues bien, esta norma, que la habrán leído con atención, no la estoy inventado, ni todavía el confinamiento me está haciendo tener alucinaciones legales.

La norma legal existe –lege data-, previsoramente contemplada por el legislador desde 1943.

Aunque, insisto,  no es procedente la suspensión de los contratos de trabajo por los motivos argüidos por los empresarios, el Poder Ejecutivo amparado en esta disposición legal, en el mismo decreto que reguló este procedimiento, debió  necesariamente comprender  las medidas de emergencia para mitigar la situación vulnerable en la que caerán cientos de personas trabajadoras, a merced de las resoluciones, que cómo si fueran impresiones de máquinas rotativas de periódicos, se van a dictar en el transcurso de esta y próximas semanas.

No es menor cosa que durante el período de la suspensión de los contratos, no se sabe por cuánto tiempo, las y los trabajadores, confinados en sus hogares, dejen de percibir los maltrechos salarios, que ya con costo alcanzaban para sufragar los gastos de alimentación, transporte, servicios públicos, alquiler de la casa de habitación y otras necesidades más.

Por favor, ¿ahora, con qué recursos, las familias de los y las trabajadoras más empobrecidas van a poder satisfacer estas elementales e inaplazables necesidades?

Bueno, pues quede muy claro que el Gobierno de la República no necesita ninguna ley para atender y resolver esta situación de imperiosa necesidad social, en la que lamentablemente van a quedar ahogados en la tragedia trabajadoras de fábricas, servicios, comercio, hoteles y otras actividades, sino se definen y ejecutan, en lo inmediato, políticas públicas que protejan su condición y situación.

Lo único que hace falta es voluntad política, y menos indiferencia ante el infortunio de cientos de humildes compatriotas, que, echando mano a esta ley de la República, el Gobierno puede y debe dictar un decreto de emergencia, con la misma celeridad que se promulgó aquel, que contenga las medidas sociales y económicas que puedan paliar la situación de las personas injustamente privadas de sus salarios, que se les reducirá la jornada de trabajo o perdieron sus empleos.

¡Los sacrificios no los tienen que seguir soportando los mismos de siempre!

Foto: OIT


[1] Decreto Ejecutivo N° 42248-MTSS, Reglamento para el procedimiento de suspensión temporal de los contratos de trabajo relacionados con los incisos a) y b) del artículo 74 del Código de Trabajo, publicado en el Alcance N° 53 a la Gaceta N° 55 de 20 de marzo de 2020.

[2] “Pandemia y suspensión de los contratos de trabajo”

[3] Algunas de estas ideas las tomé prestadas de mi anterior artículo “Neoliberalismo en tiempos de pandemia”, en el que comenté la ley de reducción de la jornada de trabajo, cuyo procedimiento administrativa de autorización es  prácticamente el mismo que  contiene ese decreto ejecutivo.

El Covid-19 y la economía. No es un asunto de patadas

Luis Paulino Vargas Solís
Economista
Director Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo
(CICDE-UNED)

La emergencia sanitaria del Covid-19 trae aparejado un severo impacto económico. Hay sectores para los que el efecto es directo y muy fuerte: hoteles, restaurantes, cines, bares, servicios vinculados al turismo y la educación. En otros casos la afectación tiene un carácter más indirecto, como podría ser el caso del transporte público y el comercio en general, y también sectores de la agricultura y la manufactura.

Es un frenazo asociado a un súbito colapso de la demanda y las ventas. Ello pone en marcha presiones deflacionarias que jalan la economía hacia abajo.

En las propuestas de solución planteadas, prevalece una opción: la de tratar de facilitarles a las empresas el manejo de su “flujo de caja”. De ahí que se autorice posponer el pago de impuestos y cuotas de la seguridad social, así como recortes en las jornadas laborales y la nómina de salarios. Esto último, como es obvio, afectará los presupuestos de familias trabajadoras, y traerá mucho sufrimiento e incertidumbre a sus vidas. Con demora, y de forma hasta el momento vaga, el gobierno de Carlos Alvarado plantea conceder posibles subsidios compensatorios para esas familias.

Hay aquí un detalle que es de fácil comprensión: si bien recortar jornadas laborales y salarios, puede ayudar, y ser, digamos que “beneficioso”, para una o algunas empresas individuales, sería en cambio un serio problema, si se generaliza a muchas empresas, y si afecta a una cantidad significativa de personas trabajadoras. Porque en tal caso habrá un efecto negativo apreciable sobre la demanda de consumo al nivel de la economía en general. Y muchas empresas que producen para el mercado interno, lo lamentarán.

Llover sobre mojado: ello sumaría fuerzas económicas negativas a las fuerzas económicas negativas que traen consigo las medidas que ha sido necesario aplicar contra el Covid-19. Razón de más para decir que las personas afectadas deberían recibir alguna compensación.

Por su parte, un grupo de economistas y otras personas proponen que se recorte en un 50%, el salario de todos los empleados y empleadas públicas “que no están trabajando” (aquí: «Si hay patadas, hay pa’todos»). Desde luego, es complicado saber quién sí está trabajando y quién no, pero eso es secundario, frente a un hecho que resulta insultantemente obvio: hay gente que no logra bajarse de su borrachera ideológica, ni siquiera en un contexto crítico como el actual.

¿Quién gana con soltar una ácida polémica ideológica como esta, justo en este momento?

Hay que tener la mente freída en ideología y el corazón envenenado de odio ¿No era siquiera factible esperar un tiempito, a que esta emergencia pase o por lo menos se alivie, para sacar a relucir esos temas tan ideologizados?

Pero, en fin, está visto que el fanatismo ideológico no conoce de cordura ni generosidad. Pero, ¿es que siquiera sabe de economía? La pregunta es relevante, puesto que la propuesta cuenta con la firma de varios economistas.

Vuelvo sobre algo que comenté más arriba: si tantas fuerzas empujan hacia abajo la economía ¿no deberíamos estar en búsqueda, de fuerzas compensatorias que la levanten? Pues resulta que, todo lo contrario, estos economistas nos proponen sumar fuerzas descendentes a las fuerzas descendentes que ya están en operación.

Si usted le reduce su salario a la mitad a 200.000 personas trabajadoras del sector público, tenga por seguro que el resultado será uno: un repentino y pronunciado agravamiento en la caída de la demanda de consumo ¿Dije más arriba que el recorte de salarios en el sector privado provocará lamentos en muchas empresas que producen para el mercado interno? Ahora súmele el efecto que tendría esta estúpida medida que estos economistas proponen.

¿Dije economistas? Me da una horrible pena ajena decir que son economistas, siendo que yo digo de mí mismo ser economista. En protección de mi dignidad, diré que en realidad son ideólogos fanatizados, y que lo suyo no es economía, sino un tipo de religión sacrificial, destructiva y vengativa.

Vuelvo sobre cosas que ya he dicho. Decir, primero que nada, que es tiempo de dialogar y colaborar, con ánimo constructivo, con lealtad patriótica y espíritu generoso y solidario. Y, segundo, que es tiempo para buscar, con urgencia, políticas enérgicas e inteligentes que frenen el bajón de la economía y le infundan nuevos bríos.

Macron en Francia y Merkel en Alemania lo tienen clarísimo, y hacia ahí encaminan sus propuestas de política económica frente a esta situación. Incluso Merkel se ha dejado decir cosas que, en el ortodoxo contexto alemán, resultan absolutamente heréticas, cuando públicamente afirmó que por ahora habrá que olvidarse de los equilibrios presupuestarios, puesto que en este momento lo que urge es frenar y revertir la caída de la economía.

Los contextos son distintos, y seguramente en Costa Rica no podremos replicar mecánicamente lo que se hace en Europa. Pero la racionalidad subyacente, como asimismo el objetivo principal, son similares: introducir estímulos positivos que propicien la recuperación de la economía. Estoy trabajando un documento más amplio que, modestamente, intenta formular diversas ideas en ese sentido, y que daré a conocer en próximos días.

Ha dicho el ministro de Salud, Dr. Daniel Salas, que nunca había visto al país responder con tanta unión. Ya vemos que hay gente a la que eso le molesta, y que quieren sembrar desunión.

No les escuchemos, por favor.

Enviado a SURCOS por el autor, publicado originalmente en su blog:

https://sonarconlospiesenlatierra.blogspot.com/2020/03/el-covid-19-y-la-economia-no-es-asunto.html?m=1