Ir al contenido principal

Etiqueta: Crucitas

El oro nuestro de Crucitas para la salud de 700 mil ancianos

Freddy Pacheco León

Desde antes de la terrible pandemia, las camas y demás espacios del sistema de salud de la Caja, ya estaban ocupados por venerables ancianitos en más del 65%. Decenas de miles de familias habrán sufrido al ver las condiciones en que, por escasez de recursos, los abuelitos y abuelitas han tenido que engrosar listas de espera para un tratamiento médico, y a veces, pasar dos o tres días en condiciones incómodas, impropias, dolorosas, sin poder salir de salas de emergencia, por falta de espacio en salones. Espacios por cierto, diseñados para pacientes más jóvenes con mayores facilidades de movilidad. Incluso hemos sufrido mucho al ver cómo ha habido necesidad de «amarrarlos» de sus camas, ante la insuficiencia de personal de enfermería que los pudieren atender de día y de noche. Unas veces son los medicamentos los que faltan, otras los equipos modernos que no se pueden adquirir; hasta una simple cama adecuada. Siempre hay necesidades insatisfechas.

Ancianos que después de haber entregado heroicamente su vida a los que cuidaron desde el día de su nacimiento, hoy solo Dios los puede proteger de cualquier hospitalización por enfermedad grave, que los haga pasar por esa penalidad.

Y es que, por más amor aportado, NO tiene nuestro buen sistema hospitalario, respuestas viables para enfrentar los cambios demográficos que aceleradamente han envejecido nuestra población. Cada día son más los «Ciudadanos de Oro», así como las enfermedades inherentes a la edad.  A los que les llegó el momento de recibir el amor y protección que demandan y merecen, tarea que hijos y nietos, y la misma CCSS, muchas veces no puede cumplir pues, aunque lo deseáramos, es IMPOSIBLE garantizarles una atención médica de calidad, bajo las circunstancias actuales.

Hoy no alcanza el dinero y la situación se agravará en menos de 30 años, cuando esa población mayor de 65 años rondará la cifra de 1.200.000.  Es una situación desesperante, dolorosa, inmerecida, que se profundizará inevitablemente… ¡SI NO HACEMOS LO CORRECTO HOY! Y lo correcto es buscar cómo enfrentar con medidas concretas, ese angustiante problema nacional. Indudablemente el más importante que hemos de solucionar como proyecto país.

¿Cómo enfrentar tal problema si no tenemos recursos?, se estará preguntando usted. Pues resulta que SÍ CONTAMOS CON RECURSOS FINANCIEROS suficientes para esa magna tarea. Y los tenemos en un pequeñito espacio de nuestro territorio. En un área menor al Parque Metropolitano de La Sabana, tenemos con un YACIMIENTO DE ORO que, según los estudios de la empresa extranjera que lo iba a explotar, puede producir unos US$133 millones anuales (más de ¢82.000 millones) por al menos una década. Cifra real, no especulativa, sustentada en la producción anual de 70.000 onzas de oro en lingotes.

Parece un sueño, pero no lo es, y por eso hubo empresas extranjeras que buscaron realizar esa explotación en, por supuesto, beneficio propio.

Ha de quedar claro, que tal sueño se puede realizar sin necesidad de modificar el deficiente Código de Minería, que prohíbe otorgar en concesión la explotación de oro en Crucitas y otros lugares indeterminados. Y no hace falta esa gestión legislativa porque al ser el mismo Estado el que haría la explotación, no requiere (sería una insensatez) que se le otorgue una concesión cual si se tratara de un ente privado.  Por eso, desde hace más de dos años, acudimos a todas las instancias gubernamentales con nuestra propuesta, no obteniendo las respuestas esperadas.  Pero como la urgencia es ahora más evidente, ahora nuevamente, hacemos un llamado para que vean NUESTRO ORO DE CRUCITAS, como una solución a los crecientes problemas que ya sufren cientos de miles de CIUDADANOS DE ORO.

Rogamos para que la idea del sistema hospitalario que hemos llamado “HOSPITAL DEL ORO”, sea recibida seriamente por los políticos sensibles que lo quieran así.  Se trata de que la Caja Costarricense del Seguro Social diga ¡presente, aquí estamos!, y se disponga a buscar respuestas a las necesidades que le aquejan, no solo en los 1043 EBAIS que ya ven superada su capacidad de servicios de primera clase, sino también en todos los hospitales que, por lo general, no tienen espacios adaptados para la atención de ese sector de pacientes. Ciudadanos de Oro que aparte de las 140 camas del magnífico Hospital Geriátrico Raúl Blanco Cervantes, no queda más que atenderlos, cuando se puede, bajo condiciones inadecuadas en hospitales diseñados para pacientes de un amplio rango de edades, donde no encontramos salas especializadas para los abuelitos y abuelitas, que presentan necesidades especiales y facilidades materiales que impiden incluso, el pleno cumplimiento de la Ley Nº7600.

Los expertos en salud que tenemos en Costa Rica, harían los planes que mejor consideren adecuados en el marco de la CCSS y el Ministerio de Salud. En la de menos podrían pensar en adecuar los centros de atención primaria y hospitales de toda categoría, para que cuenten con secciones especiales para esos ciudadanos, mediante ampliaciones, o quizá en la construcción de otros hospitales de geriatría o incluso, en uno central especializado en enfermedades predominantes en ese sector de población. En fin, no se trata de un hospital, sino de UN SISTEMA hospitalario, integral, donde también se habrá de considerar mejores servicios para los familiares que han de estar asistiendo a sus abuelitos internados.

Asimismo, no es despreciable el beneficio colateral que obtendría la Caja, al dedicar esos recursos frescos para dedicarlos exclusivamente a las personas de la tercera edad. Las hoy interminables “listas de espera” que como consecuencia de la escasez financiera provocan desazón en miles de pacientes y sus familiares, también se tendrían que ver disminuidas conforme más y más ciudadanos mayores vayan siendo atendidos en los espacios diseñados para ellos.  En poco tiempo, alrededor de un 65% de los espacios, equipos, medicamentos, exámenes de laboratorio, consulta externa, cirugías, etcétera, que hoy son compartidos, se irán liberando, y por ende, la Caja contará con mucho mejores condiciones para el cumplimiento de su abnegada labor. ¡Todos salimos ganando!

Por lo resumido, creemos tener la grandiosa oportunidad de dejar un legado histórico de inmensas repercusiones para los costarricenses, como lo es quizá el de los tres grandes reformadores sociales de la Costa Rica de los años 40. Pero para alcanzar ese logro, estamos urgidos de la decisión política que esperamos en notables estadistas. No conocemos de ningún otro país en donde la riqueza mineral de su subsuelo, perteneciente a toda la comunidad como bien demanial, se dedique a la atención de sus ciudadanos de oro, de los que más lo necesitan y, más importante, lo merecen. ¿Acaso podría pretenderse un mejor aprovechamiento de la riqueza de ese mineral localizado en Crucitas, antes de que por azar político se le asigne otro destino menos beneficioso para Costa Rica? La idea, que habrá de estructurarse en un proyecto por los que, luego de un diálogo fructífero, habrá de forjarse, podemos afirmar que es conocida por la gran mayoría de los dirigentes políticos y jerarcas gubernamentales. No solo por las notas que les hicimos llegar personalmente, sino también por los reportajes que desinteresadamente divulgó Noticias Repretel, no ha caído en terreno fértil. El silencio fue la respuesta, e incluso alguno políticos “copiaron” la idea llevándola a cifras fantasiosas de cuarenta mil millones de dólares que, supuestamente, se vendería en la bolsa de Wall Street para así sacar a Costa Rica de la pobreza.

Por eso, es una buena noticia que ya un precandidato presidencial nos dijo personalmente, y ante personas de alta honorabilidad, que aunque él tenía una idea diferente para resolver el conocido problema de Crucitas y aprovechar ese mineral, la nuestra “es una idea mil veces mejor que la mía, por lo que la acojo con entusiasmo”. Compromiso del expresidente José María Figueres.

¡Unamos pues voluntades, para hacer realidad el formidable sistema hospitalario llamado “HOSPITAL DEL ORO” que, por supuesto, se desarrollaría guardando estricta atención a las particularidades ambientales que conlleva un proyecto de minería como el que habremos de hacer realidad para los costarricenses. Proyecto indiscutiblemente, urgente, razonable, único, y más importante, posible, si nos lo proponemos.

Infinito Gold vs Costa Rica: breve análisis del laudo arbitral del CIADI rechazando los principales alegatos de la empresa canadiense por la suspensión de su proyecto minero ubicado en Las Crucitas

Nicolas Boeglin

Este 4 de junio del 2021, fue dado a conocer el laudo arbitral que pone un punto final a la demanda interpuesta en febrero del 2014 por la empresa minera canadiense Infinito Gold contra Costa Rica (véase nota de prensa del Semanario Universidad). 

Como se recordará, este proyecto minero fue declarado sorpresivamente y sin consulta alguna de «conveniencia nacional» mediante un Decreto Ejecutivo del Poder Ejecutivo en octubre del 2008: ese mismo mes,  la Universidad de Costa Rica (UCR) adoptó un muy sólido pronunciamiento de su Consejo Universitario exigiendo al Poder Ejecutivo la inmediata derogación de este decreto (véase texto de su pronunciamiento del 29 de octubre del 2008).  

Luego de una ardua batalla legal contra la empresa minera y contra el Estado realizada por un pequeño grupo de valientes abogados y de entidades ecologistas, la justicia costarricense declaró totalmente ilegal este proyecto en el mes de noviembre del 2010 (véase texto completo de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo -TCA – del 14 de diciembre del 2010), una decisión que fue ratificada en todos su extremos por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia en diciembre del 2011. Semanas antes, el borrador de sentencia de la Sala Primera circuló en manos de los abogados de la empresa minera sin que se logre sancionar a los responsables de este inédito hecho en la historia de la justicia costarricense (véase nota de prensa de noviembre del 2011 y esta nota de CRHoy de noviembre del 2012 así como esta otra nota de diciembre del 2012 del mismo medio digital).

El documental «El Oro de los Tontos» realizado en el 2011 desde la UCR (véase enlace en You Tube) permite tener una idea del nivel de ocurrencias gubernamentales y de profunda indignación que este proyecto minero causó en Costa Rica a partir de octubre del 2008, en particular para quiénes, desde fuera, asocian a Costa Rica con la imagen de un país ecológico y lo consideran como un líder indiscutible en materia ambiental. De alguna manera, Crucitas vino a delatar al mundo la faz oscura de la Costa Rica verde, al tiempo que sus tribunales detectaron anomalías desde las más altas esferas del poder que calificaron de verdadera «orquestación de voluntades» (Nota 1).

La demanda de Infinito Gold: breve repaso

El texto de la demanda inicial interpuesta por Infinito Gold contra Costa Rica del 6 de febrero del 2014 ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionista Extranjero y Estado, también conocido por sus siglas en inglés ICSID) está disponible en este enlace.

La suma solicitada en un primer momento (2014) por la empresa minera canadiense fue de 94 millones, aumentando con el paso del tiempo a 321 millones de US$ (véase nota de CRHoy del 2017) sin que se tenga mayor claridad sobre los motivos de esta sustancial variación.  Antes de presentar formalmente la demanda ante el CIADI, la empresa canadiense Infinito Gold había amenazado con presentar una demanda por 1.092 millones de US$ contra Costa Rica (véase nota de La Nación de octubre 2013), sin que tampoco se tuviera idea de cómo justificar esta cuantiosa suma a título de compensación o indemnización. A la fecha, se mantiene como una verdadera incógnita en Costa Rica la identidad de las personas que integraron una «comisión de alto nivel» gubernamental que llevó al Vice Presidente de Costa Rica a indicar, en julio del 2010, que si Costa Rica derogaba el decreto de conveniencia nacional, debería de compensarle a la empresa minera la suma (fantasiosa) de 1.700 millones de US$ (véase declaraciones de Alfio Piva del 27 de julio del 2010): se trata posiblemente de unos de los secretos mejores guardados en Costa Rica. 

En este enlace oficial del CIADI se detallan las diversas etapas procesales de este largo juicio, en la que intervino un organización no gubernamental costarricense (APREFLOFLAS) así como Canadá como Estado, en agosto del 2018.  En julio del 2015 Costa Rica intentó solicitar el archivo de la demanda ante los atrasos de la empresa para presentar sus alegatos escritos en los plazos acordados, una maniobra procesal que no fructificó (Nota 2).

Al investigarse sobre el punto de saber a qué podría responder el repentino interés de las autoridades canadienses en el 2018 en esta demanda contra Costa Rica planteada desde el 2014, las autoridades canadienses respondieron a un parlamentario canadiense que Canadá intervino a solicitud de Costa Rica (Nota 3).

La decisión del tribunal arbitral en breve

En diciembre del 2017, el tribunal del CIADI decidió en una etapa previa considerarse competente pese a las diversas objecciones presentadas por Costa Rica, aduciendo la incompetencia del CIADI (véase laudo arbitral sobre su jurisdicción con fecha del 4 de diciembre del 2017).

En su laudo arbitral sobre el fondo con fecha del 3 de junio del 2021 (véase textos en español y en inglés en el sitio de SurcosDigital), el tribunal del CIADI en el párrafo concluye 799 que:

 799. Por las razones expuestas anteriormente, el Tribunal:

a. DECLARA que tiene jurisdicción sobre las reclamaciones ante él y que, salvo la excepción establecida en el párrafo (b) siguiente, las reclamaciones son admisibles;

b. DECLARA que la reclamación relacionada con la reiniciación en 2019 del procedimiento de perjuicios del TCA es prematura y por lo tanto es inadmisible en la presente instancia;

c. DECLARA que, al sancionar la Prohibición Legislativa de la Minería de 2011 e implementarla por medio de la Resolución del MINAET de 2012, la Demandada ha incumplido su obligación en virtud del Artículo II(2)(a) del TBI de otorgar a las inversiones de la Demandante un trato justo y equitativo;

d. DETERMINA que no puede otorgar compensación por daños por este incumplimiento;

e. ORDENA que cada una de las Partes sufrague el 50% de los Costos del Procedimiento y sus respectivos honorarios legales y demás costos;«

La conclusión a la que llegan los tres integrantes del tribunal arbitral es precedida de un detallado análisis (798 párrafos para ser exactos) de gran interés para diversas disciplinas: desde especialistas en derecho internacional, arbitraje de inversiones, derecho administrativo, derecho constitucional, pasando por politólogos, analistas e incluyendo a especialistas en actos de corrupción, en donaciones sospechosas a fundaciones privadas, en groseras omisiones estatales en algunas investigaciones  y en falsedades de diversa índole presentadas por un inversionista extranjero. 

La lectura del laudo, si bien se puede volver compleja, retrata un período político en Costa Rica en el que se observó a un aparato estatal muy vulnerable ante las constantes arremetidas, y maniobras de la empresa canadiense Infinito Gold. Ante la desvergonzada simbiosis existente entre la empresa y el Estado, la actitud extrañamente pasiva de cinco integrantes de la Sala Constitucional (de los siete magistrados que la integran) al emitir una cuestionable decisión en abril del 2010, el fallo de los tres jueces del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) cuyo «por tanto» fue dado a conocer en noviembre del 2010 fue celebrado por gran parte de la sociedad costarricense como un verdadero triunfo nacional.

En el párrafo 782 y siguientes, se lee que la empresa pidió que Costa Rica fuera además condenada a pagarle los más de 3,5 millones de US$ en los que incurrió para presentar y tramitar esta demanda; en el párrafo 790, se lee que por su parte, Costa Rica solicitó el pago de un poco más de 3 millones de US$ a la empresa por los gastos sufragados durante este proceso legal. Se trata de pretensiones que rechazó finalmente el tribunal (párrafo 798). 

En una interesante entrevista publicada por el Semanario Universidad y cuya lectura recomendamos (véase texto completo), se lee por parte del abogado de APREFLOFAS que el Estado costarricense omitió algunas cosas en su defensa, al señalar el jurista que:

«Pero nuestro alegato principal, el más fuerte -y así lo reconoció el tribunal – es que la inversión de Industrias Infinito había sido hecha en contra de las leyes costarricenses, que hubo indicios de actos indebidos de parte de diversos funcionarios públicos, que incluso se abrieron procesos penales al respecto. Nosotros fuimos los únicos que tocamos ese tema frente al tribunal; ni siquiera el Estado costarricense lo tocó, por una estrategia procesal que mantuvieron. Pero nosotros sí informamos al tribunal de arbitraje sobre esa situación. Se le estuvo constantemente informando sobre el estado de los procesos penales aquí, incluso el máximo que es el del expresidente Óscar Arias Sánchez. Y esas manifestaciones algo de impacto tuvieron porque se mantuvieron como válidas y se tramitaron hasta el final«.

A modo de conclusión

Más allas de las convenientes omisiones de unos y de las falsedades de otros, esta decisión dada a conocer este 4 de junio del 2021 en Costa Rica constituye una nueva victoria en favor del ambiente, de las regulaciones para protegerlo, así como de las sentencias de tribunales nacionales para hacer valer la normativa ambiental cuando las incumple un inversionista extranjero. 

Es muy probable que los tres árbitros y la Secretaría del CIADI se esperaran a la víspera del Día Mundial del Ambiente (5 de junio) para publicar su decisión. 

No obstante la celebración generada en Costa Rica y el entendible júbilo de sus máximas autoridades observado este 4 de junio, esta decisión plantea nuevamente la urgente necesidad para Costa Rica de reconsiderar su adhesión al CIADI;  o al menos, la de renegociar sus tratados bilaterales de inversión (TBI), que se plantea también en muchos otros Estados de América Latina (Nota 4). 

En efecto, no tiene mayor sentido el permitir a un inversionista extranjero de mala fe recurrir ante el CIADI contra decisiones de la justicia nacional que declaran ilegal su proyecto y mucho menos el tener que esperar 7 largos años de costosos procedimientos ante el CIADI para escuchar a tres árbitros confortar las decisiones judiciales antes mencionadas. Ello sin hablar del riesgo, inherente a este tipo de demandas, de ver los árbitros acoger, por alguna razón, algunas de las pretensiones económicas del inversionista. Esta preocupación ya se externó en el 2013 (véase entrevista en el Semanario Universidad) sin provocar cambio alguno por parte de las autoridades a cargo del comercio exterior en Costa Rica.

En un breve análisis publicado en el 2019 sobre este preciso caso de Infinito Gold contra Costa Rica (Nota 5), nos permitimos concluir que:

«Si este y varios otros datos no ventilados por el CIADI pueden generar algún tipo de frustración en algunos de nuestros estimables lectores, ello les permite entender un poco mejor las críticas recurrentes que se le han hecho al CIADI en cuanto a la opacidad y a la falta de transparencia de su funcionamiento. Y comprender las razones por las cuales Bolivia (2007), Ecuador (2009) y Venezuela (2012) denunciaron la convención que crea el CIADI suscrita en 1965, al tiempo que Indonesia y Sudáfrica han renegociado todos su TBIs, en aras de limitar sustancialmente los riesgos de ser objeto de demandas abusivas por parte de inversionistas extranjeros».

Notas:

Nota 1: Según los jueces del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), en el párrafo XL de su sentencia del 14 de diciembre del 2010, se lee que:

«En relación con este punto, es necesario indicar que en el presente caso ocurre algo excepcional y es que las distintas ilegalidades detectadas y las nulidades declaradas, son todas coincidentes en el sentido de que tendían a la aprobación del proyecto minero Crucitas y varias de ellas se dictaron estando vigente un decreto ejecutivo de moratoria de la minería metálica de oro a cielo abierto, todo lo cual hace viable pensar como posible una eventual concurrencia u orquestación de voluntades para llevar adelante, de cualquier manera, este proyecto minero«

Nota 2: Véase al respecto nuetra breve nota BOEGLIN N., «La solicitud de Costa Rica de poner término al procedimiento de arbitraje  interpuesto por Infinito Gold ante el CIADI: breves reflexiones«, publicada en Derechoaldia, edición del 7.08.2015 y disponible en este enlace.

Nota 3: En efecto, se le contestó formalmente a un congresista canadiense que la solicitud hecha a Canadá para intervenir provino oficialmente de Costa Rica: ello se desprende de la respuesta oficial con fecha del 24.1.2019 dada por las autoridades canadienses de comercio exterior a las preguntas formuladas por el diputado Peter Julian el 18.03.2018. Al respecto véase texto en  inglés  y en  francés  de las preguntas formuladas y respuesta oficial brindada disponible en inglés en este  enlace  y en francés en este otro  enlace

Nota 4: Al momento de redactar estas líneas (5 de junio del 2021), ante la Secretaría del CIADI están pendientes de resolución 18 demandas contra Perú, 15 contra Venezuela, 13 demandas contra Colombia, 13 contra México, 8 contra Argentina, 7 contra Panamá, 3 contra Guatemala, 2 contra Costa Rica, 2 contra República Dominicana, y una contra Chile así como contra Bolivia,  Honduras, Nicaragua y Uruguay. Ecuador ya no registra ninguna demanda pendiente en su contra en el CIADI. En cuanto a Brasil, principal receptor de inversión extranjera en América Latina, no ha tan siquiera firmado la Convención de Washington de 1965 que crea el CIADI (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), por lo que no puede ser objeto de una demanda antes este peculiar procedimiento arbitral adscrito al Banco Mundial: un argumento para desestimar la idea según la cual, retirarse del CIADI ahuyentaría a la inversión extranjera (y que se ve confirmado por los buenos resultados de la economía boliviana y ecuatoriana desde que ambos Estados denunciaron la Convención de Washinghon en el 2007 y 2009 respectivamente).

Nota 5: Véase BOEGLIN N. «Arbitraje Infinito Gold Vs.Costa Rica ante el CIADI: breves noticias», CIAR GLobal, edición del 31.102019, disponible en este enlace

Este texto fue elaborado por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

Publicado por Curso de Derecho Internacional.

Foto de manifestaciones contra el proyecto minero de Crucitas en Costa Rica, extraida de artículo titulado «Canadian groups tell gold company to ‘stop harassing’ Costa Ricans» (Bilaterals.org., edición del 17/04/2013)

Resolución arbitral sobre Crucitas abre camino al Hospital del Oro

Freddy Pacheco León

Infinito Gold demandó a Costa Rica por US$400 millones. El tribunal internacional les rechazó la demanda.

Con la resolución arbitral (CIADI) Industrias Infinito queda fuera. Y además, como se prohibió el otorgamiento de nuevas concesiones para la minería metálica, ninguna empresa privada podría siquiera presentar una solicitud. Por otro lado, como es un bien demanial del Estado, el mismo NO requiere tramitar concesión alguna para sí mismo, y por tanto podría explotar ese oro que se están robando. Por ello, proponemos que se explote el oro de Crucitas, y que con él (unos US$133 millones anuales) se desarrolle un sistema hospitalario que hemos denominado HOSPITAL DEL ORO, orientado exclusivamente para la atención de los ciudadanos de oro. Hoy tenemos cerca de 700.000, y en menos de 30 años serán cerca de 1.200.000. Viejitos y viejitas que no son atendidos, por falta de recursos, como lo merecen en el sistema hospitalario de la Caja. Si antes de la pandemia ya ocupaban el 65% de los espacios en Ebais y hospitales, mañana será muy tarde si no acudimos en su auxilio hoy.

Falacias mineras

Jorge Lobo Segura

  1. La minería será una fuente de riqueza para el país, lo que necesitamos para salir de la crisis económica, porque dará recursos al estado y generará empleo.

Si esto fuera cierto, los países mineros de América Latina serían los que ofrecen mejores condiciones de vida para sus pueblos, pero ocurre exactamente lo contrario. Minería y pobreza de los pueblos van juntas en México, Brasil, Chile, Perú, Venezuela, Colombia, Nicaragua… y otros más. Además, nadie va a extraer el oro gratuitamente, las empresas mineras extranjeras o nacionales se quedarán con la mayor parte, y dejarán los daños ambientales para ser pagados por todos los costarricenses. Generan pocos empleos mal pagados y se van en pocos años.

  1. La minería puede ser ecológica y sostenible.

Aquí hay que distinguir los diferentes tipos de minería que existen. La más grande y destructiva es la minería a cielo abierto con lixiviación de metales, que destruye grandes áreas de suelo y bosques para convertirlos en desechos mineros contaminantes. A esta no hay manera de travestirla, requiere de la destrucción para ser económicamente rentable. Requiere del uso en grandes volúmenes de sustancias químicas peligrosas como el cianuro y genera una cadena de impactos ambientales. Infinito Gold quiso mostrarse ecológica prometiendo la siembra de plantaciones forestales a cambio de la destrucción de bosque. Bosques naturales y plantaciones forestales no son comparables ni canjeables.

La minería pequeña, realizada por coligalleros o por pequeños emprendimientos en túneles, tiene el gran problema de que puede volverse masiva y emplear sustancias todavía más peligrosas como el mercurio. Pero podría ser encausada hacia formas más controladas sin químicos peligrosos, aunque necesita un gran esfuerzo por parte del estado.

  1. En Costa Rica existe oro suficiente para pagar el déficit fiscal, financiar pensiones y cubrir las deudas del estado costarricense.

Estos cálculos se hacen sin siquiera saber con precisión cuánto oro hay realmente, porque no se ha realizado los estudios requeridos para eso. Lo que se sabe es por donde están los yacimientos, lo que se deduce por los estudios geológicos más generales. Y de lo que sabemos el oro se encuentra principalmente en parques nacionales, reservas forestales, reservas indígenas, corredores biológicos. En las regiones con más bosque, más recurso hídrico y ambientalmente más sensibles de la geografía costarricense. Evidentemente, para sacar aunque sea parte de ese oro, tendríamos que renunciar a la conservación de la naturaleza en nuestro país.

  1. Es mejor la a minería legal industrial, ordenada y dejando empleos e impuestos, que una situación desastrosa como la que se vivió en Crucitas con la invasión de mineros.

En América Latina la minería legal e ilegal van juntas, de la mano. Ambas actividades son muy perjudiciales para el ambiente, y la experiencia histórica en Centroamérica, México y América del Sur es que el desarrollo de proyectos mineros legales, usando maquinaria y técnicas más sofisticadas, no inhibe la invasión de mineros ilegales a regiones con yacimientos. Más bien la fomenta, la estimula. Minería legal y minería ilegal conviven lado a lado en Perú, Brasil, México, Panamá, Colombia, Chile, África y el Sudeste Asiático. Los proyectos de exploración minera realizados por compañías descubren la posición de yacimientos, que después son invadidos por oreros, como ocurrió en Crucitas. La minería genera una «cultura minera», personas que conocen el oficio y lo practican por costumbre y necesidad, como ocurre en Nicaragua. Finalmente, la minería industrial deja minas abandonadas que todavía tienen restos de minerales que son explotados ilegalmente, como ha ocurrido en minas abandonadas en Sudáfrica. En fin, son muchos ejemplos de que esta ecuación no funciona.

#NOalaMinería

El cartel de Crucitas

Óscar Madrigal

El problema ambiental de Crucitas, -dice el ex-ministro de ambiente Carlos Rodríguez en entrevistas a medios de prensa-, fue una invasión orquestada por Industrias Infinito, desde Abangares, por los dueños de las fincas y los grandes comerciantes del oro. Esas declaraciones son muy ilustrativas e impactantes. No ha sido un asunto de un grupo de coligalleros artesanales improvisados que venían de Nicaragua y se llevaban El Oro hacia ese país. Eso fue un cuento de hadas.

Detrás de este negocio está un Cartel del crimen organizado dedicado al trasiego del oro, de personas, de drogas, organizados en tres grupos.

Industrias Infinito incentivó la invasión de Crucitas e incluso indicó dónde estaba el oro.

Señaló a los medios por un manejo irresponsable del tema y también a varios diputados como Thompson. La comparecencia del Ministro en una comisión de la Asamblea Legislativa estuvo marcada por el ridículo, haciéndole evidentemente preguntas sin ninguna trascendencia, sin ir al fondo del asunto mediante interrogantes redactadas por terceros que los diputados no sabían ni leer bien (Tal vez el Cartel intervino en ello).

El nivel del Cartel abarca a muchos peces gordos que aún no han sido detenidos y es ENORME, con muchas aristas.

Como queda dicho por el exministro, nos han estado vendiendo un poco de humo. Los noticieros hacían énfasis en que se trataba de personas individuales cuando estábamos en presencia de un ataque bien orquestado por grandes inversionistas, que ha tenido eco bien organizado en la Asamblea Legislativa.

La campaña para desinformar tenía como objetivo culpar a los ambientalistas del daño ecológico ocurrido en Crucitas, cuando era la misma Industrias Infinito la que estaba detrás de ello, y por tanto desacreditarlos. Además, ante el desorden o “desmadre” presentar proyectos de ley para permitir la explotación minera a cielo abierto y, por fin, liberar de responsabilidad a Oscar Arias de las ilegalidades que ocurrieron en todo este negociado.

Nos ocultaron el elefante de Crucitas. Estamos en presencia del CARTEL DE CRUCITAS. Un motivo más para dudar de la calidad de la información que recibimos.

Sala Constitucional solicita criterio a la Defensoría de los Habitantes sobre contaminación en Crucitas y derechos de los ecosistemas

  • Magistrados debaten la posibilidad de reconocer derechos propios a la naturaleza y a los ecosistemas

  • Los derechos de los ecosistemas han sido otorgados en otros países para salvaguardarlos pero en Costa Rica estos no han sido reconocidos

(Fecon 21/01/2020.) Defensoría de los Habitantes dará su criterio a la Sala Constitucional sobre la contaminación con mercurio que acontece en las inmediaciones de la Finca Vivoyet en Crucitas, lugar donde la empresa minera Infinito Gold pretendía extraer oro y que ha sido invadida por mineros improvisados que han desatado una emergencia ambiental que podría traer consecuencias irreversibles sobre los entornos naturales del Río San Juan.

En 2018 FECON interpuso una denuncia junto al abogado ambientalista Álvaro Sagot contra el Ministerio de Salud por el desacato del Reglamento sobre valores guía en suelos para descontaminación de sitios afectados por emergencias ambientales y derrames

(Decreto Ejecutivo N°37757-S). Mismo que le da responsabilidades al Ministerio de Salud sobre el desastre ambiental que vive la zona de Crucitas en Cutris de San Carlos.

Con estos argumentos para inicios del año 2019 FECON llevó a los tribunales constitucionales un recurso de amparo, acogido bajo el expediente N°19-011277-0007-CO, denunciando esta inacción y solicitando se reconozcan derechos de los ecosistemas en esta zona. Es por esto que uno de los argumentos más innovadores de esta denuncia en términos jurídicos son los Derechos de la Naturaleza.

Según Sagot «Es vital, dado el problema, que se declaren los derechos de los ecosistemas sobre esa región de Crucitas, tal y como se hizo en Colombia que declaró los derechos de personalidad jurídica de la región de la Amazonía colombiana ante la desidia institucional.»

Contacto: Álvaro Sagot 8863 2887

Nota de la magistrada María Eugenia Esquivel Rodríguez solicitando a la Defensoría de los Habitantes criterio: https://feconcr.com/wp-content/uploads/2020/01/0031-0007-236147745-3216-F.pdf

 

Imagen ilustrativa.

Enviado por Henry Picado.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

APREFLOFAS DECLARA EN CASO PREVARICATO OSCAR ARIAS SÁNCHEZ

APREFLOFAS informa, que el próximo lunes 9 de diciembre a las 9 de la mañana, dentro del Expediente 08-000011-0033-PE, estaremos participando junto a la Fiscalía en la audiencia de apelación ante el TRIBUNAL PENAL DE HACIENDA DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, para exponer oralmente los siete vicios que tiene la sentencia dada mediante la resolución de las dieciséis horas del día jueves diecinueve de setiembre del año dos mil diecinueve del juez FÉLIX CASTELLÓN RUIZ del Juzgado Penal de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José que ordenó el Sobreseimiento Definitivo a favor de Oscar Arias Sánchez, pues argumentaremos entre otras cosas, que las actuaciones que tienen la virtud de interrumpir el plazo de la prescripción, se dan no solo por el tema del dictado de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de las diez horas cuarenta minutos del catorce de diciembre del año dos mil diez, sino también por el dictado de la sentencia 001469-F-S1-2011 de Sala Primera por sí misma, tiene la virtud de ser un pronunciamiento en sede judicial que expresamente dispone la invalidez o ilegalidad de la Resolución R-578-2001-MINAE.

Alegaremos también lo manifestado por Sala Constitucional cuando indicó: “…El artículo 62 establece una diferenciación que no es irrazonable o desproporcionada, pues siendo el ilícito de corrupción un delito que se ejecuta, desde el poder que ostenta el funcionario público, tal condición le permite controlar y neutralizar la posible investigación, de manera que la especificidad de algunas causales de prescripción frente a otros infractores no resulta contraria a aquellos postulados. La ejecución de los actos de abuso de poder desde posiciones de poder es una condición que no poseen todos los infractores, los funcionarios públicos no obran manejando cosa propia o haciendo uso de un derecho propio, sino por mandato y en representación del pueblo, cuerpo político en quien reside la soberanía, por esa razón se justifica la variación de las causales de prescripción, caso contrario se podría convertir en fuente de impunidad (…).” (Sala Constitucional. Resolución N° 1011 de las 14:30 horas del 23 de enero de 2013).

Así la propia Sala Constitucional reconoce que algunos funcionarios públicos pueden tener tal poder, que son capaces de obstaculizar la investigación penal; y debemos de recordar, que no solo Don Oscar fue 2 veces presidente de la República y militante activo en aquel momento del Partido Liberación Nacional, sino que incluso el Fiscal General Jorge Chavarría había sido viceministro de seguridad del segundo Gobierno de Oscar Arias, y es con el cambio de jerarca de la Fiscalía General, cuando la investigación en contra de Don Oscar Arias, da un giro investigativo.

Recordar que con estas actuaciones de Oscar Arias Sánchez, el principal daño sufrido por el país, lo fue la ilegal tala raza de 87 hectáreas de terreno que autorizó el decreto de Interés Público y Conveniencia Nacional, realizado de los días 17 de octubre del 2008 en que se publicó dicho decreto, al 20 de octubre del 2008 en que prosperó la medida cautelar de Edgardo Araya, de las cuales 57 de estas hectáreas son de bosque. Recordar además que a petición del Estado costarricense, la Fundación Neotrópica realizó la valoración de este daño, el cual se cuantificó en la suma máxima de 11.4 millones de dólares, daño que debe ser reparado, compensado o resarcido por parte del imputado Oscar Arias Sánchez.

Recordar además, que si en Crucitas no se hubiese iniciado ninguna actividad, tendiente a extraer mineral; no habría iniciado actualmente la extracción ilegal de Oro en Crucitas, pues nadie habría conocido, que allí existe un yacimiento de Oro. Y de igual manera, al talarse el Bosque, esto ha facilitado la labor de extracción ilegal del mineral.

Por lo anterior, en esta audiencia oral, reiteraremos la solicitud de que se revoque y /o anule la sentencia dada mediante la resolución de las dieciséis horas del día jueves diecinueve de setiembre del año dos mil diecinueve del juez FÉLIX CASTELLÓN RUIZ del Juzgado Penal de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, en cuanto declaró inadmisible la querella interpuesta por APREFLOFAS y en cuanto otorgó el sobreseimiento de la causa en contra de Oscar Arias Sánchez por prescripción de los dos delitos de prevaricato que se le imputan; para que en su lugar, en sentencia se disponga declarar sin lugar la excepción de prescripción interpuesta, y por ende ordene la continuación del procedimiento, y se disponga elevar la causa a juicio Oral y Público, en aplicación del inciso b del artículo 62 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

Más información:

Lic. Bernal Gamboa 8834-9595.

 

Imagen ilustrativa.

Enviado a SURCOS por Henry Picado y por Guillermo Dinarte.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Abandono de comunidades las hace vulnerables a minería ilegal

(Ciudad Quesada) El día de hoy, los diputados Jorge Luis Fonseca y María José Corrales presentan proyecto de ley que permite la explotación de minería de oro a cielo abierto, el cual es inconveniente y un retroceso.

En el año 2010, la Asamblea Legislativa de Costa Rica, aprobó por unanimidad la prohibición de la minería metálica a cielo abierto en el país. Dicha decisión fue la culminación de una lucha ecologista de más de 30 años de muchos sectores de la sociedad costarricense, liderados por comunidades de la Zona Norte. Esta movilización logró evitar la implantación de la minería metálica a cielo abierto en Crucitas de Cutris.

Para Marco Tulio Araya, integrante de UNOVIDA, “la minería metálica, al igual que la extracción petrolera, responde a un modelo económico insostenible, extractivista y depredador de la naturaleza, que atenta contra la existencia misma de la especie humana en el planeta”.

Araya considera que “después de ese hito histórico, los gobiernos, (tanto el central como los municipales), que continuaron en el poder, mantuvieron en el abandono, no sólo a Crucitas, sino en general a las zonas fronterizas y costeras, a pesar de las propuestas concretas de desarrollo sostenible que se plantearon desde distintos sectores de nuestra sociedad”.

Heidy Murillo, vicepresidenta de FECON recordó que “en el 2010, en una encuesta nacional, el 90% de la opinión pública avaló y aplaudió esta prohibición al tomar conciencia de los impactos que provocan”.

Por su lado el exdiputado Edgardo Araya señaló que “desde el sector ambientalista realizamos propuestas concretas de inversión pública y de reactivación económica sostenible para la zona de Crucitas, tanto con el Gobierno Central, como con la Municipalidad de San Carlos y el INDER, sin que esas instituciones le dieran seguimiento y apoyo a esas propuestas sostenibles y alternativas a la minería metálica”.

Para Mauricio Jiménez, presidente de UNOVIDA, una propuesta concreta y económicamente viable, es la adquisición, por parte del Estado, de la finca afectada por la minería ilegal, con el fin de tener un mayor control público de la zona y establecer ahí, además de una academia policial, un Centro de Investigación y Capacitación en Desarrollo Sostenible, administrado por las universidades públicas y con una propuesta de financiamiento con cooperación internacional en desarrollo sostenible.

Araya señaló que “los dos últimos gobiernos no han pasado de proponer “Planes de Atención Integral”, que a la fecha no se han materializado en acciones concretas para solucionar la problemática de la zona.”

Desde las organizaciones ambientales mantenemos con firmeza nuestra oposición a reactivar la minería industrial de oro a cielo abierto. Reiteramos nuestro compromiso en defensa de la naturaleza y las comunidades que dependen de ella. Apostamos por un modelo que garantice vida digna a las generaciones que aún no han nacido y la minería a cielo abierto no es el camino.

 

Enviado por FECON.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Después de Crucitas, ¿Volver A La Minería?

Óscar Madrigal, abogado

 

Desde que se imputó a Oscar Arias por el caso Crucitas se ha desatado una campaña para demostrar que el daño ambiental que ocasionan los coligalleros es peor que el que hubiera hecho la empresa canadiense. La fracción parlamentaria del Liberación Nacional, un día sí y otro también, destacan el abandono del lugar e incluso pretenden una modificación a la legislación para permitir la minería de cielo abierto. También se han prestado a esta campaña La Nación y algunos “académicos” universitarios, que dicen: “Es urgente que Costa Rica retorne a un modelo sostenible, derogando la ley 8904 (que declara al país libre de minería metálica a cielo abierto) (…) reemplazándola por una nueva ley, con una estructura altamente técnica que permita desarrollar una industria mineral responsable…”. Hay que reconocer que el Ministro de Ambiente, Carlos Manuel Rodríguez, se enfrenta con decisión a estos intentos. Ha denunciado que detrás de todo esta campaña y de la investigación de los “académicos”, hay un manejo político, que es -agregamos nosotros- con el fin de entregar nuestras riquezas a las compañías mineras internacionales las cuales producen un gran daño ambiental. El ministro pregunta, ¿quién financió estos estudios y con qué fin? Lo cierto es que se trata de poderosas mineras, con grandes influencias políticas y demasiado dinero. Liberación Nacional ya se apuntó a un cambio en la legislación, que de rebote ayude al expresidente Arias. Esperemos que el Gobierno no ceda a las presiones de retomar la minería, aunque se revista de formas “responsables”.

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada de la nota: Crucitas Costa Rica anuncia que tribunal del CIADI pospondrá su decisión sobre jurisdicción

Compartido con SURCOS por Juan Carlos Cruz Barrientos.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/