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Etiqueta: deber de probidad

Unidas Talamanca repudia conducta de regidor en relación con marcha 8M

Comunicado de Unidas Talamanca

Repudio a la conducta del regidor Jorge Molina Polanco en relación con nuestra Marcha el pasado viernes 8 de marzo, 2024.

Desde Unidas Talamanca, expresamos nuestro enérgico repudio hacia el comportamiento del regidor Jorge Molina Polanco durante nuestra reciente marcha feminista en el marco del Día Internacional de la Mujer, realizada en Puerto Viejo.

En el trayecto de la marcha pasando frente a los restaurantes del señor Molina, Koki Beach y Soca, el volumen de la música fue aumentado a tal nivel que llegó a casi ahogar el sonido de la manifestación, mientras el señor Molina se reía, bailaba y hacía gestos de burla y desprecio a quienes marchábamos pacíficamente cantando los lemas tradicionales del movimiento feminista 8M.

Siendo el señor Molina representante municipal de nuestra comunidad y empresario reconocido, consideramos que su accionar fue completamente fuera de lugar y que riñe con el deber de probidad de la función pública.

El dictamen N° C-008–2008 del 14 de enero del 2008 de la PGR indica “(…) el deber de probidad tiene un vasto contenido, toda vez que implica que la conducta de funcionario debe apegarse en todo momento a postulados de transparencia, rendición de cuentas, honradez, rectitud, respeto, discreción, integridad, imparcialidad, lealtad, espíritu de servicio, buena fe, etc. (…)”. Esto al demostrar un claro irrespeto a la comunidad feminista y la lucha activa ante las graves problemáticas de violencia hacia las mujeres que enfrentamos en la zona.

Asimismo, atenta contra el código de ética de la Municipalidad de Talamanca, el cual indica como uno de sus valores la solidaridad y llama a trabajar por el bienestar de la población del cantón y demás personas usuarias. Como consecuencia, esto empobrece la imagen de la municipalidad a la que se hace referencia en el inciso t, artículo 16 del Código de Ética de la municipalidad, el cual fue apoyado por él mismo en mayo de 2021.

El desprecio hacia nuestra marcha no solo refleja una falta de sensibilidad hacia las problemáticas que enfrentamos, sino también una actitud inaceptable para alguien en su posición de representante en el gobierno local. Hay que recordar que este colectivo no está aislado del resto de la comunidad y que forma parte de la Agenda Común de Mujeres Talamanqueñas.

Exigimos una disculpa pública por parte del regidor y llamamos a la comunidad a unirse en la defensa de la igualdad y el respeto. Continuaremos trabajando incansablemente por nuestros derechos y no toleraremos actitudes que menoscaben la importancia de nuestras luchas.

Unidas Talamanca seguirá comprometida con la construcción de una comunidad y una sociedad justa e inclusiva, libre de discriminación y desigualdad, fortalecida por el respeto.

¡Juntas y fuertes!

Jefe de Recursos Humanos presentó denuncia penal contra Catalina Crespo y Mario Zamora

La denuncia fue presentada por presuntos delitos relacionados con el deber de probidad, tráfico de influencias, incumplimiento de deberes, abuso de autoridad, entre otros.

Jueves 11 de agosto del 2022. El jefe de Recursos Humanos de la Defensoría de los Habitantes, Hernán Rojas Angulo, presentó una denuncia penal contra la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo Sancho, y Mario Zamora Cordero, Director del Despacho, por posibles delitos relacionados con el deber de probidad, tráfico de influencias, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes, entre otros.

En cumplimiento del artículo 281 del Código Procesal Penal, el Sr. Rojas Angulo interpuso una denuncia penal ante la Fiscalía Adjunta de Probidad, transparencia y Anticorrupción por presuntos actos irregulares e ilegales cometidos por Catalina Crespo Sancho, Defensora de los Habitantes, y Mario Zamora Cordero, quien al momento de los hechos fungía como Director del Despacho de Crespo.

Los delitos denunciados tienen relación con faltas al Deber de Probidad, incumplimiento de deberes, faltas al deber de control interno, abuso de autoridad, conflicto de intereses, tráfico de influencias, enriquecimiento y favorecimiento ilícitos.

Es importante señalar que cada uno de esos actos fueron debida y oportunamente advertidos por el Sr. Rojas Angulo directamente al Despacho de Crespo, sin embargo, nunca fueron atendidos como en derecho corresponde; por el contrario, la respuesta prepotente fue el hostigamiento y las constantes amenazas para que obedeciera, se callara y acatará las ordenanzasdel Director del Despacho presuntamente emitidas con órdenes superiores.

El Sindicato de Funcionarios y Funcionarias de la Defensoría, es conocedor de las numerosas advertencias que ha realizado el Jefe de Recursos Humanos para que los procedimientos se ajusten a derecho, cuando se ha incurrido en nombramientos sin el cumplimiento de requisitos, el pago prolongado de recargos injustificables, el favorecimiento a asesores y allegados al Despacho, los traslados forzosos de directores y funcionarios sin una justificación específica, las insinuaciones infundadas de corrupción, entre tantas otras estrategias de hostigamiento laboral.

No estamos ante un conflicto interno entre el funcionariado y la Defensora de los Habitantes y su despacho, no estamos ante un conflicto personal, cientos de voces de la sociedad civil organizada nos dan la razón: estamos ante una crisis en la Institución Nacional de Derechos Humanos de Costa Rica, provocada por el autoritarismo de una jerarca que violenta los derechos laborales del personal y que ha desmantelado la Defensoría de los Habitantes, a la vista y paciencia de las autoridades nacionales e internacionales.

Punto y Seguimos…

Reflexiones sobre el tráfico de influencias, deber de probidad y el Código de Deberes Éticos y Profesionales de los funcionarios públicos de la Universidad Técnica Nacional

Anais Patricia Quirós Fernández.

MSc. Anais Patricia Quirós Fernández
Académica Universitaria, Escritora
Carrera de Idioma Inglés y Programa Institucional Ingles para el Trabajo PIT
Secretaría de la Mujer, Genero, Equidad y Movimiento LGTBQI
Seccional Sindical Nacional ANEP-UTN
Sede del Pacifico, Sede Central
www.utn.ac.cr

1. El Tráfico de influencias: ¿Es una práctica ilegal? ¡SI! ¿En qué consiste? “Consiste en utilizar la influencia personal en ámbitos de gobierno o conexiones con personas que ejerzan autoridad para obtener favores o tratamiento preferencial; a menudo esto ocurre a cambio de un pago en dinero o especie” ¿Está penado en Costa Rica? ¡SI! La Ley No 8422 del 06 de octubre del 2004, “Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública”, en su numeral 52, crea el delito de tráfico de influencias, sancionado con prisión de 2 a 8 años. El término es opuesto a la Transparencia.

2. En Costa Rica las formas de corrupción han variado desde el uso ilegítimo de información privilegiada, el patrocinio, sobornos, extorsiones, fraudes, y la impunidad. ¿Recuerdan MECO Y HSOLIS?

3. La corrupción política facilita a menudo otro tipo de hechos criminales como el tráfico de drogas, el lavado de dinero y la prostitución ilegal. En Costa Rica, estamos guiados por la corrupción política sin restricciones. ¿Acaso vamos rumbo a la Cleptocracia? Del griego clepto, “robo” y cracia, “poder” = dominio de los ladrones donde todas las acciones delictivas quedan impunes, debido a que todos los sectores del poder ya están corruptos socavando la democracia, el buen gobierno, la legitimidad y los valores democráticos, tales como la confiabilidad y la tolerancia. ¡Se nos está acabando la paciencia! Costa Rica como organismo vivo está enfermo, tiene el pus y su tejido infectado consecuencia de corrupción política.

4. En la Universidad Técnica Nacional no solo debemos apegarnos a la normativa jurídica existente, para evitar caer en la tentación, sino también al Código de deberes éticos y profesionales de los funcionarios de la UTN como también a la Guía básica para ejercer con prohibidad la función pública de la Procuraduría de la Ética. El Código de deberes éticos UTN fue aprobado el 13 de agosto de 2015. Al 2022 solo tiene 6 años de su promulgación. Este es una herramienta de principios éticos que propone una cultura organizacional saludable dentro de un marco de legalidad y respeto. A su vez una educación basada en valores y correcto ejercicio profesional. Un documento vinculante. Este código, establece, que todas las actuaciones que realicen los funcionarios de la UTN deben ser jurídicamente validas y éticamente aceptables. Deseables para la sociedad y la institución, guiados por los principios de responsabilidad, calidad, equidad, respeto y compromiso. Quiere decir que al ser funcionarios públicos debemos cuidar nuestro accionar. No podemos olvidar que cada acción tendrá una consecuencia. En Código de la UTN establece que debemos ejercer nuestras labores de buena fe, respetando los principios de imparcialidad y transparencia, salvaguardando y dando preeminencia al bien común sobre lo particular.

5. Los conflictos de intereses – dice el Código- siempre suponen particular gravedad, especialmente, cuando implican decisiones sobre gestión de recursos, procesos de compras, contratación de personal y de servicios de terceros, entre otros. Por lo cual, en ninguna circunstancia, se debe poner en riesgo ninguno de los patrimonios de la Universidad.

6. En ese sentido, son deberes fundamentales del personal universitario, abstenerse de participar en los asuntos relacionados con la toma de acuerdos que impacten a la institución, mientras tengan algún tipo de interés personal diferente al de su esfera laboral o estén vinculados por relaciones de parentesco o afinidad. Así también, los procesos electorales internos deberán gestionarse con solvencia ética y jurídica, de conformidad con la regulación vigente del Tribunal Electoral interno y en pleno apego al ordenamiento jurídico costarricense.

7. Por último, un documento no menos importante en nuestra alma mater es la Guía básica para ejercer con prohibidad la función pública, de la Procuraduría de la Ética que textualmente nos expone que: “La probidad en el ejercicio de la función pública exige del servidor no sólo el cumplimiento estricto y riguroso de sus deberes y funciones (legalidad) sino, además, la convicción plena de hacerlo con apego a los principios y valores que demanda la sociedad, el servicio público y la investidura (ética).” El deber de probidad está asociado a la prevención de la corrupción, el incremento de la ética y la transparencia en la función pública. ¿Como buenos ticos diríamos que tiene este tema que ver con nosotros? ¡NOS INVOLUCRA EN MUCHO Y EN TODO! ¡A CADA UNO Y A CADA UNA! Como parte de esta institución de educación superior universitaria – www.utn.ac.cr-, y parte de una democracia, podemos levantar la voz y no permitir violaciones a nuestros derechos ni caer en el juego que es en realidad “fuego” de algunos que, por su posición, malversan sus acciones dejando luego una institución enferma, llena de funcionarios públicos indiferentes a lo que realmente nos involucra a todos y todas. ¡USTED TAMBIEN ES PARTE DE ESTA COMUNIDAD UNIVERSITARIA! ¡En guerra avisada mueren menos soldados!