Ir al contenido principal

Etiqueta: defensores

El proyecto de ley «para el reconocimiento y protección de las personas defensoras de derechos humanos y defensoras del medio ambiente» (expediente 23.588): breves reflexiones

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com

En la Gaceta Oficial de Costa Rica del 30 de marzo del 2023, se publicó el siguiente proyecto de Ley 23.588 (véase enlace, en pp. 2-7): se denomina «Ley para el reconocimiento y protección de las personas defensoras de derechos humanos y defensoras del medio ambiente».

Tratándose de un ámbito específico en el que son varios los avances del derecho internacional público que se han registrado (tanto a nivel de declaraciones, como de instrumentos normativos – sean estos de naturaleza universal o regional – así como a nivel de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos), se hubiese esperado verlas incorporadas en un proyecto de ley de esta naturaleza: se debe advertir de entrada que no es el caso.

En efecto, la lectura pormenorizada de este texto denota varias carencias y omisiones graves que evidencian la gran premura con la cual fue redactado, en particular en lo relativo a las personas «defensoras del medio ambiente«: detallaremos algunos de estos vacíos en las líneas que siguen.

Estas omisiones traducen la forma bastante peculiar con la que algunos en Costa Rica elaboran propuestas de ley en modo «express«. Y ello a pesar de la gravedad de la situación que viven muchos defensores del ambiente costarricenses: podemos referir a la muerte de dos líderes indígenas asesinados en menos de un año en la región de Salitre (Sergio Rojas, marzo del 2019 y Jerhy Rivera, febrero del 2020). En este 2023, en la misma fecha del Día del Ambiente, se leyó en el Semanario Universidad de parte de un reconocido ecologista costarricense (véase nota) que:

Responsabilizo a los señores del veneno si algo nos llegara a pasar a mí o a las personas del Frente Ecologista de Cipreses, sobre todo en estos días que se escucha que está pronta la prohibición del clorotalonil en Costa Rica, que tiene el agua de nuestras casas contaminadas y que venimos denunciando”.

Anteriormente, fue este mismo medio de prensa universitario el que hizo públicas las amenazas recibidas por un campesino defensor de la vida silvestre en la Península de Osa (véase nota de diciembre del 2022).

No está de más recordar que el temor y las intimidaciones inhiben a muchos a denunciar el impacto en la salud humana de personas pertenecientes a comunidades afectadas por la expansión piñera: se trata de una pesada y dramática deuda que arrastran desde muchos años las autoridades sanitarias y ambientales de Costa Rica (véase este muy completo reportaje del 2019 publicado en el medio digital Delfino.cr, cuya lectura se recomienda y el documental siempre de una gran actualidad: “No nos tapen la boca: hablemos de contaminación piñera. Homenaje a Mayra Umaña, lideresa ecologista”, programa Era Verde, Canal 15, 2014). Como dato de interés muy pocamente divulgado en Costa Rica sobre sus exportaciones de piña, se lee en un reciente informe de la FAO del 2022 (véase texto) que Costa Rica es «el mayor exportador del mundo con una cuota de mercado de casi el 70 %» (página 8, a completar con ilustrativo gráfico 6 en la página 9). En el 2009, un artículo de prensa ya advertía de la insensata expansión de las plantaciones de piña en Costa Rica (véase el artículo “Insensatez piñera: miopía empresarial y estatal abonaron graves secuelas», El Financiero, No.724, junio del 2009).

Una consulta previa que ¿se hizo o … no se hizo?

La lógica indica que antes de elaborar el texto de un futuro proyecto de ley, cual sea el ámbito de este último, existe una fase previa de consultas.

Al parecer o no se hizo, o bien se hizo con un grupo tan reducido de entidades abocadas a esta temática y de profesionales conocedores de esta temática, que muy pocos saben quiénes son.

Dada la amplia y compleja problemática a la que se pretende dar respuesta con el proyecto de ley 23.588, plantea interrogantes muy válidas el hecho que:

1) – no se haya hecho ninguna consulta, o bien;

2) – que haya sido a un grupo muy pequeño de entidades y personas, o bien;

3) – que fue tal la premura para presentarlo, que se obviaron lo que consideramos las etapas básicas que requiere todo proyecto de ley de previo a su formulación.

Esta consulta a la que referimos hubiera, sin lugar a duda, permitido imprimir a esta propuesta un enfoque mucho más integral y abarcar los muy diversos aspectos de la problemática que se pretende resolver mediante una nueva legislación en Costa Rica: desde las organizaciones sociales, desde jueces y profesionales en derecho y otras disciplinas, desde los asesores legales que trabajan a menudo con el sector ecologista costarricense, desde los centros de investigación y desde la misma academia, desde la experiencia ya existente en otras latitudes, desde las múltiples publicaciones, informes existentes, los insumos aportados hubieran sido de gran ayuda.

Es de notar que desde el 2015, un proyecto de ley 19.610 (véase texto) que sí dio pie para consultas espera pacientemente que los diputados costarricenses lo tramiten: busca simplemente reformar el código penal para incluir actos que atenten contra activistas de derechos humanos y sancionar a sus autores. Y es de recordar que otro proyecto de ley 21.245 presentado en febrero del 2019 (véase texto) sobre la aprobación del Acuerdo de Escazú, fue archivado el pasado 1ero de febrero del 2023 por la misma Asamblea Legislativa.

A modo de sugerencia que se puede hacer a los actuales legisladores de Costa Rica (o de cualquier otro Estado que busque proteger a las personas que defienden el ambiente mediante una nueva ley), desde el pasado 21 de abril la región de América Latina y del Caribe cuenta con un órgano colegiado constituido por expertos, que también podrían ser consultados de cara a formular el mejor contenido de una futura norma: en efecto, se designaron a los siete integrantes del Comité de Apoyo a la Aplicación y Seguimiento en el marco de la COP2 del Acuerdo de Escazú celebrada en Argentina. Una COP2 cuyos resultados tuvimos la oportunidad de analizar brevemente: véase enlace a nota nuestra publicada en el sitio especializado Actualidad Ambiental. En el caso de la candidata de nacionalidad costarricense, es de destacar que fue designada por los demás Estados Partes para integrar este mismo comité (al respecto, véase nota de OjoalClima del 1/5/2023, única referencia que encontramos en medios de información en Costa Rica celebrando su designación).

De algunos aspectos de forma algo básicos

Desde su mismo título, se hace evidente que los autores del proyecto de ley 23.588 ignoran varias cosas que, en lo personal, consideramos bastante básicas, y que a continuación procederemos a detallar.

Desde 1995, la legislación costarricense no usa el término de “medio ambiente” usado en otras latitudes, sino el de “ambiente”, como la misma LOA (y no LOMA) por las siglas de: Ley Orgánica del Ambiente (véase texto completo). Si el planeta es uno, si la Tierra es una, no hay razón para usar el término de “medio” al referirse al ambiente, que utilizan (por ejemplo) nuestros colegas en España. Sorprende el hecho que los autores costarricenses de este proyecto de ley ignoren los términos usados en Costa Rica para referirse al “ambiente” en la misma normativa nacional. Para su información, la Constitución Política contempla desde 1994 un artículo que no emplea el término de «medio ambiente» sino que se lee de la siguiente manera:

Artículo 50. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”.

Además, desde el 2018 existe un tratado regional que busca proteger a quienes defienden el ambiente (usando el término “ambiente “ o “ambientales” y no “medio ambiente” o medioambientales”…). Este instrumento jurídico consagra una expresión muy precisa que engloba a defensores de los derechos humanos y defensores del ambiente: se trata de la expresión “defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales”, tal como la encontramos plasmada en el Artículo 9 del Acuerdo de Escazú (véase texto completo). Dicho sea de paso, resulta más que llamativa la total omisión de toda referencia al Acuerdo de Escazú por parte de los autores costarricenses de este proyecto de ley. Esta omisión confirma (para algunos de nosotros) la sospecha que tenemos: muchos en Costa Rica, desde la misma Asamblea Legislativa (pero también desde el Poder Ejecutivo y desde otros espacios), opinan sobre el Acuerdo de Escazú – usualmente en contra – sin tan siquiera habérselo leído.

Cabe precisar que la propuesta original de incorporar en el futuro Acuerdo de Escazú una disposición específica sobre las personas que defienden el ambiente se debió a una propuesta conjunta de Chile, Costa Rica, Panamá, Paraguay y Perú (véase texto). El hacer mención de ello en un proyecto de ley como el 23.588 permitiría honrar esta valiente iniciativa que Costa Rica logró plasmar exitosamente con los demás cuatro Estados: convirtiendo de esta manera el Acuerdo de Escazú en un avance pionero notorio, al ser el primer tratado a nivel mundial en interesarse por proteger específicamente a quienes defienden el ambiente, muchas veces desde sus pequeñas comunidades.

De manera a conocer mejor la problemática que enfrentan los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, referimos también al informe del Primer Foro realizado en noviembre del 2022 en Quito, Ecuador, bajo los auspicios de la CEPAL (véase texto). Un segundo foro muy similar tendrá lugar en Panamá a finales de septiembre del 2023.

Dada la falta de conocimiento en la materia, es muy probable que los autores de este proyecto de ley ignoren también que el Acuerdo de Escazú cuenta con una “Guía de Implementación”, presentada formalmente en abril del 2022 por la CEPAL (disponible aquí).

La protección de los defensores del ambiente es una materia sumamente compleja y álgida, y requiere una serie de acciones del Estado para ser eficaz. Desde ya, se invita a los autores del proyecto de ley 23.588 a la lectura de lo que establece dicha Guía de cara a la implementación del Artículo 9 sobre defensores del ambiente (pp.145-52): en efecto, al compararse lo que encontramos en las pp.145-152 con la parte dispositiva del proyecto de ley 23.588, quedan en evidencia los graves vacíos y omisiones que contiene este proyecto de ley.

Nótese que desde el 2021, circula un valioso video preparado por la Universidad de Costa Rica (UCR) titulado «El Acuerdo de Escazú y los defensores del ambiente» (véase enlace) y que incluye entrevistas a varios defensores del ambiente costarricenses, uno de ellos, Jerhy Rivera, asesinado en el 2020 en la región de Salitre. Este primer video es completado por otro, relativo a la posición de una cámara empresarial costarricense, titulado «UCCAEP y el Acuerdo de Escazú» (véase enlace): ambas producciones audiovisuales de gran calidad, como muchas de las que salen con el sello de la UCR, son de las pocas que se han elaborado sobre el Acuerdo de Escazú en Costa Rica.

De algunos aspectos sustantivos inexistentes en el proyecto de ley

Como bien se sabe, la forma y el fondo de cualquier texto se entrelazan, y al analizar la primera (y sus carencias), vemos reflejado el segundo (y sus probables omisiones). Es el caso del proyecto de ley 23.588.

En este proyecto de ley nada aparece sobre las acciones penales por presunta difamación – acompañadas de acciones civiles resarcitorias con montos millonarios – que una y otra vez terminan desestimadas o archivadas por parte de los tribunales penales costarricenses. Una reforma al código penal permitiría que no puedan ser usadas con tanta facilidad. Estas acciones penales se presentan con una clara intención velada: la de infundir temor a una persona en Costa Rica, a su entorno más cercano, y la de perjudicar su labor de defensa y de denuncia durante los años que dura el procedimiento ante el sistema judicial costarricense (Nota 1). La doctrina anglosajona se refiere a este tipo de demandas como «SLAPP» por sus siglas en inglés: «Strategic Legal Actions Against Public Participation» (Nota 2). En Costa Rica, la polémica en torno a un proyecto minero de la empresa canadiense Infinito Gold dio pie para la presentación de cinco demandas de este tipo en el 2010 (Nota 3).

Muy relacionado a la omisión anteriormente observada, nada tampoco aparece en este proyecto de ley 23.588 sobre las garantías a la libertad de expresión que se extienden a los defensores ambientales y a todo defensor de derechos humanos en su labor: al respecto, en una sentencia del 2022 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre las acciones penales sufridas por un reconocido ambientalista chileno, se lee (en su párrafo 100) algo que debió inspirar a los autores de este proyecto de ley 23.588:

“la Corte considera que el respeto y garantía de la libertad de expresión en asuntos ambientales es un elemento esencial para asegurar la participación de la ciudadanía en los procesos relativos a dichos asuntos y, con ella, el fortalecimiento del sistema democrático a través de la vigencia del principio de democracia ambiental».

Por cierto, la expresión “participación ciudadana en materia ambiental”, que existe en un sinnúmero de regulaciones en Costa Rica y de sentencias de la Sala Constitucional (véase por ejemplo esta sentencia del 2012, y los desarrollos que en ella se lee en el párrafo V titulado «Sobre la participación ciudadana en los asuntos ambientales «), constituye una sólida base para asentar la necesaria protección de quienes defienden el ambiente. Desde 1995, la misma Ley Orgánica del Ambiente (véase texto) en su artículo 6 establece que:

«Artículo 6.- Participación de los habitantes. El Estado y las municipalidades, fomentarán la participación activa y organizada de los habitantes de la República, en la toma de decisiones y acciones tendientes a proteger y mejorar el ambiente«.

La misma Corte Interamericana de Derechos Humanos ha precisado el alcance de este verdadero derecho en su opinión consultiva OC-23 del 2017, dada a conocer en el 2018 (véase texto, en particular párrafos 226-232). Pese a su importancia, la expresión “participación ciudadana en materia ambiental” no encuentra mayor referencia en el proyecto de ley 23.588. Esta omisión nos parece bastante notable, por lo que nos permitimos desde ya plantear la siguiente pregunta: ¿tendrán algún tipo de problema con la participación ciudadana en materia ambiental los autores del proyecto de ley 23.588? (Nota 4).

Nada tampoco aparece en el proyecto de ley 23.588 sobre la imperiosa necesidad de dotar al Estado costarricense de un cuerpo de investigadores altamente especializado para investigar debidamente hechos en los que se atenta contra la vida de personas que alzan la voz en materia ambiental en Costa Rica. La indignante impunidad que rodea una muy larga serie de asesinatos o de amenazas contra personas que defienden el ambiente en Costa Rica, evidencia que el aparato estatal no sabe (o… ¿no quiere saber?) cómo se investigan este tipo de hechos.

Así por ejemplo, la lectura del muy completo informe remitido sobre el asesinato de Berta Cáceres en el 2016 en Honduras (véase texto completo del informe GAIPE del 2017) refuerza la idea de contar con investigadores sumamente experimentados para lograr dilucidar casos similares al de esta reconocida lideresa lenca opuesta al proyecto hidroeléctrico Agua Zarca, y para desenmascarar la estrategia (fallida) de encubrimiento intentada en un primer momento por las autoridades judiciales hondureñas para maquillar las verdaderas razones detrás de su asesinato.

¿Encubrir a los verdaderos autores materiales e intelectuales del asesinato de un lider ecologista (o bien a los autores de las amenazas que recibe esta persona estando en vida)? Así como se oye, y en realidad, la explicación es bastante sencilla: suele ser una tentación para algunas autoridades estatales, en particular cuando se observa a un Estado actuando en total sintonía con una empresa a cargo de un megaproyecto. En muchos casos, la extraña sensación de unísono Estado/empresa es compartida por muchos activistas ambientales en América Latina y en el mundo en general. En Costa Rica, en el caso de un polémico proyecto minero de una empresa canadiense declarado de forma inconsulta de «conveniencia nacional» por el Poder Ejecutivo en octubre del 2008, un titular de prensa optó por usar la palabra «contubernio» entre el Estado costarricense y la empresa canadiense Infinito Gold (véase nota de prensa). En el 2021, nos permitimos usar la expresión «desvergonzada simbiosis» entre el Estado y la empresa, a propósito de lo que hemos denominado el «affaire Crucitas» (Nota 5).

En este proyecto de ley tampoco aparece alguna disposición sobre la necesidad de tipificar penalmente la incitación al odio en contra de los ambientalistas: al respecto, un reciente caso contra ambientalistas del Caribe Sur costarricense (véase nota de SurcosDigital ) no ha dado lugar a ninguna amonestación por parte del Directorio de la Asamblea Legislativa en contra del diputado que los calificó de “terroristas” durante una audiencia celebrada en la misma Asamblea Legislativa. Con otro tipo de expresiones, en octubre del 2010, la Presidenta de Costa Rica también consideró útil y oportuno emprenderla públicamente contra los ecologistas (véase discurso a partir del mn 25:00 contenido en el documental «El Oro de los Tontos«), sin que a la fecha haya presentado disculpas o rectificado el contenido de sus palabras (o bien explicado a qué se debió de pronto tanta cólera de su parte en contra del sector ecologista costarricense…).

De manera que los autores de esta propuesta de ley, al parecer poco familiarizados con la problemática, conozcan mejor el abanico de «técnicas» para amedrentar a un colectivo de personas que claman por sus derechos, y que va desde amenazas e intimidaciones de todo tipo, a intentos de estigmatización y de campañas de desprestigio, pasando por acciones penales por presunta difamación y por incitación al odio que diversos sectores lanzan contra quienes defienden derechos humanos en distintas partes del mundo, los referimos a este informe de la ONG Amnistía Internacional y a este otro informe de la UICN (Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza) sobre los derechos de las personas que defienden el ambiente. Pueden completar útilmente sus conocimientos con este informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 2019 titulado «Empresas y derechos humanos: estándares interamericanos» (en particular pp. 118-129 y 156-172). Leyendo con detenimiento estos tres documentos, estamos seguros que se percatarán del hecho siguiente: la Defensoría de los Habitantes no es la entidad estatal más indicada en Costa Rica para proteger eficazmente a los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, tal como lo pretende de forma errónea este proyecto de ley.

La mecánica probablemente seguida para llegar a este proyecto de ley

La fundamentación del proyecto de ley 23.588 denota un profundo desconocimiento de la materia objeto de este proyecto de ley. Es presentada de una manera bastante original, al no referirse en ningún momento a principios del derecho ambiental vigente en Costa Rica y a las mismas regulaciones existentes desde 1995.

Intentaremos por lo tanto dar una explicación que permita entender cómo es que se pudo llegar a esta propuesta de ley con semejante formulación y redacción.

Al parecer, ante muy poco tiempo para elaborarlo, se usó un modelo de texto del 2016 sugerido en un fascículo de una reunión internacional auspiciada por Naciones Unidas (“Ley Modelo para el Reconocimiento y la Protección de las personas defensoras de Derechos Humanos” – véase texto completo y que se cita en la página 1 ) y luego se extendió su alcance de manera precipitada a las personas “defensoras del medio ambiente”, con los correspondientes añadidos que encontramos en los artículos 1 a 21 de la parte dispositiva así como en los artículos 22 (reforma a la Ley que crea la Defensoría de los Habitantes) y 23 (reforma al Código Penal).

A diferencia de lo que propone de manera bastante restrictiva el Artículo 3 en cuanto a definiciones, remitimos a lo sentenciado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la definición de las personas que se dedican a la defensa ambiental:

“»71. La definición de la categoría de defensoras o defensores de derechos humanos es amplia y flexible debido a la propia naturaleza de esta actividad. Por ello, cualquier persona que realice una actividad de promoción y defensa de algún derecho humano, y se autodenomine como tal o tenga reconocimiento social de su defensa, deberá ser considerada como persona defensora. En esta categoría se incluyen, por supuesto, los defensores ambientales, también llamados defensores de derechos humanos ambientales o defensores de derechos humanos en asuntos ambientales» (véase texto completo de la sentencia de la Corte IDH, caso Baraona Bray c. Chile, sentencia del 24/11/2022).

La simple lectura del precitado Artículo 9 del Acuerdo de Escazú (véase enlace a su texto) hubiera de igual manera ayudado a los autores de este proyecto de ley a usar los términos modernos con los que se define a una persona defensora de derechos humanos en asuntos ambientales.

De algunas omisiones notables sobre asesinatos de ambientalistas ocurridos en Costa Rica

Dicho sea de paso, encontramos en la fundamentación de este proyecto de ley una cita al caso de Jeanette Kawas Fernández contra Honduras, ambientalista asesinada en febrero de 1995 en Honduras, y cuyo asesinato dio pie para una importante sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en abril del 2009 (véase texto completo). Extrañamente, se omite toda referencia al hecho que en diciembre de 1994 y en febrero del 1995 aparecieron los cuerpos sin vida de cuatro ambientalistas costarricenses en la capital costarricense: tres en una casa incendiada en Moravia y el cuerpo del cuarto integrante en un parque de la Uruca. El denominado “caso AECO” nunca dio pie a ninguna sanción. En 1999 la Procuraduría General de la República (PGR) consideró – de una manera que nos parece sumamente cuestionable y cuestionada- que:

1.- De acuerdo con las autopsias realizadas y las investigaciones por muerte de los señores Oscar Fallas Baldí, María del Mar Cordero Fernández y Jaime Bustamante Montaño, la muerte de éstos se debió un incendio accidental.

2.- De acuerdo con la autopsia e investigación de la muerte de David Maradiaga Cruz, su muerte se debió a causas naturales” (véase texto completo del dictamen de la PGR – conclusiones -).

A casi 30 años de ocurridos estos hechos, el Estado costarricense no ha querido llevar a cabo una investigación sobre estas cuatro muertes que permita identificar y sancionar a los autores de estos cuatro asesinatos, con muy probablemente dos tipos de autores: los ejecutantes y los autores intelectuales, siendo los primeros comanditados por sectores económicos afectados por la labor de denuncia de estos ambientalistas.

Cada mes de diciembre, algunos universitarios y activistas buscan mantener vivo el recuerdo de estas cuatro muertes que oficialmente el Estado costarricense considera, para tres de ellas, “accidental” y la cuarta como “natural”: véase por ejemplo este artículo de nuestro colega Mauricio Álvarez y la publicación presentada en diciembre del 2020 sobre la larga lista de personas que, además de los cuatro ambientalistas precitados, han perdido la vida en Costa Rica en defensa del ambiente y que se titula: “Una memoria que se transforma en lucha: 30 años de criminalización del movimiento ecologista en Costa Rica”. Dicho sea de paso, ninguna mención se hace a esta valiosa recopilación presentada en el 2020, la cual podría ser de gran utilidad a la hora de pensar en elaborar una normativa eficaz para proteger a quienes defienden el ambiente en Costa Rica.

No incluir ninguna referencia al doloroso caso AECO resulta ser una omisión que se añade a la omisión de otro caso, mucho más reciente: en efecto, no encontramos ninguna mención en el proyecto de ley 23.588 al asesinato ocurrido el 31 de mayo del 2013 en Playa Moin de Jairo Mora Sandoval, que estremeció a toda la sociedad costarricense y a la opinión pública internacional. La investigación realizada por las autoridades fue tan deficiente que un tribunal optó en el 2015 por absolver a los sospechosos (véase nota de prensa), causando la profunda indignación de varias ONG (véase carta colectiva). Justamente el pasado 31 de mayo del 2023, se conmemoraron los 10 años de este vil asesinato: véase la única nota publicada en la prensa costarricense al respecto (Semanario Universidad). Las múltiples preguntas que planteamos al conmemorarse los 5 años de su muerte persisten en el tiempo sin mayores respuestas.

La tesis oficial, anunciada por el entonces Vice Presidente Alfio Piva en CNN (véase video) y ello sin que mediara investigación policial alguna, según la cual únicamente hueveros y narcotraficantes pudieron haber tenido interés en eliminar físicamente a Jairo Mora en Playa Moin aquel fatídico 31 de mayo, no nos convenció en su momento: 10 años después, sigue sin convencer a muchos en Costa Rica. Dicho sea de paso, estar declaraciones en CNN llevaron a un diputado indignado a expresar que:

«Esas declaraciones fueron la renuncia absolutas a las labores más fundamentales del Estado de resguardar la vida y la dignidad y espero una disculpa del Vicepresidente a la familia de Mora y que la forma mas clara de honrar la memoria es asumir desde el Estado la búsqueda de los culpables y la defensa de las tortugas» (véase nota de CRHoy).

Foto extraída de artículo de prensa del Tico Times del 2016, titulado «New trial in killing of Costa Rica conservationist Jairo Mora to start Jan. 25»

La omisión de toda referencia al caso de Jairo Mora pareciera confirmar nuevamente el desconocimiento por parte de los autores del proyecto de ley 23.588 con relación a lo que han vivido en Costa Rica los defensores del ambiente. En particular, sorprende el hecho que no se mencione ninguna de las recomendaciones hechas en su informe por el mismo Relator Especial de Naciones Unidas sobre Ambiente y Derechos Humanos a raíz de su visita a Costa Rica (puntos 54 -57 sobre el caso de Jairo Mora Sandoval y las recomendaciones más generales hechas a Costa Rica en los puntos 67-68). Dado que el contenido de este valioso informe está disponible desde muchos años para todos los que se interesan por la protección de los defensores del ambiente en Costa Rica, nos permitimos reproducir lo que se lee en el informe A/HRC/25/53Add.1 (el cual fue presentado en Naciones Unidas en el 2014) en su punto 67, y que podría útilmente inspirar a los autores del proyecto de ley 23.588:

“En quinto lugar, en lo que concierne al riesgo de hostigamiento y violencia contra los defensores de los derechos humanos que trabajan en la esfera del medio ambiente, el Experto independiente recomienda a Costa Rica que intensifique aún más sus esfuerzos no solo por responder a las amenazas y los actos de violencia, sino también por prevenir las situaciones que dan lugar a esos problemas. El Experto sugiere a Costa Rica que estudie seriamente la posibilidad de establecer una comisión o un órgano equivalente, con representantes de un amplio abanico de interesados, que tenga el mandato de examinar la historia y la situación actual de los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones ambientales en Costa Rica y de formular recomendaciones sobre la manera más adecuada de mejorar su protección».

Desde el 2014, esta recomendación (así como muchas otras) no ha encontrado eco en el aparato estatal costarricense. Dadas las omisiones de todo tipo que van en aumento conforme se lee este proyecto de ley, nos permitimos plantear las siguientes preguntas: ¿será que ignoran los autores de este proyecto de ley que en el año 2014, se presentó en Naciones Unidas un informe sobre la visita realizada por el Experto Independiente sobre Derechos Humanos y Ambiente? Si es así ¿será que desconocen las diversas conclusiones y recomendaciones formuladas a Costa Rica desde el 2014? Si este fuera el caso, no estamos ante un proyecto de ley que busque realmente proteger a alguien en particular en Costa Rica, sino ante algo que se asemeja a una simple maniobra de otra índole.

Es de notar que pese a estos llamativos vacios, se citan como únicos casos en Costa Rica registrados, los asesinatos de dos líderes indígenas, Sergio Rojas y Jerhy Rivera, ocurridos en Salitre en marzo del 2019 y en febrero del 2020: al respecto, cabe precisar que la dramática problemática que enfrentan los pueblos indígenas en Costa Rica al verse despojados de sus derechos sobre sus propios territorios es mucho más compleja y ameritaría una legislación particular de cara a la protección de sus líderes comunitarios en sus territorios (así como fuera de ellos). Un informe de la máxima instancia de la Universidad de Costa Rica (UCR) así lo detallaba en el 2017 (véase informe). Por cierto, en su informe del 2022 que tuvimos la oportunidad de comentar (Nota 6), el Relator Especial de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, a raíz de su visita a Costa Rica, sugirió al Estado costarricense presentar formalmente una disculpa pública a las comunidades indígenas: una recomendación que útilmente podría materializar la Asamblea Legislativa costarricense a través de un pronunciamiento – y que a la fecha no se ha hecho.

A la sugerencia anterior quisiéramos añadir otra: recomendamos que al reiniciarse (algún día) la propuesta de ley sobre autonomía de los territorios indígenas por parte de la Asamblea Legislativa (archivada sin voto en agosto el 2020, dando lugar a una actuación bastante vergonzosa de la misma Asamblea Legislativa denominada desde entonces por las comunidades indígenas “la arrastrada”), se incorporen debidamente medidas legales para proteger a líderes indígenas que defienden los derechos de sus comunidades y prevenir actos de intimidación en su contra. Tuvimos la oportunidad en el 2020, al conmemorarse los 10 años de aquella triste noche, de analizar la deuda histórica que acumula Costa Rica con los derechos de las poblaciones indígenas. Un reciente y muy completo artículo publicado en el 2021 en España titulado «La historia detrás de la muerte de Sergio Rojas» (véase enlace) detalla la complejidad de la situación de violencia que viven a diario los indígenas costarricenses en la región de Salitre: a la fecha, el Estado costarricense no ha sancionado a nadie por el asesinato de Sergio Rojas, reconocido líder indígena, acaecido en marzo del 2019 y que llevó a Naciones Unidas a intimar a Costa Rica a ser mucho más atenta al clima de violencia contra líderes indígenas amenazados (Nota 7). En septiembre el 2020, el Ministerio Público intentó archivar este caso (véase nota de prensa), lo cual fue rechazado por un tribunal de justicia en enero del 2021 (véase nota de prensa).

Finalmente, la ausencia en este proyecto de ley 23.588 de toda referencia a mecanismos implementados a nivel nacional por algunos Estados como en Perú (véase por ejemplo el mecanismo de protección elaborado en el 2021 con la creación de una Unidad Funcional de Delitos Ambientales, UNIDA, y un reciente análisis a dos años de su creación) o bien en México (véase el mecanismo creado que se puede revisar en las pp. 159-181 de esta publicación de la Comisión Mexicana de Defensa y Protección de los Derechos Humanos y su reforma adoptada en el año 2022 por el Congreso) nos confirma lo que todo asesor parlamentario debe saber: la precipitación es todo menos una buena compañía a la hora de elaborar un texto.

A modo de conclusión

Una fundamentación de un proyecto de ley tan pobre, careciendo de tantos elementos básicos, permite afirmar que resulta absolutamente falaz sostener, como se lee, que este proyecto de ley “busca constituirse como un instrumento del ordenamiento jurídico costarricense para proteger y reconocer los derechos fundamentales de las personas defensoras de los derechos humanos y defensoras del medio ambiente, con base en los estándares dictados por la normativa, declaraciones y jurisprudencia internacional en la materia”.

Adicionalmente, unas omisiones tan desconcertantes y unos vacíos tan sorprendentes con relación a los avances que se han dado desde que se adoptó el Acuerdo de Escazú en marzo del 2018, solo pueden dar pie a una parte dispositiva que mantenga estas características, por lo que desde ya se sugiere modestamente a los autores de esta propuesta lo siguiente:

– 1) que actualicen sus conocimientos en la materia;

– 2) que pidan asesoría de colectivos de derechos humanos y de ambientalistas costarricenses que conocen de las limitaciones del ordenamiento jurídico y de personas que han sufrido intimidaciones, amenazas, intentos de desprestigio, etc… en los últimos 30 años, y;

– 3) que busquen, desde el sector académico o desde algun otro sector, la manera de pedir la asesoría a los diversos expertos y juristas con los que cuenta Costa Rica en esta precisa materia.

Todo ello en aras de garantizarse que se elaborará una verdadera propuesta de normativa, protectora de los derechos de quienes defienden el ambiente en Costa Rica y esta vez sí, “con base en los estándares dictados por la normativa, declaraciones y jurisprudencia internacional en la materia”.

Como un pequeño detalle, que puede explicar el origen de tan súbito interés en esta compleja temática, concluiremos con la siguiente idea: dado que el Acuerdo de Escazú fue formalmente archivado por la Asamblea Legislativa el 1ero de febrero del 2023 y que este proyecto de ley fue puesto a circular en la corriente legislativa el 27 de febrero del 2023 según se desprende de su ficha técnica, el proyecto de Ley 23.588 puede entenderse como un intento (algo burdo) de remediar ante la opinión pública nacional e internacional lo tristemente irremediable.

Esta sencilla relación de fechas permite entender mucho mejor la premura con la que se ha elaborado este proyecto de ley 23.588.

– – Notas – –

Nota 1: En el caso del acueducto Coco-Sardinal en Guanacaste, fueron siete las personas objeto de acciones penales de este tipo en el 2008. En el caso de la planta cementera ubicada en el centro de San Rafael de Alajuela, fueron varios los demandados en el período 2010-2011. Sabemos de varias personas que denunciaron la expansión piñera en Siquirres en el período 2007-2011 y que también fueron objeto de demandas penales acompañadas de acciones civiles resarcitorias con montos millonarios. En el caso del denominado proyecto minero ubicado en la localidad de Las Crucitas, fueron cinco las personas demandadas en el 2011 por la empresa canadiense Infinito Gold, de las cuales dos diputados.

Nota 2: Estas acciones penales buscan ante todo presionar e intimidar a líderes ecologistas, campesinos, indígenas o bien de otros colectivos sociales que alzan la voz ante los atropellos de los que son víctimas por parte de empresas y de corporaciones. Su objetivo es claramente de carácter intimidatorio y en la doctrina anglosajona se denominan «SLAPP actions» (Strategic Legal Actions Against Public Participation). Este valioso informe titulado “Silencing Human Rights and Environmental Defenders: The overuse of Strategic Lawsuits against Public Participation (SLAPP) by Corporations analiza el impacto de estas acciones penales, mientras que en este enlace se encontrará un informe publicado en el 2022 que recoge parte de la práctica en América Latina, titulado «SLAPPS in Latin America”.

Nota 3: Se trata de demandas penales interpuestas por la empresa minera Infinito Gold contra dos diputados (véase nota de Panamaamérica del 2011), así como contra un líder comunal y dos profesores universitarios. Con relación a estas últimas tres demandas, en el 2012 los demandados publicaron un artículo titulado “Audiencias con el Infinito: ausencias…” en La Nación (véase artículo en la edición del 3/07/2012 y reeditado en Kioscos Ambientales) sobre extrañas patologías recurrentes de los abogados de la empresa tendientes a aplazar, en tres causas penales distintas, las audiencias ante el juez programadas para resolver estas tres demandas (que fueron finalmente desestimadas). El programa Era Verde del Canal 15 de la Universidad de Costa Rica (UCR) dedicó dos interesantes emisiones sobre la suerte de estas cinco demandas por presunta difamación interpuestas por Infinito Gold (véase video1 y video2), incluyendo entrevistas a las personas acusadas por la empresa minera canadiense.

Nota 4: Cabe recordar que en el 2008, la única ley aprobada por la Asamblea Legislativa y que fue vetada por el Poder Ejecutivo costarricense durante todo el período 2006-2010, fue la «Ley para Fortalecer los Mecanismos de Participación Ciudadana en materia ambiental» (véase texto completo acompañado del texto del veto presidencial del 24 de noviembre del 2008). En el informe de labores para el período 2008 de una influyente cámara empresarial, leemos que: «Así mismo, para finales de año UCCAEP ejerció la presión necesaria para que el Presidente de la República vetara la Ley Ambiental. Para ello se publicaron una serie de artículos de opinión y a través de varios representantes se tuvo presencia mediática en torno a la posición del sector empresarial con respecto a la Ley aprobada por la Asamblea Legislativa» (véase texto del informe de la UCCAEP titulado «Informe de Labores, Marzo 2009», p. 36).

Nota 5: Véase BOEGLIN N., «Infinito Gold contra Costa Rica. El reciente laudo arbitral del CIADI sobre el proyecto minero ubicado en Las Crucitas«, Portal de la Universidad de Costa Rica, edición del 15/06/2021, disponible

aquí.

Nota 6: Véase BOEGLIN N. «Costa Rica y pueblos indígenas: informe de Relator Especial exhibe graves y persistentes lagunas«, La Revista.cr, edición del 30/09/2022, disponible aquí. Una versión anterior preliminar fue publicada en el portal de la Universidad de Costa Rica (UCR): «Informe del Relator Especial exhibe graves y persistentes lagunas del país«, Portal de la Universidad de Costa Rica, Sección Voz Experta, edición del 10/06/2022, disponible aquí.

Nota 7: Véase al respecto nuestra nota BOEGLIN N., «Asesinato en Costa Rica del líder indígena Sergio Rojas: carta de Naciones Unidas hecha pública«, Red Internacional de Derechos Humanos (RIDH), 3 /06/2019. Texto completo disponible aquí.

Se proyectan imágenes de ecologistas y defensores del territorio asesinados en las paredes de la Asamblea Legislativa

  • Conmemoran a personas asesinadas en Costa Rica por defender la naturaleza y los Derechos Humanos

  • Aprobación del Acuerdo de Escazú es deuda ante la sistemática impunidad en delitos por pérdida de vidas de activistas

(Bloque Verde, 05/06/2021) En los muros de la nueva Asamblea Legislativa se vieron los rostros de ecologistas y defensores del territorio víctimas de asesinatos, en el país que hoy se autodenomina el paraíso de la conservación de la naturaleza y que se niega a adoptar medidas concretar para protegerles.

Se logró apreciar frente a la Asamblea las caras de Jehry Rivera, Sergio Rojas, Diego Armando Saborío, Jairo Mora, Kimberley Blackwell, David Maradiaga, Jaime Bustamante, Oscar Fallas, María del Mar Cordero, Jorge Aguilar, Óscar Quirós, Antonio Zúñiga y Olof Wessberg. En esto últimas tres décadas se han registrado al menos 25 atentados contra personas defensoras del ambiente, de estos 13 han resultado en pérdidas humanas.

En el Día Mundial del Ambiente declarado así desde 1972 a raíz de la primera cumbre internacional sobre cambio climático, la sociedad costarricense está en deuda con quienes con sangre han pagado muchos de los honores que hoy se presumen en temas ambientales. Hoy 49 años después de la famosa “Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano” el movimiento ambiental clama por justicia ante las agresiones y asesinatos de defensores y defensoras de la naturaleza, los ecosistemas y los pueblos que los habitan.

El pasado 3 de junio, Luis Diego Hernández, Fiscal Ambiental Adjunto en conferencia de prensa señaló que el país vive un incremento de la participación del crimen organizado en actividades destructivas relacionadas principalmente con la agroindustriales, el tráfico de fauna silvestre, la construcción de pistas para aterrizaje dentro de áreas protegidas para uso de los narcotraficantes y la expansión inmobiliaria sobre ecosistemas frágiles como Zona Marítimo Terrestres o humedales. Esto sin duda es un factor de riesgo importante para las personas que defiende la naturaleza.

La proyección de los rostros en las paredes de la Asamblea Legislativa de activistas ambientales que perdieron la vida es un reclamo ante la impunidad en la que se sumergen estos crímenes. La intención es poner en evidencia que el conjunto de leyes costarricenses no contiene herramientas claras y efectivas para proteger la vida de los que defienden ecosistemas enteros.

Según Angélica Alvarado Barrantes, del Movimiento Ríos Vivos: “la pandemia es una realidad, pero no es posible que la indignación y la rabia no nos mueva a exigir justicia por los compañeros y compañeras amenazadas, violentadas y asesinadas por defender la vida y el territorio. Es inaceptable que un grupo de diputados usen argumentos falsos para oponerse a la ratificación del Acuerdo de Escazú, que justamente es un instrumento que pretende garantizar el acceso a la justicia”.

 

Compartido con SURCOS por Angélica Alvarado.

Defensores de los Saqueadores

Macv Chávez

“Me gustaría soñar con que el pueblo ha aprendido de esta «pandemia» y decir que no volveremos a lo mismo, porque el pueblo se levantará con su acción para ser un mundo mejor. Me gustaría soñar con esta utopía, pero todavía tengo que estar despierto para comer.” – 2020.

Siempre me había preguntado la razón por la cual la policía y demás autoridades del gobierno municipal, regional y nacional golpean desenfrenadamente a los que les dan de comer: al pueblo, cosa que no comprendía por más que le daba vueltas y vueltas, por más que me decían que era porque están obligados a seguir órdenes de sus superiores, entre otras cosas; pero hoy, pude verlo con mayor claridad, cuando en la calle Bolognesi oí un grito desesperado, el que me llevó a dejar el almuerzo para darme media vuelta y contemplar a un señor que se ponía al frente de un carro municipal o policial, abrazando al vehículo para que sienta su dolor, su impotencia, porque los otros no lo sentía, porque penosamente este grupo que andaba en el carro, según mi mala visión, desde policías municipales hasta los de verdad, estaban avanzando con mercadería robada, sí, robada, robada por estas dizque “autoridades”, porque eso de decomisar a la gente que se busca la vida diaria y honradamente no es más que un robo a mano armada de leyes y normas que solo sirven para la opresión y represión del pueblo, tal y como lo hacen las autoridades de gobierno, a las que suelen defender muchos policías y demás sujetos del orden cuando existen luchas por injusticias sociales, donde se oprime al pobre solo por tener el poder, ese poder que el pueblo deposita en ellos para que los representes, no para que le hurten ni los aplasten y menos humillen como muchas veces suelen hacerlo.

Es evidente que tenemos serios problemas sociales, para lo que se requiere la representación de toda esta gente en el poder o gobierno; pero, penosamente, por otra parte, también tenemos serios problemas con las autoridades, porque llevamos siendo conducidos por la sobrevivencia, razón por la cual esta gente del poder en mayoría termina siendo indiscutiblemente ladrona, delincuente, miserable, corrupta, motivo por el cual como sociedades no podemos progresar como corresponde, al punto de vemos forzados -en mayoría- a buscarnos la vida como sea, y esta es una muestra clara e indiscutible de cómo estamos como país, porque hoy por hoy bordeamos un poco más allá del 90% de desempleo, esa que conocemos como la informalidad, donde la mayoría sale a buscarse el día a día, de formas distintas, algunos honradamente porque saben el valor de la vida, del amor propio y el respeto al otro, y otros simplemente van de sabios y grandes en la vida aprovechándose de los más débiles, que en sí yo no lo llamaría débiles, porque en una sociedad tan miserable y corrupta como la que nos encontramos hay que ser bien valiente para vivir honestamente, con honor, don dignidad, sin abusar ni estafar de nadie, cosa que no sucede con muchas autoridades o trabajadores del estado que se prestan o vendan los ojos antes cientos de miles de injusticias sociales que se cometen a diario, simplemente porque tienen su sueldo asegurado, ese sueldo que sale del pueblo, aunque muchos de ellos no paguen sus impuestos directamente, pero son los grandes consumidores de las grandes empresas a las que hacen pagar impuestos aparentemente, pero que en el fondo es el pueblo el que lo paga, porque finalmente la mayoría de productos de estas grandes empresas las consume el pueblo, una cosa curiosa y valiosa de reconocer.

Es un hecho indiscutible que tenemos que entender: el pago de los impuestos es de vital importante para el desarrollo de la sociedad, tan igual como también es imprescindible disminuir enormemente la corrupción, porque eso de desaparecerla en nuestras sociedades paupérrimas es una utopía, simplemente porque el ser humano todavía no ha aprendido a ser persona, y por eso muchas veces contemplamos injusticias sociales como normales o con reacciones de momento, solo para sobrevivir o ayudar a sobrevivir al prójimo, sin lograr ver más allá, en el tiempo, y por eso no dejaremos de seguir contemplando las mismas injusticias sociales constantemente, en la vida diaria, simplemente porque no hacemos o luchamos para cambiarlas de raíz, y la fuente de eso están en las leyes y normas que nos rigen como sociedades, pero también en la formación humana de cada persona; aunque a estas alturas de la vida solo dan ganas de decir suciedades en vez de sociedades y animales domésticos en vez de personas, simplemente porque para haber evolucionado tanto en el conocimiento y los derechos del hombre todavía seguimos siendo un asco de humanidad, y no hablo en absoluto, sino en mayoría, esa mayoría que es la que impone el sistema de vida, sino no tendríamos la miserable realidad que vemos a diario, pues la realidad sería otra si tan solo aprendiéramos sobre la dignidad del ser humano más allá de nosotros mismos, más allá de andar buscando una vida digna en una sociedad tan miserable.

Por otro lado, es evidente que existen muchas personas que estamos cargados de este asco a la sociedad, donde algunos cuantos buscan accionar de alguna forma para mejorarla y otras simplemente se han aislado y limitado a buscar su vida digna para no contaminarse con tanta basura; pero, siento confesar que estas acciones solo son consuelos de momento, mismas acciones revolucionarias hormonales, como el 14N vivido el año pasado, como la que hoy pude contemplar cuando la gente se metió a defender al señor hasta recuperar su mercadería, la cual es una muy valiosa acción, pero también limitada, sin un ideal en sí, porque el carro no solo tenía mercadería de ese señor, sino también de otra u otras personas, porque creo que habían algunos productos más que fueron “decomisados”, vamos, robados, sí, literalmente robados, porque lo “decomisado” ya no es devuelto a su dueño, porque muchas veces se lo reparten entre ellos; cosa que me conduce a preguntar: ¿Las otras personas no tenían la misma necesidad? ¿Ellos no sufrieron el robo solo porque no lucharon a morir como lo hizo el señor al ponerse al frente del carro? Esto es algo que me retuvo en la contemplación, porque mis ganas de subirme al carro y sacarme la M con esos malnacidos de policías o policías municipales era grande, infinita, porque no dejaban de golpear a la gente que quería recuperar lo del señor. Pero, la violencia no se soluciona con violencia, quizás sirva temporalmente para librar a alguien, pero no sirve para acabar realmente con el problema, pensé en ese momento, y simplemente me limité a pensar y reflexionar sobre este hecho que me produce impotencia, una importancia cargada de rabia, cólera, ira, porque no podemos seguir jugando en esta vida al superviviente (al que vive bajo el sudor del otro solo porque tiene poder) y al sobreviviente (al que lucha día a día para salir adelante a pesar de las adversidades de la vida y de forma honrada), porque esas son formas inhumanas de vivir, porque finalmente todos deberíamos tener la libertad de poder trabajar dignamente, para vivir de la misma manera. Por ende, debemos tener conciencia de la realidad para no llegar a niveles de opresión ni miseria, a niveles inferiores a la dignidad del hombre.

Si bien es cierto que la informalidad podría perjudicar de alguna forma a los negocios formales, también es cierto que esa informalidad muchas veces permite que mucha gente pueda atender sus necesidades básicas, por ende, la solución no está en robarles sus productos, ni abusar del poder para formalizarlos, sino buscar formas que permitan convivir a ambos dignamente, porque finalmente en realidades tan atropelladas como la nuestra ambos contribuyen a mantener la economía del país, porque si estos señores no consumieran nada, muchas empresas no tendrían las ganancias que tienen, porque la economía se mueve en todos los niveles sociales, siendo la masa la que más consume, por ser mayoría, y por lo tanto la que más impuestos aporta al estado, indirectamente, porque finalmente el impuesto viene incluido en cada compra que realizamos, no se desprende de las ganancias que tiene el empresario; por ende, creo que es tiempo de que el pueblo aprenda a tener el poder, pero para eso es indispensable tener consciencia, y para ello necesitamos formarnos como personas, en igualdad con el otro, sin distinción de títulos ni clases sociales, sino en unión del derecho y del deber, conociendo nuestros derechos civiles, reformando la educación básica para elevar el nivel de la superior y salir de tanta mediocridad, porque si seguimos estando aislados, seguiremos siendo los oprimidos u opresores de la corrupción, de la miseria.

Finalmente, por momentos pienso que la solución ante tanta miseria humana está en la anarquía, pero en una sociedad tan mediocre como la nuestra vivir en anarquía es imposible, porque eso no sería para vivir en armonía, sino en el caos, donde afloraría de peor forma la miseria humana que llevamos cargando en nosotros solo por el instinto de supervivencia y sobrevivencia, ese que se pervierte constantemente gracias a las constantes praxis sociales, esa que busca justificar la miseria con un “así es la sociedad”, “así es la moda”, “así son las cosas y yo no puedo hacer nada para que cambie”, “tengo que adecuarme a ella”, dichos que no hacen más que mostrar nuestra resignación ante la falta de evolución del ser, ante la propia incapacidad de pensar por nosotros mismos, por reconocernos como seres humanos, como animales racionales, trascendentales, logrando hacer aflorar en el día a día la miseria, esa que nos domina desde el poder político hasta las calles, simplemente porque no nos dedicamos todos a combatirla con un ideal en conjunto, con identidad nacional o humana, tomando el poder para ejercer prácticas de convivencia acordes a la dignidad del ser, sin injusticias sociales, y todo gracias a que seguimos desunidos, aislados, desnutridos del ser, mirando la realidad desde la comodidad de nuestras vidas, desde la paz de nuestros hogares, o simplemente desde el drama de nuestra existencia, buscando disfrutarla con cosas banales o efímeras solo para decir que hemos disfrutado de la vida, sin importarnos los otros, sin ir más allá de los nuestros o de los que son como uno, simplemente porque finalmente el mundo es así durante cientos o miles de años, algo que me parece el pensamiento más fracasado para haber evolucionado tanto en conocimiento en los últimos dos mil años, para haber avanzado tanto en tecnología en los últimos doscientos años, sin llegar a comprender ¿para qué carajos nos sirve tanta evolución del pensamientos si vamos a seguir girando en la misma miseria de siempre, en la del superviviente y sobreviviente, es decir, la del opresor y oprimido?

Arequipa, 19 de mayo de 2021 a las 20:25 horas

Audiencia del Estado de Nicaragua ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos

El pasado 6 de mayo se llevó a cabo la Audiencia Pública ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de medidas provisionales para las y los integrantes del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) y de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH).  A la audiencia se presentaron las personas beneficiarias de las medidas, sus representantes legales, y Wendy Morales Urbina, Procuradora General de Nicaragua.

El Estado debió rendir cuentas ante la Corte por la violencia que sufren personas defensoras beneficiarias de medidas de protección. Aunque se esperaba que se expresara sobre las acciones implementadas para garantizar los derechos de las personas defensoras, el discurso de Morales fue de estigmatización y violencia.

“La Procuradora, en una tácita aceptación del hostigamiento dijo que la vigilancia policial que mantuvieron frente a las instalaciones del CENIDH, así como la que me sigue a todas partes, se hace para protegernos; pero no mencionó que luego el gobierno nos sacó y usurpó nuestras instalaciones, ni reconoce que es la misma policía la que obstaculiza nuestra labor”, comentó la Dra. Vilma Núñez de Escorcia, presidenta del CENIDH. Además, expuso el intenso hostigamiento que recibe por parte de la policía que la vigilan y siguen constantemente, aún en momentos privados.

Por su parte, Gonzalo Carrión, presidente del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más, se refirió a las descalificaciones que hizo la Procuradora sobre el hecho de que él mismo y varias personas que integraban el CENIDH, se vieron forzados al exilio. “El nuestro no es un caso aislado, cientos de miles de nicaragüenses han tenido que salir del país para resguardar sus vidas, y quienes se han quedado en Nicaragua, como doña Vilma, se encuentran en peligro todos los días”.

La Corte IDH, ya ha indicado que los Estados deben reconocer los riesgos inherentes a la labor de defensa y los insta a elaborar mecanismos de protección y protocolos de investigación en casos de riesgo, amenazas y agresiones a defensores y defensoras de derechos humanos

Las peticionarias esperan que la Corte IDH requiera al Estado que se abstenga de seguir ejecutando acciones que ponen en peligro los derechos de las personas beneficiarias y  que asegure un ambiente propicio para la defensa de derechos humanos, así como cesar las campañas de hostigamiento en contra las personas defensoras.

La directora del programa de Centroamérica y México del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, Claudia Paz y Paz, recordó que han transcurrido 18 meses desde que la Corte IDH otorgó medidas de protección al CENIDH y a la CPDH, sin que el Estado de Nicaragua haya adoptado acciones para proteger la vida y la integridad de las personas beneficiarias.

 

Información compartida a SURCOS por Seidy Salas del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional.

Apoyo virtual “¡Ratifiquemos el Acuerdo de Escazú en Costa Rica!”

En próximos días la Asamblea Legislativa debatirá sobre la aprobación del Acuerdo de Escazú en Costa Rica, una oportunidad histórica para proteger el medioambiente y a quienes lo defienden en nuestro país.

Queremos pedir su apoyo para que la votación sea favorable: usando este enlace puede enviar un correo a diputados y diputadas pidiendo que voten a favor de la aprobación del Acuerdo: http://bit.ly/EscazuAhoraEnCostaRica. ¡Solo toma un minuto!

Con la herramienta también puede compartir la acción en las redes sociales para que podamos dar la mayor visibilidad posible a la votación. También puede ayudarnos reenviando este correo a sus contactos. ¡Necesitamos llegar a la mayor cantidad de personas posibles! 

Información compartida con SURCOS por Fundación Friedrich Ebert .

Racismo y Esclavismo en el contexto de la Campaña Nacional

(Conferencia dada por Vladimir de la Cruz de Lemos, Historiador, Secretario de la Academia Morista Costarricense, en la Biblioteca Nacional “Miguel Obregón Lizano”, con motivo de la celebración de la Semana Morista, el miércoles 30 de setiembre del 2020)

El Destino Manifiesto fue la manifestación política realizada por los Estados Unidos, desde sus inicios en el siglo XIX, durante este siglo e inicios del siglo XX, particularmente, para expresar sus afanes expansionistas, de manera especial sobre los territorios de la América hispana, desde que empezaban a surgir y desarrollarse los Estados y las Repúblicas en la América, y el Estado mismo de los Estados Unidos, aún con su débil estructura federal, desde una perspectiva geopolítica de la época, que se proyectó a partir de allí, sobre el continente, de diversas maneras hasta nuestros días.

Se justificaba esta doctrina en la idea de que la Providencia, Dios, había dado esa misión a los Estados Unidos. Era también la idea de llevar la “civilización” en punta de lanza por el continente, expandiéndose territorialmente, a la vez que era una forma de enfrentar, confrontar y debilitar las relaciones comerciales que se estaban estableciendo por los países recién independientes del continente con Europa, con Francia e Inglaterra particularmente, y mejorar las relaciones comerciales de los Estados Unidos con esos países.

Desde 1823 se empezó a perfilar la idea, en lo que se conoce como la Doctrina Monroe, que se le debe a John Quincy Adams, de que cualquier intervención europea en el continente se consideraría un acto de agresión, por parte de los Estados Unidos.

Lo que inicialmente era una política contra el colonialismo europeo en la región, frente a los procesos independentistas, se convirtió en la práctica en una doctrina geopolítica de proyección y control de los Estados Unidos en la región. El Presidente Jefferson señaló, luego, que América, los Estados Unidos, tenía un continente para sí misma, desembocando en la política expansionista de los Estados Unidos.

La Doctrina Monroe impulsaba a disponer de más territorio, de extenderse hacia el oeste, y de expandirse, si fuera del caso, con aplicación de la fuerza. Con la adquisición de Texas, 1844-1848, se puso de manifiesto esta intención.

Los líderes de la Independencia latinoamericana reaccionaron contra esta tesis. Al principio favorablemente respecto a la tesis de Monroe, y luego por el líder independentista centroamericano, José Cecilio del Valle, y el venezolano, Simón Bolívar, con el Congreso Anfictiónico de Panamá, de 1826, donde se empezó a esbozar el sentimiento panamericano, enfrentado a la Doctrina Monroe que empezaba a verse como un medio de expresión de la política de los Estados Unidos, lo que se manifestó, poco tiempo después, con la adquisición de los territorios de México, y en el conflicto de Estados Unidos con Inglaterra que también tenía intereses en Centroamérica. Igualmente, Francia tenía intereses en esta región. Al terminar esta década, de 1850 y 1860, se consolida más en la región la presencia estadounidense y se repliegan los ingleses.

Por su parte, los Estados Unidos realizaba las incursiones, como la de William Leslie Cazneau, en Bahía Samaná, en 1854, en República Dominicana, y la de William Walker en Nicaragua y Centroamérica. Anteriormente, en 1833, las había tenido Inglaterra con la ocupación de las Islas Malvinas, y la misma ocupación de la costa de los Mosquitos en Nicaragua. También las potencias europeas se proyectaban en la región, y en el Caribe, particularmente Inglaterra y Francia.

William Walker va a ser una expresión de la Doctrina Monroe. Ya en 1852 Francia e Inglaterra habían invitado a Estados Unidos a celebrar un Tratado para coordinar mejor sus intereses en el Caribe, especialmente hacia Cuba, donde tenían deseos anexionistas.

Parte de esta idea de expansión comprendía llevar también la esclavitud, como sistema de organización económica, a las regiones que fueran anexando o apropiando. La presidencia de James Buchanan, en Estados Unidos, desde 1857 a 1861, estimuló y favoreció el anexionismo.

También pesó en la época la idea de la construcción de un canal interoceánico, por Nicaragua o por Panamá, donde los franceses estuvieron interesados, proyecto que les fracasó.

Se planteó, frente al desarrollo de las explotaciones mineras de California, la posibilidad de un ferrocarril transoceánico en Panamá, entre 1850 y 1855, que resultó también importante para el intento de la construcción del canal. La idea del canal francés se materializó en 1839 con una concesión que se abandonó tras casi 30 años de pensarla, hasta que la retomó Ferdinand de Lesseps en 1879, sin poderla concluir, priorizando, a partir de ese momento, la idea del canal por Nicaragua, lo mismo que por el Istmo de Tehuantepec, en México.

El Canal por Panamá quedará para inicios del siglo XX, donde los Estados Unidos toman la iniciativa, e intervienen favoreciendo la Independencia de Panamá en 1903.

El canal era una necesidad para todo el mundo por el comercio internacional y por el acortamiento de distancias. Estados Unidos lo ve con Colombia, desde 1824 y luego en 1846 cuando tienen previsto Panamá, lo mismo que en Nicaragua desde 1849, cuando firman los Tratados Hise Squier, así como la renuncia, a realizar ese canal, por los Estados Unidos e Inglaterra establecida en el Tratado Clayton Bulwer de 1850, aunque era urgente buscar el paso rápido hacia California, considerada la tierra del oro. En su lugar, mientras no se tuvo el canal, fue que se organizó la Compañía del Tránsito.

La esclavitud se había impuesto especialmente en los Estados sureños de los Estados Unidos, con el desarrollo de las actividades agrarias, principalmente, mientras en los Estados del norte, que iban surgiendo en los Estados Unidos, poco a poco, se impusieron, por el desarrollo industrial de estos Estados, relaciones de producción de mano de obra libre.

Esta dualidad, de estos dos sistemas económicos, dentro del desarrollo político de los Estados Unidos condujo a la Guerra de Secesión, iniciada en 1861 que culminó, en 1865, al triunfar los Estados norteños y establecer la abolición de la esclavitud, y la XIII Enmienda Constitucional en Estados Unidos, que la garantizaba.

Los Estados del sur pretendían de esa manera fortalecer su relación interna con la expansión sobre estos territorios.

De los 34 Estados, que en ese momento formaban parte de los Estados Unidos, en 1861, siete Estados del sur eran esclavistas, e intentaron imponerse organizándose en los Estados Confederados de América, lo que produjo esta guerra interna. Algunos Estados que no formaban parte de esta Confederación mantenían la esclavitud legalizada.

Desde antes de la Independencia de los Estados Unidos los negros, que representaban casi el 20% de la población de las colonias inglesas, cuando se iniciaba el proceso de rebelión independentista, antibritánico, y que llegaban a los 600.000 esclavos, luchaban también por la abolición de la esclavitud, y había quienes, en su nombre también lo hacían, sin lograrlo de manera efectiva, a pesar de que también desempeñaron un papel importante en el proceso independentista norteamericano.

Los Estados del sur eran los que concentraban la mayor cantidad de negros y mantenían las relaciones de producción, sociales y políticas bajo el signo de la esclavitud. Se ha llegado a afirmar que el valor de los negros, considerándolos “propiedad”, o “bienes”, en ese momento, eran más de un cuarto de un billón de dólares, lo cual, desde el punto de vista esclavista era una gran inversión y negocio.

La lucha por la Independencia, y por la Libertad, en los Estados Unidos, por su naturaleza, por su esencia revolucionaria, se oponía, y atacaba la esclavitud.

La esclavitud era fuerte en la década de 1850 especialmente en los Estados del sur. Desde los días de la Independencia de las colonias inglesas se venía discutiendo sobre la esclavitud y su abolición, sobre todo por el papel que en esa lucha también desempeñaron los negros, muchos de ellos obteniendo su libertad por su participación en esa lucha, mientras los Estados que iniciaban tenían posiciones diferentes sobre la esclavitud sin que aún se impusiera una política federal.

En los Estados del sur era más fuerte el esclavismo. Dentro del proceso de Independencia estos Estados acentuaron los controles sobre los esclavos.

En el enfrentamiento de Inglaterra y las colonias inglesas actuaba a favor de los esclavistas la circunstancia de que Inglaterra no levantaba banderas anti esclavistas o abolicionistas en su lucha, porque era, a la vez, un gran traficante y comerciante de esclavos.

Históricamente en 1850 el Partido Republicano recién fundado fue antiesclavista, mientras el Partido Demócrata defendía la esclavitud.

La esclavitud era el tema central de la política interna de los Estados Unidos. El desarrollo económico de la dinámica interna de los Estados Unidos en gestación, se desenvolvía en dos dimensiones, el sur agrarista y esclavista, el norte industrial y antiesclavista. El desarrollo de la industria y del capitalismo moderno necesita mano de obra libre y asalariada, no esclavos, hombres libres.

Por ello, los Estados sureños, todavía a mediados de la década de 1850-1860, apoyaron las avanzadas esclavistas y anexionistas que quiso realizar William Walker, llegando a Nicaragua, el 16 de junio de 1855, al puerto de El Realejo, y estableciéndose allí, donde declaró de nuevo la esclavitud, ese año de 1855, provocando la llamada Guerra de 1856 y 1857, donde el ejército de Costa Rica, jefeado por el Presidente de la República, Juan Rafael Mora Porras, avanzó sobre el suelo nicaragüense para liberar a Nicaragua, e impedir la anexión de las tierras centroamericanas y que Walker sometiera a la esclavitud a los pueblos centroamericanos.

Exitosa, táctica y estratégicamente, fue la guerra desarrollada por Costa Rica, a la que se sumaron, en la segunda parte de esa guerra, superada la crisis provocada por la peste del cólera, después de la Batalla de Rivas, el 11 de abril de 1856, las fuerzas militares de los otros estados centroamericanos, siempre bajo la guía táctica y estratégica del Presidente Juan Rafael Mora, de su hermano el General José Joaquín Mora, y de su Estado Mayor.

Abraham Lincoln en 1858 propuso detener la expansión de la esclavitud. La Corte Suprema había declarado en 1857 que los esclavos eran inferiores y que no tenían derechos. La esclavitud fue el móvil por el control de territorios. Con el mantenimiento de la esclavitud se aseguraba la no igualdad racial y a los esclavos como factores económicos. En Texas se afirmaba que la raza negra era inferior y dependiente. En los Estados del sur se sostenía la tesis del derecho a mantener la esclavitud.

En la composición de los Estados que iban surgiendo se estableció un equilibrio entre estados esclavistas y no esclavistas para igualarse con los representantes, ante el Senado, donde había un número igual de senadores por cada Estado.

Mediante esta política se justificaba la expansión territorial, por la vía de la apropiación a la fuerza, la anexión y la compra de territorios. El proceso de expansión de las 13 colonias, hacia el oeste, en una dinámica paralela hacia el norte y hacia el sur, procurando equilibrio, condujo a que los Estados Unidos se volcaran sobre los territorios mexicanos, algunos de estos anexados por la complacencia del General Antonio López de Santa Anna, que facilitó la venta de territorios.

Así México perdió Texas, en 1845, que inicialmente declaró su Independencia, y California, en 1848. Por la llamada guerra México Estados Unidos, de 1846, se apropian de los territorios de Colorado, Arizona, Nuevo México, Nevada, Utah, los territorios de Wyoming, Kansas y Oklahoma, correspondiente todo esto a casi el 60% del territorio mexicano de esa época.

En la guerra mexicanoamericana de 1846-1848, que definió parte de la frontera, el problema de la esclavitud estuvo presente, por el reclamo que entonces hacía Texas, como estado esclavista que era, de territorios. De esta guerra con el Tratado Guadalupe Hidalgo Estados Unidos se aseguró los territorios mexicanos y se impuso la idea de que los mexicanos eran personas inferiores y la tesis de que cada Estado de la Unión definiría su situación respecto a la esclavitud. Esta expansión en 1848 también se quiso llevar a las Antillas.

En 1853 México vendió parte de sus territorios a los Estados Unidos para que se construyera la ruta ferrocarrilera hacia california. En 1867 Rusia vendió Alaska a los Estados Unidos, como parte de este proceso expansionista. Igual va a suceder con La Louisiana, en 1812, y la Florida, en 1845, compradas a Francia y a España respectivamente.

Por esta visión política los Estados Unidos, además, intervinieron en 1824 en Puerto Rico, en 1845 y 1847 en México, en Nicaragua en 1855, y en Centroamérica, bajo la sombra de los filibusteros de William Walker desde ese año hasta 1857, cuando fue derrotado y expulsado de Centroamérica, intentando regresar luego, hasta que en 1860 fue capturado en Honduras y fusilado.

En la ruta hacia California, en el Pacífico, se estableció la ruta de Oregón, en 1842, que facilitó el traslado de colonos, que se impusieron, hacia 1851, sobre las comunidades indígenas sioux y apaches. Los indígenas de New York, Michigan y Florida eran igualmente trasladados hacia el Medio Oeste, y en 1851 establecieron las Reservaciones Indígenas por ley.

El descubrimiento de las minas de oro y plata en California, a principios del siglo XIX, produjo un movimiento masivo de personas desde la costa este de los Estados Unidos hacia esa zona. Por tierra el proceso fue violento, lento y cruel.

El enfrentamiento con las comunidades indígenas, y su liquidación hasta donde se pudo, y la exterminación y cacería de búfalos fue parte de la leyenda, y de la historia, que se tejió alrededor de esa expansión hacia el oeste.

No se había aún construido el ferrocarril transcontinental, que atravesara los Estados Unidos, obra que culminó hacia 1865, lo que obligaba a buscar otras rutas. Así desarrollaron la ruta del Tránsito, que debe su nombre a la Compañía Accesoria del Tránsito, surgida con ese propósito, desde 1850, que hacía viajes desde la costa este, en el Atlántico, hasta California, en el Pacífico, bajando toda la costa de los Estados Unidos, desde New York, pasando por New Orleans, siguiendo el Golfo de México, continuando el recorrido por la costa mexicana y centroamericana hasta llegar a la desembocadura del Río San Juan, en ese entonces, una región dominada por los ingleses, hasta el puerto de San Juan del Norte, o Georgetown, donde se adentraban por el río San Juan hasta el Gran Lago de Nicaragua, para cruzar el Estrecho de Rivas, y desde allí, en San Juan del Sur, tomar de nuevo la ruta naviera hacia California. En este movimiento se llegó a movilizar alrededor de 1000 personas por mes. Cornelius Vanderbilt estuvo al frente de esta Compañía, que durante la presencia de Walker en la región no se prestó a servirle a sus intenciones, por lo que le anuló, siendo Presidente de Nicaragua, los derechos de la Compañía, de trabajo, otorgándoselos a otra empresa formada por Walker y otros, el 16 de febrero de 1856.

Desde 1847 gobiernos latinoamericanos como los de Chile, Bolivia, Ecuador, Colombia y Perú se preocupaban por esta presencia de los Estados Unidos en la región.

En este contexto aparece William Walker, médico, periodista, abogado, norteamericano, organizador de filibusteros, a modo de mercenarios, que movilizaba para ocupar territorios en el continente. Sus primeras incursiones de conquista de territorios las hace en México, en Sonora y Baja California, donde llegó a fundar, en 1853, la República de Sonora.

Aprovechando conflictos internos en Nicaragua, llegó en 1855, para sumarse en las fuerzas que combatían al Presidente Fruto Chamorro Pérez. Su presencia y participación le llevó a asumir en 1855 el poder siendo electo Presidente de Nicaragua. Su condición de Presidente le fue reconocida por el gobierno de Estados Unidos.

En esta situación visualizó la idea que traía de impulsar el dominio de todos los territorios de Centroamérica, para desarrollar aquí la esclavitud y el anexionismo a los Estados Unidos.

Walker imbuido de la Doctrina del Destino Manifiesto justificaba la anexión de Centroamérica, por cualquier medio que fuera, incluida la lucha militar, aprovechando el poder que ya tenía en Nicaragua.

Para sus planes reclutó filibusteros, que entre 1840 y 1860 se desarrollaron como mercenarios, como grupos militares privados, que se contrataban para guerras particulares y privadas, no oficiales de gobierno alguno, que provocaban conflictos con Estados Unidos. Así, en 1852, 1854 y 1857 filibusteros operaron en Sonora, donde fueron derrotados y algunos dirigentes de ellos fueron fusilados.

Así, también, William Walker llegó a Sonora y Baja California, estimando que ante la ocupación francesa de México era mejor que fuera la ocupación norteamericana. En 1853 proclamó la República de Baja California, y luego en 1854 se proclamó Presidente de Sonora, ignorando los pactos realizados en 1853 por el General Santa Anna.

En su propósito arrastró a la organización de una lucha, contra su presencia en territorio nicaragüense, por parte de Costa Rica, a los países centroamericanos que también se sumaron contra él, por el peligro que para ellos también significaba.

Los países centroamericanos recién acababan de separarse de la República Federal de Centroamérica. Intentos de separación desde 1838 habían acabado con el proyecto unionista. Intentada de nuevo la Unión, en 1842, con Francisco Morazán, gobernando desde Costa Rica, fracasó nuevamente con su fusilamiento ese año.

En 1848 los países que se reunían en la República Federal prácticamente ya se habían separado, y declarado, cada uno, en República, totalmente independientes. Así empezaron a tener relaciones diplomáticas propias y reconocimientos oficiales como Repúblicas Independientes de la Federación, y proyectar también de mejor forma sus propias relaciones económicas y comerciales internacionales.

La separación de la República Federal agudizó, en algunos de los países, las contradicciones internas, como fue el caso de Nicaragua, situación que fue aprovechada por William Walker para llegar allí, a participar activamente del lado de uno de los bandos políticos, y hacerse con el Poder político en 1855, desde donde pretendía impulsar su sueño de control y dominio de todos los cinco países, y de establecer la esclavitud y la anexión a los Estados Unidos.

En noviembre de 1855 restableció la esclavitud en Nicaragua, la que había sido abolida desde el 17 de abril de 1824, por disposición de la República Federal Centroamericana, por impulso del prócer salvadoreño José Simeón Cañas y Villacorta, declarándose, en 1824, que en adelante nadie que naciera en Centroamérica sería esclavo.

La presencia suya, de gobernante extranjero, esclavista y anexionista, alertó a los países vecinos, principalmente a Costa Rica.

La capacidad militar de Costa Rica para enfrentar a los filibusteros norteamericanos de Walker resultaba de la preparación que el país venía haciendo, con su Ejército, para enfrentar un eventual conflicto militar con Nicaragua, que reivindicaba como suyo los territorios del Partido de Nicoya, que se habían adherido a Costa Rica el 25 de julio de 1824.

Las reclamaciones constantes de Nicaragua en los organismos políticos de la Federación Centroamericana siempre afirmaron los derechos de anexión del Partido de Nicoya y de Costa Rica. Por eso, los gobiernos de Costa Rica, especialmente, el de Juan Rafael Mora Porras, a partir de 1849, enfatizó en la preparación militar nacional para un evento militar de esa naturaleza.

Con William Walker renacía de nuevo la idea de la Unión Centroamericana bajo su dominio y bajo su esclavismo. A Walker en Estados Unidos lo veían como un patriota del sur, de los estados sureños. Quería introducir la esclavitud y el tráfico de esclavos, quería extender los territorios de la Unión Americana.

En ese momento, a inicios de la década de 1850, los países centroamericanos no solo estaban realizando sus primeros pasos en el reconocimiento diplomático internacional, como Repúblicas totalmente independientes cada una, separadas ya de la República Federal, sino que también estaban afirmando sus nuevas relaciones comerciales propias e insertándose de esa manera, independiente, en los mercados europeos.

La declaración de la esclavitud en Nicaragua, hecha por Walker, hizo que el Presidente Juan Rafael Mora llamara al pueblo a prepararse para la guerra, a finales de 1855, en su Primera Proclama, la del 20 de noviembre de 1855, en la cual advirtió claramente que “una gavilla de advenedizos, escoria de todos los pueblos, condenados por la justicia de la Unión americana, no encontrando ya donde hoy están con qué saciar su voracidad, proyectan invadir a Costa Rica para buscar en nuestras esposas e hijas, en nuestras casas y haciendas, goces a sus feroces pasiones, alimento a su desenfrenada codicia”, llamando, además, a los filibusteros, “horda de aventureros apóstatas de su patria”, e indicando que “aquí no encontrarán jamás los invasores, partido, espías ni traidores. ¡Hay del nacional o extranjero que intentare seducir la inocencia, fomentar discordias o vendernos!”, llamamiento que apoyó el Obispo Anselmo Llorente y la Fuente, que llamó a los católicos a prepararse para luchar contra el “bárbaro protestante”, y en defensa de la fe católica, con su Pronunciamiento, el 22 de noviembre de 1855, a apoyar al Gobierno en su lucha contra los filibusteros.

En enero de 1856 el Gobierno de Costa Rica rechazo emisarios de Walker, lo que hizo que Walker invadiera el territorio nacional afincándose en la Hacienda Santa Rosa, en Guanacaste. El Presidente Mora ya había tomado la decisión de ir a enfrentar en Nicaragua a Walker.

A principios de marzo, con la Segunda Proclama, del 1 de marzo de 1856, marcha hacia el norte del país. Claramente el Presidente Mora tenía el convencimiento de que Nicaragua estaba sometido y bajo la esclavitud.

Esa Segunda Proclama es contundente, en su llamado: “¡A las armas! Ha llegado el momento que os anuncié. Marchemos a Nicaragua a destruir esa Falange impía que la ha reducido a la más oprobiosa esclavitud. Marchemos a combatir por la libertad de nuestros hermanos.”

Con claridad igual advierte que los filibusteros “nos desafían audazmente e intentan arrojar sobre nosotros las mismas ensangrentadas cadenas” … “No vamos a lidiar por un pedazo de tierra: no por adquirir efímeros poderes; no por alcanzar misérrimas conquistas, ni mucho menos por sacrílegos partidos. No, vamos a luchar por redimir a nuestros hermanos de la más inicua tiranía: vamos a ayudarlos en la obra fecunda de su regeneración, vamos a decirles: Hermanos de Nicaragua, levantaos: aniquilad a vuestros opresores. Aquí venimos a pelear a vuestro lado por vuestra libertad, por vuestra patria.” … “Paz, justicia y libertad para todos. Guerra sólo a los filibusteros”.

Llamaba el Presidente Mora a combatir “por nuestra patria idolatrada y la independencia hispanoamericana”, para él claramente amenazada.

De allí la importancia de esta Guerra Nacional y Centroamericana, que de manera definitiva ponía en juego la rotunda Independencia, y afirmaba las independencias, establecidas desde el 15 se setiembre de 1821, detonadas por Guatemala, en El Salvador el 21 de setiembre, en Honduras el 28 de setiembre, en Nicaragua el 28 de setiembre y ratificada el 11 de octubre, en Costa Rica el 29 de octubre, afirmadas de nuevo por las Provincias Unidas de Centroamérica, pero amenazadas por Walker, desde Nicaragua, a la que ya tenía sometida.

La Guerra Nacional así se inscribe en la definitiva afirmación y consolidación de la Independencia, de la Soberanía y la Libertad de las Repúblicas de Centroamérica y en asegurar la Libertad plena de los pueblos de Centroamérica amenazados de ser sometidos a la esclavitud.

Los filibusteros después de su fracaso negociador con el Gobierno de Juan Rafael Mora, a principios de 1856, para someternos a sus designios, deciden invadir Costa Rica, empresa que realizan en marzo de 1856, donde llegan a instalarse en la Hacienda Santa Rosa, en Guanacaste.

La tropa costarricense movilizada desde principios de marzo, se empieza a concentrar en Liberia, el 17 de marzo, conociendo la situación de entrada de los filibusteros y preparando su ataque.

El 20 de marzo logran derrotar a los filibusteros en Santa Rosa infringiéndole una gran derrota moral. Se ordena limpiar toda la parte fronteriza con Nicaragua de la presencia filibustera y de tomar el Río San Juan, paralizándose durante la guerra, de esa forma, la vía comercial del Tránsito, que llegó a ser dominada por Costa Rica, al tiempo que los filibusteros trataban de dominarla como vía de abastecimiento.

El 10 de abril de nuevo se derrota a los filibusteros en la Batalla de Sardinal, donde confluye el Río Sardinal con el Río Sarapiquí. Con ello se terminó de expulsar a los filibusteros del territorio nacional.

Pocas horas después se produciría la Batalla de Rivas, del 11 de abril de 1856, donde nuevamente les infringimos a los filibusteros, una derrota demoledora, en una batalla de muchas horas y muy sangrienta, resultado de la cual se produjo unos días más tarde la peste del cólera, que obligó a la tropa y el ejército costarricense a replegarse al territorio nacional, con un efecto catastrófico por la diseminación y expansión de la peste del cólera, que también tuvo repercusiones a el Salvador y Honduras. Superada esa situación volvimos rápidamente al escenario de la guerra, para continuar el esfuerzo de expulsión y liquidación definitiva de los filibusteros en suelo nicaragüense y centroamericano, logrando su rendición el 1 de mayo de 1857.

En el curso de la guerra contra los filibusteros también se movilizaron, al lado de los ejércitos centroamericanos, junto a los diferentes grupos sociales que se integraron militarmente, o en el apoyo logístico, indígenas, ladinos y mestizos, de Nicaragua y El Salvador

Cornelius Vanderbilt, en este escenario de guerra, no se plegó a los intereses de William Walker, y tuvo apoyo del Presidente Juan Rafael Mora para sus proyectos en el río San Juan.

Inglaterra por su parte movilizó una escuadra a San Juan del Norte. Los ingleses no veían con buenos ojos a Walker, por lo que en su último intento de volver a Centroamérica, en 1860, cuando lo capturan los ingleses, lo entregan al gobierno de Honduras que lo fusila el 12 de setiembre de 1860.

Con la idea de la esclavitud William Walker también imponía el racismo, considerando que los estadounidenses eran superiores a los habitantes de estas regiones, para él de mestizos, y resultantes de las mezclas raciales que venían desde la colonia española.

De conformidad a estas teorías racistas los mestizos debían ser “regenerados” e imponerles los ideales de libertad y democracia que estaban en marcha en Estados Unidos.

Como práctica ideológica el racismo defendía y justificaba la superioridad de la raza blanca, en este caso, sobre las castas y manifestaciones raciales centroamericanas, consideradas por Walker como inferiores. La idea de raza superior también estaba determinada, según los filibusteros, por la Providencia, y destinada a desplazar a razas débiles, o asimilar y moldear otras.

Si en los Estados Unidos el racismo era una expresión de dominación, y de sometimiento a la esclavitud, sobre la población negra, aquí, para Walker, lo era sobre la totalidad prácticamente de la población, que incluía negros, indígenas y sus distintas mezclas raciales.

El racismo suponía una mezcla de sangres, puesto que la colonia española había posibilitado y permitido un amplio espectro de castas o grupos sociales resultantes de esas mezclas. Dentro del orden colonial español, en todo el continente, se llegaron denominar cerca de 20 grupos resultantes de estas mezclas, obviamente todos ellos en inferioridad social respecto a los españoles, fueran peninsulares o criollos, a los blancos, que ejercían el control de la vida política, económica y cultural en general.

Para la mentalidad esclavista de Walker la población era de sangre impura, aunque en la América española se podían considerar sangres puras la blanca, la negra y la indígena. Las mezclas de estos grupos humanos producían distintos grupos raciales o castas. Aun así indígenas y negros estaban en situación de inferioridad frente a los españoles y europeos.

La distinción racial impuesta por los españoles derivaba también de las distinciones que en España se habían hecho respecto a la presencia judía, musulmana y los grupos que resultaron de sus procesos de conversión.

Las categorías raciales reconocidas habían impuesto en la vida colonial una pirámide de relaciones sociales, donde en la cima estaban los grupos blancos, peninsulares y criollos, y hacia abajo la colocación del resto de los grupos sociales dependiendo el grado de mestizaje.

El racismo se impuso en América desde el momento mismo de la llegada de los europeos, desde 1492, y con el desarrollo de formas esclavistas que fueron dándose, distinguiéndose los europeos de los demás, e imponiéndose ellos como superiores y dominadores, y obligando por ello, también, a las relaciones de trabajo y de producción que caracterizaban esta distinción racial, de poder y de dominio, justificada desde ese entonces no solo por las leyes que los españoles impusieron, y obligaron a acatar, sino también por valores morales y religiosos que así, de igual manera, lo justificaron, y también impusieron.

En los Estados Unidos, los colonos ingleses cuando llegaron de igual modo actuaron. El racismo fue usado para justificar la esclavitud, que en el caso estadounidense, fue principalmente sobre población negra, y como se dijo en una ley de 1775, sobre aquella población que no fuera cristiana, y en la liquidación y sometimiento de las comunidades indígenas.

Aun cuando en 1865 se llegó a abolir la esclavitud permaneció por más de un siglo la segregación racial, una forma brutal del racismo en los Estados Unidos. Ese mismo año, 1865, surgió en los Estados Unidos, una de las organizaciones más tenebrosas y criminales de estas políticas racistas, el Ku Klux Klan, aún vigente en ese país.

Todavía hoy hay manifestaciones brutales y violentas hacia la población negra, afroamericana, por parte de sectores blancos de la sociedad norteamericana, donde parte de este racismo se expresa en las nuevas manifestaciones que se agrupan, entre otras formas, en las llamadas corrientes y grupos de supremacistas blancos, que sostienen la superioridad de las personas blancas sobre otros grupos sociales.

Bajo el racismo se agrupan todas las teorías que justifican la existencia de razas superiores e inferiores, que implica subordinación de unos a otros. Se agrupan también todas las formas de intolerancia racial entre personas, grupos étnicos y pueblos. En los sistemas coloniales sirvió para justificar la explotación despiadada de miles de trabajadores. Se expresa también el racismo con discriminación social, segregación social, exclusión y marginación social.

En el siglo XIX con el desarrollo de la ciencia y de la biología también se dio el racismo justificado en estudios biológicos, donde se llegó a establecer cuatro razas humanas, a partir del color de la piel, la raza blanca, la raza negra, la raza amarilla y la raza cobriza. Esto incluso llegó a servir para justificar el colonialismo, el jingoísmo o la violencia sobre otras naciones de una forma ultranacionalista y expansionista, como lo realizaron los británicos o ingleses en distintas partes de América, África, Asia y Oceanía, que permitió también la repartición de territorios por parte de las potencias europeas, especialmente en África.

También sirvió para desarrollar teorías de selección natural, siguiendo la selección de las especies, para distinguir cuáles grupos raciales están más evolucionados que otros, de manera que los estadounidenses se consideraban más evolucionados.

Incluso con los hallazgos arqueológicos y antropológicos se llegó a elaborar la teoría de la superioridad europea, blanca, en este sentido, sobre los otros grupos humanos, hasta que empezaron a descubrirse los restos humanos más antiguos en Africa, creando entonces nuevos enfoques sobre el origen del hombre, orientados a la posibilidad simultánea del origen en diversas partes del mundo.

Hoy estas corrientes están más debilitadas en la ciencia biológica y en las ciencias antropológicas, pero siguen teniendo sus seguidores.

Finalmente, en el aspecto coyuntural de la década 1850-1860, como marco en el que se desenvuelve la presencia filibustera de William Walker en Centroamérica hasta su fusilamiento, se producen, entre otros los siguientes acontecimientos:

En 1850 Inglaterra y Estados Unidos firman el Tratado Clayton Bulwer asegurándose mutuamente la ruta canalera en Centroamérica.

En 1852 se produce un grupo expansionista en Estados Unidos llamado La Joven América.

En 1852 Inglaterra invade islas hondureñas, dependencia de Belice, para impulsar una colonia en Bay Islands.

En 1853 Estados Unidos alega ante España derechos sobre la Isla de Cuba.

En 1853 William Walker es derrotado intentando adueñarse de territorios en México.

En 1853 un senador norteamericano señala que los Estados Unidos está destinado a hegemonizar a los países del continente y rechazan la presencia inglesa en Belice.

En 1854 se produce un enfrentamiento militar entre Estados Unidos e Inglaterra por disputas territoriales en Nicaragua.

En 1854 se prepara la expedición filibustera de William Walker.

En 1854 Estados Unidos bombardea San Juan del Norte, en Nicaragua.

En 1855 llega Walker a Nicaragua, lo que provoca un nuevo enfrentamiento de Estados Unidos con Inglaterra. Walker habla de la raza pura americana contrastada con la raza mestiza hispano india de México y Centroamérica. En San Juan del Norte dos militares norteamericanos, Kinney y Fabens, se adueñan por un corto período de San Juan del Norte, estableciéndose Kinney como Presidente de ese sitio.

Entre 1856 y 1857 se produce la Guerra Nacional Centroamericana contra la presencia filibustera en Nicaragua.

En 1856 con el Tratado Dallas Clarendon Estados Unidos acepta que Inglaterra se apropie del territorio guatemalteco de Belice.

En 1856 Walker cesa los contratos de Vanderbilt y se los da a los banqueros Morgan y Garrison.

En 1856 el representante norteamericano en Nicaragua, Wheeler, reconoce a Walker como Presidente de ese país.

En 1856 se le infringen a Walker las derrotas de Santa Rosa, Sardinal, Rivas y en la Hacienda San Jacinto.

En 1856 Walker se proclama Presidente de El Salvador y Honduras y restablece la esclavitud.

En 1856 Walker incendia la ciudad de Granada, en Nicaragua.

En 1856 el Presidente de los Estados Unidos Franklin Pierce recibe al Presbítero Andres Vigil como representante oficial de Walker, en medio de una protesta del cuerpo diplomático latinoamericano en Washington.

En 1856 se hacen gestiones centroamericanas de ayuda ante Francia e Inglaterra.

En 1856 los esclavistas del sur de Estados Unidos atacan a los abolicionistas del norte, acusándolos de estar atados “al socialismo y al comunismo”.

En 1856 el Ministro de Guatemala en Washington propone una Conferencia Americana Defensiva, ante todos los diplomáticos latinoamericanos, a realizarse en Río de Janeiro, para evitar “ser oprimidos por Estados Unidos como por Inglaterra”.

El 18 de noviembre de 1856 se firma el pacto defensivo hispanoamericano en Washington, por representantes de Nueva Granada, Guatemala, El Salvador, México, Perú, Costa Rica y Venezuela.

En 1857 Perú denuncia la agresión de Estados Unidos a Centroamérica.

En 1857 un barco norteamericano bombardea San Juan del Norte y provocan un incendio en la ciudad.

En 1857 Chile, Perú y Ecuador firman un Tratado para protegerse de aventuras militares como la de Walker en Centroamérica.

1 de mayo de 1857 se rinde Walker, sale de Centroamérica, pero es recibido como un héroe en Estados Unidos.

En 1858 Estados Unidos le impone el Tratado Cass Irisarri con el cual asegura el libre tránsito por cualquier parte de su territorio, con derecho a la intervención civil, militar y económica.

En 1858 el Presidente Buchanan declara que Centroamérica caerá algún día por la gravitación natural de las cosas bajo la jurisdicción de los Estados Unidos. Buchanan consideraba que deberían intervenir los tres istmos, el de Tehuantepec, el de Nicaragua y el de Panamá.

En 1860 Estados Unidos interviene en Honduras.

En setiembre de 1860 William Walker es capturado por ingleses que lo entregan las autoridades hondureñas que lo fusilan el 12 de setiembre de 1860.

En 1862 Costa Rica propuso limitar el intervencionismo con un Tratado de respeto mutuo.

Con motivo de una fecha como la de hoy, 30 de setiembre de 1860, cuando fue asesinado el Presidente Juan Rafael Mora Porras, y dos días después, de igual manera, el General José María Cañas Escamilla, evocamos a los Héroes Nacionales, conductores, y grandes estrategas y tácticos, para exaltarlos como nuestros grandes defensores de la Independencia Nacional, de la Soberanía Nacional y de la Libertad del pueblo costarricense y de los pueblos centroamericanos.

De su asesinato de Estado está pendiente todavía en el país el Funeral de Estado que se les debe a estos Héroes nacionales.

Sus asesinos, quienes tomaron la decisión de su fusilamiento, fueron José María Montealegre, Julián Volio, Francisco María Iglesias, Vicente Aguilar Cubero y Máximo Blanco.

En la perspectiva de la celebración del Bicentenario de la Independencia debemos impulsar la realización de este Funeral de Estado, tarea que la Academia Morista Costarricense promoverá y mantendrá izada esta Bandera hasta su realización.

La Campaña Nacional de 1856 – 1857 es uno de los episodios más trascendentales de Nuestra Historia Patria, de nuestra Independencia, Soberanía Nacional y Libertad.

Un elemento importante de la Guerra Nacional contra los filibusteros, y sus afanes anexionistas y esclavistas, es que al término de la guerra, el 15 de abril de 1858, Costa Rica y Nicaragua firmaron el Tratado Cañas Jerez, poniendo fin a la disputa territorial que Nicaragua reclamaba sobre el Partido de Nicoya, al aceptarlo como parte integral costarricense de la frontera común que tenemos, pero hizo surgir otro problema constantemente alimentado por los nicaragüenses cual es el de la libre navegación por el Río San Juan.

La memoria que podamos rescatar de ella, de la Guerra Nacional contra los filibusteros, refresca nuestra visión cotidiana y nos permite estar alerta ante el porvenir.

Justicia para Cesario Padilla, Moisés Cáceres y Sergio Ulloa. Tres jóvenes defensores de la Educación Pública y Derechos Humanos

DENUNCIA CONJUNTA A NIVEL NACIONAL

8 de septiembre, 2020 / San José, Costa Rica

Consideramos, de suma urgencia, pronunciarnos ante el mundo sobre nuestro total repudio a la condena judicial que recae sobre tres ex líderes estudiantiles de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), por representar una flagrante violación a los Derechos Humanos de la población hondureña y una escalonada en el detrimento de la ya golpeada democracia de este país. Ante esta situación, manifestamos:

  1. Sobre el contexto político de Honduras

El 28 de junio del 2009, la derecha hondureña, orquestada por el Partido Nacional en complicidad con las élites económicas, el Ejército, el Tribunal Supremo Electoral, el Congreso Nacional y el crimen organizado, rompieron el orden constitucional y democrático hondureño al ejecutar un golpe de estado para instaurar, desde ese momento a la actualidad, una narco dictadura que se ha caracterizado por escandalosos actos de corrupción, fraudes electorales, narcotráfico, lavado de dinero, procesos de criminalización, desapariciones y asesinatos contra activistas de derechos humanos y la población en general.

Durante estos once años de dictadura se han incrementado todos los índices referentes a la exclusión social, producto de los actos de corrupción y las políticas implementadas por las oligarquías neoliberales que benefician a los grupos hegemónicos en perjuicio del pueblo hondureño.

  1. Violación sistemática de Derechos Humanos

Ante los delitos cometidos por la dictadura de Juan Orlando Hernández (JOH), es de vital importancia la labor de comunidades, organizaciones y diversos sectores en la defensa de los Derechos Humanos y de la Tierra; sin embargo, la defensa de estos derechos es perseguida sistemáticamente por élites de poder que buscan el exterminio de medios de comunicación, organizaciones y de personas que con valentía alzan su voz contra las injusticias del sistema hegemónico, queriendo atacar la libertad, la autonomía y las luchas populares que defienden la vida. Esto mediante procesos de criminalización y judicialización de la protesta social, secuestros, torturas, exilios forzados y hasta múltiples asesinatos políticos, aún en impunidad.

Organizaciones de derechos humanos como la londinense “Global Witness”, ubica a Honduras desde el 2010, como uno de los países más peligrosos y violentos para las personas defensoras de derechos humanos y sus investigaciones demuestran el nexo entre las muertes de activistas con la corrupción estatal.

A su vez, denunciamos el secuestro de cinco integrantes de la Organización Fraternal Negra Hondureña (OFRANEH), Alberth Snider Centeno Tomás, Suami Aparicio Mejía García, Gerardo Mizael Rochez Cálix, Miltón Joel Martínez Alvarez y Junior Rafael Juarez Mejía que se encuentran desaparecidos desde el 18 de julio del 2020, por su labor política en defensa de los derechos humanos.

También denunciamos la muerte del activista de derechos humanos, el abogado Julio Andrés Pineda Díaz, quien pertenecía a la organización Mundo sin Guerras y sin Violencia. Su cuerpo fue hallado sin vida y con señales de tortura el 4 de septiembre del 2020, en Honduras. Esta violación institucional que se expresa en Honduras es parte de la violencia del sistema neoliberal presente en toda Latinoamérica.

  1. Sobre Julieta Castellanos Ruíz

La narco dictadura se ha encargado de que los puestos de jerarquías, a nivel institucional, sean asumidos por personas corruptas, dispuestas a mantener, a cualquier precio, el control de JOH sobre el estado. Una de estas personas es Julieta Castellanos Ruíz quien ocupó la Rectoría de la UNAH durante los años 2009 – 2017; posicionándose como enemiga de la educación pública y de la comunidad estudiantil; cómplice de la dictadura e impulsora de la apertura de expedientes administrativos y judiciales en contra de estudiantes que ejercían su derecho a la libertad de expresión; entre ellos, los tres jóvenes condenados ilegalmente.

  1. Sobre la criminalización de los tres estudiantes de la UNAH

La sentencia dictada por el Tribunal de Sentencia conformado por Enilda Geraldina, Indiana Castellanos y José Roberto Mejía que condena a tres años de prisión a los jóvenes Cesario Padilla, Moisés Cáceres y Sergio Ulloa, es totalmente ilegítima e inconstitucional, por vicios a las garantías procesales que tienen carácter de nulidad absoluta.

Dichas trazas de inconstitucional se manifiestan en la violación al principio de legalidad penal, que indica expresamente que únicamente se pueden penalizar las conductas debidamente tipificadas en la legislación. A estos ex líderes estudiantiles se les está penando por los delitos de usurpación y detentación de espacios públicos; los cuales son inexistentes en el nuevo Código Penal hondureño; por lo que, entran a operar principios procesales como la irretroactividad de la norma penal, que estipula que en materia penal no se le debe aplicar una ley penal con efectos hacia el pasado cuando es perjudicial para el acusado; pero, cuando resulta beneficiosa para el acusado, debe aplicarse aunque sea con efectos retroactivos. Es decir, al no existir un delito tipificado al momento del juzgamiento, no se puede aplicar una norma que ya no existe, porque no constituye delito alguno. Esto sigue demostrando que el cuestionado sistema judicial de Honduras ha politizado la justicia.

En el marco jurídico internacional, el artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y, en la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José, en su artículo 9, se fija el principio de irretroactividad de la norma penal. Honduras ha suscrito y ratificado ambos convenios internacionales; aun así, violentan permanentemente la normativa aplicable en perjuicio de personas defensoras de la educación como derecho humano.

POR TANTO

  1. Repudiamos el accionar inconvencional, inconstitucional e ilegal del Tribunal de Sentencia al condenar a Cesario Padilla, Moisés Cáceres y Sergio Ulloa por ejercer sus derechos y garantías democráticas.
  2. Denunciamos la corrupción del sistema judicial de Honduras que resuelve sus sentencias por presiones políticas, politizando la justicia; por lo que ocasiona que esta no exista más que para someter al pueblo y perpetuar el poder de la dictadura hondureña.
  3. Denunciamos internacionalmente la criminalización y judicialización de la protesta social y el impedimento al libre pensamiento y libertad de expresión en la narco-corrupta dictadura de JOH.
  4. Reprochamos la sistemática violación de derechos humanos de la población hondureña y todos los tratos crueles ejecutados por la viciada institucionalidad hondureña.
  5. Exigimos a la Corte Suprema de Justicia que cumpla con el ordenamiento jurídico y dicte un sobreseimiento definitivo en el expediente en el que figuran como acusados Cesario Padilla, Moisés Cáceres y Sergio Ulloa.
  6. Exigimos el cumplimiento de los convenios internacionales de derechos humanos y se respeten las garantías procesales de los acusados.
  7. Hacemos un llamado de solidaridad a la comunidad internacional y a organizaciones de derechos humanos y a todo el pueblo hondureño a fiscalizar este proceso y a pronunciarse en contra de la criminalización de la protesta social.
  8. Exigimos a la rectoría de la UNAH que desistan del proceso judicial contra estos tres ex líderes estudiantiles.

Para apoyar esta petición firme AQUÍ

¡JUSTICIA PARA CESARIO PADILLA, MOISÉS CÁCERES Y SERGIO ULLOA!
A de Libertad * Acción Animal
Asociación de Desarrollo Sostenible LGTBI Costa Rica (ADS)
Asociación de Estudiantes Sede de Occidente / UCR
Casa El Emigrante (Human Rights) * Centro de Amigos para la Paz (CAP)
Círculo Bolivariano Yamileth López / CR * Colectivo Handmaids Costa Rica
Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT)
Departamento Ecuménico de Investigaciones (DEI) * Familia Franciscana/JPIC Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente (Fecon)
Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica
Femiamor Colectiva * Frente de Resistencia Animal y de la Tierra (FRAT)
Frente Ecologista Universitario (FECOU)
Justicia, Paz e Integridad de la Creación. JPIC/CLARET/CR.
Juventud Vanguardista Costarricense (JVC)
Movimiento de Trabajadores y Campesinos (MTC)
Mujeres Unidas en Salud y Desarrollo (MUSADE)
Organización Interseccional Pro Derechos Humanos (OIDH)
Organización Política “Carmen Lyra” * Partido Vanguardia Popular
Partido Revolucionario de las y los Trabajadores (PRT)
Radio Machete * Red de Solidaridad con Palestina /Costa Rica
Sembrando Libertad * Semilla Ramonense
Sindicato de Empleados(as) de la Universidad de Costa Rica (SINDEU) * Sindicato Patriótico de la Educación 7 de Agosto (SINPAE)
“Yo no apoyo las corridas de Toros” * “Yo no voy al Zoo”

Responsables:
Colectivo de Solidaridad con el Pueblo de Honduras / CR
Asociación Costarricense de Derechos Humanos
(ACODEHU)

¡La Unión Europea autoriza la venta de semillas campesinas!

Después de años de lucha, los defensores de la biodiversidad finalmente obtienen satisfacción. A partir de ahora, se podrá acceder a sus semillas sin ser forajidos.

Victoria! A partir de ahora, los agricultores orgánicos podrán vender semillas de sus propias producciones. Así decidieron los eurodiputados, para disgusto de Monsanto y compañía.

Explicaciones:

Hasta entonces, solo las semillas listadas por un catálogo oficial podrían comercializarse legalmente. Como señala Le Figaro, «la mayoría de estas semillas pertenecían a multinacionales como Monsanto. «El resultado era una estandarización de frutas y verduras, una estandarización de nuestra dieta y un empobrecimiento de la biodiversidad«.

Pero el jueves pasado, los eurodiputados pusieron fin a la «criminalización» de las llamadas semillas campesinas. Con motivo de una nueva legislación cuyo objetivo es apoyar a los orgánicos, adoptaron una medida que permite a los agricultores orgánicos vender semillas de sus cultivos «domésticos».

Esta decisión, que entrará en vigor en dos años y medio, en 2021, pone fin a 37 años de restricciones (la comercialización de semillas fuera del catálogo oficial fue prohibida por decreto en 1981).

Todos los agricultores orgánicos podrán desarrollar sus propias variedades y comercializarlas, como siempre ha sucedido en el pasado. El objetivo es promover la vitalidad de nuestra biodiversidad, revivir las miles de variedades de frutas y verduras que existen y vacilar las inquietantes estadísticas proporcionadas por la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura) y retransmitidas por Le Figaro: tres cuartas partes de nuestros alimentos actuales vendrían de solo 12 especies de plantas y 5 especies de animales.

Esta medida fue reclamada por años. ¡Buenas noticias!

 

Fuente original e imagen: http://www.biodiversidadla.org

Compartido por Omar Miranda.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Comunicado en solidaridad con Tomás Gómez Membreño y Alexander García Sorto, Honduras

A los Gobiernos Latinoamericanos y del Caribe

A las organizaciones internacionales

A los Movimientos Sociales y Populares

A los y las defensores de Derechos Humanos

A la sociedad en general

Comunicado en solidaridad con Tomás Gómez Membreño, Coordinador General del COPINH y Alexander García Sorto, Líder Comunitario de Llano Grande, Colomoncagua, Honduras

 

Ya se han cumplido 6 meses desde el cruel asesinato de la compañera Lenca del COPINH, Berta Cáceres, el cual fue duramente reprochado por un gran sector de la comunidad internacional, creyentes de la paz, de los derechos humanos y la justicia social entre los pueblos. Desde su asesinato, se han dado nuevos hechos delictivos de este tipo, los cuales nos hacen creer que la violencia en Honduras es de nunca acabar.

El día 10 de octubre, trascendió la comunicación de un nuevo hecho: los intentos de asesinato contra los del compañeros Tomás Gómez Membreño, Coordinador General del COPINH y Alexander García Sorto, líder Comunitario de Llano Grande, Colomoncagua.

En dos circunstancias distintas, el día 9 de octubre, fueron objeto de disparos los compañeros mencionados; en horas de la madrugada, sujetos desconocidos llegaron a la casa de habitación del compañero Alexander García e hicieron numerosos disparos a la puerta principal y a la ventana de la habitación en la que se encontraba durmiendo con su esposa y sus dos hijas.

Los disparos fueron realizados con la intención de asesinar al compañero Alexander o a las integrantes de su familia. En la noche del mismo día, una persona disparó contra la camioneta de la organización, que conducía el compañero Tomás Gómez Membreño, Coordinador General del COPINH, cuando salía del centro de encuentros Utopía con dirección a su casa.[1]

Ante estos hechos de violencia, la Junta Directiva del Centro de Amigos para la Paz (CAP), expresa su preocupación por este y otro hechos de violencia que continúan en la hermana nación Honduras, donde defensores(as) de DDHH y de los pueblos originarios están siendo asesinados(as) o está siendo comprometida su vida.

Este tipo de acciones que violentan los derechos humanos repercuten en la vida de los pueblos de América Latina y el Caribe quienes en reiteradas ocasiones se han manifestado por la paz y la justicia.

Como CAP denunciamos públicamente e instamos al Gobierno de la Republica de Honduras el esclarecimiento de este hecho y la prevención de cualquier otro hecho de violencia contra cualquier otro defensor o defensora de DDHH quienes por defender los derechos de la madre tierra y sus tierras ancestrales están en grave peligro. Hacemos un llamado a la unión y la solidaridad en este momento difícil que se vive en Centroamérica.

Centro de Amigos para la Paz (CAP)

11 de octubre 2016

 

Despertemos… Despertemos Humanidad. Ya no hay tiempo. Las conciencias serán sacudidas por el hecho de estar contemplando la auto destrucción basada en la depredación capitalista, racista y patriarcal” –Berta Cáceres-.

[1] Estas informaciones fueron proporcionadas por el COPINH.

 

*Imagen tomada de https://copinh.org

Enviado a SURCOS digital por Marcela Zamora Cruz.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Acción Global “Justicia para Berta Cáceres”

COMUNICADO

A la comunidad nacional e internacional,

A las organizaciones populares de América,

Y a quienes se sientan auto-convocados.

Accion Global Justicia para Berta Caceres

A partir del golpe de Estado ocurrido en Honduras en el año 2009, se han incrementado la violencia y las agresiones contra las defensoras y defensores de Derechos Humanos y contra organizaciones sociales, estudiantiles, indígenas y campesinas, y contra el pueblo en general. Los asesinatos, la persecución, represión y criminalización se dan bajo el silencio y la complicidad del Estado hondureño.

El pasado 03 de marzo de 2016 fue asesinada Berta Cáceres Flores. Ella era Coordinadora General del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras – COPINH – y se destacó por su lucha en defensa de los derechos del pueblo indígena lenca y de su territorio. Berta fue firme y valiente en la defensa del Río Gualcarque en el que la empresa Desarrollos Energéticos Sociedad Anónima (DESA) pretende construir una represa con financiamiento internacional.

La detención de varias personas como sospechosas del asesinato evidencia la complicidad y la participación tanto de la empresa como del Estado Hondureño en la realización del crimen. Las acciones realizadas por la justicia hondureña y sus organismos son insuficientes, no conducen a la justicia y, por el contrario, están procurando que este crimen quede en la impunidad.

Por eso, hoy miércoles 15 de junio de 2016, se convoca a la comunidad en general a movilizarse por la “Justicia para Berta Cáceres”, frente a la Embajada de Honduras en Costa Rica.

En el marco de la Acción Global de Justicia por Berta Cáceres, convocada por la familia de Berta, el COPINH, y las organizaciones solidarias en América Latina y el mundo, exigen:

  • La conformación inmediata de un grupo de investigación independiente, propiciado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para esclarecer el crimen y garantizar el enjuiciamiento de todos los responsables.
  • La cancelación inmediata y definitiva de la concesión otorgada a DESA, constructora del proyecto hidroeléctrico Agua Zarca en Río Blanco.

 

Justicia para Berta Cáceres

Justicia para el COPINH

Fuera Agua Zarca del Río Gualcarque

 

Enviado a SURCOS Digital por Centro de Amigos para la Paz.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/