La falta de nombramiento del Comisionado Presidencial para la Inclusión Social preocupa a la Defensoría de los Habitantes por el impacto que tiene el cargo en la defensa y promoción de los Derechos Humanos en el quehacer del Estado.
Desde el 03 de julio 2024, la Defensoría de los Habitantes, como Institución Nacional de Derechos Humanos, manifestó a Casa Presidencial su preocupación en que, la designación de dicho cargo se vaya a dilatar en el tiempo, considerando su responsabilidad en la atención del fenómeno de la discriminación y el racismo, especialmente tratándose de poblaciones vulnerables y discriminadas, así como promover y garantizar el cumplimiento del Estado de sus obligaciones en la materia.
Considerando que, los discursos de odio, principalmente en redes sociales, están en constante aumento, teniendo afectación en poblaciones que históricamente han sufrido de la discriminación debido a su utilización para justificar la negación de sus derechos, asimismo fue solicitada a Casa Presidencial copia de la Estrategia Nacional para prevenir y abordar los discursos de odio y discriminación, la cual efectivamente fue remitida, siendo que la misma incorpora cinco ejes estratégicos de trabajo sean: reconocimiento, respeto y garantía de los Derechos Humanos; educación; cultura de paz; acceso a investigación y uso eficaz de datos y acceso a la justicia y no impunidad.
El aumento de la violencia en la sociedad costarricense guarda una estrecha relación con la legitimación y difusión de discursos de odio, por lo tanto, es urgente adoptar acciones de toda naturaleza, para atender la realidad de la discriminación y los discursos de odio como una de sus manifestaciones. En momentos de polarización se requiere un actuar oportuno y efectivo sobre toda forma de violencia que sea violatoria de Derechos Fundamentales.
Siendo, por lo tanto, impostergable que la Estrategia Nacional para prevenir y abordar los discursos de odio y discriminación, sea efectiva para evitar su reproducción y legitimación, requiriéndose un actuar pronto por parte del Estado. No obstante, en el informe de fecha 18 de julio 2024 Presidencia informa a la Defensoría que la Administración se encuentra en una etapa de estudio de perfiles y de posibles personas candidatas que puedan ejercer como Comisionado de Inclusión Social, siendo que a la fecha el puesto se mantiene vacante. Asimismo, se señaló que, hasta que se defina dicho nombramiento es que se continuará con el avance de la Estrategia Nacional para prevenir y abordar los discursos de odio y discriminación.
Oficina de Comunicación Institucional Defensoría de los Habitantes
Ante los recortes que realizaría el Ministerio de Hacienda a la educación para el año 2025, la Defensoría de los Habitantes prevé el incumplimiento del Pacto Nacional de la Educación, el cual generará seis situaciones que agravarían la crisis en la educación.
Afectaría cuestiones básicas como alcanzar el currículo completo; la falta de inversión deterioraría aún más la infraestructura educativa; podría aumentar el plazo de retraso en el pago de salarios, y un impacto significativo en la inclusión de personas con discapacidad al sistema educativo por falta de nuevos códigos docentes, así como graves problemas que enfrentan las Juntas de Educación y Administrativas por falta de presupuesto para cubrir servicios básicos como agua y luz, por ejemplo.
Esto es parte de la respuesta que remitió la Defensoría a una carta presentada por el sindicato de la Asociación de Directoras, Directores y Administradores del Sistema Educativo Costarricense (ADEM), la cual también fue enviada al mandatario Rodrigo Chaves Robles, a la ministra de Educación, Anna Katharina Müller y al ministro de Hacienda, Nogui Acosta, donde se expresa que el recorte al presupuesto repercute de manera negativa en cada centro educativo.
La Defensoría de los Habitantes ha venido dando seguimiento a todo lo relacionado con la afectación de los derechos de las personas menores edad, docentes y administrativos. Costa Rica no ha cumplido con lo estipulado por la legislación vigente durante los últimos cinco años. El año en que más se acercó fue 2019, con un 7,8%. Sin embargo, este porcentaje ha disminuido paulatinamente año tras año, hasta llegar a un 6,1% del PIB en 2023, lo que afecta directamente los Programas de Equidad (alimentación y transporte estudiantil), Educación Inclusiva (Contratación de docentes de apoyo) e Infraestructura Educativa (órdenes sanitarias). Debilita también el presupuesto de las Juntas de Educación y Juntas Administrativas y, la exclusión estudiantil.
Cabe destacar que, el presupuesto asignado al Programa de Equidad ha experimentado una disminución constante en los últimos años. En 2022, el presupuesto disminuyó en un 11% en comparación con 2021, y en 2023 se registró una reducción adicional del 2% en comparación con 2022.
Entre el 2018 y 2022, se visualizó un crecimiento de estudiantes que recibieron algún beneficio, pero el declive se observa en el 2023, ya que hubo una disminución de apropiadamente 15.257 niñas, niños, personas adolescentes y adultas, lo que refleja una disminución del -1.5% de la tasa de variación en comparación con el año 2022.
La Defensoría también realiza una investigación estructural relacionada con la problemática en torno a la gestión del talento humano por parte del MEP, situación que afecta los derechos laborales fundamentales de las y los trabajadores de esa institución y, como consecuencia, la trascendental labor que cumplen como responsables del sistema público de educación de la niñez, adolescencia y juventud costarricenses. La Defensoría atiende a personal del MEP que solicita la intervención por la inadecuada gestión y excesiva tardanza, en el reconocimiento y pago de diferentes incentivos salariales a los que tienen derecho. La molestia ante tales problemas –evidente y entendible–, tiene como común denominador la demora extrema e irrazonable en el trámite, resolución y retribución económica efectiva de esos reclamos administrativos.
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Defensoría, urge encontrar una solución definitiva al mantenimiento, conservación y protección de estas edificaciones
La Defensoría de los Habitantes realizó una investigación donde constató que, el Ministerio de Educación Pública (MEP), cuenta con 60 inmuebles declarados patrimonio arquitectónico, de los cuales 54 son utilizados como centros educativos, y según el Ministerio de Salud 24 tienen órdenes sanitarias pendientes de cumplimiento y en estado crítico.
Cabe aclarar que, de estos 24 centros educativos, tres inmuebles no están siendo utilizados para uso escolar: Escuela Ascensión Esquivel Ibarra en Liberia, la Escuela Justo Antonio Facio de La Guardia (Casa de la Cultura de Siquirres) y la parte antigua de la Escuela de Enseñanza Especial Fernando Centeno Güell.
Para esta Defensoría, el Estado costarricense debe ser garante de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes a la educación y la salud, por lo que el lugar en donde reciben sus estudios debe cumplir con los requisitos físico-sanitarios mínimos para su bienestar y que puedan contar con un espacio apto para desarrollar sus capacidades, así como la protección y conservación de nuestro patrimonio histórico y arquitectónico, parte importante de la cultura del costarricense.
La Defensoría de los Habitantes considera que el funcionamiento de varios centros educativos que son propiedad del MEP y que presentan problemas físico-sanitarios y órdenes sanitarias giradas por diferentes aspectos, como daños en estructuras o problemas con el sistema eléctrico, atentan contra los derechos de la niñez y la adolescencia, así como los derechos a la salud de los docentes y demás cuerpo administrativo de las escuelas.
Si bien es cierto, estos inmuebles tienen un gran valor patrimonial que debe ser conservado de acuerdo con la normativa nacional e internacional, es necesario priorizar el bienestar humano de quienes los utilizan. Por lo tanto, es esencial tomar medidas para mantener en buen estado las estructuras de estos centros educativos y garantizar un mantenimiento adecuado para preservar la seguridad y el bienestar de todas las personas.
Acciones pendientes
Según la Dirección de Infraestructura Educativa (DIE) del MEP, no se cuenta con un cronograma u hoja de ruta en la cual se establezca el tiempo para la intervención de los centros educativos con declaratoria y tampoco generan planes de inversión para estos inmuebles declarados; estos planes se trabajan año con año ya que no se cuenta con presupuesto fijo.
De acuerdo con el Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural (CICPC) del Ministerio de Cultura y Juventud, se ha atendido los problemas en inmuebles declarados que ha considerado prioritarios, debido a la dinámica operativa de la DIE y los limitantes en los recursos de ese Centro y que se le ha dado asesoría técnica para dar solución a problemas específicos de ciertos centros educativos como la Escuela Cecilio Lindo en Juan Viñas, la Escuela de Santa Cruz de Turrialba, la Escuela el Carmen en Puntarenas. Además, indicó que se restauró parte de la Escuela León Cortés Castro en San Marcos de Tarrazú y, asimismo, se brinda acompañamiento a la DIE en obras realizadas en el Colegio Dr. Castro Madriz, así como a la Escuela Centeno Güell en Goicoechea y, actualmente, asesora a una empresa consultora que resultó adjudicataria en el diseño de mejoras de la Escuela Tomás Guardia en Limón.
Pero esta Defensoría considera de gran relevancia que, se coordine interinstitucionalmente entre la DIE, el CICPC y el Ministerio de Salud para elaborar un plan de trabajo, con su debido cronograma, en el cual de determine el estado de conservación de los inmuebles y el seguimiento a las acciones tendientes al cumplimiento de las órdenes sanitarias pendientes, con el fin de encontrar una solución definitiva al mantenimiento, conservación y protección de estas edificaciones. Se debe levantar un inventario de las obras que requiere cada centro educativo y determinar el presupuesto aproximado requerido para su protección adecuada. Asimismo, se recomienda a las instituciones continuar protegiendo el patrimonio histórico arquitectónico de Costa Rica, tanto declarado como el que no ha sido declarado, ya que muchas edificaciones se encuentran en peligro de ser destruidas, priorizando la protección integral de las personas menores de edad y su interés superior.
Centros educativos con declaratoria de patrimonio con orden sanitaria pendiente
Inmueble
Provincia
Uso
Escuela de Hacienda Vieja de Orotina
Alajuela
Escuela
Escuela de Pedroso de Pérez Zeledón
San José
Escuela
Escuela Cecilio Lindo Morales (Juan Viñas)
Cartago
Escuela
Escuela Dr. Carlos Luis Valverde Vega (San Isidro de El Guarco)
Cartago
Escuela
Escuela Jenaro Bonilla (Turrialba)
Cartago
Escuela
Escuela Andrés Briceño
Guanacaste
Escuela
Escuela Ascensión Esquivel Ibarra (Liberia)
Guanacaste
Escuela
Escuela de Bolsón (Santa Cruz)
Guanacaste
Escuela
Escuela José María Calderón Mayorga
Guanacaste
Escuela
Escuela Luis Léipold Herbert
Guanacaste
Escuela
Escuela José Carlos Umaña (Central de Atenas)
Alajuela
Escuela
Edificio antiguo de la Escuela Manuel del Pilar
Heredia
Escuela
Escuela Joaquín Lizano Gutiérrez
Heredia
Escuela
Escuela José Martí
Heredia
Escuela
Liceo de Heredia
Heredia
Colegio
Escuela Justo Antonio Facio de la Guardia (Casa de la Cultura de Siquirres)
Limón
Escuela
Escuela Tomás Guardia (Limón)
Limón
Escuela
Escuela Dr. Ferraz
San José
Escuela
Escuela Mauro Fernández
San José
Escuela
Escuela Pilar Jiménez
San José
Escuela
Escuela República de Argentina, Barrio México
San José
Escuela
Escuela República de Chile
San José
Escuela
Liceo José María Castro Madriz
San José
Colegio
Parte antigua de la Escuela de Enseñanza Especial Fernando Centeno Güell
Defensoría intervino ante Municipalidad para buscar respuestas a favor de habitantes de Caís de Dulce Nombre
La Defensoría de los Habitantes sostuvo una sesión de trabajo con autoridades de la Alcaldía de Cartago y la comunidad de Caís, en Dulce Nombre de Cartago, a fin de que se brinde respuestas a los planteamientos realizados sobre la intervención de la vía pública y la canalización de aguas pluviales.
Los vecinos manifestaron a la Defensoría que en un principio se planificó la obra en dos etapas culminando con el asfaltado de un tramo de 600 metros. Sin embargo, los trabajos fueron paralizados y se ordenó el retiro de la maquinaria. Los habitantes al no recibir respuesta a una gestión elevada ante la Municipalidad, solicitaron la intervención de la Defensoría de los Habitantes para obtener respuesta.
Producto de una reunión sostenida el pasado martes, la Alcaldía aclaró los motivos de la paralización de estos trabajos e informó las acciones que realizará. Entre los acuerdos adoptados están:
La Alcaldía de Cartago reconoce que faltan obras por hacer y que puede incorporar un proyecto para concluir la segunda etapa prevista, relacionada con la canalización de aguas pluviales.
En vista de que de las aguas servidas de algunas viviendas están expuestas, se les informa a los vecinos que deben corregir esta situación en sus viviendas, para que la municipalidad pueda realizar la obra. Asimismo, se le sugiere a los vecinos coordinar con el Ministerio de Salud, a efectos de la respectiva asesoría.
Una vez que se atienda el problema de disposición de aguas, los vecinos deben coordinar con el Concejo de Distrito de Dulce Nombre a fin de que presente el proyecto a la Municipalidad para que se dote de contenido presupuestario y pueda ser ejecutado en el año 2025.
Se les aclara a los vecinos que la Municipalidad procedió a realizar un mantenimiento en lastre en esa vía, el cual corresponde de acuerdo con su clasificación y que éste ya se encuentra debidamente concluido.
Se procedió a brindar respuesta al oficio presentado por los vecinos ante el gobierno local, con lo cual se subsana la omisión de respuesta.
Los habitantes agradecieron la intervención de la Defensoría y el espacio generado para aclarar los planteamientos realizados con las autoridades municipales.
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Hace llamado a habitantes a informarse ampliamente de las diversas figuras que les ofrecen para captar sus dineros
Si bien las Bolsas de Comercio o de Productos (figura distinta de la Bolsa de Valores) estuvieron sujetas a la regulación y supervisión de la Superintendencia, aplicando los principios y normas pertinentes contenidos en la Ley Reguladora del Mercado de Valores N°7732 de manera armónica, tras un voto de la Sala Constitucional del año 2011, se anuló el Transitorio IX, que permitía esta acción.
Tras su anulación, las Bolsas de Comercio quedaron restringidas a un proceso de “vigilancia” que le corresponde al Banco Central de Costa Rica (BCCR) y que según el oficio GER-0237-2024 del 20 de agosto de 2024 “además, por ser normas relacionadas estrictamente solo en relación con la operación y funcionamiento de la Bolsa, aspectos hacia los cuales se debe aplicar la vigilancia señalada en la norma legal del Código de Comercio, esto implica que el Banco Central no es competente por ley para autorizar productos o servicios que las bolsas de comercio pretendan ofrecer, sino que la vigilancia consiste principalmente en una labor a posteriori o bien a denuncia de parte. Tampoco prevé el ordenamiento jurídico la posibilidad de que el Banco Central sancione a las bolsas de comercio de forma directa en caso de que, en nuestro criterio, llegue a cometer alguna irregularidad, esto debido a que la materia sancionatoria para los entes públicos tiene reserva de ley, es decir, es solo por medio de una ley de la República que se puede determinar las conductas a sancionar y el alcance de dichas sanciones según sea el caso”.
Para la Defensoría de los Habitantes, la supervisión y la regulación se constituyen en un derecho fundamental para las y los habitantes, que complementa el derecho a la información previo a invertir en entidades, que si bien no se desconoce el aspecto de riesgo que conllevan el comercio y las inversiones, permite actuar bajo criterios de información con mayor nivel de certeza al momento de la toma de decisiones.
Por tanto y en resguarde lo dichos derechos, preocupa a esta Defensoría que a pesar de que la resolución de la Sala Constitucional data del año 2011 el país no haya avanzado en la promulgación de una reforma legal, que permita, bajo los parámetros señalados por la Sala Constitucional, sujetar las Bolsas de Comercio o Productos a la regulación y supervisión de la Superintendencia, como fue la voluntad del legislador en su momento de aprobar la Ley N° 7732.
Ante dicha situación, esta Defensoría le solicitó a la Gerencia General del Banco Central, un informe con el fin de conocer, las acciones emprendidas para contar con un nuevo marco regulatorio y de supervisión de las Bolsas de Comercio. En respuesta a la solicitud planteada, la Gerencia General del BCCR señaló que “el Banco ha mantenido conversaciones con diputados con respecto a la preocupación del vacío legal que existe con respecto a la regulación y supervisión de las bolsas de comercio y sus puestos de bolsa que llevaron a la presentación del proyecto 24.090 llamado Reforma del Inciso c) del artículo 400 del Código de Comercio, de 30 de abril de 1964 que busca darle al Ministerio de Economía y Comercio las potestades para supervisar, fiscalizar y regular a las bolsas de comercio y para el cuál el Banco ya emitió criterio positivo”.
La Defensora de los Habitantes considera oportuno que, se brinde prioridad al proyecto de Ley N° 24090 que permite avanzar en los procesos de regulación y supervisión y la mejora en su efectividad, en momentos en los que, se observa cómo en algunas entidades supervisadas se han presentado afectaciones directas a las y los habitantes. La Defensoría dará seguimiento al proyecto de ley propuesto, sin embargo, hace un llamado a las y los habitantes a informarse sobre dónde hacen sus inversiones, siendo que, en caso de duda, consulten directamente a las entidades supervisoras a las que esta Defensoría ha solicitado accesibilidad y respuestas a las personas interesadas.
Oficina de Comunicación Institucional Defensoría de los Habitantes
Luego de que la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), aprobara un proyecto para implementar dos unidades de alto desempeño para atender las listas de espera en Oftalmología y Ortopedia, en los servicios de la Clínica Oftalmológica y la Clínica Marcial Fallas, la Defensoría de los Habitantes anunció que dará seguimiento a dicho plan.
Como parte de las acciones, la Defensoría solicitó a la Gerencia Médica de la CCSS, informar los antecedentes técnicos que dieron fundamento al proyecto, copia de los acuerdos de la Junta y los términos planteados en el proyecto. También se consultó sobre los recursos disponibles, fuente de financiamiento, recursos humanos asignados, el periodo durante el cual se ejecutará, los indicadores de evaluación para determinar el progreso en la reducción de listas de espera, los mecanismos utilizados para realizar la coordinación necesaria que permita la ejecución de la jornada ordinaria de dichas clínicas y la programación extraordinaria.
Además, se pidió la valoración -si se ha realizado- sobre la eventual ampliación del proyecto a otros CAIS del país, a fin de que puedan atender a la población cercana y los criterios de selección de los pacientes para la implementación del proyecto que busca, en un plazo determinado, realizar la mayor cantidad posible de operaciones de las listas de espera, especialmente, en jornada ordinaria.
De acuerdo con datos de la CCSS publicados en medios de prensa, anualmente, ingresan a la lista de espera de operación por cataratas entre 20.000 y 30.000 pacientes nuevos. En lo que va del 2024, hay 27.000 casos más. Con respecto a ortopedia, al 2024, 14.278 personas estaban en espera de alguna cirugía en esta especialidad médica.
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Lineamientos para la elaboración de dicho presupuesto violenta obligación de respetar límites de la asignación presupuestaria*
En el año 2018 mediante resolución Nº19511–2018, la Sala Constitucional analizó varias consultas facultativas de constitucionalidad referidas al proyecto, que llegaría a ser la ley N°9635, “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” mediante el cual se implementó la regla fiscal.
Dicha resolución abordó, entre otros temas, la preocupación que manifestaron varias personas diputadas de otorgar al Ejecutivo la posibilidad de disminuir los recursos efectivamente asignados para financiar las instituciones y los efectos al contravenir así los compromisos constitucionales y convencionales ya adquiridos, por ejemplo, en temas de educación y niñez y adolescencia.
En respuesta, la Sala Constitucional recordó que la propia Ley N°9635, contempla en su artículo 23 inciso i), que durante el proceso de asignación presupuestaria se debe garantizar “el efectivo cumplimiento de los derechos que se pretenden financiar y el principio de progresividad de los derechos humanos”, estableciendo específicamente el artículo 24 una obligación a la Dirección General de Presupuesto Nacional que señala que “dicha asignación no podrá ser inferior al presupuesto vigente, en el momento de aprobación de esta ley, es decir del presupuesto 2019.
Si bien la Defensoría de los Habitantes reconoce, que a pesar de los límites establecidos el Poder Ejecutivo podría asignar el mismo monto nominal, sin ajuste alguno, lo que significa una pérdida del valor real de la asignación presupuestaria para la institución, al menos esta se constituye en el primer límite, como garantía mínima al momento de presentar ante la Asamblea el anteproyecto de presupuesto.
Pese a lo anterior, la Defensoría de los Habitantes ha detectado en el análisis del límite presupuestario máximo del año 2025 emitido por el Ministerio de Hacienda, en comparación con el presupuesto asignado para el año 2019, que al menos 5 Ministerios que tienen a cargo políticas prioritarias estarían viendo reducidos la asignación presupuestaria, en los siguientes porcentajes: Ministerio de Educación -5%, Vivienda y Asentamientos Humanos aproximadamente un -18%, Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones un -55%, Ministerio de Obras Públicas y Transportes alrededor de un -61% y Ministerio de Salud un -73%.
La Defensoría de los Habitantes señaló que estos son los primeros resultados de trabajo que permita llegar a determinar cuáles son las principales afectaciones a los derechos humanos fundamentales, durante el proceso presupuestario que aborda la elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto, investigación que dio inició con un análisis el Presupuesto asignado al Ministerio de Educación Pública para el año 2025.
Además, está Defensoría recuerda, que ya la Sala Constitucional ha intervenido en casos concretos en los que, se violentan los límites establecidos, como lo ha sido en el caso del presupuesto del Patronato Nacional de la Infancia y que es igualmente factible evaluar la constitucionalidad de un presupuesto, cuando se evidencia el vaciamiento de algún derecho fundamental o la imposibilidad de cumplir la misión constitucional, posibilidad que se analiza en el tema educación.
*Ley N°9635 establece Límites que fueron avalados por Sala IV
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Para evitar que personas afectadas con ex cooperativa inviertan en entidades de dudosa reputación
Tal y como ha sido informado por diversos medios de comunicación, tras el anuncio de que el Banco Popular absorbería el 80% del banco bueno de Coopeservidores (CS Ahorro y Crédito), se han dado a conocer que, a partir del próximo 28 de agosto, este Banco hará el depósito a los ahorrantes con un monto menor a 6 millones de colones, ya sea en una cuenta que tengan en la entidad o bien en una que el banco abrirá y será a partir del próximo 16 de setiembre que se hará el depósito de los ahorros a quiénes tenían más de seis millones de colones.
En relación con este proceso, la Defensoría de los Habitantes hace de su conocimiento su preocupación ante la exposición y posibilidad de que las y los habitantes que reciban estos dineros, puedan ser sujeto de estafas o fraudes, así como a ofertas de inversión en entidades de dudosa reputación, que carecen de cualquier tipo de supervisión o control.
En este sentido, se hace un llamado a la SUGEF, con el fin de reforzar la comunicación hacia las y los habitantes, con información accesible sobre los mecanismos para la prevención e información sobre entes supervisados autorizados para realizar actividad financiera, con el fin de minimizar riesgos a través de información oficial y atención de consultas por parte de la SUGEF.
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La Defensoría de los Habitantes ha expuesto ante las distintas administraciones gubernamentales la crítica situación de los derechos de los pueblos indígenas en Costa Rica, denunciando la constante exclusión, invisibilización y discriminación, producto de las omisiones y actuaciones de las instituciones públicas. Asimismo, ha emitido recomendaciones acerca de la obligación estatal, a todo nivel, de tomar acciones al respeto de la identidad cultural, para lo cual se hace preciso su participación activa y consulta para la toma de decisiones, en aras de una igualdad y acceso real a sus derechos.
El Estado costarricense ha reconocido legalmente 24 territorios indígenas y ha establecido que son inalienables, imprescriptibles, no transferibles y exclusivos para las comunidades indígenas, sin embargo, un alto porcentaje de esas tierras se encuentran en manos de no indígenas, pese a que la Ley Indígena estipula que las personas no indígenas propietarias o poseedoras de buena fe dentro de los territorios deben ser expropiadas, reubicadas o indemnizadas.
Para la Defensoría de los Habitantes el Estado costarricense debe elaborar, con la participación de los pueblos indígenas, un proyecto nacional que contemple acciones de saneamiento, ordenamiento, demarcación, delimitación, restitución y reparación de las tierras indígenas, incluidas aquellas consideradas ancestrales o de uso tradicional.
El acceso de los pueblos indígenas a la justicia es todavía un pendiente, pues del reconocimiento normativo a su ejercicio práctico, hay un largo camino de desconocimiento, omisiones e incumplimientos, siendo que el país debe avanzar con prontitud al reconocimiento pleno e integral de su derecho a la justicia, que pasa por la vigencia de los sistemas propios de regulación de sus asuntos internos, de acuerdo a sus cosmovisiones hasta la posibilidad de acudir a los sistemas nacionales de justicia administrativa y judicial, apropiada y adecuada a sus valores, costumbres y tradiciones.
En virtud que la población indígena ha sido testigo de los pocos o nulos avances para alcanzar la igualdad sustantiva en el reconocimiento y tutela de sus derechos colectivos, por parte del Estado costarricense, la Defensoría de los Habitantes organizó hoy un espacio de diálogo intercultural con miembros de pueblos indígenas, personas expertas en derechos de los pueblos originarios y entes claves del sector público, sobre el acceso a la justicia de pueblos indígenas, que resultara un punto de partida para visibilizar el estado de la situación, discutir y reflexionar acerca de la discriminación estructural a la que se ha visto sujeta esta población, y generar así, recomendaciones y acciones adecuadas para que las instituciones del sector público cumplan sus obligaciones y responsabilidades en protección y restitución de sus derechos.
En la actividad participa la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert, el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, Francisco Cali Tzay, organizaciones de la sociedad civil, entre otras personas.
Este espacio se transmite en vivo por la cuenta oficial de la Defensoría de los Habitantes en Facebook: Defensoriacr
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A propósito de la información divulgada en medios de comunicación sobre la posibilidad de que el Estado proceda con la construcción de cárceles a través de la utilización de carpas, la Defensoría de los Habitantes solicitó al Ministerio de Justicia y Paz informar sobre varias inquietudes.
Entre ellas, si el Ministro de Justicia y Paz, el Director General de Adaptación Social u otras instancias administrativas de dicho ministerio, se han asesorado en otras latitudes para obtener información acerca de cómo se han construido y operan cárceles en las que se han utilizado carpas para albergar a la población privada de libertad. En caso de ser así, indicar cuáles países fueron los abordados para recopilar experiencia al respecto, si han sido visitadas cárceles, detallar cuáles y los resultados de las mismas, así como señalar las buenas prácticas de protección de los derechos de las personas privadas de libertad que el Ministerio ha observado luego de tener contacto con este tipo de construcciones o proyectos, más allá del tema estrictamente presupuestario.
Además, especificar si el Ministerio de Justicia y Paz tiene contemplado dentro de su portafolio institucional de proyectos de construcción, la construcción de cárceles utilizando carpas. En caso de ser así, efectuar una descripción del proyecto, en qué lugar se construiría, el presupuesto a utilizar, cómo se incluirían las obras complementarias que se requieren para la operatividad de un centro penitenciario, así como para garantizar plenamente la prestación de servicios técnicos y de seguridad de un establecimiento de este tipo.
En respuesta a la Defensoría, el Ministro de Justicia y Paz aclaró que el nombre correcto es “construcciones livianas” en los centros penitenciarios del país e indicó que este proyecto se encontraba en una etapa de estudio, análisis y búsqueda de opciones, con el fin de tomar la decisión que convenga a los intereses del Sistema Penitenciario del país y bajo el respeto de los Derechos Humanos. Agregó que cuando esa cartera ministerial concrete y defina la viabilidad del proyecto, y con mayores especificaciones, lo podrán en conocimiento de la Defensoría de los Habitantes y dará respuesta a las inquietudes que existan.
Asimismo, el Ministro de Justicia y Paz indicó que, actualmente, se estaba en la fase previa del proyecto, considerando aspectos asociados como estudio de mercado y factibilidades, y que, como parte de las etapas que se debían desarrollar para su ejecución, estaba la inclusión del perfil del proyecto ante MIDEPLAN, para lo cual se hacía necesario finalizar la etapa previa del mismo que les permitiría definir el alcance del proyecto, y su estudio económico, entre otros aspectos, los que serían incluidos dentro de la inscripción del proyecto.
Considerando la anterior información y de conformidad con los procedimientos institucionales, la Defensoría procedió a la apertura de una Intervención de Oficio, tratándose de una situación que reviste especial interés, en procura de garantizar el efectivo y pleno disfrute de los Derechos Fundamentales de la población privada de libertad, y, sobre todo, considerando que existen estándares internacionales de construcción de centros penitenciarios que deben ser cumplidos por la Administración Penitenciaria.
La realidad de las cárceles muestra una cantidad ilimitada de elementos que inciden de manera negativa en la prestación de los servicios para dicha población. La privación de libertad es una condición derivada de un proceso jurisdiccional, mediante el cual se genera una consecuencia jurídica, cuya implicación es la pérdida de la libertad para una persona, durante un lapso de tiempo determinado. Esta condición no implica la suspensión de garantías o demás derechos de las personas que se encuentran en dicha circunstancia.
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