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Etiqueta: Defensoría de los Habitantes

Defensoría ante resolución de la Sala Constitucional sobre Ley Jaguar

El respeto a las resoluciones de la Sala Constitucional es fundamental para la estabilidad democrática y la paz social. Insta a defender los cimientos del Estado de Derecho

La Defensoría de los Habitantes hizo un llamado a respetar las resoluciones emitidas por la Sala Constitucional, en tanto constituyen un cimiento fundamental del Estado de Derecho y de la convivencia democrática.

El acatamiento de lo resuelto por dicho órgano jurisdiccional ante los asuntos sometidos a su conocimiento es necesario para la seguridad jurídica del país, indistintamente de las posiciones particulares de las partes involucradas.

La Defensoría de los Habitantes considera esencial que las controversias se canalicen a través de los mecanismos existentes, en apego al ordenamiento jurídico.

El respeto y equilibrio entre los Poderes de la República es indispensable para que Costa Rica camine por la vía democrática. Toda sociedad puede decidir los cambios que se necesitan sin debilitar los controles que garanticen la eficiencia y la transparencia en el uso de los recursos públicos. En una democracia como la costarricense, todas y todos debemos velar porque se garantice la independencia en la actuación de las instituciones del Estado, así como el adecuado funcionamiento de los contrapesos en el ejercicio del poder público.

Como Institución Nacional de Derechos Humanos, desde la Defensoría de los Habitantes seremos absolutamente respetuosos de las resoluciones que emita la Sala IV, siendo que sus fallos se basan a lo establecido en nuestra Constitución Política y que, las personas que somos funcionarias y funcionarios públicos, juramos respetar y defender.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Ante pautas publicitarias con posible contenido racista

Ante una serie de comentarios emitidos en redes sociales por habitantes donde se hacía referencia de anuncios de desodorantes con aparente contenido racista, desde la Defensoría de los Habitantes y de oficio, efectuó una consulta sobre el tema concreto a la Oficina de Control de Propaganda del Ministerio de Gobernación y Policía.

Recibiéndose el oficio OCP-AMG-017-2024 de fecha 16 de julio del 2024 mediante el cual la Oficina de Control de Propaganda informó:

“…analizando dos pautas comerciales que se han encontrado en los medios de comunicación (televisión nacional) que tienen alguna relación con personas afrodescendientes, al aplicarle los criterios de evaluación concluye esta Oficina de Control que no contravienen la Ley número 5811 ni la Ley número 10.267”.

El artículo 20 del Reglamento a la Ley 5811 denomina Ley de Control de Propaganda establece:

  1. Toda persona que fundamente haber visto u oído algún tipo de propaganda estipulada en el artículo 1 de la Ley nº5811 del 10 de octubre de 1975, podrá poner su denuncia por escrito ante la Oficina de Control de Propaganda, indicando el medio de comunicación, la descripción del contenido y demás datos que permitan localizar con exactitud el anuncio a que la denuncia se refiere.
  2. Al recibir la denuncia la Oficina dará o enviará una constancia de recibo al denunciante.
  3. En casos calificados, en que la Oficina crea necesario que la propaganda denunciada sea retirada inmediatamente de la percepción del público, tendrá la facultad de suspender su exhibición siguiendo el procedimiento indicado en el artículo 18.
  4. A partir del recibo de la denuncia la oficina deberá pronunciarse al respecto, en un término no mayor de un mes.

Es importante reiterar que, como toda otra dependencia pública, la Oficina de Control de Propaganda debe ajustarse al marco normativo que habilita y delimita su accionar, en este caso, la protección de la imagen y los derechos de la familia, la mujer, el hombre, las personas menores de edad y las personas adultas mayores para erradicar la discriminación. De ahí que se cuenta actualmente con criterios específicos relacionados con no discriminación, violencia, sexualización inapropiada y/o exagerada, estereotipos sociales y de género asociados con la violencia simbólica, con personas menores de edad, actividades para personas adultas y criterios para otras condiciones o situaciones especiales. El actuar de la Oficina de Control de Propaganda del Ministerio de Gobernación y Policía busca erradicar los estereotipos sociales, todo ello en el enfoque marco de la protección de los derechos humanos de todas las personas habitantes de este país en el ámbito de la publicidad comercial.

Desde la Defensoría de los Habitantes se hace un llamado a la población en general para que, en caso de observar alguna pauta publicitaria considera que la misma es ofensiva o racista puede presentar su queja al correo electrónico ocontroldepropaganda@mgp.go.cr 

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Condenas al AyA reflejan las fallas en la gestión del agua, asegura Defensoría

Dará seguimiento a cumplimiento de planes de inversión y del plazo establecido por la Sala Constitucional

La Defensoría de los Habitantes afirmó que las recientes condenas contra el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) por parte de la Sala Constitucional son un reflejo que el regulador y operador del servicio de agua han fallado a la población.

Para tal efecto requiere, de manera urgente, una planificación e inversión que permita garantizar el derecho al acceso del agua potable a las comunidades, en especial, a las más afectadas durante los últimos años con faltantes del líquido por periodos prolongados.

La Defensoría de los Habitantes ha venido alertando sobre la crisis que ha atravesado el país en esta materia debido a racionamientos prolongados y contaminación, al punto que, ha sido necesario, incluso, presentar como institución, informes técnicos ante el Tribunal Constitucional. Es por ello, que cómo órgano de control de legalidad dará seguimiento al cumplimiento del plazo otorgado por la Sala IV para satisfacer las necesidades de las poblaciones afectadas y además, seguirá pidiendo cuentas de los avances en los planes de inversión anunciados.

La Defensoría viene insistiendo en que el país debe implementar, con prioridad y previsión, una adecuada gestión integral del recurso hídrico, pues de lo contrario, el impacto para el próximo verano podría ser muy grave para las comunidades del Gran Área Metropolitana.

“Hay que aceptar que existe una crisis de gestión hídrica y en ese sentido, se vuelve indispensable que las medidas a implementar se dirijan más allá de acciones paliativas, porque es evidente que han resultado insuficientes ante la grave problemática. Se necesita una planificación y ejecución más eficiente de proyectos de infraestructura a mediano y largo plazo. Es imperativo que todos los prestatarios del servicio de agua potable actúen con urgencia para resolver los problemas existentes y aseguren una gestión sostenible del recurso hídrico”, recalcó la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert.

Defensoría revisará posibles recortes a entidades públicas en presupuesto 2025

La Defensoría de los Habitantes inició una investigación de oficio sobre el presupuesto que tendrán los 18 Ministerios para determinar si la asignación presupuestaria para el 2025 lleva implícita o no recortes que puedan poner en aprietos programas sociales.

A este listado de instituciones del Gobierno Central se suma el Banco Hipotecario de la Vivienda, el Instituto Mixto de Ayuda Social y el Patronato Nacional de la Infancia, debido a que son entidades del Estado que atienden a población en condición de vulnerabilidad.

La información se solicitó a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda. El interés de este órgano de control es conocer el límite presupuestario máximo y el presupuesto aprobado del 2024 además, el límite presupuestario máximo del 2025 de cada entidad.

También se solicitó al director general de Presupuesto Nacional, José Luis Araya Alpízar, el listado de instituciones públicas que se les haya realizado recortes a la asignación presupuestaria en comparación con el ejercicio fiscal del año 2024 y las razones del por qué dichos ajustes.

La alerta para la Defensoría de los Habitantes proviene ante la posibilidad de una disminución en el presupuesto destinado a la educación para el próximo año y, los impactos que enfrenta este sector con la aplicación de la regla fiscal, pues el país debe seguir apostando a una inversión en el sistema educativo para transformar el futuro de los habitantes, disminuyendo la desigualdad social, ampliando las oportunidades y reforzando el conocimiento, práctica y defensa de los derechos humanos.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Costa Rica excluyó a niñez indígena de Política Nacional

Defensoría acudió a Sala IV para que se garantice la protección de sus derechos

Costa Rica excluyó de la Política Nacional de Niñez y Adolescencia 2024-2036, vigente en la actualidad, a la población menor de edad indígena, lo que representa una flagrante violación al interés superior del niño y de la niña indígena, sus derechos a la igualdad y no discriminación, sus derechos de participación, supervivencia y desarrollo, entre otros.

A pesar de que la Defensoría de los Habitantes alertó a las autoridades competentes de esta grave decisión, no se echó marcha atrás, situación que provocó que elevara el caso ante el Tribunal Constitucional a través de un recurso de amparo, el cual ha sido admitido para estudio.

La decisión del Gobierno fue que la consulta sobre los derechos de niños, niñas y adolescentes se hiciera en el marco de la Política Pública de Pueblos Indígenas y no en la Política Nacional de Niñez y Adolescencia. “La desidia y la falta de seriedad con la cual el Estado costarricense ha abordado el tema, y particularmente la violación de derechos que las acciones del Estado generan, al haber dispuesto que la consulta de la política de niñez de la población menor de edad indígena se anexará a la consulta general de pueblos indígenas -lo que supone un periodo mínimo de dos años o inclusive superior- atentan contra el principio de interés superior del niño y la niña, pero además una decisión que se tomó sin criterios razonables ni objetivos”, afirmó la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert.

Para esta Defensoría, dicha exclusión constituye una discriminación que invisibiliza a las personas menores de edad que viven en territorios indígenas, sus inquietudes y sus aspiraciones, violentando sus derechos e incumpliendo con la Convención sobre los Derechos del Niño y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La Defensoría solicitó a la Sala Constitucional declarar violatorios los acuerdos del Consejo de la Niñez y la Adolescencia, y ordenar la inmediata realización del proceso de consulta a las niñas, niños y adolescentes de los 24 territorios indígenas, garantizándose con ello, la incorporación de sus necesidades y aspiraciones en la Política Nacional de Niñez y Adolescencia y en sus planes de acción.

“No hay política pública sin derechos humanos, ni se puede hablar de una garantía de los derechos humanos sin una debida política pública, su relación es innegable e indisoluble, pues la política pública viene a instrumentalizar el medio a través del cual, el Estado garantiza los derechos, medio que debe tener, además, un contenido presupuestario que torne realista y realizable su ejecución”, agregó la Defensora de los Habitantes.

La discriminación denunciada se observa claramente en cuatro momentos distintos.:

  • A raíz de la exclusión de las personas menores de edad indígenas de los extensos procesos de consulta realizados por la Secretaría Técnica de Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia durante la formulación de la Política Nacional de Niñez y Adolescencia 2024-2036.
  • En la sesión ordinaria CNNA 03-2023 del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, celebrada el 24 de octubre de 2023, en la que se acuerda atender la consulta y los asuntos relativos a la niñez y adolescentes indígenas en el marco de elaboración de la Política Pública para Pueblos Indígenas (Acuerdo artículo 07) aparte 04), sin fundamentar tal decisión.
  • En la sesión extraordinaria CNNA 02-2024 del 18 de abril de 2024 del Consejo Nacional Niñez y la Adolescencia, con la adopción de los Acuerdos artículo 05) aparte 01) y 02), con los cuales se pretende conferirle un fuero de legitimidad a un proceso lesivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes indígenas y queda aprobada la Política Nacional de Niñez y Adolescencia.
  • Por último, se concreta y consolida con el lanzamiento y la entrada en vigencia de dicho instrumento programático-estratégico, en tanto, a partir de ese momento se perpetua la discriminación histórica en contra de la población menor de edad indígena debido a la ausencia de acciones afirmativas y medidas especiales concretas a favor de esa población, que les permita acceder desde un plano de igualdad al disfrute de todos los derechos reconocidos a la población menor de edad, en general.

Como Defensoría hemos venido exigiendo un compromiso real del Estado en materia de protección de derechos de la niñez plasmados en casos concretos como el de la niña desaparecida en Cartago, una adecuada prevención y atención a los casos por acoso escolar, la reducción en la inversión a la educación, entre otros.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Hospital de Alajuela: Faltante de 18 EBAIS complica servicios a usuarios

Informe de la Defensoría de los Habitantes

La saturación del servicio de emergencias del Hospital San Rafael de Alajuela tiene una causa que agrava el problema: un faltante de 18 EBAIS, según datos de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). Esa situación genera una sobrecarga de pacientes provenientes de algunas Áreas de Salud que presiona la capacidad de atención del centro hospitalario e impacta en la prestación de los servicios de atención médica.

Así lo plasmó la Defensoría de los Habitantes en un informe con recomendaciones a la CCSS, donde considera necesario que se dote a la población alajuelense de más equipos de atención primaria y, el establecimiento de más áreas de salud que funcionen 24/7 para atender la demanda de pacientes ambulatorios y con patologías de menor complejidad, que puedan completar sus procesos diagnósticos y terapéuticos en ese primer nivel.

Adicionalmente, la Defensoría considera necesario que se remodelen y amplíen los servicios de Neonatología, Emergencias, Quirófanos, Intermedios y UCI del hospital de Alajuela y los Servicio de Cuidados Intensivos de los hospitales Carlos Luis Valverde Vega y San Francisco de Asís, los cuales están dentro del proyecto 0824-CCSS.

Entre las recomendaciones que gira esta Defensoría a la Gerencia Médica de la CCSS está valorar, si no lo ha hecho todavía, la aprobación del proyecto 0824-CCSS de fortalecimiento del Hospital San Rafael de Alajuela planteado el 1 de marzo de 2024, el cual incluye la dotación de más recurso humano, lo mismo que la aprobación del proyecto de construcción y equipamiento Servicio de Urgencias, en el Hospital San Francisco de Asís Grecia (laboratorio, farmacia y Rayos X).

Datos sobre la saturación

Durante el 2023 y hasta febrero 2024, en el Hospital San Rafael de Alajuela se generaron 114.000 atenciones en el servicio de emergencias, entre las cuales se encuentra gran cantidad casos que no necesariamente representan verdaderas emergencias: 37.696 verdes (33 %), 67.183 amarillos (58 %), 9.458 rojos (8 %), 241 azules (1%). Hubo cerca de 200 pacientes en condición blanco a los que se suman los 24.604 usuarios que fueron valorados por medio de “triage” y redireccionados a otras áreas de salud. Estos datos indican que la mayoría de pacientes presentan casos simples que no ameritan una atención inmediata y que pueden ser atendidos en un nivel de complejidad inferior.

La media de ocupación del servicio de emergencias del Hospital de Alajuela, de enero 2023 a febrero 2024, fue de 120%, generando plazos de espera de los pacientes para ser internados hasta de 12 días, en servicios como Ortopedia, por ejemplo. De las especialidades con mayor cantidad de pacientes se encuentran Ortopedia, Medicina Interna, Geriatría, Neumología y Cardiología.

Otro dato importante que debe resaltarse es que la población adscrita al Hospital de Alajuela es de 676.698 habitantes, de los cuales, 391.698 habitantes son directos y 285 mil habitantes son de adscripción indirecta, pues provienen de los cantones de Grecia, Naranjo, San Ramón, Palmares, Alfaro Ruiz-.

Brechas de faltante de EBAIS
Datos Dirección Regional Integral de Prestación
de Servicios de Salud Central Norte CCSS

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Defensoría pide cuentas a seis instituciones del Estado por atrasos salariales en el MEP

Situación salarial podría ser más grave

Debido a las repercusiones que hay desde el punto de vista de derechos laborales del funcionariado, la no eficiencia administrativa, la afectación de las finanzas públicas y los problemas para la elaboración y ejecución presupuestaria, los procesos y sentencias judiciales, la Defensoría de los Habitantes debió pedir cuentas a seis instituciones del Estado porque la situación en los atrasos salariales de las personas funcionarias del Ministerio de Educación Pública (MEP), podría ser más grave de lo que inicialmente se pudo determinar.

Para la Defensoría, esta situación afecta la trascendental labor que cumplen las personas trabajadoras del MEP como responsables del sistema público de educación de la niñez, adolescencia y juventud costarricense.

Es por eso que, es de suma importancia tener información de los ministerios de Hacienda, Trabajo y Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), de la Procuraduría General de la República, de la Contraloría General de la República y del mismo MEP, para realizar una investigación estructural, de manera que se logre tener una visión integral de dicha problemática.

La Defensoría ha venido atendiendo un número considerable de denuncias de personas funcionarias del MEP sobre la inadecuada gestión y excesiva tardanza, por parte de la Dirección de Gestión de Talento Humano de este ministerio, en el reconocimiento y pago de diferentes incentivos salariales a los que tienen derecho (carrera profesional, anualidades, excedentes y otros), tanto de períodos fiscales vencidos como del actual.

A esas denuncias se unen otras, reiteradas año con año sin que se visualice alguna solución, sobre las múltiples omisiones, por parte del MEP, en cuanto al pago de distintos rubros que son parte del salario de su personal; omisiones reiteradas como, por ejemplo, salarios incompletos por el no reconocimiento de lecciones ya impartidas, recargos no reconocidos o rebajos injustificados; amén del aumento por costo de vida no reconocido y el no pago de prestaciones, entre otros.

En detalle

Al ministro de Hacienda, Nogui Acosta, se le envió cinco consultas sobre las partidas concretas en presupuestos ordinarios y modificaciones presupuestarias o presupuestos extraordinarios aprobados al MEP para cubrir el pago de períodos fiscales vencidos, indexaciones, multas, intereses y demás rubros originados en resoluciones administrativas y sentencias judiciales de los reclamos administrativos sobre el MEP. Sobre las cifras pagadas de más, por errores de la Administración originados en cálculos erróneos y el monto, esto dentro del periodo comprendido entre el 01 de enero del 2010 y el 30 de junio de 2024. También se le consultó el porcentaje, dentro del presupuesto para educación, que ha representado esas partidas presupuestarias, entre otros aspectos.

Al ministro de Trabajo, Andrés Romero, se le solicitó las propuestas planteadas al MEP y las acciones adoptadas. También debe informar sobre los espacios de diálogo dispuestos por ese ministerio o acercamientos que se haya tenido con el personal del MEP afectado o con sus organizaciones gremiales, para su análisis y propuestas de abordaje integral y efectivo y las acciones que se ejecutarán en el corto plazo, para incidir en la atención y solución de esta problemática que, evidentemente, afecta los derechos laborales del funcionariado.

A Mideplan, se le envió cuatro solicitudes; las acciones adoptadas para contribuir en la construcción de rutas de acción que conduzcan a la identificación y superación de las causas estructurales que la generan, un análisis, desde el punto de vista de la planificación y gestión del talento humano para mejorar la administración del MEP en cuanto a su capacidad de respuesta frente a los reclamos que se le plantean por los conceptos indicados.

A la Procuraduría General de la República, se le solicitó un informe sobre la cantidad de procesos judiciales interpuestos por el personal del MEP, el tipo de proceso, montos cobrados al Estado como consecuencia del pago de las costas, daños y perjuicios e intereses declarados en las sentencias judiciales, la cantidad total de profesionales asignados para la atención de dichos procesos y las acciones entabladas o que ejecutará la Procuraduría ante el MEP, en resguardo del erario público afectado por el cumplimiento de tales sentencias judiciales.

A la Contraloría General de la República, se le solicitó información sobre el seguimiento realizado a informes elaborados sobre ejecución presupuestaria y si hay o no nuevas investigaciones relacionadas con la problemática denunciada.

Y al MEP, la Defensoría le solicitó información muy detallada sobre diez puntos, entre los que destaca, detalles específicos sobre los reclamos administrativos planteados por las personas, los reclamos en vía judicial, los reclamos interpuestos por concepto de aumento por costo de vida, sobre el pago de prestaciones, detalle de los sistemas informáticos que están en funcionamiento para atender reclamos y especificaciones sobre el presupuesto institucional y un análisis realizado sobre la problemática que investiga la Defensoría de los Habitantes de cara a la búsqueda de soluciones en el corto plazo.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Defensoría investiga traslado de atención de carreteras nacionales a municipalidades

Sobre más de 3.000 kilómetros de la red vial nacional

Como parte del control de legalidad que realiza la Defensoría de los Habitantes, se le envió al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, (MOPT), 12 preguntas relacionadas con la eventual entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo N° 44.263-MOPT, que estaría trasladando a las municipalidades del país la atención de más de 3.000 kilómetros de carreteras nacionales.

El objetivo de esta Defensoría es verificar la procedencia técnica y jurídica de dicha medida y garantizar que su eventual aplicación no perjudique la conservación y mejoramiento de dichos caminos públicos. Estas son las consultas que el jerarca del MOPT, Mauricio Batalla Otárola, debe responder dentro de los cinco días hábiles: si la transferencia de dicha responsabilidad fue comunicada formalmente a los gobiernos locales involucrados o no. En caso afirmativo, precisar en qué fechas y a través de qué medios.

Se le consultó si la medida fue adoptada con el concurso y participación de dichos gobiernos locales, o si es una decisión unilateral del Poder Ejecutivo, además, en caso de llevar adelante esta iniciativa, cuál es la cuantía exacta de los recursos que serán transferidos a cada una de las municipalidades involucradas y si dichos recursos ya están o no reservados a nivel presupuestario.

Para esta Defensoría, es importante saber en qué fechas serán transferidos los respectivos recursos a las municipalidades involucradas, a través de qué metodología se estableció la cuantía de recursos a trasladar para cada una de ellas y si su ministerio considera que tales recursos son suficientes para garantizar el óptimo mantenimiento y conservación de las carreteras cuya atención sería encomendada a los gobiernos locales.

Además, se le consultó si la transferencia de esta responsabilidad no prevé transferir recursos adicionales, qué consideración le merece que los establecidos actualmente en las Leyes N° 8114 y 9329, se destinen exclusivamente al mantenimiento de la red vial cantonal y cuál sería el plazo por el que se trasladaría dicha responsabilidad a las municipalidades.

También, deberá informar si considera que las respectivas municipalidades están preparadas en términos de recursos humanos, administrativos y logísticos, para asumir dicha responsabilidad a partir del presente mes y lograr la ejecución presupuestaria de los recursos que les serían transferidos y presentar los estudios técnicos recientes de órganos expertos como LANAMME u otros, que precisen el estado actual de las carreteras cuya atención se trasladaría a las municipalidades.

Por último, deberá indicar qué consideración le merece la posible transgresión al principio de jerarquía de las normas, que implicaría trasladar la atención de carreteras nacionales a las municipalidades vía Decreto, a pesar de que la Ley General de Caminos Públicos, N° 5060, asigna al MOPT la administración de la red vial nacional (incluyendo las carreteras primarias, secundarias y terciarias), y a las municipalidades la red vial cantonal.

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Defensoría de los Habitantes

Defensoría: Urge soluciones de agua para habitantes de Aserrí

Defensoría dará seguimiento a acciones de la Municipalidad sobre acueducto

Debido a que la comunidad de Aserrí ha enfrentado por años una situación crítica en relación con el suministro de agua potable, tal como se refleja en las denuncias presentadas, la Defensoría de los Habitantes considera que la Municipalidad local debe tomar todas las medidas e implementar las acciones que se requieran para una planificación integral de las necesidades de inversión y mejora de la prestación de ese servicio público.

Para la Defensoría, el gobierno municipal debe realizar las obras de infraestructura necesarias para satisfacer la demanda actual y futura, en aras de garantizar efectivamente el derecho humano al acceso al agua potable, por lo que se le solicitó remitir el cronograma de acción, con responsables y plazos de la ejecución de todos sus proyectos.

Además, deberá presentar una estrategia de control interno, con análisis de riesgos y definir quienes tendrán la responsabilidad de hacerla cumplir en el menor tiempo posible y dar a conocer, tanto a la comunidad de Aserrí como a esta Defensoría, el Plan de Contingencia y Protocolo de Comunicación con el que cuenta esa municipalidad.

De acuerdo con las denuncias presentadas en el mes de mayo del 2024, la Municipalidad de Aserrí incumple con el suministro de agua, así como con los horarios de racionamiento propuestos, lo que genera una condición de desigualdad con un recurso tan importante como es el agua, además que el líquido presenta la turbidez.

Según esta Municipalidad, la topografía bastante irregular contribuye a aumentar la problemática, ya que el agua llega primero a las partes bajas, donde el líquido se consume de manera desproporcionada, y deja a las partes altas, con cierto grado de desabastecimiento. Además, este año los caudales de las fuentes superficiales que abastecen la planta de tratamiento han disminuido hasta niveles de 30 litros por segundo, teniendo con ello un déficit actual de 80 litros por segundo.

Además, indicaron a esta Defensoría que la situación climática no es ajena a la municipalidad y ha obligado a tener que establecer sectorialmente horarios de racionamiento, en donde se regulan válvulas durante 16 horas continuas para garantizar que tanto las partes bajas como las partes altas puedan tener suministro de agua lo más equitativamente posible.

Según indicó la alcaldesa de Aserrí, Patricia Mayela Porras Segura, la Municipalidad tiene proyectado para el año 2024, perforar un pozo en el sector de Lourdes u otro sector afín. Para el año 2025 pretenden adquirir propiedades para perforar dos pozos más y un camión cisterna para el acueducto municipal. Para el 2026 proyectan aumentar la capacidad de almacenamiento en un millón de litros más en la planta de tratamiento municipal y para el 2027 tener por lo menos perforados tres pozos que ayuden a mejorar el suministro del agua a la población de los distritos del centro de Aserrí y salitrillos y con ello reducir el tema del racionamiento y construir una planta de tratamiento potabilizadora en el sector de Salitrillos.

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Defensoría de los Habitantes

Defensoría plantea amparo contra Ministro por no responder dudas sobre Política de Seguridad Pública

Defensoría evalúa Política “Costa Rica Segura Plus 2023-2030”

La Defensoría de los Habitantes planteó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra el Ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora, por ser omiso en las respuestas ofrecidas a éste órgano de control sobre avances en la ejecución de la “Política Nacional de Seguridad Pública Costa Rica-Segura Plus 2023-2030”.

El 03 de abril anterior la Defensoría remitió al señor Ministro una gestión en aras de revisar los resultados de la Política Nacional de Seguridad Pública, que incluía varias inquietudes puntuales, no obstante, desde entonces no ha informado sobre algunas de ellas bajo el argumento de que primero debe emitir un Plan de Acción de la Política Pública -previsto para octubre-.

Para esta Defensoría, ninguna de las consultas que quedaron sin responder requiere la emisión de un Plan de Acción, por lo que no es de recibo dejar de informar sobre las actas y reglamentación del «Consejo de Seguridad Nacional» establecido en la Política; las metas de reducción de delitos previstas en la Política; las fuentes de financiamiento que garanticen sostenibilidad a la Política, o los mecanismos de rendición de cuentas hacia la ciudadanía, entre otros aspectos.

Llama la atención que el Ministro de Seguridad, sí informó sobre un cronograma para elaborar el Plan de Acción de la Política, y que las acciones a desarrollar inicien justamente en abril de 2024, cuando esta Defensoría le consultó sobre la programación de trabajo para emitir ese instrumento, luego de transcurridos cinco meses de emitida la Política.

El Plan de Acción es el «corazón» de la Política Pública y sin él queda solo una declaración de buenas intenciones en el mejor de los casos, por lo que esta Defensoría insistió, a través de la prevención de ley, para que el ministro Zamora respondiera todo lo consultado.

En respuesta a la prevención, el Ministro de Seguridad tampoco respondió todo lo solicitado y más bien cuestionó aspectos de procedimiento de este órgano de control de legalidad, evadiendo dar respuesta a los temas de fondo requeridos. Ante ello, la Defensoría recurrió a la Sala Constitucional para hacer valer el derecho de acceso a la información de interés público que tutela el artículo 30 de la Constitución Política, recurso que fue acogido para su estudio por parte del Tribunal y le otorgó un plazo de tres días para que rinda cuentas.

Cabe destacar que, más recientemente el señor Ministro respondió parcialmente a las consultas de la Defensoría, pero ello ocurrió hasta el pasado 25 de junio, un día después de que la Sala Constitucional le notifica la interposición del Recurso de Amparo y le fijara un plazo para referirse a su omisión. Así, la Defensoría considera lamentable que se deba recurrir hasta el órgano constitucional para que acceda a informar sobre la conducción de esta política pública, y que, aún así, lo haga de forma incompleta.

Las políticas públicas son los mecanismos que permiten concretar las líneas maestras por donde encauzará el Estado sus esfuerzos para materializar y dar vigencia real y cotidiana a los derechos humanos; por su naturaleza y alcance, la Política Nacional de Seguridad Pública tiene una afectación e impacto transversal en el resguardo de diversos derechos humanos de toda la población como son la vida, la integridad física, la libertad, la igualdad, el desarrollo, la salud, entre otros, lo que la convierte indudablemente en información de un alto interés público que debe estar al alcance de toda la ciudadanía y de la Defensoría como órgano de control y supervisión, sin restricción alguna, para asegurar su cumplimiento.

Oficina de Comunicación Institucional / Defensoría de los Habitantes