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Etiqueta: Defensoría de los Habitantes

Defensoría externa preocupación por vacío de regulación de Bolsas de Comercio

Hace llamado a habitantes a informarse ampliamente de las diversas figuras que les ofrecen para captar sus dineros

Si bien las Bolsas de Comercio o de Productos (figura distinta de la Bolsa de Valores) estuvieron sujetas a la regulación y supervisión de la Superintendencia, aplicando los principios y normas pertinentes contenidos en la Ley Reguladora del Mercado de Valores N°7732 de manera armónica, tras un voto de la Sala Constitucional del año 2011, se anuló el Transitorio IX, que permitía esta acción.

Tras su anulación, las Bolsas de Comercio quedaron restringidas a un proceso de “vigilancia” que le corresponde al Banco Central de Costa Rica (BCCR) y que según el oficio GER-0237-2024 del 20 de agosto de 2024 “además, por ser normas relacionadas estrictamente solo en relación con la operación y funcionamiento de la Bolsa, aspectos hacia los cuales se debe aplicar la vigilancia señalada en la norma legal del Código de Comercio, esto implica que el Banco Central no es competente por ley para autorizar productos o servicios que las bolsas de comercio pretendan ofrecer, sino que la vigilancia consiste principalmente en una labor a posteriori o bien a denuncia de parte. Tampoco prevé el ordenamiento jurídico la posibilidad de que el Banco Central sancione a las bolsas de comercio de forma directa en caso de que, en nuestro criterio, llegue a cometer alguna irregularidad, esto debido a que la materia sancionatoria para los entes públicos tiene reserva de ley, es decir, es solo por medio de una ley de la República que se puede determinar las conductas a sancionar y el alcance de dichas sanciones según sea el caso”.

Para la Defensoría de los Habitantes, la supervisión y la regulación se constituyen en un derecho fundamental para las y los habitantes, que complementa el derecho a la información previo a invertir en entidades, que si bien no se desconoce el aspecto de riesgo que conllevan el comercio y las inversiones, permite actuar bajo criterios de información con mayor nivel de certeza al momento de la toma de decisiones.

Por tanto y en resguarde lo dichos derechos, preocupa a esta Defensoría que a pesar de que la resolución de la Sala Constitucional data del año 2011 el país no haya avanzado en la promulgación de una reforma legal, que permita, bajo los parámetros señalados por la Sala Constitucional, sujetar las Bolsas de Comercio o Productos a la regulación y supervisión de la Superintendencia, como fue la voluntad del legislador en su momento de aprobar la Ley N° 7732.

Ante dicha situación, esta Defensoría le solicitó a la Gerencia General del Banco Central, un informe con el fin de conocer, las acciones emprendidas para contar con un nuevo marco regulatorio y de supervisión de las Bolsas de Comercio. En respuesta a la solicitud planteada, la Gerencia General del BCCR señaló que “el Banco ha mantenido conversaciones con diputados con respecto a la preocupación del vacío legal que existe con respecto a la regulación y supervisión de las  bolsas de comercio y sus puestos de bolsa que llevaron a la presentación del proyecto 24.090 llamado Reforma del Inciso c) del artículo 400 del Código de Comercio, de 30 de abril de 1964 que busca darle al Ministerio de Economía y Comercio las potestades para supervisar, fiscalizar y regular a las bolsas de comercio y para el cuál el Banco ya emitió criterio positivo”.

La Defensora de los Habitantes considera oportuno que, se brinde prioridad al proyecto de Ley N° 24090 que permite avanzar en los procesos de regulación y supervisión y la mejora en su efectividad, en momentos en los que, se observa cómo en algunas entidades supervisadas se han presentado afectaciones directas a las y los habitantes. La Defensoría dará seguimiento al proyecto de ley propuesto, sin embargo, hace un llamado a las y los habitantes a informarse sobre dónde hacen sus inversiones, siendo que, en caso de duda, consulten directamente a las entidades supervisoras a las que esta Defensoría ha solicitado accesibilidad y respuestas a las personas interesadas.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Defensoría pidió cuentas a CCSS de plan para atender listas de espera

Luego de que la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), aprobara un proyecto para implementar dos unidades de alto desempeño para atender las listas de espera en Oftalmología y Ortopedia, en los servicios de la Clínica Oftalmológica y la Clínica Marcial Fallas, la Defensoría de los Habitantes anunció que dará seguimiento a dicho plan.

Como parte de las acciones, la Defensoría solicitó a la Gerencia Médica de la CCSS, informar los antecedentes técnicos que dieron fundamento al proyecto, copia de los acuerdos de la Junta y los términos planteados en el proyecto. También se consultó sobre los recursos disponibles, fuente de financiamiento, recursos humanos asignados, el periodo durante el cual se ejecutará, los indicadores de evaluación para determinar el progreso en la reducción de listas de espera, los mecanismos utilizados para realizar la coordinación necesaria que permita la ejecución de la jornada ordinaria de dichas clínicas y la programación extraordinaria.

Además, se pidió la valoración -si se ha realizado- sobre la eventual ampliación del proyecto a otros CAIS del país, a fin de que puedan atender a la población cercana y los criterios de selección de los pacientes para la implementación del proyecto que busca, en un plazo determinado, realizar la mayor cantidad posible de operaciones de las listas de espera, especialmente, en jornada ordinaria.

De acuerdo con datos de la CCSS publicados en medios de prensa, anualmente, ingresan a la lista de espera de operación por cataratas entre 20.000 y 30.000 pacientes nuevos. En lo que va del 2024, hay 27.000 casos más. Con respecto a ortopedia, al 2024, 14.278 personas estaban en espera de alguna cirugía en esta especialidad médica.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Defensoría advierte de violaciones en asignaciones presupuestaria 2025

Lineamientos para la elaboración de dicho presupuesto violenta obligación de respetar límites de la asignación presupuestaria*

En el año 2018 mediante resolución Nº19511–2018, la Sala Constitucional analizó varias consultas facultativas de constitucionalidad referidas al proyecto, que llegaría a ser la ley N°9635, “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” mediante el cual se implementó la regla fiscal.

Dicha resolución abordó, entre otros temas, la preocupación que manifestaron varias personas diputadas de otorgar al Ejecutivo la posibilidad de disminuir los recursos efectivamente asignados para financiar las instituciones y los efectos al contravenir así los compromisos constitucionales y convencionales ya adquiridos, por ejemplo, en temas de educación y niñez y adolescencia.

En respuesta, la Sala Constitucional recordó que la propia Ley N°9635, contempla en su artículo 23 inciso i), que  durante el proceso de asignación presupuestaria se debe garantizar “el efectivo cumplimiento de los derechos que se pretenden financiar y el principio de progresividad de los derechos humanos”, estableciendo específicamente el artículo 24 una obligación a la Dirección General de Presupuesto Nacional que señala que “dicha asignación no podrá ser inferior al presupuesto vigente, en el momento de aprobación de esta ley, es decir del presupuesto 2019.

Si bien la Defensoría de los Habitantes reconoce, que a pesar de los límites establecidos el Poder Ejecutivo podría asignar el mismo monto nominal, sin ajuste alguno, lo que significa una pérdida del valor real de la asignación presupuestaria para la institución, al menos esta se constituye en el primer límite, como garantía mínima al momento de presentar ante la Asamblea el anteproyecto de presupuesto.

Pese a lo anterior, la Defensoría de los Habitantes ha detectado en el análisis del límite presupuestario máximo del año 2025 emitido por el Ministerio de Hacienda, en comparación con el presupuesto asignado para el año 2019, que al menos 5 Ministerios que tienen a cargo políticas prioritarias estarían viendo reducidos la asignación presupuestaria, en los siguientes porcentajes: Ministerio de Educación -5%, Vivienda y Asentamientos Humanos aproximadamente un -18%, Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones un -55%, Ministerio de Obras Públicas y Transportes alrededor de un -61% y Ministerio de Salud un -73%.

La Defensoría de los Habitantes señaló que estos son los primeros resultados de trabajo que permita llegar a determinar cuáles son las principales afectaciones a los derechos humanos fundamentales, durante el proceso presupuestario que aborda la elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto, investigación que dio inició con un análisis el Presupuesto asignado al Ministerio de Educación Pública para el año 2025.

Además, está Defensoría recuerda, que ya la Sala Constitucional ha intervenido en casos concretos en los que, se violentan los límites establecidos, como lo ha sido en el caso del presupuesto del Patronato Nacional de la Infancia y que es igualmente factible evaluar la constitucionalidad de un presupuesto, cuando se evidencia el vaciamiento de algún derecho fundamental o la imposibilidad de cumplir la misión constitucional, posibilidad que se analiza en el tema educación.

*Ley N°9635 establece Límites que fueron avalados por Sala IV

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Defensoría de los Habitantes

Defensoría llama a SUGEF a reforzar información sobre entes financieros supervisados y autorizados

Para evitar que personas afectadas con ex cooperativa inviertan en entidades de dudosa reputación

Tal y como ha sido informado por diversos medios de comunicación, tras el anuncio de que el Banco Popular absorbería el 80% del banco bueno de Coopeservidores (CS Ahorro y Crédito), se han dado a conocer que, a partir del próximo 28 de agosto, este Banco hará el depósito a los ahorrantes con un monto menor a 6 millones de colones, ya sea en una cuenta que tengan en la entidad o bien en una que el banco abrirá y será a partir del próximo 16 de setiembre que se hará el depósito de los ahorros a quiénes tenían más de seis millones de colones.

En relación con este proceso, la Defensoría de los Habitantes hace de su conocimiento su preocupación ante la exposición y posibilidad de que las y los habitantes que reciban estos dineros, puedan ser sujeto de estafas o fraudes, así como a ofertas de inversión en entidades de dudosa reputación, que carecen de cualquier tipo de supervisión o control.

En este sentido, se hace un llamado a la SUGEF, con el fin de reforzar la comunicación hacia las y los habitantes, con información accesible sobre los mecanismos para la prevención e información sobre entes supervisados autorizados para realizar actividad financiera, con el fin de minimizar riesgos a través de información oficial y atención de consultas por parte de la SUGEF.

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Defensoría de los Habitantes

Defensoría analiza acceso a la justicia de los pueblos indígenas

La Defensoría de los Habitantes ha expuesto ante las distintas administraciones gubernamentales la crítica situación de los derechos de los pueblos indígenas en Costa Rica, denunciando la constante exclusión, invisibilización y discriminación, producto de las omisiones y actuaciones de las instituciones públicas. Asimismo, ha emitido recomendaciones acerca de la obligación estatal, a todo nivel, de tomar acciones al respeto de la identidad cultural, para lo cual se hace preciso su participación activa y consulta para la toma de decisiones, en aras de una igualdad y acceso real a sus derechos.

El Estado costarricense ha reconocido legalmente 24 territorios indígenas y ha establecido que son inalienables, imprescriptibles, no transferibles y exclusivos para las comunidades indígenas, sin embargo, un alto porcentaje de esas tierras se encuentran en manos de no indígenas, pese a que la Ley Indígena estipula que las personas no indígenas propietarias o poseedoras de buena fe dentro de los territorios deben ser expropiadas, reubicadas o indemnizadas.

Para la Defensoría de los Habitantes el Estado costarricense debe elaborar, con la participación de los pueblos indígenas, un proyecto nacional que contemple acciones de saneamiento, ordenamiento, demarcación, delimitación, restitución y reparación de las tierras indígenas, incluidas aquellas consideradas ancestrales o de uso tradicional.

El acceso de los pueblos indígenas a la justicia es todavía un pendiente, pues del reconocimiento normativo a su ejercicio práctico, hay un largo camino de desconocimiento, omisiones e incumplimientos, siendo que el país debe avanzar con prontitud al reconocimiento pleno e integral de su derecho a la justicia, que pasa por la vigencia de los sistemas propios de regulación de sus asuntos internos, de acuerdo a sus cosmovisiones hasta la posibilidad de acudir a los sistemas nacionales de justicia administrativa y judicial, apropiada y adecuada a sus valores, costumbres y tradiciones.

En virtud que la población indígena ha sido testigo de los pocos o nulos avances para alcanzar la igualdad sustantiva en el reconocimiento y tutela de sus derechos colectivos, por parte del Estado costarricense, la Defensoría de los Habitantes organizó hoy un espacio de diálogo intercultural con miembros de pueblos indígenas, personas expertas en derechos de los pueblos originarios y entes claves del sector público, sobre el acceso a la justicia de pueblos indígenas, que resultara un punto de partida para visibilizar el estado de la situación, discutir y reflexionar acerca de la discriminación estructural a la que se ha visto sujeta esta población, y generar así, recomendaciones y acciones adecuadas para que las instituciones del sector público cumplan sus obligaciones y responsabilidades en protección y restitución de sus derechos.

En la actividad participa la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert, el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, Francisco Cali Tzay, organizaciones de la sociedad civil, entre otras personas.

Este espacio se transmite en vivo por la cuenta oficial de la Defensoría de los Habitantes en Facebook: Defensoriacr

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Defensoría de los Habitantes

Defensoría interviene de oficio ante proyecto de carpas en centros penales

A propósito de la información divulgada en medios de comunicación sobre la posibilidad de que el Estado proceda con la construcción de cárceles a través de la utilización de carpas, la Defensoría de los Habitantes solicitó al Ministerio de Justicia y Paz informar sobre varias inquietudes.

Entre ellas, si el Ministro de Justicia y Paz, el Director General de Adaptación Social u otras instancias administrativas de dicho ministerio, se han asesorado en otras latitudes para obtener información acerca de cómo se han construido y operan cárceles en las que se han utilizado carpas para albergar a la población privada de libertad. En caso de ser así, indicar cuáles países fueron los abordados para recopilar experiencia al respecto, si han sido visitadas cárceles, detallar cuáles y los resultados de las mismas, así como señalar las buenas prácticas de protección de los derechos de las personas privadas de libertad que el Ministerio ha observado luego de tener contacto con este tipo de construcciones o proyectos, más allá del tema estrictamente presupuestario.

Además, especificar si el Ministerio de Justicia y Paz tiene contemplado dentro de su portafolio institucional de proyectos de construcción, la construcción de cárceles utilizando carpas. En caso de ser así, efectuar una descripción del proyecto, en qué lugar se construiría, el presupuesto a utilizar, cómo se incluirían las obras complementarias que se requieren para la operatividad de un centro penitenciario, así como para garantizar plenamente la prestación de servicios técnicos y de seguridad de un establecimiento de este tipo.

En respuesta a la Defensoría, el Ministro de Justicia y Paz aclaró que el nombre correcto es “construcciones livianas” en los centros penitenciarios del país e indicó que este proyecto se encontraba en una etapa de estudio, análisis y búsqueda de opciones, con el fin de tomar la decisión que convenga a los intereses del Sistema Penitenciario del país y bajo el respeto de los Derechos Humanos. Agregó que cuando esa cartera ministerial concrete y defina la viabilidad del proyecto, y con mayores especificaciones, lo podrán en conocimiento de la Defensoría de los Habitantes y dará respuesta a las inquietudes que existan.

Asimismo, el Ministro de Justicia y Paz indicó que, actualmente, se estaba en la fase previa del proyecto, considerando aspectos asociados como estudio de mercado y factibilidades, y que, como parte de las etapas que se debían desarrollar para su ejecución, estaba la inclusión del perfil del proyecto ante MIDEPLAN, para lo cual se hacía necesario finalizar la etapa previa del mismo que les permitiría definir el alcance del proyecto, y su estudio económico, entre otros aspectos, los que serían incluidos dentro de la inscripción del proyecto.

Considerando la anterior información y de conformidad con los procedimientos institucionales, la Defensoría procedió a la apertura de una Intervención de Oficio, tratándose de una situación que reviste especial interés, en procura de garantizar el efectivo y pleno disfrute de los Derechos Fundamentales de la población privada de libertad, y, sobre todo, considerando que existen estándares internacionales de construcción de centros penitenciarios que deben ser cumplidos por la Administración Penitenciaria.

La realidad de las cárceles muestra una cantidad ilimitada de elementos que inciden de manera negativa en la prestación de los servicios para dicha población. La privación de libertad es una condición derivada de un proceso jurisdiccional, mediante el cual se genera una consecuencia jurídica, cuya implicación es la pérdida de la libertad para una persona, durante un lapso de tiempo determinado. Esta condición no implica la suspensión de garantías o demás derechos de las personas que se encuentran en dicha circunstancia.

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Defensoría de los Habitantes

Defensoría ante resolución de la Sala Constitucional sobre Ley Jaguar

El respeto a las resoluciones de la Sala Constitucional es fundamental para la estabilidad democrática y la paz social. Insta a defender los cimientos del Estado de Derecho

La Defensoría de los Habitantes hizo un llamado a respetar las resoluciones emitidas por la Sala Constitucional, en tanto constituyen un cimiento fundamental del Estado de Derecho y de la convivencia democrática.

El acatamiento de lo resuelto por dicho órgano jurisdiccional ante los asuntos sometidos a su conocimiento es necesario para la seguridad jurídica del país, indistintamente de las posiciones particulares de las partes involucradas.

La Defensoría de los Habitantes considera esencial que las controversias se canalicen a través de los mecanismos existentes, en apego al ordenamiento jurídico.

El respeto y equilibrio entre los Poderes de la República es indispensable para que Costa Rica camine por la vía democrática. Toda sociedad puede decidir los cambios que se necesitan sin debilitar los controles que garanticen la eficiencia y la transparencia en el uso de los recursos públicos. En una democracia como la costarricense, todas y todos debemos velar porque se garantice la independencia en la actuación de las instituciones del Estado, así como el adecuado funcionamiento de los contrapesos en el ejercicio del poder público.

Como Institución Nacional de Derechos Humanos, desde la Defensoría de los Habitantes seremos absolutamente respetuosos de las resoluciones que emita la Sala IV, siendo que sus fallos se basan a lo establecido en nuestra Constitución Política y que, las personas que somos funcionarias y funcionarios públicos, juramos respetar y defender.

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Defensoría de los Habitantes

Ante pautas publicitarias con posible contenido racista

Ante una serie de comentarios emitidos en redes sociales por habitantes donde se hacía referencia de anuncios de desodorantes con aparente contenido racista, desde la Defensoría de los Habitantes y de oficio, efectuó una consulta sobre el tema concreto a la Oficina de Control de Propaganda del Ministerio de Gobernación y Policía.

Recibiéndose el oficio OCP-AMG-017-2024 de fecha 16 de julio del 2024 mediante el cual la Oficina de Control de Propaganda informó:

“…analizando dos pautas comerciales que se han encontrado en los medios de comunicación (televisión nacional) que tienen alguna relación con personas afrodescendientes, al aplicarle los criterios de evaluación concluye esta Oficina de Control que no contravienen la Ley número 5811 ni la Ley número 10.267”.

El artículo 20 del Reglamento a la Ley 5811 denomina Ley de Control de Propaganda establece:

  1. Toda persona que fundamente haber visto u oído algún tipo de propaganda estipulada en el artículo 1 de la Ley nº5811 del 10 de octubre de 1975, podrá poner su denuncia por escrito ante la Oficina de Control de Propaganda, indicando el medio de comunicación, la descripción del contenido y demás datos que permitan localizar con exactitud el anuncio a que la denuncia se refiere.
  2. Al recibir la denuncia la Oficina dará o enviará una constancia de recibo al denunciante.
  3. En casos calificados, en que la Oficina crea necesario que la propaganda denunciada sea retirada inmediatamente de la percepción del público, tendrá la facultad de suspender su exhibición siguiendo el procedimiento indicado en el artículo 18.
  4. A partir del recibo de la denuncia la oficina deberá pronunciarse al respecto, en un término no mayor de un mes.

Es importante reiterar que, como toda otra dependencia pública, la Oficina de Control de Propaganda debe ajustarse al marco normativo que habilita y delimita su accionar, en este caso, la protección de la imagen y los derechos de la familia, la mujer, el hombre, las personas menores de edad y las personas adultas mayores para erradicar la discriminación. De ahí que se cuenta actualmente con criterios específicos relacionados con no discriminación, violencia, sexualización inapropiada y/o exagerada, estereotipos sociales y de género asociados con la violencia simbólica, con personas menores de edad, actividades para personas adultas y criterios para otras condiciones o situaciones especiales. El actuar de la Oficina de Control de Propaganda del Ministerio de Gobernación y Policía busca erradicar los estereotipos sociales, todo ello en el enfoque marco de la protección de los derechos humanos de todas las personas habitantes de este país en el ámbito de la publicidad comercial.

Desde la Defensoría de los Habitantes se hace un llamado a la población en general para que, en caso de observar alguna pauta publicitaria considera que la misma es ofensiva o racista puede presentar su queja al correo electrónico ocontroldepropaganda@mgp.go.cr 

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Condenas al AyA reflejan las fallas en la gestión del agua, asegura Defensoría

Dará seguimiento a cumplimiento de planes de inversión y del plazo establecido por la Sala Constitucional

La Defensoría de los Habitantes afirmó que las recientes condenas contra el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) por parte de la Sala Constitucional son un reflejo que el regulador y operador del servicio de agua han fallado a la población.

Para tal efecto requiere, de manera urgente, una planificación e inversión que permita garantizar el derecho al acceso del agua potable a las comunidades, en especial, a las más afectadas durante los últimos años con faltantes del líquido por periodos prolongados.

La Defensoría de los Habitantes ha venido alertando sobre la crisis que ha atravesado el país en esta materia debido a racionamientos prolongados y contaminación, al punto que, ha sido necesario, incluso, presentar como institución, informes técnicos ante el Tribunal Constitucional. Es por ello, que cómo órgano de control de legalidad dará seguimiento al cumplimiento del plazo otorgado por la Sala IV para satisfacer las necesidades de las poblaciones afectadas y además, seguirá pidiendo cuentas de los avances en los planes de inversión anunciados.

La Defensoría viene insistiendo en que el país debe implementar, con prioridad y previsión, una adecuada gestión integral del recurso hídrico, pues de lo contrario, el impacto para el próximo verano podría ser muy grave para las comunidades del Gran Área Metropolitana.

“Hay que aceptar que existe una crisis de gestión hídrica y en ese sentido, se vuelve indispensable que las medidas a implementar se dirijan más allá de acciones paliativas, porque es evidente que han resultado insuficientes ante la grave problemática. Se necesita una planificación y ejecución más eficiente de proyectos de infraestructura a mediano y largo plazo. Es imperativo que todos los prestatarios del servicio de agua potable actúen con urgencia para resolver los problemas existentes y aseguren una gestión sostenible del recurso hídrico”, recalcó la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert.

Defensoría revisará posibles recortes a entidades públicas en presupuesto 2025

La Defensoría de los Habitantes inició una investigación de oficio sobre el presupuesto que tendrán los 18 Ministerios para determinar si la asignación presupuestaria para el 2025 lleva implícita o no recortes que puedan poner en aprietos programas sociales.

A este listado de instituciones del Gobierno Central se suma el Banco Hipotecario de la Vivienda, el Instituto Mixto de Ayuda Social y el Patronato Nacional de la Infancia, debido a que son entidades del Estado que atienden a población en condición de vulnerabilidad.

La información se solicitó a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda. El interés de este órgano de control es conocer el límite presupuestario máximo y el presupuesto aprobado del 2024 además, el límite presupuestario máximo del 2025 de cada entidad.

También se solicitó al director general de Presupuesto Nacional, José Luis Araya Alpízar, el listado de instituciones públicas que se les haya realizado recortes a la asignación presupuestaria en comparación con el ejercicio fiscal del año 2024 y las razones del por qué dichos ajustes.

La alerta para la Defensoría de los Habitantes proviene ante la posibilidad de una disminución en el presupuesto destinado a la educación para el próximo año y, los impactos que enfrenta este sector con la aplicación de la regla fiscal, pues el país debe seguir apostando a una inversión en el sistema educativo para transformar el futuro de los habitantes, disminuyendo la desigualdad social, ampliando las oportunidades y reforzando el conocimiento, práctica y defensa de los derechos humanos.

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