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Etiqueta: derechos de los pueblos indígenas

Alerta temprana: ocupantes ilegales planifican actividades prohibidas por ley en Térraba

Coordinadora de Lucha Sur Sur. Domingo 5 de febrero de 2023.

Ayer sábado 4 de febrero se llevó a cabo una actividad de karaoke en el bar Las Yuntas, negocio de Teovaldo Guadamuz en el centro de Térraba.

Para hoy domingo está programada una monta de toros en San Antonio de Térraba en el redondel de la familia Mata.

Ambas actividades tienen como fin recaudar fondos para la defensa judicial de Juan Eduardo Varela, condenado el pasado miércoles 1 de febrero por el Juzgado Penal de Buenos Aires por el asesinato de Jerhy Rivera Rivera realizado con alevosía según la sentencia del ente juzgador.

Independientemente de los fines de dichas actividades, ambas son ilegales según el artículo 6 de la Ley Indígena 6172 de 1977 que en lo concerniente establece:

«Artículo 6º.- Ninguna persona o institución podrá establecer, de hecho o de derecho cantinas ni venta de bebidas alcohólicas dentro de las reservas indígenas. La presente ley anula la actual posesión y concesión de patentes de licores nacionales y extranjeros dentro de las reservas.

Queda prohibido a los municipios el otorgamiento y traspaso de patentes de licores dentro de las mismas.

Los establecimientos comerciales, sólo podrán ser administrados por los indígenas. Ninguna otra persona o institución con fines de lucro podrá hacerlo»

Las actividades son promovidas por Ivon Guadamuz (esposa de Juan Luis Varela, hermano del asesino condenado de Jerhy) y en el grupo de WhatsApp «UnidosApoyodeHuelgas», mismo que ha sido denunciado públicamente por compartir mensajes de odio y racismo contra los Pueblos Originarios.

Las familias Guadamuz (Teovaldo y Fernando, entre otros) y Mata son ocupantes ilegales del Territorio Brörán de Térraba según el bloque de constitucionalidad y el voto 2022024725 del 19 de octubre de 2022 de la Sala Constitucional.

Exigimos al Poder Ejecutivo cumplir con lo establecido legalmente y de acuerdo con el principio de legalidad impedir que se realice la actividad planificada para el día de hoy y garantizar la vida, integridad y seguridad del Pueblo Brörán de Térraba.

Juzgado rechaza demandas agrarias contra familias Cabécares recuperadoras de Kono Jú y Kelpegö

Comunicado

Viernes 3 de febrero de 2023. El Juzgado Civil, Trabajo y Familia (materia Agraria) rechazó las demandas ordinarias agrarias interpuestas por Alfonso Gerardo Naranjo Mena y Hacienda La China RYL S.A contra las familias recuperadoras de Kelpegö y Kono Jú respectivamente.

En resolución N. 2023000005 del 27 de enero de 2023 (Exp. 18-000089-1129-AG-1) el Juzgado mencionado resolvió “Se declara que la finca…está dentro del territorio indígena de China Kichá. En ese tanto, por no ser persona indígena cabécar el Señor Naranjo Mena no puede ostentar derecho de propiedad o posesión en este inmueble dada la protección especial que tienen las comunidades indígenas en su derecho a la tierra”.

Y en el Por Tanto indica el ente juzgador: «Se acogen las defensas de falta de legitimación activa y pasiva que interponen los demandados. En consecuencia, se declara sin lugar en todos sus extremos la demanda ordinaria agraria de Alfonso Naranjo Mena contra ADITI China Kichá y otros».

Este terreno fue adquirido por Naranjo Mena mediante compra – venta en el 2007 y fue el primer terreno recuperado por familias del Pueblo Cabécar de China Kichá el 14 de setiembre de 2018, iniciándose así, el proceso de recuperación y liberación del territorio que se encontraba ocupado ilegalmente por personas y empresas en un 98%.

El 1 de febrero anterior, el mismo ente jurisdiccional emitió la resolución N. 2023000006 (Exp. 19-000033-1555-AG-0) que en su parte dispositiva dispone “se declara que la finca…está dentro del territorio indígena de China Kichá. Se acogen las defensas de falta de legitimación activa y pasiva interpuestas por los demandados. En consecuencia, se declara sin lugar en todos los extremos la demanda ordinaria agraria de Hacienda La China RYL S.A.”.

Kono Jú fue recuperado el 25 de mayo de 2019 por familias del Pueblo Cabécar y se encontraba ocupada ilegalmente por Ángel Marín Espinoza por medio de la empresa Hacienda La China RYL S.A quien había adquirido el terreno en el 2006 por medio de compra y venta.

Dentro de lo acreditado por el Juzgado en el caso de Kono Jú “se considera que Hacienda la China RYL S.A no tiene legitimación activa por que el ordenamiento jurídico le niega la posibilidad de poder ostentar derecho de propiedad o de posesión sobre el territorio indígena mientras no tenga la condición de persona indígena cabécar de China Kichá”.

En el mismo sentido indica la resolución “Así las cosas, no pueden comportarse como dueño la actora ni puede el ordenamiento jurídico darle ese reconocimiento para reivindicar cuando el mismo bloque jurídico prohíbe posesión en esas tierras”.

Ambas resoluciones fueran emitidas por el Juez Jean Carlos Céspedes Mora, quien ha dictado 6 resoluciones contra familias recuperadoras de los Pueblos Bribri, Naso Brörán y Cabécar; contra las mismas familias de Kono Jú había ordenado su desalojo como medida cautelar en marzo de 2020, medida que modificó en junio de 2021.

Las familias recuperadoras celebran estas sentencias y esperan que el citado Juez y demás entes jurisdiccionales resuelva los casos que conoce con respecto a los Territorios Indígenas de acuerdo a la historia, culturas, cosmovisiones y derecho propio de los Pueblos Originarios, conforme al bloque de constitucionalidad, los Derechos Humanos de estos Pueblos y al fallo de la Sala Constitucional No 2022024725 del 19 de octubre de 2022 que declara absolutamente nulas las compra-ventas de tierras indígenas realizadas por personas no indígenas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Indígena 6172 de 1977 y de acuerdo a un necesario pluralismo jurídico existente pero que no ha querido ser aplicado por el Estado de Costa Rica en este tema.

Estas resoluciones refuerzan los procesos de recuperación de sus Tierras – Territorios que realizan los Pueblos Originarios en el ejercicio de su derecho colectivo a la tierra.

– Recuperadoras/es Cabécar de Kono Jú.
– Recuperadoras/es Cabécar de Yuwi Senaglö.
– Recuperadoras/es Cabécar de Seglö Kaskä.
– Recuperadoras de Saka Duwë Senaglö.
– Recuperadoras/es Cabécar de Kelpego.
– Coordinadora de Lucha Sur Sur.

Mensaje de Pablo Sibar para continuar la lucha en 2023

A todas mis amigas y a todos mis amigos, hermanas y hermanos de lucha.

Hoy estamos a horas de entrar a otro año: 2023.

Les digo que para nuestros pueblos indígenas este año que se está yendo no fue del todo malo, pues tuvimos dos resoluciones de la Sala Constitucional que reafirman nuestros derechos. Tenemos también una acción de inconstitucionalidad en proceso.

Pero les solicito que para este 2023 nos unamos verdaderamente como luchadoras y luchadores, y que sigamos trabajando para que nuestras recuperaciones se sigan fortaleciendo y que se puedan llegar a dar muchas más.

Desde el gobierno no se mira ninguna solución para devolver nuestras tierras, por lo que les invito a que continuemos con los procesos de recuperación.

Así que les deseo un feliz año nuevo lleno de paz y mucha sabiduría.

Abrazo fuerte de este Brorán para todas y todos los que creen en nuestras recuperaciones.

Pablo Sibar Sibar

El sermón de fray Antón Montesino

Por: Juan José Tamayo*

En 2017 visité la República Dominicana para impartir un curso sobre El giro descolonizador de las Teologías de Sur a los Misioneros del Sagrado Corazón y un ciclo de conferencias en el Centro de Teología de Santo Domingo en el Convento de los Padres Dominicos, donde vivió fray Antón Montesino y yo residí durante unos días en la habitación de nombre “San Alberto Magno”. 

Visité el majestuoso monumento dedicado al fraile dominico erigido en el Malecón de la ciudad de Santo Domingo, donde están inscritas las palabras centrales del sermón. En lugar tan emblemático reescribí el artículo publicado en el diario EL PAÍS el 11 de diciembre de 2011, coincidiendo con el quinto centenario del Sermón que pronunciara fray Antón Montesino. 

Hoy, día en que la liturgia católica celebra el cuarto domingo de Adviento, lo ofrezco reelaborado a cuantas personas estén interesadas en conocer la otra página de la conquista menos conocida: la de los frailes y obispos defensores de los indios, entre ellos fray Bartolomé de Las Casas y fray Antón Montesino.  

El 21 de diciembre de 1511, el cuarto domingo de Adviento, subía al púlpito del convento de los dominicos en La Española (Santo Domingo) fray Antón Montesino para pronunciar un memorable sermón, que se convertiría en una de las primeras y más radicales denuncias de los abusos de la conquista española en Abya-Yala y en un antecedente del pensamiento latinoamericano liberador, una de cuyas manifestaciones más importantes es la Teología de la Liberación, cuyo nacimiento tuvo lugar en 1971 con la publicación del libro de Gustavo Gutiérrez Teología de la Liberación. Perspectivas publicado en Lima en 1971 (en 1972 se publicó en España en la editorial Sígueme). Una parte del sermón ha llegado hasta nosotros gracias a la profética e incisiva pluma de fray Bartolomé de Las Casas, que recoge lo sustancial de la prédica y las reacciones a la misma en el tercer libro de su Historia de las Indias (Tomo II, M. Aguilar Editor, Madrid, s/f, pp. 385-395). 

El sermón fue preparado por todos los miembros de la comunidad dominica, quienes lo firmaron de su puño y letra para dejar constancia de la autoría colectiva y de la relevancia de tan decisiva pieza oratoria. Los dominicos lo habían preparado a conciencia a partir de sus propias averiguaciones sobre el “crudelísimo y aspérrimo cautiverio” al que los encomenderos españoles sometían a los indios en las minas de oro y otras granjerías, y tras escuchar numerosos testimonios sobre la “tiránica injusticia” y las “execrables crueldades” contra los nativos, tratados como animales “sin compasión ni blandura”, y “sin piedad ni misericordia”, según la descripción de Las Casas. Tras tan concienzudo análisis de la realidad acordaron denunciar desde el púlpito el régimen de la encomienda por considerarlo contrario “a la ley divina, natural y humana”.

El Prior de la Comunidad, Pedro de Córdoba, encargó pronunciar el sermón a fray Antón Montesino, uno de los primeros dominicos en llegar a la isla, afamado predicador, hombre de letras, muy animoso, “aspérrimo en reprender vicios”, “muy colérico en sus palabras” y “eficacísimo en sus frutos”. El templo estaba a rebosar. Ocupaban los primeros puestos las principales autoridades coloniales, entre ellas el almirante Diego de Colón, hijo del conquistador Cristóbal. También estaba presente el clérigo Bartolomé de Las Casas, en su calidad de encomendero. Ante un público tan cualificado el predicador no tuvo pelos en la lengua y, recurriendo al género literario interrogativo, todavía más incisivo en la denuncia, habló a las personas presentes de esta guisa: 

“Voz del que clama en el desierto. Todos estáis en pecado mortal y en él vivís y morís, por la crueldad y tiranía que usáis con estas inocentes gentes. Decid, ¿con qué derecho y con qué justicia tenéis en tan cruel y horrible servidumbre aquestos indios? ¿Con qué autoridad habéis hecho tan detestables guerras a estas gentes que estaban en sus tierras mansas y pacíficas, donde tan infinitas dellas, con muertes y estragos nunca oídos, habéis consumido? ¿Cómo los tenéis tan opresos y fatigados, sin dalles de comer ni curallos en sus enfermedades, que de los excesivos trabajos que les dais incurren y se os mueren, y por mejor decir los matáis, por sacar y adquirir oro cada día? ¿Y qué cuidado tenéis de quien los doctrine y conozcan a su Dios y creador, sean baptizados, oigan misa, guarden las fiestas y domingos? ¿Estos, no son hombres? ¿No tienen ánimas racionales? ¿No sois obligados a amallos como a vosotros mismos? ¿Esto no entendéis, esto no sentís? ¿Cómo estáis en tanta profundidad, de sueño tan letárgico, dormidos? Tened por cierto, que en el estado que estáis, no os podéis más salvar, que los moros o turcos que carecen y no quieren la fe en Jesucristo”.

Terminada la misa, Diego de Colón y los oficiales reales se dirigieron al convento de los dominicos para reprender al predicador por el escándalo sembrado en la ciudad, acusarlo de “deservicio” al Rey y exigirle que se retractara en público el domingo siguiente. Siete días después fray Antón Montesino volvió a subir al púlpito y, lejos de des-decirse, se ratificó en las denuncias y afirmó que los encomenderos no podían salvarse si no dejaban libres a los indios y que irían todos al infierno si persistían en su actitud explotadora. El sermón provocó todavía mayor alboroto que el del domingo anterior, y los oficiales reales enviaron al rey cartas de protesta contra los frailes.

Fray Antón Montesino fue enviado a España para dar cuenta y razón de su sermón al rey. Tras muchos impedimentos, logró entrevistarse con el anciano monarca, a quien expuso un largo memorial de los agravios de los conquistadores contra los indios: hacer la guerra a gente pacífica y mansa, entrar en sus casas y tomar a sus mujeres, hijas, hijos y haciendas, cortarles por medio, hacer apuestas sobre quién les cortaba la cabeza de un tajo, quemarlos vivos, imponerles trabajos forzados en las minas, etc. 

Aquel sermón no cayó en saco roto. Marcó el comienzo del cristianismo liberador, del reconocimiento de la dignidad de los indios y del respeto al pluriverso cultural y religioso en Amerindia. Fue, asimismo, el germen de la teología de la liberación. El sermón es un ejemplo de teología interrogativa no dogmática y anticipa la metodología seguida hoy por la teología liberadora: análisis de la realidad, juicio ético-evangélico, denuncia profética, interpretación liberadora de los textos bíblicos, llamada a la transformación personal y estructural y nueva forma y teología interrogativa muy alejada de la dogmática. 

Tres años después, Bartolomé de Las Casas renunciaba a su oficio de encomendero, se convertía en el defensor de los derechos de los indios, el precursor del diálogo interreligioso e intercultural y el iniciador de la variante latina de la filosofía europea de la alteridad y de la tolerancia, como demuestran Francisco Fernández Buey en su libro La gran perturbación. Discurso del indio latinoamericano (El Viejo Topo, Barcelona) y Gustavo Gutiérrez en En busca de los pobres de Jesucristo. El pensamiento de Bartolomé de Las Casas (Sígueme, Salamanca).  

Para una profundización en la teología de la liberación y en sus antecedentes remito a Juan José Tamayo, Para comprender la Teología de la Liberación (EVD, 1989; 2017, 7ª ed.); id., La teología de la liberación en el nuevo escenario político y religioso (Tirant lo Blanch, 2011, 2ª ed.); id., Teologías del Sur. El giro descolonizador (Trotta, Madrid, 2017); id., De la Iglesia colonial al cristianismo liberador en América Latina (Tirant lo Blanch, Valencia, 2019). 

*Teólogo vinculado a la teología de la liberación. Es director de la Cátedra de Teología y Ciencias de las Religiones “Ignacio Ellacuría”, de la Universidad Carlos III, en Madrid, y secretario general de la Asociación de teólogas y teólogos Juan XXXIII. Conferencista internacional y autor de más de 70 libros.

Imagen: https://umbrales.edu.uy/2021/12/28/santo-domingo-recordando-el-sermon-de-montesino/

Publicado en https://amerindiaenlared.org/ compartido con SURCOS por Miguel Picado Gatjens.

Una vez más, Juzgado de Buenos Aires ordena desalojo judicial contra Pueblo Cabécar de China Kichá

COMUNICADO PÚBLICO

A los Pueblos hermanos.
A los Pueblos del mundo.
Al Estado de Costa Rica.

Jueves 15 de diciembre de 2022. El día de ayer las familias recuperadoras de Yuwi Senaglö en el Territorio Cabécar de China Kichá, en el cantón de Pérez Zeledón, al sur de Costa Rica, fueron notificadas de una resolución de sentencia No. 2022000077, de las nueve horas y cincuenta y seis minutos del 14/12/22 por parte del Juzgado Civil, Trabajo y Familia (Materia Agraria) de Buenos Aires de Puntarenas en la que ordena el desalojo judicial de estas familias de su propio Territorio.

El 28 de setiembre de 2020 un grupo de familias del Pueblo Cabécar de China Kichá ante la ocupación ilegal de su territorio por parte de personas no indígenas y la omisión del Estado de Costa Rica al no garantizar su integridad territorial, decidieron iniciar el proceso de recuperación del terreno Yuwi Senaglö, ejerciendo su derecho humano colectivo a la tierra-territorio de acuerdo al bloque de constitucionalidad y legitimados por su cultura e historia; hasta ese momento el terreno estaba siendo ocupado ilegalmente por Miguel Vargas Mata, persona no indígena, que fue declarado como propietario de mala fe por par del Instituto de Desarrollo Rural (INDER) mediante resolución 005-2021 del 26 de abril del 2021 (Exp. RTI-PA-002-2020-China Kichá). Finalmente el 10 de agosto de 2022, Vargas Mata abandonó la casa dentro del terreno recuperado, en la que estaba ingresó y estuvo atrincherado con la complicidad de la Fuerza Pública.

Es la sexta ocasión en la que el Juzgado indicado ordena un desalojo judicial contra familias recuperadoras de tierra – territorio de los Pueblos Originarios del sur de Costa Rica, 4 en China Kichá, 1 en el Territorio Bribri de Salitre y otra en el Territorio Brörán de Térraba; 5 de estas resoluciones judiciales fueron emitidas por el Juez Jean Carlos Céspedes Mora, quien tiene una relación de parentesco por afinidad con una hija del señor José Luis Chinchilla Astúa, persona no indígena que ocupa ilegalmente tierras en los Territorios de Boruca y Térraba.

La resolución notificada el día de ayer corresponde al proceso interdictal interpuesto por Vargas Mata contra las familias recuperadoras que se conoce bajo el Expediente No. 20-000018-1555-AG-1 y en el Por Tanto se indica: “…se rechazan las excepciones de falta de derecho y falta. Por ello se declara con lugar en todos sus extremos la presente demanda…En consecuencia se ordena a los demandados restituir al actor el área…Dentro del plazo de tres días a partir de la firmeza de esta sentencia deberán desalojar…”

Esta sentencia resulta absolutamente contraria y violatoria a lo recientemente resuelto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en su Resolución N. 2022024725 del 19 de octubre del 2022, expediente 21-017138-007-CO; en la que de manera categórica se reafirma la Jurisprudencia de la Sala Primera sobre el tema; Fernando Castillo, Magistrado de la Sala Constitucional explicó:

“La jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia establece una regla de derecho en el sentido de que todas aquellas personas no indígenas que han comprado tierras dentro de las reservas indígenas con posterioridad a la promulgación de la citada Ley, se considera que no han actuado de buena fe, consecuentemente, se llega a la conclusión de que esa venta o compraventa de propiedades es absolutamente nula.”

En este mismo sentido, la resolución del Tribunal Constitucional dicta: “carece de plausibilidad jurídica que una persona no indígena pueda adquirir válidamente una propiedad dentro de tal zona restringida…Semejante adquisición, como lo señala el ordinal 3 de la propia Ley Indígena, es absolutamente nula pues la propiedad ya era intransferible…la propiedad integrada a una reserva indígena es intransmisible por disposición expresa de ley, de modo que no es posible recurrir a la buena fe registral o a una presunta confianza legítima para convalidar un acto negocial absolutamente nulo, efectuado en contravención al ordenamiento jurídico.”

Tomando en consideración lo resuelto por la Sala Constitucional, resulta contrario al ordenamiento jurídico, al derecho de la Constitución, al Bloque de Constitucionalidad y a los derechos humanos de los Pueblos Originarios, lo resuelto por el Juez Céspedes Mora, ya que otorga derechos inexistentes y absolutamente nulos a una persona no indígena como lo es Vargas Mata, que según la resolución del órgano de control de constitucionalidad sería un poseedor de mala fe, por lo que no le asiste ningún derecho de posesión, ni de propiedad para reclamar dentro del Territorio de Cabécar de China Kichá.

Se le recuerda al Poder Ejecutivo que el 19 de febrero del 2021, mediante resolución 004-2021-DUVE el Ministerio de Seguridad Pública se declaró de vulnerabilidad social el desalojo de las familias recuperadoras de Yuwi Senaglö, atendiendo en aquella ocasión una orden de desalojo del mismo Juez, resolución 48-2020.

Dicha declaratoria se encuentra vigente, de acuerdo a las facultades y obligaciones que asisten al Poder Ejecutivo según el Decreto Ejecutivo No.39227-MP-MSP-JP-MIVAH-MDIHS que crea la Comisión de Atención Integral a los Desalojos (CAID) y el Procedimiento Especial para la atención de desalojos considerados de vulnerabilidad social.

Deberán considerar, además, el Poder ejecutivo y el órgano jurisdiccional, las circulares del Consejo Superior del Poder Judicial N. 262-2020 y N.227-2020 sobre la necesidad de evitar desalojos compulsivos y tomar en cuenta las condiciones de vulnerabilidad de las familias recuperadoras.

Las familias recuperadoras junto con su representación judicial presentarán en tiempo y forma la apelación ante la resolución que ordena su desalojo.

Hacemos un llamado a la solidaridad para con las y los recuperadores de Cabécares de Yuwi Senaglö y los Pueblos Originarios.

Exigimos al Estado de Costa Rica que cumpla con su obligación de garantizar el derecho a la tierra – territorio, al acceso a la justicia y la vida e integridad de los Pueblos Originarios.

– Recuperadoras/es Cabécares de China Kichá.

– Coordinadora de Lucha Sur Sur.

Alerta temprana – posible ataque a pueblo cabécar de China Kichá

COMUNICADO

Fuente: Semanario Universidad.

Sábado 10 de diciembre de 2022. Miembr@s de Pueblo Cabécar de China Kichá, al sur de Costa Rica, recibieron el día de hoy, información de un posible ataque a su comunidad por parte de las personas que ocupaban ilegalmente ese Territorio Ancestral.

Los finqueros y personas afines se reunieron el día de hoy en la mañana en templo católico de la comunidad y según fuentes confiables decidieron organizar y perpetrar prontamente un ataque masivo contra las personas recuperadoras del Pueblo Cabécar.

Hay antecedentes muy graves de ataques de turbas organizadas en ese Territorio, como el caso del 7 y 8 de marzo de 2020, cuando una turba de más de 200 personas quemó casas, cultivos, golpeó y amenazó a miembr@s del Pueblo Cabécar y les atacó con sustancias químicas.

Exigimos la acción inmediata del Estado de Costa Rica para prevenir y evitar esta nueva acción violenta.

Recordamos al Estado Costarricense su obligación de garantizar la vida e integridad de los Pueblos Originarios.

Recuperador@s Cabécar de China Kichá.
Coordinadora de Lucha Sur Sur.
Comité de Solidaridad con los Pueblos Indígenas.

Se solicita enviar a estas direcciones la alerta temprana del 10/12/22 en China Kichá. Pueden firmar personas u organizaciones.

despachounidadesregulares@msp.go.cr
mesatecindigenas@mj.go.cr
dvargas@poder-judicial.go.cr
cristhian.gonzalez@one.un.org
dgv-conai@hotmail.com
aupegui@ohchr.org
consejoiririasatkok@gmail.com
coordinadoraluchass@gmail.com
tavoreamuno72@gmail.com

Alerta sobre riesgo a la vida e integridad física de personas defensoras de la tierra-territorio y de derechos humanos

COMUNICADO PÚBLICO

• Las amenazas han sido dirigidas a la familia Sandí Morales, Bribri del Clan Duri Wák del Pueblo Bribri de Yäbamï Dí Kátà (Cabagra) y contra el defensor de Derechos Humanos, Gustavo Oreamuno Vigtnet.

• El contexto ampliado, involucra al ocupante ilegal y no indígena, Luis Ángel Pérez. Quién además de ser denunciado pública y judicialmente ha sido apoyado en algunas acciones por la Asociación Multiétnica y Pluricultural de Buenos Aires (AMPBA).

Martes 6 de diciembre del 2022.

Nosotras y nosotros que pertenecemos al “Comité de Solidaridad con los Pueblos Indígenas – Iríria Tsochok”, alertamos a la comunidad nacional e internacional sobre el riesgo inminente que corren las vidas e integridad física de: 1) la familia Sandí Morales, Bribri del Clan Duri Wak, recuperadora de tierra-territorio en el Territorio Yäbamï Dí Kátà (conocido como Cabagra) y; 2) el defensor de Derechos Humanos Gustavo Oreamuno Vignet, que apoya a la CLSS y es interlocutor entre esta instancia y el Estado de Costa Rica.

La alerta y nuestra profunda preocupación se originan a partir de las numerosas denuncias que se han realizado a la situación de tensión, agresión y violencia racista que se vive en la comunidad de Di Bütuk Wúyïrké (Las Juntas) en el Territorio Bribri de Yäbamï Dí Kátà (conocido como Cabagra). Este contexto surgió tras la respuesta violenta del ocupante ilegal y no indígena, Luis Ángel Pérez, ante la recuperación del terreno que ocupaba y del cual obtenía beneficios de forma ilegal desde que lo adquirió -también por medios ilegales- en 2012; un poco más de dos décadas desde la vigencia de la Ley Indígena de 1977 en Costa Rica y que convierten a Pérez no sólo ocupante ilegal sino de mala fe y, por tanto, no es sujeto de indemnización.

Las agresiones han sido múltiples y profundamente violentas desde que la familia Sandí Morales decidió hacer valer su derecho al acceso y disfrute de la tierra-territorio en abril del 2021. Derecho consagrado en: 1) Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); 2) la Ley Indígena de 1977; 3) el marco constitucional costarricense y; 4) el fallo No 20222024725 del miércoles 19 de octubre del 2022, de la Sala Constitucional, en el que se reafirma la nulidad de todas las compra-ventas de terrenos dentro de los Territorios Indígenas. Las agresiones por parte de Luis Ángel Pérez y sus peones han ido desde el hostigamiento y acoso constante, insultos racistas, hasta las amenazas de muerte, amenazas agravadas (con arma en mano) y escaló con disparos al cuerpo de las personas recuperadoras el pasado 04 de noviembre; día en el que la familia Sandí Morales pudo completar el proceso de recuperación y la expulsión definitiva del ocupante ilegal y sus peones.

Esta situación se agrava, todavía más, ante los hechos denunciados el pasado miércoles 30 de noviembre del 2022 por la familia Bribri -del Clan Duri Wak- Sandí Morales y la Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS). Ambas partes, recibieron información sobre la filtración y difusión de imágenes del Informe del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de Buenos Aires de Puntarenas y del Informe policial de la Delegación de la Fuerza Pública del mismo cantón sobre los hechos que tuvieron lugar durante los días 4 y 5 de noviembre -del año en curso- en el terreno recuperado por parte de la Familia Sandi Morales del clan Duriwak en Las Juntas del Territorio Yäbamï Dí Kátà (Cabagra). Días en los que, como se mencionó anteriormente, la familia Sandí pudo completar el proceso de recuperación de tierra-territorio.

Estas imágenes, fueron difundidas de forma masiva por medio del grupo de Whatsapp «GrupoUnidosApoyoDeHuelgas» y en las mismas se dan detalles que ponen en riesgo la vida e integridad de la familia Sandí Morales y del Defensor de Derechos Humanos Gustavo Oreamuno Vignet, de quien se muestra su rostro e información personal. Estas imágenes fueron acompañadas de un audio del señor Leonel Arburola en el grupo de whatsapp señalado; audio en el que una vez más emite información falsa y ataca el honor del señor Oreamuno Vignet.

Según la Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS) ésta es la segunda ocasión en la que un informe de investigación judicial es filtrado. La primera vez fue durante los días 21 y 22 de enero del 2021 cuando el medio de comunicación CrHoy.com filtró información del caso por el homicidio por razones políticas del líder Sergio Rojas Ortiz, Bribri del Clan Uniwák; expediente judicial 19-0000178-0990-PE.

Estas filtraciones no sólo levantan sospechas de que en el Poder Judicial se encuentran intereses coludidos a favor de los ocupantes ilegales y terratenientes sino que también inciden en el debido proceso, en el buen desarrollo de las investigaciones y pesquisas judiciales correspondientes. Además, como si esto fuera poco, pone en riesgo a las personas que pertenecen a los Pueblos Originarios y no que están implicadas. Quienes son las mismas personas que tras más de 12 años de resistencia, han sobrevivido a la violencia racista con la que responden los ocupantes ilegales a los procesos de recuperación de tierra-territorio. Violencia, por mucho, mortífera y que al día de hoy logró acabar con la vida de los líderes Sergio Rojas Ortiz, Bribri del Clan Uniwak y del Territorio Bribri de Salitre y Jerhy Rivera Rivera Brörán de Térraba.

Es importante recordar que la familia Sandí Morales ha recibido ataques donde les han quemado su casa y destruido cultivos; y que desde la Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS), se emitieron las Alertas Tempranas los días 10, 16 y 22 de noviembre del año en curso, sobre posible contratación de servicios de sicariato y agresiones contra la familia Sandí Morales.

Así insistimos: los hechos hablan por sí mismos y el riesgo a la vida y a la integridad física de la familia Bribri Rivera Sandí Morales y de Gustavo Oreamuno Vignet es real, preocupante y urgente de atender. Ante las constantes amenazas y ataques al honor de Gustavo Oreamuno Vignet, esta persona interpuso las respectivas denuncias judiciales por amenazas contra personas afines a los intereses de los ocupantes ilegales de Territorios Indígenas, denuncias que se tramitan ante la Fiscalía de Asuntos Indígenas en los expedientes #20-006343-0042-PE y #21-0000003-1214-PE.

Ante ello, las organizaciones y personas solidarias y firmantes de este comunicado EXIGIMOS:

1- Que a la brevedad se brinde un informe sobre la filtración de las fotografías de estos documentos que en teoría corresponden a un expediente propio de una investigación y compendio de información exclusivo del Organismo de Investigación Judicial. Además, que se lleven hasta las últimas consecuencias administrativas y judiciales a las personas implicadas.

2- Que la Fuerza Pública se haga presente en la comunidad de Di Bütuk Wúyïrké (Las Juntas) en el Territorio Bribri de Yäbamï Dí Kátà (conocido como Cabagra) de forma inmediata y permanente y que garantice la integridad física y vida de la familia Sandí Morales, Bribri del Clan Duri Wak.

3- Responsabilizamos al Estado costarricense ante cualquier agresión que ponga en riesgo la integridad física, psicológica, emocional y la vida tanto de la familia Sandí Morales como la de Gustavo Oreamuno Vignet. Ello ante la actitud complaciente de las autoridades competentes por no velar el cumplimiento de la ley indígena, hacer cumplir la declaración de nulidad de la Sala constitucional ante la compraventa de tierras en territorios indígenas posterior a 1977 y el cumplimiento pleno de las medidas cautelares que organismos internacionales han impuesto como medida de protección a las personas recuperadoras.

Suscribimos este comunicado público:

– Comité de Solidaridad con los Pueblos Indígenas – Iríria Tsochok.
– Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS).
– Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU).
– Consejo Ditsö Iríria Ajkönuk Wakpa de Salitre.
– Consejo Iríria Sätkök de Yäbamï Dí Kátà (Cabagra).
– Recuperadoras/es Cabécares de China Kicha.
– Recuperadoras/es Börán de Crun Shurin en Térraba.
– Recuperadoras/es Börán de San Andrés en Térraba.
– Consejo Indígena Regional Pacífico Sur de Yimba Cäjc.
– Red Indígena de Gestores Locales del Pacífico Sur.
– Cootraosa.
– Comité de lucha por la tierra Finca Chánguina.
– Asociación Voces Nuestras.
– Frente Tierra.
– Centro de Amigos para la Paz.
– La Juventud Vanguardista Costarricense.
– Sociedad Juglar Pacaqua.
– Mujeres por Costa Rica.
– Asociación de Escritoras Costarricenses.
– Buen Vivir Costa Rica.
– Confluencia Solidaria.
– Partido Vanguardia Popular.
– Movimiento de Trabajadores y Campesinos.
– Bloque de Vivienda.
– Confederación Unitaria de Trabajadores.
– Fundación Pedagógica Nuestramérica.
– Consejo de Educación Popular de América Latina y el Caribe – Costa Rica.
 

Sala Cuarta rechaza acción de inconstitucionalidad de la Asociación Multiétnica y Pluricultural contra la ley indígena

Comunicado de la Coordinadora de Lucha Sur Sur

– “La Asociación Multiétnica y Pluricultural de Buenos Aires (AMPBA), no tiene entre sus fines, la defensa de los derechos autóctonos de los pueblos indígenas de Costa Rica” señala la Sala Constitucional.

Martes 13 de setiembre de 2022. Mediante resolución Nº 2022014850 de las ocho horas cuarenta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintidós, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, rechazó de plano, la acción de inconstitucionalidad promovida por la Asociación Multiétnica y Pluricultural de Buenos Aires (AMPBA), la Autoridad Étnica Tradicional de Mayores de Buenos Aires y Autoridades Ancestrales de Mesoamérica, expediente: 21-026066-0007-CO; contra Ley Indígena. No. 6172 de 29 de noviembre de 1977.

Las 3 organizaciones accionantes pretendían que se declarara inconstitucional la Ley Indígena 6172 de 1977, alegando que el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas y el derecho a la consulta a la población indígena, no están regulados en esa Ley, también señalan que durante la aprobación de la Ley No. 6172 se incurrió en vicios de forma y que la ley impugnada tiene también vicios de fondo, además, reclaman que se ha producido una violación al derecho fundamental a la consulta, contemplado en el artículo 6 del Convenio 169 citado, por la ausencia de un marco regulatorio en la Ley indicada en perjuicio de los pueblos indígenas.

Para efectos de legitimación, señalan los recurrentes que deriva del artículo 75, párrafo 2° de la Ley de la Jurisdicción Constitucional en tanto acuden en defensa de los intereses de los miembros de la Asociación referida y la población indígena costarricense.

La pretendida acción de inconstitucionalidad de las cuestionadas organizaciones, fue rechazada de plano por la Sala Constitucional, que en el Considerando I con respecto a los accionantes manifiesta “…en su condición, según manifiestan, de representantes de los pueblos indígenas de Costa Rica. AMPBA, es una asociación civil, cuyos objetivos son totalmente académicos, sociales y culturales. No está consignado, como uno de sus fines, la defensa nacional de la comunidad indígena o de algún grupo indígena en particular”.

Además, considera la Sala “la Asociación Multiétnica y Pluricultural de Buenos Aires (AMPBA), no tiene entre sus fines, la defensa de los derechos autóctonos de los pueblos indígenas de Costa Rica. Asimismo, su marco de actuación, se reduce a los territorios de Buenos Aires de Puntarenas, de manera que no puede, sin más, pretender impugnar una ley que afecta a la totalidad de los pueblos indígenas del país.”

En el mismo sentido, reitera el Tribunal Constitucional “Si la Asociación pretende defender los derechos de todos los pueblos indígenas, debe, al menos, demostrar que ese es uno de sus fines, así como acreditar previamente, las condiciones que los legitiman a impugnar una normativa que es nacional y de enorme importancia para los pueblos indígenas.

Por su parte, la Coordinadora General, «si bien es representante de las Autoridades Ancestrales de Mesoamérica, no puede atribuirse, por ese solo hecho, la representación legal de toda la población indígena de Costa Rica como pretenden en la acción. En razón de lo expuesto, la acción debe ser rechazada.”

La Asociación Multiétnica y Pluricultural (AMPBA) es una organización que conglomera personas ocupantes ilegales de terrenos en Territorios Indígenas y personas afines, ha sido identificada como un actor que agrede a los Pueblos Originarios.

Por lo tanto, llamamos y exigimos:

– A la comunidad nacional, internacional, a las autoridades competentes así como a las organizaciones amigas, a estar alertas sobre los movimientos de la Asociación Multiétnica y Pluricultural de Buenos Aires (AMPBA). Todos, todas, Pueblos Originarios y no, somos testigos (as) de la profunda violencia y odio que promueve ésta organización.

– Al Poder Judicial, a que investigue el actuar de la AMPBA y de las personas que la integran, por su vínculo claro con agresiones, violencias y delitos que han sido denunciadas pública y judicialmente; y a los que sobreviven los Pueblos Originarios que se encuentran recuperando tierras-territorios.

¡Justicia para Sergio, Jerhy y los Pueblos Originarios!

Concejo Ditsö Iriria Ajkönu Wakpa de Salitre.
Consejo Iriria Sat Kök de Yamabï Dí (Cabagra).
Recuperadoras/es Cabécar de Kono Jú.
Recuperadoras/es Cabécar de Yuwi Senaglo.
Recuperadoras/es Cabécar de Seglö Kaskä.
Recuperadoras de Saka Duwë Senaglo.
Recuperadoras/es Cabécar de Kelpego.
Recuperadoras/es Naso Brörán de Crun Shurin.
Recuperadoras/es Naso Brörán de San Andrés.
Consejo Indígena Regional Pacífico Sur de Yimba Cäjc.
Coordinadora de Lucha Sur Sur.

Nota de la redacción: Puede ver la resolución completa en el siguiente enlace compartido con SURCOS por Elides Rivera Navas:

https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/sen-1-0007-1098995

Informe de José Francisco Calí Tzay, Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

SURCOS comparte el documento del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas relativo al informe del Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, José Francisco Calí Tzay. En el resumen se indica:

En el informe se examina la situación de los pueblos indígenas en Costa Rica con base en la información recibida por el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, José Francisco Calí Tzay, durante su visita del 6 al 17 de diciembre de 2021.

El Relator Especial toma nota de la apertura hacia el diálogo entre el Gobierno y los pueblos indígenas y los diversos avances normativos. Sin embargo, es imperativo que el Gobierno dé prioridad a abordar los problemas estructurales, en particular garantizando los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras, territorios y recursos naturales, el respeto a sus autoridades propias, la adecuada operacionalización de la consulta y la implementación de sus derechos económicos, sociales y culturales. El Relator Especial expresa preocupación por el racismo estructural que permea, en particular, los niveles locales del poder judicial, y la falta de medidas efectivas para tutelar a las personas defensoras de los derechos humanos y la impunidad por los crímenes cometidos contra las personas defensoras de la tierra”.

Este es el documento para descargar:

Comunicado ante las declaraciones hechas sobre el homicidio de Jerhy Rivera en reunión con el Viceministerio de Paz – Centro de Amigos para la Paz

El Centro de Amigos para la Paz hacemos un ferviente llamado a las autoridades civiles y sobre todo a las autoridades gubernamentales involucradas en los procesos de negociación y resolución atinentes la problemática de recuperación de tierras que viven las comunidades indígenas de la región del Pacifico Sur de nuestro país a que evalúen y asuman responsablemente su rol protagónico en dicha problemática.

En tal sentido es impostergable que manifestemos ante las autoridades gubernamentales, eclesiásticas, diplomáticas, organizaciones de la sociedad civil, instancias judiciales y medios de comunicación, nuestra posición de no aceptación de los mecanismos y métodos implementados al día de hoy que han llegado al extremo de validar y vitorear a personas que aceptan ser culpables de homicidio y otras con cargas penales ser actores del proceso de búsqueda de soluciones a un conflicto que lejos de proponer soluciones se encamina a la profundización de las contradicciones y al ejercicio de la violencia y el asesinato.

Con suma preocupación ante un conflicto que lleva décadas a pesar del ordenamiento legal de nuestro país y de los compromisos internacionales atinentes suscritos por el Estado Costarricense y que ha cobrado la vida de dirigentes y líderes indígenas y que, lejos de encontrar vías de solución con gran dolor y preocupación tenemos que presenciar el vitoreo y aceptación pública del asesinato de un líder y dirigente indígena en una mesa de negociación regentada por autoridades gubernamentales, hecho que nos interpela a llamar a la sociedad costarricense y a nuestras autoridades judiciales y administrativas a asumir su responsabilidad y compromiso constitucional ante tal situación.

Pedimos por este medio que se actué de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, garante de la justicia y la paz social y que por normativa constitucional las instituciones involucradas y funcionarios involucrados sean garantes de un debido proceso que al día de hoy a la luz de los hechos están ausentes.

Nos pronunciamos como pacifistas y activistas de la no violencia activa ante nuestras autoridades gubernamentales, autoridades judiciales y civiles en aras de la paz y la justicia social a que se tomen las medidas correctivas y se proceda de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, nuestros Pueblos Indígenas merecen el reconocimiento de sus derechos y el Estado de nuestro país tiene la obligación de garantizarlos.

Paz para nuestros Pueblos Indígenas con Respeto a sus Derechos y Autonomía Indígena.