Ir al contenido principal

Etiqueta: derechos fundamentales

Sobre los límites morales de la mercantilización de la vida como cuestión política

Alejandro Guevara Arroyo

Los mercados son un conjunto de prácticas humanas colectivas e interrelacionadas. Mediante estas prácticas producimos y distribuimos bienes de mercado: cosas sociales que apreciamos adquirir y poseer. Los mercados son, más específicamente, instituciones sociales (como también lo son las familias, los jueces o los sistemas de tránsito). En un sentido que aquí no interesa profundizar demasiado, puedo agregar que las decisiones que se dan en dichos espacios parecen estar regidas por lo que solemos llamar “negociación” (no es, por cierto, la única forma de tomar decisiones colectivas).

Michael Sandel sugiere una hipótesis socio-histórica plausible. Según él, durante las últimas décadas las sociedades occidentales han ampliado considerablemente los ámbitos de la vida en los cuales las decisiones se toman siguiendo las reglas y valores característicos de los mercados. Hoy todo parece estar a la venta o a punto de estarlo: nuestro espacio público, nuestros servicios básicos, nuestros cuerpos, etc. Da la impresión de que estamos a un paso de ese “pound of flesh” que escribe Shakespeare en El mercader de Venecia. Incluso en aquellos casos en donde no aceptamos exactamente que un ámbito de la vida se rija como un mercado, nos descubrimos pensando y actuando en términos característicamente mercantiles (por ejemplo, de costo-beneficio). Así, hemos ido mercantilizando cada vez más espacios de nuestra vida.

Ahora, ¿por qué deberíamos preocuparnos por ello? Desde cierta forma de visión economicista, no hay nada malo en ello. En tanto se amplía la producción de bienes y se alcanzan equilibrios económicos estables, no deberíamos, como sociedad, preocuparnos mucho por esta transformación.

Existe, sin embargo, otra manera de ver el asunto. Pensadores contemporáneos como Debra Satz y el ya citado Sandel piensan que este proceso tiene relevancia ético-moral y, también, que la cuestión de los límites morales del mercado es de índole política. Sandel señala dos razones fundamentales por las que deberíamos reconsiderar la mercantilización de nuestra vida.

La primera razón es que la mercantilización agrava el peso moral de la desigualdad económica y marca la injusticia de las condiciones sociales que la causan.

A primera vista, si el abolengo económico sólo determina el acceso a bienes de lujo, como yates o autos de oro, no hay en juego asuntos morales demasiado importantes. Eso es asunto de cada quien. Como mucho, podríamos decir con Adolfo Bioy Casares que “en todo lujo palpita un íntimo soplo de vulgaridad”. Empero, si el abolengo económico determina el acceso a los bienes que configuran las condiciones indispensables para construir una vida digna, la desigualdad en la distribución de las oportunidades de acceso a ellos se transforma en un asunto de prioritaria importancia en términos de justicia social (y de interés ético-político).

Aquí podemos pensar, ante todo, en aquellos bienes que conforman las precondiciones para que una persona contemporánea pueda florecer, es decir, llevar una vida con plenitud (me viene a la mente la palabra griega eudaimonía, que a veces se traduce como felicidad).

El disfrute de estos bienes conforma, además, un umbral mínimo de ciudadanía: un piso básico de derechos imprescindibles para que la persona pueda integrarse y actuar, en tanto ciudadana, como miembro pleno de una comunidad política democrática. Acá la premisa normativa de fondo es clara: si un bien es condición para el ejercicio efectivo de la ciudadanía democrática, entonces su acceso no debería depender exclusivamente de la capacidad de pago en el mercado. Debería estar constitucionalmente garantizado.

En el listado necesario de dicha clase de bienes, incluyo:

(a) El acceso oportuno a servicios de salud de calidad, que permitan a la persona llevar su vida sin sufrimientos internos graves;

(b) El acceso a una educación que no sólo construya capacidades profesionales idóneas para el ‘ascenso material’ sino, también, las disposiciones necesarias para elegir las maneras en que cada quien concibe y busca construir una vida buena y para posicionarse en las cuestiones sociales de interés político;

(c) Un espacio saludable en el cual descansar y gozar de la privacidad suficiente para llevar adelante esas dimensiones de la vida buena que la requieren, incluyendo el diálogo y la reflexión cívica.

Por supuesto, este listado es una cuestión ético-política debatible. Pero el punto central es que su acceso a todas las personas no puede quedar librado a las prácticas de mercado, sino que la asignación de estos bienes debe apelar a criterios no mercantiles de distribución y contar con garantías institucionales y jurídicas de cumplimiento.

El segundo motivo es que, al mercantilizar una dimensión de la vida, se corre el peligro de corromperla. Para comprender este punto, basta notar que las prácticas y concepciones que dan forma a nuestras vidas tienen ciertas características y tienden hacia ciertas finalidades. En otras palabras, podemos ver nuestras prácticas como aspirando a realizar ciertos valores. Prácticas y valores se integran así en un todo bastante compacto.

Pues bien, al mercantilizar una práctica no mercantil, se rompe esa fina unidad y se corre el peligro de que se transforme en otra cosa. “Los mercados dejan su marca”, dice Sandel, sobre los bienes y prácticas. Las formas de vida mercantilizadas podrían conservar una apariencia semejante a la de las prácticas no mercantiles, pero debajo de ella habrá cambiado mucho y, a veces, todo. En particular, ciertas prácticas (como la amistad, la actividad cívica, el buen trato a otras personas) poseen un valor intrínseco o cívico cuyo significado se deforma cuando es reinterpretado sólo en clave mercantil.

También por esta razón vale la pena, entonces, reconsiderar la mercantilización de nuestra vida. Por supuesto, qué prácticas en particular merecen ser preservadas de dicha corrupción mercantil no es algo obvio. Hay razonables desacuerdos sobre cuáles valores merecen ser protegidos y qué es característico de cada práctica. En una comunidad política democrática, decidir sobre estos asuntos es propio del debate político ciudadano.

Discutir los límites ético-morales del mercado probablemente nos lleve a la conclusión de que resultaría deseable revertir, en muchos ámbitos, ese proceso. O sea: deberíamos desmercantilizar nuestra vida (la noción de “desmercantilización”, hasta donde sé, fue originalmente formulada por Esping-Andersen). Lo que debe quedar claro es que la mercantilización no es una fuerza de la naturaleza, algo inevitable. Decidir razonablemente sobre estos asuntos es, por ello, materia de reflexión política y rediseño institucional.

Nota: Este documento recibió una corrección ortográfica y de coherencia gramatical mediante el instrumento chatgpt. El autor revisó el producto de manera íntegra.

Consejo Universitario reconoce aportes del magistrado Fernando Cruz Castro

María del Mar Izaguirre Cedeño
Periodista

Con este acuerdo, la UCR reitera su papel como centro de pensamiento que promueve el libre acceso a la información y al conocimiento en pro del interés público y la progresividad de los derechos. (Foto: Anel Kenjeekeva,OCI).

De manera unánime, el Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) reconoció al distinguido magistrado de la Sala Constitucional, Dr. Fernando Cruz Castro por sus aportes en materia de libertad de expresión, promoción de la pluralidad, la defensa de la autonomía universitaria, la libertad de cátedra y la democracia del país.

Para el Órgano Colegiado, la trayectoria y el conocimiento del Dr. Cruz han sido invaluables en la construcción de un marco teórico, normativo y jurisprudencial cuyo eje central es la defensa de la democracia, el cual ha impactado al país y el ámbito universitario. Asimismo, destacó su calificada participación en diversos espacios que fomentan el debate social desde una perspectiva que busca comprender la libertad de expresión como un derecho, y como una práctica sociohistórica sujeta a principios de responsabilidad, transparencia y control democrático.

El Consejo Universitario también reconoció en Fernando Cruz su posición clara y firme respecto a la importancia de asegurar la libertad de cátedra y la autonomía universitaria, elementos esenciales para evitar transgresiones a la Constitución Política de la República de Costa Rica y así garantizar un intercambio de ideas libre en el país

Adicionalmente, el acuerdo insta a la Administración a institucionalizar actividades conmemorativas al Día Nacional de la Libertad de Expresión y el Derecho a la Información, que se celebra cada 1. ° de setiembre, como una forma de reforzar el compromiso de esta Casa de estudios con el pensamiento crítico e independiente.

Trayectoria

Fernando Cruz Castro es licenciado en Derecho por la Universidad de Costa Rica y Doctor en Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. También cuenta con estudios de posgrado en Criminología, en el Instituto de Criminología de la misma universidad española.

Inició su carrera como agente de Faltas y Contravenciones de Alajuela en 1972, actuario, agente fiscal, fiscal general, juez general, juez superior y presidente del Tribunal de Casación Penal

Actualmente es profesor en el posgrado de Derecho Penal de la Universidad de Costa Rica; es magistrado desde el 14 de octubre de 2004 y fue presidente de la Corte Suprema de Justicia desde el 2018 hasta el año 2022.

Fuente: https://www.cu.ucr.ac.cr/inicio/noticias/noticia/Articulo/consejo-universitario-reconoce-aportes-del-magistrado-fernando-cruz-castro.html

Ni expulsión ni extradición de nacionales

José Manuel Arroyo Gutiérrez

         El día 8 de julio de 1942,  pocos minutos después de las siete de la noche, el ciudadano José Figueres Ferrer, atenido al derecho constitucional de libre expresión,  pronunciaba un discurso en la estación de radio “América Latina”, ubicada en el centro de la ciudad capital, San José.  La disertación del entonces empresario agrario, prácticamente desconocido, consistía en una crítica al Gobierno encabezado por el Dr. Calderón Guardia.  Le acusaba de ineptitud por el desorden público que cundía en relación a los ataques de bienes y propiedades de las colonias alemana e italiana en Costa Rica; lo cuestionaba por la enorme influencia que tenía el Partido Comunista en aquella Administración; le achacaba una desastrosa gestión de la hacienda pública y le reclamaba por la tardía respuesta a una plaga de langostas que tenía en la ruina a gran cantidad de campesinos. En resumen, el empresario demandaba la renuncia del gobierno en pleno.

         Las fuerzas de policía entraron con violencia a la estación radial, interrumpieron el discurso, causaron destrozos en mobiliario y equipos, detuvieron a Figueres, lo condujeron a una mazmorra, lo tuvieron en condiciones denigrantes, incomunicado y humillado. Días después lo pusieron en un avión, lo expulsaron de hecho, sin ningún procedimiento judicial, con rumbo a El Salvador.

         Pocos años después, en marzo-abril de 1948, con unos tres mil costarricenses muertos en lucha fratricida, y precisamente para evitar una mayor matanza ante la eventual batalla por San José, se consumó el desquite. Se acordó la rendición de las fuerzas del segundo gobierno calderonista, encabezado por don Teodoro Picado, ante el triunfo definitivo del Movimiento de Liberación Nacional comandado por Figueres. Los máximos representantes de aquél gobierno y del calderonismo, comenzando por el ex presidente Calderón Guardia, “fueron invitados” a salir, -en buen castellano expulsados  del país- con rumbo a México. Igual destino corrieron algunos de los principales dirigentes comunistas de entonces, que tuvieron que elegir entre el exilio o la cárcel.

         De manera colateral hubo al menos una ejecución extrajudicial de varios líderes sindicalistas en el Codo del Diablo y, en uno de los episodios más inhumanos de esta guerra civil, el gobierno figuerista ignoró la súplica de la destacada escritora Carmen Lyra, gravemente enferma,  para regresar del exilio y morir en suelo patrio.

         La Historia debe conocerse para aprender sus lecciones: la violencia política se sabe dónde comienza, pero nunca dónde acabará; las pasiones y odios desatados engendran reacciones y venganzas desproporcionadas; muchos ciudadanos dignos, desde los tiempos de Sócrates,  prefieren la consumación de una injusticia y hasta la muerte, antes que soportar el destierro; la resistencia y rebelión civil se justifica ante la conculcación de derechos fundamentales;  la tentación de aniquilar a la oposición política o enviarla al exilio, es un claro síntoma de un gobierno débil, con miedo, o en franco estado de pánico.

         Por décadas discutí con mis alumnos el origen del artículo 32 de la Constitución Política. La contundente prohibición de que “Ningún costarricense podrá ser compelido a abandonar el territorio nacional”, se entendió siempre que abarcaba las acciones de hecho, tanto como la utilización del mecanismo legal de la extradición para obligar a un costarricense a abandonar el país.  Precisamente veíamos en clase, que la raíz del problema estuvo en el enfrentamiento Figueres-Calderón y la necesidad de evitar, con prudencia y sabiduría, que aquella historia se repitiera.

         Entonces como ahora, he considerado que es un error grave hacer excepciones a esta prohibición general, la cual, como sabemos, hace pocos meses ha sido relativizada mediante  reforma que autoriza la extradición de ciudadanos costarricenses por casos de narcotráfico internacional o terrorismo. En el primer supuesto (narcotráfico), mi escepticismo radica en que no creo en la supuesta cruzada o guerra universal contra las drogas, fuertemente distorsionada por intereses de control geopolítico y la doble moral de las grandes potencias consumidoras y lavadoras. En el segundo supuesto (terrorismo), porque aún peor, se trata de un concepto jurídico indeterminado que, si bien está delimitado por la ley penal ordinaria, se puede prestar para todo tipo de abusos, sobre todo de naturaleza ideológica o partidaria para perseguir actos o manifestaciones de oposición al régimen imperante en cada época. Aquí mismo, en el Estado de Derecho costarricense, una simple obstrucción de vía pública –que de por sí ya es delito-,  ha derivado en acusaciones de terrorismo por acción de infiltrados policiales que portaban bombas incendiarias o atacaban a otros efectivos de la policía, sin el conocimiento ni consentimiento de los auténtico –e ingenuos- manifestantes.

         Otro derivado peligroso de esta cuestión es que comencemos a ver con normalidad la expulsión de nacionales, hoy por los supuestos ya autorizados legal y constitucionalmente, incluso con amplia aprobación política y popular, dado que vivimos la muy distorsionada época de la justicia en los tiempos del narco,  en la que todo parece justificarse, incluso la pérdida de derechos y libertades,  con tal de que parezca que estamos exorcizando al demonio del narcotráfico. El riesgo es que mañana serán otros los supuestos promovidos y por razones insospechadas.

         Como ocurre cuando se remueve un ladrillo de la represa, las presiones crecen exponencialmente y todo el muro de contención termina arrasado.  Las manifestaciones de un diputado, por lo demás silencioso, correligionario de Pilar Cisneros y Rodrigo Chaves, invitando a hacer las maletas a todos los críticos y opositores de este gobierno, no hay que tomárselas a la ligera. Es lo que esta gente realmente cree que debería pasar, y no les va a temblar la mano para hacerlo si llegaran a tener las mayorías a las que aspiran. No ha sido de ninguna manera un lapsus o una  ocurrencia. Seríamos muy ingenuos si creemos que esta manifestación autocrática, en sede parlamentaria,  está desvinculada de la reforma que acaba de ser introducida al artículo 32 constitucional. Tal parece que algunos han descubierto una vía rápida para minar el estado de derecho.

Interconexión arbitraria e ilegal del sistema de conducción de agua del acueducto municipal de Naranjo – Comunicado

Luego de transcurridos 6 días después de una conexión irregular, como Comisión para la Defensa de la Zona Protectora del Chayote, conscientes de que el derecho a la vivienda y el derecho al agua son derechos fundamentales de todos y todas las costarricenses, y que para esto en todo el país deben de cumplirse los debidos procedimientos con el fin que exista una administración justa y equitativa, no así, las medidas autoritarias que desvirtúan el sano desempeño de nuestra democracia y nos ponen al lado de las dictaduras más vergonzosas y violentas que pertenecen al pasado lamentable de América Latina.

Rechazamos rotundamente la interconexión arbitraria y con el uso de la fuerza pública, del sistema de conducción de agua municipal que llevó a cabo el AYA, con el fin de conectar el Proyecto La Esperanza, obligado por el presidente de la república Rodrigo Chaves, quién en conferencia de prensa del miércoles 17 de setiembre lo declaró.

Rechazamos la intromisión ilegal dentro de la autonomía municipal y el ordenamiento jurídico costarricense, debido a que existen procesos en trámite al respecto del tema en la Sala Constitucional y en el Tribunal Contencioso Administrativo.

Reafirmamos que el principio de la soberanía y el principio democrático que contiene la autonomía municipal dentro de nuestro cantón y nuestro país, es un pilar fundamental del desarrollo y gestión de cada cantón.

Hacemos ver que la acción sienta un precedente y pone en peligro a la ASADAS, ya que, según el convenio de delegación con el AYA, y según la ley de ARESEP, lo que está haciendo el AYA le corresponde al desarrollador, abriendo así portillos legales que perjudicarían la administración y las obligaciones actuales de la ASADAS.

Hacemos un llamado urgente a las instituciones del país que tienen competencia en este acontecimiento para que procedan a interponer las respectivas denuncias y los mejores oficios por el acto indebido administrativo, el abuso de autoridad, la violación de los derechos fundamentales relacionados con del derecho al agua de todos los y las naranjeñas, y la protección del recurso hídrico.

Somos conscientes de los tiempos que atravesamos como país y en el planeta, donde las dictaduras, el populismo y el neofascismo están llevando a cabo avances estratégicos y con fuerza para instalarse dentro de nuestras democracias, somos conscientes de que esto no lo podemos permitir.

Esta Comisión iniciará los debidos trámites correspondientes que aseguren la salvaguardia y la disposición del agua para el cantón, como ha sido su fin desde un inicio.

Comisión para la Defensa de la Zona Protectora del Chayote.

La Constitución se cumple… ¿cuándo conviene?

Elian Xavier Jiménez Campos
Estudiante de 4to año de Sociología, Universidad Nacional, Costa Rica
Pérez Zeledón, 25 de julio

Costa Rica celebra, o aparenta celebrar, su tradición democrática, su institucionalidad y su Constitución Política como si se tratara de una bandera inmaculada. Pero mientras tanto, hemos normalizado su incumplimiento cotidiano. Lo peligroso es que este incumplimiento ya no escandaliza: se vuelve hábito, estrategia política y, peor aún, parte de la rutina del poder.

La Constitución de 1949 no es un simple documento jurídico: es el pacto social que define los derechos, límites del poder y garantías mínimas para la ciudadanía. Sin embargo, hoy vivimos un momento donde ese pacto se está quebrando sin consecuencias reales.

Ejemplos sobran. El artículo 78 establece que la Educación Pública debe tener al menos un 8% del PIB. Aun así, los gobiernos negocian presupuestos a la baja y hacen recortes sistemáticos al FEES, desfinanciando la educación superior pública sin que haya consecuencias legales reales. El artículo 50, que habla del derecho a un ambiente sano y equilibrado, se contradice con decisiones que priorizan proyectos extractivos o infraestructura sin consulta ni evaluación ambiental adecuada.

Y ni hablar del artículo 56, que establece el derecho al trabajo digno, o el 58, que garantiza una jornada laboral máxima de 8 horas. Mientras se impulsan reformas como el Proyecto de Ley N° 24.290, que alargan la jornada sin reconocer los impactos sociales, el poder político actúa como si la Constitución fuera un obstáculo y no una base.

Lo más preocupante no es solo el incumplimiento, sino la naturalización de este. El silencio cómplice de muchas instituciones y sectores es alarmante. Cuando la Constitución solo se cita cuando conviene, deja de ser norma suprema y se convierte en discurso vacío. ¿De qué sirve una Carta Magna que no se defiende ni se respeta en lo cotidiano?

Este fenómeno tiene consecuencias profundas. La pérdida de confianza en el Estado de Derecho no se da de un día para otro: se cultiva cuando las reglas no aplican igual para todas las personas. Cuando se flexibiliza la ley para los poderosos y se vuelve rígida para los sectores populares. Cuando se abandonan derechos fundamentales bajo la excusa de la “eficiencia” o el “orden”.

Esto no es solo un problema legal, sino un reflejo de la crisis de legitimidad política que atravesamos como sociedad. Si la Constitución ya no marca los límites del poder ni garantiza los derechos que promete, ¿qué nos queda como ciudadanía?

Hoy más que nunca, es urgente volver a politizar la Constitución, entenderla como herramienta viva y no como símbolo decorativo. No se trata de memorizar sus artículos, sino de exigir que se cumplan. Porque la Constitución solo tiene sentido si la defendemos cada vez que la quieren pisotear.

El futuro democrático del país no se juega en los discursos oficiales ni en actos públicos de revelación de partidos, sino en la coherencia con la que enfrentamos su incumplimiento cada día.

Sala Constitucional no se pronunció sobre el fondo en relación con permisos temporales a especialistas con formación en el extranjero

UNDECA ACLARA: Sala Constitucional no se pronunció sobre el fondo del amparo

Comunicado

Respecto a la resolución N.º 2025021905 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, dictada el 15 de julio de 2025, UNDECA aclara enfáticamente que la Sala no resolvió el fondo del asunto planteado. Contrario a lo que algunas versiones han intentado insinuar, la Sala Constitucional no se pronunció sobre la legalidad o legitimidad de la negativa del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica de otorgar permisos temporales a médicos especialistas formados en el extranjero.

La Sala se limitó a declarar inadmisible el recurso por razones meramente procesales, señalando que el amparo no es la vía adecuada para revisar la legalidad de actos administrativos complejos ni para realizar valoraciones técnicas extensas, y que dicho examen debe ser ventilado en sede jurisdiccional ordinaria. En ningún momento se afirmó que las actuaciones del Colegio sean conformes al bloque de legalidad ni al bloque de constitucionalidad nacional e internacional.

Ante la gravedad de los hechos denunciados, que comprometen de forma directa el derecho humano a la salud, especialmente en un contexto de emergencia sanitaria reconocida oficialmente por el Decreto Ejecutivo N.º 446-29-S, y frente a la afectación de los derechos fundamentales de jóvenes médicos costarricenses que se formaron en el extranjero, UNDECA anunció que recurrirá a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

El caso será planteado como una vulneración sistemática del derecho a la salud, al trabajo y al debido proceso, en perjuicio no solo de los profesionales excluidos arbitrariamente, sino de la población usuaria de los servicios públicos de salud, que sufre las consecuencias de listas de espera prolongadas por decisiones corporativas carentes de motivación técnica y jurídica.

La defensa del interés público, la igualdad de trato y el acceso oportuno a la atención médica son principios esenciales en un Estado Social de Derecho. UNDECA reafirma su compromiso con la protección de los derechos fundamentales de las personas trabajadoras de la CCSS y de la ciudadanía costarricense, y agotará todas las vías institucionales y internacionales disponibles.

¡UNDECA en defensa del derecho a salud, justicia y dignidad de las personas!

San José, 18 julio 2025

El Consenso de Washington que recorre los despachos de la Sala IV

Manuel Hernández

Ya van, al hilo, siete acciones de inconstitucionalidad, presentadas por algunas instituciones públicas y sindicatos, contra la insufrible Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Nº 9635, que, después de tantos años de incertidumbre, fueron declaradas sin lugar por el Tribunal del Perpetuo Martirio de la Constitución.

Los derechos adquiridos y las situaciones jurídicas consolidadas han volado en el aire.

El principio de no retroactividad de la ley se transmutó en una pieza de arqueología jurídica, que se puede contemplar en el Museo Nacional, en las inmediaciones de Cuesta de Moras.

La disciplina y la Regla Fiscal, impuesta por esa ley, que ha causado tanta afectación en los servicios públicos más sentidos de la población (salud, seguridad, educación, entre otros) están a buen resguardo, blanqueadas por los reiterados pronunciamientos del Tribunal, inspirados en el Consenso de Washington.

Sólo el derecho de negociación de convenciones colectivas, a duras penas, logró salir sin tanto daño, conforme la doctrina de ese Tribunal, que data de principio de este siglo, pero que subordina el ejercicio de ese derecho fundamental a los principios de razonabilidad, proporcionalidad y otros más de la parafernalia judicial.

Es necesario destacar que, a merced de esos principios, han sido declaradas inconstitucionales, una tras otra, una innumerable cantidad de cláusulas de convenciones colectivas; por cierto -para que no se olvide- a contrapelo de los pronunciamientos de los órganos de control de OIT, que reiteradamente advirtieron que la anulación de esas cláusulas violenta el Convenio 98 y otros de OIT.

El Convenio 98 OIT y los otros en materia de Libertad Sindical son instrumentos internacionales de Derechos Humanos que no gozan de mucha simpatía en los despachos de los magistrados, a quienes, por contrario, les corresponde optimizar al máximo el ejercicio de los Derechos Fundamentales.

La más recentísima sentencia de la Sala, del pasado mes de mayo, dictada después del VOTO 2025-8201, de marzo/2025, confirma esa doctrina fundamentalista fiscalista y neoliberal que febrilmente abraza el Tribunal Constitucional.

8 % ya

Manuel Hernández

1.- El ordenamiento político-constitucional de Costa Rica está sostenido en tres pilares: Estado de Derecho, democracia y Derechos Humanos.

La convergencia de los tres pilares se resume en la fórmula del Estado Social Democrático.

Además de los derechos y libertades individuales, ese modelo de Estado está configurado por los derechos sociales y los derechos fundamentales de última generación.

Los derechos fundamentales están interrelacionados y son indivisibles.

2.- El derecho a la educación es un derecho social, preeminente en nuestro ordenamiento, que se refleja en la protección que le garantizan múltiples reformas constitucionales, tendientes al fortalecimiento de la educación pública.

No es una simple abstracción jurídica.

Es un derecho subjetivo, cuya infracción es exigible judicialmente.

3.- El legislador constituyente no se limitó a reconocerlo como tal, es decir, como derecho subjetivo, sino que también estableció un dispositivo presupuestario para garantizar su efectividad.

Ese dispositivo está contemplado en el artículo 78 constitucional.

El precepto le asegura a la educación pública, una asignación presupuestaria, mínima, del 8% de PIB.

4.- Lamentablemente esa norma se ha convertido en una cláusula fallida, inútil, a merced de su constante e impune incumplimiento.

La norma constitucional constituye un mandato imperativo.

La imperatividad implica, por un lado, la obligatoriedad que tiene el Ministerio de Hacienda de incluir en el proyecto de ley de presupuesto de la República esa asignación mínima, y por otro lado, correlativamente la obligación de la Asamblea Legislativa de aprobarla.

Así lo determinó, de manera contundente, el Voto 12803- 2016 de la Sala Constitucional, que tiene un carácter vinculante, erga omnes.

5.- Cualquier propuesta presupuestaria que esté por debajo de ese estándar mínimo vulnera la Constitución.

6.- Mucho menos los actores sociales pueden proponer una mora de cinco años, en el cumplimiento de esa obligación, para que ilusoriamente se haga efectiva hasta la próxima década.

No es transigible ni renunciable la observancia del precepto constitucional.

6.- La sostenibilidad del presupuesto que constitucionalmente debe destinarse a la educación pública, no puede quedar a la suerte de promesas políticas o propuestas “razonables” de algunos sectores sociales y universitarios, las cuales deben confrontarse con los mecanismos de exigibilidad jurídica dispuestos en la Constitución.

7.-Mucho menos a expensas de la Regla Fiscal se puede vaciar de contenido el artículo 78 constitucional, salvo que se violente el principio de supremacía constitucional.

La crisis fiscal, que no ha sido causada por la clase trabajadora, no puede traducirse en una reducción de los derechos sociales reconocidos en la Norma Suprema.

8.- La Asamblea Legislativa tiene la obligación de garantizar el cumplimiento del mandato constitucional, ahora más que nunca que la educación pública se la trajeron al suelo.

9.- Los actores sociales y universitarios del Pacto de la Educación, que se dejaron seducir por la “flexibilización” de la aplicación de la norma fundamental, tienen que revisar su posición “conciliadora” y demandar, sin tanto doblez, el respeto de la ordenanza constitucional.

¡8 % ya!

Para pensar en un nuevo sistema tributario

Fernando Rodríguez Garro.

Fernando Rodríguez Garro
Observatorio Económico y Social, Universidad Nacional

En los últimos días se han escuchado voces pidiendo una revisión profunda de nuestro sistema tributario. Totalmente de acuerdo con eso, no solo porque arrastramos una agenda pendiente en la definición de nuestra estructura tributaria, sino porque enfrentamos retos futuros que debemos abordarlos desde ya en nuestra política fiscal, para evitar entrar a la discusión de una reforma fiscal más adelante como un mero parche para alcanzar la estabilidad macroeconómica, sin ver la contribución de la política tributaria a la equidad y al crecimiento.

A fin de contribuir a esa discusión quisiera aportar un elemento fundamental, que rara vez se discute en una reforma de estas: el para qué. ¿Qué papel queremos que juegue el sistema tributario, qué tipo de sistema tributario necesitamos en función de las responsabilidades que creemos debe asumir el Estado?

He insistido, desde hace tiempo, que la definición de la política fiscal pasa primeramente por tener claro el papel que vamos a otorgarle al Estado en una sociedad moderna. Ese papel incluye algunas funciones elementales:

  1. La provisión de bienes públicos, según lo entendemos los economistas. Aquellos bienes y servicios que no tienen mercado y que, por lo tanto, deben ser prestados por un Estado que garantice su disponibilidad. La seguridad pública, por ejemplo.
  2. Servicios estratégicos, cuya provisión nos permite garantizar el acceso a derechos fundamentales y a una sociedad más equitativa. La educación y la salud pública, por ejemplo.
  3. El otorgamiento de ayudas a personas y familias en condición de pobreza y vulnerabilidad, a fin de darles la oportunidad de tener una vida digna y mejorar su condición económica futura.
  4. La protección de los recursos comunes, a fin de garantizar su existencia en el tiempo y un uso adecuado por las distintas generaciones.
  5. La protección de otros derechos fundamentales.
  6. La intervención en actividades económicas, a fin de impulsar transformaciones en el modo de producción, sobre todo en épocas de transición tecnológica o de crisis económica.
  7. Otras funciones que quieran otorgarle al Estado.

Una vez definido lo anterior, sabremos con certeza el tamaño de la tarea. El tamaño del sistema tributario, entonces, corresponderá a las funciones que queremos desempeñe el Estado. Luego de definir esto, tocará definir qué instrumentos usaremos para financiarnos, o sea, cuáles impuestos escogeremos, sobre quiénes los aplicaremos y qué tasas estableceremos. Entrar a hacer una reforma tributaria sin tener eso claro, nos puede llevar a seguir arrastrando agendas pendientes en próximos años, por insuficiencia del sistema impositivo frente a la tarea definida. Además, sería reiterar un error muy común, de poner el sistema tributario como fin último y no como un medio, lo que tiende a provocar que la tendencia en la aplicación de la política fiscal, sea a ajustar el gasto a los recursos financieros disponibles y no al contrario, lo que implicaría garantizar los ingresos tributarios necesarios para alcanzar nuestras aspiraciones como sociedad.

En el caso costarricense se vislumbran algunas tareas importantes, pensando en la corrección de reformas anteriores que no se han hecho completas, pero en retos futuros de la política fiscal. Por ejemplo, y solo para citar unos:

  1. Seguimos con una ley de impuesto sobre la renta de 1988, mientras el planeta ha profundizado su integración global y la capacidad, cada vez mayor, de movilización de capitales por el planeta. Una modificación profunda de esta legislación, que además incorpore lo último en herramientas legales para evitar el traslado de beneficios y la erosión de la base imponible, sigue siendo un imperativo.
  2. Las nuevas herramientas de pago en sustitución del uso de efectivo y que compiten con las tarjetas de crédito y débito, están erosionando la recaudación del IVA, obligando a que eventualmente se incorporen nuevas formas de control para evitar la evasión por esta vía.
  3. Nuestra carga tributaria es baja, lo que ha dejado una brecha importante en el financiamiento de las actividades que históricamente hemos pretendido que asuma el Estado. Eso dio pie a centrar el ajuste en el lado del gasto, lo que está generando una reducción significativa en la capacidad de atender las demandas de la población. Revertir eso tendrá un costo importante, eso sí, pues en la actualidad la política fiscal sigue siendo deficitaria. Pasar del nivel actual de gasto en educación, por ejemplo, a lo indicado por la Constitución Política, nos obligará a un esfuerzo fiscal de casi 3% del PIB, que hoy no tiene una fuente de financiamiento definida.
  4. La descarbonización de la economía, una aspiración del país de cara al año 2050, reducirá el consumo de combustibles y con ello erosionará la tercera fuente de ingresos tributarios del país, la que deberá ser sustituida por otra fuente de ingresos.
  5. La transición tecnológica y energética, que el cambio climático y la descarbonización traen aparejados, hacen necesario pensar en el uso de mecanismos de incentivo para impulsar una nueva economía y nuevas formas de movilidad, por ejemplo. Pero el país ha abusado de la exoneración como forma de incentivo, lo que tiene consecuencias fiscales indeseadas y tiende a ser una figura regresiva. Debemos plantearnos el uso de subsidios dirigidos y que estos sean valorados periódicamente, lo cual también nos debería obligar a pensar en una fuente de recursos con ese fin.
  6. Costa Rica adolece de una enorme dispersión en las tareas de cobrar impuestos, delegadas en varias instituciones que hacen funciones de administración tributaria, sin que esa sea su actividad principal. Un ejemplo de esto: el Teatro Nacional, al que la ley le delegó la responsabilidad de cobrar el impuesto a los espectáculos públicos. Esto reduce la efectividad de las medidas de cobro, distrae recursos que debería dedicarse al “core business” de las instituciones públicas y facilita la evasión. Concentrar las funciones de cobro en la Dirección General de Tributación debería ser una decisión en próximos años, a fin de corregir esto.

Esta lista no agota los temas a valorar, pero es una muestra de lo complejo de la tarea, a la que, sin embargo, debemos entrarle pronto y empezar a señalarle a la clase política los múltiples riesgos que corremos a futuro, si no nos abocamos en esta discusión lo antes posible.

Si al financiamiento y no a la privatización de la educación superior pública de Costa Rica 2024

PhD. Álvaro Martín Parada Gómez

El financiamiento de la educación pública de Costa Rica debe ser garantizado por mandato constitucional según artículo 85 de la Constitución de la República de Costa Rica. Este indica: “El Estado dotará de patrimonio propio a la Universidad de Costa Rica, al Instituto Tecnológico de Costa Rica, a la Universidad Nacional y a la Universidad Estatal a Distancia y les creará rentas propias, independientemente de las originadas en estas instituciones”. Sin duda, el gobierno actual e incluso gobiernos antecesores han aplicado recortes importantes que han reducido la dotación de los recursos financieros, no cumpliendo la asignación del 8% del Producto Interno Bruto como asignación de financiamiento a la educación y favoreciendo la privatización de la educación.

Las universidades públicas de Costa Rica impactan positivamente el desarrollo social del país. Esto se evidencia en la formación de un recurso humano de alta calidad en disciplinas estratégicas como la medicina, la educación, la biología, la economía, la filosofía, la planificación, la administración, la tecnología entre otras más. Las personas profesionales graduadas en las universidades públicas han asumido puestos estratégicos en lo público, tales rangos son desde ministros, diputados, presidentes ejecutivos, alcaldes, así como en lo privado, tales como gerentes de empresas, bancos, grupos corporativos, entre otros.

El desarrollo socio productivo del país se ha nutrido de los proyectos y programas de la extensión, acción social e investigación, en atención a problematizaciones y demandas sociales de índoles distintas. La universidad pública ha demostrado trabajo articulado con la institucionalidad pública y gobiernos locales, asumiendo con seriedad la búsqueda de soluciones concretas a problematizaciones en los sectores sociales y productivos. Por ejemplo, se ha fortalecido la apicultura, la horticultura, la caficultura, la avicultura, el arte y la cultura, entre otros sectores.

El financiamiento de la educación superior pública ha permitido y permite el ascenso social de las clases medias y bajas que no disponen de los recursos financieros para enviar a estudiar a sus hijos, típicamente, son estudiantes de zonas rurales y zonas urbanas marginales quienes hoy por hoy se mantienen estudiando y sin duda lograrán ser profesionales de alta valía para el país, contribuyendo al proceso productivo, a la cultura y el arte, a los derechos humanos, es decir, al bienestar y desarrollo en general.

Estamos experimentando el debilitamiento de la educación pública como principio y prioridad de la administración Chaves, que nuevamente avanza en una escalada de desfinanciamiento de la inversión social como nunca en la historia del país. En este sentido, consideramos que el gobierno de la república debe rectificar su proceder y proponer una negociación cuyo resultado sea el fortalecimiento de la educación superior pública. No aumentar el financiamiento es condenar a cientos de estudiantes y poblaciones vulnerables a no alcanzar un bienestar social digno e inclusivo. No financiar la educación es abrir las puertas a la privatización de la educación, la cual no todas las familias humildes de este país pueden pagar.

Instamos a la Asamblea Legislativa a garantizar el Estado Social y Democrático de Derecho, actuar con ética, objetividad, solidaridad, justicia social y hacer valer los Derechos Fundamentales, particularmente los derechos económicos, sociales, educativos, culturales y ambientales, que se consagran en la constitución política de nuestro país.

La educación es un derecho indiscutible e inviolable de cualquier sistema democrático, por ello, dado que no se llegó a ningún acuerdo en la Comisión de Enlace sobre el FEES producto de la negativa del Gobierno y que por consiguiente, le corresponderá a la Asamblea Legislativa, según el artículo 85 de la Constitución Política, tomar la decisión de aprobar el monto presupuestario del plan nacional de Educación Superior Estatal, esta es una oportunidad para que la Asamblea Legislativa revierta la ruta del desmantelamiento de toda la educación pública y se proceda con la aprobación del monto presupuestario del plan nacional de Educación Superior Estatal.

Desde la Universidad Nacional, hacemos un llamado respetuoso a las y los señores diputados a garantizar el derecho de acceso a la educación de las actuales y futuras generaciones.