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Etiqueta: derechos humanos

Emergencia climática: solicitud de opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) adoptada

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com

El pasado 29 de marzo, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó una resolución en la que solicita formalmente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) pronunciarse sobre las obligaciones de los Estados de cara a los efectos del cambio climático, mediante una opinión consultiva. 

La adopción de esta resolución fue saludada por el Secretario General de Naciones Unidas (véase discurso) así como por el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas (véase comunicado de prensa) y por un sinumero de Estados y de entidades de la sociedad civil.

La solicitud de opinión consultiva en breve

Esta iniciativa fue llevada en un primer momento por un Estado insular del Pacífico, Vanuatu, y ello desde varios años: esta nota del 2019 así lo evidencia;  en este enlace se puede conocer más de esta larga contienda. 

En julio del 2022, los Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados insulares del Pacífico reunidos en el «Pacific Islands Forum» habían reiterado su firme apoyo a esta iniciativa (véase comunicado oficial).

Liderando Vanuatu el grupo de Estados insulares del Pacífico más afectados por el cambio climático, y articulando hábilmente sus esfuerzos diplomáticos con la sociedad civil y con otros Estados en el seno de Naciones Unidas, el texto de esta resolución logró ser adoptada sin voto, mediante la técnica del consenso.  

Es de notar que en el 2011 y 2012, el Presidente de otro Estado insular del Pacífico, Palau, ya había externado esta misma posibilidad de acudir a la justicia internacional en su visita a la sede de Naciones Unidas (véase noticia del 2011 así como comunicado de prensa de Naciones Unidas de febrero del 2012). Por razones que sería de sumo interés conocer, Palau desistió de esta propuesta.

El proyecto de resolución A/77/L.28 adoptado el 29 de marzo del 2023 (véase enlace a versiones oficiales) se titula «Request for an advisory opinion of the International Court of Justice on the obligations of States in respect of climate change«.

Las dos preguntas a las que deberá responder el juez internacional de La Haya se leen de la siguiente manera:

«Teniendo especialmente en cuenta la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Acuerdo de París, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, el deber de diligencia debida, los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el principio de prevención de daños significativos al medio ambiente y el deber de proteger y preservar el medio marino: 

a) ¿Cuáles son las obligaciones que tienen los Estados en virtud del derecho internacional de garantizar la protección del sistema climático y otros elementos del medio ambiente frente a las emisiones antropógenas de gases de efecto invernadero en favor de los Estados y de las generaciones presentes y futuras?; 

b) ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas que se derivan de esas obligaciones para los Estados que, por sus actos y omisiones, hayan causado daños significativos al sistema climático y a otros elementos del medio ambiente, con respecto a:

i) Los Estados, incluidos, en particular, los pequeños Estados insulares en desarrollo, que, debido a sus circunstancias geográficas y a su nivel de desarrollo, se ven perjudicados o especialmente afectados por los efectos adversos del cambio climático o son particularmente vulnerables a ellos; 

ii) Los pueblos y las personas de las generaciones presentes y futuras afectados por los efectos adversos del cambio climático?«

Una resolución adoptada por consenso

A diferencia de un texto adoptado mediante una votación (en la que quedan expuestos los opositores al mismo), un texto adoptado mediante la técnica del consenso (ausencia constatada de objección) constituye en sí un logro diplomático. Al tratarse de la Asamblea General de Naciones Unidas, envía una señal de importancia al resto de la comunidad internacional y de paso, refuerza el papel desempeñado por los promotores de esta iniciativa. Este resultado implica que se haya revisado la formulación del texto una y otra vez, en aras de lograr que ningun Estado pueda objetar el contenido del texto a la hora de ser sometido por la Presidencia de la Asamblea General al conocimiento de sus 193 integrantes.

Al respecto, hay que saludar la gran destreza de los aparatos diplomáticos de los promotores de esta iniciativa (y la de sus aliados) para acordar una formulación en las preguntas, pese a las objecciones que pudieron haber externado algunos de los Estados responsables de la mayor emisión de gases con efecto invernadero: a pesar de las reservas que pudieron tener estos últimos Estados, ninguno se aventuró a solicitar un voto nominal este 29 de marzo, por lo que esta resolución se adoptó por consenso en la Asamblea General. 

El delegado de Estados Unidos en la «explicación del voto» que nunca se materializó como tal, a penas adoptada la resolución,  consideró oportuno indicar su oposición a ciertas referencias hechas en el preámbulo y a señalar, entre otros puntos (véase enlace oficial), que:

«We have considered this carefully, recognizing the priority that Vanuatu and other Small Island Developing States have placed on seeking an advisory opinion from the International Court of Justice with the aim of advancing progress towards climate goals. However, we have serious concerns that this process could complicate our collective efforts and will not bring us closer to achieving these shared goals.  We believe that launching a judicial process – especially given the broad scope of the questions – will likely accentuate disagreements and not be conducive to advancing ongoing diplomatic and negotiations processes.  In light of these concerns, the United States disagrees that this initiative is the best approach for achieving our shared goals, and takes this opportunity to reaffirm our view that diplomatic efforts are the best means by which to address the climate crisis«.

Como indicado previamente, ni Estados Unidos ni ningún otro Estado solicitó un voto a la hora de examinar este proyecto de resolución. La posición del delegado de Estados Unidos puede ser contrastada con la expresada por la Unión Europea (UE)  (véase enlace) o bien con la posición de la delegada de Alemania (véase enlace) o bien la del delegado de Noruega (véase enlace). 

En realidad, el texto adoptado este 29 de marzo del 2023 es similar a uno hecho público a finales de noviembre del 2022: en efecto, luego de largas jornadas y consultas, un grupo de Estados reunidos por Vanuatu  en octubre del 2022 (el denominado «Core Group» al que refirió Vanuatu en su discurso ante la Asamblea General) elaboró el texto de la futura resolución. Este grupo reunió a los 18 siguientes Estados, de muy diversas latitudes y continentes: Alemania, Angola, Antigua y Barbuda, Bangladesh, Costa Rica, Liechtenstein, Marruecos, Micronesia, Mozambique, Nueva Zelanda, Portugal, Rumanía, Samoa, Sierra Leone, Singapur, Uganda, Vanuatu y Vietnam (véase nota del CIEL). Por parte del hemisferio americano, únicamente Antigua y Barbuda y Costa Rica lo integraron.

En las próximas semanas, esta solicitud de opinión consultiva será trasladada a la CIJ para su respectivo examen por parte de los 15 jueces  de La Haya.

Hace unos meses, la misma Asamblea General solicitó también una opinión consultiva al juez de La Haya sobre otro tema en el que fue imposible lograr un consenso entre sus 193 integrantes: los efectos legales de la prolongada ocupación y colonización por parte de Israel en Palestina. Ante la falta de acuerdo, se debió proceder a una votación: tuvimos la oportunidad de analizar los resultados del voto realizado el 30 de diciembre del 2022 y en particular la posición adoptada por los Estados de América Latina (véase nuestra breve nota al respecto titulada «América Latina ante solicitud de opinión consultiva a justicia internacional sobre la situación en Palestina, breves apuntes sobre insólito voto en contra de Costa Rica«, publicada en LaRevistacr, edición del 1/02/2023).

Una solicitud similar hecha al Tribunal Internacional sobre Derecho del Mar

En diciembre del 2022, el Tribunal Internacional sobre el Derecho del Mar (ITLOS, por sus siglas en inglés) recibió una solicitud de opinión consultiva por parte de Estados insulares preocupados por la elevación del nivel del mar y por la contaminación existente en el mar, así como por otras alteraciones del medio marino que los impacta. Estos Estados insulares fueron liderados por Antigua y Barbuda y Tuvalu. 

La pregunta hecha lo es en relación a las disposiciones de la Convención sobre Derecho del Mar de 1982 (véase texto de la solicitud) y se lee como sigue:

«What are the specific obligations of State Parties to the United Nations Convention on the Law of the Sea (the «UNCLOS»), including under Part XJI: 

(a) to prevent, reduce and control pollution of the marine environment in relation to the deleterious effects that result or are likely to result from climate change, including through ocean warm ing and sea level rise, and ocean acidification, which are caused by anthropogenic greenhouse gas emissions into the atmosphere? 

(b) to protect and preserve the marine environment in relation to climate change impacts, including ocean warming and sea level rise, and ocean acidification?«

Como bien se sabe, la Convención sobre Derecho del Mar de 1982 constituye a la fecha el único instrumento normativo de carácter universal existente en el ámbito marino (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), con 168 Estados Parte. 

Un esfuerzo similar observado a nivel interamericano

A nivel interamericano, la emergencia climática también ha originado una reciente solicitud de opinión consultiva: en efecto, en enero del 2023, fue la Corte Interamericana de Derechos Humanos  la que fue solicitada conjuntamente por Chile y Colombia con relación a las obligaciones que tienen los Estados en materia de derechos humanos de cara a la emergencia climática y a las medidas de carácter urgente que deberían de tomar (véase texto completo de la solicitud de opinión consultiva). Se trata de seis preguntas a las que la Corte deberá de responder. Es de notar que dos de ellas (la B y la E) refieren de manera expresa a las disposiciones del Acuerdo de Escazú: tuvimos la ocasión de analizar las dos recientes ratificaciones (Belice y Granada) registradas en el mes de marzo del 2023 así como el notable uso del Acuerdo de Escazú hecho por el juez interamericano en una de sus últimas sentencias (véase nuestra nota al respecto titulada «Acuerdo de Escazú: a propósito de dos nuevas ratificaciones (Granada y Belice) y de su uso reciente por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos) publicada en DIPúblico (Argentina), edición del 28/03/2023).

A modo de conclusión

No es usual observar a tres jurisdicciones internacionales distintas ser solicitadas sobre asuntos similares de manera casi simultánea en materia consultiva. Como bien se sabe, la función consultiva permite a una jurisdicción internacional dar a conocer su interpretación sobre cuestiones legales objeto de disenso y/o desacuerdos. La interpretación que hace de los alcances de una normativa internacional aplicable goza de una autoridad que ningun Estado o grupo de Estados u organización internacional puede discutirle. 

Este súbito interés en solicitar a una jurisdicción precisar el alcance de las obligaciones internacionales de los Estados en materia de cambio climático proviene probablemente de la tímida respuesta de la comunidad internacional durante la última COP-27 celebrada en noviembre del 2022 en Egipto: se logró finalmente acordar, ante las legítimas demandas de compensación por daños y pérdidas que ocasiona a numerosos Estados el cambio climático, la creación de un órgano (véase enlace). Es de señalar que el 29 de marzo del 2023 concluían precisamente los trabajos del denominado «Comité de Transición» en su primera reunión celebrada Luxor (véase enlace oficial), creado durante la COP-27 para examinar el tema de daños y pérdidas.

Aunado a ello, la situación climática y la extrema vulnerabilidad de algunas poblaciones al cambio climático también explican estas tres iniciativas ante jurisdicciones internacionales, dos a nivel universal y una a nivel interamericano.

Este panorama resulta también del hecho que, a la fecha, la comunidad internacional no ha logrado aún acordar medidas para revertir sustancialmente el aumento paulatino de la temperatura, pese a disponer de datos científicos con los que se cuenta desde hace más de 25 años sobre los efectos dramáticos que ocasiona el cambio climático: véase al respecto el último informe del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático de Naciones Unidas del 2023 (más conocido por sus siglas en inglés IPCC).

Estas solicitudes a tres distintas jurisdicciones internacionales constituyen como tal un desafío para estas, y desde ya generan mucha expectativa en diversos círculos. Ello en razón de que se ha podido observar el uso creciente que se hace de decisiones de jurisdicciones internacionales ante los tribunales nacionales.  

No está de más indicar que, a nivel del derecho interno esta vez, la justicia climática es también objeto de numerosas acciones legales debido a un sinnúmero de actividades autorizadas por los mismos Estados y que a veces, contradicen sus compromisos internacionales para luchar contra el cambio climático. Podemos citar el ejemplo, entre muchos otros, de la justicia de los Países Bajos que en el 2019 en el caso Urgenda (véase enlace y comentario de la sentencia publicado en Bélgica) condenó al Estado por no mantener el ritmo de reducción de emisiones de gases que se había comprometido a reducir. Igual ocurrió en Alemania con su juez constitucional en el 2021 (véase enlace y comentario de la sentencia publicado en una revista especializada en España). Más llamativo al tratarse del Estado que hospedó en diciembre del 2015 las negociaciones de un acuerdo internacional que lleva el nombre de su capital, el juez administrativo galo condenó a Francia por su inacción climática en octubre del 2021 (véase nota y  decisión del Tribunal Administratif). Más recientemente, otra decisión del Conseil d´Etat condenó al Estado francés por no atender debidamente sus compromisos en torno esta vez a la calidad del aire (véase decisión de octubre del 2022). 

En el caso de América Latina, son muy diversas y variadas las acciones legales realizadas por distintos colectivos sociales ante las jurisdicciones nacionales: en este enlace se registran algunas de las acciones llevadas ante los tribunales nacionales por organizaciones sociales, que, sin duda alguna, esperan ansiosas que la justicia internacional refuerze, en un futuro cercano, sus argumentos ante la falta de voluntad para lograr una verdadera justicia climática.

 

Imagen ilustrativa.

Conversando sobre racismo, Radio 870 UCR

Como parte de la nueva temporada 2023 de la Radio 870 AM, Saber Vivir de la Universidad de Costa Rica, se llevará a cabo el programa «Conversando sobre racismo».

El próximo lunes 27 de marzo a las 8:00 a.m. iniciarán con la socialización de los principales resultados del módulo sobre el racismo en Costa Rica de la Encuesta ACTUALIDADES 2022, de la Escuela de Estadística de la UCR.

Gracias a la comunicadora Gloriana Rodríguez Corrales, se abrió este espacio mensual para identificar el racismo y de este modo, accionar hacia nuevas ideas y comportamientos en nuestra vida cotidiana y social. 

Participarán la Doctora Fernanda Alvarado Leitón, docente de la Escuela de Estadística, y la Bachiller María Fernanda Obando Sánchez, antropóloga y asistente del OBCRA durante el 2022.

Pueden descargar el informe de ACTUALIDADES en: http://www.estadistica.ucr.ac.cr/index.php/es/encuestas/actualidades/informes

La grabación del programa quedará disponible en el portal obcra.fcs.ucr.ac.cr

Link para acceder a la publicación:  https://www.instagram.com/p/CqI_54AuHV-/?igshid=ZTE2MDY0MWU=

Pueden callar una voz, pero hay muchas voces que seguirán clamando junto al eco de la montaña…

Alejandra Espinoza

Pueden callar una voz, pero hay muchas voces que seguirán clamando junto al eco de la montaña…

Una publicación que hice un 18 de marzo por el aniversario del asesinato del líder Bribri Sergio Rojas, ahora, a un año más de impunidad vuelve a tomar vigencia.

“Tu belleza me atrapó, el reflejo de esas pupilas que no entienden de divisiones ni razas, fundido a su mascota en un abrazo solidario.

Evocación de nuestros abuelos, de lo real y auténticamente costarricense.

Tú no sabes de videojuegos porque tienes la luna y el bosque, no tienes miedo porque la tierra te cuida. Sos el dueño de este país donde se bota el pescado a los dos días de estar en el supermercado mientras tu pueblo camina dos lunas para poder pescar en el Térraba.

Tratan de arrancarte la tierra, lecho de bruma donde descansan tus antepasados.

Pueden callar una voz, pero hay muchas voces que seguirán clamando junto al eco de la montaña.

No puedo dejar de mirarte «niño indígena» y siento vergüenza de la inacción propia y ajena”.

La izquierda y la situación en Nicaragua – Una deuda latinoamericana

Gilberto Lopes

Marzo 2023

Un informe del subcontratista Chemonics International Inc. para la USAID evalúa el resultado de diversos programas desarrollados en Nicaragua entre abril de 2013 y febrero del 2018 (el informe puede ser visto aquí: https://chemonics.com/wp-content/uploads/2018/10/FinalReport.pdf)

En sus 61 páginas se definen objetivos y resultados de los diversos programas de apoyo a 17 organizaciones de la sociedad civil nicaragüense.

Entre los objetivos del programa estaba el fortalecimiento de la capacidad de esas organizaciones “para mejor defender las demandas de los ciudadanos mediante el proyecto de promoción de las capacidades de la sociedad civil”.

Se trataba de proporcionar a la USAID información útil para que organizaciones clave –que ya recibían recursos de la USAID para actividades que el proyecto llama de “democracia y gobernabilidad”–, pudieran lograr de mejor manera sus objetivos comunes.

Se pretendía incrementar la capacidad de las ONGs para concientizar y movilizar a los ciudadanos; “incrementar la capacidad de coordinación de las ONGs y de los individuos, del sector privado y de los medios para promover la concientización, la defensa y el activismo”.

El proyecto se orientó a fortalecer las capacidades de comunicación, creando especialmente para eso “herramientas de medios digitales”.

Ya veríamos después el contenido de esas campañas de concientización y de activismo. El documento especifica algunas organizaciones beneficiarias, la realización de talleres con periodistas y grupos de derechos humanos, particularmente importantes para lo que califica de “desafiante contexto político” nicaragüense.

Los participantes “aprendieron a encriptar información en sus teléfonos celulares, computadoras y otros equipos para prevenir ataques cibernéticos y la manipulación de sus aparatos de comunicación o sitios web con información importante para los nicaragüenses”.

Los recursos del programa otorgaron también a las ONGs una mayor capacidad para “plantear reivindicaciones y desarrollar acciones específicas de reivindicaciones”.

Una interferencia multimillonaria

El documento al que hacemos referencia no es el único sobre las actividades de la AID en Nicaragua. En la página de la USAID (https://www.usaid.gov/nicaragua/history) se puede leer que “el gobierno de los Estados Unidos ha proporcionado cerca de 2,5 mil millones de dólares en asistencia al desarrollo a Nicaragua, principalmente mediante la AID”, desde su establecimiento, en 1962.

De acuerdo con su estrategia actual –cuya definición puede ser vista en internet–, la USAID “provee entrenamiento y asistencia técnica para organizaciones de la sociedad civil sobre los estándares internacionales y las mejores prácticas para reivindicar efectivamente las prácticas democráticas y los derechos humanos”.

De los 2,5 mil millones de dólares que la agencia invirtió en Nicaragua, 507 millones fueron empleados en “esfuerzos de estabilización de la economía, para enfrentar la creciente inflación, y el pago de deudas con instituciones multilaterales”, además de 36,3 millones invertidos “en programas de generación de empleo” en los años 90.

Hay que recordar que el 25 de abril de 1990 asumió la presidente Violeta Barrios de Chamorro, electa después de años de guerra organizada y financiada por Estados Unidos contra el gobierno sandinista.

Celebradas en medio del caos provocado por la intervención militar, con la economía afectada por las sanciones económicas, los sandinistas no tenían posibilidades de triunfo, si consideramos, además, que el gobierno norteamericano había prometido continuar con la guerra si eso ocurría.

En resumen, Estados Unidos dedicó millones de dólares para combatir la revolución sandinista en los años 80’s, para provocar el caos en su economía, incluyendo los recursos del escándalo conocido como “Irán-contras”, para aportar después otros millones para apoyar los planes de reconstrucción de sus aliados.

¿Cómo no reconocer la responsabilidad de Estados Unidos en el caos económico creado en Nicaragua, que luego pretendió resolver con los poco más de 540 millones de dólares, que se revelaron insuficientes para reordenar la economía del país, como ha quedado en evidencia si vemos los resultados 30 años después de esa intervención?

Los especiales intereses en un posible canal interoceánico por Nicaragua, en competencia con el de Panamá, hizo de las intervenciones militares norteamericanas en Nicaragua una política habitual. Como consecuencia, la resistencia a esa intervención adquirió particular relevancia con la rebelión del general Sandino, asesinado en febrero de 1934 por las fuerzas políticas y militares nicaragüenses instaladas en el poder por Washington.

Desde entonces, la política nicaragüense es incapaz de encontrar un escenario donde sandinistas y antisandinistas puedan enfrentarse, sin que la intervención norteamericana desequilibre lo que debería ser una “normal” disputa política sobre diferentes visiones del país.

La masiva intervención de los años 80’s dio origen a una nueva etapa política, en la que sandinismo y antisandinismo, desdibujados, han buscado reacomodarse y sobrevivir; haciendo que el sandinismo se dividiera; que Ortega asumiera el poder en sucesivas elecciones, con la oposición cada vez más acorralada; hasta desembocar en las protestas de 2018 y la represión que la siguió.

La división del sandinismo ocurrida en el período posterior a la derrota electoral de febrero de 1990 es uno de los acontecimientos que contribuyó al desarrollo del actual orden político en el país. La prisión, exilio, expropiación, retiro de la nacionalidad de destacados líderes de la revolución sandinista de los años 80 solo puede ser visto como el fracaso de un proceso que entonces logró aglutinar una voluntad mayoritaria en apoyo al proceso revolucionario.

Conociendo los programas y los recursos puestos a disposición de la oposición por la AID, revisando sus objetivos y el periodo de desarrollo de esos programas (2013-2018), pensar que las protestas de abril del 2018 fueron una rebelión espontánea es, por lo menos, una ingenuidad.

La oposición salió a derrocar el gobierno y el gobierno respondió matando y encarcelando a los opositores. Como en otros lugares del mundo, otro Maidán, otra revolución de colores, generó una confrontación que un desarrollo sin esas interferencias quizás pudiese haberse evitado.

El aire refrescante de América Latina

Es en ese contexto que la oposición nicaragüense desarrolla una intensa campaña para minar el apoyo de la “izquierda” latinoamericana a Ortega. Esa campaña –titulada “La izquierda latinoamericana de espaldas a la dictadura”– es organizada por medios digitales de la oposición nicaragüense.

Una campaña de esa naturaleza podría ofrecer a la izquierda latinoamericana una alternativa al gobierno de Ortega. Pero se limita a argumentar que el gobierno de Ortega no es “de izquierda”. Sería lógico pensar entonces que la “izquierda” está en la oposición. Pero no es así.

Dada la desarticulación de la oposición, a su imposibilidad de organizarse al interior del país debido a la represión del gobierno, esa oposición se define o se aglutina tras el objetivo de deponer el gobierno. Pero es prácticamente imposible encontrar una explícita visión de país que pretenden construir, el orden económico que pretenden organizar, desde su visión del escenario internacional.

En esas condiciones, una manera de vislumbrar el carácter político de esa oposición es revisar las posiciones de los candidatos presidenciales opositores en las pasadas elecciones, todos ellos encarcelados y luego extraditados y expropiados por Ortega. Un verdadero caos, aplicado con una crueldad inaceptable. En esa oposición no hay nada que se pueda calificar como de “izquierda”, como la campaña mediática pudiera sugerir.

La “izquierda” latinoamericana está atrapada en este juego. Entre los que apoyan a Ortega a rajatabla y los que consideran impensable cualquier apoyo a su gobierno, un casi desaparecido atajo ha ido quedando oculto por el bosque. Un atajo que nos lleva a la casa centroamericana, donde hace falta abrir dos ventanas: una para que salga el aire sofocante de Washington. Otra, para que entre el aire refrescante de América Latina.

Nuevas realidades

Hace 45 años era impensable que América Latina pudiera extender sus intereses a una región sometida desde hace más de un siglo a la influencia e intereses norteamericanos, nacidos no solo de la cercanía geográfica sino, principalmente, de una ubicación estratégica, capaz de facilitar el tránsito entre el Atlántico y el Pacífico.

Hoy, no solo la situación es distinta, sino que está en rápido y profundo cambio. En el nuevo orden mundial una mayor presencia política latinoamericana en la región parece posible y necesaria. Preguntado por la situación en Nicaragua, el presidente brasileño, Lula, dijo no estar muy informado. Ya no parece una respuesta razonable.

Es inaceptable la política norteamericana de sanciones unilaterales contra países latinoamericanos, cuya principal expresión es la impuesta por más de 60 años a Cuba, pese al rechazo prácticamente unánime, año tras año, de la Asamblea General de Naciones Unidas.

Sería del todo inconveniente para América Latina ver un gobierno nicaragüense que, en caso de triunfo de la oposición, se sumase a esa política de sanciones de Washington contra países de la región. Pero la oposición nicaragüense no habla públicamente de esas cosas, aunque lo hace en privado.

Así como importantes sectores de la izquierda latinoamericana se sienten incómodos con la situación de Nicaragua, la oposición evita cuidadosamente definirse en el escenario político, que algunos de sus representantes prefieren explicar diciendo que ya no existe ni izquierda ni derecha. Naturalmente, los sectores más conservadores, que encabezan la oposición, se sienten cómodos en la derecha.

El caos centroamericano

Está claro que el siglo de intervención norteamericana no es ajeno a la incapacidad de organización política de los países centroamericanos. Tampoco es ajeno a su pobreza y desigualdad económica, fundamento de la riqueza de viejos magnates norteamericanos, bien descritos por el ensayista costarricense Vicente Sáenz en sus libros, ya en la primera mitad del siglo pasado.

Costa Rica es la excepción en ese caos. Pero eso tiene una explicación. Desde mi punto de vista se debió a la obra de un político notable, José Figueres, el mismo que, a fines de los años 40 abolió el ejército nacional (cosa constantemente recordada por políticos y académicos), pero que hizo algo todavía más importante: nacionalizó la banca. Eso fue la clave para que el país contara con recursos para atender la demanda de su población de mejor manera que otros países de la región y pudiera organizar un orden político y administrativo que respondiera de mejor forma a esas necesidades.

Es cierto, sin embargo, que desde principios de los años 80, cuando en el mundo se abría paso el modelo neoliberal y trataban de convencernos de que no había alternativa, un gobierno que se reivindicaba como de la misma línea de Figueres dio comienza a un proceso de privatizaciones que, con recursos de la AID, apuntó, en primer lugar, a la banca nacionalizada. En los 40 años siguientes, ese mismo partido (el socialdemócrata Liberación Nacional) consolidó el camino neoliberal, incluyendo una campaña para la aprobación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos basada en una estrategia conocida como el “Memorando del miedo”. Hoy, el país también siente que ha perdido su rumbo, que un cierto orden, sustentado por un Estado preocupado por la vida de sus ciudadanos, ha ido, poco a poco, a mordiscos, siendo desarmado.

La deuda latinoamericana

Si el factor desequilibrante de la política en los países centroamericanos, en particular en Nicaragua, es la intervención norteamericana, es cierto que la ausencia latinoamericana no solo ha dejado a disposición de Washington todo el escenario, sino que ha privado de otras opciones a los sectores políticos nicaragüenses que no se sienten cómodos con el actual escenario.

El nuevo gobierno brasileño ha optado por no sumarse a condenas interesadas, al uso abusivo del tema de los “derechos humanos”, transformados en instrumento político gracias a disposiciones a las que Washington nunca adhirió, concebidas especialmente para poner a pelear a los latinoamericanos. El gobierno brasileño ha expresado su desacuerdo con medidas como la extradición, la expropiación y el retiro de la nacionalidad a líderes opositores, pero ha querido dejar abierta una puerta el diálogo. No es suficiente la propuesta de una política alternativa cuyos resultados solo se verán a mediano, o largo plazo. Hay una situación en desarrollo que requiere atención más urgente.

El cambio de gobierno en Brasil, en Colombia, la posición de López Obrador, en México, o de Alberto Fernández, en Argentina, son una base importante para la coordinación de esas políticas. Hace falta que los partidos políticos del Sur estén presentes en Centroamérica.

Una derecha muy conservadora, la de Piñera y Macri, de Calderón, y Fox, de Aznar y Rajoy se ha reunido para fortalecer “la libertad y la democracia” en la región.

Es inconcebible que políticos latinoamericanos puedan reunirse con colegas como el español Aznar, precisamente cuando se cumplen 20 años de la invasión de Irak, que justificó jurando tener evidencias de las armas de destrucción masiva en poder de Sadam Husein (sus afirmaciones en la época pueden ser vistas aquí: https://www.facebook.com/watch/?v=1100473373617333). Con sus aliados, tiene la destrucción de un país y centenares de miles de muertos a su haber.

Es esa gente es la que se propone defender “la libertad y la democracia” en la región. Para enfrentarlos hay que proponer una visión distinta y organizar una alternativa que responda a los intereses latinoamericanos.

FIN

Especialistas UNA piden renuncia de ministra del MEP por declaraciones sobre bullying

La Facultad de Ciencias Sociales y el Centro de Investigación en Docencia y Educación (CIDE) de la Universidad Nacional (UNA) solicitan, de manera vehemente e inmediata, la renuncia de ministra de Educación Pública,  Anna Katharina Müller Castro, por considerar que las manifestaciones de la jerarca en relación con el acoso escolar (bullying) son “triviales, ligeras y sin fundamento”.

En un pronunciamiento, emitido este 22 de marzo, especialistas de las facultades instan a la comunidad universitaria y nacional “a defender y hacer lectura crítica de todo aquello que lesione e irrespete los derechos humanos”.

A continuación, el pronunciamiento completo:

El Centro de Investigación y Docencia en Educación (CIDE) y la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional, manifiestan profunda preocupación ante las declaraciones emitidas por la ministra de Educación Pública, señora Anna Katharina Müller Castro, en relación con el acoso escolar (bullying), al afirmar que “un joven con buena autoestima no se deja afectar por el bullying”.

En primera instancia, es pertinente recordar la Ley Fundamental de Educación, que en su artículo 2° indica como fines de la educación costarricense:

  1. b) Contribuir al desenvolvimiento pleno de la personalidad humana;
  2. c) Formar ciudadanos para una democracia en que se concilien los intereses del individuo con los de la comunidad;
  3. d) Estimular el desarrollo de la solidaridad y de la comprensión humanas.

De manera que los centros educativos deben ser promotores del desarrollo de la personalidad de los educandos desde la solidaridad y la comprensión. Esto, sin duda, es potenciado por el personal docente que, enfrentado a complejas realidades sociales, asume el compromiso de promover valores como el respeto, la tolerancia y la no discriminación.

Sin embargo, preocupa que la jerarca del Ministerio de Educación Pública (MEP), a pesar de lo trascendental de su investidura y de lo que ésta representa, simplifique un problema tan complejo como el acoso escolar (bullying), reduciéndolo a su propia interpretación personal y pasando por alto las heterogéneas causas sociales, culturales, educativas, contextuales, históricas y económicas, entre muchas otras, que intervienen en este fenómeno. El acoso escolar es un síntoma de profundos dilemas que se entrecruzan y derivan en actos de agresión y maltrato de diversa índole.

En este sentido, múltiples investigaciones han indicado los efectos del acoso escolar (bullying) en la vida de los niños, niñas y adolescentes, entre los que destacan:

  • Fracaso escolar, entendido como rechazo a la escuela, exclusión, bajo rendimiento, ausentismo y repitencia.
  • Crisis de ansiedad, pánico y depresión.
  • Constante sentimiento de culpa.
  • Déficit en la autoestima, autoconcepto negativo, autodesprecio, inseguridad.
  • Decisiones poco asertivas
  • Alteraciones del estado de ánimo, de la conducta, sentimientos de ira.
  • Introversión, timidez, aislamiento social, impopularidad, pocas relaciones sociales
  • Insatisfacción familiar.
  • Poca eficacia en las acciones debido a la desmotivación.
  • Síntomas psicosomáticos como insomnio, enuresis y dolores físicos.
  • Cambios frecuentes de centro educativo (Morales y Villalobos, citando a Oñederra 2008).

Así mismo, los datos presentados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE, 2018), señalan que Costa Rica es el segundo país de Latinoamérica con más casos de acoso escolar (bullying), donde al menos un 11% de los niños y niñas en edad escolar afirman ser víctimas de dinámicas de acoso escolar, como bien refiere el informe PISA 2015.

Uno de los efectos emocionales que produce el acoso escolar (bullying) es, precisamente, un déficit en la autoestima, autoconcepto e inseguridad de la víctima, de manera que la evidencia científica apunta justo en contra de la opinión de la jerarca de Educación. Es menos probable que una persona que sufra acoso tenga la autoestima suficientemente alta como para ser inmune o a las circunstancias que deriven del mismo.

En relación con las declaraciones supracitadas, el Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica emitió un pronunciamiento donde indica lo siguiente:

“En 2018 la 1° Campaña Alto al Bullying liderada por el Colegio de Profesionales en Psicología, avalada por el MEP, llamaba la atención sobre el tema con una matriz de 16 mitos de la que destacamos que en el número 4, el mito “tiene baja autoestima”, hace referencia a una afirmación incorrecta, dado que la percepción de la baja autoestima no es una causa, es una consecuencia del daño creado. La víctima no es culpable, menos responsable. Con lo que la frase de la Ministra no solo sostiene un mito que pone en retroceso los esfuerzos y avances alcanzados en materia de actuación y prevención en el país, sino que ubica a las víctimas en el lugar de culpables y merecedoras de la agresión sufrida, dejándolas en indefensión mayor e instaurando la falsa idea de que sus recursos emocionales son ineficientes, aumentando el deterioro de su salud mental y por ende el riesgo del daño”.

Así, ante la evidencia científica y la basta información sobre el tema, resulta inconcebible revictimizar a la víctima trasladando la culpa sobre la persona agredida y su familia, lo cual constituye un hecho de graves proporciones viniendo precisamente de la figura rectora del MEP.

Sin duda, el acoso escolar (bullying) es un tema trascendente y sensible; el cual debe considerar las denuncias, las cifras arrojadas por múltiples investigaciones y los diversos y trágicos desenlaces que en ocasiones el acoso ha provocado. Los miles de estudiantes víctimas de acoso escolar y sus familias, podrán concordar con que existen consecuencias de largo plazo en sus vidas, y en que no merecen que se trivialice una problemática de tal complejidad. 

Cuando una persona sufre acoso escolar (bullying), el caso debe ser atendido con la seriedad que corresponde; donde tanto acosado/a como acosador/a requieren de un abordaje integral, acompañamiento y apoyo profesional.

Por lo anterior, la Facultad de Ciencias Sociales y el Centro de Investigación en Docencia y Educación de la Universidad Nacional, censuran las manifestaciones triviales, ligeras y sin fundamento emitidas por la ministra de Educación Pública en relación con el acoso escolar (bullying). Solicitamos, de manera vehemente e inmediata, la renuncia de la señora Müller a su puesto como jerarca del MEP, e instamos a la comunidad universitaria y nacional a defender y a hacer lectura crítica de todo aquello que lesione e irrespete los derechos humanos. 

Campus Omar Dengo, Heredia, 22 de marzo de 2023.

 

Fuente: https://www.unacomunica.una.ac.cr/index.php/marzo-2023/4500-especialistas-una-piden-renuncia-de-ministra-del-mep-por-declaraciones-sobre-bullying

Día Mundial del Síndrome de Down

José Luis Pacheco Murillo

Cada 21 de marzo se celebra el Día Mundial del Síndrome de Down, cuyo principal objetivo es crear conciencia dentro de la sociedad acerca del valor que tienen estas personas, a pesar de su discapacidad.

Además, se pretende reivindicar sus aportaciones a la sociedad, derechos e independencia para la toma de sus propias decisiones y crecimiento personal.

El Día Mundial del Síndrome de Down se celebra desde el 21 de marzo de 2012, por un decreto establecido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

La elección de la fecha de esta efeméride es debido al proceso de división genético denominado Trisomía 21. El día 21 del mes 3 del año se usa para simbolizar esa trisomía.

El Síndrome de Down, no es una enfermedad, como la mayoría de las personas creen. Se trata de una condición o trastorno cromosómico que ocurre cuando aparece una alteración o material genético extra en el cromosoma 21, generando discapacidad intelectual. Sin embargo, muchas personas que tienen esta condición pueden desarrollar una inteligencia poco común en y para ciertas actividades, también pueden poseer grandes destrezas ya sea para el arte, la música y el deporte.

Las personas con Síndrome de Down deben gozar de los mismos beneficios y privilegios que la mayoría de las personas en la sociedad actual. Su derecho a la igualdad, oportunidad, y felicidad plena, son inalienables.

Para la Organización de las Naciones Unidas, el Día Mundial del Síndrome de Down forma parte de la Agenda 2030, como parte del plan de acción sostenible para proteger a estas personas contra cualquier tipo de abuso, atropello o discriminación.

En la celebración de esta efeméride anualmente se selecciona un tema central. Para el año 2023, el lema del Día Mundial del Síndrome de Down es «Con nosotros, no por nosotros».

Se trata de un enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos y no en la caridad, como tradicionalmente ha venido siendo.

Dios quiera que nuestra sociedad muestre la solidaridad y especialmente el respeto a los derechos de las personas con síndrome de Down.

Organizaciones sociales por la restitución de derechos en la Defensoría de los Habitantes

Comunicado de prensa

Este 10 de marzo, diferentes organizaciones de la sociedad civil se dieron cita frente a la Defensoría de los Habitantes, al cumplirse dos años de que la exdefensora Catalina Crespo no les recibiera y, por el contrario, les dio la espalda y, abandonó la Defensoría por la puerta trasera. Además, este colectivo de organizaciones, evidenciaron que la administración de Crespo fue sin duda la peor en muchos años.
Rosibel Zúñiga Guardia, vocera de la Asociación Espera Viva, en atención a los temas de VIH, recalca el vergonzoso hecho de que se le otorgara a Crespo el nombramiento de Embajadora de Costa Rica en Washington, llevando consigo una trayectoria cuestionable, como representante del pueblo costarricense y además, con procesos judiciales en su contra.
Dennis Castillo Fuentes, Director Ejecutivo del Instituto sobre Migración y Refugio LGBTIQ para Centroamérica – IRCA CASABIERTA, destacó la difícil situación que atraviesa el país en relación con el tema migratorio, lo que hace urgente conocer la posición de la Defensoría de los Habitantes, con el fin de ofrecer una respuesta contundente a las diferentes violaciones a los derechos humanos, que constantemente viven las poblaciones migrantes. Así como, la necesidad de reactivar los planes estratégicos gubernamentales, para fortalecer la integración digna de estas poblaciones.
Por su parte, Francisco Madrigal Ballestero, activista LGBTIQ y Defensor de Derechos Humanos, manifestó, la satisfacción por el nombramiento de la señora Angie Cruickshank, como una mujer preparada en materia de derechos humanos y conocedora de las necesidades de protección de las poblaciones más vulnerabilizadas del país.
También hubo representación de mujeres, personas con discapacidad y población migrante y refugiada. Angie Cruickshank Lambert, nueva Defensora de los Habitantes, recibe a las diferentes organizaciones sociales, con el compromiso de escucharles y gestionar las acciones necesarias ante sus peticiones.

Acuerdo de Escazú: a propósito de una nueva ratificación (Belice) y otros recientes avances

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com

El pasado 7 de marzo, Belice se convirtió en el Estado Parte número 14 al Acuerdo de Escazú, al depositar formalmente su instrumento de ratificación en la sede de Naciones Unidas en Nueva York: véase carta formal del Secretario General de Naciones Unidas, actuando en calidad de depositario de dicho tratado. 

Belice había firmado el Acuerdo de Escazú el 24 de setiembre del 2020, siendo su firma una de las más recientes registradas, conjuntamente con la de Dominica. 

En Mesoamérica, México ratificó este tratado en enero del 2021, mientras que Nicaragua y Panamá ratificaron ambos este instrumento hace más de tres años (marzo del 2020); al tiempo que Costa Rica persiste en no aprobarlo, al igual que Guatemala. Por su parte El Salvador y Honduras (Nota 1) ni tan siquiera han firmado el Acuerdo de Escazú.

Pese a la situación antes descrita en lo que atañe a Mesoamérica, el resto del continente americano se ha mostrado mucho más comprometido con este instrumento regional de vanguardia en materia de ambiente y de derechos humanos, y son señales prometedoras para el Acuerdo de Escazú las que se han registrado en el 2022, y en lo que va de este año 2023, tal y como lo explicaremos a continuación.

El Acuerdo de Escazú: un breve recuento sobre un tratado en pleno desarrollo

Como se recordará, el Acuerdo de Escazú es un tratado internacional adoptado bajo los auspicios de la Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL) en marzo del 2018 en Costa Rica por 33 delegaciones de América Latina y del Caribe. Se trata del primer (y a la fecha, del único) instrumento en materia ambiental para América Latina y el Caribe, por lo que la ausencia de Costa Rica entre sus Estados Parte a cinco años de adoptado, puede plantear algunas interrogantes muy válidas.

El largo proceso de negociación iniciado en el 2013 fue co liderado por Chile y Costa Rica. El texto finalmente adoptado en Costa Rica el 4 de marzo del 2018 consta de 26 artículos (el texto se encuentra disponible en este enlace): su objetivo es traducir en términos legales el Principio 10 de la Declaración de Río de 1992 sobre participación pública informada en materia ambiental.  Su entrada en vigor, el 22 de abril del 2021, fue celebrada por diversos Estados, entidades de la sociedad civil y organizaciones internacionales, incluyendo dentro de Naciones Unidas, al mismo Secretario General (véase comunicado oficial del Secretario General).

Como bien se sabe, el texto adoptado en Escazú ha sido descrito por numerosos especialistas como un instrumento jurídico moderno en materia de gestión y de gobernanza ambiental, y ello desde muy diversas perspectivas y disciplinas (Nota 2).

En este 2023, un reciente llamado a Brasil para garantizar la supervivencia de la población Yanomami exige la pronta ratificación del Acuerdo de Escazú  (véase comunicado oficial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 8 de febrero del 2023). De igual manera, con relación a los derechos de la mujeres costarricenses, un reciente informe del Comité de la CEDAW le recomienda al Estado costarricense aprobar sin más preludios el Acuerdo de Escazú (véase informe CEDAW/C/CRI/CO/8 del 28 de febrero del 2023, punto 45). Anterior a ello, encontramos la misma excitativa hecha a Costa Rica en  un informe del Relator Especial sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, elaborado a raíz de su visita in situ realizada en el 2021 (véase enlace para acceder a dicho informe, con fecha del 13 de julio del 2022, párrafo 98 inciso i)

En el mes de marzo del 2022, una importante cita en la capital costarricense auspiciada por la CEPAL con los principales bancos internacionales de cooperación al desarrollo  (Banco Mundial, BCIE, BID, BEI) y con representantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)  reafirmó que el Acuerdo de Escazú se enmarca perfectamente con los lineamientos generales sobre transparencia y rendición de cuentas que promueven estas entidades internacionales en materia de inversión (véase comunicado oficial de prensa). Por razones que ameritan ser investigadas, y no lo han sido, este comunicado de prensa y el evento como tal no fueron referenciados en los medios de la prensa costarricense.

En el mes de abril del 2022, la CEPAL difundió una guía de implementación (de casi 200 páginas) del Acuerdo de Escazú: se trata de un texto muy valioso, y de lectura muy recomendada para organizaciones sociales, así como para decisores y entidades públicas, y público en general interesado.  

En el mes de noviembre del 2022, el primer foro sobre defensores de derechos humanos en asuntos ambientales se reunió en la capital ecuatoriana (véase programa y videos de esta importante actividad).

Estas y varias otras actividades, totalmente ignoradas por gran parte de la prensa costarricense, denotan el fuerte impulso que la CEPAL y los Estados Partes le han imprimido al Acuerdo de Escazú, en aras de lograr su pronta  implementación y correcta aplicación.

El Acuerdo de Escazú: una notable utilización por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

En una de sus últimas sentencias, dada a conocer en febrero del 2023, el juez interamericano condenó a Chile por violar la libertad de expresión de un abogado ambientalista: véase por ejemplo esta nota de la DW de finales de febrero de 2023. Al estudiar más detenidamente el razonamiento seguido la Corte Interamericana de Derechos Humanos para resolver este complejo caso, el Acuerdo de Escazú aparece en varias partes de dicha sentencia, y ello de manera notoria. Es así como, luego de citar varias de sus disposiciones (párrafos 73-77), la Corte Interamericana precisa que:

La Corte considera que el respeto y garantía de los derechos de los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, además de ser un compromiso adquirido por los Estados parte de la Convención Americana, en tanto se trate de personas bajo su jurisdicción, reviste especial importancia pues estos desempeñan una labor “fundamental para el fortalecimiento de la democracia y el Estado de Derecho” (párrafo 78) (Nota 3).

El juez interamericano procede de igual manera más adelante en el texto de su sentencia. En efecto, luego de referirse a otra disposición del Acuerdo de Escazú en el párrafo 99, se lee en el párrafo 100 que:

«…, la Corte considera que el respeto y garantía de la libertad de expresión en asuntos ambientales es un elemento esencial para asegurar la participación de la ciudadanía en los procesos relativos a dichos asuntos y, con ella, el fortalecimiento del sistema democrático a través de la vigencia del principio de democracia ambiental«.

Estas referencias al Acuerdo de Escazú por parte del juez interamericano en su razonamiento constituyen las primeras de muchas otras que reaparecerán en el futuro, en particular cuando examine casos contenciosos relacionados a la situación que enfrentan quienes en América Latina alzan la voz en defensa del ambiente, sea desde sus pequeñas comunidades o sea desde otros espacios. Si bien la contribución de la jurisprudencia interamericana a la protección de los defensores del ambiente ha sido analizada de manera detallada (Nota 4),  no cabe duda que desde su adopción en el 2018, el Acuerdo de Escazú contribuye desde ya a enriquecer sustancialmente el corpus juris del juez interamericano, permitiéndole precisar y consolidar el alcance de las obligaciones que tienen los Estados en la materia. 

Esta sentencia debería desde ya interesar a todos los Estados del hemisferio americano que integran el sistema interamericano de derechos humanos. Cabe precisar que en el párrafo 71 de su sentencia, se lee que para el juez interamericano:

«71. La definición de la categoría de defensoras o defensores de derechos humanos es amplia y flexible debido a la propia naturaleza de esta actividad. Por ello, cualquier persona que realice una actividad de promoción y defensa de algún derecho humano, y se autodenomine como tal o tenga reconocimiento social de su defensa, deberá ser considerada como persona defensora. En esta categoría se incluyen, por supuesto, los defensores ambientales, también llamados defensores de derechos humanos ambientales o defensores de derechos humanos en asuntos ambientales«.

El contenido de esta sentencia merece ser ampliamente difundido a organizaciones ecologistas, activistas, y público en general, así como también a universidades, abogados litigantes y a escuelas judiciales: el razonamiento seguido por el juez interamericano debería ser en particular analizado por  jueces penales nacionales que examinan demandas por presunta difamación contra ecologistas (Nota 5). 

En efecto, la demanda penal por presunta difamación contra Carlos Baraona Bray en Chile interpuesta en el 2004 constituye en realidad una “técnica” a la que se recurre con frecuencia en América Latina para intentar veladamente intimidar a líderes comunales, ecologistas, campesinos, indígenas, o a académicos, en particular cuando un megaproyecto es objeto de un debate público debido a los impactos ambientales negativos del mismo; la doctrina anglosajona refiere a este tipo de acciones como “SLAPP  actions” (Nota 6). Estas acciones penales presentadas, ya sea por un funcionario estatal (como en el caso de Carlos Baraona Bray), ya sea por una empresa privada, pocas veces fructifican: son usualmente desestimadas, archivadas o bien rechazadas después de largos años por los tribunales de justicia. Como ocurrió en Costa Rica – entre muchos ejemplos – con la demanda interpuesta por una empresa piñera contra un líder ambientalista y sindical en Siquirres (véase nota de Kioscos Ambientales del 2010), con las tres demandas por presunta difamación interpuestas por una empresa minera canadiense en el 2011, o bien con la demanda interpuesta por un empresario en el 2015 contra un abogado ecologista del Caribe Sur costarricense (véase nota de ElPais.cr del 2021). El hecho que estas demandas sean desestimadas o sobreseidas (como en el caso de Carlos Baraona Bray) no significa que no vulneren algunos de los derechos de las personas demandadas, y en ello es que radica precisamente el principal aporte de esta sentencia, entre varios más.

Manifestación contra el Ministerio de Salud, 21 de agosto del 2008, con la presencia de la Ministra de Salud, Maria Luisa Avila, sobre el intento – algo original – de las autoridades de salud de legalizar el bromacil en el agua potable (no es ninguna broma, así como se lee, legalizar el bromacil en el agua potable) de varias comunidades afectadas por la insensata expansión de la piña de exprotación MD2 (o «Sweet Gold») en la región de Siquirres. En el 2011, las autoridades sanitarias rehuyeron un debate público en la misma UCR (véase nota). En el 2017, el Decreto Ejecutivo 40423 prohibió finalmente el uso de bromacil en Costa Rica. Foto perteneciente a los archivos del autor. Se leyó en el 2009 por parte de la misma titular de Salud que: «Los del IRET se han negado a dar los nombres de los niños, con el argumento de la confidencialidad, lo cual en lo personal me parece un absurdo en estos casos. En lo personal y como Ministra me parece una barbaridad» (véase artículo del Semanario Universidad titulado «Revelación de agroquímicos en orina de menores genera disputa»).

En nuestra opinión, resulta innegable la importancia que reviste esta sentencia desde ya para proteger a personas defensoras del ambiente de demandas penales claramente intimidatorias de las que son muy a menudo víctimas.  En el párrafo 126 de esta sentencia leemos que:

«126. Sobre el particular, la Corte recuerda que estándares internacionales en materia ambiental resaltan la importancia de que los Estados adopten medidas adecuadas y efectivas para proteger el derecho a la libertad de opinión y expresión y el acceso a la información con el fin de garantizar la participación ciudadana en asuntos ambientales la cual resulta de vital importancia en la materialización y protección del derecho al medio ambiente sano, conforme al Acuerdo de Escazú (supra párr. 100)«.

Cabe añadir que el Acuerdo de Escazú también deberá reaparecer, esta vez, en una futura opinión consultiva de esta misma jurisdicción regional: en efecto, en enero del 2023, la Corte Interamericana de Derechos Humanos  fue solicitada por Chile y Colombia con relación a las obligaciones que tienen los Estados de cara a la emergencia climática y a las medidas de carácter urgente que deberían de tomar (véase texto completo de la solicitud de opinión consultiva): se trata de seis preguntas a las que la Corte deberá de responder, dos de ellas (la B y la E) refiriendo sus autores de manera expresa a las disposiciones del Acuerdo de Escazú. 

Con relación a la impunidad que campea usualmente ante atropellos de toda clase que sufren los defensores del ambiente y los líderes de poblaciones más impactadas que otras por los efectos del cambio climático, hay que agradecer a Chile y a Colombia por por haber incluido la pregunta E en su solicitud de opinión consultiva, cuyo párrafo 5 se lee de la siguiente manera:

«5. ¿Cuáles son las medidas de debida diligencia que deben tener en cuenta los Estados para asegurar que los ataques y amenazas en contra de las personas defensoras del medio ambiente en el contexto de la emergencia climática no queden en la impunidad?«

Algunos detalles sobre la línea de tiempo de las ratificaciones reunidas en breve 

Más allá de los efectos que empieza a producir desde ya en el sistema interamericano de derechos humanos el Acuerdo de Escazú, a la fecha, el estado oficial de firmas y ratificaciones de este emblemático tratado regional adoptado en Costa Rica en el mes de marzo del 2018, registra un total de 24 firmas y de 14 Estados Parte, con Belice. 

Anterior a Belice, Chile (junio del 2022), Argentina y México (enero del 2021) procedieron de igual forma, de manera coordinada, al ser estos dos últimos Estados los que permitieron de manera conjunta la entrada en vigor del Acuerdo de Escazú, el 22 de abril del 2021, Día de la Tierra.

Cabe recordar que el primer Estado en ratificar el Acuerdo de Escazú fue Guyana (abril del 2019), seguido luego por Bolivia, Santa Lucía, San Vicente y la Granadinas, y Uruguay, Estados que depositaron su respectivo instrumento de ratificación en Naciones Unidas en la misma fecha del 26 de setiembre del 2019, la cual coincide con el primer año desde que fue abierto a la firma este tratado regional en la sede de Naciones Unidas. En el 2020, Antigua y Barbuda logró depositar su instrumento de ratificación en Naciones Unidas en la fecha en la que el Acuerdo de Escazú celebraba su segundo aniversario (4 de marzo) seguido una semana después por Nicaragua y Panamá.

Estos pequeños detalles de forma evidencian el esmero de algunas cancillerías en el hemisferio por formalizar su compromiso con un  emblemático instrumento en fechas de relevancia. Se puede de igual manera considerar que Chile buscó en el 2022 una fecha insigne como es la del 5 de junio (Día Internacional del Ambiente), depositando formalmente su instrumento de ratificación una semana después en Naciones Unidas.

En América Latina, Colombia debería proceder a una pronta ratificación, luego de la aprobación por parte de las dos cámaras de su Poder Legislativo de dicho acuerdo en el mes de noviembre del 2022 (véase nuestra nota al respecto). En lo que respecta al trámite de aprobación del Acuerdo de Escazú, aún está pendiente una consulta a la Corte de Constitucionalidad colombiana cuya resolución es esperada en los próximos meses.

La desconcertante ausencia de Costa Rica

El pasado 4 de marzo, el Acuerdo de Escazú cumplió exactamente 5 años desde du adopción en Costa Rica en el 2018: una fecha que pasó totalmente desapercibida, al menos en lo que refiere a las autoridades de Costa Rica. Este fecha fue precedida por un episodio bastante llamativo: el archivo por parte de la Asamblea Legislativa, el 1ero de febrero del 2023, del expediente legislativo sobre la aprobación del Acuerdo de Escazú (véase al respecto nuestra nota). 

El hecho de archivar el Acuerdo de Escazú ha dañado sustancialmente la imagen de Costa Rica en el exterior: en efecto, fueron varios los titulares en la prensa internacional del pasado mes de febrero del 2023 haciendo ver la incongruencia de Costa Rica en materia ambiental (véase por ejemplo este artículo publicado en El Mundo (España) titulado «Costa Rica resta puntos como ´país verde´ «; o bien esta nota de France24 titulada «Costa Rica, promotor del Acuerdo de Escazú sobre medioambiente, lo deja morir«; o esta nota publicada en GoodPlanet Mag titulada «Le Costa Rica fait passer à  la trappe un traité de défense de l environnement«; o este cable de la agencia  internacional AFP replicado en El Observador de Uruguay empleando la palabra «retroceso«). 

Desde Naciones Unidas, el mismo Relator Independiente sobre Derechos Humanos y Ambiente no tardó en hacer ver su profundo malestar con esta decisión de la Asamblea Legislativa  de Costa Rica de archivar este expediente legislativo (véase nota publicada en el medio digital costarricense Delfino.cr). Tal y como se indicaba en una nota publicada por el Semanario Universidad en la misma fecha del 1ero de febrero, al no aprobar el Acuerdo de Escazú:

«Costa Rica está perdiendo toda credibilidad internacional, al estar dándole la espalda a dos pilares tradicionales de su política exterior, como lo son derechos humanos y ambiente«.

Un reciente foro realizado en febrero del 2023 con dos eminentes especialistas costarricenses del derecho ambiental, titulado “Acuerdo de Escazú, ¿qué sigue?” y auspiciado por LaRevista.cr (véase enlace) explicó los alcances del archivo por parte de la Asamblea Legislativa, reiterando de paso, la poca solidez de los supuestos «argumentos» difundidos en contra del Acuerdo de Escazú por varias cámaras empresariales: se invita desde ya a los lectores de LaRevista.cr a escuchar (y a re-escuchar) este importante espacio de discusión y análisis, que permitió desnudar las maniobras y zancadillas de diversa índole que ha tenido que sufrir el Acuerdo de Escazú en Costa Rica en los últimos años, incluyendo las propinadas por la Sala Constitucional en dos ocasiones (Nota 7).

A la fecha, la insólita mezquindad demostrada por la Corte Plena a la hora de examinar los efectos del Acuerdo de Escazú sobre el funcionamiento  del Poder Judicial, ratificada en marzo del 2020 por la Sala Constitucional en una votación de seis contra uno (Paul Rueda Leal – Nota 8) es única: no ha encontrado eco alguno por parte de los demás poderes judiciales del hemisferio americano. Un mismo tratado internacional que sí genera, según la Corte Plena y luego la Sala Constitucional, un gasto para el funcionamiento del Poder Judicial costarricense y … ¿qué no lo genera en ninguno de los poderes judiciales de los demás Estados de la región? Así como se lee, por más insólito que resulte. Vaya extrañeza que ameritaría, como mínimo, una explicación (que a esta fecha no se ha dado) y hasta una rectificación. Raramente un criterio interpretativo tan erróneo como equivocado de los jueces costarricenses ha quedado en evidencia de tan singular manera. 

Ya tuvimos la oportunidad, en junio del 2022, de escribir en estas mismas páginas de LaRevista.cr que:

Es muy probable que se acentúe, con el pasar del tiempo (y de nuevas ratificaciones del Acuerdo de Escazú por venir), la profunda soledad – en nuestra opinión bastante insólita –  del Poder Judicial Costa Rica ante sus demás pares de América Latina y del Caribe” (Nota 9).

Con relación a otros “argumentos” contra el Acuerdo de Escazú, habíamos tenido la oportunidad de externar públicamente una cuantas preguntas en la misma fecha del 4 de marzo del 2022 a algunos sectores empresariales costarricenses: véase nuestro artículo publicado en Delfino.cr y titulado «Acuerdo de Escazú: preCOP este 4 de marzo… sin Costa Rica«. A más de un año de publicadas, ninguna de estas preguntas han sido contestadas. Intentos previos realizados en el 2021 para debatir públicamente los supuestos «argumentos» en contra del Acuerdo de Escazú no lograron materializarse (Nota 10).

A modo de conclusión

Más allá de la forma bastante peculiar que tienen algunos sectores en Costa Rica de debatir sus supuestos «argumentos» en contra del Acuerdo de Escazú, y del desconcierto que ha generado la ausencia de Costa Rica, no cabe duda que este 2023 inicia de manera muy  prometedora para el Acuerdo de Escazú, tal y como lo hemos detallado en las líneas anteriores.

Desde el punto de vista institucional y operativo, los Estados Parte al Acuerdo de Escazú y la CEPAL no han escatimado en sus esfuerzos: la breve reseña de actividades y documentos elaborados en el 2022 son tan solo una pequeña muestra de su compromiso con la democracia ambiental que se pretende consolidar a través de la implementación del Acuerdo de Escazú. Cabe precisar que una primera Conferencia de las Partes (COP1) se realizó en Santiago de Chile en abril del 2022, la cual será seguida por una segunda COP en el 2024 también a celebrarse en la capital chilena, mientras que una importante reunión preparatoria tendrá lugar en Argentina en abril del 2023 (véase enlace oficial).

Con relación al precitado estado oficial de 24 firmas y 14 ratificaciones, a la fecha, en América Latina, varias ausencias persisten. 

En efecto, se mantienen sin tan siquiera haber firmado el Acuerdo de Escazú los siguientes Estados: Cuba, El Salvador, Honduras y Venezuela. El proceso de ratificación no tiene cómo iniciarse en estos Estados hasta tanto el Poder Ejecutivo no firme el texto. Al tiempo que, conjuntamente con una desconcertante Costa Rica, persisten en no aprobarlo en sus respectivos congresos los siguientes Estados: Brasil, Guatemala, Haití, Paraguay, Perú y República Dominicana.

Es muy probable que la ausencia de Costa Rica, a cinco años de aprobado el Acuerdo de Escazú, constituya un argumento inesperado que resultará de gran utilidad para sectores políticos y económicos del hemisferio opuestos al reconocimiento de los derechos de quienes defienden el ambiente. 

No está de más recordar que en el pasado, con relación a otro emblemático instrumento regional que fue también  adoptado en el territorio costarricense, Costa Rica sí se ajustó a lo que se espera siempre de un Estado que hospeda la ronda final de negociación de un futuro tratado: en efecto, Costa Rica fue el primer Estado en ratificar en 1970 (véase el estado oficial de firmas y ratificaciones de dicho instrumento) la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocida también como «Pacto de San José» 

–Notas–

Nota 1: En el caso de Honduras cabe precisar que el Acuerdo de Escazú se adoptó un 4 de marzo, una fecha escogida como un homenaje de América Latina y del Caribe al natalicio de Berta Cáceres, lideresa hondureña lenca, asesinada el 3 de marzo del 2016 debido a su oposición a un proyecto hidroeléctrico denominado Agua Zarca. Su asesinato fue objeto de una investigación internacional, un equipo de investigación internacional constituido para esclarecer este crimen  y en particular la trama político-empresarial responsable de su muerte, la cual el mismo Estado hondureño intentó encubrir y maquillar en un primer momento (véase al respecto el informe titulado «Represa de Violencia. El Plan que asesinó a Berta Cáceres«). 

Nota 2: Véase por ejemplo PEÑA CHACÓN M., «Transparencia y rendición de cuentas en el Estado de Derecho ambiental«, Delfino.cr, edición del 17 de abril del 2021, disponible aquí. Sobre el Acuerdo de Escazú, remitimos a tres valiosas (y voluminosas) publicaciones colectivas que detallan los alcances de su contenido y de su importancia para la consolidación de una verdadera democracia ambiental en América Latina y el Caribe: ATILIO FRANZA J. & PRIEUR M. (dir.), Acuerdo de Escazú: enfoque internacional, regional y nacional, Editorial Jusbaires, Buenos Aires, 2022, 670 págs. Obra disponible de manera integral en este enlace;  así como BARCENA A., MUÑOZ AVILA L., TORRES V. (Editoras), El Acuerdo de Escazú sobre democracia ambiental y su relación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, 2021, CEPAL / Universidad del Rosario (Colombia), 298 págs., disponible en este enlace; y PRIEUR M., SOZZO G. y NAPOLI A. (Editores), Acuerdo de Escazú: pacto para la eco-nomía y democracia del siglo XXI, 330 págs.,  2020, Universidad del Litoral (Argentina), disponible en este enlace. El hecho que se trata de un instrumento de vanguardia se puede confirmar aún más al revisar los desarrollos para garantizar una correcta aplicación del Artículo 7 y del Artículo 9, elaborados por la misma CEPAL en la guía de implementación del Acuerdo de Escazú, presentada formalmente en abril del 2022 (disponible aquí, particularmente en pp.108-126).

Nota 3: Véase sentencia Baraona Bray contra Chile, sentencia del 24 de noviembre del 2022, párrafo 100. Texto completo de la sentencia disponible aquí.

Nota 4: Véase por ejemplo BORRÁS S., «La contribución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la protección de los defensores ambientales«, Revista Eunomía, Vol. 9, Núm. Oct-2015/Marzo 2016, pp. 3-25. Texto integral del artículo descargable en en la red; así como NUÑO A., «Personas defensoras del medioambiente. Obligación de investigar violaciones a derechos humanos«, Infojus, disponible aquí.

Nota 5: En el párrafo 118, se lee textualmente que para el juez interamericano: “118 …, la Corte recuerda que, en el marco del debate sobre temas de interés público, el derecho a la libertad de expresión no solo protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la emisión de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población152. De esta forma, si bien las expresiones del señor Baraona Bray fueron sumamente críticas de la conducta del senador SP en relación con las autoridades encargadas en la conservación del árbol de alerce, eso no implica que su discurso quede desprotegido bajo la óptica de la libertad de expresión. La utilización de expresiones que pueden ser chocantes o críticas son recursos o estrategias comunicacionales utilizadas por defensores de derechos humanos y del medio ambiente, que buscan comunicar y generar consciencia en la población en general. De esta manera, una declaración sobre un asunto de interés público goza de una protección especial en atención a la importancia que este tipo de discursos tienen en una sociedad democrática”.

Nota 6: Estas acciones penales buscan ante todo presionar e intimidar a líderes ecologistas, campesinos, indígenas o de otros colectivos sociales que alzan la voz ante los atropellos de los que son víctimas por parte de empresas y corporaciones. Su objetivo es claramente de carácter intimidatorio. En la doctrina anglosajona se denominan «SLAPP actions» (Strategic Legal Actions Against Public Participation). Este valioso informe titulado “Silencing Human Rights and Environmental Defenders: The overuse of Strategic Lawsuits against Public Participation (SLAPP) by Corporations analiza el impacto de estas acciones penales, mientras que en este enlace se encontrará un informe publicado en el 2022 que recoge parte de la práctica en América Latina, titulado «SLAPPS in Latin America”. 

Nota 7 :En una primera sentencia de marzo del 2020 (véase texto completo de la sentencia 06134-2020), la Sala Constitucional consideró que un vicio en el procedimiento invalidaba la aprobación en primer debate, con un voto salvado de un magistrado (de siete) opuesto a semejante conclusión y que señaló en su opinión que: «Se advierte con facilidad que tal norma en ningún momento le impone al Poder Judicial la obligación de brindar asistencia técnica y gratuita, la cual corresponde implementarse a partir de las condiciones propias del ordenamiento jurídico de cada país«. Dos magistrados consideraron además adjuntar dos notas: una primera en la que el magistrado intenta demostrar los límites de la participación pública en asuntos ambientales, omitiendo – convenientemente – citar lo que señaló expresamente la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el derecho a la participación ciudadana en materia ambiental como un derecho en su Opinión Consultiva OC-23 del 2018; y una segunda en la que una magistrada consideró útil – y oportuno – hacer ver que la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental contraviene a la Constitución (lo cual resulta a todas luces insólito y denota su desconocimiento de reglas básicas del derecho ambiental moderno vigente en Costa Ria). En un segundo momento, en agosto del 2020, la Sala Constitucional consideró necesario retrotraer todo el procedimiento desde un inicio (véase texto completo de la sentencia 15523-2020): el mismo magistrado Paul Rueda en esta segunda oportunidad, indicó en su voto salvado – cuya lectura completa se recomienda – que: «Con lo anterior se evidencia, que la postura de la mayoría viene a desconocer estas potestades de la Asamblea y el trámite establecido por interna corporis. A partir de los argumentos expuestos, considero viable que el Plenario consulte al Poder Judicial, subsane la omisión y continúe con el debido procedimiento legislativo, como ocurrió en el sub examine. La tesitura contraria, escogida por la mayoría de la Sala, redunda en un evidente atraso en el trámite parlamentario del proyecto “Aprobación del Acuerdo Regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú)”.  Remitimos a nuestros estimables lectores a la sección titulada “Escazú y la inversión de la carga en materia ambiental o del arte de amenazar con la vaina vacía”  y a la sección “La soledad de la Corte Plena y de la Sala Constitucional con relación a otros Poderes Judiciales en América Latina” de nuestro artículo: BOEGLIN N., “La aprobación del Acuerdo de Escazú en Chile. Algunas reflexiones a propósito de la conmemoración del Día Internacional del Ambiente”,  7 de junio del 2022, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), disponible aquí.

Nota 8: En el voto de la Sala Constitucional de marzo del 2020 (véase texto completo), en su voto salvado, el Magistrado Paul Rueda  señala que: «Se advierte con facilidad que tal norma en ningún momento le impone al Poder Judicial la obligación de brindar asistencia técnica y gratuita, la cual corresponde implementarse a partir de las condiciones propias del ordenamiento jurídico de cada país. En el caso de Costa Rica, tal asistencia puede ser brindada por cualesquiera dependencias públicas afines al tema, verbigracia, la Defensoría de los Habitantes, las Defensorías Sociales del Colegio de Abogados o los consultorios jurídicos de la UCR (lo que no excluye la cooperación de aquellos correspondientes a universidades privadas). Erradamente, el voto de mayoría solo pensó en el Poder Judicial y estimó que el texto consultado “contiene en su articulado normas explícitas que disponen la creaciónla variación sustancial o la supresión de órganos estrictamente jurisdiccionales o de naturaleza administrativa adscritos al Poder Judicial, o bien, crea, ex novo, modifica sustancialmente o elimina funciones materialmente jurisdiccionales o administrativas”. A partir de lo expuesto, sostengo que del texto expreso del numeral en mención en ningún momento se extrae lo que la Mayoría supone«.

Nota 9: Véase BOEGLIN N., “La reciente aprobación del Acuerdo de Escazú en Chile. Algunas reflexiones en el Día Internacional del Ambiente”, LaRevista.cr, edición del 8 de junio del 2022, disponible aquí.

Nota 10: Diversos intentos en aras de debatir públicamente estos supuestos «argumentos» difundidos por cámaras empresariales con académicos y especialistas en materia ambiental fracasaron: primero en el mes de abril del 2021 con un espacio auspiciado por el medio digital costarricense Delfino.cr, luego en el mes de mayo del 2021 con un debate organizado desde la UCR (véase también el comunicado oficial de la UCR), así como en el mes de junio del 2021 desde el Colegio de Biólogos de Costa Rica. Al tratarse de foros virtuales en los que se solicitaba a la UCCAEP conectar a sus representantes a una hora determinada en una fecha fijada con antelación, las razones esgrimidas para no asistir plantean interrogantes muy válidas. Al parecer, enviar comunicados a los congresistas contra el Acuerdo de Escazú (como por ejemplo esta carta de febrero del 2022 suscrita por varias importantes corporaciones del sector privado costarricense) y rehuir constantemente el debate público sobre sus supuestos «argumentos» fue la tónica de algunos en Costa Rica.

A la comunidad nacional e internacional a 4 años del asesinato impune de Sergio Rojas Ortiz

Comunicado de FRENAPI
18 DE MARZO 2023

El Frente Nacional de Pueblos Indígenas, FRENAPI (Costa Rica), cumplimos 23 años de ser un movimiento político, trabajando en los territorios indígenas para que se cumplan nuestros Derechos Humanos, que se especifican en el Convenio 169 de la OIT de 1989, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblo Indígenas del 2007, la Ley Indígena No. 6172 del año 1977 y otros derechos, que la jurisprudencia nacional e internacional han confirmado en nuestro favor, junto a nuestro Derecho Propio Ancestral que también llaman “Consuetudinario”.

Las Recuperaciones de Tierra /Territorio, son parte del Proceso de Afirmación Territorial Autónoma, como un proceso de sanación, para conservar y cuidar la naturaleza: el agua, la flora y la fauna y la vida en todas las expresiones de nuestros Pueblos Indígenas.

Las recuperaciones son recuperación de nuestra cultura, espiritualidad y de nuestra memoria ancestral.

En la Asamblea Anual de Delegados (febrero 2023), de los pueblos indígenas de Costa Rica, organizados en el FRENAPI, acordamos comunicarles que:

  1. Continuamos exigiendo justicia para nuestro hermano y compañero de luchas, sueños y metas: Sergio Rojas Ortiz. Un asesinato violento que no debe ni puede quedar en la impunidad. Cuando vemos pasar el tiempo y sabemos que los asesinos de nuestro hermano andan sueltos, se demuestra que no hay voluntad política por esclarecer este crimen, por parte del Estado Costarricense, que está en deuda por incumplir nuestros Derechos, lo que nos impulsa con mayor fuerza al saneamiento territorial y las demás luchas que llevarán siempre el sello de Sergio.
  2. Llamamos a la comprensión de todo el Pueblo de Costa Rica y a sus autoridades, que los Derechos Indígenas de nuestros ocho Pueblos, están reconocidos y amparados en leyes, tratados internacionales y sobre todo en nuestro Derecho Propio (Consuetudinario) guardado desde nuestras/os Ancestras/os, en las diversas culturas indígenas de este país; que comprendan que es un Derecho específico y especial, que debe cumplirse solamente, por lo que exigimos que el Estado (todo) lo conozca, lo respete y en su proceder se sujete a él; por lo que las situaciones de nuestros pueblos indígenas, NO pueden ni deben de juzgarse con el mismo Derecho y Leyes que rigen en el resto del país, menos aún amenazarnos con cárcel, por reclamar esos Derechos. La peor forma de violencia es la “amenaza”.
  3. Manifestamos que no permitiremos ni aceptamos que nuestros Pueblos y Derechos sean invisibilizados, despreciados y/ó asimilados a esta sociedad globalizada, por lo que denunciamos las políticas Estatales, violatorias de nuestros Derechos Humanos, que por acción u omisión se niegan y arrebatan como el derecho a la Autonomía sobre nuestras tierras y territorios ancestrales. Rechazamos como Delitos contra los Derechos Humanos, el racismo, la discriminación, etnocidio como política pública y privada, sistemática para destruir las culturas indígenas; nos oponemos a la imposición de normas y políticas que violan el Derecho de Consulta de nuestros Pueblos, reclamamos nuestro sagrado derecho a existir como Pueblos Originarios de esta Madre Tierra.
  4. Reiteramos que las Asociaciones de Desarrollo Indígena, ADI, y la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, CONAI, son entidades estatales, por lo que no nos representan. Además, en su mayoría realizan actividades que dañan la vida y los derechos de nuestros pueblos; hacen pactos con personas no indígenas, que tienen grandes intereses en nuestras tierras-territorios, que generan violencia y enfrentamientos. Rechazamos igualmente la política del Estado/Gobierno de la actual administración Chaves Robles, por continuar violentando Leyes y Procedimientos establecidos, como el Derecho de Consulta y Autonomía, el proceso de un “diálogo” que privilegia a estas instituciones estatales impuestas (ADIs y CONAI), y con ello busca invisibilizar organizaciones propias, nuestras luchas y desconoce nuestro Derecho Propio y métodos culturales.
  5. Denunciamos que el sistema educativo estatal, promueve también el exterminio cultural, como ejemplo se nos imponen 50 lecciones españolizadas y solamente dos lecciones para nuestros idiomas autóctonos por semana, sin promoverse la diversidad cultural y el respeto por las tradiciones ancestrales, con el debido tiempo y dedicación. Así, nuestros idiomas, nuestras culturas y espiritualidades son parte de nuestra autonomía y educación propia y se ven avasalladas y despreciadas, con esa asimetría e imposición del “proceso de educación formal”, lo que se profundiza a pasos acelerados. Se requiere que esa “educación formal”, sea contextualizada y acorde con las culturas.

Cada pueblo posee sus propios códigos consuetudinarios culturales, los cuales se han desarrollado por cientos de años según sus costumbres, tradiciones y espiritualidad propia. La eliminación de nuestras costumbres y tradiciones, que son memoria ancestral, la sufren paulatinamente nuestros niños, niñas y jóvenes, por la imposición educativa estatal, eso equivale a la violación de sus derechos.

  1. Informamos que los Brörán de Térraba, el 19 de marzo próximo, Celebramos el 5to. Aniversario de la Recuperación de la Tierra/Territorio de Crün Shurín, que ha sido fuerza liberadora, de donde están naciendo nuevos proyectos en sintonía y acorde con el sueño de Sergio Rojas y del FRENAPI que él ayudó a fundar en el año 2000. Esta Celebración la haremos inaugurando nuestro Rancho Cultural Utlala (Casa de Mayoras y Mayores) unido a la Memoria del 4to. Aniversario del asesinato de Sergio, el 18 de marzo próximo.

Hoy esta tierra Crün Shurín, es muy diferente a los suelos secos y duros, devastados por la ganadería de 5 años atrás, se recuperan nacientes de agua, bosque y animales que además tienen donde cobijarse; producimos nuestros alimentos, hay vida, hay alegría y espiritualidad.

Nuestro Concejo Brorán trabaja incansablemente para tener nuestra propia organización de derecho consuetudinario, por eso estamos levantando el Rancho Cultural Utlala, hacemos caminatas a los sitios sagrados, que nos reencuentra con nuestra espiritualidad e identidad propias; así reafirmamos los procesos de recuperación, llenos de sentido, entrelazando lo cultural y espiritual con la lucha política por Derechos y seguir adelante.

  1. Inauguramos en Salitre, este 18 de marzo 2023, el Ú-Suré (Casa Sagrada Bribri), que fue construido con las técnicas, procedimientos y materiales transmitidos por las/os Ancestras/os, símbolo de nuestra creación, donde Sibö deja sembrada la semilla que dio origen al pueblo milenario de los Bribris, por ello que nuestra identidad es matrilineal, porque es la madre quien hereda la tierra y el Clan, al que pertenecemos. Recuperar la tierra es volver a la vida plena. La Tierra Territorio de Salitre, es la Tierra donde se derramó la sangre de Sergio, con ella se abonó a la lucha de los bribris en la recuperación de nuestra cultura y espiritualidad, dando paso al fortalecimiento de nuestras prácticas ancestrales. Reconocemos por ello que No todos somos iguales en Costa Rica, cada cultura es distinta, y esa diversidad, es la que da una riqueza profunda, de ahí que la Memoria del Asesinato Impune de Sergio este 18 de marzo, es vivir la resistencia de todo lo que ha pasado, resistencia que desde tiempos ancestrales ha dado vida y por ello es que seguimos resistiendo.

8 – Para los Pueblos Indígenas, recuperar la Tierra /Territorio es amarse y convivir con nuestra Madre Tierra, es ahí donde volvemos a encontrarnos con nuestros ancestros y ancestras, dado que la Tierra es parte del abrigo donde descansan. La Tierra es el papel donde se escribieron las memorias vivas de nuestros antepasados, memorias que, aún hoy, en medio de la persecución, el asesinato, el racismo y la discriminación, en medio de las luchas diarias, permanecen vivas. La Tierra es nuestra MADRE, que nos da todos los sustentos para nuestra existencia: medicina, bebida sagrada, agua, madera, aire, alimento, frescura y paisaje. La Tierra posee todos los recursos y hay que saberlos manejar para que perduren para las futuras generaciones, la Tierra es la manta fina, firme y protectora de sus hijos que recuperan para sanarse junto a ella. Las recuperaciones de tierras son el símbolo de la defensa que aclara la paz del entorno, revive la alimentación sana y construye la vida de los habitantes visibles e invisibles de nuestra espiritualidad, así también como Sergio que sigue vivo en nuestros corazones , nosotros y nosotras parte del FRENAPI demandamos a todos los poderes del Estado que su asesinato no quede impune y que el actual gobierno y los venideros sepan, que hemos estado aquí antes que ellos y seguiremos exigiendo JUSTICIA por la dignidad del proyecto de vida indígena en Costa Rica y el mundo.

Exigimos el esclarecimiento del asesinato de Sergio Rojas Ortiz, y que se detenga la ola de violencia contra nuestros pueblos.

JUSTICIA – NO MÁS IMPUNIDAD

SERGIO Y JERY VIVEN – LA LUCHA SIGUE Y SE EXTIENDE.

¡NO MAS IMPUNIDAD!

#SergioRojasVIVE

#JeryRiveraVIVE

¡LA LUCHA SIGUE Y SE EXTIENDE!

FRENTE NACIONAL DE PUEBLOS INDÍGENAS (FRENAPI)

Acompaña: COMITÉ NACIONAL DE APOYO A LA AUTONOMÍA INDÍGENA