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Etiqueta: derechos laborales

¡Más claro no canta un gallo! El proyecto de la jornada esclavista de 12 horas viola la Constitución Política y la legislación electoral de Costa Rica

Vladimir de la Cruz

El Proyecto de Ley para el establecimiento de las jornadas de trabajo esclavistas de 12 horas diarias, que llaman “jornadas laborales excepcionales para casos determinados que sean excepcionales y muy calificados”, pretende reformar los artículos 142, 144, 205, al inciso b) del artículo 274 y adicionar un inciso, el 6), al Artículo 670 del Código de Trabajo. Además, adicionar el Código de Trabajo con los artículos 143 bis y 145 bis, todos ellos, subrepticiamente modifican y alteran la Constitución Política en lo referente a la jornada máxima de trabajo diario de 8 horas, con pago adicional de un 50% por hora, de cualquier hora trabajada sobre el máximo de 8, hasta 12 diarias.

En uno de los artículos, el Artículo 145 bis, que contiene este Proyecto de Ley, en su inciso i), se establece que la empresa “que se acoja a este tipo de jornada excepcional deberá iniciar el trámite de aprobación de dicha jornada ante la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, en cuyo trámite se ….deberá realizar una votación, garantizando un voto secreto, entre las personas trabajadoras a quienes eventualmente se les aplicaría la jornada excepcional ampliada, con el fin de hacer constar que existe voluntad para su implementación. Dicha votación será exclusivamente para efectos de la solicitud ante la Dirección Nacional de Inspección de Trabajo, por lo que la eventual implementación de la jornada, en caso de aprobarse, se realizará directamente con cada persona trabajadora, de acuerdo con la naturaleza individual que caracteriza las relaciones laborales y lo establecido en el presente artículo con respecto a la voluntariedad de esta jornada.

La solicitud podrá ser aprobada si al menos una mayoría simple de los votos emitidos resulta favorable. En caso de no alcanzarse la mayoría simple requerida, la empresa podrá realizar nuevamente la votación dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la realización de la anterior.

Dicha votación deberá ser supervisada por un representante de la empresa y un representante del grupo de personas trabajadoras. En caso de ser procedente, la empresa podrá apoyarse en la comisión, oficina o departamento de salud ocupacional para la elección del representante de los trabajadores, o bien, dicho representante será electo por el grupo de trabajadores a quienes eventualmente se les aplicaría la jornada.

Estos representantes serán elegidos exclusivamente para efectos de este proceso, por lo que finalizado el mismo perderán dicha representación.

La Dirección Nacional de Inspección del Trabajo podrá designar un inspector de trabajo para que se apersone a la votación. En caso de que esta Dirección no envíe un inspector en el primer mes contado a partir de la recepción de la solicitud, la empresa podrá realizarla con la presencia de un notario público, quien mediante acta notarial que se remitirá a la Dirección Nacional de Inspección, certificará lo siguiente: 1) Que la empresa realizó una votación secreta entre las personas trabajadoras a quienes eventualmente se les aplicaría la jornada excepcional ampliada, con el fin de verificar si existe consentimiento para su implementación; 2) que la votación fue supervisada por un representante de la empresa, un representante del grupo de personas trabajadoras involucradas y el notario público quien levanta el acta notarial, y 3) el resultado de la votación.”

Dicho en sencillo, el Proyecto de Ley, si se llegare a aprobar, obliga a que en las empresas en que se vaya a aplicar esta jornada de 12 horas diarias, debe hacerse una votación, directa, personal, garantizando un voto secreto, “con el fin de hacer constar que existe voluntad para su implementación. Es una votación para “justificar la eventual implementación de la jornada”.

Si se va a hacer una votación se debe entender que a todos los trabajadores se les debe informar amplia y democráticamente qué es lo que exactamente van a votar o aprobar, qué comprende realmente la jornada de 12 horas, qué ventajas o desventajas tiene, qué riesgos puede ocasionar a la salud de los trabajadores, qué efectos sociales puede tener esa jornada sobre su vida familiar. ¿Quién va a informar de estas situaciones a los trabajadores? ¿Los propios patrones o empleadores?

Si se va a tomar parecer a los trabajadores por la vía de una votación, hay que entender que eso es un proceso de elección para decidir si se trabaja 12 horas o no se trabaja.

Eso obliga a que los trabajadores tengan la información adecuada y directa de quienes se oponen a esa ley y a esa jornada.

Se debe garantizar en las fábricas, empresas o instituciones que a los opositores de esta ley se les permita informar y hablar directamente con los trabajadores sobre los alcances negativos de esta ley y esta jornada.

Esto significa que las organizaciones sindicales, sindicatos, federaciones y confederaciones, puedan presentarse a justificar o no la eventual implementación de la jornada donde se va a tomar perecer por a vía de la votación.

No se podría alegar que si en una fábrica, empresa o institución, no hay sindicato, los existentes que soliciten ir a hablar con los trabajadores se les pueda impedir hacerlo, porque sería una situación de indefensión jurídica y democrática de los trabajadores para estar bien informados.

El derecho de presentarse a las fábricas, empresas o instituciones se le debe garantizar a los partidos políticos debidamente inscritos en el Tribunal Supremo de Elecciones para que también puedan presentarse a las fábricas, empresas o instituciones a exponer sus puntos de vista sobre esta jornada de 12 horas o esta ley. Sobre todo, porque estamos en campaña electoral y los ciudadanos deben estar bien informados de todo lo que los pueda afectar legal y socialmente.

Por ser un proceso de consultas electorales ciudadanas a los trabajadores, para decidir si aceptan o no la jornada de 12 horas de trabajo diario, tiene que intervenir obligada y constitucionalmente el Tribunal Supremo de Elecciones. De no hacerlo cualquier consulta que se realice sería una farsa legal y electoral de consulta a los trabajadores.

En este sentido, en el procedimiento de aprobación que ha tenido este proyecto de ley, no se le hizo la consulta obligada al Tribunal Supremo de Elecciones, por lo que el trámite legislativo ya está viciado de inconstitucionalidad para su aprobación.

Como todo proceso electoral debe garantizarse a las partes involucradas, a favor y en contra, su plena participación, debe darse un plazo de información y la “junta electoral” o la “mesa electoral”, que se establezca para vigilar y recoger los resultados de la votación secreta de los trabajadores debe estar sujeta a los procedimientos que existen en la legislación electoral nacional, adaptados a estas consultas en las fábricas, empresas o instituciones donde se vayan a realizar esas consultas.

Es de rechazo ad-portas que “dicha votación deberá ser supervisada por un representante de la empresa y un representante del grupo de personas trabajadoras”, representante de los trabajadores que según el proyecto de ley “en caso de ser procedente, la empresa podrá apoyarse en la comisión, oficina o departamento de salud ocupacional para la elección del representante de los trabajadores”.

¿Qué pasará si los trabajadores votan negativamente la consulta que se haga en las fábricas, empresas o instituciones, diciendo que están en contra? Lo más absurdo.

El proyecto de ley permite que seis meses después, el patrono o empleador pueda hacer otra consulta por la vía de otra votación. Así dice el Proyecto de Ley: “En caso de no alcanzarse la mayoría simple requerida, la empresa podrá realizar nuevamente la votación dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la realización de la anterior.” ¿Cómo es eso?

Literalmente es una burla a la voluntad expresada en las urnas, en la mesa de votación de los trabajadores. Es una burla al proceso de elección o electoral mismo. No se podrían estar haciendo consultas cada seis meses hasta alcanzar los votos deseados por los empleadores o patronos. ¿Acaso eso se permite para procesos electorales nacionales, de estar haciendo consultas electorales, cada seis meses, por parte de la mayoritaria oposición política nacional que salió derrotada en las elecciones, sobre la marcha del gobierno? Esto viola toda la esencia del sistema democrático electoral de consulta popular existente en el país.

Y lo más charlatanezco del proyecto, en este sentido, es que señala que cuando la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo no pueda enviar un inspector a la votación, lo que es muy difícil porque el Ministerio de Trabajo tiene 100 inspectores para “vigilar” o “inspeccionar” a un millón ochocientos mil trabajadores en todas las empresas en el país, “la empresa podrá realizarla con la presencia de un notario público”, pagado por el empleador o patrono, para que “mediante acta notarial” que ese notario hará, se remitirá a la Dirección Nacional de Inspección, para que tome nota. Quién paga la música manda el baile, dice el refrán popular.

¿En qué país estamos? ¿Dónde está el Estado de Derecho? ¡Cómo se pisotea la Constitución Política y la legislación nacional!

Me parece que el proyecto de ley de las 12 horas también está viciado de inconstitucionalidad y de rapidez en la vía legislativa por lo siguiente:

Para su discusión original se aprobó una vía rápida para que el Plenario Legislativo lo conociera, es decir para que la totalidad de diputados procedieran a discutirlo y votarlo expeditamente.

Al terminar el primer día de discusión en la vía rápida, el presidente retiró de la discusión de la vía rápida y del trámite legislativo, que se le venía dando, de vía rápida, el proyecto de ley de las 12 horas diarias de trabajo.

Introdujo otro proyecto para su discusión que no tenía vía rápida. Luego sacó este proyecto y volvió a introducir en la Agenda parlamentaria el proyecto de las 12 horas diarias.

Esta nueva introducción, de este proyecto, a la discusión parlamentaria, ya no tenía el privilegio de la discusión de la vía rápida que se le está aplicando porque ya había retirado ese proyecto en esa vía de discusión.

Para que nuevamente se discuta por la vía rápida, nuevamente la Asamblea Legislativa tiene que aprobar esa vía para este segunda introducción del proyecto de ley de las 12 horas. Así de simple.

Cuando el presidente lo retiró perdió la discusión en vía rápida. Lo volvió a meter, tiene que aprobarse de nuevo la vía rápida para su discusión. De lo contrario sería una trampa parlamentaria, en el procedimiento, con que se está discutiendo el proyecto de las jornadas esclavistas de las 12 horas de trabajo diario.

Compartido con SURCOS por el autor.

La Red de Mujeres Costeras y Rurales de Costa Rica se pronuncia en contra de las jornadas 4×3

Red de Mujeres Costeras y Rurales de Costa Rica
Pronunciamiento en Contra del Proyecto de Ley N° 24.290 (Jornadas 4×3)
Costa Rica, 14 de julio, 2025

Desde la Red de Mujeres Costeras y Rurales de Costa Rica, organización que representa a mujeres de territorios históricamente excluidos y abandonados por el Estado, alzamos la voz para rechazar contundentemente el proyecto de ley N° 24.290. Esta reforma, disfrazada de «flexibilidad laboral», es en realidad un ataque directo a los derechos de las mujeres que profundizará la desigualdad de género, la pobreza y la sobrecarga de trabajo no remunerado que ya cargamos.

En Costa Rica, las mujeres enfrentamos jornadas interminables que combinan trabajo remunerado y no remunerado. Según datos del INEC (2017), dedicamos entre 4 y 6 horas diarias al trabajo doméstico y de cuidados, además de nuestras jornadas laborales formales (cuando conseguimos empleo formal). El proyecto 4×3 ignora completamente esta realidad al exigirnos trabajar 12 horas diarias, sin considerar quién asumirá el cuidado de menores de edad, personas adultas mayores o con discapacidad.

Los testimonios recogidos en la investigación realizada por la docente e investigadora de la Universidad Estatal a Distancia (UNED), Claribel Sánchez Arias son contundentes. Casos como el de «Mariana», madre soltera que trabajaba turnos nocturnos de 12 horas en una fábrica y apenas dormía 2 horas diarias porque durante el día cuidaba a sus hijos, demuestran cómo estas jornadas son incompatibles con una vida digna. Su salud física y mental colapsó bajo esta presión insostenible.

Este proyecto agravará las brechas territoriales y de género de manera particularmente cruel en las zonas rurales y costeras, donde derechos fundamentales en lugar de ser un derecho se vuelven un privilegio. En nuestras regiones no existen guarderías públicas suficientes, el transporte nocturno en muchas zonas es inexistente y los servicios básicos son precarios. Para las mujeres indígenas y afrodescendientes, la situación es aún más grave, ya que enfrentan una triple discriminación por género, etnia y clase social.

En los sectores más precarizados como maquilas, agroexportación y turismo, la implementación de estas jornadas será especialmente perjudicial. Las patronales impondrán las 12 horas «voluntarias» bajo la amenaza velada de despido, y muchas mujeres terminarán perdiendo sus empleos porque una persona hará el trabajo que antes realizaban dos, sin recibir compensación económica alguna.

Se debe recordar que las mujeres de zonas rurales en América Latina mayores de 15 años de acuerdo con datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), en un 40% no tienen ingresos propios, además para 2020, alrededor del 46% de las mujeres rurales vivían en condiciones de pobreza extrema, el 40% de los hogares con jefatura femenina vivía en pobreza y 19% en pobreza extrema (CEPALSTAT, 2023).

En Costa Rica, según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), más del 26% de las mujeres del país residen en zonas rurales y sus condiciones de vida corresponden a uno de los desafíos que requiere mayor atención. Muchas de ellas trabajan en la informalidad, perciben menos de un salario mínimo y 70% no logra culminar la secundaria.

Costa Rica ha suscrito importantes convenios internacionales que este proyecto traiciona flagrantemente. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) exige eliminar las barreras para la participación laboral femenina, no crear nuevas. El Convenio 190 de la OIT busca proteger contra la violencia y acoso laboral, situaciones que se dispararán con jornadas extenuantes. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible, particularmente los ODS 5 y 8, prometen trabajo decente e igualdad de género, no retrocesos históricos en derechos laborales.

En lugar de propuestas que aumentan la explotación, las mujeres costeras y rurales exigimos políticas que realmente mejoren nuestras condiciones de vida. Necesitamos con urgencia la reducción de la jornada laboral, no su ampliación; mientras países latinoamericanos como Chile, Colombia, México, Ecuador y Trinidad y Tobago avanzan hacia la reducción de jornadas laborales para mejorar la calidad de vida de su población, este proyecto castigaría especialmente a las mujeres que ya viven en desigualdad estructural:

  • Chile: Ley aprobada en 2023 establece una reducción progresiva hasta 40 horas semanales al 2028, reconociendo que más tiempo libre es esencial para el bienestar familiar y social.

  • Colombia: Desde 2021, está en marcha una reducción escalonada hacia las 42 horas, evidenciando un compromiso firme con la dignidad de las trabajadoras.

  • México: Aunque aún con jornadas largas, ya se aprobó en comisiones legislativas la reducción a 40 horas semanales, bajo el principio de justicia laboral.

  • Ecuador: Mantiene desde 1997 una jornada de 40 horas semanales, siendo referente de estabilidad en derechos laborales.

  • Trinidad y Tobago: Protege a sus trabajadoras con jornadas de 40 horas, restricciones estrictas a las horas extras y garantías de descanso obligatorio.

Este proyecto no solo aleja a Costa Rica del resto de América Latina, sino que ignora las realidades más duras y profundiza la doble y triple jornada, obligando a muchas mujeres a elegir entre su salud, sus hijos o un ingreso mínimo, asimismo condena a las mujeres costeras y rurales a sobrevivir bajo esquemas que otras naciones están abandonando por sus impactos negativos. En lugar de avanzar hacia la justicia social, una jornada digna, humana y compatible con una vida plena, el 4×3 consolida una política de explotación disfrazada de modernidad.

Un Sistema Nacional de Cuidados universal y gratuito con presupuesto real es fundamental, así como permisos remunerados por cuidados para atender enfermedades de hijos e hijas o personas adultas mayores. También demandamos una inspección laboral con perspectiva de género que frene los abusos en maquilas y zonas francas, donde las violaciones a los derechos laborales son pan de cada día.

Este proyecto no es progreso, es regresión. Las mujeres costeras y rurales no somos variables de ajuste para beneficiar los intereses de grandes empresas. La implementación del 4×3 aumentará la pobreza femenina, forzará a muchas mujeres a abandonar empleos formales, estudios y destruirá vidas, salud mental y proyectos personales.

Exigimos a la Asamblea Legislativa archivar de inmediato el expediente Nº 24.290 y abrir un diálogo genuino con organizaciones de mujeres, sindicatos y academia para construir alternativas con verdadero enfoque de género. No permitiremos que decidan por nosotras. Nuestros derechos no son negociables.

Atentamente,

Red de Mujeres Costeras y Rurales de Costa Rica

Organizaciones, Colectivas de la Red de Mujeres Costeras y Rurales de Costa Rica:

Colectiva Sámara Empoderada

Colectiva Unidas Talamanca

Movimiento Feminista Santa Teresa

Mar y Comercio

Asociación Cóbano Pro Derechos de las Mujeres

Asociación de Mujeres Emprendedoras Sámara – Zona Azul

Asociación Nicoyana de Personas con Discapacidad ASONIPED

Asociación de mujeres por los derechos en Guanacaste Alza tu voz

Asociación Civil Pro Natura

Asociación Manos de Dos Pueblos

Asociación A.F.F.I.N Puerto Jiménez

Mujeres Azules Playa Sámara

EveArt

Antigentrificación

UNDECA denuncia grave faltante de personal para atención de pacientes en Hospital Calderón Guardia

Comunicado

Asamblea de enfermería exige presencia del gerente médico

La Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA), en el ejercicio de la legítima de defensa de los derechos laborales y del fortalecimiento del sistema público de salud, denuncia con preocupación la crítica situación que enfrentan las personas trabajadoras de enfermería del Hospital Rafael Ángel Calderón Guardia, sobre todo en el área quirúrgica, donde la sobrecarga laboral ha alcanzado niveles insostenibles.

Desde hace varios meses, el personal ha comunicado reiteradamente a la Jefatura de Cirugías, la Dirección de Enfermería y la Dirección Médica el déficit estructural de recurso humano, advirtiendo sobre las consecuencias para la salud física y mental del personal, así como el riesgo que ello representa para la seguridad y la calidad en la atención de los pacientes.

La respuesta institucional ha sido el silencio administrativo, una omisión inadmisible que, en este contexto, puede implicar efectos lesivos sobre derechos fundamentales, tales como el derecho al trabajo digno, a la salud ocupacional y al deber constitucional del Estado de garantizar servicios públicos eficientes, seguros y humanos.

Cuando la institucionalidad calla ante el sufrimiento del personal, corresponde a las y los trabajadores alzar la voz con dignidad, respeto y determinación.

Esta Asamblea exige la presencia inmediata del Gerente Médico para restablecer las condiciones laborales dignas, proteger la salud mental del personal y garantizar la continuidad del servicio público en condiciones de seguridad para todos.

Asamblea General de Trabajadores de Enfermería: frente al Hospital Calderón Guardia
Miércoles 16 de julio de 2025
Hora; 6:00 a.m.

¡No más sobrecarga laboral!
¡Dignidad para trabajadores y usuarios!

Personal del Colegio de Contadores Privados logra preservar sus derechos

La Sala Constitucional declaró sin lugar una acción de inconstitucionalidad presentada por el patrono del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, que buscaba anular derechos adquiridos en un acuerdo directo firmado con el personal trabajador de la institución. Con este fallo, se garantiza la continuidad del acuerdo y la vigencia de beneficios laborales fundamentales para quienes laboran en el Colegio.

El recurso pretendía cuestionar aspectos clave del arreglo como el esquema de anualidades, vacaciones y estabilidad laboral. Sin embargo, la Sala reafirmó la validez del acuerdo y desestimó los argumentos que pretendían eliminar derechos consolidados mediante negociación directa entre patrono y personas trabajadoras.

La representación sindical, afiliada a la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), celebró la resolución como un hito en la defensa de la justicia laboral. “Esta resolución representa para nosotros una victoria para la justicia laboral y la estabilidad de todos los trabajadores de la institución”, expresó la seccional en un pronunciamiento oficial.

La ANEP destacó el papel de su equipo jurídico en la defensa del acuerdo, que argumentó en contra de la acción con base en la legislación costarricense, acuerdos internacionales en materia de derechos humanos laborales, y la opinión consultiva OC-2021 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Uno de los puntos más defendidos fue la anualidad, entendida como una herramienta fundamental para mantener el poder adquisitivo del salario frente al costo de la vida. La Sala reconoció el valor de este derecho, respaldando su continuidad como parte de los principios de progresividad y no regresividad de los derechos laborales.

El fallo refuerza el principio de que los arreglos directos son instrumentos legítimos y vinculantes cuando se realizan conforme a la ley y con participación activa de las partes involucradas. Posteriormente, el secretario general de ANEP, Albino Vargas Barrantes, informó que con la mediación del Ministerio de Trabajo se llegó a un acuerdo entre la seccional del sindicato y la junta directiva del Colegio, con lo cual se preservan los derechos.

Ver información completa en:

FECTSALUD denuncia alianzas oscuras y retrocesos en derechos laborales de cara al 2026

En esta producción informativa de FECTSALUD Costa Rica, Juan Carlos Durán Castro, secretario de Prensa y Propaganda de la organización, analiza las alianzas políticas, estrategias del gobierno y amenazas a los derechos laborales, centradas en el polémico proyecto de ley sobre la jornada 4×3.

Durán denuncia un “pacto oscuro” entre el Partido Liberación Nacional (PLN) y el gobierno, el cual, según sus palabras, debilita al candidato del PLN, Álvaro Ramos, e involucra acuerdos poco transparentes con sectores empresariales como UCCAEP y diputaciones oficialistas.

Pilar Cisneros también hizo sus «chapuzas» por el sector de UCAEP”, afirma Durán, cuestionando el argumento de que el salario mínimo afecta la competitividad del país. Según él, este discurso es falso y busca llevar el trabajo precario al trabajo esclavo, afectando directamente a la clase trabajadora.

También advierte que el gobierno habría ejercido presión sobre UCCAEP para impulsar la jornada 4×3, retirando y luego volviendo a convocar el proyecto de ley como táctica para negociar préstamos y continuar endeudando al país. A este accionar lo llama “la jugada del tonto”, en la que se involucra a Liberación Nacional como parte de una estrategia engañosa.

Finalmente, lanza un llamado a la población costarricense a reflexionar críticamente sobre estas acciones y discursos de cara a las elecciones de febrero de 2026, insistiendo en que no se trata de simples decisiones técnicas, sino de un modelo político que busca debilitar derechos laborales fundamentales.

Puede ver el video completo en el siguiente enlace: https://www.facebook.com/share/v/16cCFSnNB8/

Retrocesos laborales y verdades a medias de las jornadas 4×3

Por Sharo Rosales Arce*

La historia confirma que los derechos no se han alcanzado pidiéndolos por favor, detrás de cada ley y cada derecho alcanzado existe una historia de resistencias y arduas luchas. Y en Costa Rica, nos volvemos a topar con el añejo y controversial debate sobre las jornadas laborales conocidas como “4×3”. Aprobar el Proyecto de Ley N. 24290 que se está discutiendo por la vía rápida en el plenario legislativo, y que quiere imponer Jornadas de 12 horas, significa un retroceso a modelos de trabajo no regulados (que pensamos estaban superados) y una bofetada a estas luchas, logros y derechos laborales. Se luchó por más de 150 años por jornadas más cortas, porque no era sostenible para la salud física personal, para la salud familiar y la salud mental… se luchó porque los cuerpos no aguantaban (y no aguantarán) las jornadas de largas horas de trabajo.

Pululan las verdades a medias en el discurso-promesa de modernización, más empleos y atracción de inversiones, así, se impulsa una reforma que permitiría jornadas extenuantes de trabajo de hasta 12 horas diarias por cuatro días seguidos, sin considerar el impacto social y humano que esta medida conlleva.

Esta medida no solo vulnera los derechos conquistados con esfuerzo histórico, sino que además amenaza la salud, el tiempo libre y los vínculos familiares y sociales de miles de personas trabajadoras.

Vamos por partes:

¿Qué implica trabajar 12 horas al día? Salud en riesgo

Mientras otros países avanzan hacia jornadas de 32 o 40 horas semanales buscando equilibrio, bienestar y jornadas más humanas, en Costa Rica algunos sectores desean girar en sentido contrario. Diversos estudios en salud ocupacional y psicología del trabajo (entre ellos de la OMS y OIT) han demostrado que jornadas prolongadas tienen efectos perjudiciales en la salud física, mental y emocional. Entre las consecuencias más documentadas se encuentran:

  • Fatiga crónica y agotamiento físico, afectando la salud personal física y mental.

  • Incremento del riesgo de accidentes laborales, especialmente en sectores industriales, poniendo en peligro la seguridad personal y colectiva.

  • Deterioro en la salud mental, con mayor incidencia de ansiedad, depresión y trastornos del sueño.

  • Desintegración de la vida familiar y social, al reducirse significativamente el tiempo para compartir en familia, para el cuidado personal, la recreación, o la crianza.

  • Mayor propensión a enfermedades cardiovasculares, diabetes y otras enfermedades crónicas asociadas al estrés.

  • El derecho al descanso efectivo diario y a la conciliación entre la vida laboral y personal queda gravemente lesionado con este modelo.

Los anteriores efectos nocivos, no se limitan a las y los trabajadores, sino que, son extensivos a otras personas que configuran sus hogares.

Estamos hablando nada menos que, de la salud en riesgo. Al respecto Vladimir de la Cruz en su artículo “La jornada de trabajo de 4-3 no responde a la realidad nacional” Nos recuerda que la calidad del trabajo de una persona trabajadora está directamente proporcional con la calidad de vida de esa o ese trabajador. Y cita la propuesta de Roberto Owen 1817, de la jornada de 8 horas para el trabajo, 8 para la recreación y 8 para el descanso.

Ya desde el año 2021 la OMS y la OIT alertaron que las jornadas de trabajo prolongadas aumentan las defunciones por cardiopatía isquémica o por accidentes cerebrovasculares; anunciando peligros para la salud de quienes trabajen en estas condiciones. En este sentido vale rememorar que la importancia de los convenios de trabajo es que tienen como objetivo preservar la salud integral de las personas. Y, como apunta Paula Calderón Devandas: numerosos instrumentos jurídicos internacionales de derechos humanos y convenios de la Organización Internacional del Trabajo consagran el derecho a disfrutar del tiempo libre en los siguientes casos: a) en el descanso diario y semanal luego de la jornada laboral, b) en el descanso anual a través de vacaciones pagadas y c) en el descanso esporádico de los días feriados.

¿Una jornada voluntaria? ¿Qué tan voluntario es algo cuando la necesidad obliga?

Y aunque se insiste en que será una jornada “voluntaria”, que solo aplicará a ciertos sectores, en un país con altos niveles de desempleo y desigualdad, sabemos que la necesidad obliga a las personas con necesidad aceptar lo que sea.

Personas con compromisos económicos, que laboran con temor constante de perder su trabajo, no pueden negociar en igualdad de condiciones con aquellas personas que son sus empleadoras, porque media una relación de poder desigual. ¿Quién fiscalizará esa voluntariedad? Sin fiscalización, no hay garantía.

En palabras de Patricia Mora “La flexibilización de las jornadas laborales violenta el principio protector del derecho laboral. El proyecto fortalece la potestad unilateral, incurriendo en una variación abusiva de las condiciones de trabajo donde la persona trabajadora tendrá muy pocas posibilidades reales de negociación”.

Resulta falso entonces, que No es una imposición y que se trata de una jornada voluntaria que queda a juicio de la persona contratada. Esta persona trabajadora solo podrá elegir entre las condiciones precarizadas o quedar desempleada. Sobre todo, tomando en cuenta que, en muchos de estos lugares, se trabaja en estos horarios sin contratos. Donde son comunes las frases “esto es lo que hay ¿le sirve o no?” o “si a usted no le sirve este horario alguien lo querrá” o “si no le gusta puede renunciar”.

Resulta igualmente absurdo que los patronos presenten su propio estudio técnico que justifique aplicar jornada laboral de 12 horas, cuando precisamente esta propuesta de 4×3, está pensada para que las empresas no tengan que pagar jornada extraordinaria y al no pagar horas extras, aumenten sus ganancias económicas en detrimento del bienestar de los y las trabajadoras.

Mientras, para quienes sostienen la economía con su trabajo cotidiano, no habrá plata que alcance. Pues muchas familias en Costa Rica dependen del pago de las horas extras para subsistir, sobre todo cuando el costo de la vida y los alquileres cada día son más altos. Aprobar este proyecto de ley, significaría que ya no contarían con esa entrada, pero, además, significa también disminuir la posibilidad de conseguir empleos de calidad. Así que claramente, en la práctica, la voluntariedad es relativa cuando las opciones de empleo son escasas y las condiciones económicas son adversas.

¿Quiénes pagan el precio de esta reforma?

La realidad en países donde se han implementado fórmulas similares demuestra que las condiciones laborales tienden a precarizarse, especialmente para:

  • Personas jóvenes o sin experiencia, con bajo poder de negociación, terminan aceptando condiciones desfavorables con tal de estar empleadas. Recordemos que Costa Rica es en este momento el segundo país con mayor población joven desempleada en la región.

  • Padres y madres en condición de vulnerabilidad social y económica. Quienes no tienen acceso a servicios privados de cuido, tendrán menos tiempo disponible para cuidado familiar, y apoyo de hijos e hijas en los estudios. Además de menos ingresos por el no pago de horas extras.

  • Sectores subcontratados o tercerizados, donde la supervisión estatal es más débil.

  • Personas con discapacidad que requieren más pausas, adaptaciones y condiciones de trabajo accesibles, lo que es incompatible con el desgaste de estos horarios extensos. Este tipo de jornadas puede volverse un criterio de exclusión encubierto a quienes más necesitan inclusión y ajustes razonables para ejercer su derecho al trabajo.

  • Mujeres trabajadoras, muchas de las cuales tienen dobles jornadas (la mayoría no remuneradas) por las labores de cuido.

Las mujeres serán las más afectadas con esta nueva modalidad

Las personas más afectadas serán las mujeres, las jefas de hogar, las que perciben bajos ingresos… las que además de trabajar tienen que cuidar. Estas mujeres tendrían que incurrir en el pago extra de cuido privado de sus hijos e hijas, ante una Red de Cuido colapsada, con menos presupuesto asignado en este gobierno y con falta de planes de contingencia para este cometido. Pagarían también extra en transporte dependiendo de los nuevos horarios laborales, pues nuestro sistema de transporte público no funciona las 24 horas y según la hora la frecuencia de los buses disminuye.

Una jornada diaria para estas mujeres de 12 horas según Chacón Roldan, sería así, más o menos: 2 Horas de traslado, 12 Horas de trabajo, 1 Hora de descanso y comidas, 5 horas de trabajo doméstico, (hasta aquí un total de 20 horas), y 4 horas de sueño.

Así las cosas, el primer “ día libre”, será para caer desplomada y recuperar las 16 horas de sueño atrasado, el segundo día, tratar de ponerse al día con tareas rezagadas y tercer día adelantar labores, tratar de compartir con la familia (esperando coincidir en horario en algún momento) y, para deprimirse porque comienza de nuevo la misma jornada extenuante.

Montserrat Sagot afirma que “Este proyecto de jornada extendida es incompatible con las responsabilidades socialmente asignadas a las mujeres” y al decir de Peggy Chamorro: “Nos la venden como una ilusión de tiempo y descanso. Juegan con nuestros anhelos, claro está. Pero es el permiso legal de explotar aún más la fuerza de trabajo, pagar menos por más, un banquete para los empresarios…Para las mujeres es llevar al límite el extractivismo de trabajo sobre nuestros cuerpos”.

Y ante este panorama que pone en riesgo salud tanto como derechos constitucionales y laborales, muchas mujeres se verán en la disyuntiva de tener que elegir, y esto puede significar una sustitución del empleo femenino por el masculino, agravando y perpetuando la desigualdad de género.

El trabajo es un derecho humano y no una “ganga u oportunidad”

El trabajo es un derecho humano fundamental, esencial para la realización de otros derechos y para poder vivir con dignidad. Implica el derecho a un trabajo libremente elegido o aceptado, en condiciones equitativas y satisfactorias.

En este marco, las horas extras deben ser reconocidas y pagadas a las personas trabajadoras, a modo de justo derecho y como el fruto de las décadas de luchas obreras desde antes de 1920, por una jornada de ocho horas diarias.

“Internacionalmente se ha venido cambiando la jornada de 48 horas semanales a una jornada de 40 horas semanales. Actualmente hay países europeos que tienen jornadas de trabajo semanal menores a las 40 horas, las tienen de 35 y 36 horas semanales, con mucho éxito productivo. Justamente los países que han reducido su jornada han mostrado que es más eficiente para el proceso productivo y para la generación de riqueza social, y para la salud de los trabajadores”. Vladimir de la Cruz

Claramente entendemos que esta propuesta (4X3) no resguarda los derechos de las personas trabajadoras, sino que los vulnera. Una jornada de 12 horas es una jornada cansada, que genera malestar físico y psíquico, desconectando a las personas de su mundo social, aislándolas también de sus familias debido a los horarios inversos. Cierra la posibilidad a las personas trabajadoras de concebir otra actividad económica y se constituye en un obstáculo para estudiar o aspirar al disfrute y superación en otras áreas de la vida.

Sus fans pregonan como una verdad que esta jornada generará más empleos, pero lo cierto es que, desde ya, en grandes empresas donde se laboran 3 turnos; se está pensando tener 2 jornadas de 12 horas, y eliminar la planilla de toda una jornada, así que no favorece el trabajo sino el desempleo, ahorrándose el seguro y las responsabilidades patronales y no pagando horas extras en adelante. Este modelo no es una mejora, es una trampa que afectaría directamente la salud e ingresos de miles de trabajadoras y trabajadores. ”¿Cuál será el beneficio económico para las personas que hipotequen su salud por necesidad? ¿podrán recobrarla, cuándo, cómo, a qué costo? ¿Desean las personas tener jornadas más largas por menos pago?

De una sabia amiga, escuché que para dar con la verdad se debe “Seguir el rastro del dinero ¿Quiénes son aquellos que se van a beneficiar económicamente con esta jornada 4×3? ¿Quiénes se favorecen en sus finanzas al aumentar la productividad a un menor costo, aunque esto represente pérdida de bienestar humano?

Queremos y podemos construir un modelo de desarrollo que respete los derechos alcanzados, ponga en el centro a las personas, promoviendo el bienestar colectivo por encima del lucro empresarial… porque la protección y cumplimiento efectivo del derecho al trabajo contribuye a la construcción de sociedades más justas, equitativas y prósperas.

Referencias

*Sharo Rosales Arce. Comunicadora, Gestora en desarrollo organizacional, investigadora y Consultora de Género.
Teléfono 8735 5593
sharo.rosales67@gmail.com

Disminuir salarios para ser competitivos

Óscar Madrigal

Oscar Madrigal

Pues bien, la diputada Pilar Cisneros propuso disminuir el salario mínimo que se establece en Costa Rica de, según ella, $675 por uno más bajo, como el de República Dominicana que es de $241.

El sustento de esa propuesta es que Costa Rica no es competitiva a nivel mundial con países como Méjico, Republica Dominicana o Filipinas. Para lograr atraer la inversión extranjera es necesario reducir los salarios, los derechos laborales y hasta la horas extras. Esa es la lógica de Cisneros y el Gobierno de Chaves.

No sabemos aún, si el Partido Liberación Nacional y su candidato Álvaro Ramos se subirá también a este carro como ya lo hicieron respecto a las jornadas 4×3 que elimina las horas extras. La deriva en materia social, política y económica de Liberación Nacional es muy difícil de saber hasta dónde llegará.

En el pasado el país se distinguió por competir con otros países en cuanto a desarrollo y atracción de inversión extranjera, con educación, salud, estabilidad política y jurídica y calidad de su mano de obra.

La vieja socialdemocracia, de Pepe Figueres, siempre sostuvo que el camino de Costa Rica debía ser otro: no competir con los bajos salarios de los países centroamericanos, sino pugnar en otros niveles, especialmente en educación y calidad de su mano de obra. El país logró de esa manera un desarrollo importante de su Estado de Bienestar y una atracción de capital, también, de mayor calidad.

Pero eso parece poco importar a las nuevas autoridades gubernamentales que hoy se desgañitan por ofrecer lo peor con tal de poder “competir”, rebajándose hasta tirarse al piso.

La semana pasada el Gobierno, en su conferencia de los miércoles, con bombos y platillos, anunció con gran alborozo que Costa Rica había entrado al grupo de los países de ingresos altos, sea llegado a un ingreso superior a los $16.000 per cápita. Sabemos que los ingresos “por cabeza” pueden ser de lo más engañoso del mundo, porque hay unos que los tienen por miles de millones de dólares y otros por debajo de la pobreza. Pero asumamos que para el gobierno eso ha sido muy bueno.

Pues bien, los economistas y especialistas en la materia han manifestado que ese logro se debe a que Costa Rica ha sido muy competitivo a nivel mundial en las últimas dos décadas. Leyeron bien. La explicación es que Costa Rica ingresó a ese “selecto” grupo de los países de mayor ingreso mundial, porque ha sido muy competitivo. ¿Entonces, en dónde quedan los alegatos y propuestas de bajar salarios para aumentar competitividad?

Si ingresamos a los países “top” por ser tan competitivos, las jornadas 4×3 o la rebaja de salarios no tienen fundamento alguno.

El gobierno de Chaves y su fiel escudera Pilar Cisneros lo que pretenden es acabar con el poco Estado de Bienestar que nos queda, aumentar la explotación de los trabajadores y trabajadores para hacer crecer la tasa de ganancia (las utilidades) de las grandes multinacionales, aunque fuere haciendo cada vez más pobre a la gran mayoría de la población costarricense.

Reiteramos nuestras razones para oponernos a la jornada laboral 4/3

Ante la aprobación por la vía rápida del Proyecto de Ley Número 24.290 que extiende las jornadas laborales a 12 horas sin pago de horas extra (proyecto 4/3), el Colectivo Mujeres por Costa Rica manifiesa nuevamente a la ciudadanía su rotunda oposición porque consideramos que representa un retroceso grave en los derechos laborales y en la protección de los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. La sólida democracia costarricense se ha construido sobre el respeto a los derechos de las personas y el bienestar colectivo; este proyecto va en dirección contraria a esos principios.

Quienes defienden el proyecto, a pesar del rechazo de múltiples organizaciones y de una inmensa mayoría de la ciudadanía, lo hacen exclusivamente en nombre de la productividad y los requerimientos del desarrollo empresarial. Pero desconocen que los derechos laborales están tutelados por la Constitución Política de 1949, la cual garantizó avances importantes en el desarrollo económico y social costarricense y por lo tanto en su estabilidad política.

Defender esta ley en nombre de la productividad empresarial, niega las discusiones dadas en países europeos donde se ha constatado una relación inversa entre duración de las jornadas laborales y productividad: a jornadas MENOS largas, la productividad es MAYOR.

Costa Rica se convertiría en uno de los países de la OCDE con jornadas laborales más largas, puesto que otros países miembros de esa organización tienen jornadas de 35 o 36 horas por semana. Otro argumento dado por sus defensores es de que la aprobación de jornadas de 12 horas sin pago de horas extra atraerá más inversión y generará más empleos. Este es otro curioso argumento, que olvida que Costa Rica ha logrado atraer empresas por la calidad de la mano de obra y su estabilidad política, no por ofrecer empleo precarizado. Las empresas que funcionan actualmente con jornadas de 8 horas mantienen tres turnos; si se pasan a jornadas de 12 horas, solo emplearán la cantidad requerida para dos turnos.

Varias son las razones que nos hacen oponernos a esta ley:

1.⁠ ⁠Impacto en la salud: La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha alertado sobre el deterioro en la salud física y psicológica de las jornadas laborales largas, como es el caso de las 12 horas. En sectores bien remunerados como en el caso de quienes laboran en computación, se llega al llamado “burn out”. Con mucha más razón en ocupaciones expuestas al ruido de máquinas, a agentes químicos, a altas o bajas temperaturas durante largas horas, a las vibraciones de máquinas. Esta situación produce más accidentes laborales, fatiga crónica, problemas cardio vasculares, intoxicaciones, sordera, trastornos del sueño, estrés. En el caso de las mujeres, debido a la manera como se ha establecido la división del trabajo, a estas jornadas prolongadas se suman las horas de trabajo no remunerado en el hogar: cuidado de los niños y de las niñas, labores domésticas, cuido de personas adultas mayores o con alguna discapacidad. El desgaste físico y emocional para las mujeres será mayor, haciendo tambalear el sostén afectivo necesario que requieren las personas a su cargo y perjudicando de manera más destructora el bienestar de esas mujeres.

2.⁠ ⁠Retrocede en el derecho a la creatividad, al descanso, al disfrute de la cultura en todas sus manifestaciones. La jornada de 8 horas, establecida desde inicios del siglo pasado, dio derecho a 8 horas de trabajo, 8 horas de sueño, 8 horas recreativas. En Costa Rica se estableció en 8 horas desde la aprobación del Código del Trabajo de 1943, se incorporó a la Constitución de 1949 y se ratificó con la firma del convenio 1 de la OIT, ratificado por Costa Rica el 20 de enero de 1982. La jornada de 12 horas arrebata esos derechos, pues los días libres tendrán un trabajo doméstico acumulado y un cansancio tal que no habrá tiempo para desarrollar cualquier otra actividad a la que toda persona tiene derecho.

3.⁠ ⁠Significa para las mujeres un factor de exclusión más del mercado laboral: La pandemia demostró con claridad algo que las mujeres conocíamos, es decir, que en los mercados laborales son muchos los factores que se presentan en contra de las mujeres, tales como dificultades para ascender a puestos de mando, rechazo velado a mujeres embarazadas, menor pago a las mujeres por igual trabajo, etc. Los datos del INEC muestran que la pérdida de empleo en este año ha afectado mucho más a las mujeres que a los hombres: comparando los datos de setiembre del 2022 con los de abril 2023, hay 110 mil mujeres menos en el mercado laboral. Las jornadas de 12 horas significarán más cantidad de horas pagadas por el cuido de los niños y las niñas. El proyecto presentado, además, al eliminar el pago de esas horas extra, hará aumentar los gastos de cuido sin contar con el pago de horas extra. Si no se paga ese cuido, la calle será el refugio de niños, niñas y adolescentes durante esas horas. La situación se complica entonces mucho más para las mujeres. No podemos olvidar el drama de los hogares monoparentales (la mayoría de los cuales tiene una mujer como jefa de familia) ante esa situación.

4.⁠ ⁠El proyecto 4/3 repercute de manera negativa en la vida familiar: con jornadas extenuantes, sumadas a las horas de trayecto desde y hacia la casa, afectarán la dinámica de pareja, los niños, niñas y adolescentes crecerán sin momentos de compartir vida familiar, no contarán con el apoyo cotidiano en sus tareas, no tendrán momentos de ser escuchados y acompañados por sus padres. ¿Quién los lleva y trae para ir a la escuela? Los horarios de los días libres para quienes viven en pareja no siempre van a coincidir, provocando trastornos a la relación. En hogares monoparentales la situación de los hijos e hijas se agravaría aún más. Las tareas de cuidado de la niñez, adultos mayores, personas con discapacidad, enfermos crónicos, no se pueden posponer, ni ajustarse a 4 días no se cuidan y tres días sí se cuidan.

5.⁠ ⁠Cierra las posibilidades del ascenso social vía educación: Pese a que esa vía de movilidad social se ha dificultado cada vez más, permanece aún para muchas personas la posibilidad de estudiar fuera de las horas de trabajo y lograr, no solo su desarrollo como persona, sino abrirse oportunidades de mejoras futuras en su situación económica. Con la jornada de doce horas es imposible para quienes trabajan, estudiar después de cumplir su jornada.

El Colectivo Mujeres por Costa Rica hace un llamado a la ciudadanía, a los partidos políticos, a las empresas y las organizaciones sociales y religiosas a oponerse a la aprobación de esta ley, ya que los cambios al proyecto original fueron cosméticos y no han subsanado los impactos negativos ya señalados. Tal como fue aprobado por la vía rápida, riñe con las garantías laborales tuteladas por nuestra Constitución Política. Este proyecto no resuelve el problema de la creación de nuevas fuentes de empleo ni tampoco el aumento de la productividad. Por el contrario, recarga en el Estado la factura en salud, transporte y cuido, consecuencia de una ley que no tiene ni a las personas trabajadoras ni al bien común como objetivo.

San José, 28 de junio de 2025

Nora Garita Bonilla – 13820064

Sandra Cartín Herrera – 203430634

Yamileth González García – 202460555

Elizabeth Fonseca Corrales – 400970783

Yolanda Rojas Rodríguez – 900120762

Alicia E. Vargas Porras – 103620899

Eugenia Solís Umaña – 104420132

Virginia Ramírez Cascante – 105430030

Vera Sancho Mora – 104111454

Josefina Pujol Mesalles – 900690096

Arabella Salaverry Pardo – 900290602

Margarita Bolaños Arquín – 104070764

Ligia Martín Salazar – 104090849

María Pérez Iglesias – 103690624

Rita Meoño Molina – 1-0673-0389

Helvetia Cárdenas Leitón – 203790551

Sara Salazar Badilla – 104590574

Carmen Camacho Rodríguez – 4-0110-0275

Rosa Alvarado A. – 104031030

Melania Monge Rodríguez – 105370482

Luz María Chacón León – 203360097

Karla Salguero Moya – 107480133

Isabel Avendaño Flores – 106020245

Ana María Botey Sobrado – 104730692

María Antonieta Camacho Soto – 400980744

Ana Lupita Chaves Salas – 104550585

Yadira Matarrita Brenes – 302270778

Rubieth Jaén Angulo – 501480959

Dulce Umanzor Alvarado – 600990608

Melania Agüero Echeverría – 302380297

Ibelís Velasco Fuentes – 2275139

Ana Lucía Gutiérrez Espeleta – 105610866

Maritza Rodríguez Soto – 105080437

Izadora Scorza Agüero – 109530966

Yolanda Bertozzi – 103990589

Natalia Solano Meza – 110830736

Erika Henchoz Castro – 105700927

Ligia Mayela Arce Quesada – 105220971

Yanina Soto Vargas – 104770775

Sonia Hernández Sánchez – 600990330

Isabel Ducca Durán – 105640060

Ana Helena Chacón Echeverría – 105670359

Norah Catania Pérez – 107110937

Saray Córdoba González – 104380311

Emilia Macaya T. – 103790971

Eugenia Chaverri Fonseca – 103160272

Maritza Marín Herrera – 107590200

Valeria Sancho Quirós – 114230749

Ana Lorena González Valverde – 105130159

Claudia Catania Pérez – 108060638

Teodora Tsijli – 800350318

Marinela Córdoba Zamora – 302970351

Tania Camacho Azofeifa – 107840136

Henriette Raventós Vorst – 105820312

Luis Paulino Vargas Solís – 203270373

Silvia Duarte Vargas – 1-1199-0401

María Bolaños Aguilar – 106140507

Johanna Arias Duarte – 107790496

Alesandra María Altamar Arias – 118310497

Yamilette Jenkins Alvarado – 104220190

Macarena Barahona Riera – 105260207

Lena Mora Ordóñez – 603490381

Marlene Ramírez Berrocal – 1057 40139

Ana María Jurado Solórzano – 109490933

Marielos Aguilar Hernández – 301920768

Sylvia Marchena Villalobos – 114320713

Samaria Montenegro Guzmán – 112090158

Montserrat Sagot – 203410034

Marcela Román Forastelli – 900740581

Ivannia Solano Ramírez – 303400027

Lidieth Garro Rojas – 602270142

María Álvarez Fernández – 104030977

Priscilla Echeverría Alvarado – 900640150

Asdrúbal Duarte Esquivel – 103800881

María del Rocío Chamorro Tasies – 111240216

Andrea Mejía Chaves – 113720500

Ana Lorena González Valverde – 105130159

Silvia Lira Sancho – 111110640

Sergio Chaves Salas – 202751141

Jackeline Hio Ramírez – 603530377

Maytee Martínez Cerna – 603690869

Rosaura Chinchilla Calderón – 107260142

Ivannia Solano – 303400027

María Lorena Molina M – 202940461

Xenia Pacheco Soto – 202800249

Oscar Aguilar Bulgarelli – 103100065

Ana Lupita Chaves Salas – 104550585

Isela Rodríguez Araya – 110670786

Gilberto Alfaro Varela – 501490053

Ma. Del Rosario Alfaro González – 202770648

Jeannette Campos Salas – 105890202

Georgina Hidalgo Rojas – 203250498

Magaly Caballero Castillo – 104710164

Marcela Guerrero Campos – 108460152

Marietta Villalobos – 106670594

Gloriana Salazar Moreno – 114340641

Sonia Navarro Solano – 104220671

Heidy Murillo Quesada – 205220758

Mercedes Peraza Delgado – 110910359

Ericka Álvarez Ramírez – 205320025

María Cecilia Dobles Yzaguirre – 103270166

Yamileth Astorga Espeleta – 105400192

Marta Castro – 107120419

Lucia Garita Bonilla. – 104400874

Tatiana Hernández Gaubil – 107380227

Eleonora Badilla Saxe – 104670076

Ericka Arrieta Matarrita – 108020564

Ana Alvarado Rojas – 204990671

Clemencia Rodríguez Alpizar – 601180393

Fiorella Navarro – 118790150

Yalile Chan Jiménez – 105670078

Roxana Salazar Bonilla – 104940776

Giselle Boza Solano – 302420648

Ana Isabel Ruiz Rojas – 401031163

Anacristina Rossi – 104070914

Vilma Susana Chinchilla Cole – 601230822

Alejandro Muñoz – 104970373

William Castillo Elizondo – 103660393

Alexandra Mora – 105430287

Lorena Salazar Solórzano – 502110265

Sonia Aguilar Cortés – 103991247

Marielos Mora Moya – 104500782

María Ester Aguilar Mora – 104160923

Yanderel Méndez Carvajal – 113680419

Pamela Vargas Alfaro – 111080513

Teresita Vargas mora – 1 0342 0983

Carmen Murillo Chaverri – 104840625

Eurídice Gómez Laurent – 203060550

Leda Zamora Chaves – 204330362

Karla Loria – 108320917

Xinia Abarca Zamora – 202500047

Carmen Lía Meoño Soto – 203730473

Luis Guillermo Vargas Solís – 112440917

Ana Chacón Mora – 105480839

Karol Méndez Cerdas – 110920423

Marianela Lobo Cabezas – 107560169

Argentina Artavia Medrano – 107090127

Gabriela Mayorga López – 108720799

Julia Ardón Morera – 203860415

Rita María Méndez Villalobos – 202660146

Fabiola Alfonso – 900900895

Jorge Poltronieri – 104051422

Jane Segleau Earle – 800610877

Silvia Vargas Farrier – 603370391

Liliana Ureña Cascante – 1 0521 0115

Seidy Salas Víquez – 108640094

Priscila Scott Zúñiga – 113520446

Ana Xochitl Alarcón Zamora – 109470526

Eladio Retana Fallas – 104830574

Luis Fernando Barrantes Cortés – 401290859

Laura León – 107230489

Alberto Campos Rojas – 203550347

Marianela Zeledón Torres – 105640198

Pamela Villalobos Vilanova – 113280909

Olman Murillo Gamboa – 401210896

Mylenne León Vargas – 104990242

Margarita Murillo – 401260285

Paolo Duarte Sancho – 109540889

Claudia Palma Campos – 108720240

Lilliana León Zúñiga – 105410928

Carolina Álvarez Fuentes – 603050177

Luis Diego González Valverde – 104660134

Guillermo Vargas L. – 203520730

María Teresa Vargas Leitón – 601420862

María Cristina Solís Cordero – 106270405

Paolo Duarte Sancho – 109540889

Claudia Palma Campos – 108720240

Lilliana León Zúñiga – 105410928

Carolina Álvarez Fuentes – 603050177

Luis Diego González Valverde – 104660134

Guillermo Vargas L. – 203520730

María Teresa Vargas Leitón – 601420862

Evelyn Rockwell Solano – 603130821

Ana Lucia Sánchez Vargas – 203550789

Yanira Solís Montero – 105200927

María Griselda Ugalde Salazar – 900790925

Ana Isabel Ávila Artavia – 202540929

Casta Arana – 104191225

Sandra Soto Ferreira – 800790990

Jessica MacDonald Quiceno – 801250915

Marina Rivera Vargas – 110110277

María José Badilla Marín – 115830555

Erick Sojo – 303510353

María Laura Sánchez Rojas – 1-0764-0264

Joaquín Meléndez González – 2 234 194

Rosibel Villalobos Navarro – 602000342

Beatriz Rivera Vargas – 111490333

María Amanda Urcuyo Rivas – 111320483

Fabián García Silva – 112800511

Ivannia Briceño Hernández – 5 0242 0875

Sandra Lizano Abarca – 113350534

Melina Solano Cubero – 3-0380-0945

Doris Mariana Ramírez Sandi – 401730076

Alfredo Montero Fonseca – 108200643

Hilda María Alfaro Picado – 109280217

Karol Madriz Morales – 110610675

Elisa Prendas Garro – 1 0828 0668

Marcela Jager Contreras – 800500101

Neddy Zamora Chacón – 104001406

Léa Audibert – 115490335

Fedra Brenes Sánchez – 401780209

María José De la Mata Mora – 113110257

Verónica Sancho Solís – 107610103

Ana Luz Alfaro Mancía – 8 0071 0645

Marcela Echandi – 104630172

Carmen María Cubero Venegas – 104080423

María del Rocío Murillo Valverde – 106530859

Evelyn Rockwell Solano – 603130821

Ana Lucia Sánchez Vargas – 203550789

Yanira Solís Montero – 105200927

Elidianey Flores Mora – 106130406

Ana Isabel Ávila Artavia – 202540929

Casta Arana – 104191225

Sandra Soto Ferreira – 800790990

Teresita Ramellini Centella – 800870026

Jessica MacDonald Quiceno – 801250915

Sandra Umaña Solano – 107620140

Marina Rivera Vargas – 110110277

María José Badilla Marín – 115830555

Erick Sojo – 303510353

María Laura Sánchez Rojas – 1-0764-0264

Joaquín Meléndez González – 2 234 194

Rosibel Villalobos Navarro – 602000342

Beatriz Rivera Vargas – 111490333

María Amanda Urcuyo Rivas – 111320483

Fabián García Silva – 112800511

Ivannia Briceño Hernández – 5 0242 0875

Sandra Lizano Abarca – 113350534

Melina Solano Cubero – 3-0380-0945

Doris Mariana Ramírez Sandi – 401730076

Alfredo Montero Fonseca – 108200643

Nancy Piedra Guillén – 105860455

Gisele Rivera Chacón – 105230164

Hilda María Alfaro Picado – 109280217

Karol Madriz Morales – 110610675

Diona Solís Salazar – 204370839

Elisa Prendas Garro – 1 0828 0668

Marcela Jager Contreras – 800500101

Neddy Zamora Chacón – 104001406

Léa Audibert – 115490335

Fedra Brenes Sánchez – 401780209

Ana Luz Alfaro Mancía – 8 0071 0645

Marcela Echandi – 104630172

Carmen María Cubero Venegas – 104080423

María del Rocío Murillo Valverde – 106530859

May Brenes Marín – 1 0 377 0540

Vía rápida para jornada esclavista de 12 horas debe llevarse a discusión electoral en los centros de trabajo

Vladimir de la Cruz

El trámite de la vía rápida para la jornada esclavista de 12 horas debe llevarse a la discusión electoral en los centros de trabajo, si se quieren establecer consultas electorales a los trabajadores.

El Partido Liberación Nacional de una manera vergonzosa, se pronunció en la Asamblea Legislativa a favor de la vía rápida para el conocimiento del trámite de la llamada Ley 4-3, con la cual se pretende instaurar una jornada esclavista laboral de 12 horas diarias, que en la práctica se va a generalizar para todas las actividades laborales y socio productivas del país.

Como trampa para su aprobación, y darle los votos para que así se tramite, los diputados de Liberación Nacional le introdujeron al Proyecto de Ley una cláusula, o un artículo, que impulsará en las fábricas, empresas o instituciones de cualquier naturaleza, en que se quiera aplicar esta nueva jornada de trabajo de 12 horas diarias, una consulta electoral que se hará a los trabajadores de esos centros de trabajo para determinar si están a favor o están en contra.

Este añadido es de palabra, fue una promesa que le hizo el gobierno a Liberación Nacional de que así lo harían en la discusión del Proyecto de Ley en el Plenario Legislativo. Esto no aparece en el Proyecto de Ley que se elevó al Plenario Legislativo para su aprobación, lo cual significa que a los diputados les metieron diez con hueco, y a los trabajadores un garrotazo en la nuca. Eso fue una bajada de pantalones y enaguas, de los diputados y diputadas liberacionistas, ante Rodrigo Chaves y su diputada Cisneros, acatando las órdenes de los empresarios esclavistas que se mueven tras bambalinas en Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana.

Esta disposición o acuerdo, es contradictoria incluso con la propuesta que tiene el Proyecto de Ley en el sentido de que ya se disponía que esa jornada era “optativa”, para cada trabajador de acogerse o no la decisión de pasarse o no al nuevo sistema de trabajo, de 12 horas diarias.

Además, en teoría permite que si un trabajador se pasa y no le gusta puede devolverse a la jornada ordinaria de ocho horas, después de tres meses de trabajo. El artículo que regula esto plantea allí mismo que en esta posibilidad de regreso a la jornada de 8 horas el trabajador puede ser despedido con todos los pagos de ley. Esto es lo que realmente va a ocurrir. Con el nuevo trabajador que lo sustituya se le aplicará la jornada de 12 horas en su contrato laboral. Así funcionará.

Con la propuesta de los diputados de Liberación Nacional, que hicieron el papel de voceros y diputados del presidente Chaves, esta posibilidad de aceptar voluntariamente la jornada de 12 horas, queda anulada porque se somete a votación de todos los trabajadores de una empresa, cualquiera que sea su naturaleza económica productiva, que quiera establecer esta jornada de 12 horas diarias, todo el sistema de trabajo. Es decir, se consulta a todos si quieren establecer la jornada de 12 horas o no la quieren imponer, de cuyo resultado si es positivo se impone la nueva jornada esclavista, en este caso para todos.

Esa consulta es por su naturaleza una consulta electoral, porque se pone a votación en decisión de los trabajadores si se establece o no la jornada de 12 horas. Es una consulta que usa de forma disfraza la figura del plebiscito, del referéndum, de una consulta popular, de característica electoral, y abiertamente de un proceso electoral, que va a decidir por ese acto si se pone en vigencia o no la jornada de 12 horas en la empresa donde se haga la consulta.

Si ese es el camino que se va a seguir, la consulta electoral, que así lo es, que se les realizará a los trabajadores, debe reunir todas las reglas democráticas y electorales que se viven en el país, al amparo del Tribunal Supremo de Elecciones, de cualquier proceso electoral que con fines como éste, de la jornada laboral extensiva a 12 horas, se proponga. Debe contemplarse incluso fiscales electorales para garantizar la justa consulta debidamente informada a los trabajadores, debe establecerse un recinto electoral y cajas especiales para depositar los votos de los trabajadores, garantizando su secretividad y fiscalización por parte de los trabajadores o sus representantes.

Esta consulta electoral adquiere la forma de una votación que requiere partes involucradas, los que están a favor y en contra de la jornada de 12 horas.

Los que están en contra de la jornada de trabajo de 12 horas deben tener garantizado que quienes los representen en esta consulta sean partidos políticos nacionales o las organizaciones sindicales, confederaciones, federaciones o sindicatos, aun cuando en esas fábricas o empresas no existan estas organizaciones de defensa de los intereses laborales o de los trabajadores. Si esto no se garantiza cualquier consulta que se haga a los trabajadores estará viciada de parcialidad total electoral y del temor reverencial que los empresarios, o sus representantes, puedan ejercer sobre los trabajadores para que voten obligadamente a favor de la jornada esclavista de 12 horas.

Esto significa que en todas las empresas, fábricas o instituciones donde se vaya a realizar esa consulta, se deben dar garantías reales para que los trabajadores sean bien informados, democráticamente informados, a favor y en contra del Proyecto de Ley. Esto es lo democrático, es lo que corresponde.

A la vez significa, que haya o no sindicatos en esas empresas, industrias o instituciones, se permita a los sindicatos y organizaciones sociales existentes de los trabajadores, para que puedan apersonarse, a ir, para informarles a esos trabajadores sobre los alcances reales de esas jornadas de 12 horas, sobre los perjuicios que ocasionará a los trabajadores individualmente y de cómo afectará a su familia, sus esposas o compañeras y a sus hijos. En este sentido tiene que levantarse una lista, o modo de censo electoral, de todas las empresas que se involucrarán en la consulta a los trabajadores, y una vez establecida la lista de empresas que quieren realizar esa consulta, abran sus puertas y den espacio para que los opositores a este Proyecto de Ley puedan ir a exponerles a los trabajadores sus puntos de vista, bajo el amparo del Tribunal Supremo de Elecciones. no es bajo el amparo del Ministerio de Trabajo, porque el Ministerio de Trabajo, no representa, en ningún caso, los intereses de los trabajadores. Los inspectores del Ministerio de Trabajo no son representantes de los trabajadores, y en sus gestiones reales, más parecen representantes de los sectores empresariales.

Se debe obligar a que las empresas que van a realizar estas consultas así lo anuncien públicamente para enterar a todas las partes interesadas en esos procesos de consulta, de votaciones, de elecciones, que harán los trabajadores sobre la jornada laboral esclavista, para que las partes opositoras a esa jornada puedan apersonarse a informar democráticamente a los trabajadores sobre la decisión que van a tomar.

Lo que se pretende con este Proyecto de Ley es una modificación, o una reforma solapada, tácita, constitucional, y del Código de Trabajo, que modifica y altera violentamente derechos sociales y laborales consolidados en la legislación nacional desde 1920 y constitucionalmente desde 1943 y 1949, cuando en 1943 se introdujo el Capítulo de Garantías Sociales en la Constitución de 1871 y luego se estableció en la actual Constitución Política de 1949.

Del mismo modo, así se consignó en el Código de Trabajo, aprobado en 1943, todo ello consagrando el régimen de trabajo de ocho horas diarias, con posibilidad de ampliarlas reconociendo un sobre pago de un 50% sobre el valor de una hora ordinaria de trabajo.

Lo que se está realizando es un típico fraude de ley. Con un artículo en el Proyecto de Ley de las jornadas 4-3 se modifica de hecho la Constitución Política, sin el trámite obligado y calificado que tiene para modificarse como debe ser, que puede durar dos años.

De conformidad al Convenio No. 1 de la Organización Internacional de Trabajo, OIT, organismo de la ONU, cualquier modificación en este sentido a las jornadas de trabajo, tiene que realizarse por la vía del Convenio Laboral entre trabajadores y Patronos o empleadores, lo que no se ha hecho, ni se está haciendo en Costa Rica.

He explicado en artículo anterior que la posibilidad de la jornada de trabajo de 12 horas está garantizada en la Constitución Política y en el Código de Trabajo, pero pagando horas extra sobre la 8n horas ordinarias. Lo que se quiere realmente es no pagar las horas extras que eso supone.

El otro cuento, con el que se quiere engatusar a los trabajadores, es el de los tres días de descanso concentrando de las 48 horas semanales en cuatro días de 12 horas cada uno. Veamos. La jornada de 8 horas diarias por 6 días a la semana da un total de 48 horas semanales, que incluye un día de descanso laboral. Esta es la jornada vigente, legal, constitucional existente en el país. Esto significa que todos los trabajadores tienen por lo menos un día de descanso respecto a los días laborados. Algunas empresa e instituciones tienen una jornada de 40 horas semanales de lunes a viernes, liberando un día más, con lo cual esas empresas tienen dos días libres o de descanso respecto a los días laborados.

Cuando en el mensaje de la jornada de las 12 horas diarias por 4 días se dice que se dará descanso de 3 días es parcialmente cierto. Al concentrar la jornada de 48 horas en cuatro días se dejan tres días libres, pero se trabajan en el conjunto de las 48 horas distribuidas en 4 días, que es como si se trabajaran los seis días de la semana. No hay descanso real laboral. Se siguen trabajando las 48 horas.

Los días ya libres existentes, uno o dos, según sea, siguen existiendo. Se añade otro, que los mismos patronos han dicho que puede ser aprovechado para que los trabajadores “busquen” otro empleo, otro ingreso económico, con lo cual no se garantiza efectivamente el “descanso” por las extenuantes jornadas de 12 horas. De hecho, se les ofrece la posibilidad de que “tengan” otro trabajo adicional al de las 48 horas en 4 días, en esos tres días libres.

Tampoco existe la posibilidad económica para el trabajador de poder disfrutar esos días, con los salarios bajos que se tienen, con el congelamiento que hay de salarios desde hace 5 años y con la propuesta de congelarlos hasta el 2030 como ha señalado el presidente Chaves.

Tampoco existe, porque ha sido desmantelada, por el gobierno, la institucionalidad social de redes de cuido para los trabajadores, de los centros infantiles para sus niños menores de 5 o 6 años y de los centros de cuido de personas mayores, así como de la eliminación de las ayudas sociales en comedores escolares, becas estudiantiles, apoyos al trasporte escolar etc.

Lo que en la realidad va a suceder con los llamados 3 días libres es que se trabajarán por los trabajadores con jornadas de 12 horas, para medio sobrevivir.

La jornada de las 12 horas diarias en la realidad nacional se va a convertir en jornadas semanales de 60, 72 y en algunos casos hasta de 84 horas, para poder sobrevivir los trabajadores. Esto es parte de lo que Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana están aprobando.

Las empresas que se quieran aprovechar de la sobre explotación laboral lo van a lograr. Ninguna va a aceptar trabajadores de 8 y de 12 horas a la vez, porque les crea un caos administrativo, que es lo que quieren también resolver con jornadas únicas de 12 horas.

Todavía les queda un resquicio a los diputados conscientes, sensibles socialmente, identificados con las raíces históricas de sus partidos Liberación Nacional y Unidad Social Cristiana, de medio lavar su imagen, y la de sus candidatos presidenciales.

Ya aceptaron la vía rápida, ahora acepten que los diputados de Liberación Nacional voten en conciencia cada uno, sin línea de partido, sin imposición partidaria, a favor o en contra de la jornada de las 12 horas esclavistas. De lo contrario Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana descansarán en paz de sus lides políticas y pasarán al cementerio histórico de olvido de sus logros institucionales democráticos.

Los sindicatos y las organizaciones sociales deben pronunciarse sobre este proceso electoral de consulta a los trabajadores, ante la Sala IV y ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Desde ahora deben accionar para solicitar que en las consultas que se quieran hacer en los centros de trabajo, sobre las jornadas esclavistas de trabajo, se apliquen los principios democráticos de los procesos electorales nacionales. Se debe establecer que en tanto esté en trámite, desde su aceptación para su estudio, en el plenario legislativo, el Proyecto de Ley de las jornadas esclavistas de trabajo, se permita a los sindicatos, sus federaciones y confederaciones, y a los partidos políticos, acudir a esos centros de trabajo a explicar a los trabajadores sus puntos de vista con relación a estas jornadas laborales, que quieren modificar la Constitución Política.

Ante la Sala Constitucional se debe actuar para solicitar pronunciamiento de si el trámite de la vía rápida para modificar las jornadas de trabajo viola o no la Constitución Política, en la forma que quiere.

El Tribunal Supremo de Elecciones puede ordenar que mientras esté en trámite el Proyecto de Ley de las Jornadas de 12 horas, se entienda que es un proceso electoral, que se quiere llevar a las fábricas, empresas e instituciones de trabajo, que se someterán a “consultas populares”, electorales reales, para que los trabajadores, por la vía de votaciones se pronuncien a favor o en contra de esas jornadas, y que siendo de ese modo “procesos electorales”, deben habilitarse todos los mecanismos democráticos para que a los trabajadores se le hagan ver los distintos puntos de vista sobre los alcances de esas jornadas. El Tribunal Supremo de Elecciones debe ser el garante, con sus urnas, y con los representantes de los trabajadores y empleadores de la fiscalización de esas votaciones.

El trámite de la vía rápida para la jornada esclavista de 12 horas debe llevarse a la discusión electoral en los centros de trabajo, si se quieren establecer consultas electorales a los trabajadores. Esta es la tarea inmediata y urgente del movimiento sindical nacional y de las organizaciones sociales y civiles.

La juventud no negociará su dignidad: contra las jornadas 4×3

Elian Xavier Jiménez Campos – ANEP Joven
Heredia, 2 de julio de 2025

El proyecto de ley que pretende imponer jornadas laborales de 12 horas durante 4 días a la semana no es progreso. Es retroceso. Es explotación maquillada de “modernización”. Es la cristalización de un modelo que pone el capital por encima de la vida, especialmente la vida de quienes trabajamos desde jóvenes, en condiciones cada vez más precarias y desprotegidas.

Quienes impulsan este proyecto hablan de libertad, de conciliación de tiempos, de “opciones”. Pero en la práctica, para la mayoría de las personas jóvenes, mujeres y personas trabajadoras de sectores populares, la jornada 4×3 no es una elección. Es una trampa. “Trabajar 12 horas al día no es libertad, es desgaste físico, emocional y mental”, señala la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en sus estudios sobre salud ocupacional y fatiga laboral [1].

En Costa Rica, donde las condiciones laborales ya son desiguales y el desempleo juvenil se mantiene alto, esta reforma profundizará la precariedad. Según datos del INEC (2024), más del 36% de las personas jóvenes que trabajan lo hacen en condiciones de informalidad o subempleo [2]. Sumado a esto, más del 60% de quienes ocupan empleos de servicios y comercio son mujeres, muchas de ellas jefas de hogar.

Desde ANEP Joven lo decimos sin rodeos: este proyecto es una forma de violencia interseccional, porque afecta con más fuerza a quienes ya enfrentan múltiples opresiones. Las mujeres trabajadoras no solo tendrían que cumplir jornadas extenuantes, sino seguir asumiendo las tareas domésticas no remuneradas. “La sobrecarga laboral es una forma estructural de desigualdad de género”, afirma ONU Mujeres en su informe sobre trabajo y cuidados [3]. Las personas jóvenes verían reducida su capacidad de estudiar, organizarse o simplemente vivir. Los sectores más empobrecidos quedarían atrapados en un ciclo de cansancio y dependencia económica.

¿Quién gana con las jornadas 4×3? Las grandes empresas que podrán reducir costos, exigir más y pagar menos. ¿Quién pierde? La mayoría de las personas trabajadoras que no tienen opción.

La jornada de 8 horas no es una ocurrencia. Es el resultado de décadas de lucha sindical internacional. “Ocho horas de trabajo, ocho horas de descanso y ocho horas de vida” no es solo un lema, es una defensa mínima del equilibrio entre el trabajo y la dignidad humana. Renunciar a eso es renunciar a la historia de conquistas obreras que nos ha sostenido.

Desde la juventud organizada, no estamos dispuestas a ceder lo irrenunciable. Porque no queremos sobrevivir, queremos vivir. Estudiar, amar, crear, participar, descansar. Porque el tiempo libre también es un derecho, como lo reconocen el artículo 58 de la Constitución Política de Costa Rica y múltiples convenios de la OIT.

Hoy decimos con fuerza:

  • No nos moverán con falsas promesas.

  • No cederemos lo que le pertenece al pueblo trabajador.

  • No aceptaremos una ley que normaliza la explotación.

Las juventudes de Costa Rica no negocian su dignidad.

[1]Organización Internacional del Trabajo. (2022). Las largas jornadas laborales y su impacto en la salud y seguridad. https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_842310/lang–es/index.htm

[2]Instituto Nacional de Estadística y Censos. (2024). Encuesta continua de empleo 2024. https://www.inec.cr/encuesta-continua-de-empleo

[3]ONU Mujeres. (2019). El trabajo de cuidados y su relación con la desigualdad de género. https://www.unwomen.org/es/digital-library/publications/2019/06/infographic-care-work-and-gender-equality