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Etiqueta: derechos laborales

¿Cuántas piñas vale un ser humano?

Trabajadores descartables

Cándido Amador es un caso como los hay miles en el sector agrícola de Costa Rica, aunque el suyo se ha convertido en emblemático por el carácter dramático que presenta su enfermedad: la bradicardia, que provoca que con el esfuerzo físico su corazón lata a un ritmo muy bajo, tanto que llega a ser peligroso para su vida.

Carlos Amorín

“A mí me gusta trabajar. Conozco mi oficio porque lo hago desde hace años. He creado y sostenido a mi familia con el esfuerzo de mis brazos. Pero ya no estoy pudiendo hacerlo. La empresa no quiere entender que el primer perjudicado soy yo”, dice Cándido recién salido del Hospital, donde luego de una consulta lo dejaron internado la pasada semana.

“Los médicos me han dicho una y otra vez que tengo que cambiar de tarea en la empresa, pero ellos se niegan. Y yo estoy cada vez peor”, agrega.

Una población sin oportunidades

En la zona donde vive Cándido con su familia no hay otra fuente de trabajo. A tal punto que es normal que los hijos suplanten a los padres en las plantaciones; un destino marcado al nacer.

Ellos sufrirán el mismo sistema de hiperexplotación, negación de derechos laborales, violación de derechos humanos, maltrato, violencia verbal, humillación, persecución sindical, amenazas, despidos arbitrarios, denegación de justicia que perdura desde tiempos ya inmemoriales.

“La pasada semana me dijeron en el Hospital que era preferible que me viniera para casa porque allí hay muchos enfermos con Covid 19, y el contagio puede ser peor para mí. Así que me dieron dos días de descanso y ya el sábado tuve que volver a trabajar. Seguí el lunes y hoy, martes 3, pero estoy con una frecuencia cardíaca de 30 o menos”.

Es obvio que en esas condiciones el ritmo de trabajo de Cándido no puede ser el mejor, ni siquiera el que él acostumbra tener cuando su salud se lo permite, algo que ocurre cada vez menos. Uno de los argumentos preferidos de la empresa para negarle un cambio de tarea es que “soy un trabajador muy productivo”, relataba Cándido hace algunas semanas.

“Y hoy, los señores Christian Campos, gerente de Recursos Humanos, y Colman, que es gerente general de la empresa, me dicen que los temas de salud no son asunto de ellos, ya que solo se fijan en el rendimiento, y que el mío está siendo muy bajo, por lo que si no hago más esfuerzo me van a sancionar.

A ellos no les importa que los médicos hayan recomendado cambiarme de tarea por lo menos unos días hasta que me recupere. Solo quieren que trabaje más duro y produzca más”, relata Cándido con indignación.

“Cómo habrá sido de amenazador el señor Campos que hasta mis compañeros de trabajo reaccionaron, tratando de hacerle ver que no estoy bien de salud y no se me puede exigir más en este momento. Pero a él no le importó. Ya le dije que si quiere me entregue diez sanciones juntas, igual no voy a poder producir más. No me da el cuerpo”, expresa Cándido.

Una máquina ancestral al servicio del dinero

En Costa Rica, un país que supo ser buque insignia de la democracia en América Latina, los trabajadores y trabajadoras del sector agrícola reciben un trato medieval por parte de un sistema que ha instalado una simbiosis entre el Estado y las grandes empresas nacionales y transnacionales.

Representantes empresariales ocupan cargos de gobierno y participan en (léase determinan) la definición de las políticas públicas que conciernen a sus propios sectores.

Así se han instalado las injusticias más repudiables contra trabajadores y trabajadoras, especialmente en el sector agrícola, que emplea a gran número de migrantes e indígenas, y se ha perseguido y golpeado a los sindicatos con una dureza que solo hace posible la certeza de una impunidad prácticamente absoluta. En efecto, la justicia laboral es lenta e ineficaz, al punto de consentir un estado de denegación de justicia para los más vulnerables.

La Inspección de Trabajo pocas veces llega hasta los cultivos, y jamás se entrevista con trabajadores que no sean los designados por las empresas. El Ministerio del ramo cobija esta “trampa legal”, que no es más que una cacería de fuerza de trabajo.

“El arriba nervioso, y el abajo que se mueve…”

La Rel UITA viene prestando particular atención a las enormes dificultades que enfrentan los trabajadores y trabajadoras agrícolas organizados en Costa Rica. En ese marco se han denunciado varios episodios de intoxicación y lesiones graves −ninguno reconocido por las empresas− de trabajadores en los cultivos de piña, así como amenazas a los dirigentes sindicales.

El episodio más reciente es la amenaza en estos días de Agroindustrial Piñas del Bosque S.A. – Finca Muelle, subsidiaria de Standard Fruit Company|DOLE al secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Sinatraa), Obeth Morales.

Esta empresa le exige al dirigente sindical que “se retracte de sus denuncias” sobre la intoxicación sufrida por una trabajadora como consecuencia de una fumigación imprudente ordenada por las autoridades de la empresa, so pena de iniciar contra él un juicio por difamación.

El compañero Obeth Morales, así como Cándido Amador y todos y todas aquellos que sean perseguidos, amenazados, atropellados en sus derechos básicos como ciudadanos y trabajadores del siglo XXI, tendrán siempre en la Rel UITA un decidido y férreo apoyo.


1 – La frecuencia cardíaca normal en reposo para adultos es entre 60 y 100 latidos por minuto.
2 – En un ensayo de próxima publicación por Rel UITA, el experto abogado laboralista Frank Ulloa, y el asesor en Educación Sindical y ex funcionario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Gerardo Castillo, ambos de Costa Rica, realizan un pormenorizado análisis de esta realidad costarricense, y argumentan la urgencia de un cambio radical en el ámbito de las relaciones laborales en el sector agrícola.

 

Foto: Cándido Amador | Archivo personal

Fuente: http://www.rel-uita.org/costa-rica/cuantas-pinas-vale-humano/

Sin libertad sindical no hay trabajo decente

La CIDH y su opinión ante la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga

Una democracia bicentenaria ha retrocedido un siglo en materia de derechos humanos. Es evidente que Costa Rica estará bajo la mira de los organismos internacionales por la paulatina destrucción de su democracia.

Frank Ulloa

¿Qué dirán el presidente de la República y la ministra de Trabajo de la siguiente opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)?: “La libertad sindical y la libertad de asociación son derechos humanos fundamentales que, junto con el derecho de negociación colectiva, reunión y huelga, forman el núcleo básico para proteger y promover el derecho al trabajo y a sus condiciones justas y satisfactorias (…)”.

“El desarrollo del contenido del derecho al trabajo es clave para fortalecer los sistemas económicos y sociales desde un enfoque de derechos, en particular tienen importancia vital para la garantía y el disfrute de otros derechos humanos y el desarrollo autónomo de la persona”.

“Esto incluye la existencia de un sistema que garantice a cada trabajador o trabajadora el acceso a un empleo digno y a no ser privado injustamente de él. La Corte (…) se ha referido al contenido del derecho al trabajo como un derecho protegido por el artículo 26 de la Convención Americana respecto del cual los Estados tienen obligaciones específicas”.

Efectivamente, sin libertad sindical y sus correlativos derechos no será posible consolidar empleos dignos con trabajo decente.

Un empleo requiere estabilidad laboral, ejercer la denuncia de las irregularidades y la existencia de sindicatos. En las empresas costarricenses el sindicalismo no se permite, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no toma en serio sus denuncias y, más grave aún, el sistema judicial es costoso, inaccesible y lento.

Sin duda, el país requiere profundos cambios. En este año electoral debemos posicionar a la libertad sindical como un tema de debate, porque la destrucción de las garantías sociales ha sido la tónica de este gobierno y de las leyes que ha enviado a la Asamblea Legislativa.

Si bien la teoría dice que los derechos humanos son irreversibles y progresivos, en el laboratorio antisindical costarricense han logrado retroceder en un siglo la historia de los derechos humanos en el agro, de manera especial mientras miles de trabajadores migrantes e indígenas se someten a condiciones de trabajo forzoso porque no existe la libertad de asociación.

¡Sin duda, la democracia costarricense está en cuidados intensivos!

 

Foto: Gerardo Iglesias

Fuente: http://www.rel-uita.org/costa-rica/sin-libertad-sindical-no-trabajo-decente/

El tribunal constitucional tiene que realizar el control de convencionalidad del proyecto de ley de Empleo Público

Por Manuel Hernández

“Realmente es tan fácil borrar del mapa las instituciones democráticas” (Cómo mueren las democracias)

No hay que ser experto en derecho constitucional o laboral, para comprender los ostentosos y graves vicios de constitucionalidad que encierra el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

1.- Un paradigma autoritario de las relaciones laborales radicado en la prohibición de la negociación colectiva

Recordemos que la gobernanza total del empleo público, que ese proyecto le atribuye a MIDEPLAN, comprende los principales componentes de la relación de empleo: desde el reclutamiento y selección del personal, pasando por la promoción interna, concursos, formación, la evaluación del desempeño, y desde luego, las remuneraciones, con su producto superestrella: el impresentable salario único global.

La regulación unilateral y preceptiva de estos componentes de la relación de empleo, cuya aplicación sería obligatoria para las entidades públicas, sujetas al imperio absoluto de MIDEPLAN, implica una prohibición de negociar todos estos extremos laborales.

Asimismo, el proyecto determinó, de manera expresa, la radical prohibición de negociar las remuneraciones y cualquier extremo que signifique un gasto que incremente los presupuestos públicos de la Nación o las instituciones.

Entonces, se deja en total interdicción la negociación colectiva de esos componentes, las remuneraciones y cualquier mejora o beneficio laboral, de carácter económico, enervándose la negociación de aquello que constituye el “espacio vital de la contratación colectiva”, su núcleo esencial.

2.- Los alcances de la Libertad Sindical y la negociación colectiva en la Administración Pública, definidos en la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CORTEIDH)

Aquellas regulaciones del proyecto contravienen frontalmente la recientísima Opinión Consultiva de la CORTEIDH OC-27-21, la cual determinó que en el ámbito de la Administración Pública, resulta aplicable el Convenio N°98, N°154 OIT, y específicamente, el C.151 OIT, sobre las relaciones de trabajo en la Administración Pública (1978).

La Opinión Consultiva señala que “la intervención del Estado para limitar la negociación colectiva, violenta el derecho de las organizaciones de organizar sus actividades y formular su programa.”

Concretamente, la CORTEIDH determinó “que el Estado debe dar prioridad a la negociación colectiva como medio para solucionar conflictos respecto de la determinación de condiciones de empleo en la administración pública”.

Y como si lo anterior fuera poco, refiriéndose a las remuneraciones de los funcionarios públicos, de manera categórica, dispuso que en contextos de estabilización económica, los Estados “deben (…) privilegiar la negociación colectiva para regular las condiciones de trabajo de sus funcionarios, en lugar de promulgar unas leyes que limiten los salarios en el sector público.”

Sin necesidad de hacer mucho análisis dialéctico acerca de los alcances de esta Opinión Consultiva, se llega a sostener y concluir que el Proyecto de Empleo Público va a contrapelo de las obligaciones internacionales que tiene el Estado de Costa Rica en materia de Libertad Sindical.

3.- Consecuencias prácticas de la Opinión Consultiva

Esta Opinión de la CORTEIDH no se trata simplemente de una interpretación abstracta, de un ejercicio académico, sino que tiene una serie de consecuencias prácticas, de la mayor trascendencia jurídica.

En primer lugar, hay que destacar que la Opinión estableció que las obligaciones internacionales de los Estados, en el campo de la Libertad Sindical, comprensiva del derecho de negociación colectiva y huelga, “son de exigibilidad inmediata”; es decir, tienen una eficacia directa, sin perjuicio de que su ampliación y perfeccionamiento sea progresivo.

En segundo lugar, de conformidad con el artículo 1° y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Estado de Costa Rica tiene, por tanto, una doble obligación: por una parte, respetar la libertad sindical y garantizar su pleno disfrute, y por otra parte, modificar y adecuar su legislación nacional al contenido de este histórico pronunciamiento.

Este deber demanda la adopción de medidas en dos vertientes: por un lado, la supresión de las normas y prácticas que entrañen violación de las garantías de libertad sindical, y por otro lado, la promulgación de normas y el desarrollo de prácticas conducentes a la efectiva observancia de dichas garantías.

En tercer lugar, la Opinión impone a los Estados el deber de realizar el correspondiente control de convencionalidad:

“Precisamente, respecto a la adopción de dichas medidas, esta Corte ha reconocido que todas las autoridades de un Estado Parte en la Convención tienen la obligación de ejercer un control de convencionalidad, de forma tal que la interpretación y aplicación del derecho nacional sea consistente con las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos”.

En atención a esta obligación, la Sala Constitucional, que en los próximos días, tiene que resolver las consultas facultativas de constitucionalidad del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, no puede omitir la aplicación de este control de convencionalidad, a menos que haga incurrir en responsabilidad internacional a nuestro país.

Mientras tanto, la democracia ha quedado temporalmente en suspenso, hasta que la Sala se pronuncie, que dada la gravedad de los vicios de constitucionalidad del proyecto, no se podría razonablemente esperar otra cosa que no sea que el Tribunal salvaguarde el Estado Social y Democrático y garantice la supremacía de los Derechos Fundamentales.

En este trance, no sólo se juega, en definitiva, la suerte de la democracia, sino que el Tribunal Constitucional se juega su propia credibilidad y legitimidad.

 

Publicado en el Semanario Universidad, compartido con SURCOS por el autor.

La persistente insensibilidad de Dole

Cándido Amador Espinoza tiene años trabajando en chapia en Agroindustrial Piñas del Bosque S.A. – Finca Muelle, subsidiaria de Standard Fruit Company | Dole. El pasado fin de semana fue internado en el hospital, después de que la empresa se rehusara a aplicar las medidas médicas señaladas por el seguro social para preservar su salud.

Giorgio Trucchi / Con Obeth Morales

“Don Cándido viene padeciendo de problemas del corazón y solicitamos a la empresa su traslado a otra área de trabajo. Lamentablemente el procedimiento es muy largo y engorroso y la empresa no hace nada para agilizarlo, más si eres del sindicato”, dijo Obeth Morales, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Sinatraa).

Agroindustrial Piñas del Bosque (Dole) acostumbra solicitar una certificación médica del especialista que está atendiendo al trabajador en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), donde se indique cuáles son las restricciones médicas, por cuanto tiempo y qué tipo de labores puede desempeñar.

“Obviamente el especialista sólo puede indicar los padecimientos del trabajador y pide que sea el doctor de la empresa a decidir qué labores puede hacer. De hecho lo que ocurre es que todo se vuelve muy engorroso y pasan meses antes de la reubicación”, manifestó Morales.

En el caso de Cándido Amador, su padecimiento cardíaco está relacionado con una intoxicación con agrotóxicos sufrida en los piñales de Dole.

Tuvo que ser internado en varias oportunidades, sin embargo la empresa nunca hizo efectiva su reubicación, y Cándido sigue expuesto a los efectos de las fumigaciones y a recaídas.

Además, chapear (desmalezar) es una labor muy pesada y esto empeora su condición.

El directivo sindical explicó a La Rel que hay varios compañeros que sufren situaciones muy similares.

“Javier Zúniga, con graves problemas de la columna, tiene dos meses esperando que lo reubiquen. También tenemos a Oscar, Hilda y muchos más que sufren de desgaste en las articulaciones y la empresa no actúa

Mientras tanto los tienen haciendo cualquier tipo de labor, desatendiendo las restricciones médicas. Esto es vergonzoso”, dijo Morales.

Hostigamiento, acoso y represión laboral

Una situación que por un lado evidencia la persistente insensibilidad de Dole y la crueldad de su sistema de relaciones laborales y, por el otro, demuestra la absoluta ineficiencia y complicidad de las autoridades costarricenses.

“El año pasado realizamos una reunión tripartita a la que también participó la Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Fentrag) y la Rel-UITA.

Presentamos una lista de los padecimientos y enfermedades que sufren trabajadores y trabajadoras, pero al final la empresa no quiso establecer un procedimiento expedito para atender los asuntos de salud.

Las autoridades se quedaron calladas y lo poco que acordamos no sirvió para nada. Los problemas siguieron iguales o hasta peores”, aseveró el secretario general del Sinatraa.

Para él, tanto el caso de Cándido Amador como el de muchos otros compañeros enfermos tienen también profundos rasgos antisindicales.

“Todos son afiliados al sindicato y les ‘cobran’ las luchas que han emprendido en estos años en defensa de los derechos laborales y sindicales.

Recientemente, por haber exigido que se les brindara el transporte para llegar a los lugares de trabajo, la empresa ha desencadenado una fuerte represalia.

Hostigamiento, acoso y represión laboral sólo son algunas de las formas sistematizadas de persecución antisindical “, concluyó Morales.

 

Foto: Cándido Amador (archivo personal).

Fuente: http://www.rel-uita.org/costa-rica/la-persistente-insensibilidad-dole/

Opinión consultiva ante la CIDH: Derechos sindicales deben garantizarse tanto en sector público como privado

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió una Opinión Consultiva sobre los derechos a la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga, y su relación con otros derechos. 

La CIDH destacó que la libertad sindical debe garantizarse a los trabajadores y trabajadoras públicos y privados, lo que incluye que estos gocen del derecho de creación y afiliación a las organizaciones que consideren convenientes.

Asimismo, sobre el derecho de huelga lo calificó como un derecho fundamental para la defensa de los diferentes derechos sociales, económicos y profesionales.

En el documento destacó que los ataques a los derechos sindicales y los cambios legislativos y reformas laborales ocurridos en los últimos años en América Latina han tenido graves consecuencias para la prestación de servicios públicos de calidad. 

En conclusión, establece que la libertad sindical es fundamental para permitir una adecuada defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, incluido su derecho al trabajo y a sus condiciones justas, equitativas y satisfactorias. 

Con información de Public Services International. Puede leer más al respecto en el siguiente enlace: https://publicservices.international/resources/news/cidh-los-derechos-sindicales-deben-garantizarse-a-las-y-los-trabajadores-pblicos-y-privados?id=12041&lang=es

 

Información compartida a SURCOS por Rafael López Alfaro.

Trabajo en equipo ha permitido crecimiento continuo de la seccional OPAS

Seccional de obreros y piñeros y agrícolas del Sur ha crecido en la filiación, además de que han logrado actuar ante los embates patronales. De acuerdo con Ricardo Vargas Figueroa, presidente de esta seccional, el trabajo en equipo ha permitido avanzar en las luchas. Estos tienen el objetivo de discutir con sus patronos sus convenciones colectivas, pues buscan defender los derechos laborales que les corresponden.

El próximo fin de semana se reunirán en Puerto Viejo de Sarapiquí varias seccionales del sector agrícola, para de esta forma, demostrar lo importante que es este sector para la economía del país. 

 

Compartido con SURCOS por Albino Vargas Barrantes.

Conversatorio: ¡Poco a poco nos están robando nuestros derechos laborales y el pueblo sigue dormido!

En unión de los cuatro sindicatos de las Universidades Públicas: SINDEU, AFITEC, UTRAUTN y SITUN invitan al conversatorio: «Implicaciones políticas y laborales del proyecto de empleo público» con el experto en Derecho, Manuel Hernández.

La transmisión se realizará de forma simultánea en las 4 páginas de estas organizaciones sindicales.

Día y hora del evento: miércoles 21 de julio 4:00 p.m.

“Realmente es tan fácil borrar del mapa las instituciones democráticas”. Frase del libro: Cómo mueren las democracias.

Vagoneteros se apostaron frente a planta de asfalto de Guápiles, hasta que sus derechos sean atendidos

El pasado 13 de julio del 2021 Roberto Mora escribe a la señora Ministra de Trabajo, Silvia Lara Povedano, solicitando que el Ministerio a su cargo, ponga manos en el asunto de los trabajadores y extrabajadores de la empresa Constructora Hernán Solís, S.R.L, ya que, menciona que los choferes de vagonetas desde hace mucho tiempo se quejan de la manera cruel en que son tratados, trabajando muchos hasta 18 horas diarias y los pasan de un proyecto a otro sin previo aviso, y sumando a lo anterior, les alquilan casas las cuales no reúnen las mínimas condiciones sanitarias ni de salud, ya que dentro de un cuarto de 4×4 se tienen que meter a dormir hasta 8 personas y, con un solo baño. Además de lo expuesto, usualmente son echados de dichas viviendas porque el patrono H Solís no paga el alquiler.

Roberto Mora indica que el Ministerio de Trabajo fue creado para que sea la institución rectora y ejecutora de la política laboral y de seguridad social, dirigida a la sociedad costarricense, vigilante del TRABAJO DECENTE, equidad y JUSTICIA SOCIAL, y que los costarricenses consideran hoy en día, que el Ministerio de Trabajo se volvió una institución meramente BUROCRÁTICA, ya que brilla por su ausencia en los conflictos laborales, además, los trabajadores ya perdieron la credibilidad en ella.

El día 13 de julio del 2021, los choferes de vagonetas de Guápiles, se apostaron frente a la entrada de la planta de asfalto de la empresa donde laboran, (H Solís, entrada Río Frío-Guápiles) para protestar por sus derechos, ya que no solo son agredidos (sus derechos), sino que tienen que pagar los peajes de sus propios bolsillos, sin ser recuperados, pero si por alguna razón aducen que no tienen dinero para pagar el peaje, son despedidos, todo ello, sumado a un enorme atropello a sus derechos como trabajadores.

Por todos los motivos mencionados, indica que el Ministerio debe y tiene que apersonarse en cualquier conflicto entre trabajadores y patronos, pero…, todo lo contrario, ningún trabajador se quiere presentar al ministerio porque dicen que es perder el tiempo.

Finalmente, Roberto Mora indica que hasta donde tiene entendido, el ministerio de trabajo tiene de oficio que apersonarse a cualquier conflicto del área laboral y social, por ello le solicito, mañana a las 4:00 am los choferes de vagonetas volverán a presentarse a su trabajo en la planta de asfalto de Guápiles, entrada Río Frío y, si las condiciones para laborar siguen siendo maltratadas, seguirán en paro hasta tanto no les arreglen sus derechos.

 

Compartido con SURCOS por María Elena Fournier.

Reivindicaciones de los derechos socioeconómicos y laborales de la clase trabajadora de las bananeras y piñeras en Costa Rica

El pasado sábado 3 de julio, en Pococí, representantes de las organizaciones obreras de SITRAP (Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas) y ANEP sostuvieron una reunión en la cual se dio un intercambio de experiencias en cuanto a las luchas por las reivindicaciones de los derechos socioeconómicos y laborales de la clase trabajadora de las bananeras y piñeras en Costa Rica.

Asimismo, se analizó sobre los procesos organizativos y de organización que se han gestado con el fin de defender los derechos laborales de las y los trabajadores, y de la necesidad de seguir luchando por la defensa de dichos derechos.

20 de junio: Día Mundial de las Personas Refugiadas

En el Día Mundial de las Personas Refugiadas, el Departamento Ecuménico de Investigaciones, DEI, envía su cariño y solidaridad para todas las personas que deben abandonar sus países y territorios de origen para proteger su vida, y hacen un llamado para que desde los países de acogida se generen condiciones dignas para garantizar los derechos humanos de las personas refugiadas.

Y para esta fecha se comparte un mensaje de Jacob Ellis, persona refugiada en Costa Rica

“Este 20 de junio día de las personas refugiadas, quiero decirle al mundo, que aspiramos a que las demandas sociales sean garantizadas en condiciones reales para lxs personas solicitantes de refugio y refugiadxs en los países de acogida; sin discriminación de género, etnia, cultura, nacionalidad, ideología u orientación sexual. Demandamos derechos laborales, a la salud, a la libertad de expresión y acceso a la justicia. Derechos humanos para todas, todos y todes. Todos los días. Wimanba».