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Etiqueta: derechos laborales

El tribunal constitucional tiene que realizar el control de convencionalidad del proyecto de ley de Empleo Público

Por Manuel Hernández

“Realmente es tan fácil borrar del mapa las instituciones democráticas” (Cómo mueren las democracias)

No hay que ser experto en derecho constitucional o laboral, para comprender los ostentosos y graves vicios de constitucionalidad que encierra el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

1.- Un paradigma autoritario de las relaciones laborales radicado en la prohibición de la negociación colectiva

Recordemos que la gobernanza total del empleo público, que ese proyecto le atribuye a MIDEPLAN, comprende los principales componentes de la relación de empleo: desde el reclutamiento y selección del personal, pasando por la promoción interna, concursos, formación, la evaluación del desempeño, y desde luego, las remuneraciones, con su producto superestrella: el impresentable salario único global.

La regulación unilateral y preceptiva de estos componentes de la relación de empleo, cuya aplicación sería obligatoria para las entidades públicas, sujetas al imperio absoluto de MIDEPLAN, implica una prohibición de negociar todos estos extremos laborales.

Asimismo, el proyecto determinó, de manera expresa, la radical prohibición de negociar las remuneraciones y cualquier extremo que signifique un gasto que incremente los presupuestos públicos de la Nación o las instituciones.

Entonces, se deja en total interdicción la negociación colectiva de esos componentes, las remuneraciones y cualquier mejora o beneficio laboral, de carácter económico, enervándose la negociación de aquello que constituye el “espacio vital de la contratación colectiva”, su núcleo esencial.

2.- Los alcances de la Libertad Sindical y la negociación colectiva en la Administración Pública, definidos en la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CORTEIDH)

Aquellas regulaciones del proyecto contravienen frontalmente la recientísima Opinión Consultiva de la CORTEIDH OC-27-21, la cual determinó que en el ámbito de la Administración Pública, resulta aplicable el Convenio N°98, N°154 OIT, y específicamente, el C.151 OIT, sobre las relaciones de trabajo en la Administración Pública (1978).

La Opinión Consultiva señala que “la intervención del Estado para limitar la negociación colectiva, violenta el derecho de las organizaciones de organizar sus actividades y formular su programa.”

Concretamente, la CORTEIDH determinó “que el Estado debe dar prioridad a la negociación colectiva como medio para solucionar conflictos respecto de la determinación de condiciones de empleo en la administración pública”.

Y como si lo anterior fuera poco, refiriéndose a las remuneraciones de los funcionarios públicos, de manera categórica, dispuso que en contextos de estabilización económica, los Estados “deben (…) privilegiar la negociación colectiva para regular las condiciones de trabajo de sus funcionarios, en lugar de promulgar unas leyes que limiten los salarios en el sector público.”

Sin necesidad de hacer mucho análisis dialéctico acerca de los alcances de esta Opinión Consultiva, se llega a sostener y concluir que el Proyecto de Empleo Público va a contrapelo de las obligaciones internacionales que tiene el Estado de Costa Rica en materia de Libertad Sindical.

3.- Consecuencias prácticas de la Opinión Consultiva

Esta Opinión de la CORTEIDH no se trata simplemente de una interpretación abstracta, de un ejercicio académico, sino que tiene una serie de consecuencias prácticas, de la mayor trascendencia jurídica.

En primer lugar, hay que destacar que la Opinión estableció que las obligaciones internacionales de los Estados, en el campo de la Libertad Sindical, comprensiva del derecho de negociación colectiva y huelga, “son de exigibilidad inmediata”; es decir, tienen una eficacia directa, sin perjuicio de que su ampliación y perfeccionamiento sea progresivo.

En segundo lugar, de conformidad con el artículo 1° y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Estado de Costa Rica tiene, por tanto, una doble obligación: por una parte, respetar la libertad sindical y garantizar su pleno disfrute, y por otra parte, modificar y adecuar su legislación nacional al contenido de este histórico pronunciamiento.

Este deber demanda la adopción de medidas en dos vertientes: por un lado, la supresión de las normas y prácticas que entrañen violación de las garantías de libertad sindical, y por otro lado, la promulgación de normas y el desarrollo de prácticas conducentes a la efectiva observancia de dichas garantías.

En tercer lugar, la Opinión impone a los Estados el deber de realizar el correspondiente control de convencionalidad:

“Precisamente, respecto a la adopción de dichas medidas, esta Corte ha reconocido que todas las autoridades de un Estado Parte en la Convención tienen la obligación de ejercer un control de convencionalidad, de forma tal que la interpretación y aplicación del derecho nacional sea consistente con las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos”.

En atención a esta obligación, la Sala Constitucional, que en los próximos días, tiene que resolver las consultas facultativas de constitucionalidad del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, no puede omitir la aplicación de este control de convencionalidad, a menos que haga incurrir en responsabilidad internacional a nuestro país.

Mientras tanto, la democracia ha quedado temporalmente en suspenso, hasta que la Sala se pronuncie, que dada la gravedad de los vicios de constitucionalidad del proyecto, no se podría razonablemente esperar otra cosa que no sea que el Tribunal salvaguarde el Estado Social y Democrático y garantice la supremacía de los Derechos Fundamentales.

En este trance, no sólo se juega, en definitiva, la suerte de la democracia, sino que el Tribunal Constitucional se juega su propia credibilidad y legitimidad.

 

Publicado en el Semanario Universidad, compartido con SURCOS por el autor.

La persistente insensibilidad de Dole

Cándido Amador Espinoza tiene años trabajando en chapia en Agroindustrial Piñas del Bosque S.A. – Finca Muelle, subsidiaria de Standard Fruit Company | Dole. El pasado fin de semana fue internado en el hospital, después de que la empresa se rehusara a aplicar las medidas médicas señaladas por el seguro social para preservar su salud.

Giorgio Trucchi / Con Obeth Morales

Don Cándido viene padeciendo de problemas del corazón y solicitamos a la empresa su traslado a otra área de trabajo. Lamentablemente el procedimiento es muy largo y engorroso y la empresa no hace nada para agilizarlo, más si eres del sindicato”, dijo Obeth Morales, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Sinatraa).

Agroindustrial Piñas del Bosque (Dole) acostumbra solicitar una certificación médica del especialista que está atendiendo al trabajador en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), donde se indique cuáles son las restricciones médicas, por cuanto tiempo y qué tipo de labores puede desempeñar.

“Obviamente el especialista sólo puede indicar los padecimientos del trabajador y pide que sea el doctor de la empresa a decidir qué labores puede hacer. De hecho lo que ocurre es que todo se vuelve muy engorroso y pasan meses antes de la reubicación”, manifestó Morales.

En el caso de Cándido Amador, su padecimiento cardíaco está relacionado con una intoxicación con agrotóxicos sufrida en los piñales de Dole.

Tuvo que ser internado en varias oportunidades, sin embargo la empresa nunca hizo efectiva su reubicación, y Cándido sigue expuesto a los efectos de las fumigaciones y a recaídas.

Además, chapear (desmalezar) es una labor muy pesada y esto empeora su condición.

El directivo sindical explicó a La Rel que hay varios compañeros que sufren situaciones muy similares.

Javier Zúniga, con graves problemas de la columna, tiene dos meses esperando que lo reubiquen. También tenemos a Oscar, Hilda y muchos más que sufren de desgaste en las articulaciones y la empresa no actúa

Mientras tanto los tienen haciendo cualquier tipo de labor, desatendiendo las restricciones médicas. Esto es vergonzoso”, dijo Morales.

Hostigamiento, acoso y represión laboral

Una situación que por un lado evidencia la persistente insensibilidad de Dole y la crueldad de su sistema de relaciones laborales y, por el otro, demuestra la absoluta ineficiencia y complicidad de las autoridades costarricenses.

“El año pasado realizamos una reunión tripartita a la que también participó la Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Fentrag) y la Rel-UITA.

Presentamos una lista de los padecimientos y enfermedades que sufren trabajadores y trabajadoras, pero al final la empresa no quiso establecer un procedimiento expedito para atender los asuntos de salud.

Las autoridades se quedaron calladas y lo poco que acordamos no sirvió para nada. Los problemas siguieron iguales o hasta peores”, aseveró el secretario general del Sinatraa.

Para él, tanto el caso de Cándido Amador como el de muchos otros compañeros enfermos tienen también profundos rasgos antisindicales.

“Todos son afiliados al sindicato y les ‘cobran’ las luchas que han emprendido en estos años en defensa de los derechos laborales y sindicales.

Recientemente, por haber exigido que se les brindara el transporte para llegar a los lugares de trabajo, la empresa ha desencadenado una fuerte represalia.

Hostigamiento, acoso y represión laboral sólo son algunas de las formas sistematizadas de persecución antisindical “, concluyó Morales.

 

Foto: Cándido Amador (archivo personal).

Fuente: http://www.rel-uita.org/costa-rica/la-persistente-insensibilidad-dole/

Opinión consultiva ante la CIDH: Derechos sindicales deben garantizarse tanto en sector público como privado

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió una Opinión Consultiva sobre los derechos a la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga, y su relación con otros derechos. 

La CIDH destacó que la libertad sindical debe garantizarse a los trabajadores y trabajadoras públicos y privados, lo que incluye que estos gocen del derecho de creación y afiliación a las organizaciones que consideren convenientes.

Asimismo, sobre el derecho de huelga lo calificó como un derecho fundamental para la defensa de los diferentes derechos sociales, económicos y profesionales.

En el documento destacó que los ataques a los derechos sindicales y los cambios legislativos y reformas laborales ocurridos en los últimos años en América Latina han tenido graves consecuencias para la prestación de servicios públicos de calidad. 

En conclusión, establece que la libertad sindical es fundamental para permitir una adecuada defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, incluido su derecho al trabajo y a sus condiciones justas, equitativas y satisfactorias. 

Con información de Public Services International. Puede leer más al respecto en el siguiente enlace: https://publicservices.international/resources/news/cidh-los-derechos-sindicales-deben-garantizarse-a-las-y-los-trabajadores-pblicos-y-privados?id=12041&lang=es

 

Información compartida a SURCOS por Rafael López Alfaro.

Trabajo en equipo ha permitido crecimiento continuo de la seccional OPAS

Seccional de obreros y piñeros y agrícolas del Sur ha crecido en la filiación, además de que han logrado actuar ante los embates patronales. De acuerdo con Ricardo Vargas Figueroa, presidente de esta seccional, el trabajo en equipo ha permitido avanzar en las luchas. Estos tienen el objetivo de discutir con sus patronos sus convenciones colectivas, pues buscan defender los derechos laborales que les corresponden.

El próximo fin de semana se reunirán en Puerto Viejo de Sarapiquí varias seccionales del sector agrícola, para de esta forma, demostrar lo importante que es este sector para la economía del país. 

 

Compartido con SURCOS por Albino Vargas Barrantes.

Conversatorio: ¡Poco a poco nos están robando nuestros derechos laborales y el pueblo sigue dormido!

En unión de los cuatro sindicatos de las Universidades Públicas: SINDEU, AFITEC, UTRAUTN y SITUN invitan al conversatorio: «Implicaciones políticas y laborales del proyecto de empleo público» con el experto en Derecho, Manuel Hernández.

La transmisión se realizará de forma simultánea en las 4 páginas de estas organizaciones sindicales.

Día y hora del evento: miércoles 21 de julio 4:00 p.m.

“Realmente es tan fácil borrar del mapa las instituciones democráticas”. Frase del libro: Cómo mueren las democracias.

Vagoneteros se apostaron frente a planta de asfalto de Guápiles, hasta que sus derechos sean atendidos

El pasado 13 de julio del 2021 Roberto Mora escribe a la señora Ministra de Trabajo, Silvia Lara Povedano, solicitando que el Ministerio a su cargo, ponga manos en el asunto de los trabajadores y extrabajadores de la empresa Constructora Hernán Solís, S.R.L, ya que, menciona que los choferes de vagonetas desde hace mucho tiempo se quejan de la manera cruel en que son tratados, trabajando muchos hasta 18 horas diarias y los pasan de un proyecto a otro sin previo aviso, y sumando a lo anterior, les alquilan casas las cuales no reúnen las mínimas condiciones sanitarias ni de salud, ya que dentro de un cuarto de 4×4 se tienen que meter a dormir hasta 8 personas y, con un solo baño. Además de lo expuesto, usualmente son echados de dichas viviendas porque el patrono H Solís no paga el alquiler.

Roberto Mora indica que el Ministerio de Trabajo fue creado para que sea la institución rectora y ejecutora de la política laboral y de seguridad social, dirigida a la sociedad costarricense, vigilante del TRABAJO DECENTE, equidad y JUSTICIA SOCIAL, y que los costarricenses consideran hoy en día, que el Ministerio de Trabajo se volvió una institución meramente BUROCRÁTICA, ya que brilla por su ausencia en los conflictos laborales, además, los trabajadores ya perdieron la credibilidad en ella.

El día 13 de julio del 2021, los choferes de vagonetas de Guápiles, se apostaron frente a la entrada de la planta de asfalto de la empresa donde laboran, (H Solís, entrada Río Frío-Guápiles) para protestar por sus derechos, ya que no solo son agredidos (sus derechos), sino que tienen que pagar los peajes de sus propios bolsillos, sin ser recuperados, pero si por alguna razón aducen que no tienen dinero para pagar el peaje, son despedidos, todo ello, sumado a un enorme atropello a sus derechos como trabajadores.

Por todos los motivos mencionados, indica que el Ministerio debe y tiene que apersonarse en cualquier conflicto entre trabajadores y patronos, pero…, todo lo contrario, ningún trabajador se quiere presentar al ministerio porque dicen que es perder el tiempo.

Finalmente, Roberto Mora indica que hasta donde tiene entendido, el ministerio de trabajo tiene de oficio que apersonarse a cualquier conflicto del área laboral y social, por ello le solicito, mañana a las 4:00 am los choferes de vagonetas volverán a presentarse a su trabajo en la planta de asfalto de Guápiles, entrada Río Frío y, si las condiciones para laborar siguen siendo maltratadas, seguirán en paro hasta tanto no les arreglen sus derechos.

 

Compartido con SURCOS por María Elena Fournier.

Reivindicaciones de los derechos socioeconómicos y laborales de la clase trabajadora de las bananeras y piñeras en Costa Rica

El pasado sábado 3 de julio, en Pococí, representantes de las organizaciones obreras de SITRAP (Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas) y ANEP sostuvieron una reunión en la cual se dio un intercambio de experiencias en cuanto a las luchas por las reivindicaciones de los derechos socioeconómicos y laborales de la clase trabajadora de las bananeras y piñeras en Costa Rica.

Asimismo, se analizó sobre los procesos organizativos y de organización que se han gestado con el fin de defender los derechos laborales de las y los trabajadores, y de la necesidad de seguir luchando por la defensa de dichos derechos.

20 de junio: Día Mundial de las Personas Refugiadas

En el Día Mundial de las Personas Refugiadas, el Departamento Ecuménico de Investigaciones, DEI, envía su cariño y solidaridad para todas las personas que deben abandonar sus países y territorios de origen para proteger su vida, y hacen un llamado para que desde los países de acogida se generen condiciones dignas para garantizar los derechos humanos de las personas refugiadas.

Y para esta fecha se comparte un mensaje de Jacob Ellis, persona refugiada en Costa Rica

“Este 20 de junio día de las personas refugiadas, quiero decirle al mundo, que aspiramos a que las demandas sociales sean garantizadas en condiciones reales para lxs personas solicitantes de refugio y refugiadxs en los países de acogida; sin discriminación de género, etnia, cultura, nacionalidad, ideología u orientación sexual. Demandamos derechos laborales, a la salud, a la libertad de expresión y acceso a la justicia. Derechos humanos para todas, todos y todes. Todos los días. Wimanba».

50 Aniversario, del Sindicato Nacional de Periodistas de Costa Rica

En el marco del 50 Aniversario, del Sindicato Nacional de Periodistas de Costa Rica (SNP). En junio de 2021, harán 50 años de que 30 ilustres periodistas constituyeron esta organización.

Hoy, en medio de la pandemia COVID 19, conmemoramos ese trabajo con el apoyo de UNION TO UNION y la Federación Internacional de Periodistas (FIP). Tenemos jornadas alrededor de la reflexión de los derechos laborales del periodista en la economía digital, incorporando comunicadoras mujeres y hombres muy jóvenes, así como núcleos de trabajo sobre enfoque de género que nos interesa exponer.

Actualmente la economía digital enfrenta profesionales de la comunicación con grandes retos: mantener sus audiencias, modelos de rentabilidad más allá de la publicidad, reconocimiento de sus derechos laborales y exponer la inclusión con claridad, por ejemplo.

En este contexto, especialmente, se invita a la participación de cinco foros preparados a partir del lunes 21 de junio y hasta el viernes 25 de junio; todos a las 10:00 a.m. Se transmitirá por Facebook Live del Sindicato Nacional de Periodistas, y de la CTRN Costa Rica, o puede hacerlo por el link de ZOOM.

UNDECA: sobre atrasos de pago por nombramientos interinos en el hospital Calderón Guardia y otros centros médicos de la CCSS

SURCOS comparte el siguiente comunicado de prensa:

Es inconcebible que a trabajadores de la Institución que atienden áreas de COVID-19, se les esté ocasionando un perjuicio laboral en la cancelación oportuna de sus salarios.

Y es que desde al año 2020, UNDECA denunció formalmente ante la Gerencia General y Gerencia Médica de la CCSS, atrasos salariales de hasta 5 meses, a trabajadores que laboran en la modalidad de gemeleo de plazas por sustitución.

Lo anterior, trayendo como consecuencia, además del injustificado retraso, el cobro desmedido e ilegal de impuesto al salario, que, si bien debe por ley aplicarse en los casos que así corresponda, es evidente que no es lo mismo su rebajo de manera mensual que de un solo golpe, al acumularse tantos meses sin pago.

Es absolutamente reprochable a las autoridades hospitalarias y gerenciales de la Caja, que los trabajadores vivan con tal incertidumbre y que cada fecha de pago reciba ₡300, a ₡1.000 o en el mejor de los casos ₡15.000 mil colones de pago, por el desorden interno y negligencia para resolver. Sin duda, nadie puede vivir en esa deplorable condición.

Denunciamos también la poca o nula atención de estas autoridades en cuando a la escases de personal, obsolescencia de equipos y sistemas de cómputo en las oficinas de recursos humanos, y la injustificada tardanza de las jefaturas de servicios para enviar las acciones de personal para la respectiva gestión de pago.

UNDECA, nuevamente denuncia ante la opinión pública y trabajadores de la Caja estas lamentables inconsistencias gerenciales y administrativas. Creemos que la CCSS como patrono está obligado a retribuir a los trabajadores los rebajos irregulares de impuestos, por no corresponder según la ley, pues en muchos casos el pago mensual a estos funcionarios no supera los topes establecidos para el cobro de impuesto al salario…

Esperamos que las autoridades no sigan «pasándose la bola» y de una vez por todas resuelvan este fiasco administrativo y lamentable afectación laboral.

San José, 7 de mayo del 2021.

Más información con Martha E. Rodríguez G. al 8398 3527