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Etiqueta: dignidad

¿Pobreza en Costa Rica?

Defiendan la causa del huérfano y del desvalido;
al pobre y al oprimido háganles justicia.
Salmo 82:3

Iglesia Metodista Wesleyana Costarricense

El lunes pasado, 17 de octubre 2022, se conmemoró el Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza.

Este día fue proclamado por la ONU en 1992; pero la primera vez que se conmemoró fue en 1987 en París, cuando más de cien mil personas se reunieron en la Plaza del Trocadero, para manifestarse a favor de los Derechos Humanos y la libertad en honor a las víctimas de la pobreza, el hambre, la violencia y el miedo.

La convocatoria fue organizada por Joseph Wresinski, fundador del Movimiento Internacional ATD Cuarto Mundo, quien organizó esta campaña y quiso hacer pública la solidaridad. En un primer momento, se le llamó Día Mundial para la Superación de la Pobreza Extrema.

Aquel día, en la Plaza de Trocadero, se inscribieron los principios de los Derechos Humanos en una losa conmemorativa, que se inauguró como parte de los actos contra la pobreza, y de la que se han hecho réplicas en todo el mundo. Una de ellas está en la sede de la ONU en Nueva York.

Así mismo, esta fecha, tiene como reto alcanzar el primer Objetivo de Desarrollo Sostenible, que es nada menos que «poner fin a la pobreza en todas sus formas y en todo el mundo».

Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) – también conocidos como Objetivos Globales- fueron adoptados por las Naciones Unidas en 2015, como un llamamiento universal para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar que, para el 2030, todas las personas disfruten de paz y prosperidad, según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD.

Resulta paradójico-incomprensible que, en una era-mundo caracterizado por el aumento de las tecnologías, recursos financieros y desarrollo económico, haya con constante aumento de la pobreza. Por ejemplo, según datos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD, «una de cada diez personas de las regiones en desarrollo viven con menos de 1,90 dólares al día, que es la cantidad establecida internacionalmente como el umbral de la pobreza. Y muchos carecen de acceso a alimentos, agua potable y saneamiento adecuados».

Además, se señala que, la realidad actual muestra que mil trescientos millones (1.300.000.000) de personas siguen viviendo en la pobreza y casi la mitad de ellas son niños y jóvenes.

Sin duda alguna, la pobreza tiene causas multidimensionales e interrelacionadas; no es solo falta de recursos económicos.

Por ello, podemos afirmar que se trata de, entre algunas: condiciones de trabajo peligrosas, viviendas inseguras, falta de alimentos nutritivos, acceso desigual a la justicia, falta de poder político, acceso limitado a la atención médica.

En general, es la falta de las capacidades básicas de los seres humanos empobrecidos/as, para vivir con dignidad. La dignidad del ser humano no solo es un derecho fundamental en sí mismo, sino que constituye la base del resto de los demás derechos fundamentales. Por lo tanto, la «dignidad» no es un concepto abstracto: es inherente a todos y cada uno de los individuos.

En la actualidad, muchas personas que viven en la pobreza persistente ven denegada y violada su dignidad. Es por ello que, “La dignidad para todos en la práctica” incluye la erradicación de la pobreza.

En el caso de Costa Rica, ya desde 2018, según la coordinadora residente de la Organización de las Naciones Unidas, ONU, Alice Schackelford, erradicar la pobreza, «es una meta factible para Costa Rica … el país dispone de los recursos para cumplir esa meta en 2030. (…) Hay que definir estrategias a mediano y largo plazo para erradicar la pobreza. No podemos pensar que cada gobierno lo va a hacer en cuatro años”.

Pero, al parecer, los gobiernos de turno de Costa Rica no van hacia la meta propuesta, más bien se acrecienta la brecha de pobreza, la desigualdad entre pobres y ricos.

Nos ayudan y dan esperanza los consejos bíblicos.

No obstante, no debemos seguir resignándonos a las interpretaciones equivocadas sobre las palabras de Jesús «a los pobres siempre los tendréis con vosotros”. El llamado de Jesús es a no aceptar este flagelo. Empecemos por denunciar la injusta distribución de la riqueza.

Por ejemplo, el 10% de las personas con mayor riqueza acumula el 50% del total de ingresos en Costa Rica, según un estudio presentado en el Reporte Mundial de Desigualdad 2022 en París. El reporte también muestra que este año, en el país, el 20% del ingreso es acumulado únicamente por el 1% de las personas más ricas; mientras que el 50% de las personas con menor riqueza acumuló el 10% de los ingresos.

Con esta injusta distribución, nunca se va a erradicar la pobreza. Por el contrario, hoy ya la pobreza alcanza a más del 20% de familias en Costa Rica; hay un aumento cada vez mayor del trabajo informal, especialmente de las mujeres.

De acuerdo con los conocedores en la materia, cuando se reducen la pobreza y la desigualdad, tiende también a reducirse otros problemas conexos, tales como la inseguridad ciudadana, el abandono educativo o el estrés patológico y a reducirse los gastos en salud, en seguridad y en administración de la justicia, lo cual puede liberar recursos para reducir el déficit, aumentar reservas y financiar ambiciosos proyectos de inversión, que a su vez pueden generar muchos empleos, según el PNUD.

Retomando el consejo bíblico es, «hacerle justicia al pobre», cuestionando las estructuras de acumulación. De esta forma, podemos ir hacia las metas de erradicar, y plantear nuevos estadios de dignidad para los seres humanos, nuestros prójimos-próximos.

Levanta la voz, y hazles justicia;
¡defiende a los pobres y a los humildes!

Proverbios 31:9

La Organización Carmen Lyra le invita a dar su criterio sobre el concepto Dignidad

En el Foro Confluencia Solidaria, la Organización Carmen Lyra le invita a dar su criterio sobre el siguiente concepto de Dignidad.

“Hola! Iniciamos este foro con la siguiente intervención:

La dignidad es el valor de cada persona, un valor que no es monetario, ni material, ya que no puede ser intercambiable o transferido, sino que es intrínseco e inexpropiable, la dignidad es el derecho que posee cada ser humano de ser respetado tanto individual como socialmente. No se puede renunciar a la dignidad, como no se puede vivir sin agua. La dignidad es un elemento base para la humanidad.
Hoy enfrentamos un modelo económico que impone ideas y formas donde la dignidad humana parece no tener lugar, enfrentamos tiempos en los que se despoja nuestra dignidad a través del avance permanente en la destrucción de la naturaleza y de las instituciones que han desarrollado a la sociedad costarricense.
Defendemos una vida digna donde nadie esté por encima de nadie, indistintamente de su tipo de religión, de su condición económica, sus ideales políticos o su orientación sexual. Una vida donde se respeten los plenos derechos a la libertad y la autonomía de poder decidir, donde se respete la cosmovisión de las personas y los pueblos.
Consideramos que es fundamental resguardar los recursos naturales que aún están protegidos y se deben de buscar las formas para poder mejorar todos los espacios que se han degradado; rescatar nuestro entorno es rescatarnos a nosotros mismos, ya que solo tenemos un planeta. Y no es justo que mientras algunas pocas personas acceden a un ambiente limpio en medio de fortalezas amuralladas, una gran mayoría vive sumida en contaminación permanente de los ríos, valles, montañas y playas.
Sostenemos que no existe una vida digna sino existe la justicia en los diferentes espacios de nuestro territorio, no puede existir una vida digna mientras unos pocos ganan millones, no pagan impuestos y viven tranquilos; mientras por otro lado una gran mayoría de personas apenas subsiste con unos cuantos colones.
Vivir con dignidad es tener acceso a una vivienda, a una alimentación saludable, a una educación de calidad, a tiempo de ocio y a un servicio de salud, sin importar la condición social, económica o geográfica que se tenga.
Hoy mientras hay más de medio millón de personas en el país sin el acceso a un salario mínimo, recalcamos la necesidad de que dicha condición no justifica que las personas no tengan acceso a una vida digna.

¿Está de acuerdo con esta definición de Dignidad?

¿Qué otros elementos podrían sumarse a este texto para contar con una Vida Digna?”

Puede enviar sus comentarios con su nombre al correo foro@confluenciasolidaria.org

DE TODAS LAS FLORES

Por Memo Acuña (Sociólogo y escritor costarricense)

No conozco a Tanisha. Personalmente quiero decir. Se que es una mujer joven, negra, activista por los derechos de las personas afrodescendientes y migrantes. Particularmente he seguido, por Twitter, sus comentarios y reflexiones acerca de los procesos de racismo y discriminación a los que un día sí y otro igual se enfrentan ella y su comunidad.

En twitter, valga decirlo, los ataques que experimenta son feroces, particularmente por hombres que a toda costa y a base de insultos y recuerdos constantes de que es “mujer, negra, activista” tratan de cancelar su voz y su agenda.

En los últimos días los insultos y las provocaciones han subido de tono. Pero ella no se inmuta y sigue adelante con su lucha diaria por hacer visible lo que discurso y prácticas sociales desarrollan con las minorías, las personas extranjeras, las etnias.

Una de las cosas que le cobran seguramente con odio nacionalista, rancio y pestilente, es su constante cuestionamiento a la identidad homogénea y hegemónica, “blanca” y vallecentralina. Nada que Chavela Vargas no haya dicho ya y por eso también en su momento fuera enjuiciada por la moral decimonónica que recorre las fibras de esta nación imaginada que creemos ser.

No conozco a Tanisha pero respeto su agenda, comparto sus luchas, la escucho.

Personas como ellas son necesarias en un mundo que hoy pareciera no haber entendido absolutamente nada acerca de la necesidad de vivir distinto, vivir bonito al decir de mi querida amiga psicóloga colombiana Rosita Suárez, entendernos como colectivo, procurarnos espacio todos y todas con nuestras diferencias.

En pocos días hemos tenido ejemplos de sobra acerca de cómo nos cuesta la convivencia, vivir juntos y juntas.

El club de futbol español Atlético de Madrid fue multado por UEFA con 5.000 lugares menos para su partido de vuelta en el marco de la Champions League. ¿El motivo? Durante el partido de ida jugado en Inglaterra, algunos de sus Ultra fueron captados en vídeos haciendo el saludo nazi.

Una apelación y suspensión cautelar de última hora logró refrenar la multa, pero los videos siguen su curso viral, al tiempo que se desarrolla una investigación para determinar la responsabilidad de quienes provocaron el acto racista.

En Costa Rica, hace unos días, un hombre irrumpió en un comercio al detalle administrado por personas de origen oriental. De nuevo el video como herramienta de denuncia, captó improperios de corte xenofóbico que el hombre profirió contra la mujer encargada del negocio.

No es de recibo pensar que sus disculpas posteriores en medios de comunicación atenúen la matriz histórica, colonial, xenofóbica, que esconden sus insultos y su idea de que Costa Rica es para los nacionales. Con esa idea se ha cimentado una comunidad imaginada basada en una superioridad biológica y social inexistente.

Esa acción de tirar la piedra y luego disculparse, no resulta válida en un mundo como hoy. Se debe más bien restituir una conducta colectiva basada en la aceptación y la convivencia, que deben ser instrumentos de política pública y currícula educativa de forma inmediata.

Preocupa el hecho en el supermercado, por supuesto. Pero preocupa aún más la ausencia de una visión amplia en materia migratoria y de integración de las autoridades gubernamentales costarricenses electas para el periodo 2022-2026. Es urgente trabajar desde ya para contar con la continuidad, evaluada por supuesto, de una política migratoria integral cuya implementación de 10 años termina en 2023.

En este instrumento es necesario fortalecer las herramientas para abordar con perspectiva constructiva y formativa el tema del racismo y la xenofobia.

En lo que esta posibilidad encuentra interlocutores válidos y sensibilizados, acciones restitutivas y reparadoras aparecen para mediar el dolor y la pesadumbre de una persona expuesta a través del insulto infundado, la exclusión y la discriminación.

Justamente una campaña aparecida en el mismo twitter, llamó a llenar de flores, de todas las flores, el negocio de la mujer agraviada con insultos xenofóbicos. Pienso en cuantas cuarterías, comunidades, espacios de habitabilidad de poblaciones migrantes en Costa Rica merecen ser adornadas con esos mismos colores, esa misma actitud de restitución de la dignidad.

La reparación no debería quitar el dedo del renglón de lo urgente por hacer, pero al menos llena de color y luz un alma que un buen día salió de su país para recalar en este otro, construido también con su esfuerzo.

Segunda ronda: Triunfo del voto “Qué me da” sobre el voto “Caperucita Roja”

Edgar Chacón Morales

Segunda ronda: Triunfo del voto “Qué me da” sobre el voto “Caperucita Roja”. Conclusiones y … realidades que hablan en las urnas

                El sábado 2 de abril hice públicas algunas reflexiones bajo el título: El voto “Qué me da” y el voto “Caperucita Roja”.

Hago esta mención, porque las reflexiones que siguen, están en relación directa con esas otras (https://wp.me/p6rfbZ-hC4).

                Según los resultados de las votaciones del 3 de abril y contadas las papeletas depositadas en más del 90 por ciento de las mesas electorales, estos escrutinios daban a Rodrigo Chaves por ganador. Chaves 972.397 votos, el 52.89% y a José María Figueres Olsen 865.227 votos, el 47.11%.

                Las tres provincias costeras: Guanacaste 53.443 votos a Figueres y 66.747 a Chaves; Puntarenas 57.920 votos a Figueres y 89.256 a Chaves y Limón 47.381 votos a Figueres y 80.665 a Chaves.

                Las provincias de la Gran Área Metropolitana: San José 330.583 votos a Figueres y 315.359 a Chaves; Alajuela 157.321 a Figueres y 204.796 a Chaves; Cartago 120.991 a Figueres y 112.067 a Chaves; Heredia 97.588 a Figueres y 103.507 a Chaves.

                Con estos conteos ya se daba por ganador a Chaves: En Alajuela y Heredia y a Figueres en San José y Cartago. Este último, sólo ganó en dos de las siete provincias del país y Chaves en cinco.

                Siguiendo con las estadísticas, con muy poca diferencia Figueres ganó en San José y Cartago. Con alrededor de quince mil votos en San José y con alrededor de ocho mil votos en Cartago. Mientras que Chaves ganó en Alajuela con una diferencia de alrededor de cincuenta mil votos y en Heredia con una diferencia de alrededor de seis mil votos.

                En las provincias costeras, Chaves ganó en Guanacaste con una diferencia de alrededor de trece mil votos; en Puntarenas con una diferencia de alrededor de treinta mil votos y en Limón con una diferencia de alrededor de treinta y tres mil votos.

                Entonces Chaves ganó en las tres provincias más empobrecidas, olvidadas y abandonadas, con más votos “Qué me da”, que con votos “Caperucita Roja”.

                Por otro lado, en las dos provincias de la GAM que ganó Chaves, sumadas las diferencias, son mayores que en las dos que ganó Figueres.

                El dato relevante acá, es que en las cuatro provincias es notorio el aumento de los signos de pobreza, los datos sobre falta de oportunidades, entre otras evidencias de deterioro social, por lo que tiene elementos de acierto decir que aquí, también el voto “Qué me da” le ganó al voto “Caperucita Roja”.

                Esto es la realidad objetiva. En cuanto a los factores subjetivos, los mensajes de Figueres al voto “Qué me da”, fueron más demagógicos y sin asidero. Mientras que los mensajes de Chaves hacían alusión a tomar medidas dirigidas a bajar los fondos del Estado que “se van” en la corrupción, para crear oportunidades a los sectores marginados, para dar opciones a acceder a algo más que sus tres necesidades básicas: comida, vestido y habitáculo. Y agregar acá, tal vez para algunos, celular y signos externos de marca.

                Según un servidor de transporte público de taxi: “Sí, es que la gente piensa, y se lo digo porque aquí se sube toda clase de gente: Si el dinero de la corrupción sólo va a dar al bolsillo de los ricos, mejor que roben pero que venga a dar algo a nosotros. Porque Chaves no es ninguna “santa paloma”, también va a robar”.

                El voto “Caperucita Roja”, con sus miedos, con el susto sobre que Chaves va a terminar siendo un dictador de bigotito corto y pelo alborotado, no aportó lo suficiente para un gane.

                Tampoco alcanzó el juego de algunos personajes de entrevista, de “medios de comunicación” (que no son medios porque no median) de aquellos canales unidireccionales o correas de transmisión que sólo llevan des información en un sentido; esos a los que con desatino les dicen “prensa vendida”, sin saber que no es vendida sino parte del festín.

                El voto tradicional de saga, con actitudes irreflexivas y desinformadas, se apresuró a degenerar refranes y dichos. Esta población, fue capaz de transformar el refrán “Mas vale lo viejo conocido que lo nuevo por conocer”, primero en “más vale lo malo conocido…” y luego en “más vale ladrón conocido…”, esto desde la primera vuelta del 6 de febrero, no sólo ante la disyuntiva Chaves-Figueres. La dignidad ciudadana parece que fue escondida por un miedo irracional, el conformismo, o el desinterés por informarse.

                Aquí llegan al recuerdo cosas como: “Es que mi abuelita me hizo jurar que no iba a botar por otro partido”, sin reflexionar que esos eran los tiempos de Don Pepe y del Calderón Guardismo y no los tiempos de los que, con sus actos, han permitido que les llamen “Pinocho”, “Chemisillo”, o hasta “el hijueputa”, como uno de ellos lo admite y de otros que ellos mismos han patrocinado para convertirlos en azotes, para toda la población, que no es parte de sus grupos.

                Recuérdese que cuando Figueres quiso evidenciar a Chaves como acosador, éste lo desnudó como agresor y abandónico.

                Veremos si Chaves le sigue la pista al negocio de la energía privada, negocio de Figueres y otros. Tal parece que no.

                Por otro lado, lo que para unos y para Chaves mismo parece “trapito de dominguear”, para otros es una vergüenza: funcionario del Banco Mundial, una organización nefasta para pueblos y países empobrecidos, en lo que, entre otros, este organismo tiene responsabilidad.

                Algo o mucho, parece decir que el tiempo del PLUSC, cuando familias tenían un miembro en cada partido, sin importar cuál gana, está terminando, ufff.

                Así también, el voto que le dio la pérdida a Figueres, es aquel voto de quienes ya están hartos de tanta corrupción y descaro y de otros que, con pragmatismo dicen: “Y para mí cuando”.

                Ahora bien: Tanto Figueres como Chaves, los dos fueron a ofrecerse y pedir votos, a los “demonios de la Ideología de género”, los dos parecen congeniar los mismos intereses de servidumbre y propia servidumbre, ya se fueron a buscar entre ellos y se hicieron ofrecimientos mutuos y ya parecen delinear el camino: ellos ganan y los demás perdemos.

                Tiempo para reflexionar: con la mayoría del voto “qué me da”, podría pensarse en un trabajo, para que sea protagonista y no sólo la mayoría manipulada que pone la mano en los procesos de votación.

                Al voto “Caperucita Roja”, le queda entender que el miedo no es el mejor motor.

                Al voto tradicional de zaga, le queda preguntarse y responderse: ¿va a la zaga de qué o de quiénes?

                En fin, según aquellas palabras de Joseph de Maistre: “Cada pueblo tiene el gobierno que se merece”.

Abril de 2022.

Cuando decimos “No a la guerra”, ¿qué decimos?

Leopoldo Cook

Leopoldo Alberto Cook y Antonorsi

23/03/2022

  1. Es importante precisar que “guerra”, hoy en día, no se refiere sólo al uso de la violencia con armas físicas (convencional). Por guerra entendemos a todas sus generaciones, hasta la quinta generación. Por tanto, trasciende al enfrentamiento entre bandos mediante el uso de armas de fuego en forma convencional, incluye también la guerra asimétrica, la guerrilla, la guerra de baja intensidad, la guerra sucia, el terrorismo de Estado, la propaganda, con inclusión de la cibernética y de la población civil, la política, las finanzas. En ella intervienen estados y grupos privados mercenarios. Ocurre en todo el planeta.

Oponerse a la “guerra” sólo cuando esta se manifiesta en la forma convencional es simplista.

Oponerse a la “guerra” sólo cuando la visibilizan los medios de comunicación privados es complicidad.

  1. Ser no violento es diferente de ser pacifista. El pacifista en general se opone al uso de la violencia en cualquier circunstancia (y debería recurrir al término amplio de violencia). El No violento busca el mínimo grado de violencia posible, pero teniendo en cuenta que hay una gama de principios y valores tan importantes a la paz y a la vida.

Por ejemplo, el mismo Gandhi aconsejó a un campesino, durante su larga investigación en la región de Champarán, que, si un terrateniente pretendía abusar de su hija, defendiera su dignidad con una escopeta, si era necesario. La dignidad está por encima de la No violencia. Y en la Guerra Mundial, siendo la India parte del Imperio Británico, en lugar de aislarse, Gandhi optó por participar en apoyo a Inglaterra, si bien en los cuerpos de enfermería. Entendió que se luchaba contra el fascismo.

He citado muchas veces los casos de Mandela, Camilo Torres y hasta la Iglesia Católica que ha llegado a justificar la “guerra justa y la insurrección revolucionaria en el caso de tiranías evidentes”. La “paz” no es un valor absoluto. En aras de la “paz” no podemos cerrar los ojos ante el avance del fascismo.

  1. Cierto que es de lamentar el uso de las armas en el caso Rusia – Ucrania – OTAN. Pero sería ingenuo ignorar los dos puntos anteriores. Sería como quien llega a un sitio y presencia una pelea ya comenzada, y reclama el uso de la violencia por quien en ese momento tiene el puño alzado. No se toma la molestia de averiguar qué sucedió antes, contra quién esgrimía el puño y por qué.

¿No lleva la nación de EEUU décadas, siglos, con el puño alzado contra los pueblos del mundo? ¿No ha estado impulsando la guerra en todas sus modalidades y generaciones? ¿No viene avanzando hacia un intento de control global del Planeta? ¿No es el principal enemigo de la humanidad (aunque no el único)? ¿No es una representación clara del fascismo?

La guerra es nuestro enemigo. Pero por encima de ese enemigo, está el neoliberalismo, causante de la guerra. Si se sale con las suyas, habrá un mundo unipolar, tiránico, fascista. Para llegar a la paz hay que pasar por la multipolaridad.

La Constitución Mundial para la Federación de la Tierra es el mejor instrumento para llegar allá.

La otra Costa Rica; la que resiste

Albert Einstein (1879-1955): Si vamos a cuestionar la presencia viva de los Espíritus, empecemos entonces por negar la existencia del átomo, que continúa imperceptible a los ojos humanos desarmados, pero existe.

Rafael Ángel Ugalde Quirós* Especial para SURCOS.

I.- Imaginando un extraterrestre sobrevolando el país el pasado 6 de febrero quizá pensaría que la situación de 25 partidos políticos en la lucha por el sillón presidencial de Zapote alabaría seguramente la “perfección” del “Contrato Social” – obra de Jean Jacques Rousseau en 1762- en la pequeña “hacienda” de 51 mil kilómetros cuadrados y 3.541.908 “ticos” habilitados para sufragar. Nada más alejado de la realidad una vez con los pies sobre la tierra: El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aunque tuvo capacidad para dirigir un debate con 25 aspirantes presidenciales en condiciones de igualdad, no lo hace. No le interesa. Su mayor comodidad es contar votos y jamás profundizar la democracia con participación masiva de los ciudadanos en la “res” pública, como decían los romanos. Le interesa más que sean las dos grandes cadenas nacionales de televisión, con los riesgos, los sesgos e intereses que todos conocen a favor de dos partidos políticos, que sea este tribunal quien impulse el debate de ideas en igualdad de condiciones entre los candidatos presidenciales. Este desinterés del TSE, en gran medida, da así a los procesos electoreros un ambiente carnavalesco, con los grandes bancos y consorcios económicos, financiando y fiscalizando lo que ellos han sintetizado llamando la gran “fiesta democrática”.

Un estudio del semanario Universidad (21/11/2021) reveló, por ejemplo, que los bancos privados BCT y Banco Promerica concentraron el 80% de los bonos de deuda política, o certificados de cesión, liquidados en la campaña electoral del 2018. Eran los únicos dos bancos con créditos formalizados para las elecciones de 2022, según datos de la Tesorería Nacional.

El total cancelado por concepto de deuda política (incluyendo los intereses), asciende a los ¢14.808 millones, de los cuales los bancos BCT y Promerica concentraron ¢12.123 millones. La primera entidad bancaria es presidida por Leonel Baruch, mientras que el presidente de la Junta Directiva de Promerica es Edgar Zurcher.

Los certificados de cesión son un instrumento de financiamiento contemplado por la legislación costarricense en el que los partidos pueden ceder su acceso al financiamiento público a entidades bancarias o particulares. Los bancos en este caso financian de manera anticipada especulando cuánto recibirá de votos cada partido por medio de las encuestas públicas e incluso propias.

“Es un mecanismo especulativo como en la Bolsa de Valores. Tiene una expectativa de retribución de la inversión que hizo al comprar el título, más los intereses ganados por ese financiamiento que le está otorgando, quien recibe esa plata son los bancos. No van a perder ni los bancos, ni los financistas tipo A (los que tienen mayor posibilidad de ser cancelados) que compran estos bonos a varios partidos porque para ellos es un negocio, no hay necesariamente un vínculo partidario”, explicó Rotsay Rosales, coordinador del Observatorio de la Política Nacional (OPNA) de la Universidad de Costa Rica (UCR).

II. Una lectura cursi, con estándares oficiales reduccionistas, nos llevaría a pensar en más de 1.400.000 de votantes desinteresados por las elecciones del 6 de febrero pasado, con niveles de abstencionismo del 40% nunca visto desde 1958 y por lo cual, al TSE le cabe abundante responsabilidad.

Sin embargo, atendiendo otras sintomatologías sociales, infectadas por los grupos de poder desde hace 40 años, no podría cerrarse los ojos frente a la enfermedad que padece la “otra” Costa Rica. La marginada, la ausente de las pantallas de la televisión, a no ser por el proceso de “colombianización”, reducido desde la oficina del tecnócrata a una supuesta “lucha entre bandas” o “actuación de sicarios”, como si esos hechos no fueran cara de una misma moneda. Es el “otro” país, el del campesino quebrado a la fuerza, sin tierra y siervo perene de la banca, pueblos pesqueros que ven como otros se roban la riqueza marina en sus propias barbas, la otra república, la de los cientos y cientos de desempleados, los “informales” perseguidos noche y día, los desnutridos, etc., frente a la buena salud mostrada por miembros de los pequeños grupos beneficiados con la renuncia a la soberanía alimentaria, a la educación pública gratuita y de calidad, a la universalización de la salud, a la entrega de los puertos, las carreteras, las telecomunicaciones y los aeropuertos.

El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) lo están paralizando para luego, como buitres, caerle encima. El ex gerente de telecomunicaciones, Jaime Palermo, acaba de denunciar (Diario Extra 14/2/2022) que las autoridades actuales están paralizando las operaciones técnicas y comerciales del sector Telecomunicaciones, de modo que ponen en riesgo el futuro de la entidad. El hizo un recuento de las acciones que, según su opinión, han provocado que la entidad, en competencia desde el 2011, perdiera diez puntos del mercado de la telefonía celular y lo cediera a las empresas con las que compite tan solo en 2020.

Para el exfuncionario, la jerarquía del ICE, encabezada por su presidenta ejecutiva Irene Cañas, y su gerente general, Hazel Cepeda, ha priorizado la supuesta recuperación financiera de la institución sacrificando inversiones clave para su desempeño comercial, lo cual le ha generado una caída en la participación del mercado e incluso una baja en la calidad de los servicios móviles expuesta por informes de Sutel. Una vez enfermo y famélico el ICE se vende al mejor postor, o lo convierten en elefante blanco al mejor estilo de RECOPE, el CNP, el INVU.

A los foros mundiales “esta” Costa Rica floreciente asiste como hazmerreír junto con otras comparsas regionales, siendo el mejor ejemplo de ello el rol asignado en el “Grupo de Lima” o en la deteriorada OEA, a raíz del papel jugado en el golpe de estado en Bolivia. “Este” país floreciente habla en los foros mundiales de energías verdes, lucha pro ambiente, cero carbono y no más calentamiento global, pero sus ríos son cloacas a cielo abierto y sus océanos basureros de plásticos.

La “otra” Costa Rica, la que soportó la multimillonaria campaña politiquera, la que sigue resistiendo (La Nación acaba de descubrir que “alza en costo de la vivienda y baja en ingresos truncan sueño de tener casa propia” 14/2/2022), sea rural o urbana sabe perfectamente que el sistema de los partidos políticos es un negocio como es el fútbol, la venta de copos o cualquier otra actividad rentable, pues nuestros “lideres” políticos nos los dan empacados con lazos de colores, no existiendo además, posibilidad alguna de sustitución en caso que salgan mentirosillos o cleptómanos.

III. Un recuento de los votos en blanco y nulos realizados por Universidad (7/2/2022) en esta elección presidencial de 2022 da como resultado un total de 26.676, un número mayor que la cantidad de votos que obtuvieron individualmente 19 de los 25 partidos políticos que estaban en papeleta el domingo 6 de febrero.

Solo los partidos Liberación Nacional (PLN), Progreso Social Democrático (PSD), Nueva República (PNR), Unidad Social Cristiana (PUSC), Liberal Progresista (PLP) y Frente Amplio (FA), superaron esa cantidad de votos inválidos.

A esta lista se puede agregar la agrupación Costa Rica Justa (CRJ) si se tiene en cuenta solo la cantidad de votos nulos, que se situó en 16.565, con lo cual supera a las restantes 18 formaciones partidarias. Igualmente, los votos en blanco, que por el momento son 10.111, ganan a 12 partidos políticos.

Los campesinos subsisten a brincos y saltos y su crisis es evidente.

La Coalición Pueblo Unido, que a última hora superó serios problemas internos y se sobrepuso a los plazos para inscribirse, superó el último lugar en el escrutinio y dejó en la posición 25 al Movimiento Libertario (ML) que pareciera desaparecerá, al menos con su actual dirigencia. Según el análisis de Universidad, el Partido de los Trabajadores (PT) en estas elecciones incluso superó al ML. Años atrás esta organización se mantuvo en la pugna presidencial, siendo una de las fuerzas políticas con más adeptos. Por otra parte, destaca que el PLN y el PSD, los dos partidos que irán a segunda ronda el próximo 3 de abril, obtuvieron juntos el 43,96% de los votos válidos, pero solamente el 22,67% del padrón electoral. Esto quiere decir que las dos principales fuerzas políticas del país no alcanzan juntas ni la cuarta parte de la población votante. Al buen entendedor pocas palabras.

De esta manera, para el ganador de la segunda ronda de las elecciones del 3 de abril, sería ingenuo desconocer ese otro país que, en silencio, resiste la noche más larga y triste de la historia reciente de Costa Rica. Larga porque son 40 años desde que prometieron “desarrollo” con libre competencia; triste por el autoritarismo cada vez más asentado en los últimos gobiernos, con o sin pandemia. El encierro a que fuimos sometidos por la pandemia se tradujo en más de 2 mil millones de colones por multas a la restricción vehicular.

Sin embargo, los resultados de las pasadas elecciones, independientemente que sea electo José María Figueres, asiduo amigo de la ley de empleo público impulsada por Carlos Alvarado y el “gobierno corporativo”, o Rodrigo Chávez, un conocido pupilo del Banco Mundial, sumado a la formación de una asamblea legislativa controlada por la llamada “derecha”, hay una enorme reserva moral y espiritual que representan quienes desatendieron el llamado a votar. Estos espíritus, que no se ven, como diría Einstein, pero allí están atrincherados, pintan una Costa Rica de conflicto, donde las masas exigen un proyecto de sociedad nuevo, con inclusión social, con equidad, independencia y esperanza. Donde no bastaría la promesas de creación de empleo, sino que además implican ingresos blindados contra la inflación. Un país insuficiente si se habla de turismo como actividad para unas pocas empresas hoteleras, dejando a un lado las comunidades y el pequeño y mediano artesano. Un país cuyos espíritus arrinconados ya no quieren “gobiernos corporativos” y paralelos; menos “alianzas estratégicas” para que el Estado entregue sus recursos a pequeños grupos de poder en un nefasto juego de “tigre suelto” contra “burro amarrado”. Pareciera que en esta Costa Rica empeñada en configurarse para el 2026 los llamados partidos de “izquierda” conciliábulos, “light” y al mejor estilo de Boric en Chile o Castillo en Perú, tienen la última oportunidad para no correr la misma suerte del ML o el Acción Ciudadana (PAC). Ello, por cuanto, si aparece una organización que articule las demandas de salario mínimo digno, soberanía alimentaria, política exterior independiente, tierra para quien la produce, el Estado en función de los costarricenses y no protegiendo solo grupos oligárquicos, entre otros, esta masa “invisible” como reserva moral se abrirá paso entre fatales “progresismos” de cafetín o camuflados “patriotas” que dan la vida por los monopolios lácteos, financieros o del azúcar; contra todos los pronósticos exigen “otro” país en que volvamos a vivir todos con alguna dignidad.

Por el momento es lo que hay.

Periodista, abogado y notario por la U.C.R.

No que renuncien – Hay que echarlos

Óscar Madrigal

La conversación del alcalde Walter Céspedes con un gerente de Meco es el claro y fiel reflejo del nivel moral y político al cual han llegado buena parte de los políticos costarricenses. La inmoralidad y ausencia de ética que muestra esa conversación, así como las otras divulgadas del resto de alcaldes detenidos, es la imagen real de la bancarrota de muchos políticos.

Los alcaldes son los máximos dirigentes de los gobiernos locales pero muestran que no tienen respeto ni por ellos mismos, que son simples mercaderes de prebendas, que muestran una falta de dignidad para convertirse en sucios servidores de los gerentes de las grandes compañías.

El alcalde de Matina ofrece favores sexuales a cambio de bacheos; el de Escazú que le hagan arreglos en la casa de la mamá en vehículos sin el logo de Meco; el de Alajuela intercambio de “favores” dando y dando; el de Osa que le eliminen esa “mierda” de la acusación penal que le impide ser diputado o el de San José que le “donen” miles de dólares para pagar abogados. Estos son sobre los cuales hay pruebas irrefutables, porque fueron grabadas sus conversaciones. ¿Cómo estará el resto de alcaldes, nos preguntamos?

El primer sentimiento que embarga a las gentes es el del asco, porque choca con una realidad que todos sabíamos que existía pero que ahora ha quedado claramente documentada en las grabaciones. Pero ese primer sentimiento se convierte en rabia y certeza que todos los políticos son corruptos y que por eso son motivo del desprecio de los ciudadanos. Por eso llaman “ladrón” al presidente, porque él encarna, con razón o no, la representación de todo ese grupo de políticos corruptos.

La verdad es que hasta a los más avezados, duchos o experimentados en la participación política, nos ha alarmado el nivel moral donde ha caído la política nacional. Esos dirigentes ya no tienen respeto ni por ellos mismos, son más pachucos que los pachucos, son más arrastrados ante los poderes económicos que nadie, son unos pordioseros de la ética, unos inescrupulosos que no se detienen ante nada, son los que utilizan el poder para su exclusivo enriquecimiento, son solo parásitos del pueblo.

Ante estos hechos tan repugnantes, es impostergable actuar con la fuerza necesaria para dar un vuelco radical y acabar con todo ese grupo, no solo para pedirles que se vayan, sino para obligarlos a irse.

Mujeres lideresas del movimiento nacional indígena de Costa Rica se pronuncian ante declaraciones racistas y misóginas

SURCOS comparte el siguiente comunicado enviado por Elides Rivera Navas

26 de noviembre de 2021

LAS MUJERES LIDERESAS DEL MOVIMIENTO NACIONAL INDÍGENA DE COSTA RICA

NOS PRONUNCIAMOS

Mano de Tigre y ACOMUITA

Contra las declaraciones racistas y misóginas del Alcalde Walter Céspedes del Cantón de Matina y exdiputado de la Asamblea Legislativa en dos ocasiones, militante del Partido Unidad Social Cristiana, quien violenta a la mujer indígena al considerarla como una cosa o un objeto de cambio o pago, actuación que realiza desde su investidura de Alcalde, mediante la cual vulnera y denigra directamente la dignidad de la mujer indígena. Como mujeres indígenas, lideresas y defensoras de los derechos humanos, repudiamos este tipo de acciones que pretende normalizar la discriminación y la violencia contra la mujer indígena, actuación que condenamos y reprochamos enérgicamente.

Las mujeres indígenas, decimos basta, de tanta violencia, exigimos con base en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, mediante la cual el Estado se ha obligado a proteger los derechos humanos de la mujer, exigimos que se sancione al señor Walter Céspedes con la máxima rigurosidad y que renuncia a su cargo de Alcalde.

Además, solicitamos, al TSE, que inicie una investigación y que inmediatamente suspenda las credenciales del Alcalde Walter Céspedes, que sea inhabilitado para que no pueda ocupar cargos públicos. Solicitamos, al Partido Unidad Social Cristiana tomar medidas contra este tipo actos discriminatorios y racistas, que más que aportar a la democracia, al respeto, promueve la violencia y la discriminación contra la mujer que se profundiza contra la mujer indígena.

Por eso, en el marco del 25 de noviembre Día Internacional de la No Violencia Contra las Mujeres, el Movimiento Nacional de Mujeres Indígena, exigimos respeto a nuestros derechos, exigimos vivir en un país libre de odio, y violencia contra las mujeres, violencia que se profundiza contra la mujer indígena y la memoria de nuestras ancestras violentando los derechos y dignidad de la mujer indígena.

Exhortamos a las autoridades competentes sancionar, actos y manifestaciones que denigran y vulneran la dignidad de la Muer indígena y que va en contra de los principios y valores, de las leyes e instrumentos internacionales ratificados y reconocidos por el Estado costarricense, que reconocen y los derechos de la mujer.

Mano de Tigre y Asociación Comunal de Mujeres Indígenas de Talamanca (ACOMUITA)

En defensa de los derechos humanos y dignidad de la mujer indígena

Exigimos al MEP respeto a la población estudiantil y al magisterio nacional

13 de noviembre, 2021.
San José, Costa Rica

Para:
Despacho de ministra y viceministra
y Auditoría de Servicios del MEP
Defensoría de los Habitantes
Cc. UNICEF-CIDH

El día viernes 12 de noviembre las personas estudiantes de quinto grado de la Educación General Básica de Costa Rica fueron expuestas por primera vez a la última prueba de las evaluaciones denominadas FARO, en las asignaturas de español, ciencias y matemática. La última prueba se hace llamar Factores Asociados y pretende evaluar las condiciones en las cuáles viven y estudian dicha población estudiantil. Sin embargo, a criterio de personal docente y administrativo, madres y padres de familia esta última prueba excedió por mucho los límites físicos, psicológicos y emocionales de aproximadamente 70000 niñas y niños con edades entre 10 y 11 años.

Se afirma lo anterior, dado que dicha prueba dio inicio a las 9 am y estaba programada para ser realizada en un lapso de 3 horas, sin poder hacer recesos y con la instrucción de que era obligatorio completar la totalidad. Además, debían permanecer en el aula con el cubrebocas durante todo este lapso y solamente podían salir a tomar agua o al servicio sanitario; incluso, un porcentaje significativo la desarrollaron en aulas que no cuentan con las condiciones idóneas bio-sanitarias. Cabe mencionar que, en las pruebas anteriores de asignaturas básicas, a las 3 horas tenía que ser retirada por la persona docente, sin excepción alguna.

Reafirmamos que el Ministerio de Educación Pública (MEP) ha atropellado los derechos de las niñas y de los niños al someterles a cuestionarios de FARO exhaustivos que, aunque han sido diseñados para 3 horas, exceden dicho lapso entre 1 y 2 horas más, debido a su complejidad y extensión desmedida, incoherente totalmente con las condiciones y necesidades de la población infantil. También, nos preocupa que la vivencia en los centros educativos se da en un clima de tensión e incertidumbre ya que todas las personas involucradas fueron expuestas a un requerimiento más allá de los lineamientos y protocolos que el MEP ha establecido durante la pandemia.

Esta evaluación denominada Factores Asociados se divide en 4 folletos: 1. Tronco común (36 ítems y debían completar 190 respuestas) con el fin de evaluar el trabajo docente en pandemia, uso de la tecnología, conexión a clases en Teams, además de un censo socioeconómico con cuestionamientos sobre su familia y calidad de vida; 2. Español (26 ítems y 183 respuestas); 3. Matemática (16 ítems con 106 respuestas); 4. Ciencias (15 ítems con 142 respuestas). Los folletos de materias específicas refieren al desempeño del docente de cada materia.

Consideramos inconcebible que desde el propio MEP se diseñen herramientas que contienen preguntas hasta con 30 posibles respuestas; situación que condiciona al personal docente a leer una por una a fin de disminuir el cansancio y la tensión estudiantil en tanto tenían que dar 621 respuestas al contar algunos ítems con opción de respuestas múltiples.

Este cuestionario paradójicamente se presentan con la supuesta intención de identificar factores sociales y educativos que podrían afectar el desempeño y resultados estudiantiles en las pruebas FARO; no obstante, ante su extensión y alto grado de complejidad, el personal docente y familiares de las personas menores de edad confirman que muchas tuvieron serias complicaciones por agotamiento, estrés y ansiedad: vómitos, temblores en las manos, taquicardia, frustración, angustia y cansancio extremo. A lo anterior se suma que era la última prueba consecutiva de cuatro, donde el malestar y la angustia de las familias aumentaba al ver que sus niñas y niños no salían del centro educativo a la hora programada (12 mediodía).

Una directora manifiesta al Semanario Universidad que esta situación es de “injusticia” pues en el centro educativo que administra las y los menores de edad salieron cerca de la 1 p.m., negándoles el MEP el derecho a descanso o recesos. Las personas estudiantes afirman tener dolor de manos ya que rellenar cada círculo en la hoja de respuesta debe hacerse con firmeza para que quede constancia de la misma.

Instamos a la articulación de los diferentes sectores interdisciplinarios y comunidades educativas para indagar sobre las motivaciones estructurales de donde se derivan las pruebas FARO y su conexión con iniciativas similares en otros países de la región, en un escenario de constantes atropellos a las comunidades educativas, incluyendo al magisterio nacional, agudizados a raíz de la pandemia COVID19.

Es lamentable que, pese al impacto inhumano en la población estudiantil, la viceministra de educación plantea que supuestamente “A nivel internacional, este tipo de factores se analizan precisamente para explicar cómo es que los estudiantes alcanzan ciertas calificaciones”, y reitera que los cuestionarios se seguirán aplicando (próxima programación para décimo año el 8 y el 13 de diciembre del año en curso) siendo indiferente ante la situación antes expuesta.

La población estudiantil que será expuesta a este tipo de cuestionarios es de 170000 estudiantes de quinto y décimo año en total según datos del Semanario Universidad. Dichas pruebas tienen un costo monetario para el MEP de 2560 millones de colones. Es importante recalcar que durante los dos últimos años 2020 y 2021 las fechas y los niveles educativos asignados inicialmente han sufrieron cambios, provocando a nivel estudiantil un clima de incertidumbre y ansiedad; en especial, en quinto y sexto grado, y décimo y undécimo año. Así, estas pruebas constituyen en sí mismas un factor determinante durante la pandemia que incrementa la ansiedad, estrés y depresión estudiantil.

Es preocupante el manejo de la información que el MEP ha mantenido en torno a las pruebas FARO, además de inestable, ambiguo y confuso en cuanto a la precisión de lineamientos administrativos y de las habilidades a evaluar y de los contenidos en que las personas estudiantes necesitan prepararse más.

Respaldamos el proceder de directoras, directores y docentes conscientes y sensibles a la niñez quienes, como garantes de la seguridad integral de las personas estudiantes, sintieron la necesidad ética de tomar decisiones protegiendo la integridad física y emocional del estudiantado ante un proceso claramente inhumano, insensible y antipedagógico. De igual manera, madres y padres de familia se sumaron a la actitud respetuosa y humana de muchos centros educativos agradeciendo su identificación con el alumnado ante la crisis y agotamiento extremo que ocasionó esta directriz impuesta desde las autoridades educativas.

Afirmamos que independientemente de que los cuestionarios tengan o no un carácter evaluativo, causaron en la comunidad estudiantil un conjunto de efectos que reflejan una clara violación a los Derechos Humanos de las y los niños por parte de las autoridades del MEP.

Exigimos al Ministerio de Educación Pública de Costa Rica:
NO MÁS ATROPELLOS A LA DIGNIDAD E INTEGRIDAD
DE LAS NIÑAS Y DE LOS NIÑOS ESTUDIANTES Y MAGISTERIO NACIONAL
Comunidades educativas de Costa Rica

Firmas responsables:
Ana Lorena Dávila Cubero

Trabajadora social
María Trejos Montero
Maestra jubilada

comunidadeseducativascr@gmail.com

CONSTITUCIÓN DE LA TIERRA

(Proyecto Ferrajoli)

Nosotros, Pueblos de la Tierra, que en el curso de las últimas generaciones hemos acumulado armas mortíferas capaces de destruir varias veces la Humanidad, hemos devastado el ambiente natural y puesto en peligro la habitabilidad de nuestro Planeta con nuestras actividades productivas;

            Conscientes de la catástrofe ecológica que pesa sobre la Tierra, del nexo que liga la supervivencia de la Humanidad y la salvaguarda del Planeta, y del riesgo de que, por primera vez en la Historia, a causa de nuestras agresiones a la Naturaleza, el género humano pueda extinguirse;

            Decididos a salvar la Tierra y las generaciones futuras de los flagelos del desarrollo insostenible, de las guerras, de los despotismos, del crecimiento de la pobreza y del hambre, que ya han provocado devastaciones irreversibles a nuestro ambiente natural, millones de muertos cada año, lesiones gravísimas de la dignidad de las personas y una infinidad de indecibles privaciones y sufrimientos;

            Decididos a vivir juntos, sin excluir a nadie, en paz, sin armas mortíferas, sin hambre y sin murallas hostiles; decididos a garantizar un futuro a la especie humana y a las otras especies vivientes; decididos a realizar la igualdad en los derechos fundamentales y la solidaridad entre todos los seres humanos y asegurar sus garantías de vida, de dignidad, de libertad, de salud, de instrucción y de mínimos vitales, promovemos un proceso constituyente de la Federación de la Tierra, abierto a la adhesión de todos los Estados existentes, para estipular este Pacto de Convivencia Pacífica y de Solidaridad.

PRIMERA PARTE. LOS PRINCIPIOS. LOS FINES

Título Primero. Principios Supremos

            Artículo 1. La Tierra, casa común de los seres vivientes.

  • La Tierra es un planeta viviente. Como casa común, pertenece a todos los seres vivientes: a los seres humanos, a los animales y a las plantas. También pertenece a las generaciones futuras, a las cuales nuestra generación tiene el deber de garantizar, con la continuación de la Historia, que puedan venir al Mundo y sobrevivir.
  • La Humanidad es parte de la Naturaleza. La vida y la salud del género humano dependen de la vitalidad y de la salud del mundo natural y de los otros seres vivientes, animales y vegetales que, junto a los humanos, forman una familia ligada por su origen común y su interdependencia global.

            Artículo 2. Los fines de la Federación de la Tierra.

            Los fines de la Federación de la Tierra son:

  • Garantizar la vida presente y futura sobre nuestro Planeta en todas sus formas y, para ello, poner término a las emisiones de gases con efecto invernadero y al calentamiento global, a la contaminación del aire, del agua y del suelo, a las deforestaciones, a las agresiones a la biodiversidad y a los sufrimientos crueles infligidos a los animales;
  • Mantener la paz y la seguridad internacional y, para ello, prohibir todas las armas, nucleares y convencionales, suprimir los ejércitos nacionales y así realizar el desarme de los Estados y de las personas, y conferir el monopolio de la fuerza a las instituciones de policía;
  • Promover entre los pueblos relaciones amistosas de solidaridad y de cooperación en la solución de los problemas globales de carácter ecológico, político, económico y social; y para ello, garantizar la igual dignidad de todas las personas y la conservación y la tutela de todos los bienes vitales;
  • Realizar la igualdad de derechos fundamentales para todos los seres humanos y, para ello, poner a cargo de las instituciones adecuadas, las funciones globales que garanticen los deberes de prestación y las prohibiciones de lesión que aseguren aquellos derechos.

Artículo 3. Dignidad de la persona.

  • La dignidad de la persona humana es inviolable. Es deber de todos respetarla y tutelarla. En la riqueza de sus diferencias que esta Constitución tiene la misión de tutelar, los seres humanos constituyen una familia indivisible como sujetos iguales en dignidad y derechos, titulares de bienes comunes y responsables solidarios de la vida sobre la Tierra y del deber de conservarla y transmitirla de generación en generación.

Artículo 4. Principio de igualdad

  • Todos los seres humanos son iguales frente a la ley.
  • Todos los seres humanos son iguales en los derechos fundamentales. Su igual dignidad impone el derecho de cada uno al respeto y a la afirmación de todas sus propias diferencias personales –de sexo, nacimiento, nacionalidad, lengua, religión, orígenes étnicos, opiniones políticas, tradiciones culturales y de cualquuier otro rasgo de la propia identidad- y a la máxima reducción de las desigualdades económicas y sociales.
  • La igualdad frente a las leyes implica que las normas de ley no sean oscuras ni vagas sino, hasta donde sea posible, unívocas y precisas.
  • La igualdad en los derechos fundamentales implica que tales derechos, en los ordenamientos de los diversos Estados, sean igualmente garantizados a todos los seres humanos, sin discriminaciones ligadas a sus diferencias personales. Las garantías de estos derechos, si son inexistentes o inefectivas en los ordenamientos estatales, serán aseguradas por las Instituciones Globales de Garantía previstas en el Título III de la Segunda Parte de esta Constitución.

Artículo 5. Ciudadanía de la Tierra

  • Todos los seres humanos son ciudadanos de la Tierra. Desde el acto de su nacimiento todos están dotados de personalidad y de capacidad jurídica. Ninguno puede ser privado de la capacidad jurídica o del nombre.
  • Todos los seres humanos adquieren la capacidad de actuar con la mayoría de edad, establecida al cumplimiento de su décimo-octavo año.

Artículo 6. Principio de Fraternidad

  • La fraternidad es la forma primaria de las relaciones entre todas las personas que forman parte del Pueblo de la Tierra.
  • Todos los seres humanos y todas las instituciones públicas están sometidos a los deberes de solidaridad económica, social y política.

Título Segundo. Derechos Fundamentales

Artículo 7. Universalidad, indivisibilidad e indisponibilidad de los derechos fundamentales.

  • Los Derechos Fundamentales a la vida, a la integridad física y psíquica, a las libertades, a la subsistencia, a la seguridad y al libre desarrollo de la persona son derechos universales indivisibles e indisponibles.
  • Tales derechos están en el interés de cada uno de sus titulares y en el interés público de la Humanidad entera. No son susceptibles de negociación ni de renuncia por parte de sus titulares.

Artículo 8. Los Derechos Fundamentales y sus Garantías.

  • Los Derechos Fundamentales imponen a las Instituciones globales del Gobierno el deber de crear las instituciones globales de garantía encargadas de las funciones consistentes en su tutela y en su actuación. Ellos comportan límites y ligámenes al ejercicio de todos los poderes, estableciendo lo que no debe ser decidido y lo que no debe ser no decidido.
  • Son derechos fundamentales los derechos de libertad, y los derechos sociales, políticos y civiles.

Sección Primera. Derechos de Libertad.

Artículo 9. Las garantías de los derechos de libertad.

  • Los derechos de inmunidad y de libertad comportan, cada uno de ellos, la prohibición de violarlos y de impedir o limitar su ejercicio.

Artículo 10. Derecho a la vida y a la integridad personal.

  • Toda persona humana tiene el derecho inviolable a la vida.
  • Nadie puede ser sometido a tortura ni a castigos o tratamientos crueles, inhumanos o degradantes.
  • Nadie puede ser mantenido en condiciones de esclavitud o servidumbre.
  • Nadie puede ser constreñido a cumplir un trabajo forzado u obligatorio.

Artículo 11. Libertad de pensamiento.

  • La libertad de pensamiento, conciencia o religión es inviolable. Nadie puede limitarla o coartarla.

Artículo 12. Libertad religiosa.

  • Todos tienen derecho de profesar libremente su propia fe religiosa, en el respeto de los derechos de libertad de los otros. Nadie puede ser constreñido a practicar una religión contra su voluntad.
  • Todas las confesiones religiosas son libres de organizar y practicar sus cultos y de difundir sus concepciones, respetando las otras concepciones religiosas y los derechos de libertad de todos.
  • Las instituciones públicas y las instituciones religiosas son autónomas y entre ellas independientes.

Artículo 13. Libertad de manifestación del pensamiento.

  • Todos tienen derecho a la libre manifestación del pensamiento. La libertad de manifestación del pensamiento tiene como límite la prohibición de injuriar, de difamar y de lesionar la confidencialidad de los demás.
  • La libertad de los medios de información está garantizada por el derecho de los periodistas de concurrir a decidir sus orientaciones y, además, por financiamientos públicos condicionados a la ausencia de censuras y controles patronales, e inversamente proporcionales a los ingresos publicitarios.
  • Todos tienen derecho de comunicar, de buscar, de recibir, y de obtener información sin considerar fronteras, y de acceder a las redes de internet y a las tecnologías informáticas en condiciones de igualdad.
  • Todos tienen derecho de obtener información relacionada con los contenidos y las motivaciones de los actos de las instituciones públicas que incidan en los derechos fundamentales.

Artículo 14. Libertad de circulación sobre la Tierra.

  • Todos tienen derecho de circular libremente y de escoger libremente su propia residencia en cualquier punto de la Tierra, sin perjuicio de las limitaciones establecidas por motivos de salud.
  • Todo individuo tiene derecho a inmigrar de cualquier país, incluido el propio, y de regresar al mismo.
  • Este derecho está garantizado por la prohibición de toda violencia y constricción dirigidas a impedir su ejercicio, y por el deber de la Federación de la Tierra de permitir y disciplinar la consiguiente inmigración.
  • La persona a la que le sea negada en su país el goce efectivo de los derechos fundamentales garantizados por esta Constitución, tiene derecho de asilo en los territorios de los Estados que se hayan adherido a la misma.

Artículo 15. Libertad de reunión

  • Todos tienen derecho de reunirse pacíficamente y sin armas; sin necesidad de autorización, sin perjuicio de las limitaciones impuestas por las autoridades públicas por motivos de salud o incolumidad pública.

Artículo 16. Libertad de asociación.

  • Todos tienen derecho de asociarse libremente, salvo que lo hagan con fines delictivos o militares.

Artículo 17. Libertad del arte, de la ciencia y de la enseñanza.

  • El arte y la ciencia son libres y su enseñanza es libre. Todos tienen derecho de acceder a la ciencia y al conocimiento.

Artículo 18. Libertad personal.

  • La libertad personal no puede ser limitada sino por resolución motivada de la autoridad judicial, y sólo en los casos y modos previstos en la ley.
  • En casos excepcionales de necesidad y de urgencia taxativamente previstos por las leyes, cuyo efectos cesarán si dentro del día siguiente no son convalidadas por la autoridad judicial, se permite limitaciones de la libertad personal por parte de las autoridades de policía.
  • Nadie puede ser privado de la libertad personal por el solo hecho de no ser capaz de cumplir con una obligación contractual.
  • Quien sea privado de la libertad personal debe ser tratado con humanidad y con el respeto debido a su dignidad como persona. Se castiga toda violencia física o moral sobre las personas que, por cualquier motivo, estén sometidas a restricciones de su libertad personal.

Artículo 19. Derecho a la privacidad.

  • Todo individuo tiene derecho al respeto y a la no violación de su vida privada, de su domicilio, del secreto de su correspondencia y de cualquier otra forma de comunicación.
  • Nadie puede ser obligado a revelar sus propias opiniones políticas, religiosas o de otro género, ni a soportar, contra su voluntad, indagaciones acerca de dichas opiniones.

Sólo se permitirá inspecciones, perquisiciones, limitaciones, secuestros u otras interferencias en la vida privada de las personas en los casos y los modos previstos en la ley, y con las mismas garantías prescritas para la tutela de la libertad personal.

Artículo 20. Principio de legalidad penal.

– Nadie puede ser castigado por una acción o una omisión que no hayan sido previstas por la ley como delitos. Tampoco puede serlo con penas más severas de las vigentes en el momento de la comisión del delito.

La ley sólo puede castigar como delitos, comportamientos taxativamente determinados, lesivos de bienes o de derechos ajenos, o de intereses constitucionalmente relevantes, e imputables a la responsabilidad personal de sus autores.

Todas las normas en materia de delitos, penas o procesos penales deben estar contenidas en los códigos penales y en los códigos procesales penales.

Ningún ser humano puede ser tratado o castigado como enemigo a causa de su identidad política, religiosa, étnica o nacional.

Artículo 21. Principios de debido proceso.

  • Cualquiera que sea acusado por un delito se presume inocente hasta que su culpabilidad no haya sido declarada en vía definitiva en una sentencia motivada de condena, emitida en tiempo razonable y sobre la base de pruebas adquiridas en el un debate público en el cual el acusado haya gozado del derecho de contradecir acusaciones claramente determinadas y justificadas, y de defenderse personalmente o con la asistencia de un defensor escogido por él, o de un defensor público.
  • Cualquiera que haya sido declarado por un Tribunal culpable de un delito, tiene derecho a un ulterior examen de su responsabilidad por parte de una jurisdicción superior.
  • Cualquiera que haya sufrido una pena con violación de las disposiciones contenidas en esta Sección, tiene derecho a una reparación.

Artículo 22. Humanidad de las penas.

  • Las penas no deben consistir en tratamientos contrarios al sentido de humanidad.
  • No son admitidas la pena de muerte, la cadena perpetua, las penas corporales ni la pena de reclusión con una duración mayor de veinte años.

Artículo 23. Libertad natural.

  • Los comportamientos no prohibidos formalmente por normas legítimas, no pueden ser impedidos por nadie.
  • Nadie puede ser constreñido a hacer lo que no está prescrito como obligatorio por normas legales.

Sección 2. Derechos Sociales.

Artículo 24. Las garantías de los derechos sociales.

  • Los derechos sociales conllevan, a cargo de las instituciones públicas de garantía, nacionales o globales, el deber de suministrar gratuitamente a todos los seres humanos, las prestaciones que forman su objeto.

Artículo 25. Derecho a la salud.

  • Todos tienen derecho a la salud.
  • El derecho a la salud comporta el deber, a cargo de las instituciones sanitarias de garantía, nacionales o globales, de prevenir las enfermedades y de suplir a todos los seres humanos los tratamientos y las medicinas necesarias. Nadie puede ser obligado a sufrir tratamientos sanitarios contra su voluntad, si no es por disposiciones de ley emitidas únicamente en garantía de la incolumidad y la salud públicas.

Artículo 26. Derecho a la instrucción.

  • Todos tienen derecho a la instrucción impartida gratuitamente por la escuela pública por lo menos durante 10 años y a no pagar tasas escolares o universitarias en las sucesivas etapas de estudio.
  • La instrucción tiene por fin el pleno desarrollo de la personalidad y el fomento del respeto a los principios de la paz, de la dignidad y de la igualdad de las personas, a los derechos fundamentales de éstas y a los bienes comunes.
  • Los capaces y merecedores tienen derecho a ser provistos de los medios necesarios para alcanzar los grados más altos de los estudios.

Artículo 27. Derecho a la alimentación básica.

  • Todos tienen derecho a una alimentación básica suficiente para asegurar un sano desarrollo físico y psíquico de la persona.

Artículo 28. Derecho a un ingreso mínimo de base.

  • Todos tienen derecho a un ingreso mínimo suficiente para garantizar a cada uno una supervivencia digna.
  • En caso de accidente, enfermedad, invalidez, o vejez, todos tienen derecho a los medios de vida idóneos que les garanticen una existencia libre y digna.

Artículo 29. Derechos de habitación.

  • Todos tienen derecho al uso de una habitación decorosa y segura.

Sección tercera. Derechos políticos.

Artículo 30. Igualdad de los pueblos en dignidad y en derechos.

  • Todos los pueblos son iguales en dignidad y en derechos.
  • Todo pueblo tiene derecho al respeto de su propia identidad nacional y cultural, al uso de su propia lengua, a la conservación y protección de su ambiente natural, de sus tradiciones históricas y de sus propias riquezas artísticas.
  • Quienes pertenecen a minorías lingüísticas, culturales, religiosas, nacionales o políticas, tienen derecho a la tutela y a la afirmación de las identidades determinadas por dichas pertenencias, al uso de su lengua y al respeto de su cultura y tradiciones. En ningún caso un pueblo puede ser privado de los recursos naturales de su territorio ni ser privado de sus medios de subsistencia.

Artículo 31. Derecho a la paz.

  • El derecho a la paz es un derecho fundamental del Pueblo de la Tierra, de todos los pueblos del Mundo y de todos los seres humanos.
  • Su garantía es un deber absoluto de todas las instituciones públicas, sean estatales o globales.

Artículo 32. Soberanía popular.

  • La soberanía pertenece a los pueblos y a nadie más. Ningún poder constituido puede usurparla.
  • Ella consiste en la suma de aquellos fragmentos de soberanía que son los poderes y contrapoderes en los cuales consisten los derechos fundamentales cuya titularidad pertenece a todos y a cada uno de los seres humanos.

Artículo 33. Derecho de los pueblos a la autodeterminación.

  • Todo pueblo tiene derecho a la autodeterminación, tanto interna como externa, de modo que pueda decidir libremente su desarrollo civil, político, económico y cultural.
  • La autodeterminación interna consiste en la democracia, gracias a la cual todos están garantizados en sus derechos y pueden concurrir a orientar las políticas en sus países, mediante elecciones libres, voto secreto y con intervalos razonables e idóneos para garantizar la máxima representatividad de los órganos de gobierno.
  • La autodeterminación externa consiste en la inmunidad de los pueblos respecto de cualquier forma directa o indirecta de dominación y de todo tipo de violación a los Derechos Fundamentales que sea determinada por su identidad étnica, nacional, religiosa, lingüística o política.

Artículo 34. Participación politica y derecho de voto

  • Todos tienen derecho de participar en la vida pública y de concurrir a determinar las decisiones públicas.
  • todos los seres humanos que hayan alcanzado la mayoría de edad, son electores y tienen derecho de voto en los territorios en los cuales residen.
  • El voto es personal, igual, libre y secreto.

Artículo 35. Partidos políticos.

  • Todos tienen derecho de asociarse en partidos políticos, en asociaciones libres o en movimientos sociales incluso de carácter global, para concurrir colectivamente a determinar las políticas locales, nacionales o globales.
  • Los partidos son formaciones sociales, titulares de funciones autónomas de decisión política frente a las instituciones representativas del gobierno. Su organización es libre en cuanto a los programas y está regulada en cuanto al método democrático y al deber de respetar los derechos y los bienes fundamentales.
  • Los presupuestos de los partidos, formados con las contribuciones de los inscritos y simpatizantes y por los financiamientos públicos, deben ser transparentes. Los partidos no pueden recibir contribuciones privadas ocultas, o capaces, por su enormidad, de condicionar sus decisiones políticas.

Artículo 36. Derecho de acceso a las funciones públicas.

  • Todas las personas dotadas de capacidad de actuar tienen derecho de acceder a las funciones públicas y a los cargos electivos, en condiciones de igualdad.

Sección cuarta. Derechos civiles.

Artículo 37. Los derechos civiles y su ejercicio sometido a la ley.

  • Los derechos civiles de autonomía negocial y empresarial son poderes que corresponden a todos los sujetos que hayan alcanzado la mayoría de edad.
  • Su ejercicio está sometido a la ley, la cual determina sus límites consistentes en la prohibición de provocar daños a los derechos fundamentales y a los bienes vitales.

Artículo 38. La propiedad privada y los otros derechos patrimoniales.

  • La propiedad privada y los otros derechos patrimoniales son reconocidos y garantizados en cuanto a los modos de adquisición y de goce, y en cuanto a los límites impuestos a ellos, en tutela de los derechos ajenos y de los intereses públicos, por su naturaleza de poderes.
  • La propiedad privada, incluso la propiedad intelectual de las marcas, puede ser expropiada por las instituciones estatales o globales de garantía por motivos de interés general, previa equitativa indemnización.

Artículo 39. La iniciativa económica privada y sus límites.

–           Los derechos civiles de autonomía negocial y de iniciativa económica privada no pueden ser ejercitados de manera que hagan daño a la seguridad, a la salud, a la libertad o a la dignidad de las personas.

  • Las empresas tienen su sede legal en los lugares en donde mayormente se desarrolla su actividad.
  • Las funciones públicas y los derechos civiles de autonomía empresarial y de propiedad privada son incompatibles entre ellas si ejercidas por los mismos sujetos, cuando el ejercicio de las primeras pueda quedar subordinado a los intereses que inspiran el ejercicio de los segundos.
  • El crecimiento económico no puede ser ilimitado. Está condicionado por su sostenibilidad ecológica y por el carácter limitado de los recursos y de las defensas naturales.

Artículo 40. Derechos y deberes en la familia.

  • Hombres y mujeres con la edad adecuada y mediante su libre consentimiento tienen derecho de fijar entre ellos diversas formas de comunidad de vida, sin limitaciones derivadas de sus identidades, y de constituirse como familias.
  • Son prohibidos y jurídicamente nulos los matrimonios con menores de edad infantil.
  • La maternidad es el fruto de una libre y responsable autodeterminación.
  • Los cónyuges tienen iguales derechos y deberes en las relaciones entre ellos y con sus hijos. Tienen el deber de mantener, cuidar y educar a sus hijos menores en el respeto de sus derechos y de su dignidad como personas.
  • Los niños tienen derecho a ser tratados como personas y a participar, según su grado de madurez, en las decisiones que les competen.
  • Los miembros de la familia están obligados al deber de auxiliarse recíprocamente.

Artículo 41. La dignidad del trabajo.

  • El trabajo no es una mercancía, sino un valor. Es un factor de la dignidad de las personas y de su papel en la sociedad y debe ser tutelado en todas sus formas.
  • Todos, en condiciones de iguales oportunidades, tienen derecho a escoger libremente su trabajo.
  • Es tarea de las instituciones públicas nacionales y globales promover la ocupación plena.

Artículo 42. Los derechos de los trabajadores.

  • Todo trabajador tiene derecho a ambientes y condiciones en el trabajo sanas, higiénicas, seguras y dignas, adecuadas para prevenir infortunios, enfermedades graves y lesiones en su salud y en su incolumidad física. Están prohibidos los trabajos que ponen en grave peligro la vida y la salud de los trabajadores.
  • En igualdad de labores, los trabajadores tienen derecho a iguales condiciones y retribuciones, sin discriminaciones determinadas por razones de sexo, nacionalidad, religión, ideales políticos o de actividades sindicales.
  • Todos los trabajos tienen derecho al descanso semanal, a una duración de la jornada laboral no superior a ocho horas, a descansos anuales retribuidos y a una equitativa retribución, establecida por la ley en medida suficiente para garantizar una existencia digna y de todos modos no inferior a la establecida por contratos y acuerdos colectivos.
  • Todo trabajador tiene derecho al mejoramiento de sus capacidades laborales mediante su participación en cursos de aprendizaje o de formación profesional.
  • Ningún trabajador dependiente puede ser despedido sin que exista una justa causa preestablecida por la ley, adecuadamente motivada y comprobada.
  • A los contratos de trabajo subordinado se les puede poner un término de duración solamente si se trata de trabajos estacionales, o cuando se trate de exigencias objetivas excepcionales y documentadas; o de significativos incrementos temporales de la actividad ordinaria de la empresa.
  • Todos los trabajadores tienen derecho a una pensión en grado de asegurar sus medios adecuados a sus exigencias de vida.
  • Está prohibido el uso de implantes audiovisuales y de otros aparatos para fines de control a distancia de las actividades de los trabajadores.

Artículos 43. Los derechos de las trabajadoras.

  • Las mujeres trabajadoras tienen los mismos derechos que corresponden a los varones. El progreso profesional y en las carreras no puede estar determinado por el sexo de los trabajadores.
  • Todas las trabajadoras tienen derecho, antes y después del parto, a periodos de reposo adecuados, en la forma de permisos de maternidad pagados. Son ilegítimos los despidos y las discriminaciones en el trabajo, determinadas por la maternidad.

Artículo 44. Participación de los trabajadores en las decisiones que inciden sobre su vida.

  • Los trabajadores tienen el derecho a ser informados y consultados, a través de las organizaciones sindicales a las cuales pertenecen, sobre todas las actividades patronales que pueda tener efectos sobre su relación de trabajo.
  • En las empresas gestionadas por órganos societarios, los trabajadores tienen derecho a ser representados en ellos, para participar de manera determinante en todas las decisiones que incidan sobre sus vidas y su futuro; incluidas las relativas a la venta o el traslado de las actividades productivas a otros lugares.

Artículo 45. Derecho de huelga.

  • Todos los trabajadores tienen derecho de huelga, cuyo ejercicio puede ser limitado por la ley sólo en garantía de derechos fundamentales de otras personas, o de servicios esenciales para la vida colectiva.

Artículo 46. Libertades sindicales.

  • Todos los trabajadores tienen derecho de fundar o adherirse a asociaciones sindicales aún de carácter global, y desarrollar actividades sindicales en el interior de sus lugares de trabajo; incluso mediante la creación de representaciones sindicales de empresa y el ejercicio del derecho de asamblea.
  • Los sindicatos se dan su propio ordenamiento interno de carácter democrático.
  • Tienen derecho de estipular con los representantes de los empresarios, contratos colectivos aún de carácter global, dotados de eficacia obligatoria para todas las relaciones de trabajo que tienen que ver con las categorías de trabajadores representados por ellos.
  • Las organizaciones sindicales locales o nacionales pueden dar vida o adherirse a organizaciones sindicales supranacionales, tanto de carácter general como de categoría, dirigidas a obtener, dentro de lo posible, iguales garantías de los derechos para todos los trabajadores.

Artículo 47. Derecho de actuar en juicio en defensa de los propios derechos.

  • Todos tienen derecho de actuar en juicio para obtener el reconocimiento y la tutela de sus derechos,
  • en un proceso equitativo y público dentro un tiempo razonable, ante Tribunales imparciales, independientes y preconstituidos por ley.
  • Todos tienen derecho de promover opciones colectivas en defensa de derechos e intereses comunes.
  • En caso de justicia denegada en los territorios en los cuales se verificaron las violaciones de los derechos establecidos en esta Constitución, se admite recurso ante las jurisdicciones globales previstas en la Sección Segunda del Título Tercero.

Título tercero. Bienes fundamentales.

Artículo 48. Sustracción al Mercado de los bienes vitales.

  • Los bienes fundamentales son bienes vitales sustraídos al comercio.
  • Son bienes vitales los bienes personalísimos, los bienes comunes y los bienes sociales.
  • Son bienes personalísimos las partes vitales del cuerpo humano, cuya disposición, en cualquier forma, está prohibida; y los datos relativos a la identidad personal, cuyo uso no consentido por la persona titular, está prohibido.
  • Son bienes comunes los bienes vitales naturales: el aire, el agua potable y sus fuentes, los ríos, los mares, los grandes bosques, los grandes glaciares, la biodiversidad, los fondos marinos, el subsuelo marino y sus recursos, la Antártida, los espacios aéreos, las ondas electromagnéticas, los espacios extra atmosféricos, la luna y los otros cuerpos celestes.
  • Son bienes sociales los bienes vitales artificiales: las medicinas salvavidas, las vacunas, el alimento necesario a la alimentación básica, la habitación, la red de internet, los sitios juzgados por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad por su excepcional importancia, y todos los otros bienes artificiales sean materiales o inmateriales, cuyo acceso es esencial para el desarrollo físico y psíquico de las personas.

Artículo 49. Bienes personalísimos

  • Los bienes personalísimos pertenecen a cada uno con exclusión de cualquier otro. Está prohibido cualquier acto que ocasione una disminución permanente de los bienes personalísimos consistentes en partes del cuerpo humano.
  • Más allá del tiempo necesario para los fines por los que fueron comunicados, se prohíbe la acumulación de los datos personales relacionados con la identidad de una persona física. Es decir: su situación económica, su salud, sus opiniones políticas o religiosas, su jubilación, sus desplazamientos, sus intereses y sus preferencias.
  • Se prohíbe la adquisición, sin el permiso de sus titulares, de los datos personales relacionados con las convicciones políticas, religiosas, filosóficas, la inscripción a partidos u otras adhesiones, las condiciones de salud, o la orientación y la vida sexuales.
  • Se prohibe el comercio de archivos o bancos de datos personales.
  • Todos tienen derecho de acceder a los datos informáticos que les corresponden, de exigir su rectificación y su actualización, de conocer las finalidades a las que están destinados y, cuando éstas no sean justificadas, de obtener su cancelación.
  • Nadie puede ser sometido a decisiones automatizadas, basadas únicamente en algoritmos, cuando esas decisiones se refieran a su persona o de algún modo incidan en su vida.

Artículo 50. Bienes comunes

  • Los bienes comunes, cuyo acceso debe ser garantizado a todos, son patrimonio común de la Humanidad y de todos los otros seres vivientes.
  • Ellos son parte del demanio planetario. Por ello están sustraídos a la apropiación privada y a cualquier actividad que pueda dañarlos de manera irreversible.
  • Están prohibidas la agricultura y la crianza intensiva cuando puedan dañar gravemente los bienes comunes y el ambiente natural.
  • Todos tienen derecho de vivir en un ambiente salubre y de influir en la adopción de decisiones concernientes a los bienes comunes y al ambiente en el que viven.
  1. Bienes sociales
  • Los bienes sociales son bienes cuya disponibilidad y accesibilidad deben ser garantizadas gratuitamente a todos.
  • Las vacunas y las medicinas esenciales (salva-vidas) no son patentables.
  • Las instituciones de gobierno, sean nacionales o globales, si hay una emergencia nacional u otra circunstancia de urgencia, pueden utilizar el objeto de una patente relacionado con un bien social, previa compensación equitativa, en el caso de haber pedido y no obtenido el consentimiento del titular.
  • La producción de los bienes sociales y la investigación científica necesaria para producirlos deben financiarse adecuadamente por las instituciones nacionales y globales de garantía primaria.

Título cuarto. Bienes ilícitos

Artículo 52. Prohibición de producción, comercio y posesión de los bienes destructivos

  • Los bienes ilícitos son bienes destructivos cuya producción, comercio y posesión quedan prohibidos.
  • Son bienes ilícitos las armas nucleares, las armas de destrucción o de muerte, las drogas pesadas, las escorias radiactivas, y todos los residuos tóxicos o peligrosos.

Artículo 53. Prohibición de las armas y monopolio público de la fuerza.

  • Quedan prohibidas la producción, la experimentación, el comercio, la posesión y la difusión de armas nucleares y de armas similares a éstas por su naturaleza y sus efectos.
  • Se reservan al monopolio público en cabeza de las fuerzas policiales estatales, nacionales y globales, la producción y la posesión de las armas, limitadas a las necesarias para el ejercicio de las funciones de seguridad pública.

Artículo 54. Límites impuestos a la producción de energías no renovables

  • La producción y el uso de la energía nuclear y de energías no renovables quedan sometidos a los límites impuestos por la tutela del ambiente y de la salud de las personas.

Artículo 55. Residuos radioactivos y tóxicos

  • Está prohibida la producción, a consecuencia de actividades industriales, agrícolas o domésticas, de residuos radiactivos o tóxicos que puedan provocar muerte o daños graves a los seres humanos.

Artículo 56. Prohibición de actividades que provoquen daños irreversibles a la Tierra.

  • Quedan prohibidas las actividades que puedan ocasionar daños irreversibles a la Naturaleza; o alterar

procesos ecológicos esenciales, o destruir o reducir la multiforme diversidad de las formas de vida.

Artículo 57. Drogas pesadas

  • Sólo la industria farmacéutica pública está autorizada para producir drogas pesadas.
  • Su venta está reservada a las farmacias por prescripción médica.
  • Las instituciones de gobierno adoptan medidas dirigidas a reducir los daños provocados a las personas por la dependencia y el abuso de drogas pesadas.

Artículo 58. Derechos de los consumidores

Todos los seres humanos tienen derecho, como consumidores, a la oferta en el mercado de bienes en ningún sentido dañinos para su salud y para su incolumidad.

Se prohibe toda aplicación de la inteligencia artificial o de la robótica capaz de violar la dignidad o la libertad de las personas.

PARTE SEGUNDA

LAS INSTITUCIONES. LOS INSTRUMENTOS

Título Primero. La Federación de la Tierra

Artículo 59. La adhesión de los Estados a la Federación de la Tierra

  • La Federación de la Tierra está abierta a la adhesión de todos los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas y de los otros Estados existentes.

Artículo 60. Dignidad y deberes de los Estados

  • Todos los Estados son iguales en dignidad.
  • Los Estados tienen el deber de mantener relaciones de paz, de amistad, de solidariedad, de cooperación y de garantizar en sus territorios, los derechos fundamentales de todos, la tutela de los bienes fundamentales y la accesibilidad a ellos de todos los seres humanos.

Artículo 61. Las controversias entre Estados

  • Las controversias entre Estados son resueltas mediante negociación, o a través de procedimientos de conciliación, o mediante su sometimiento a árbitros, o al juicio de la Corte Internacional de Justicia o a cualquier otro procedimiento idóneo para su solución pacífica.

Artículo 62. Las competencias de las instituciones globales

  • Pertenecen a la competencia de las instituciones globales la garantía de la Paz, la tutela del Ambiente

Natural y de los Bienes comunes, la garantía de los derechos fundamentales no gaantizados en los territorios en donde viven sus titulares, la prohibición de los bienes ilícitos, la reducci´n de los desequilibrios económicos y la promoción y desarrollo de los países pobres.

Artículo 63. Instituciones de Gobierno, Instituciones de Garantía, Instituciones de carácter Económico

  • Son instituciones y funciones globales de la Federacion de la Tierra: a) las Instituciones y las

Funciones globales de Gobierno; b) las Instituciones y las Funciones globales de Garantía; c) Las Instituciones y las Funciones globales de Carácter Económico y Financiero.

Las funciones de Gobierno están legimidadas por su representatividad política. Son tanto más legítimas cuanto más sus titulares son efectivamente responsables frente a las personas que viven en los territorios gobernados por ellos.

Las funciones de Garantía están legitimadas por la igualdad de los derechos fundamentales garantizada por ellas. Son tanto más legítimas cuanto más efectivas son, a nivel global, las garantías aseguradas por ellas.

Las funciones globales de carácter Económico y Financiero están legitimadas por su capacidad de promover la estabilidad económica, la tutela del ambiente y la máxima igualdad en las condiciones de vida de los Pueblos de la Tierra.

Título Segundo. Instituciones y funciones globales de gobierno

Artículo 64. Las instituciones globales de gobierno

             –          Son Instituciones Globales de Gobierno de la Federación de la Tierra: a) la Asamblea General; b) el

Consejo de Seguridad; c) el Consejo Económico y Social; d) la Secretaría.

Artículo 65. La Asamblea General y su composición

La Asamblea General está formada por los representantes de todos los Estados de la Federación de la Tierra.

El número de representantes de cada Estado federado, designados en elecciones libres, es proporcional al número de sus habitantes, en la proporción de un representante cada 10 millones de personas o fracción.

Los Estados federados con una población supñerior a 50 millones de habitantes tienen, en la Asamblea General, cinco representantes, más uno por cada 50 millones de habitantes excedentes, o fracción.

Artículo 66. Las competencias de la Asamblea General

La Asamblea General discute y aprueba las resoluciones relacionadas con todos los fines de la Federación de la Tierra indicadas en el artículo 2.

Además de las competencias indicadas en el Capítulo IV de la Carta de las Naciones Unidas, la Asamblea General tiene la tarea de producir las normas de actuación de esta Constitución, y de dar vida a todas las instituciones globales de garantía mencionadas por ella.

La Asamblea General apruega cada año el Presupuesto de la Federación de la Tierra propuesto por el Consejo Económico y Social.

Artículo 67. El Consejo de Seguridad y su composición

El Consejo de Seguridad está compuesto por los representantes de los 15 Estados federados que cada cinco años son designados por la Asamblea General.

Los representantes de los Estados en el Consejo de Seguridad son nombrados por los gobiernos nacionales.

La designación del Estado que nombrará su representante en el Consejo de Seguridad, excluye la posibilidad de volver a hacerlo en los siguientes 20 años desde la terminación de su mandato.

El Consejo de Seguridad decide por mayoría de sus miembros. Queda excluído todo poder de veto.

Artículo 68. Las competencias del Consejo de Seguridad

El Consejo de Seguridad, además de las competencias indicadas en los Capítulos V-VIII de la Carta de las Naciones Unidas,

a) propone a la Asamblea General las normas de actuación de la presente Constitución y, en particular, el reforzamientop o la creación de las Instituciones Globales de Garantía previstas en ella;

b) garantiza las relaciones pacíficas entre los Estados y la seguridad pública internacional, gracias a poseer el monopolio de la fuerza a través de su Comité de Estado Mayor y de Seguridad Global, además de las Instituciones Nacionales de Policía.

Artículo 69. El Consejo Económico y Social. Composición y competencias.

El Consejo Económico y Social se compone de 54 miembros electos por la Asamblea General entre estudiosos de Economía y de Ciencias Jurídicas o Sociales de fama internacional o de alto prestigio moral.

Además de las competencias indicadas en el Capítulo X de la Carta de las Naciones Unidas, y en la Parte IV del Pacto Internacional del 16 de diciembre de 1966 sobre los derechos economicos, sociales y culturales, el Consejo Económico y Social.

Artículo 70. La Secretaría General

La Secretaría General es coordinada por un Secretario General e incluye a todos los funcionarios administrativos de la Federación de la Tierra. El Secretario General es nombrado por la Asamblea General, a propuesta del Consejo de Seguridad.

Además de las competencias indicadas en el Capítulo XV de la Carta de las Naciones Unidas, el Secretario General es competente en relación con todas las funciones administrativas y ejecutivas requeridas para los fines de la Federación de la Tierra.

TÍTULO TERCERO. INSTITUCIONES Y FUNCIONES GLOBALES DE GARANTÍA

Artículo 71. Instituciones Globales de Garantía Primaria y Secundaria

Son Institciones de Garantía de la Federación de la Tierra, instituidas con el fin de asegurar el respeto y la actuación de los principios establecidos en esta Constitución: a) Las Instituciones Globales de Garantía Primaria; b) Las Instituciones Globales de Garantía Secundaria.

Artículo 72. La independencia de las Instituciones de Garantía

Las Instituciones y las Funciones Globales de Garantía están separadas y son independientes de las Instituciones y de las Funciones Globales de Gobierno. A fin de garantizar dicha separación, las Instituciones Globales de Garantía gozan del autogobierno y de la autoomía financiera aseguradas para ellas por las cuotas del Presupuesto Planetario que les asigna el artículo 92.

Artículo 73. Principio de Subsidiaridad

La competencia de las Instituciones Globales de Garantía se rige por el principio de subsidiaridad, en cuya virtud ella opera si faltan o son privadas de medios económicos suficientes las correspondientes Instituciones de Garantía de nivel estatal o local, o si a causa de su comprobada inadecuación, lo requieren las Instituciones Estatales o Locales de Gobierno o de Garantía.

SECCIÓN PRIMERA. INSTITUCIONES Y FUNCIONES GLOBALES DE GARANTÍA PRIMARIA

Artículo 74. Las Instituciones Globales de Garantía Primaria

Son Instituciones Globales de Garantía Primaria: a) El Consejo Internacional para los Derechos Humanos; b) El Comité de Estado Mayor y de Seguridad Global; c) La Organización Mundial de la Salud (Oms); d) La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (Fao); e) La Organización de Naciones Unidas para la Educación (Unesco); f) La Agencia Garante del Ambiente; g) La Organización Internacional de las Prestaciones Sociales; h) La Organización Internacional del Trabajo (Oit); La Agencia Mundial del Agua; l) El Comité Mundial para las Comunicaciones Digitales.

Artículo 75. El Consejo Internacional para los Derechos Humanos

            El Consejo Internacional para los Derechos Humanos está compuesto por 27 miembros nombrados entre estudiosos de fama

internacional y de alto prestigio moral, por todas las otras Instituciones Globales de Garantía: cada una nombra 3 miembros.

Además de las competencias establecidas por su actual Estatuto, el Consejo Internacional para los Derechos Humanos:

a) Coordina las actividades de todas las Instituciones de Garantía, primaria o secundaria;

b) Nombra los supremos dirigentes de tales instituciones entre personas de alto prestigio moral y reconocida capacidad, de las listas de varios candidatos propuestos por las mismas instituciones;

c) Distribuya entre tales instituciones las cuotas del Presupuesto de la Federación de la Tierra reservadas a ellas en el artículo 92;

d) Indica a las Procuradurías de las Cortes Internacionales todas las violaciones de los derechos humanos de su competencia.

Artículo 76. El Comité de Estado Mayor y de Seguridad Global

Para garantizar la paz y la seguridad, el monopolio de las fuerzas armadas –limitado a las armas necesarias para las funciones de policía, corresponde al Comité de Estado Mayor y de Seguridad Global, y a las Instituciones Territoriales de Policía de cada uno de los Estados Federados.

Además de las competenias indicadas por el artículo 47 de la Carta de las Naciones Unidas, el Comité, con el auxilio de las Instituciones Territoriales de Policía, si es necesario, y bajo la dependencia del Consejo de Seguridad, desarrolla funciones de seguridad pública; y, bajo la dependencia de las Procuradurías Globales, funciones de policía judicial antelos crímenes sometidos a la Jurisdicción de la Corte Penal Internacional, y a la de la Corte Internacional para los Crímenes de Sistema.

Artículo 77. Superación de los ejércitos nacionales

Los ejércitos nacionales quedan suprimidos. Cuando para las funciones de pñolicía previstas en el artículo 76 no sean suficientes las Policías Nacionales, las fuerzas armadas nacionales necesarias para ese fin quedan transformadas en artculaciones territoriales del Comité de Estado Mayor y de Seguridad Global.

El Comité de Estado Mayor y de Seguridad Global promueve y controla el desarme progresivo de todos los Estados de la Federación de la Tierra.

Artículo 78. La Organización Mundial de la Salud

La Organización Mundial de la Salud (Oms), además de las competencias establecidas en su Estatuto, tiene el deber de garantizar la salud de todos los seres humanos, mediante prestaciones sanitarias y farmacéuticas gratuitas. Para ese fin

a) Promueve la investigación médica y farmacéutica;

b) Previene las pandemias y coordina las medidas necesarias para limitar su contagio;

c) Provee a la creación de instituciones sanitarias locales y a la distribución de las medicinas salvavida y de las vacunas en todos los países de la Tierra que carezcan de ellas.

Artículo 79. La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura

La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (Fao), además de las competencias establecidas en su actual Estatuto, garantiza la satisfacción del derecho a la alimentación de todos los seres humanos y promueve, en todos los países, una agricultura racional, ecológica y biológica que no dañe el ambiente y asegure la capacidad de regeneraciónde los suelos. Para ese fin

a) Impone límies y deberes a los cultivos industriales y a los criaderos intensivos que dañan el ambiente;

b) Favorece las pequeñas empresas agrícolas;

c) Asegura la participación de los agricultores y de sus representantes sindicales en la definición de las políticas agrícolas;

d) Distribuye entre los países pobres los excedentes agrícolas y las cantidades de alimento necesarias para impedir el hambre y la desnutrición de sus poblaciones;

e) Promueve la investigación científica y la cooperación técnica entre los países productores, para el desarrolloo de una agricultura racional en todo el Mundo.

Artículo 80. La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), además de sus competencias establecidas en su actual Estatuto, instituye escuelas públicas de todo orden y grado dondequiera que falten.

Artículo 81. La Agencia Garante del Ambiente

La Agencia garante del Ambiente promueve, en acuerdo con las otras instituciones internacionales existentes de garantía del amnbiente, y a través de sus articulaciones territoriales, la proteccióbn del ambiente natural y el mejoramiento de su calidad.

Protege los bienes comunes naturales, vigilando su conservación como patrimonio común de la Humanidad y garantizando su indisponibilidad respecto al mercado y a la política, mediante su calificación de bienes que forman parte del Demanio Planetario.

Garantiza que las actividades que tienen por objeto tales bienes se desarrollen en beneficio de la Humanidad entera, y que se asegure la repartición equitativa, sobre bases no discriminatorias, de las ventajas económicas derivadas de ellos.

Controla la observancia de las prohibiciones de emisiones de gas inveernadero, y de la prohibición de producir desechos radioactivos o que sean tóxicos o peligrosos.

Financia la investigación y la adopción, para las actividades industriales, agrícolas y comerciales, de tecnologías que produzcan energía sin emisión de gas invernadero, y de reducir y asimilar, sin efectos nocivos para el ambiente, de residuos tóxicos o de cualquier otro modo peligrosos.

Artículo 82. La Organización Internacional de las Prestaciones Sociales

La Organización Internacional de las Prestaciones Sociales organiza en los países pobres, en vía subsidiaria respecto a las Instituciones de Garantía de los Estados, las prestaciones sociales necesarias para la supervivencia de las personas.

Artículo 83. La Organización Internacional del Trabajo

La Organización Internacional del Trabajo, además de sus competencias y objetivos establecidos en la Declaración de Filadelfia del 10 de mayo de 1944,

a) Vigila, a través de sus órganos territoriales, la observancia de los derechos de los trabjadores y de las libertades sindicales establecidos en esta Constitución;

b) Promueve la máxima igualdad de todos los trabajadores en la garantía de sus derechos fundamentales;

c) Denuncia en la Corte Penal Internacional todos los casos de reducción a esclavitud para los cuales no se haya procedido penalmente en el Estado en cuyo territorio se verificaron.

Artículo 84. La Agencia Mundial del Agua

La Agencia Mundial del Agua define y promueve las políticas mundiales idóneas a garantizar el agua potable y los recursos hídricos como bienes comunes;

Organiza la distribución gratuita a todos del agua potable, en la medida del límite mínimo necesario para garantizar

            Controla la observancia de la prohibición de las destrucciones y desperdicios del agua potable más allá del límite máximo;

Somete a tributación los consuumos de agua potables superiores al límite mínimo a que se refiere el segundo apartado; e inferiores al límite máximo a que se refiere el tercer apartado.

Artículo 85. El Comité Mundial para las Comunicaciones Digitales

El Comité Mundial para las Comunicaciones Digitales tiene la función de vigilar y controlar que dichas comunicaciones se produzcan dentro del respeto de todos los derchos fundamentales y de las normas establtcidas como garantía de la libertad de los medios de información.

Tiene el poder de disponer la eliminación de la red, de los mensajes y las imágenes que contengan amenazas, injurias, molestias o incitaciones al odio o a la violencia, o que, de cualquier otra manera, violen los derechos fundamentales de las personas.

SECCIÓN SEGUNDA. INSTITUCIONES Y FUNCIONES GLOBALES DE GARANTÍA SECUNDARIA

Artículo 86. Las Instituciones Globales de Garantía Secundaria

Son Instituciones Globales de Garantía Secundaria o Jurisdiccional: a) La Corte Internacional de Justicia; b) La Corte Constitucional Internacional; c) La Corte Penal Internacional; y d) La Corte Internacional para los Crímenes de Sistema.

Los jueces que integranlas Instituciones Globales de Garantía Secundaria son independientes y están sometidos solamente a esta Constitución. Son nombrados por el plazo de siete años y no son reelegibles.

Artículo 87. La Corte Internacional de Justicia

La jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia sobre las controversias entre Estados concernientes a las materias establecidas en el artículo 36 de su Estatuto tiene carácter obligatorio. La Corte tiene también jurisdicción en las controversias entre las sociedades comerciales multinacionales y los Estados en cuyos territorios tengan su sede legal. A instancia de los sujetos perjudicados, declara las responsabilidades de los Estados por sus actos internacionalmente ilícitos o inválidos, y dispone las medidas pacíficas necesarias para obtener su cesación y su reparación.

Artículo 88. La Corte Constitucional Internacional

Se instituye una Corte Constitucional Internacional competente para pronunciarse, por recurso incidental planteado en el curso de otros procesos, sobre la ilegitimidad, por contraste con las normas de esta Constitución, de las normas producidas por las Instituciones Globales, los tratados internacionales o las leyes nacionales

Ante la Corte Constitucional Internacional se institiye una Procuraduría Constitucional Internacional cuya función es plantear de oficio las cuestiones de constitucionalidad a las que se refiere el primer apartado.

La Corte Constitucinal Internacional juzga de los conflictos de atribución entre las distintas Instituciones Globales.

Artículo 89. La Corte Penal Internacional

La jurisdicción de la Corte Penal Internacional incluye, además de los crímenes previstos en el artículo 5 de su actual Estatuto:

a) las lesiones graves de los derechos de libertad establecidos en esta Constitución;

b) la producción, el comercio, la posesión y la instalación de armas nucleares;

c) la producción y el comercio de armas convencionales no destinadas a las funciones de policía;

d) las violencias y las constricciones dirigidas a impedir el ejercicio del derecho de emigrar.

El Procurador adscrito a la Corte Penal Internacional está obligado a ejercitar la acción penal con respecto a los crímenes sometidos a la jurisdicción de la Corte.

Todo sujeto que se estime víctima de alguno de los crímenes de competencia de la Corte, puede recurrir a ella después de agotar los recursos internos del ordenamiento estatal correspondiente.

Con respecto a los Estados que no hayan adherido al Tratado constitutivo de esta Constitución, o al Tratado de 17 de julio de 1998, institutivo de la Corte Penal Internacional, se permite proceder mediante acciones y procesos declarativos, por los tipos de crímenes sometidos a la jurisdicción de dicha Corte.

Artículo 90. Corte Internacional para los Crímenes de Sistema

            Se instituye una Corte Internacional para los crímenes de sistema

            Son crímenes de sistema, no punibles por no reconducir a la acción y a la responsabilidad de personas determinadas, aquellas actividades que produzcan o amenacen producir graves dañols a pueblos enteros, o a toda la Humanidad: las devastaciones ambientales; la omisión de los Estados de desarmarse, la no satisfacción de los derechos sociales establecidos en esta Constitución, y la omisión de socorro de personas privadas de medios de subsistencia, o cuya vida peligra.

Se instituye una Procuraduría Mundial adscrita a la Corte Internación para los Crímenes de Sistema, competente para actuar contra dichos crímenes.

Las acciones y los procesos relativos a los Crímenes de Sistema tienen el carácter de acciones y procesos declarativos, dirigidos a comprobar sus causas sistémicas y las responsabilidades políticas consiguientes.

TÍTULO CUARTO. INSTITUCIONES ECONÓMICAS Y FINANCIERAS

Artículo 91. Las Instituciones Económicas y Financieras

Son Instituciones Económicas y Financieras de la Federación de la Tierra: a) el Banco Mundial; b) el Fondo Monetario Internacional; c) la Organización del Comercio Exterior.

Artículo 92. El Presupuesto Planetario: las cuotas del Presupuesto

Se instituye un Presupuesto Planetario formado por el producto de los ingresos fiscales planetarios y de las contribuciones de los Estados miembros de la Federación de la Tierra. El gasto público global debe favorecer el desarrollo económico de los países pobres y financiar todas las Instituciones Globales de Gobierno y de Garantía.

Para permitirles sostener o integrar los gastos sociales en los países pobres, se destinan a las Instituciones Globales de Garantía cuotas mínimas del Presupuesto Planetario Anual: el 10% a las funciones globales de policía; el 10% a las funciones globales de garantía de la salud; el 10% a las funciones globales de garantía de la alimentación básica y del desarrollo de una agricultura respetuosa de la Naturaleza; el 10% a las funciones globales en garantía de la instrucción; el 20% a la tutela del ambiente; y el 10% a las funcones globales de garantía secundaria o jurisdiccional.

Artículo 93. Un Registro Global de los grandes patrimonios

Para asegurar la transparencia de los grandes capitales, se instituye un Registro en el cual sean indicados todos los patrimonios superiores a la suma equivalente a los actuales 500 millones de dólares.

Artículo 94. Una fiscalidad global

Como condición esencial a la garantía de los derechos fundamentales y de los bienes vitales de todos, se instituye un Fisco Global formado: a) por un gravamen sobre el uso de los bienes comunes o sobre otras actividades de carácter global; y b) por una imposición fiscal, informada en criterios de fuerte progresividad, sobre los grandes patrimonios y sobre los réditos altísimos de las personas.

Artículo 95. Gravamen sobre el uso y el abuso de los bienes comunes.

Se instituye tasas globales: a) sobre las transacciones financieras (Tobin Tax); b) sobre el uso de recursos energéticos que emitan gas invernadero en la atmósfera (Carbon Tax); c) sobre las ganancias digitales delas multinacionales que operan fuera de los países en los que tienen su domicilio legal (Web Tax); d) sobre el uso y sobre el enriquecimiento indebido de parte de actividades industriales o comerciales, de bienes comunes de la Humanidad, como las órbitas satelitales, las líneas aéreas, las bandas del éter, los espacios extra-atmosféricos, los recursos de las áreas de altamar y los recursos minerales de los fondos oceánicos.

Artículo 96. Impuestos globales sobre los patrimonios

Se introduce un impuesto mundial anual de al menos el 5% sobre los patrimonios superiores a una suma equivalente a los actuales 500 millones de dólares, y de al menos el 10% sobre la parte de dichos patrimonios superior a una suma equivalente a los actuales 5 mil millones de dólares.

Se introduce un impuesto mundial sobre las sucesiones de al menos el 15% sobre los patrimonios superiores a una suma equivalente a los actuales 500 millones de dólares; y de al menos el 30% sobre la parte de dichos patrimonios superior a una suma equivalente a los actuales 5 mil millones de dólares.

Artículo 97. Un impuesto global progresivo sobre la renta

Se introduce un impuesto mundial anual de al menos el 5% sobrfe las rentas de las personas físicas suñperiores a una suma equivalente a los actuales 500.000 dólares al año; de al menos el 10% sobre la parte de las mismas rentas superior auna suma equivalente al actual millón de dólares al año; de al menos el 20% sobre la parte de dichas rentas superior a una suma equivalente a los actuales 2 millones de dólares; de al menos el 40% sobre la parte de las mismas rentas superior auna suma equivalente a los actuales 4 millones de dólares anuales; y del 80% sobre la parte de las mismas rentas superior a una suma equivalente a los actuales 8 millones de dólares al año.

Artículo 98. Las deudas públicas

A título de resarcimiento de los daños provocados hasta ahora a los bienes comunes de la Humanidad y a las generaciones futuras por el desarrollo industrial ecológicamente insostenible de los países ricos, la deuda pública de los países pobres en los cuales la renta media per cápita de la población sea inferior a una suma equivalente a los actuales 20.000 dólares al año, es asumida por la Federación de la Tierra.

La deuda pública de los restantes países es garantizada por el Banco Mundial, y los Estados deudores deberán pagar solamente sus intereses equitativamente preestablecidos en una medida igual y constante.

Artículo 99. El Presupuesto de la Federación de la Tierra

El Consejo Económico y Social formula cada año el Presupuesto de la Federación de la Tierra y lo somete a la aprobación de la Asamblea General. El Presupuesto de la Federación:

  1. a) asegura el equlibrio entre los ingresos y los gastos; b) establece la medida de las tasas y de los impuestos globales; c) asigna a las Instituciones Globales de Garantí, en las medidas establecidas por el artículo 92, las cuotas del Presupuesto Planetario destinadas a las garantías de los derechos y de los bienes fundamentales.

DISPOSICIÓN FINAL

Artículo 100. El proceso constituyente

            Este Proyecto de Constitución, al término de su discusión y de las enmiendas aportadas al mismo por parte del mayor número de personas, será depositado en la Sede de la Organización de las Naciones Unidas, sometido a la atención, al debate, a las modificaciones y a la aprobación de la Asamblea General, y abierto a la adhesión y a la ratificación de todos los Estados.

Nota de SURCOS:

Esta propuesta de Constitución de la Tierra es un aporte del profesor Luigi Ferrajoli, profesor emérito de la Universidad de Roma II.

Fue compartida con SURCOS por Walter Antillón con la siguiente explicación y llamamiento:

Queridos amigos, como dicen muchas personas, entre tantas desgracias que nos inflige, la Pandemia ha servido también para dejar en claro algunas cosas importantes:

  1. La palmaria verdad de un Mundo insolidario y autodestructivo regido por el afán insaciable de lucro de un grupo de poderosas transnacionales que han subordinado a los Estados-Nación al logro de sus designios, dando al traste con la Naturaleza y los más altos valores de la Cultura;
  2. La evidencia pública de la necesidad de reducir la enorme brecha económica existente entre ricos y pobres con medidas como sistemas tributarios fuertemente progresivos, vigorosas políticas de inversión y otras, para garantizar juntamente la reactivación y un acceso equitativo y seguro de todas las personas a los servicios de salud y, en general, a los servicios públicos esenciales;
  3. Una verdad inocultable acerca de la misantropía y la ceguera de los gobiernos neoliberales, grandes y pequeños, que venían desmantelando minuciosamente las estructuras de la salud pública, reduciendo la plantilla de los médicos y enfermeros, cerrando hospitales y clínicas, y han tascado amargamente su impotencia frente a la magnitud de una peste que ha puesto en evidencia la mezquindad de sus miras;
  4. Una verdad transparente acerca de la desembozada codicia de las transnacionales farmacéuticas, que frente a la tragedia y las penurias de la Humanidad causadas por la Pandemia, hacen prevalecer su avidez de ganancias a través de los precios de las vacunas y las maniobras oligopólicas;
  5. Una verdad inocultable acerca de la carencia vergonzosa de un robusto Centro coordinador de la salud mundial, que centralizara todos los recursos científicos, financieros y logísticos para brindar rápida, gratuita y equilibradamente al Planeta, lo que los países aislados, pequeños y grandes, han terminado haciendo tarde y mal, de manera inequitativa y con altísimos costos.

El Planeta necesita desesperadamente poner freno a esta marcha insensata hacia el Caos: es preciso gobernar el Mundo cuerda y bondadosamente, con equidad y humanidad. Y en ese sentido quiero hacer del conocimiento de todos Ustedes, la iniciativa tomada por un prestigioso jurista coetáneo, el profesor Luigi Ferrajoli, emérito de la Universidad de Roma III, que se titula UNA CONSTITUCIÓN DE LA TIERRA (en una modesta traducción realizada por mí, con la colaboración de la estudiante de Derecho Naomi Fernández Rodríguez, de la Sede de Occidente, UCR), el cual permite vislumbrar una luz de esperanza y el camino que conduce a ella.

Me dirijo a nuestra Facultad de Derecho, a nuestra Universidad de Costa Rica, a las Universidades Públicas, para que patrocinen la discusión de las cuestiones suscitadas en este importante documento, y su difusión entre los sectores más conscientes de la comunidad nacional; que se interpele a los flamantes candidatos a la Presidencia de la República y a la Asamblea Legislativa para que tomen una clara posición ante la gravedad de una situación que ya afecta gravemente a los países pobres como el nuestro; y que los arrastrará irremediablemente a la ruina, si no conseguimos hacer un esfuerzo planetario en pro de la vida, de la dignidad y de los derechos de todos.