Ir al contenido principal

Etiqueta: empleo público

Grandes manifestaciones en defensa de la democracia

En defensa de la independencia judicial, la división de poderes y la democracia representativa. El Sindicato del Poder Judicial ANDEJUD, y el Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense BUSSCO invitan a “Grandes manifestaciones en defensa de la democracia” el día lunes 14 y martes 15 de junio del 2021 a las 2:30 pm., frente a la Asamblea Legislativa.

ASDEICE convoca a manifestarse contra ley de empleo público

A trabajadores y trabajadoras que puedan asistir, en la medida de sus posibilidades

El próximo martes 15 de junio, los diputados y diputadas iniciarán el primer debate de la nefasta Ley Marco de Empleo Público, que cercenará los derechos de las y los empleados públicos y concentrará peligrosamente el poder en pocos jerarcas.

La Asamblea Legislativa pretende seguir adelante con este proyecto, aun cuando la Corte Plena indicó hace pocos días que dicha ley afectaría la división de poderes y es inconstitucional.

Desde ASDEICE hacemos un llamado a todas y todos los trabajadores que, en la medida de sus posibilidades, puedan asistir este martes 15 de junio, desde las 2:00 pm, a manifestarse contra este nefasto proyecto de Ley que busca implementarse al estilo de las peores dictaduras.

Digamos no al recorte de derechos, no al salario global, no a la peligrosa concentración del poder en pocas manos, defendamos la institucionalidad costarricense, de la que nuestro ICE forma parte fundamental, y demostremos nuestro repudio a este inconstitucional proyecto de Ley.

Criterio sobre el proyecto de Ley Marco de Empleo Público

En el comunicado de prensa enviado por UNA comunica referente al criterio de la una sobre proyecto de Ley de empleo público, se acuerda que se debe comunicar a la diputación de la asamblea legislativa que la universidad nacional se opone y rechaza el proyecto de ley marco de empleo público, y se debe exigir a la diputación de la asamblea legislativa que retire de la corriente legislativa el proyecto de Ley marco de empleo público, y se solicita a las oficinas de comunicación y relaciones públicas de la universidad nacional que comuniquen y divulguen, de forma inmediata, este acuerdo, en redes sociales y medios disponibles. acuerdo firme.

A continuación se puede leer el comunicado completo:

3 de junio de 2021

UNA-SCU-ACUE-136-2021

Lcdo. Edel Reales Noboa

Director a.i

karayac@asamblea.go.cr

ereales@asamblea.go.cr

Asamblea Legislativa

Estimados señores y señoras:

Les transcribo el acuerdo tomado por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional, según el artículo V, inciso I, de la sesión ordinaria celebrada el 3 de junio de 2021, acta no4023, que dice:

CRITERIO SOBRE EL PROYECTO DE LEY MARCO DE EMPLEO PÚBLICO, EXPEDIENTE N.º 21336.

RESULTANDO:

  1. El oficio UNA-SCU-OFIC-183-2020, del 3 de setiembre de 2020, suscrito por el M.Sc Tomás Marino Herrera, presidente del Consejo Universitario, transcribe el acuerdo del Consejo Universitario de la Universidad Nacional, según el artículo IV, inciso I, de la sesión ordinaria del 3 de setiembre de 2020, acta n°3944, Criterio sobre el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, expediente n.°21336, que indica:
  2. COMUNICAR A LA DIPUTACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA QUE LA UNIVERSIDAD NACIONAL RECHAZA EL PROYECTO DE LEY MARCO DE EMPLEO PÚBLICO, EXPEDIENTE N.°21336, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LOS CONSIDERANDOS DEL 3 AL 10 DE ESTE ACUERDO FIRME.
  3. El oficio UNA-SCU-ACUE-292-2020, del 10 de diciembre de 2020, suscrito por el M.Sc Tomás Marino Herrera, presidente del Consejo Universitario, transcribe el acuerdo del Consejo Universitario de la Universidad Nacional, según el artículo III, inciso I, de la sesión extraordinaria del 10 de diciembre de 2020, acta n.°3979-551, que dice:

POR TANTO, SE ACUERDA:

  1. COMUNICAR A LA DIPUTACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA QUE LA UNIVERSIDAD NACIONAL RECHAZA EL PROYECTO DE LEY MARCO DE EMPLEO PÚBLICO, EXPEDIENTE N.°21336, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LOS CONSIDERANDOS 3 Y 4 DE ESTE ACUERDO. ACUERDO FIRME.
  2. El oficio AL-DSDI-OFI-0053-2021, del 25 de mayo del 2021, suscrito por el señor Edel Reales Noboa, director a.i del Departamento de Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa remite a la Universidad Nacional, el texto sustitutivo sobre el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público.
  3. El oficio UNA-CATI-SCU-OFIC-057-2021, del 25 de mayo de 2021, suscrito por el M.Sc. Steven Oreamuno Herra, coordinador de la Comisión de Análisis de Temas Institucionales, mediante el cual solicita criterio sobre el expediente n.°21336 a las siguientes instancias universitarias: Rectoría, Asesoría Jurídica, Vicerrectoría de Administración, Programa Desarrollo de Recursos Humanos, Escuela de Economía, Área de Planificación (Apeuna) y Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Universidad Nacional (Situn).
  4. En atención al oficio UNA-CATI-SCU-OFIC-057-2021, del 25 de mayo de 2021, se recibieron las siguientes respuestas:
  5. a) El oficio UNA-APEUNA-OFIC-149-2021, del 27 de mayo 2021, suscrito por el máster Juan Miguel Herrera Delgado, director del Área de Planificación.
  6. b) El oficio UNA-EE-OFIC-200-2021, del 28 de mayo de 2021, suscrito por la máster Shirley Benavides Vindas, directora de la Escuela de Economía.
  7. c) El oficio UNA-PDRH-OFIC-215-2021, del 28 de mayo del 2021, suscrito por la Lcda. Paola Arguedas Chacón, directora del Programa Desarrollo de Recursos Humanos.
  8. d) El oficio SITUN-OFIC-110-2021, del 28 de mayo de 2021, suscrito por el máster Álvaro Madrigal Mora, secretario general del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Universidad Nacional-SITUN.
  9. e) El oficio UNA-AJ-DICT-224-2021, del 1 de junio de 2021, suscrito por la Lcda. Ana Beatriz Hernández González, asesora jurídica.
  10. El pronunciamiento del Consejo Nacional de Rectores, del 2 de junio de 2021, manifiesta oposición contra el contenido y aprobación de proyecto de Ley Marco de Empleo Público y advierte nuevamente a la Asamblea Legislativa el error que significaría su aprobación.
  11. El pronunciamiento de la Corte Plena tomado en la sesión extraordinaria del 2 de junio, mediante el cual se emitió el criterio judicial sobre el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, expediente 21.336, en el que se concluyó que el nuevo texto de la iniciativa, afecta el funcionamiento y organización del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

  1. De conformidad con la consulta realizada en la página de la Asamblea Legislativa el 31 de mayo de 2021, el último movimiento registrado es el primer debate en plenario fue el 18 de marzo de 2021 y cuenta con un informe del Departamento de Servicios Técnicos.
  2. El proyecto de ley pretende regular las relaciones de empleo entre el Estado y las personas servidoras públicas, con la finalidad de asegurar la eficiencia y la eficacia en la prestación de los bienes y servicios públicos, así como la protección de los derechos laborales en el ejercicio de la función pública, de conformidad con la implementación de un único régimen de empleo público que sea coherente, equitativo, transparente y moderno.

Además, tiene como objetivo uniformar el salario en el sector público en puestos similares, mediante la creación de un salario global en el que no se reconocerían pluses salariales y se concede únicamente incentivos relacionados con el rendimiento que se obtenga en la evaluación del desempeño.

Se establece un papel protagónico en el proceso al Ministerio de Planificación nacional y política Económica (Mideplan), a través de la emisión de lineamientos generales sobre políticas de empleo, sistemas de contratación, valoración, evaluación del desempeño y publicidad de los concursos.

Crea regulaciones directas en tema de vacaciones e indica que no podrá concederse más de 20 días hábiles por año, incorpora temas de permisos para el cuidado de familiares y permisos de paternidad para cuido de hijos recién nacidos o adoptados; entre otros tópicos.

Incluye en el ámbito de esta ley a las universidades públicas, la Caja Costarricense de Seguro Social y las municipalidades, y establece plazos para cumplir con lo dispuesto. El salario global aplicará a los nuevos empleados.

  1. El Área de Planificación de la Universidad Nacional, por medio del oficio UNA-APEUNA-OFIC-149-2021, del 27 de mayo de 2021, brinda las siguientes observaciones:

Consideramos que este proyecto ley, es contrario al artículo 84 de la Constitución Política de la República, al dar lineamientos específicos sobre el tema del empleo a las instituciones de educación superior universitaria, por cuanto esto atenta contra su “independencia para el desempeño de sus funciones y la capacidad jurídica para adquirir derechos y obligaciones”. Por otro lado, le confiere un poder absoluto en materia relativa de la relación laboral patrono- empleado sobre generación de normativa, autorizaciones, metodologías e instrumentos y fiscalizaciones posteriores a instituciones del Gobierno Central como el Ministerio de Planificación y Política Económica, el Ministerio de Hacienda (Autoridad Presupuestaria) y al Ministerio de Educación, dejando, particularmente a las oficinas de recursos humanos de las instituciones de educación superior públicas estatales como meros tramitadores y aplicadores de los lineamientos que de ahí se generen, además de ofrecer información a estas entidades para posteriores fiscalizaciones del acatamiento de esas directrices. Esta propuesta deja sin efecto las convenciones colectivas de trabajo y mucha de la normativa institucional que rige el régimen laboral en la institución.

Asimismo, el artículo 85 constitucional establece principios y normas que regulan la planificación y el presupuesto universitarios, criterio que ha sido compartido por el CONARE en su artículo “El Proyecto de Ley de Empleo Público: división de poderes, autonomía e independencia funcional del 28 de febrero del año en curso, que indica:

El artículo 84 constitucional crea independencia universitaria económica, separando su patrimonio del Estado, y el artículo 85 establece principios constitucionales y normas especiales que regulan la planificación y el presupuesto universitarios, en cuya formulación no pueden intervenir los Poderes del Estado; precisamente para evitar el disparate de politizar uno de los baluartes de nuestra democracia, la Universidad Pública, desde la cual se generan contrapesos con efectos equilibrantes.

Además, el Área de Planificación plantea observaciones más específicas vinculadas a cada artículo, las cuales se pueden leer en el siguiente enlace:

https://agd.una.ac.cr/share/s/MaA9FqNdSg6C7rg5bPvKWw.

  1. La Escuela de Economía, por medio del oficio UNA-EE-OFIC-200-2021, del 28 de mayo de 2021, realiza el siguiente análisis:

De dicho Proyecto de Ley se esperan cuatro grandes resultados: La primera, que colabore en la reducción del déficit fiscal por medio de una desaceleración del ritmo de crecimiento del gasto en remuneraciones. Segundo, que reduzca la dispersión salarial producto de los distintos sub-regímenes existentes. Tercero, que establezca mecanismos que fomenten la eficiencia y la productividad. Cuarto, que modernice el modelo de gobernanza de gestión del recurso humano público.

Por la coyuntura fiscal que vive el país, los posibles ahorros fiscales derivados de la Ley han generado amplio interés. Las estimaciones iniciales emanadas del Ministerio de Planificación apuntan a un ahorro inicial del 0.7% del PIB en el Gobierno Central durante el primer año de implementación, cifra que ha levantado dudas en distintos sectores de la población. Algunas dudas se derivan de una cuestión puntual: ¿son tales ahorros producto de la aplicación de la Ley de Empleo Público exclusivamente o se han incorporado otros elementos ajenos a dicha Ley en las estimaciones del Ministerio?

¿Cuál es el verdadero efecto en el gasto público?

La Escuela de Economía de la Universidad Nacional, preocupada por la situación que atraviesa el país y con la responsabilidad de generar información confiable para los tomadores de decisiones, ha realizado un esfuerzo, tomando en cuenta la información con que se cuenta, y ha elaborado un modelo que aproxima los efectos reales sobre el gasto público de dicho proyecto de ley.

Asimismo, se puede considerar lo siguiente:

  1. La Ley es técnicamente débil en la promoción de mecanismos que fomenten la eficiencia, eficacia y la calidad de los servicios públicos. La desaparición de los incentivos para dar paso a un salario global deja al Sector Público sin herramientas estratégicas que vinculen la remuneración con la consecución de objetivos socialmente deseables. La evaluación planteada y los parámetros que la regulan no son lo suficientemente poderosas para elevar por sí solas los niveles de productividad y otros objetivos deseables.
  2. El ahorro potencialmente esperado producto de la aplicación de la Ley de Empleo Público es reducido y el mismo más bien se explica por la existencia de otras piezas de gestión del recurso humano público como la regla fiscal que por el proyecto mismo.
  3. Existe poca claridad en la Ley sobre los parámetros que regularían la definición de salarios únicos, así como las brechas que separarían los distintos grupos creados al amparo de la Ley. Por ejemplo, no está claro que debería existir una norma que limite los salarios de los esquemas especiales en relación con el esquema base. De igual manera, se deja en manos de MIDEPLAN la definición del salario único y sus niveles.
  4. El Programa Desarrollo de Recursos Humanos, mediante el oficio UNA-PDRH-OFIC-215-2021, del 28 de mayo de 2021, brinda las siguientes observaciones:
  5. Este proyecto ley crea el “Sistema General de Empleo Público” y coloca al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica como su ente rector, en el que sus funciones no se limitan a establecer, dirigir y coordinar la emisión de políticas públicas y los lineamientos generales que tiendan a la estandarización, simplificación y coherencia del empleo público, sino que también irrumpe en la administración del talento humano de las entidades autónomas.
  6. Establece de forma clara que el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, no se restringirá a diseñar los lineamientos generales de la política de empleo público, sino que dará órdenes específicas a cada entidad descentralizada para organizar su gestión de empleo, desde la forma en que se diseñan hasta los criterios a utilizar en las pruebas de conocimiento, competencias y psicométricas para la selección de personal y la forma precisa en que deben efectuarse por ejemplo, los concursos internos y externos, cómo debe cada entidad realizar sus procesos de evaluación, así como diseñar la política salarial interna, que excede las potestades de dirección, planificación y coordinación, todo esto desde una plataforma integrada de empleo público, como un registro centralizado de información estadística cualitativa y cuantitativa, bajo la administración de dicho Ministerio, lo que es una labor administrativa y no de dirección.
  7. Uno de los argumentos que se ha utilizado para impulsar modificaciones en el empleo público, es el de la existencia de diferencias salariales entre entes públicos para puestos similares, sin considerar la existencia en nuestro caso, de un complejo quehacer como lo es el académico, que abarca tanto el ámbito docente y administrativo-docente como el de investigación, extensión universitaria y gestión académica administrativa.
  8. El proyecto establece como competencia de MIDEPLAN o del Servicio Civil, la determinación de la metodología por medio de la cual se fijarán los salarios en todo el sector público generando una transgresión de las autonomías administrativas. Asimismo, impide la negociación salarial, sea por medio de la negociación colectiva, o por medio de la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público, todo lo cual quebranta el artículo 62 de la Constitución Política y el convenio 98 de la OIT.
  9. Por otra parte, la gestión del desempeño es parte de las políticas propias de la autoorganización que implica la autonomía universitaria administrativa de organización y gobierno. El sistema de evaluación de desempeño en el ámbito universitario corresponde definirlo a sus propias autoridades, pues estas instituciones están fuera del ámbito del Poder Ejecutivo y de su jerarquía, no sólo por su naturaleza y régimen constitucional de autonomía e independencia, sino como resultado propio de la complejidad de su quehacer, autorregulado y definido mediante el Plan Nacional de Desarrollo de la Educación Superior Universitaria Estatal, al que toda evaluación queda necesariamente vinculada.
  10. El objetivo del sistema de gestión del desempeño por competencias actual de la Universidad perdería su objetivo, al tener que regirse por lo que establece el Servicio Civil y el Ministerio de Planificación. Un modelo de evaluación de empleo público que no agregaría información indispensable para retroalimentar los programas de atracción y dotación, clasificación y valoración de puestos, formación y desarrollo y calidad de vida laboral que permitan garantizar el desarrollo del talento humano universitario.
  11. Asimismo, la sanción y el incentivo salarial que se implementan en el proyecto también son contrarios al modelo de gestión del desempeño vigente en la Universidad, en el que la valorización de la experiencia y el conocimiento del personal hacen que la gestión del desempeño no se reduzca a un esquema de castigo o recompensa, sino a la forma de mejorar destrezas y habilidades del talento humano, para que pueda desarrollar de manera óptima su quehacer, según las competencias aplicadas al puesto de trabajo que desempeña.
  12. La propuesta es omisa en cuanto a la regulación de las condiciones objetivas de inelegibilidad, prohibiciones e incompatibilidades. Los artículos 191 y 192 constitucionales, garantizan el derecho de libre acceso a los cargos públicos, en condiciones de igualdad y a partir de la idoneidad comprobada. Bajo ese postulado, resulta necesario indicar que el régimen de los Derechos Fundamentales es reserva de ley, lo que significa que las condiciones de inelegibilidad e incompatibilidades sólo pueden ser establecidas por la ley, siendo prohibidos los reglamentos autónomos en esta materia (artículo 19 de la Ley General de la Administración Pública). Siendo así, corresponde a la ley, establecer las situaciones jurídicas que impidan acceder a un cargo público y las incompatibilidades de determinadas actividades públicas o privadas con relación a un determinado puesto, bajo el principio de transparencia e imparcialidad.

Otras observaciones

[…]

  1. Derechos de elegibilidad transversales: por lo descrito en el proyecto de ley y sus constantes modificaciones podría utilizarse el modelo de contratación del Servicio Civil para aplicar en todo el sector público, incluidas las universidades, lo que sin duda afectaría la búsqueda del ADN de la UNA en las personas que optan por un cargo, teniendo que aceptar elegibilidades «universales» que, con claridad meridiana, no es conveniente.
  2. Procedimiento de despido: Se debe considerar la severidad de la aplicación del artículo 21 de este proyecto de ley, debido a que su rigurosidad puede provocar que el mecanismo de evaluación del desempeño, se constituya en simples “acuerdos entre jefaturas y funcionarios” para no llevar a la afectación de ninguna de las dos partes, en detrimento del verdadero sentido de la evaluación del desempeño, de constatar las áreas de mejora de los servidores públicos y establecer los mecanismos para la mejora y el cumplimiento de las actividades y metas propuestas.

Por otra parte, se debe considerar si este artículo está implicando el “doble castigo”, porque el servidor público será despedido con 2 evaluaciones con resultados menores de 70, este sería sin responsabilidad patronal y adicionalmente, quedaría fuera del sistema público (sin posibilidad de trabajar) por períodos que van de seis meses a dos años.

En el inciso “j” de este artículo 21 cita al final: “Las instituciones de educación superior universitaria estatal, emitirán normativa interna que regule esta materia”. Significa esto que: ¿las Universidades tienen la posibilidad de no aplicar el despido por 2 calificaciones de desempeño consecutivas menores a 70?, sino que deben atender lo correspondiente al “debido proceso” normado en cada Institución. De ser así, es importante realizar las aclaraciones correspondientes al artículo.

  1. Postulados rectores que orientan los procesos de formación y capacitación: La inclusión de este inciso “g” en el artículo 23, puede llegar a limitar el servicio ofrecido a una comunidad diversa, generar conflicto entre los mismos servidores públicos, facilitar la “desatención de servicios bajo el entendido del derecho a la objeción de consciencia”. Facilitar que los servidores públicos antepongan dicho inciso y no se capaciten o preparen incluso en políticas institucionales de acoso sexual, laboral, temas vinculados discriminación por género, discapacidad, diversidad sexual, temas ambientales u otros. Por ende, puede llegar a tener impacto en los servicios brindados, los procesos de gestión de talento humano y complicar los procesos de evaluación del desempeño laboral.
  2. Criterios para la evaluación del desempeño: Es necesario que se valore la severidad de considerar “falta grave” el seguimiento al plan de trabajo anual de los servidores públicos, por parte del Director/Jefe, así como, el mantener al día el sistema informático con las actividades de trabajo, por parte del Superior y la persona funcionaria, indicado en el artículo 29, debido a que falta grave de acuerdo con el “debido proceso” implica despido. Así como, se debe aclarar si las Instituciones de Educación Superior, pueden ajustarse a lo normado como “debido proceso y proceso disciplinario internos”, o, por el contrario, deben agregar esta “falta” con los alcances que indica este artículo.
  3. El Situn, por medio del oficio SITUN-OFIC-110-2021, del 28 de mayo de 2021, brinda observaciones a esta nueva versión del Proyecto de Ley del expediente n.o21336; además, con el oficio SITUN-OFIC-158-2019, de 6 de agosto de 2019, habían incorporado consideraciones generales y otras más específicas, ante un proyecto tan importante que pretende una modificación sustancial en las relaciones estatutarias de empleo público y “empleo mixto” entre la Administración Pública y las personas trabajadoras del sector público queriendo involucrar dentro de estas a las universidades públicas del país y a otras instituciones autónomas.

El análisis contempla 5 apartados que se encuentran en el siguiente link: https://agd.una.ac.cr/share/s/lsS4uDj_S5yC30if1Dw5fQ, relacionados con las consideraciones generales, la autonomía plena de las universidades públicas, surgimiento de la autonomía de la Universidad Nacional, observaciones específicas a la versión actual del proyecto de ley y recomendaciones finales.

Concluye el Situn que, una vez conocida esta nueva versión del proyecto, es clara la recomendación de no apoyar este proyecto de ley, por cuanto pretende:

  • Violentar la autonomía de las universidades públicas y de otras instituciones.
  • Pretende violentar la independencia de poderes.
  • Promueve privilegios salariales para el presidente de la República.
  • Concentrar en el MIDEPLAN el control del régimen de empleo público.
  • Es un proyecto con una pésima técnica legislativa muy ambiguo en algunos conceptos.
  • Promueve la privatización de servicios públicos.
  • Promueve una afectación a los salarios del sector público sin un estudio técnico que lo sustente.
  • Promueve un sistema de gestión en materia de recursos humanos que no hay garantía que sea mejor que lo que tiene el país.
  • No incluye ni una norma que se refiera al hostigamiento laboral y al acoso sexual.
  • No incluye el contenido presupuestario para implementar los cambios que propone.
  • Promueve la afectación a la paz social al pretender obstaculizar la libre negociación colectiva en el sector público.
  1. Asesoría Jurídica, por medio del oficio UNA-AJ-DICT-224-2021, del 1 de junio de 2021, realiza el siguiente análisis:
  2. Régimen universitario estatal.

El régimen universitario estatal costarricense comprende desde su origen preconstitucional competencias plenas en materia de administración, organización y gobierno de su propio régimen de empleo. Esta independencia la garantiza nuestra Constitución Política al elevar su contenido a rango constitucional en los artículos 84, 85 y 87, siendo por ello esta materia una de sus competencias constitucionales originarias que no puede ser limitada ni menoscabada por la legislación ordinaria. El proyecto de ley violenta este régimen de independencia de las instituciones de educación superior universitaria estatal.

  1. Potestades a Mideplan.

El modelo de organización del Estado costarricense en la Constitución Política recogió algunas ideas esenciales:

  1. a) Administración Central: con un modelo de división de poderes con independencia funcional.
  2. b) Administración descentralizada: la que a su vez identifica las siguientes categorías:

i.a.i. instituciones autónomas reguladas en el artículo 188.

i.a.ii. Caja Costarricense de Seguro Social, con autonomía específica

en materia de pensiones y jubilaciones.

i.a.iii. Municipalidades, con autonomía política y de gobierno.

i.a.iv. Universidades estatales, con autonomía especial.

En el proyecto de ley se le otorga a Mideplan competencias que violentan este modelo constitucional, como por ejemplo las siguientes:

i.i. Puede emitir directrices y aprobar reglamentos que regirán para todas las entidades del sector público

i.ii. Podrá regular el desempeño y evaluación del personal

i.iii. Determina las familias de cargos

i.iv. Se le otorga injerencia en temas que deberían ser propios de la Dirección General del Servicio Civil.

En general, se somete a las instituciones autónomas al poder centralizado del Ejecutivo en todos los ámbitos esenciales de su independencia en materia de gobierno. Además, somete a otros poderes del Estado a Mideplan, en materia de empleo público, lo cual implica una seria interferencia en el régimen de independencia funcional de cada poder de la República.

  1. Potestades al Servicio Civil

El régimen de servicio civil fue establecido en el artículo 191 y 192 de la Constitución Política con la finalidad de garantizar el desarrollo del empleo público, alejado del vaivén y control políticos asociados al Poder Ejecutivo y a los cambios de su mandato. El Servicio Civil debe gozar de plena independencia frente al Poder Ejecutivo y el Estatuto de Servicio Civil debe regular las relaciones de servicio de los funcionarios públicos, sin perjuicio de la independencia que deriva de la organización política descentralizada autorizada por la propia Constitución Política.

El proyecto contiene dos orientaciones que atentan contra la Constitución Política:

  1. a) Sujeta el Servicio Civil a Mideplan, lo que violenta su independencia.
  2. b) Permite la injerencia del Servicio Civil en asuntos relacionados con la administración del régimen de empleo de las instituciones descentralizadas. Como, por ejemplo:
  3. Adscribe a las oficinas de recursos humanos de estas instituciones a la Dirección General del Servicio Civil, lo cual violenta la autonomía organizativa.
  4. Interinazgo de funcionarios.
  5. Injerencia de la Autoridad Presupuestaria

Esta injerencia se constata en la regulación del salario global, lo que atenta contra la autonomía de las instituciones descentralizadas y en particular de las universidades estatales.

  1. Derecho a la negociación Colectiva

Se desconoce jurisprudencia constitucional que reconoce el derecho a la negociación colectiva en el sector público. Si bien este derecho tiene límites establecidos en normas y jurisprudencia, no es posible eliminarlo, pues se atentaría contra la Constitución Política.

SOBRE LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA

La autonomía universitaria de la cual goza esta casa de enseñanza está regulada en el artículo 84 de la Constitución Política y específicamente en el artículo 4 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nacional. La autonomía que brinda la Constitución Política a las universidades públicas es de la más amplia que existe en la Administración. Esta comprende la autonomía funcional-organizacional, política, administrativa y financiera.

Este proyecto de ley violenta en forma grosera la autonomía universitaria, según lo indicado en los párrafos anteriores y en el documento adjunto en el cual se hace referencia a cada uno de los artículos podrían violentar la autonomía universitaria. 

Ver el enlace: https://agd.una.ac.cr/share/s/oT5OhXjvT7axjBHH0loCag

  1. Las personas integrantes de la Comisión de Análisis de Temas Institucionales conocido el contenido del Proyecto de Ley N.21.336 y las observaciones realizadas por las instancias universitarias consultadas, reiteran su rechazo al proyecto de Ley Marco de Empleo Público, al incorporar a las universidades públicas estatales en su ámbito de aplicación y no respetar que el régimen universitario estatal costarricense comprende desde su origen preconstitucional competencias plenas en materia de administración, organización y gobierno de su propio régimen de empleo, independencia que nuestra Constitución Política le garantiza al elevar su contenido a rango constitucional en los artículos 84, 85 y 87, siendo por ello esta materia una de sus competencias constitucionales originarias que no puede ser limitada ni menoscabada por la legislación ordinaria, tal y como ha sido reiterado en amplia jurisprudencia constitucional aplicable.

La propuesta de Ley Marco de Empleo Público contenida en el expediente legislativo 21336 a iniciativa del Poder Ejecutivo promueve, en su propio beneficio, una desproporcionada centralización de un poder de dirección y un aumento irracional de control político sobre todos los demás poderes que conforman el Gobierno de la República, tal y como lo advirtió la Corte Plena en el pronunciamiento tomado en la sesión extraordinaria del 2 de junio de 2021. Asimismo, pretende debilitar las instituciones autónomas de servicio ciudadano y los gobiernos territoriales municipales, pues suprime el contenido propio de las competencias constitucionales originarias, en clara violación de los artículos 9, 84, 85, 87, 149, 191 y 192 de nuestra Constitución Política.

Este proyecto irrespeta el derecho colectivo establecido constitucionalmente en la Carta Magna, artículo 62, al desconocer lo que válidamente han acordado las autoridades universitarias con sus trabajadores en las convenciones colectivas. Además, otorga al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, potestades que exceden la dirección, planificación, coordinación y emisión de lineamientos generales de la política de empleo público, que violentan el modelo de organización del Estado costarricense establecido constitucionalmente.

Asimismo, contiene dos orientaciones que atentan contra la Constitución Política, por una parte, el sujetar el Servicio Civil a Mideplan violenta su independencia frente al Poder Ejecutivo y, por otra parte, la injerencia del Servicio Civil en asuntos relacionados con la administración del régimen de empleo de las instituciones descentralizadas, al adscribir a las oficinas de recursos humanos de estas instituciones a la Dirección General del Servicio Civil, atenta contra la autonomía organizativa.

A pesar de los señalamientos y las advertencias realizadas en criterios anteriores, la diputación de la Asamblea Legislativa continúa con la aprobación de un proyecto de Ley nefasto, que quebranta el régimen de institucionalidad democrática costarricense contenido en el orden constitucional, atenta contra nuestro Estado Social de Derecho y la organización política estatal. Presenta, además, una serie de inconsistencias, omisiones y contradicciones, según los análisis indicados en los considerandos del 3 al 7, por lo que se recomienda al plenario del Consejo Universitario comunicar a la diputación de la Asamblea Legislativa el rechazo de la Universidad Nacional al proyecto de Ley Marco del Empleo Público, expediente n.o21336.

POR TANTO, SE ACUERDA:

  1. COMUNICAR A LA DIPUTACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA QUE LA UNIVERSIDAD NACIONAL SE OPONE Y RECHAZA EL PROYECTO DE LEY MARCO DE EMPLEO PÚBLICO, EXPEDIENTE N.°21336, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LOS CONSIDERANDOS DEL 3 AL 8 DE ESTE ACUERDO. ACUERDO FIRME.
  2. EXIGIR A LA DIPUTACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA QUE RETIRE DE LA CORRIENTE LEGISLATIVA EL PROYECTO DE LEY MARCO DE EMPLEO PÚBLICO, EXPEDIENTE N.º 21336, POR SU CARÁCTER INCONSTITUCIONAL Y SU AFECTACIÓN AL ESTADO SOCIAL DE DERECHO. ACUERDO FIRME.
  3. SOLICITAR A LAS OFICINAS DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES PÚBLICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL QUE COMUNIQUEN Y DIVULGUEN, DE FORMA INMEDIATA, ESTE ACUERDO, EN REDES SOCIALES Y MEDIOS DISPONIBLES. ACUERDO FIRME.

Atentamente,

CONSEJO UNIVERSITARIO

M.Sc. Tomás Marino Herrera

Presidente

Lsr/w/136-2021 criterio proyecto 21336

c: Contraloría Universitaria

Asesoría Jurídica

Gaceta

 

Imagen de cabecera tomada de Mideplan

Compartido con SURCOS por UNA Comunicación.

“Gobierno paralelo” hunde a miles de costarricenses

Por Rafael A. Ugalde Quirós*

A menos de un año de las elecciones generales en Costa Rica, el llamado “gobierno corporativo” hunde a miles de trabajadores costarricenses en la pobreza y la desigualdad social, viendo ellos como la pequeña nación centroamericana de 51 mil kilómetros cuadrados irremediablemente, se “colombianiza” por la corrupción y narcotráfico en los más altos niveles de la sociedad, mientras intencionalmente va cambiando el Estado Social de Derecho hacia otro donde los poderes de la república formalmente existen pero sus competencias cada vez son más difusas por la colaboración que deben dar para consolidar así el ambicioso “proyecto” país.

 Con un 60% de los votos en segunda ronda para el presidente Carlos Alvarado en 2018, proveniente del Partido Acción Ciudadana (PAC) – una incisión de partidarios que se consideraban marginados del “socialdemócrata” Liberación Nacional (PLN)- los costarricenses hicieron gala de su buena fe y creyeron en un redireccionamiento de la política exterior , la seguridad ciudadana, la cleptocracia y la economía doméstica controlada, esta última, como es sabido, por al menos un centenar de familias encargadas de las finanzas, los bancos y el gran comercio. Los votantes vieron entonces la oportunidad de “castigar” al cerrado bloque bipartidista constituido por “socialcristianos” y “liberacionistas”, fortalecido sobre manera a partir de la administración de Luis Alberto Monge (1982-1986), cuando este gobierno apostó por el Primer Ajuste Estructural de la Economía (PAE I) exigido por el Banco Mundial.

Es así que a menos de 10 meses de realizarse las elecciones generales – están previstas para el 6 de febrero de 2022- la reputación del mandatario no es la mejor: sus detractores lo vincularon con supuestos viajes de descanso pagado por empresarios allegados a su gobierno, de priorizar la economía por encima de la salud de los trabajadores, de no dejar pasar la crisis de la pandemia para echar al suelo conquistas laborales y de recolectar “información” personal de más de un millón de ticos, sin que los ciudadanos conocieran estas andanzas, entre otras. La Fiscalía General de la República dice que va a investigar hasta las últimas consecuencias al gobernante y a un cercano grupo suyo por este asunto de la recolección de información de más de un millón de personas que, primero se entregó a una empresa privada para su “custodia” y luego, dicen ya está en el lugar correspondiente por ley: el Ministerio de trabajo. Su popularidad tampoco es la mejor, pues una encuesta centroamericana de opinión otorgó a Alvarado el último lugar en el istmo (Agencia Prensa Latina, citando a la encuestadora CID Gallup 4/3/2021).

La matriz mediática presenta además al gobernante como “alumno” aventajado en cuanto a las peores causas enarboladas por Washington, sí se trata de los gobiernos constitucionales de Daniel Ortega y Nicolás Maduro, en Nicaragua y Venezuela, respectivamente. Respalda al “grupo de Lima” y a la desprestigiada Organización de Estados Americanos (OEA), cuando se trata de reconocer al “gobernante fantasía” y su “banda” – no controlan en Venezuela una cuadra- encargados de saquear los activos de los venezolanos en el extranjero. Sí bien es cierto el gobierno de Alvarado terminará su administración en 2022, desde ya tiene asegurado un lugar en el colectivo de miles de trabajadores costarricenses, sobre todo a partir de sus gestiones para alcanzar un préstamo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por $ 1.778 millones, que a decir de sus detractores, no necesita el país y, en cambio, compromete seriamente el futuro del movimiento sindical, el empleo público y las cuatro universidades públicas para citar algunos de los “daños colaterales” . El decir de estos grupos es que “embarga” la nación centroamericana por varias generaciones, así como toda clase de recursos e instituciones. Las universidades públicas en la mira desde hace tiempo por el “proyecto país” (Súmese el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) o la Refinadora Costarricense de Petróleo) sobreviven frente a unas 60 casas de estudios superiores privadas encargadas de llenar de sus profesionales los tres poderes de la república. Las autoridades universitarias les han costado entrar en razón en el sentido que para muchos de los tecnócratas formados en ellas la educación ya es un gasto ensanchador del llamado déficit fiscal y no una inversión y un derecho a la instrucción, sobre todo de aquellos más arrinconados por el sistema de producción. El dirigente del Sindicato de Empleados de la Universidad de Costa Rica (SINDEU), Trino Barrantes, en un reciente llamado a la unidad para la defensa del “Estado Social de Derecho”, la coordinación de “acciones” y “la lucha contra el neoliberalismo”, calificó de “guerra despiadada desde los tres poderes de la República” la coyuntura que viven los costarricenses.

En otra proclama en ocasión del 1 de mayo dada a conocer por la revista Surcos los trabajadores acusaron a las élites económicas y políticas del PLN, de los Partidos Unidad Socialcristiana, del PAC, Restauración Nacional y Nueva República, de “precarizar” las deterioradas condiciones laborales y salariales, al reducirse las jornadas laborales, suspenderse los contratos de trabajo y congelando salarios. En el documento proclama del movimiento sindical “por el derecho a la vida, al trabajo, a salarios; se oponen al acuerdo con el FMI y las exigencias que el mismo contiene con siete proyectos legislativos simulados, porque deteriora servicios públicos esenciales, empobrecen, y golpe las instituciones estatales.

Recuérdese que mediante una Cadena de radio y televisión a principio de octubre de 2020 Alvarado, y quien fue presidente de la Asamblea Legislativa Eduardo Cruickshank, convocaron a una mesa de diálogo multisectorial a fin de buscar acuerdos para atender la situación fiscal y la crisis económica del país. Cerca de 70 organizaciones entre sindicatos, federaciones estudiantiles de las universidades públicas, Alianza Cristiana, Movimiento solidarista, municipalidades, Asamblea de Trabajadores del Banco Popular, entre otras , junto a Cámaras y federaciones empresariales fueron llamadas al “dialogo” por Costa Rica (fuentes: https://delfino.cr/2020/10/quienes-representaran-a-cuales-sectores-en-la-mesa-de-dialogo-multisectorial y https://www.larepublica.net/noticia/estado-de-la-nacion-cancela-dialogo-multisectorial-porque-no-se-dieron-las-condiciones-necesarias).Sin embargo, ahora algunos “lideres” sindicales que tuvieron expectativas con dicho dialogo, sienten ya los efectos de aquel promovido “acercamiento”; no obstando lo anterior para reconocer que, por encima de las críticas que ahora quieren hacer al jefe de estado, es un hecho que el presidente Alvarado, sí “tiene quien le escriba”, pues en algunos medios de comunicación ha recibido apoyo para su frase favorita dicha por televisión: “trabajar, trabajar”. Estas loas provienen principalmente de miembros de cámaras y federaciones empresariales, algunos cuyos líderes son, a la vez, parte o defensores del poderoso “gobierno corporativo” (Ver: https://elearningccpa.or.cr/producto/presupuesto-publico-contratacion-administrativa-17-05-2021/?id_producto=undefined).

SOROS Y LA “TERCERA VIA”

El “esfuerzo” sostenido por casi 12 años, en cuanto a la posibilidad de una “tercera vía” de gobernanza sin “capitalismo salvaje” y menos algún asomo de “socialismo”, tiene en Costa Rica “magistrales” alumnos que, a lo mejor, el magnate George Soros conoce y ni siquiera imaginó cuando confeccionó sus mantras para el campo de los recursos naturales y dar su lógica creíble a la ideología de género, entre otros. Desde los gobiernos de la expresidenta Laura Chinchilla (2010-2014); el exmandatario Luis Guillermo Solís (2014-2018); así como del actual (2018-2022), la nueva gobernanza está complementada por grandes empresas cuyos esfuerzos van dirigidos a fortalecer las relaciones de los accionistas, propietarios e inversionistas con el Estado, cada vez más disminuido. De esta manera, el llamado “estado corporativo”, adecúa el marco legal, financiero y económico a la “democracia”, “la paz social” y el “desarrollo” del país.

Empero, la discusión sobre cómo organizar a los asalariados y articular sus demandas, más allá del interés del empresariado para que disputen, en un primer momento el poder, lo controlen luego, y posteriormente, sea distribuido entre los sujetos activos de la producción de riqueza, sigue siendo una tarea pendiente entre los líderes de los asalariados. La evidencia más a mano es la desmovilización de los trabajadores promovidos por este sistema de “gobernanza paralelo” en estos últimos años; además de que muchas cabezas de la llamada gente “progresista” o la denominada “izquierda”, han perdido la perspectiva de lucha en pro del derecho a tener patria independiente, justa y digna, presentando como “conquista”, por ejemplo, ver izada la bandera del movimiento LGTBIQ en las afueras de la casa presidencial, como sinónimo de “igualdad” e “inclusión” social, cuando los prejuicios sociales, económicos y religiosos siguen evidentes a lo largo y ancho del país contra estas minorías; o la lucha por mejores salarios para las mujeres, como forma de combatir “el patriarcado”, olvidando la necesidad urgente de enderezar la lucha conjunta de hombres y mujeres contra las estructuras económicas que cada día nos despojan de esa patria cuyas sabanas corrimos siendo niños y a la cual tenemos derechos a vivir con dignidad como personas por el simple hecho de haber nacido vivos.

De esta .manera, quienes por acción u omisión defienden las tesis de Soros en cuanto a familia, ambiente, recursos naturales o trabajo, lograron muchas veces elevar a tema nacional sí, es mejor o peor un “estado laico” , sí la extracción de minerales a cielo abierto va contra el “desarrollo sostenible”, etc.; por encima de por qué en Costa Rica el sindicalismo es inexistente en el sector privado, sí es posible un sindicalismo en pleno siglo XXI que entierre egos y derribe feudos, o sí este país cumple con el artículo 23.1 de la Convención Universal de Derechos Humanos. Esta norma ordena que el trabajo es un derecho garantizado a la persona, pero el gobierno corporativo interpreta que la disposición se refiere a escoger libremente el trabajo. O hasta dónde, haberse sometido a la tesis de la fundación Soros, en cuanto debe reducirse la población en las economías periféricas, ya afectó a toda la sociedad costarricenses. La cantidad de adultos mayores ha crecido un 60% solo en los últimos 12 años y para estar más que claros, para el año 2045, seremos más adultos mayores que jóvenes (Fuente: https://www.google.com/search?q=costa+rica+envejece&rlz=1C1UUXU_esCR944CR944&oq=costa+rica+envejece&aqs=chrome..69i57.9867j0j7&sourceid=chrome&ie=UTF-8).

El “gobierno corporativo” puede ufanarse que el valor agregado en el sector de servicios es de un 73 % del valor total de Costa Rica, seguido por la industria y la construcción (21 %) y el sector primario (5 %). El proceso de apertura al comercio internacional y la atracción de inversión extranjera directa, que comenzó desde las décadas de los ochenta, diversificaron la producción del país, impulsando las exportaciones y mejorando la utilización de la fuerza laboral (Fuente: El Panorama del gobierno corporativo; en https://www.oecd-ilibrary.org/sites/380130cf-es/index.html?itemId=/content/component/380130cf-es). Además debemos alegrarnos que los ticos con anemia menores de dos años son apenas el 18%, el desempleo nacional es de 23,2%, según la encuesta Continúa de Empleo (ECE), cuyo porcentaje de desocupados nunca antes se había visto, cuya fuente asegura es culpa de la pandemia de la COVID 19. O con el creciente deterioro de las escuelas usadas por la gente impedida de recurrir a la boyante educación privada. Según la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo, no se justifica el abandono en que están los centros de educación pública, porque “el Estado es responsable de asegurar las condiciones que permitan la plena realización de los derechos del niño y en particular, el derecho a una educación de calidad. (Fuente: Sobre anémicos en La Nación 16/ago 2019 y https://www.elmundo.cr/costa-rica/defensoria-mal-estado-de-centros-educativos-debe-ser-prioritario-para-el-mep/).

NACE UN MANTRA: “SIN FMI NOS VAMOS AL CARAJO”

El desempleo, la falta de vivienda, los elevados precios de los servicios y los alimentos, el congelamiento de salarios y la exclusión social – Costa Rica está entre los cinco primeros países latinoamericanos con más mayor inequidad – entre otros, estaban antes de la aparición de la pandemia de COVID 19. El sicariato y los “ajustes” de cuenta, al mejor estilo de Colombia, nunca necesitaron de un maldito virus para extenderse. Con o sin vacunas están presentes en la vida del costarricense. Y no hay un plan integrado que ataque las raíces socioeconómicas del problema. Las noticias sobre narcotráfico suelen ser aquí las compañeras inseparables durante el almuerzo o la cena. Solo en febrero de 2021 la Policía Antidrogas confirmó que evitó la “exportación” de 2.5 toneladas de cocaína; que saldría por el puerto de Limón. Según la agencia de noticias Reuter -9 ene de 2021- Costa Rica cerró el 2020 con la mayor cantidad de cocaína y marihuana incautadas en su historia, al decomisar 71,2 toneladas de droga, explicando que el récord se logró por un aumento de la producción en Colombia y mayores capacidades policiales en casa.

En este contexto cobró relevancia que un influyente diputado del PLN, exsecretario general de esa organización y presidente de la comisión legislativa sobre narcotráfico, Gustavo Viales, renunciara a los dos últimos cargos, tras ser vinculado por la policía con una investigación a un cartel dedicado al trasiego de cocaína y legitimación de capitales. (Fuente:ELPaís.cr; 13/4/2021; http://www.elpais.cr/2021/04/13/diputado-viales-del-pln-renuncia-a-inmunidad-por-caso-de-narcotrafico-en-region-sur/). El ha negado toda vinculación hecha por la policía, así como de unos parientes cercanos, haciendo ver su disposición a someterse a la investigación. Según la Fiscalía de la República la banda había infiltrado la policía del Organismo de Investigación Judicial (OIJ); trasegarían una tonelada de cocaína cada dos meses. En 1985 durante la administración del PLN, encabezada por expresidente Monge, fue detenido en Costa Rica el “inversionista” y narcotraficante mexicano, Rafael “Caro” Quintero, supuestamente con una lista de “contactos”. Fue devuelto a México en tiempo récord y la libreta donde, según la prensa, aparecían direcciones y ubicaciones de esos contactos se perdió misteriosamente.

No todo, empero, está perdido en cuanto al derecho de tener un mejor país y lo provisorio del asunto. Para el presidente Alvarado la situación socioeconómica de su país encontrará una solución con el préstamo de $ 1776 millones provenientes del Fondo Monetario Internacional (FMI), pero como “no hay chocolate sin cacao”, para acceder al empréstito deberá reformarse todo el sector estatal, congelar planillas y salarios, así como reducir fondos a importantes instituciones públicas (transferencias suena más elegante). De esta manera, la gobernanza paralela – está inspirada en el gobierno de los empresarios brasileños desde 1995-, prácticamente se consolidará definitivamente, pues quedan pocos activos estatales que vender o dar en concesión.

Durante un reciente discurso dado en la región del pacífico costarricense, en tono coloquial y para destacar la trascendencia del empréstito, Alvarado aseguró que necesitan la reforma del sector público a fin de reducir el faltante fiscal, porque sin el FMI “todo se va al carajo”.

Fuente: Semanario Universidad del 13/4/2021.

El déficit fiscal se origina, según la versión oficial, porque se destina el 1.56% de la producción nacional al pago de la deuda, siendo la mayor carga (83,82% de ella) para los llamados acreedores internos (Fuente: Diario Extra 17/4/2021). Para el Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), Albino Vargas, el faltante fiscal es provocado por los tenedores de bonos de la deuda interna, la evasión de impuestos, la corrupción, el contrabando y las repetidas amnistías tributarias dadas en los distintos gobiernos, cada vez que así exigen el empresariado.

Vargas apunta a que los distintos gobiernos han “satanizado” a los empleados públicos como los responsables de la crisis fiscal cuando hay elevadísimos salarios en el sector estatal para altos burócratas afines al proyecto neoliberal, además de millones de colones que se pagan en “asesorías” a los amigos del gobierno. Es del criterio que quienes tienen bonos de deuda interna y especulan con esos valores, hacen que cada costarricense nazca embargado, pues llega a este mundo con una deudilla equivalente a $ 9.917. Por su parte, el Semanario UNIVERSIDAD se quejó recientemente porque nadie conoce a estos “tenedores de deuda interna”, pues están blindados por el principio de “confidencialidad”, según los altos tribunales del país.

Este periódico dio a conocer que 25 grandes contribuyentes del control unificado del Ministerio de Hacienda entre 2017 y 201|9 estuvieron, inexplicablemente, ausentes del Registro Único de Contribuyentes, según una investigación realizada por la Contralaría General de la república (Fuente: https://semanariouniversidad.com/pais/fifco-britt-h-solis-farmaceutica-y-pineras-fueron-grandes-contribuyentes-que-quedaron-fuera-del-foco-de-hacienda-en-algunos-anos/). El informe asegura que todas esas firmas registraron volúmenes de importaciones por ₡ 370.936 millones e impuestos aduaneros por ₡ 51.078 millones, equivalente en dólares estadounidense a unos $ 604 234 millones y 83 millones.

¡Sí, amigo, Cid Campeador, cosas veredes¡

* Periodista, abogado y notario por la U.C.R.

Programa Voces y Política: “Costa Rica a las puertas del contagio exponencial: Covid-19, Empleo Público y elección del Directorio Legislativo”

SURCOS comparte la siguiente invitación:

Hoy es miércoles de coyuntura y conversamos sobre: “Costa Rica a las puertas del Contagio Exponencial: Covid-19, Empleo Público y elección del Directorio Legislativo”. El programa contará con la participación de:

  • Patricia Mora, profesora universitaria, exministra INAMU
  • Laura Martínez, periodista y directora del Semanario Universidad.

La invitación es para que participen en las redes sociales de Voces y Política o por medio de llamada telefónica al 2234 3233

Para sintonizar el programa: Radio Universidad 96.7 FM

Adjuntamos invitación del evento:

 

Enviado a SURCOS por Mauricio Álvarez Mora.

Ley Marco de Empleo Público y equilibrio de poderes: programa Orden del Día

El tema predominante en corriente Legislativa es el proyecto de Ley Marco de Empleo Público. Debido a esto, en el programa Orden del Día se analizará el tema y su relación con el equilibrio de poderes.

El programa tendrá la participación de Carlos Arguedas, Exmagistrado de la Sala Constitucional y exdiputado. También, participará Constantino Urcuyo, Politólogo-Abogado y exdiputado.

Usted puede seguir el análisis el próximo lunes 26 de abril a las 5pm, por la frecuencia radial 96.7 de Radio Universidad de Costa Rica y la transmisión vía Facebook Live en la página de Radio Universidad.

El espacio busca analizar los proyectos en corriente legislativa y sus implicaciones en el Estado Constitucional de Derecho y los derechos humanos.

Orden del día es conducido por la abogada, comunicadora y coordinadora del Programa de Libertad de Expresión y Derecho a la información, Giselle Boza Solano junto a Rosaura Chinchilla Calderón, abogada y docente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica.

Foro: Empleo público e impactos económicos y fiscales

El pasado 19 de abril del 2021 se desarrolló el foro virtual: “Empleo público e impactos económicos y fiscales. El objetivo de la actividad fue analizar los impactos económicos y fiscales que puede generar el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público número 21336 que se discute en Asamblea Legislativa

En la actividad se detalló información del proyecto de ley y las propuestas económicas y fiscales del actual gobierno. Además, se combinó con información vinculada a la autonomía universitaria y el impacto de esta propuesta.

El espacio tuvo la participación de los diputados Pedro Muñoz y José María Villalta, el académico de la Escuela de Economía de la Universidad Nacional, Fernando Rodríguez. Además, participó la economista y consultora Sofía Guillen y Gastón Baudrit, Asesor Jurídico del Consejo Nacional de Rectores.

La actividad fue desarrollada por la Vicerrectoría de Extensión de la Universidad Nacional de Costa Rica.

Usted puede observar la transmisión del foro en el siguiente enlace: https://youtu.be/CZdQ3VPkfPw

 

Información compartida a SURCOS por Henry Mora Jiménez.

Ley de empleo público y congelación de los salarios

Jorge Hernaldo Jiménez Bustamante

Dos preguntas obligatorias ante la ley de empleo público que se tramita en la Asamblea Legislativa

¿Es esta una ley que procura ordenar el empleo público y terminar con la desigualdad salarial entre instituciones, o es una disimulada ley tributaria con la cual se pretende disminuir el déficit y la deuda pública?

¿Quiénes son los trabajadores del Estado a quienes se les obligará a pagar la deuda pública, y por qué ellos llevarán la peor parte en la voracidad estatal por recaudar impuestos entre los trabajadores?

Con la ley de empleo público, actualmente en trámite en la Asamblea Legislativa, se piensa recaudar, según un estudio hecho por Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, un 1,8% del PIB por año. En la primera década un 1,31%, en la segunda un 1,72% y en la tercera un 1,46% del PIB. Esto equivale a cobrar 653.000 millones de colones por año que se le rebajará de los sueldos y salarios de los 280.00 empleados públicos. En 30 años los empleados públicos pagarán 19.590.000 millones de colones, un 54% del PIB anual. En promedio cada trabajador pagará 68,7 millones de colones.

Este gravoso e injusto impuesto que se le impone a los trabajadores equivale a descontarle en promedio 2,3 millones de colones por año, o sea 195 mil colones por mes.

Las víctimas de esta injusta tributación son:

En el año 2018 el sector público tenía empleados 275.375, en el 2019 se produciría una creación neta de 774 puestos de trabajo y en el 2020 de 367 plazas. Este conjunto pertenece a 217 instituciones, entre gobierno central, Poder Judicial, Asamblea Legislativa, municipalidades, entidades autónomas y descentralizadas.

¿Cómo se compone esta fuerza laboral del Estado?

Un 37,4% trabajan en el sector educativo, la mayor parte maestros y profesores, 103.079. Apreciables y sacrificados trabajadores que con su cultura forman a todos nuestros hijos e hijas para el servicio de la patria.

Un 20,6% son trabajadores de la salud, buena parte de ellos son médicos, enfermeras y enfermeros, auxiliares de enfermería, en los cuales ponemos nuestra vida y salud cuando más los necesitamos. ¿Cuánto sufrimiento humano son capaces de afrontar con estoicismo estos nobles trabajadores, que nos alivian y nos consuelan en nuestros padecimientos? Ellos son 56.683 empleados.

UN 9,7% trabajan en la seguridad, de ellos depende la vida y la hacienda de todos nosotros quienes ante el peligro no dudamos en marcar el 911 y ellos no dudan en exponer sus vidas para evitar el crimen y el delito. 26.748 son policías o trabajan con ellos.

Un 7,5% son trabajadores del sector de energía y ambiente; todos sabemos y comprendemos la importancia de contar con la energía diariamente en nuestro hogar y en nuestro trabajo y también cuanto les debemos a quienes cuidan el ambiente en el cual vivimos.20.677 trabajadores.

Un 6,8% trabajan en hacienda y financiero, son los “malos de la película”, los que manejan nuestros dineros, públicos y privados y de cuya honestidad dependemos todos. Estos son un conjunto de 18.772 empleados

Un 5,7% son quienes trabajan en la elaboración de leyes y su aplicación, la Corte y la Asamblea, otros “malísimos” que tanto nos hacen sufrir y tan poco que se disculpan. Aquí trabajan 15.784 funcionarios de los que no podemos prescindir y quienes en su mayor parte son inocentes de las culpas de sus mentores.

En las municipalidades trabajan 15.156 empleados, un 5,5%.

Y todos los demás son un 6,8%, es decir 18.486 empleados públicos.

La mayor parte de todos estos trabajadores, por no decir todos, tuvieron que estudiar y prepararse, con muchos años de dedicación para ejercer en forma idónea sus puestos. Nadie quiere pensar cuan importantes son sus labores, ahora el conjunto de políticos, quienes han sido los que los comandaban y quienes han equivocado el camino por el cual transitar económicamente, creando enormes déficits y aumentando la deuda pública, les pagan sus servicios condenándolos a trabajar por siempre con un mismo sueldo; o sea sin la necesaria esperanza de que su experiencia se reconozca y se aumente su remuneración en sus años de madurez profesional.

Se ufanan en desglosar la injusta tributación que les impondrán a los empleados públicos, nos dicen que lo que le cobrarán a los empleados de los ministerios será un 0,8% del PIB en la primera década, un 0,94% en el segundo y un 0,98% en el tercero. Como sabemos el grueso de trabajadores de los ministerios son los maestros y los policías, que forman en conjunto un 47% de todos los trabajadores y un 85% de los trabajadores de los ministerios, entonces nuestros amados maestros y nuestros necesarios policías sufrirán un deterioro de sus salarios de 0,68% del PIB o sea de 246.840 millones en la primera década, un 0,64% del PIB, o sea 230.000 millones de colones, en la segunda década y un 0,71% del PIB, o sea 255.000 millones de colones, en la tercera década.

Esto equivale a un impuesto de 7.320.000 millones de colones en treinta años, que equivale a pagar en treinta años cinco PIB anuales, en términos porcentuales un 20,3% del PIB.

En promedio cada trabajador tributará 56,300.000 colones en los primeros treinta años, ya que adelante no recibirán tampoco incentivos salariales de ninguna especie.

Los empleados de la CCSS deberán tributar a su vez un 2,7 % del PIB en la primera década, un 4,3% del PIB en la segunda década y un 2,7% del PIB en la tercera década, en total en treinta años tributarán 9,7%del PIB que equivale a pagar 3.521.100 millones de colones en treinta años.

Ante esta inicua agresión de la clase política a los trabajadores del sector público es previsible una reacción equivalente, que sucederá pronto y por la vía más expedita. No es justo que todo el peso de la deuda se le recargue al sector trabajador cuando debería distribuirse proporcionalmente a todos los ciudadanos que estén en capacidad de contribuir con una disminución de los ingresos.

Alguien me dirá que este no es un impuesto, es cierto, pero en sus consecuencias es idéntico a tal. La diferencia es que el impuesto de descuenta del salario antes de ser pagado, este proceso de congelar los salarios negándoles sus aumentos anuales, se diferencia en que ya no será necesaria la deducción, porque el salario no tendrá el aumento y se evitarán la anotación que requeriría el impuesto.

Muy ingenioso, verdad.

Nota: Todos los cálculos están basados en publicaciones del periódico La Nación del 13 de setiembre de 1919 la cantidad y distribución de los empleados públicos y del 9 de abril del 2021 los cálculos de MIDEPLAN sobre el Proyecto de Empleo Público.

 

Foto: MEP

Réquiem por la Costa Rica democrática, culta y solidaria

Rogelio Cedeño Castro, sociólogo y escritor costarricense

El espectáculo legislativo de este infausto mes de abril de 2021 tiene que continuar cueste lo que cueste, no importa si sus protagonistas estén destrozando, o desmontando paso a paso, mecanismo a mecanismo, pieza a pieza, los componentes esenciales de la institucionalidad del país y los fundamentos jurídicos e incluso filosóficos que le dieron fundamento a lo largo de las siete décadas transcurridas desde el fin de la la guerra civil de 1948 y la aprobación de la Constitución Política de 1949. Para eso es que el diario La Nación y sus propietarios necesitan tener a los diputados encerrados en el horroroso búnker de Cuesta de Moras, además de que cuentan con el beneficio adicional de la gran cantidad de tontos que piensan que la Asamblea Legislativa es una fábrica de leyes, sin darse cuenta de que afilan el cuchillo que pondrán en sus pescuezos.

La constitución de aquel año, que ahora nos parece tan lejano, y su espíritu han muerto después de agonizar durante al menos las dos primeras décadas del nuevo siglo, aunque todavía nosotros todavía no terminamos de tomar nota de las consecuencias de tan infausto suceso: la separación de los poderes del estado, la autonomía universitaria y la municipal han quedado reducidas a cenizas, pero también las instancias administrativas y judiciales en materia de gobierno y empleo público, las que pasarán a estar controladas por un cada vez más poderoso y jacobino gobierno central.

El estado social de derecho que se empeñaron en plasmar en los artículos 50 y 74 del nuevo texto los constituyentes reformistas del Partido Social Demócrata, tales como Rodrigo Facio y Luis Alberto Monge, entre otros y los del Partido Constitucional Demócrata como Celso Gamboa y un numeroso grupo de ilustres constitucionalistas de entonces, que contaron con el decisivo apoyo de la mayoría más bien “conservadora” de los diputados ulatistas de entonces, es algo que ha terminado por desvanecerse en medio de la oleada cortesana, mediocre y neoliberal-neoconservadora-neopentecostal que domina a la mal llamada clase política costarricense, la que ha venido a dar al traste con la brillante defensa de la autonomía universitaria, dotándola de recursos financieros que la garanticen, plasmada plenamente en aquella constitución por Rodrigo Facio, Fernando Baudrit y otros destacados constitucionalistas de grata memoria, durante largos debates que merecen recordados, sobre todo por su perenne vigencia (Ver Óscar Castro Vega RODRIGO FACIO en la constituyente de 1949 EUNED San José CR 2003). Han quedado en olvido y reducidos casi a nada los aportes de Luis Alberto Monge, como diputado constituyente encargado por su pequeña fracción socialdemócrata, de redactar y defender el capítulo de las garantías sociales, como un capítulo de la constitución que estaban por aprobar. La obra demoledora de las yorlenis león y otros personajes de poca monta terminó por ser más corrosiva y persistente, tanto como para dar al traste con los valiosos aportes de aquellas generaciones.

Estamos en manos de las gentes de una clase política, donde predominan la ignorancia y la mediocridad, dentro de la que se mezclan las expresiones integristas de una vieja religión revelada (como en el caso neopentecostalismo con su elaborada teología conservadora del éxito y la “salvación personal”, unidos al oportunismo e ignorancia supina de sus voceros políticos) con aquellas otras, de orden secular, propias de la religión del mercado, convertido en el gran desiderátum en todos los órdenes de la vida económica, política y social al que obedecen el PLN PAC PUSC RN NR y otras franquicias electorales, también listas para cazar incautos en la próxima “campaña electoral”, hoy convertidas en el “partido único neoliberal” que desgobierna a Costa Rica.

El delirante odio populista de cierta derecha hacia los intelectuales y el pensamiento libre ha marcado el tono de la ofensiva totalitaria contra la universidad pública costarricense, a la que ven como subversiva por ser un espacio libre para una profesión de fe democrática de amplio espectro y otorgadora de “privilegios” hacia sus académicos, investigadores y funcionarios a los que desearían ver reducidos a la condición de precariedad salarial y laboral de sus pares de las universidades privadas.

Son el pensamiento auténtico y el trabajo académico libre de las manipulaciones de los poderes fácticos, como también la investigación científica seria, con sus innumerables aportes de gran calidad en beneficio del conjunto de los costarricenses, junto con una sostenida acción social dirigida hacia muchas comunidades de todo el país los componentes de lo que en su conjunto irritan a los dueños de este país: a lo sumo, para estas gentes de corta mirada y gruesos bolsillos, las universidades deben ser fábricas de graduados, donde como en el caso de la gran mayoría de las privadas (en todo hay excepciones) brillan por su ausencia las bibliotecas, los laboratorios y los institutos de investigación. Por desgracia los poderosos dueños de los grandes medios de (in)comunicación social han tenido éxito en convencer a muchas gentes incautas ocultando, detrás de supuestas preocupaciones de orden fiscal, mientras se dedican a saquear de verdad los recursos públicos, sus verdaderas intenciones totalitarias y su insaciable rapiña, como en el caso de las trochas, la ruta 27 y otros inconfesables negociados, además de la colosal evasión tributaria.

Es por eso que no nos queda, por ahora, sino exteriorizar este réquiem por la la ruina de la institucionalidad democrática de un país como este en el que hemos nacido, al que consideramos digno de mejor suerte. Las nuevas generaciones tendrán que emprender de nuevo, casi de cero, una lucha que los reformadores sociales de los años cuarenta supieron materializar en hechos y resultados positivos, al construir de esa manera un país más solidario, culto y justo que los del resto de la región, ¿vamos entonces hacia una “centroamericanización” de Costa Rica, entendida en el peor sentido del término?

La ansiada recuperación económica

Óscar Madrigal

Los grandes empresarios reclaman cotidianamente por medidas para la llamada recuperación económica. Ellos conciben que la misma llegará siempre y cuando les aprueben algunas medidas, tales como reducciones en las tarifas eléctricas, disminución en las cuotas patronales de la Caja, moratorias a los que no las han pagado, eliminación de controles (lo que ellos llaman trámites), en fin, reducción de impuestos.

Estas medidas que exige el gran empresariado podrán ayudar, aunque no son las fundamentales e incluso en otros países se ha demostrado que la reducción de impuestos no ha contribuido en nada a aumentar la producción.

Lo que estamos viendo en estos momentos es lo que fundamentalmente ayuda a elevar la producción y a generar empleo: la invitación a que los costarricenses asistan a las playas y centros vacacionales.

Es en el fondo una invitación a los trabajadores y trabajadores para que vayan a los hoteles, restaurantes o parques a disfrutar de las vacaciones, pero fundamentalmente a GASTAR, a COSUMIR. Esto es lo que realmente levanta y reactiva los negocios, el turismo y las industrias.

Pero las personas para gastar o consumir necesitan tener plata o dinero y en el caso de los asalariados, tener buenos y jugosos salarios. Para que se eleve el consumo y reactive la economía se necesita que la gente gaste y esto solo es posible si tiene un salario que le permita hacer eso.

Los grandes empresarios y el Gobierno de Alvarado pretenden -como se dice- hacer chocolate sin cacao. Reactivar congelando los salarios de los empleados públicos por 10 años o más y pagando salarios raquíticos a los trabajadores de la empresa privada, es imposible.

Una verdadera política de reactivación económica necesita urgentemente de buenos salarios que logren aumentar el consumo. Esta es la ruta de la reactivación: SALARIOS CRECIENTES.

Si los empresarios y el Gobierno quieren realmente reactivar la economía, disminuir el desempleo, aumentar ingresos tributarios, la mejor receta es aumentar salarios.

Pueden empezar.