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Etiqueta: empleo público

“Las verdades sobre el Empleo Público”

Disfrute de la nueva temporada del programa de análisis ‘Desde la Otra Acera’, con nuevas secciones: La Presidenta de APSE, Zaray Esquivel Molina, nos ofrece el Editorial “Hablemos claro sobre el empleo público”.

Sofía Guillén entrevistó a los diputados José María Villalta, Jose Heriberto Abarca y a la diputada Shirley Díaz sobre los movimientos del proyecto de ley en la Asamblea Legislativa. Además, salimos a la calle para conocer la percepción de la gente sobre las personas servidoras públicas. No se lo puede perder.

Enviado a SURCOS por APSE.

Posición del CONARE ante proyecto de ley de empleo público

El expediente legislativo 21.336, denominado proyecto de Ley Marco de Empleo Público debería partir de un análisis con enfoque prospectivo del recurso humano que el Estado costarricense requiere a mediano y largo plazo para consolidar su especialización, su profesionalización y plena respuesta al nuevo contexto del mundo laboral. Debería también garantizar la incorporación al servicio público de las personas profesionales mejor preparadas, que estén en capacidad de liderar con espíritu de solidaridad social, excelencia y calidad, la prestación de los servicios fundamentales que el Estado debe procurar a la ciudadanía. Es imperativo de justicia que los intereses colectivos de los y las contribuyentes sean atendidos y administrados por el recurso humano mejor capacitado que el Estado pueda brindarles, como retribución a las importantes y constantes sumas de impuestos y contribuciones que pagan puntualmente.

El Estado podrá ser redimensionado o reestructurado con miras a una mayor eficiencia y eficacia, pero nunca podrá alcanzar los mejores estándares de la institucionalidad pública a los que se aspiran, si sólo promueve la contratación y conservación de personal poco o mediocremente capacitado, resultado de un sistema de salarios que no posee poder competitivo ni adquisitivo a futuro y que no responde a los principios de trabajo decente y sostenible según la Organización Internacional del Trabajo. En este contexto la imposición de límites como los que contiene el proyecto de ley 21.336, condenarán al Estado costarricense a una gran pérdida de potencial profesional en su recurso humano. El contribuyente seguirá esforzándose por pagar cada día más impuestos directos e indirectos, pero será atendido por un Estado cada vez más débil en su gobernanza, menos eficiente en la prestación de sus servicios y con personal limitado para el ejercicio de sus competencias profesionales.

En la exposición de motivos del texto sustitutivo del proyecto de ley Marco de Empleo Público presentado por la Ministra de Planificación a la Asamblea Legislativa se indica que en su elaboración se consideró:

  • La estructura conceptual de la gestión de recursos humanos del autor Francisco Longo (“Marco Analítico para el Diagnóstico Institucional del Servicio Civil, Diálogo Regional de Políticas, Banco Interamericano de Desarrollo”, ESADE, Instituto de Dirección y Gestión Pública, Barcelona, abril de 2002) y los catorce principios para un servicio público adecuado propuestos por el Comité de Gobernanza de la OCDE (“Recomendación del Consejo sobre Liderazgo y Capacidad en el Servicio Público” de 17/01/2019), y
  • Recomendaciones de la Contraloría General de la República.

Sin embargo, de su lectura detallada, se concluye que esta propuesta más bien contradice por su fondo lo enunciado en dichos documentos de referencia, especialmente los relacionados con:

  • Las competencias y habilidades necesarias para transformar la visión política en servicios que proporcionen a la sociedad;
  • Atraer y retener a los empleados con habilidades y competencias que el mercado de trabajo requiere;
  • Desarrollar las habilidades y competencias necesarias creando una cultura y entorno de aprendizaje en el servicio público;
  • Desarrollar sistemas de empleo público que fomente un servicio receptivo y adaptable que sea capaz de solucionar los retos actuales y futuros y las circunstancias cambiantes;
  • Fijar y ofrecer condiciones de empleo transparentes que se adecuen a las funciones del puesto teniendo en cuenta los mercados de trabajo externos e internos; y
  • Asegurar que los empleados tengan oportunidades de contribuir a la mejora del desempeño público que sean incluidos como socios en los asuntos de la gestión del servicio público.

En el caso particular de las instituciones de educación superior, la misma OCDE en el documento “Benchmarking Higher Education System Performance” (Higher Education OCDE Publishing, París, 2019), afirma:
“La educación requiere necesariamente grandes volúmenes de mano de obra altamente calificada entre sus recursos de producción. Los salarios de los trabajadores altamente calificados en educación superior deben seguir el ritmo de los de otros sectores de la economía para retener a los trabajadores altamente calificados en el sector de la educación”.
En esta línea, las universidades públicas costarricenses han procurado generar condiciones que les permita competir en la atracción, sostenibilidad y relevo de las personas docentes, científicas, técnicas y de apoyo a la academia, con el fin de que las nuevas generaciones de profesionales sean formados por el mejor recurso humano posible y que la ciudadanía cuente con los mejores institutos de investigación y transferencia de conocimientos, centros de producción cultural y artística, cuya presencia y respuesta ha sido puesta en evidencia en cada crisis nacional vivida en distintos ámbitos, siendo la actual pandemia la última de ellas.
Preocupa al CONARE constatar que la eventual aprobación del proyecto de ley número 21.336 implicará:

  • Quebrantar el régimen de institucionalidad democrática costarricense contenido en el orden constitucional,
  • Atentar contra la descentralización de servicios estatales esenciales,
  • Revertir la despolitización del sistema del Servicio Civil defendida en nuestra Constitución Política al trasladar a la Asamblea Legislativa la potestad de nombramiento de su Director General,
  • Atentar contra la garantía de independencia entre poderes de la República,
  • Desalentar la educación pública, entendida como la más importante inversión social,
  • Violentar el régimen de independencia que en materia de administración, organización, planificación, gobierno y patrimonio establecen y garantizan los artículos 84, 85 y 87 de la Constitución Política, y
  • Someter a las instituciones descentralizadas al poder centralizado del Poder Ejecutivo mediante la rectoría que en materia de empleo público se les pretende imponer.

Las naciones no deben escatimar la inversión en capital humano capacitado para el desarrollo de la institucionalidad pública que se requiere para la debida atención de las necesidades de su propio desarrollo.

Cualquier reforma en materia de empleo público debe respetar los principios constitucionales de igualdad salarial en igualdad de condiciones, de idoneidad comprobada, de rendición de cuentas, transparencia, responsabilidad y de control de legalidad y constitucionalidad de la gestión administrativa; todo lo anterior dentro de la concepción misma del Estado Social de Derecho y su institucionalidad, que igualmente poseen rango constitucional. Compete a cada uno de los sectores de la Administración Pública velar por su observancia, sin que para ello sea necesario sustituirlos en el ejercicio de sus competencias de administración y gobierno.

Por voluntad directa de la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 nuestra Constitución Política incorpora en sus artículos 84, 85 y 87 un régimen de autonomía universitaria que comprende una independencia plena de administración, organización, gobierno, política y patrimonial en favor de las universidades estatales que implica:

  1. a) Estar fuera de la dirección del Poder Ejecutivo, de su jerarquía y poseer su propio Plan Nacional de Desarrollo de la Educación Superior;
  2. b) Contar con plenas competencias administrativas y poderes de gobierno para cumplir sus fines;
  3. c) Gozar de plena potestad de autodeterminación para establecer sus planes, programas, presupuestos, servicios y organización internas;
  4. d) Tener plena potestad para emitir reglamentos, autónomos y de ejecución, regulando el servicio que prestan;
  5. e) Ejercer potestad plena para contratar y organizar directa y libremente todos los recursos humanos requeridos para el adecuado cumplimiento de su misión superior de cultura, educación, ciencia, tecnología y demás áreas del conocimiento humano;
  6. f) Garantizar y regular por medio de su potestad de gobierno el ejercicio de la libertad de cátedra, competencia exclusiva de las autoridades universitarias.

Para crear y regular sus regímenes de empleo, las universidades estatales ejercen la capacidad jurídica plena para adquirir y conferir derechos y contraer obligaciones contra su propio patrimonio, que literalmente estipulan los artículos 84 y 85 constitucionales, sin requerir de autorizaciones ni aprobaciones externas al ámbito de su propio gobierno. El régimen de empleo de los funcionarios universitarios no puede quedar sometido al Servicio Civil ni a la rectoría del Ministerio de Planificación y Política Económica sin que ello implique la inconstitucionalidad derivada de la afectación al pleno ejercicio de su independencia de gobierno, planificación, libre disposición patrimonial, la organización y la administración, exclusivas de las universidades estatales.

El CONARE se opone y se opondrá a un proyecto de ley como el que se pretende aprobar por el Poder Legislativo en cuanto:

  • Se aparte e ignore las necesidades del desarrollo de la institucionalidad pública nacional y los propósitos fundamentales que inspiraron nuestra Constitución Política,
  • Implique un desmantelamiento del Estado Social de Derecho,
  • Pretenda generar un simple ahorro económico y contable de las finanzas públicas sin valorar su impacto en la calidad y la inversión permanente que requieren los servicios públicos,
  • Debilite la gobernanza del país en cada uno de los ámbitos del servicio público que han sido descentralizados por disposición constitucional,
  • Atente contra los principios que deben inspirar la concepción, desarrollo y aseguramiento del personal requerido para la existencia de un servicio público altamente capacitado y profesionalizado para poder alcanzar las metas de la agenda nacional en desarrollo sostenible,
  • Atente contra el régimen de independencia y autonomía constitucionales conferido a las universidades estatales, y
  • No resulte de procesos de diálogo social entre los sectores de gobierno y de las organizaciones de funcionarios públicos que genere la convicción nacional en cuanto a la necesidad de cualquier reforma y de sus alcances, sin perder las oportunidades ni los valores propios del ser costarricense.

Dado en San José, Costa Rica, el segundo día del mes de febrero del dos mil veintiuno.

M.Ed. Francisco González Alvarado Presidente CONARE – Rector Universidad Nacional
Dr. Gustavo Gutiérrez Espeleta Rector – Universidad de Costa Rica
M.B.A. Rodrigo Arias Camacho Rector – Universidad Estatal a Distancia
Ing. Luis Paulino Méndez Badilla Rector – Instituto Tecnológico de Costa Rica
Dr. Emmanuel González Alvarado Rector – Universidad Técnica Nacional

 

Compartido con SURCOS por CONARE

CONARE: Expertos critican errores en proyecto de Ley de Empleo Público

Actividad del Consejo Nacional de Rectores

El Estado destina la mitad de sus ingresos al pago de salarios y existe justificación para organizar los sueldos del sector público. No obstante el proyecto tiene yerros importantes que deben corregirse.

M.Sc. Francisco González Alvarado, presidente del Conare y Rector de la Universidad Nacional de Costa Rica.

Un grupo de profesionales convocados por el Consejo Nacional de Rectores (Conare) criticó las inconsistencias y las omisiones estructurales del proyecto de Ley de Empleo Público, el cual se discute en este momento en la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa.

El análisis se realizó como parte del “Foro virtual sobre empleo público”, que reunió a cinco representantes de las universidades públicas congregadas en Conare. El evento se transmitió este viernes 29 de enero en horas de la mañana, vía Facebook Live en https://www.facebook.com/ConsejoNacionaldeRectores.

La ley cifra ocho “familias” o categorías de trabajadores estatales, agrupadas según el tipo de puesto. De aprobarse la ley, los funcionarios públicos tendrían la opción de adherirse al salario global de su categoría (en caso de percibir un monto menor) o de permanecer con el sueldo actual. No obstante, si la persona prefiere mantener su salario actual – mayor al del su categoría -, este se congelaría hasta que quede nivelado y su único aumento sería el que se fije por costo de vida, una vez que sea alcanzado por el monto global.

Los expertos además argumentaron que la iniciativa desincentiva la competitividad académica, se establece una injerencia inconstitucional de entes políticos en la planificación de los recursos humanos de instituciones autónomas y que aún no sabe aún cuál sería el monto al que aspirarían los trabajadores estatales en este escenario, entre otros cuestionamientos más.

El actual presidente de Conare y rector de la Universidad Nacional (UNA), Francisco González, señaló que la iniciativa tiene “debilidades internas, contradicciones propias y ausencias centrales”. Lo anterior, debido a que envuelve a todos los académicos en un salario global único. Con ello se afecta la competitividad educativa y expone a las universidades públicas a una eventual “fuga de cerebros” hacia otras universidades internacionales o empresas privadas.

En cuanto a los aspectos legales, la directora de la Oficina Jurídica de la Universidad Estatal a Distancia (UNED), Ana Lucía Valencia, señaló que el texto desconocería las muchas particularidades del sector docente, como lo son la preparación académica y el tipo de labor anexa que realizan (investigación o acción social).

Además, si los empleados públicos que ganan menos se pasan a salario global, esto significará una erogación mayor por parte del Estado”, expresó Valencia, aduciendo que se trataba de un contrasentido en un contexto de crisis económica como el actual.

Dr. José Antonio Cordero, MAE Nelson Ortega Jiménez, Lic. Ana Lucía Valencia González, Dr. Giovanni Beluche Velásquez y Dra. Shirley Benavides Vindas. Formaron parte del foro sobre Empleo Público.

https://www.facebook.com/1b4f44a2-fe92-4da3-9ee0-01436c1dc83e

Otro aspecto señalado por Valencia es que, por orden constitucional, el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES) no decrecerá, por lo que el dinero no destinado a los aumentos salariales tampoco pasará al presupuesto nacional, quedando de todos modos en las arcas de las universidades públicas.

Por su parte, el director del Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (IICE) de la Universidad de Costa Rica, José Antonio Cordero, aceptó que el Estado destina la mitad de sus ingresos al pago de salarios y que existe alguna justificación para organizar los sueldos del sector público. No obstante, aseguró que el proyecto tiene yerros importantes que deben corregirse.

“El sistema de pluses ha generado un aumento escalonado y el crecimiento de la planilla se ha vuelto descontrolado, no podemos tapar el sol con un dedo. Pero se parte del supuesto de que todos los incentivos son automáticos y hay muchos de estos beneficios que se basan en la productividad, como el sistema de régimen académico, que toma en cuenta aspectos como publicaciones o servicio a la institución”, manifestó Cordero.

El director del IICE-UCR además criticó que el proyecto no tiene una metodología lo suficientemente clara. Insistió en que tampoco dice cuáles son los criterios jurídicos para fundamentar varios de sus artículos y aumenta el riesgo de que sean solo las personas menos calificadas las que quieran trabajar con el Estado, debido a un esquema salarial poco atractivo.

Por su parte, la directora de la Escuela de Economía de la UNA, Shirley Benavides, advirtió que la inexperiencia de la Dirección General del Servicio Civil, nueva rectora del empleo público, en temas de administración universitaria haría que no se tomen en cuenta la estrategia ni la dirección de política pública propias de un centro académico superior.

“Con este proyecto no se han discutido los cambios estructurales profundos para generar el bienestar que la Constitución Política solicita”, manifestó Benavides.

Según los cálculos hechos por Ana Lucía Valencia de la UNED, en Costa Rica existen alrededor de 270 000 empleados públicos que se verían afectados por esta ley, en caso de aprobarse.

 

Pablo Mora Vargas
Periodista, Rectoría

El proyecto de empleo público

Óscar Madrigal

El proyecto de Empleo Público obedece a una concepción ideológica absolutamente neoliberal que se orienta no solo directamente contra los empleados públicos, sino contra el Estado de Bienestar. Es en consecuencia un proyecto ideológico impulsado especialmente por el Partido Liberación Nacional, el PUSC, el PAC, los ramashekos en sus dos variantes y algunos independientes. Según el presidente Alvarado, hay que vacunar a los diputados para que continúen su trabajo, sea de desmantelamiento de nuestro Estado de Bienestar.

Lo primero que se debe aclarar es que su fin no es fiscalista, no busca resolver el problema de las finanzas nacionales porque, como lo ha dicho hasta Rocío Aguilar, los empleados públicos no son el problema del déficit. Además, el ahorro que dicen las autoridades de Hacienda que producirá el proyecto, no se debe principalmente a establecer un salario único o global, sino al congelamiento de los salarios de los funcionarios públicos por 12 años. El salario único en la administración va a producir de arranque un aumento de los gastos en salarios, por la sencilla razón que un trabajador que empieza a trabajar va a devengar un salario muy superior a otro que empezaría con salario base más pluses. Será hasta dentro de 15 años que un salario base con pluses se igualaría al salario único. Pero en ese entonces, el gasto de las finanzas ya habrá tenido que haberse equilibrado. El ahorro que se producirá proviene de la congelación salarial impuesta por más de una década a los trabajadores, pero no por el cambio del sistema de pago. Congelar salarios, lógicamente, si producirá el ahorro planteado.

El proyecto crea trabajadores con salarios más altos que otros con funciones iguales. Más de 25.000 trabajadores con salario compuesto, recibirán un salario bastante menor que los trabajadores con salario único, haciendo las mismas funciones. Algunos tendrían un salario de ¢200.000 menos por mes. Este asunto no solo refleja la injusticia del proyecto sino lo que cualquiera entiende, que con el salario único en los primeros 10 o 15 años el gasto salarial del Estado será mayor.

Por otra parte, el proyecto propone eliminar las convenciones colectivas en la práctica, porque solo las limitarán a asuntos menores, dejando de lado la reivindicación principal de todo trabajador, la negociación salarial.

El proyecto propone eliminar el consejo salarial del sector público con participación sindical que se encarga de negociar los aumentos salariales por costo de vida, para dejarlo en manos de grupos indefinidos.

Además, se propone que se pueda hacer una reorganización de una institución, sea la posibilidad de disminución de personal o el cierre de departamentos o secciones con menos requisitos y sin los estímulos que actualmente se exigen para llevarla a cabo. Por esta vía se cierran partes importantes de instituciones.

También se propone introducir un sistema de dirección del personal de toda la administración pública, dirigida por el Servicio Civil, cuyo jerarca será nombrado por la Asamblea Legislativa. De esta manera regresamos al estado anterior a la actual Constitución que garantiza que los puestos públicos no son un botín político.

El proyecto de empleo público está enmarcado dentro de las políticas de reforma fiscal, pero va más allá. Es una regresión en derecho democráticos y facilita el desmantelamiento de instituciones del Estado. Por ello este proyecto no solo afecta a los empleados públicos sino a todos sectores sociales.

Y el ataque continúa.

La Constitución Política de MIDEPLAN

“ciegos que ven, ciegos, que viendo, no ven.” (Saramago)

Manuel Hernández

La Ministra de Planificación lamentó que la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, aprobara una moción de alto voltaje, en virtud de la cual la tan acariciada rectoría de la gobernanza del empleo público se transfiere de MIDEPLAN a la Dirección General de Servicio Civil.

Pero no solo se quedó en el desconsuelo, sino, además, advirtió que esa sorpresiva huida de competencias puede tener problemas de constitucionalidad.

Así es, ahora la Ministra se nos convirtió en emergente escudera de la Norma Suprema de la Nación, de la propia Constitución que la tienen haciendo aguas desde que asumieron el poder.

La reconvención ministerial que impele la corrección política, para que el desaguisado proyecto vuelva por su fuero original, obliga a preguntarse: ¿A cuál Constitución apela con tanta vehemencia la jerarca de Gobierno, por la que ahora se viene a rasgar las vestiduras?

¿A la Constitución radicada en la Lex Mercatoria, en el dogma fundamentalista de menos Estado y más mercado, redactada en los astilleros de la OCDE y el FMI?

¿A la Constitución inspirada en la doctrina de Friedman, Buchanan y Hayek, a ese neoconstitucionalismo económico, que impusieron a sangre y fuego en el régimen de Pinochet?

¿A la Constitución del Estado de derechas, plutocrático, que proscribe el pluralismo y la legitimidad política del conflicto social?

A la titular de MIDEPLAN le duele en el alma, más que a nadie, aquella transferencia de competencias de una institución a otra, invocando al paso un problema de constitucionalidad; pero, por contrario, no ve que tenga un grave problema de constitucionalidad la operación política de subordinar las autonomías de la Caja Costarricense de Seguro Social, las universidades públicas y corporaciones municipales, a la gobernanza totalitaria, ya sea de ese ministerio, o de cualquier otro órgano del Estado.

Tampoco ve ningún conflicto de constitucionalidad imponer a rajatabla el esquema de salario único global, a las y los funcionarios públicos que actualmente tienen un esquema de salario base más pluses, a contrapunto del principio de irretroactividad de la ley, Pilar del Estado de Derecho, consagrado en el artículo 34 constitucional.

Mucho menos un problema de constitucionalidad que signifique la desafección de los derechos de ciudadanía social de las personas funcionarias, particularmente los derechos colectivos de representación sindical, negociación colectiva y el derecho fundamental de huelga, inherentes a cualquier sistema democrático.

Entonces, el agravio de constitucionalidad, como grito puesto en el cielo, que censura la Ministra, sólo se podría increpar en aquel modelo constitucional de facto, porque la Constitución del Estado Social y Democrático la tienen acorralada.

29/01/2021

Despidos colectivos a la carta y al por mayor

Manuel Hernández

El Proyecto de Ley Marco de Empleo Público tiene cuatro objetivos: el primero, de carácter político, otro fiscalista, el tercero, de corte antisindical.

Pero, además, sobresale el cuarto objetivo, cuyo propósito es acelerar el desmantelamiento del Estado y la privatización de los servicios públicos.

Una de las herramientas diseñadas para alcanzar este espurio objetivo es la desregulación y flexibilización de los procesos de reorganización y reestructuración de las instituciones públicas.

Esta flexibilización se consolida aún más con la exorbitante moción que aprobó la Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, el día de hoy, que relajó el correspondiente requisito, bastando que la reorganización afecte por lo menos el 50% de los servidores de la respectiva dependencia pública, en lugar del 60% que exigió el anterior texto dictaminado.

De esta forma, por una parte, se facilitan, como en feria al por mayor, los despidos colectivos, que será suficiente, y nada más, cualquier remedo de estudio “técnico”, para justificar la pretendida reorganización institucional, con el consecuente sacrificio masivo de los empleos.

Por otra parte, a expensas de la reestructuración, se desmantelan los servicios que presta la institución o entidad a la comunidad.

Además, las indemnizaciones tendrán un costo muy barato, porque la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635, derogó varias normas del Estatuto de Servicio Civil, que dispusieron que a los cesados por los anteriores motivos, les correspondía una indemnización tasada, a razón de un mes por cada año de servicio prestado. En lugar de estas normas derogadas, se ha interpretado que la regla que ahora aplica es la contenida en el artículo 29 del Código de Trabajo, que preceptúa un tope de 8 años, norma a la que expresamente remite la Ley N° 9635.

Por último, es importante recordar que el Memorando Técnico de OIT, rendido a solicitud de la misma Comisión Legislativa, advirtió los alcances de esta lesiva propuesta legislativa y recomendó la inclusión de un mecanismo de consulta previa con las organizaciones representativas de las y los trabajadores, cuando la Administración pretende cesar personal por motivos económicos o estructurales.

Esta recomendación de la prestigiosa OIT fue totalmente despreciada por la comisión legislativa -como la gran mayoría de las observaciones y recomendaciones de ese memorando, que tuvieron la misma desafortunada suerte-, dejándose a las y los servidores en una situación totalmente vulnerable y sin ninguna clase de protección legal.

En conclusión, con esta regulación se expulsa de nuestro ordenamiento la estabilidad laboral de los y las funcionarias públicas, cuyo derecho subjetivo se elimina y sustituye por un régimen abusivo de despido colectivo, a la carta, unilateralista, a libre discreción de la Administración, sin garantías de protección para el servidor, devaluado, excluyéndose toda instancia de consulta a los sindicatos que representan los intereses colectivos de las personas trabajadoras afectadas.

Así, se consuma el derrumbe de la institucionalidad pública y la afectación del sistema democrático, porque los servicios públicos constituyen la infraestructura de la democracia.

De esta manera, avanza incontenible, en clave cada vez más regresiva, la consolidación del Derecho de la Función Pública del Enemigo, fundado en la construcción ideológica de una cultura de odio y violencia institucional contra la clase trabajadora del sector público.

27/01/2021

ANEP: Municipalistas firmes en oponerse a nueva violación a su autonomía

SURCOS comparte el comunicado de prensa enviado por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP):

  • Personal municipal asume reto institucional histórico

  • ANEP arranca proceso organizativo contra el proyecto de Empleo Público en municipalidades

Esta semana da inicio un proceso de sensibilización y de organización en las bases de, prácticamente, la totalidad de los municipios de Costa Rica, promovido por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), en conjunto, con cada una de sus seccionales en todos los gobiernos locales.

El objetivo es que cada persona diputada de la Asamblea Legislativa constate el repudio que genera la inclusión de las municipalidades en el proyecto de Empleo Público; el cual contiene una nueva violación a la autonomía constitucional del régimen municipal, misma que ya había sido violentada desde la tramitación y aprobación impuesta con la Ley del Combo Fiscal, número 9635, en diciembre del 2018.

La idea central es dar a conocer un manifiesto a todas las comunidades en los respectivos cantones; al país en cuanto tal; y por supuesto a las autoridades legislativas de la República.

El régimen municipal debe ser fortalecido, especialmente, en momentos en los cuales la aceleración de las desigualdades y el nuevo impulso que se le da a la exclusión socioeconómica, requieren de los gobiernos locales una agresiva política social para evitar que se incremente la pobreza y la exclusión en los cantones del país.

Una de las principales actividades previstas en esta ofensiva de sensibilización y de organización de la ANEP para salvar la autonomía de las municipalidades, es la presencia en el propio parlamento de las delegaciones sindicales de las municipalidades de Costa Rica, en los próximos días; para mostrar el sentir generalizado de repudio a los diputados y a las diputadas que insisten en violar la autonomía municipal con el nefasto proyecto de Empleo Público.

La ANEP en conjunto con sus seccionales, impulsará la realización de un gran movimiento laboral de las municipalidades costarricense, con carácter histórico, luego de que se dé la manifestación de delegaciones municipales como indicamos anteriormente.

La posibilidad de un gran movimiento nacional municipal contra el proyecto de Empleo Público, incluye realizar diferentes coordinaciones con la finalidad de potenciar más la lucha social general de repudio al convenio con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Finalmente, la ANEP hace un vehemente llamado a cada alcalde y alcaldesa, a  los regidores y las regidoras de los concejos municipales; así como a la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), y a la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI), para que junten voluntades, coordinen esfuerzos y compartan con  su personal y comunidades todas aquellas manifestaciones posibles de repudio al intento más grave de los últimos tiempos en contra de la autonomía municipal que representa el proyecto de Empleo Público.

San José, lunes 25 de enero 2021
Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP
Walter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto ANEP.

FMI y Empleo Público: ¿La última frontera?

La locura no tiene propósito o razón, pero puede tener objetivo
Sr. Spock. Stark Trek

Luis Andres Sanabria Zaniboni

En las últimas semanas asistíamos a la confirmación e inicio de las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI), para el acceso al Servicio Ampliado del Fondo. Este hecho ha provocado muchas intervenciones desde distintos sectores, que cada quien se coloca desde las diversas posiciones al respecto, sin embargo, un hecho resalta a todas luces, la decisión del Poder Ejecutivo de dar prioridad máxima a la Ley de Empleo Público como llave para las negociaciones con el FMI. No podemos dejar de mirar el proceso político-económico que viene adoptando el país y consolidado con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, esa hoja de ruta que hoy vuelve a confirmarse, debemos preguntarnos ¿Por qué esta necesidad de impulsar ese proyecto?

Si con la ley de Finanzas Públicas quedaba claro la postura de la carga impositiva regresiva del país y la protección de ciertos sectores económicos-financieros dominantes del país, la “Ley para brindar seguridad jurídica sobre las huelgas y sus procedimientos” perfiló la postura autoritaria ante el disenso y la criminalización de la protesta social, facilitando así la imposición de un supuesto “consenso” de los actores políticos, y el etiquetado a los disidentes.

Sin embargo, faltaba más, la Ley de Empleo Público procura realizar una reingeniería social sobre el Estado, basada en la anulación de la independencia y las autonomías de las instituciones, a través de la centralización de la política del empleo en MIDEPLAN, sin embargo, salta la primera pregunta ¿Qué hay del servicio civil?

Más allá de las percepciones que podríamos tener al respecto, que no se ignora la necesidad de repensar el empleo público, pero salta a la vista que esta postura no va en línea de la formalización laboral y protección de los derechos, sino como instrumento “austero” de los salarios, facilitando la congelación de estos y desregulación del empleo.

Como señalan muchos de sus defensores desde el Poder Ejecutivo hasta representantes de los mismos Organismos Financieros Internacionales, esta Ley coloca a Costa Rica en los “estándares internacionales”, sin embargo leamos esta afirmación detenidamente, estar dentro de dichos estándares para estos sujetos es la promoción de la desregulación laboral; la precarización de las condiciones de trabajo tanto de lugar de trabajo como de derechos, no podemos dejar de pensar lo que significó años atrás la movilidad laboral, en definitiva son formas de extorsión sobre los sectores trabajadores.

Y con esto, se consolida lo que muchas personas han señalado al respecto del Neoliberalismo, la erosión de la institucionalidad pública, grandes cascarones administrativos dedicados al pago de servicios profesionales, lo cual garantiza el desmejoramiento de los servicios y mercantilización de los derechos sociales, económicos y culturales, entiéndase la educación, la salud y la cultura de nuestro país.

Tal vez al leer esto ya lo pensó, el país continúa su ya reconocida vereda anti-sindical, si con el proyecto de Ley anti-huelga habían generado un consenso político de suprimir sindicatos (existía dicha cláusula, nada más que por extraño que parezca para estos sujetos era inconstitucional), este proyecto de ley procura cerrar los espacios de negociación colectiva de las y los trabajadores, profundizando así los alcances de las posturas autoritarias que están caracterizando a la formulación del tipo Estado que desean las élites político-económicas en esta época del “Consenso del Coronavirus”.

Podrían argumentarse con toda razón que nos encontramos en una crisis fiscal sin precedentes, pero les preguntamos aquí de todo lo que han propuestos los actores políticos ¿Qué asignaciones tienen que ver con la recuperación económica? A manera de ejemplo los grandes ausentes: política de empleo post-covid, alivio de deudas a la población, política de crédito blando para sectores productivos (pequeños y medianos), política contra la elusión y evasión fiscal integral o combate contra la morosidad de los grandes contribuyentes, impuestos selectivos sobre a las nuevas actividades económicas, por citar los grandes ausentes.

No es de extrañar que las grandes propuestas de negociación presentadas el pasado octubre 2020 fueran el calco y copia de las recomendaciones de la auditoría del FMI, así que para esta ocasión no podemos ser ingenuos, los supuestos “Acuerdos Multisectoriales” fueron una forma de legitimar esta negociación, ¿Cuánto de eso está en la mesa de negociación? Sumado a estas estrategias, el FMI invita a participar con 5 minutos para exponer, así legitiman su estilo participativo (tenemos que tomar nota esta será la nueva forma “participativa” para futuras negociaciones).

Por esta razón, es importante reconocer que la hoja de ruta está planteada lo que justifica el porqué de las contradicciones entre las y los negociadores, ya que las negociaciones tomarán el rumbo que este Organismos cite, hay consenso en las elites de las bondades para esta reingeniería del Estado, las desigualdades estructurales continuarán (precarización laboral y erosión de los servicios públicos) y el privilegio de algunos se consolida (exoneraciones, privatizaciones y desregulación).

Ante esto es necesario reconocer la importancia de la protesta social como instrumento de incidencia pública, eso sí mientras siga existiendo, pero claramente insuficiente, se hace necesario repensar la participación desde otros espacios, y debemos abordar la discusión desde otras propuestas de trabajar y abordar el déficit fiscal y la estabilidad financiera, pero la urgencia es evidenciar los intereses en conflicto y dejar claro que la apuesta de la población seguirá siendo por una sociedad inclusiva y solidaria.

 

Imagen tomada de CRONICON.

Proyecto de Ley Marco de Empleo Público pisotea la Constitución Política y lleva al país a una esclavitud moderna

La mañana de este miércoles diversas organizaciones sindicales firmaron y presentaron un Manifiesto contra el Proyecto de Empleo Público dirigido al Gobierno de la República, diputadas y diputados, y opinión pública.

SURCOS comparte el Manifiesto para su lectura. Puede ver aquí la conferencia de prensa realizada por el Movimiento Sindical.