Ir al contenido principal

Etiqueta: Fernando José Méndez Castellanos

Del empleo pleno a la sociedad del riesgo: hacia una redefinición del trabajo en Costa Rica

Fernando José Méndez Castellanos*

Tanto en América Latina como en el resto del mundo, el trabajo experimenta transformaciones inusitadas que han reconfigurado radicalmente la manera en que este concepto era entendido jurídica y culturalmente en nuestras sociedades: vivimos un momento histórico caracterizado por el progresivo desplome de la sociedad laboral de base salarial, del empleo pleno y duradero construido en torno a la idea de la profesión, que está siendo suplantado por esquemas laborales difusos – y confusos – que sitúan ahora al trabajo fuera de los márgenes de la protección jurídica y los derechos laborales convencionales. Lo cierto, en cualquier caso, es que estamos acostumbrados a pensar la vida moderna con categorías de la sociedad industrial que hoy han perdido su actualidad: tanto la profesión y el empleo pleno como la estabilidad laboral y salarial del antiguo sistema ocupacional están siendo destronados por nuevos modelos laborales ultra-flexibles, inestables y sin relación patronal que erosionan los cimientos de aquello que nos habíamos acostumbrado a llamar derecho laboral.

Costa Rica, como es de esperarse, no escapa de estas embestidas. La profesión – y la formación que esta acarrea – ha perdido su capacidad para dar seguridad laboral y definir duraderamente la identidad de la persona trabajadora: abundan hoy los trabajos temporales, efímeros, flexibles, múltiples y escurridizos; los trabajos informales con horarios inestables, las oportunidades esporádicas, los trabajos de micro-tareas en internet, las plataformas digitales de transporte, repartición y servicios, el taxismo pirata y el marketing digital.

El sistema ocupacional convencional, que ganó terreno entre los años cincuenta y setenta del siglo pasado con la ampliación del empleo público y la alta inversión extranjera en sectores productivos, ha sido progresivamente subvertido ante nuevos esquemas laborales fragmentarios y ambiguos, en los que ya no existe una relación contractual, ni horarios fijos ni una localidad establecida. Bajo eslóganes de flexibilidad y mayor tiempo libre para quienes trabajan, las empresas nacionales y transnacionales encontraron la excusa perfecta para eximirse de obligaciones patronales y responsabilidades sociales hacia la fuerza laboral: en los trabajos informales e inestables, sobre todo los de la era digital, las relaciones laborales son laxas, por lo que muchas personas quedan al margen de la protección social y los sistemas de capitalización social – como las pensiones y el sistema salud–. Costa Rica, de esta forma, parece convertirse en una sociedad de riesgos individualizados y trabajos desregulados

El neoliberalismo de las últimas décadas, que propició situaciones de inseguridad laboral, subempleo y, sobre todo, informalidad – que en Costa Rica llega a cerca del 40% de la fuerza de trabajo, según el INEC –, así como los avances técnico-científicos de la era digital, que diluyen las nociones del espacio-tiempo de la vida cotidiana y los contratos laborales, han asegurado la creciente inviabilidad del antiguo modelo laboral. La globalización digital hace que, por ejemplo, empresas transnacionales puedan gozar de mano de obra barata de personas trabajadoras a distancia por medio de trabajos a destajo, micro-tareas y simples ‘‘mediaciones’’ entre consumidores y clientes.

Consecuentemente, la sociedad salarial del empleo pleno ahora convive con una nueva forma de trabajo con diferencias espacio-temporales y socio-jurídicas radicales: unos trabajan con garantías sociales y protecciones laborales y otros trabajan bajo precariedad e inseguridad salarial. Todo esto representa nada más y nada menos que un claro síntoma de una transición que lleva años operando en el país y que los avances tecnológicos no han hecho más que acelerar: el paso de una sociedad salarial hacia una sociedad del riesgo.

En otras palabras, ante todas estas trasformaciones el trabajo se ha convertido en ‘‘trabajo líquido’’, trabajo sin forma, demasiado escurridizo para ser regulado por los sistemas de protección social y las normativas laborales. Estamos entonces, en Costa Rica, ante el reto de proteger y regular un trabajo dinamizado que desborda nuestras leyes estancadas; estamos ante el escenario de un trabajo amorfo y una legislación estática, petrificada, que se traduce en una crisis de aplicabilidad del derecho laboral y una crónica inadaptabilidad de los sistemas de bienestar social en ámbitos como la salud y las pensiones, como bien en la formación y la educación de la fuerza de trabajo.

La incapacidad – o la cómoda y malintencionada inacción – de la Asamblea Legislativa al abordar las transformaciones del trabajo, especialmente en materia digital y tecnológica, tiene como consecuencia que muchas de las problemáticas de los trabajadores inmersos en la sociedad del riesgo – los de la informalidad y la inseguridad salarial, que no cotizan para un futuro digno – terminan siendo resultas en tribunales. Hay, por ejemplo, una judicialización de los nacientes problemas laborales de la era digital, como se evidenció cuando el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José ratificó su sentencia condenatoria a Uber por no cumplir con sus deberes patronales, considerándose que hubo una relación laboral encubierta entre la plataforma y el conductor demandante, situación que por la falta de regulación en el plenario deja a miles de conductores bajo el umbral inseguridad laboral.

En este punto, surge una pregunta central para nuestra discusión: ¿debe Costa Rica transitar hacia una formalización del trabajo digital y colocar los nuevos y volátiles esquemas laborales bajo el amparo del derecho laboral convencional?  

Lo cierto, en cualquier caso, es que el derecho laboral debe repensarse a la luz de estas transformaciones; más allá de simplemente volver a aplicarse ciegamente la normativa anterior, es importante reconocer garantías sociales y derechos laborales específicos a la fuerza laboral de la era digital y de los trabajos inestables a la vez que se reconocen las particularidades de estas formas emergentes de trabajo. Aun así, varios elementos del trabajo convencional han mostrado ser rescatables, como el concepto jurídico de la subordinación – que ha sido aplicado a conductores de plataformas en varios países, como México y Chile –. Ante todo, es necesario que, ante las múltiples facetas que hoy asume el trabajo, se busquen nuevas formas de que esta actividad esté protegida y garantice una vida digna.

Costa Rica, por el contrario, parece seguir una senda diferente: el país se asoma al abismo de los retrocesos laborales, con un gobierno y un plenario enfrascados en una batalla por ampliar las jornadas laborales de 8 a 12 horas en algunos sectores productivos.

En este mes patrio, estos retrocesos no son más que una reminiscencia nostálgica de lo que antaño fuera una República Bananera.

¡Feliz día de la independencia!
Para los empresarios…

* Escuela de Sociología, Universidad Nacional. Asistente investigador del Programa Análisis de Coyuntura de la Sociedad Costarricense. Exrepresentante de Costa Rica en la XXXI Olimpiada Internacional de Filosofía, Grecia, 2023.

Plataformas digitales y derechos laborales: América Latina y Costa Rica ante la uberización

Fernando José Méndez Castellanos*

El trabajo en América Latina ha experimentado importantes transformaciones durante la última década, especialmente en el marco de nuevos procesos de digitalización y flexibilización del trabajo que han instaurado esquemas laborales fragmentarios, difusos y ambiguos. La relación laboral formal y contractual, cuyo nacimiento jurídico deriva del capitalismo industrial norteamericano y europeo – y que nunca terminó de aplicarse bien en América Latina –, enfrenta ahora la embestida tecnológica de apps transnacionales como Uber y otras similares que, ante la atónita mirada – o la complicidad – de los estados nacionales, implantan actualmente un modelo empresarial que se sobrepone al derecho laboral existente. Empresas como Uber han instaurado, de esta forma, una nueva lógica empresarial que parte de la negación jurídica de la figura del trabajador, que eufemísticamente pasa a ser nombrado como un ‘‘socio’’, permitiendo a las empresas lucrar con el trabajo sin derechos de una multitud dispersa de latinoamericanos y de trabajadores del Sur Global

En este sentido, las empresas de plataforma digital gozan del trabajo ajeno sin asumir responsabilidades sociales, desconociendo cualquier vínculo patronal con una fuerza de trabajo global cuya actividad laboral – sin derechos – produce las grandes ganancias que estas almacenan en paraísos fiscales. Estas empresas, en otras palabras, construyen un discurso en torno a la figura del ‘‘trabajador independiente’’ para encubrir la vigilancia y el control algorítmico al que están sujetas las personas trabajadoras, con el fin de evitar asumir cualquier responsabilidad patronal.

Costa Rica, como es de esperarse, no escapa a la embestida tecnológica de las plataformas digitales. Vamos a ser sinceros: ¿puede uno andar por chepe, o por Heredia centro, sin toparse una moto en cuyo equipaje venga pintado el eslogan de Glovo, Uber o Didi? Ya hasta en los pueblos o las pequeñas urbes fuera de la GAM se puede pedir un Uber, desde Naranjo hasta San Ramón, por ejemplo. En Costa Rica, una década después de la polémica y atropellada entrada de Uber, abundan ya muchas otras plataformas que se han sumado a la competencia, para ver si pueden apropiarse ellas también del trabajo barato y no regulado de los costarricenses. La inmediatez con la que se instaló Uber contrasta, no obstante, con la prolongada inacción del Estado costarricense y la marcada complicidad de los sectores empresariales del país, que muestran una incapacidad reiterada – y una marcada falta de voluntad – para adaptar el aparato jurídico a nuevos panoramas sociolaborales en los que los algoritmos de las empresas transnacionales juegan un papel clave y el derecho laboral del país se está quedando estancado.

Ya la Organización Internacional del Trabajo (OIT) [2] ha dado las primeras alarmas sobre las situaciones de dependencia y dirección algorítmica a las que están sujetas las personas conductoras y repartidoras, pero el discurso empresarial persiste en el argumento mágico de que ‘‘Uber da empleo’’. En Costa Rica, además, ya se han sentado los primeros antecedentes de reconocimiento de una relación laboral entre conductores y plataformas por parte del Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José. Desde el plenario legislativo del país, lamentablemente, el énfasis en la regulación de plataformas digitales ha sido otro: la Asamblea Legislativa se aboca apenas a tratar algunos aspectos meramente operacionales de las plataformas digitales en el país, pero su quehacer carece de un enfoque de derechos laborales y derechos humanos.

La situación costarricense actualmente es, no obstante, diferente a la de muchos países en la región: recientemente en México el oficialismo impulsó una reforma [2] que hace frente a la reiterada irresponsabilidad empresarial de plataformas digitales respecto a sus trabajadores y, retomando el legado de países pioneros como Chile y España, reconoció los derechos laborales tanto de las personas conductoras como repartidoras de plataforma. Por medio de la reforma, por ejemplo, se obligará a las empresas al cumplimiento del aguinaldo, la protección contra riesgos laborales, y las vacaciones para quienes reciban salarios mayores al salario mínimo. Chile, por su parte, desde 2022, ha marcado la pauta y se ha destacado por ser un país pionero en derechos laborales por medio de una ley que garantiza, para todas las personas trabajadoras de plataforma, derechos como la sindicalización y la negociación colectiva, el derecho a la desconexión voluntaria y las protecciones laborales y patronales mínimas.

En nuestro caso centroamericano, lamentablemente, a veces son más palpables los retrocesos que los avances: ni la Asamblea Legislativa ni el Poder Ejecutivo han realizado propuestas de ley que busquen regular, más allá de aspectos operacionales y tributarios, las plataformas digitales del país. Es más, la actual inacción respecto a esta problemática parece señalar una anuencia silenciosa del Estado y sus instituciones. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por ejemplo, se ha abocado a dar algunas recomendaciones someras y escuetas a las empresas de plataforma, y apenas se ha limitado a reconocer algunos aspectos nocivos para la salud en el trabajo del delivery sin emprender mayores acciones. Y peor aún para el país: Costa Rica se opuso recientemente a crear un convenio para hacer que las plataformas digitales se comprometan a dar condiciones dignas a sus trabajadores en la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT).

Actualmente a nivel país, las discusiones en torno al trabajo están centradas en otro retroceso significativo que se está impulsando dentro del plenario: la ley 24290, que plantea jornadas de 12 horas por cuatro días a la semana. No obstante, una situación más dramática ha tenido menor relevancia mediática a pesar de su magnitud: varias decenas de miles de conductores y repartidores de Uber y otras empresas digitales en Costa Rica trabajan, desde hace muchos años, en jornadas similares o incluso mayores, de acuerdo con encuestas de años recientes [3], así como también enfrentan condiciones bastante pauperizadas y vulnerables en el ejercicio de su labor.

¿Hasta dónde, hemos de preguntarnos, llegará el silencio y la inacción del Estado y sus instituciones? La respuesta, parece, seguirá siendo una incógnita aún por mucho tiempo.

[1] Organización Internacional del Trabajo. (2021). El trabajo en las plataformas digitales de reparto en Colombia. Análisis y recomendaciones de política.

[2] García, A. (1 de julio de 2025). Inicia programa piloto para dar seguro social a repartidores y conductores de plataformas digitales. Infobae. https://www.infobae.com/mexico/2025/07/01/inicia-programa-piloto-para-dar-segurosocial-a-repartidores-y-conductores-de-plataformas-digitales/

[3] Artavia-Jiménez, M., Solano, J., Campos, M. y Herrera, M. (2023). Plataformas digitales y precariedad laboral en Costa Rica El caso de las personas repartidoras de la Gran Área Metropolitana (GAM). Friedrich Ebert Stiftung

*Escuela de Sociología, Universidad Nacional. Asistente investigador del Programa Análisis de Coyuntura de la Sociedad Costarricense. Exrepresentante de Costa Rica en la XXXI Olimpiada Internacional de Filosofía, Grecia, 2023.