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Etiqueta: Fiscalía General

Asociación reitera denuncia contra ministro de Ambiente por presuntos delitos ambientales

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) envió el pasado 7 de mayo un oficio al fiscal general de la República, Carlo Díaz Sánchez, reiterando su denuncia formal contra el ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, por presuntos delitos ambientales.

En el documento AEL-00209-2025, la organización aclara y enfatiza los puntos expuestos en una denuncia previa (AEL-00201-2025) del 3 de mayo, señalando que la respuesta recibida por parte de la Fiscalía General fue inadecuada al remitir el caso a la Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental, instancia que, según indican, carece de potestad para investigar a un miembro de los supremos poderes.

La asociación manifiesta que el ministro Tattenbach Capra emitió la Directriz 09-2023, que habría permitido desarrollos inmobiliarios en áreas protegidas como humedales, bosques, manglares y sitios de anidación de tortugas marinas, causando daños al Sitio Ramsar 783, Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

Adicionalmente, la AEL denuncia el nombramiento de Maylin Mora Arias como directora del Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC), cuestionando su idoneidad para el cargo por ser especialista en Turismo Sostenible y no reunir, según su criterio, las condiciones necesarias para el manejo de Áreas Silvestres Protegidas.

En el oficio, la asociación refiere la existencia de un expediente penal (23-000041-0611-PE) que, señalan, permanece inactivo. También hacen mención a un insumo (DFOE-DEC-01-00004-2024) dirigido a la Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción.

La organización solicita la intervención directa del fiscal general para detener lo que describen como «desmanes del ministro» y expresan preocupación por una posible situación de crimen organizado en la gestión de recursos naturales. El documento fue remitido también a la Procuraduría General, la Contraloría General y la Fiscalía de la República.

Puede consultar los siguientes documentos como referencia del caso:

Directriz No.09-2023-ACLAC (2)

SINAC-SE-DE-0046-2025-

RESOLUCION_DFOE-DEC-5250(20012)-2024

Ciudadano de Limón solicita investigación al Ministerio Público sobre presuntas irregularidades en MINAE

El ciudadano Marco Levy Virgo presentó una solicitud formal ante la Fiscalía General de la República para que se investigue al ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, por presuntas irregularidades relacionadas con la gestión de humedales en el cantón de Talamanca.

La petición, remitida el 9 de abril a la oficina del fiscal general Carlo Díaz Sánchez, solicita una «investigación exhaustiva e inmediata» en relación con la causa penal 23-000041-0611-PE, vinculada al manejo del documento técnico «Caracterización y Delimitación de Humedales en la Zona Marítimo Terrestre del Litoral del Cantón de Talamanca» de junio de 2021.

Según se detalla en el escrito, Levy considera que existen acciones cuestionables sobre la administración de áreas protegidas en el Caribe Sur, específicamente en el Refugio Gandoca-Manzanillo, donde el MINAE administra aproximadamente el 60% del territorio y el 75% de sus costas, incluyendo 2.802,65 hectáreas de humedales protegidos bajo el Convenio Ramsar.

El documento menciona destituciones de personal en el Área de Conservación Amistad Caribe (ACLAC-SINAC), como el caso del señor Mario Cerdas Gómez, quien fue reemplazado por Maylin Mora Arias. Este proceso de nombramiento, según indica Levy está siendo investigado por la Contraloría General de la República por presunto nombramiento ilegal.

La misiva también hace referencia a la Directriz 09-2023 emitida por el jerarca del MINAE y menciona que desde febrero de 2019, mediante oficio SINAC-ACTO-AL-55-2019, se alertó a la Dirección Ejecutiva de SINAC sobre supuestas irregularidades.

En su petitoria, el ciudadano limonense solicita:

  1. La apertura inmediata de una investigación penal contra el ministro Tattenbach Capra.

  2. La designación de una comisión especial de fiscales para indagar actuaciones de personal del ACLAC-SINAC.

  3. Una revisión de las acciones de empresarias y empresarios inmobiliarios que, según alega, estarían afectando áreas protegidas.

La carta fue enviada con copia a diversas instituciones, incluyendo la Defensoría de las y los Habitantes, la Contraloría General, la Procuraduría General, la Fiscalía Agrario Ambiental, la Comisión de Acceso a la Justicia, la Presidencia del Poder Judicial, la Presidencia de la Asamblea Legislativa y la Comisión de Ambiente del Poder Legislativo.

SURCOS comparte los documentos de referencia:

Directriz No.09-2023-ACLAC
SINAC-ACTO-AL-055-2019
Comunicación de Acuerdos Corac Aclac (2)
2022 nov 11 ACUERDO COLAC

Asociación para el Desarrollo de la Ecología pide indagar al ministro de Ambiente e interponer denuncia penal

Marco Levy Virgo, representante de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología envió una carta al fiscal general Calo Díaz, en la cual pide “la indagatoria del señor ministro de Ambiente y Energía Franz Tattenbach Capra por la inconvencionalidad de la Directriz 09-2023 emitida, la cual contiene umbrales desregulatorios ambientales que son contrarios a la Constitución Política”.

El representante ecologista expone, en referencia al Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, que tal directriz violenta “el bloque de normas y principios constitucionales ambientales existentes en Costa Rica”. Levy Virgo detalla que se irrespetan los artículos 7, 9, 50 y 89 constitucionales y la Convención de la Diversidad Biológica, entre otros instrumentos.

Además, el presidente de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología solicita a la fiscalía general la interposición de denuncia penal en contra del ministro de Ambiente y Energía “por los delitos de desobediencia y prevaricato”.

Así mismo, que “se suspenda la aplicación de la citada Directriz 09-2023, de conformidad con los principios preventivos y precautorios establecidos en el artículo 11 de la Ley de Biodiversidad, así como los principios de progresividad y no regresión de la protección ambiental”.

Finalmente, Levy Virgo pide que “se me indiquen los fundamentos fácticos y legales por los cuales el ministro de Ambiente lleva más de dos años sin ser indagado como corresponde por usted como responsable de la fiscalía general de la Republica”.

La gestión de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología se fundamenta como prueba en un documento de la Defensoría de los Habitantes en el cual se piden “medidas cautelares que suspendan las prácticas imperantes de tala, rellenos de humedales, construcciones y concesiones, sobre una zona indebidamente delimitada por así haberlo declarado la misma Sala Constitucional” para el Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

El escrito señala que “se aporta prueba para mejor resolver en contra del ministro de Ambiente y Energía Señor Franz Tattenbach Capra por presunto prevaricato y favorecimiento al emitir entre otras acciones presuntamente irregulares la Directriz 09-2023”.

En esa prueba, -que se expone en el documento de la Defensoría citado-, se pide que la Sala Constitucional expida “una medida cautelar en gestión de seguimiento de cumplimiento de la sentencia 2019-012745 del 10 de julio de 2019; ante desobediencia acreditada mediante sentencia 26300-2024 del 10 de setiembre de 2024”.

La investigación contra el presidente Rodrigo Chaves y compañía por parte de la fiscalía

Alberto Salom Echeverría

1.Todavía no hay una acusación formal contra el presidente de la República, el vicepresidente Brunner, el canciller Arnoldo André, algunos diputados oficialistas y otros adherentes al Partido Progreso Social Democrático (PPSD), porque la Fiscalía se encuentra en una fase de investigación acerca de quiénes son los presuntos responsables de haber incurrido en graves delitos contra la legislación electoral de nuestro país. Por lo consiguiente en este artículo no me propongo inculpar a nadie; sé que hacen falta las pruebas concluyentes para que se pueda hablar de culpables.

2. Sin embargo, sí deseo expresar mi criterio de carácter politológico más que jurídico, sobre la relevancia que esta investigación tiene en Costa Rica hoy. Diré primero que cualquier investigación que se realice en contra del presidente de la República y otros altos funcionarios del poder ejecutivo y de la Asamblea Legislativa, es de mucho cuidado; sobre todo cuando se trata de examinar presuntos hechos dolosos en que podrían haber incurrido los altos dignatarios gubernamentales, porque de probarse la culpabilidad, se constituiría un grave daño político, jurídico y moral que afectaría aún más la credibilidad de la sociedad civil en la política y en los políticos.

3. En este caso, la investigación discurrió primero, desde hace tres años por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), y, se configuró un documento en noviembre del 2024. Este documento deberá ser conocido, esperamos que con urgencia por los magistrados del TSE. Pero, dado que se trata de una investigación a tan altos dignatarios del Estado costarricense, el pasado 17 de enero, el fiscal general, Carlo Díaz, sustentado en una orden judicial de la Sala Tercera (que conoce y se pronuncia sobre delitos penales), incauta el documento, justamente con el fin de examinar si amerita elevarlo a los tribunales de justicia competentes para que se inicie un juicio. El documento al que nos referimos versa sobre el supuesto financiamiento paralelo en la campaña del hoy presidente Rodrigo Chaves. De probarse los hechos que allí se señalan, obviamente sería a todas luces un ilícito grave contra artículos del código electoral y, como ha quedado dicho procedería que el fiscal lo eleve a juicio.

4. El procedimiento no es nada sencillo, puesto que algunos de los altos dignatarios investigados, como el presidente de la República, el vicepresidente, el ministro de Relaciones Exteriores y los dos diputados, están investidos de inmunidad. En tal caso procede que el TSE valore la denuncia y, si lo estima necesario, ordene a la Inspección Electoral, que instruya una investigación preliminar. Si realizado este proceso encuentra indicios de culpabilidad, deberá trasladar la denuncia a la Asamblea Legislativa, a fin de que ésta, proceda a levantar la inmunidad de los funcionarios que estime necesario. Se requerirán dos terceras partes de los votos de los diputados a la Asamblea Legislativa para levantarles la inmunidad a los dignatarios aquí mencionados para que puedan ser sometidos a juicio. O sea, se trata de un procedimiento calificado.

5. ¿Cuáles son los presuntos delitos en que habrían incurrido los dignatarios y otros de sus partidarios? El informe del Departamento de financiamiento de partidos políticos del TSE, como resultado de tres años de investigación concluyó que se habrían cometido por parte del presidente, los siguientes delitos electorales, a saber: Rodrigo Chaves, habría recaudado fondos para financiar al PPSD, sin haber recibido autorización alguna del tesorero de este partido político. Una violación como esta, de haberse producido, implicaría penas de dos a cuatro años de cárcel, según artículo 273 del Código Electoral. Los recursos, postula el informe de investigación habrían ingresado a cuentas de una firma privada ATA Trust Company, mediante la cual se administraron los recursos del fideicomiso “Costa Rica Próspera”. También señala el informe dado a conocer por el diario La Nación, que el presidente recibió contribuciones o donaciones, por medio de una estructura paralela a las cuentas oficiales del PPSD, con lo cual evadía el control del propio partido político; esa cuenta paralela que se constituyó fue el fideicomiso mencionado y uno de los sujetos de investigación. Con ello se habría violado el artículo 275, inciso b, del código electoral.

6. A su vez al canciller Arnoldo André, se le atribuyen dos delitos más: igual que Chaves habría violado el artículo 273 del mismo código, tras haber incurrido, supuestamente en la misma falta de captar recursos por medio del fideicomiso, para el PPSD también. Pero, por otra parte, se le atribuye haber donado a esa estructura paralela, el fideicomiso, una suma de 3,6 millones de colones. De haberse producido esa donación sería una irregularidad violatoria del artículo 274 del citado código.

7. A la diputada Luz María Alpízar, en su calidad de presidenta del PPSD, se le estaría atribuyendo haber recibido financiamiento privado, mediante el aporte de personas no autorizadas para recaudar esos fondos, las cuales habrían empleado cuentas, aparentemente no inscritas, ni autorizadas por el tesorero nacional, o por el comité ejecutivo nacional del PPSD. De probarse tal delito sería una violación al artículo 275 del mismo código. En este caso, si se logra probar el delito se señalan penas de cárcel de dos a seis años.

8. Al diputado Waldo Agüero, se le investiga también por sospechas de haber violado el artículo 275. A la vez, a su hija, Sofía Agüero Salazar, se le sigue proceso de investigación por sospechas de haber recibido y depositado fondos en su cuenta bancaria, ilegales, para financiar la candidatura de su padre. En este caso el dinero recaudado provenía del banquero Jack Loeb. (Cfr. Para más abundamiento, pueden conocer informes de los artículos del diario La Nación sobre esta materia de los días domingo dos de febrero del 2025, págs. 1 y 3, martes 4 de febrero, págs.1 y 3 y, miércoles 5 de febrero, págs. 1 y 3).

En suma, la investigación a la que nos hemos estado refiriendo del Departamento encargado de estudiar el financiamiento de los partidos políticos, perteneciente al TSE, habla de dos supuestas estructuras paralelas a la contabilidad oficial del partido de Chaves, el fideicomiso y una cuenta privada de la señora Sofía Agüero Salazar.

Al estudio de estos supuestos delitos, está abocada ahora la fiscalía general, con el objeto de seguir la trazabilidad de los fondos recaudados mediante estructuras paralelas y así se estaría probando que los recursos se habrían recibido de donantes privados no autorizados, cuyo destino era beneficiar tanto la candidatura a la presidencia de Chaves, como la de Brunner, y la de los candidatos a diputados de aquel entonces, aquí mencionados con anterioridad. También se afirmó en este artículo, que el fiscal tuvo que solicitar autorización de los magistrados de la Sala Tercera de lo penal, para obtener la orden judicial y así incautar el documento al que hemos hecho referencia.

Como puede verse, de probarse los ilícitos, los altos funcionarios de la administración pública, el presidente Chaves y los demás, habrían incurrido en faltas graves que atentarían contra nuestro sistema electoral, y habrían faltado a la confianza de los costarricenses que votaron por ellos y los que todavía les mantienen la confianza. Es de esta manera como se vulnera la democracia costarricense y cada vez mayor cantidad de personas en nuestro país se han ido decepcionando de la política y los políticos. Esperamos que los que sean acusados, no acudan a procedimientos espurios y leguleyadas en su defensa que, producirían todavía más decepción en el pueblo.

CIDH: Costa Rica debe asegurar transparencia y participación en la selección de operadoras de justicia para garantizar su independencia

Washington D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hace un llamado a Costa Rica para asegurar que la selección de la persona titular de la Fiscalía General y las magistraturas vacantes en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se realicen de manera transparente, participativa y en cumplimiento a los estándares internacionales.

Desde agosto de 2021, está en desarrollo el proceso de selección de la persona titular de la Fiscalía General para el periodo 2022-2026, quien deberá ser elegida por la Corte Suprema de Justicia en las próximas semanas. Al respecto, la CIDH recibió información sobre algunos desafíos observados en el marco del proceso conducido por la Comisión de Nombramientos, tales como: falta de publicidad de documentos relacionados con las evaluaciones y calificaciones asignadas a las personas candidatas, o en la metodología y los criterios de evaluación de las entrevistas realizadas; la consideración de criterios que no están relacionados con la capacidad profesional como la nacionalidad y edad; entre otros.

Asimismo, según la información disponible, actualmente existen cuatro magistraturas vacantes en la CSJ. Una en Sala Constitucional, que estaría próxima a ser votada por la Asamblea Legislativa; otra en la Sala Tercera Penal, que estaría a la espera de una evaluación final; y dos en la Sala Primera, una de las cuales estaría ante la Asamblea Legislativa.

Las personas operadoras de justicia cumplen un rol esencial en el acceso a la justicia y la preservación del Estado de derecho. Por ello, de conformidad con los estándares internacionales y como se establece en el informe «Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia«, todo proceso de selección y nombramiento debe llevarse de forma estricta en condiciones de igualdad y sin discriminación, con base en méritos, capacidad, idoneidad y honradez para asegurar su independencia y evitar la discrecionalidad de los órganos en su selección. A su vez, se debe asegurar una adecuada representación de los diversos sectores sociales, en particular, garantizar la paridad de género en la integración de los órganos judiciales.

La publicidad y transparencia debe ser garantizada a lo largo de todo este proceso, y se debe asegurar una amplia participación de la sociedad civil y otros actores interesados a fin de que tengan la posibilidad de conocer los criterios de selección, así como de expresar su opinión sobre las personas candidatas.

Frente a estas consideraciones, la CIDH llama al Estado de Costa Rica a asegurar que los procesos de selección de personas operadoras de justicia se conduzcan en consonancia con los estándares internacionales para evitar la discrecionalidad en la selección o su realización con base en intereses particulares y/o partidarios que pudieran socavar la independencia judicial; así como, proveer los recursos técnicos de personas y financieros suficientes a las entidades involucradas para que puedan desempeñar sus funciones de manera adecuada.

Finalmente, la Comisión saluda las recientes reformas al reglamento de la Asamblea Legislativa y a la Ley Orgánica del Poder Judicial que establecen hacer públicas todas las votaciones realizadas, incluyendo la selección de magistraturas de la CSJ por parte la Asamblea Legislativa, y la selección de la persona titular de la Fiscalía General por parte de la Corte Suprema.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

 

Fuente de información: https://www.oas.org/es/CIDH/jsForm/?File=/es/cidh/prensa/comunicados/2022/241.asp

Imagen ilustrativa tomada de la UCR.

Un Fiscal General para Costa Rica. Hallazgos del Panel Independiente de Personas Expertas para el fortalecimiento del proceso de selección – Conversatorio

Este viernes 24 de junio a las 10:00 am, el Foro de Justicia Costa Rica llevará a cabo el conversatorio: Fiscal General para Costa Rica. Hallazgos del Panel Independiente de Personas Expertas para el fortalecimiento del proceso de selección.

Se contará con la participación de Manuel Antonio Solís, investigador quien ha trabajado a profundidad el tema del Poder Judicial en Costa Rica.

Puede seguir la transmisión mediante el Facebook del Foro de Justicia. Este es el enlace: https://bit.ly/3ycwnD1

Reunión sostenida en Fiscalía con representantes de organizaciones y territorios indígenas

SURCOS comparte la siguiente información:

Fiscalía General de la República

San José 

Costa Rica

San José, 13 de junio de 2022

Oficio N°457-FGR-2022

Señores y Señoras

Territorio Cabécar de Bajo Chirripó

Concejo Distö Iriria Ajkönul Wakpa de Salitre

Consejo Iriria Sat Kök de Yamabï Dí (Cabagra)

Recuperadoras/es Cabécar de Kono Jú

Recuperadoras/es Cabécar de Yuwi Senaglo

Recuperadoras/es Cabécar de Sekero Kaska

Recuperadoras/es de Saka Duwë Senaglo

Recuperadoras/es Cabécar de Kelpego

Recuperadoras/es Naso Brörán de Crun Shurin

Recuperadoras/es Naso Brörán de San Andrés

Consejo Indígena Regional Pacífico Sur de Yimba Cäjc

Red Indígena de Gestores Locales del Pacífico Sur

Cootraosa

Comité de lucha por la tierra Finca Changuina

Voces Nuestras

Coordinadora de Lucha Sur Sur

Bloque Verde

Organizaciones de Pueblos Originarios y defensores de derechos humanos

Estimados señores y señoras:

Reciba un cordial saludo, en relación con la nota presentada en la reunión sostenida con representantes de las distintas organizaciones arriba indicadas, relacionada con situaciones que enfrentan los pueblos indígenas costarricense y, en la cual se hiciera los requerimientos a la Fiscalía General:

  1. Un informe pormenorizado de causas penales citadas en la nota.
  2. Compromiso por parte del Ministerio Público a efectuar investigaciones sin discriminación.
  3. Presencia en los territorios indígenas para abordar las distintas situaciones delictivas presentadas.
  4. Directrices para la atención de casos con personas indígenas intervinientes, que sean consultadas.
  5. Establecer canales de comunicación adecuados, ágiles y oportunos entre las partes.

Al respecto, se les informa lo siguiente:

  1. Se ha designado una persona fiscal de Fiscalía General, quien, de manera independiente y objetiva, está realizando la revisión de las causas citadas en la nota, con el fin de evaluar fortalezas y debilidades presentadas en cada una de ellas. Una vez que rinda su informe, se procederá a su análisis y valoración por parte del jerarca del Ministerio Público. No obstante, de conformidad con el artículo 295 del Código Procesal Penal, la información obtenida de estas revisiones, no pueden ser compartidas con quienes no figuren como partes procesales del caso concreto, ya que los datos por imperativo legal son privados. Lo que sí se puede indicar es que, de los hallazgos que se obtengan de las revisiones de los casos, la Fiscalía General podrá establecer acciones de mejora a directrices internas y derechos internacionalmente reconocidos.
  2. El Ministerio Público tiene la obligación de investigar -conjuntamente con la policía judicial- todos los supuestos donde exista un delito de acción pública que perseguir, aplicando para ello los principios de principio de legalidad y, en caso de los pueblos indígenas debido proceso intercultural. En ese sentido, se reitera el compromiso de la Fiscalía General en brindar reconocimiento efectivo a los derechos culturales, individuales y colectivos que asiste a la población indígena, en cada caso concreto.
  3. En cuanto la toma de denuncia dentro de los territorios, es un aspecto ya contemplado dentro de las políticas institucionales. En cada caso, la persona representante fiscal a cargo de la diligencia debe efectuar las valoraciones pertinentes y, de considerar necesaria la presencia de l
  4. as partes en oficinas judiciales procurar su traslado y garantizar la ayuda económica. En diciembre del 2021, de acuerdo a los planteamientos externados por varias personas indígenas, la Fiscalía General emitió la Circular 27-ADM-2021, la cual contiene principios rectores que se deben aplicar de forma obligatoria, al momento de desarrollar las investigaciones con intervinientes indígenas, a fin de no vulnerar el efectivo derecho constitucional al acceso a la justicia.
  5. Por último, en cuanto a establecer canales de comunicación efectivos, se reitera la apertura y compromiso como jerarca del Ministerio Público de escuchar a las personas indígenas, con el objetivo de que sus planteamiento sean tomados en cuenta en las distintas acciones administrativas y políticas de persecución penal que como ente encargado de la acción penal nos corresponde. 

Sin otro particular, se suscribe atentamente.

Warner Molina Ruíz 

Fiscal General a.i. de la República 

Ministerio Público

 

Imagen ilustrativa.

Reflexiones en torno a la corrupción que nos carcome

Vladimir de la Cruz

Que la corrupción sea un fenómeno mundial, que se da en todos los continentes y países, con participación de grandes empresas y personajes, que se expresa en modelos políticos de distinto tipo como capitalistas, socialistas, republicanos, monárquicos, monárquico constitucionales, democráticos, tiránicos, despóticos, militaristas, autoritarios, de signos políticos liberales, socialdemócratas, socialcristianos, marxistas en cualquiera de sus variedades, de orientaciones religiosas islámicas, cristianas, católicas, budistas o las que sean, que se da en el seno de organizaciones políticas, económicas y sociales, particularmente, en partidos políticos, de todos las corrientes políticas o ideológicas, según se quieran ver, que se manifiesta especialmente en el ámbito de la administración pública, en todas sus instituciones y poderes públicos, y en el ejercicio de gobiernos nacionales, municipales o regionales, no significa que tenga que justificarse si se da en un país como Costa Rica.

Habrá quienes digan y sostengan que la corrupción es propia de esos sistemas y modelos de desarrollo económico, social y político, y consecuentemente con ello, en otros sistemas y modelos de desarrollo económico, social y político no existe, o al menos no debería existir.

Decir, como he oído decir recientemente, que es propio de la sociedad capitalista costarricense no es suficiente. Es obvio que esa es la sociedad que tenemos, pero no por ello podemos apartarnos de la lucha contra la corrupción en cualquier forma y en cualquier parte del mundo que haya que combatirla. Cuando se defienden gobiernos corruptos no costarricenses se mandan señales perversas de que, quienes así actúan, si gobernaran lo harían de la misma forma corrupta con que se defiende a esos gobiernos criticados.

La corrupción es un modo de vida y de comportamiento humano, que se da en todos los niveles de vida de cualquier sociedad, en todas las clases y estamentos sociales. Es una práctica social, que para algunas personas, los corruptos, puede ser hasta una costumbre. Pero, es un modo de vida de personas, no de las instituciones, sean gobiernos, poderes públicos, partidos políticos, iglesias, asociaciones, clubes.

Son las personas las corruptas, las sinvergüenzas, las que actúan delincuencialmente, individual o colectivamente. Son personas, para decirlo de esta manera, que se han echado a perder, que están en un estado de pudrición y de perversión permanente.

Corrupto es quien actúa con el propósito de sacar provecho en beneficio propio de manera indebida, ilegítima, alterando procedimientos, reglamentos, actos administrativos, haciendo que no se cumplan en su formalidad o provocando licitaciones y concesiones amañadas, amarradas, o hechas de tal manera que solo a una persona, o empresa de esa persona, o a dos empresas y dos grupos de personas o familias, se les beneficie, obligando a sacar de la competencia a otras empresas y personas, ofreciendo pagos a esas otras empresas para que no participen en licitaciones o concesiones, como se ha venido evidenciando en los escándalos de los casos que se están investigando.

El espejo del corrupto es el funcionario que aprovechando el poder, abusando del poder institucional, o del cargo que tiene, por la confianza pública que se le deposita, por las oportunidades de actuación, públicas y privadas, que puede ejecutar, lleva a cabo actos de los cuales, y por los cuales, se puede aprovechar quien procura un beneficio indebido o ilegítimo, aunque en la forma tenga el disfraz y el traje de legitimidad y de legalidad, de trámites de procedimientos y mecanismos aparentemente transparentes, aprovechando a la vez la debilidad de reglamentos, de marcos legales, de tipificación de figuras delictivas, de sanciones institucionales y legales en actos de corrupción, y que, hasta hoy, no hay en el país una buena Ley Anticorrupción.

Para que haya un funcionario corrupto se necesita un agente externo igualmente corrupto, el corruptor. Uno que ofrece la posibilidad del acto corrupto a realizarse, y el otro que acepta la realización de ese acto corrupto, por el que recibe a cambio un beneficio personal, dinero en efectivo, invitaciones y pagos de comidas en restaurantes, compra de comidas para la casa o el hogar, pagos de vacaciones en sitios caros, pago de hoteles de playa o viajes al exterior, pagos de cuentas, compra de casas o apartamentos, pago en servicios sexuales exclusivos, que implica una organización en este sentido que opera en la institucionalidad pública, por brindarles hombres o mujeres, según los gustos del agente corruptible, y satisfacción plena de las actitudes consumistas del agente corruptible, entre otros rubros que se cubren y se pagan de esa manera.

El agente corruptor parte de que todas las personas tienen un precio, y que tienen necesidades que satisfacer, y el corruptible tiene a la vez su propia dimensión de su propio valor, por el que cobra, y de las necesidades que debe satisfacer, propias y de familia, que queda involucrada en su actuación.

Otras formas de corrupción son las que legalmente se permiten de evasión y elusión de impuestos y cargas tributarias, de pagos obligados por ley, como los de la CCSS, que son las formas que han sido hechas, desde la Asamblea Legislativa, con apoyos de Poderes Ejecutivos, de acuerdo a las necesidades de ciertos grupos, y veces de ciertos personajes, de fuerte influencia política parlamentaria, cuando no de grupos de presión de esa naturaleza, que buscan beneficios y amparos de actuación indebida desde la legalidad misma. Los no cobros institucionales por esos motivos hacia ciertos personajes o empresas, el no envío de los inspectores institucionales, o de negociar la llegada de inspectores de trabajo, o de la CCSS, para la supervisión respectiva, generalmente acompañados de los Jefes de Personal, o de empleados de esas empresas, que cumplen esas funciones administrativas, para influir de esa manera en los informes respectivos, o de no tener el número necesarios de inspectores para todo el país es parte de esa corrupción pro beneficio de esos evasores o no cumplidores de las obligaciones legales.

Con la corrupción se depravan, se echan a perder, se dañan actos administrativos, procedimientos administrativos. Se echa a perder la imagen de las figuras públicas, depositarias muchas veces de la confianza y la voluntad popular, o que resultan electas por ella, se afecta la imagen pública de la Política, de la Administración Pública como conjunto, de los partidos políticos como instituciones de organización y de representación política, de las personas que se desempeñan como Políticos en general, de la democracia como sistema y organización de vida, orientando salidas hacia formas autoritarias de gobiernos pensando que ellas acaban con esos vicios de la corrupción.

La corrupción como se manifiesta, y en la forma escandalosa que se hace, también afecta la imagen democrática de la sociedad. No se valora, sin embargo, que democráticamente se actúa contra esta corrupción por los actos que realiza el Organismo de Investigación Judicial y la Fiscalía General, por la independencia institucional que tienen.

No hay una ética de la corrupción, que justifique el comportamiento humano del corrupto, salvo la propia autovaloración que de sí mismo tiene el corrupto, que ve, probablemente como moralmente válido lo que hace en su beneficio. El comportamiento moral del corrupto es su inmoralidad, es su actuación contra el comportamiento humano moralmente establecido y aceptado, al margen de los valores del bien, del deber, del bienestar común, de la feliz convivencia social, de actuar como se debe ante los deberes, los derechos y las obligaciones, y ante la justicia misma.

Los actos de corrupción que se investigan atentan contra la Justicia Social, contra la convivencia social de los costarricenses. ¿Acaso esto no es penable? Se pone en entredicho el sistema democrático y de seguridad jurídica de los costarricenses. La corrupción estimula la actuación del más fuerte, la ley de la selva en la sociedad económica e institucional, se actúa contra la convivencia pacífica y la seguridad jurídica, en cierta forma contra el mismo Estado de Derecho.

La educación en general, la educación ciudadana y la educación cívica se orientan a formar ciudadanos responsables con el Estado, con la Sociedad, con la Convivencia armónica, lo que queda en el suelo, y en el canasto de la basura, cuando se estimulan los actos y comportamientos corruptos, o se dejan sin castigar, sobre todo sin sancionar ejemplarmente, con la fuerza institucional y jurídica con que se puede hacer penar, pero también con la fuerza política para someter a los responsables y corresponsables de esas personas corruptas y sus corruptores.

En los casos que se vienen anunciando, e investigando, se han evidenciado personas, colectivos de personas, e instituciones, actuando criminalmente, vinculadas, organizadas, respondiendo a una planificación para la actuación y para sacar provecho de esas actuaciones inmorales e ilícitas, como se están comprobando en los expedientes judiciales, según se ha dicho. Son verdaderas cuadrillas criminales.

Si hablamos de ética pública esta recae en los funcionarios que se desempeñan en la función pública, desempeño que debería ser ejemplar y de profundo respeto por las normas de vida institucional y de la convivencia pública. Cuando se viola esta ética pública se trasluce que el actuar del funcionario no es el bien común, es su interés personal y personalísimo desde el puesto que tiene.

Los funcionarios públicos, y los corruptores que los han involucrado en esos actos, han afirmado a Maquiavelo, que parafraseado, recomendaba actuar de manera aparentemente moral a sabiendas que no lo eran, o solo de aparentar actuar moralmente.

Recuerdo a mi abuelita materna Ofelia, que pasaba diciéndonos, a sus nietos, “el que roba un cinco, roba pesos”, “el que roba poco, roba mucho”, machacando constantemente normas de conducta de honradez, honestidad, respeto, de actuación ante la vida, y de relaciones sociales.

Era una escuela formativa para formar valores de responsabilidad social y de rectitud moral, de actuación, que permitiera rechazar todo provecho o ventaja personal que se pudiera sacar del ejercicio del cargo o del puesto, de actuar con rectitud, honradez, honestidad, rechazando provechos que se puedan obtener de por sí, o por interpósita mano. Se inculcaba y enseñaba que el trabajo era el principal y más honesto modo de ganarse la vida, de ganar dinero.

Con una ética pública sólida se le enseña a la ciudadanía una ética social de comportamiento, donde todos realicemos el buen comportamiento, la buena conducta, ante el servicio público que tenemos y desempeñemos desde los distingos puestos de trabajo, que produzca la mayor confianza posible en el buen ejercicio del Gobierno y de la Administración Pública en general.

Aquí funciona la probidad, la actuación con integridad, con rectitud, con honradez, con la imparcialidad en el proceder institucional, con la objetividad en el trato para darle a cada quien lo que corresponde en su derecho y en su razón, para producir una igualdad real de las personas en condiciones iguales, sin atender preferencias, privilegios, sin recibir premios o dádivas a cambio del trabajo prestado y rechazando la influencia indebida de quienes presionan por obtener ventajas.

En todos estos escándalos e investigaciones, que se están haciendo, lo que está al margen totalmente es la Procuraduría de la Ética Pública. Supuestamente existe, por su función legal, como la Oficina contra la corrupción en la función pública. Existe, además, para promover la ética en la gestión pública.

La Procuraduría de la Ética Pública debe realizar acciones, que no se sienten ni se ven, para prevenir, detectar y erradicar la corrupción, debe recibir y tramitar denuncias administrativas por actos de corrupción, de falta de ética y transparencia en el ejercicio de la función pública y debe denunciar y acusar penalmente de los actos que conozca.

¿Dónde está la Procuraduría de la Ética Pública? ¿Existe? ¿Qué ha hecho en este sentido? Valdría la pena que en estas investigaciones que lleva a cabo el Organismo de Investigación Judicial y la Fiscalía General de la República le toque la puerta a su silencio cómplice, a su ceguera institucional y a su sordera pública, cuando en este país, Costa Rica, a gritos todo el mundo habla de corrupción. ¿Cobija la Procuraduría de la Ética estos actos a todas luces públicos? ¿O, cobija a los corruptores y corruptos públicos conocidos?

En el año 1996 la Licda. Marina Ramírez Altamirano, publicó con auspicio del AID y de la Asamblea Legislativa, el libro “Ética en la función pública. Una aproximación al tema”, que debería ser de estudio de los diputados, de los que van a llegar a integrar la próxima Asamblea Legislativa y de los funcionarios que ocuparán cargos en la Administración Pública.

Es un libro que a pesar de los años de su publicación sigue teniendo validez y vigencia, y que puede permitir su lectura una buena revisión y actualización, a la luz de todos los escándalos habidos en estos últimos 25 años, desde su publicación, porque la corrupción ha existido en estos años.

Ahora bien, en todo este escándalo, especialmente el de los alcaldes, la lucha la han enfocado contra la reelección de alcaldes. ¿Es eso correcto? Yo creo sinceramente que no es en la reelección de alcaldes ni de funcionarios públicos donde está el mal. La raíz está en la formación individual de esos funcionarios, en sus bases morales y éticas, en su educación familiar y social, en el entorno que les ha tocado vivir.

Los alcaldes no son maná del cielo. Son electos por los partidos políticos para ser presentados a los electores, quienes depositan su confianza electoral en ellos, garantizando de esa manera el acto supremo de la soberanía popular. Si los alcaldes resultan malos son malos los partidos que los han escogido, y son los partidos, con sus dirigentes, con sus asambleas partidarias, los responsables directos de sus nombramientos y de su elección popular. Son los partidos que se inhiben, o no pueden actuar, porque estatutariamente tienen los candados para expulsar a las personas involucradas en este tipo de actos, más aún cuando se desempeñan en cargos públicos de elección popular y forman parte, también, de los organismos políticos internos, de mayor jerarquía de esos partidos. Y los Comités de Ética de esos partidos son más Comités de Estética partidaria que de ética pública. Su quehacer se orienta a lavar la cara de los partidos más que a establecer sanciones ejemplares contra esos dirigentes políticos.

Se quiere prohibir la reelección de alcaldes como si allí descansara la fuente del mal de la corrupción. Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia se pueden elegir indefinidamente por períodos de ocho años, los de Tribunal Supremo de Elecciones por períodos de seis años, los miembros de ciertas Juntas Directivas, de distintos tipos de instituciones y sociedades del sector público y del privado se pueden elegir por varios períodos y por muchos años. Los alcaldes y miembros de los Consejos Municipales también se pueden elegir indefinidamente, hasta que los electores no voten por ellos ni por sus partidos políticos. Los partidos políticos se pueden elegir consecutivamente en las municipalidades, en la Asamblea Legislativa con sus diputados y en el Gobierno mientras los electores voten por ellos.

¿Qué diferencia hay en reelegir a un partido político en el Gobierno, en la Asamblea Legislativa o en las Municipalidades, aun cuando cambia de candidatos, si es ese partido el responsable de nombrar honrados o sinvergüenzas ciudadanos?

Si se trata de prohibir la reelección de personas debería tratarse la posibilidad de no permitir la participación de partidos políticos que tienen historia de nombramientos de estos funcionarios corruptos. Si se trata de limpiar la cancha de candidatos, o de personas, hay que limpiar la cancha de equipos que podrían ser también la maquinaria institucionalizada de la corrupción y de ciertos corruptos que reptan en sus entrañas a veces de manera camaleónica.

Llevar el asunto a la no reelección de alcaldes, y a lo no reelección en general, o a facilitarla una sola vez, es distraer la atención de las fuentes de la corrupción. No hay que dejarse engañar con cantos de sirena.

Hay que atacar la corrupción con toda la fuerza institucional que se permita. Hay que castigar ejemplarmente a los corruptos y corruptores con el mayor peso posible que permita la legislación. Hay que mejorar la legislación, actualizarla a las nuevas modalidades de actos de corrupción.

Hay que fortalecer la educación pública, desde los primeros niveles, al menos, en los valores cívicos y ciudadanos, en valores morales sólidos, en el valor de la responsabilidad social, la honestidad, la honradez, y de la función del servicio público.

UNA FISCALÍA PARA LA DEMOCRACIA

José Manuel Arroyo Gutiérrez. Exmagistrado CSJ. Profesor catedrático UCR.

         Hay que insistir en la importancia que tiene, en una democracia, la cabeza del Ministerio Público. Es vital en la medida de los poderes discrecionales que por ley se le asignan, tanto por lo que debe hacer, como por lo que no debe hacer. Dirigir el monopolio de la acción penal pública no es poca cosa, cuestión relativamente compleja y llevadera en la delincuencia convencional (robos, estafas, violaciones, homicidios); pero tremendamente compleja en cuanto a la delincuencia no convencional (corrupción público/privada, narcotráfico, sicariato, tráfico de personas o de armas). Los principios de independencia y objetividad rigen para toda su actividad. Tan dañino puede ser un fiscal con mentalidad de acusador a ultranza, como aquél que, por negligente o corrupto, fomenta la impunidad.

         Quien ocupe la fiscalía general tiene que demostrar que ha estudiado la teoría fundamental de los derechos humanos y sabe aplicarla; tiene que demostrar que conoce la Constitución Política, el derecho penal y de manera especial el derecho procesal penal. Debe además demostrar que maneja los requerimientos mínimos de una denuncia, el tratamiento que debe llevar una investigación preliminar en coordinación con la policía judicial, y tener entrenamiento en la formulación de un dictamen acusatorio, o cualquiera de las otras salidas procesales. Quien ocupe este cargo estratégico para la sobrevivencia de la democracia, tiene que demostrar que sabe escuchar y trabajar en equipo, y que ha manejado, con pericia, un alto número de subalternos.

         Este país no puede darse el lujo de designar para los más altos cargos judiciales, por mucho apoyo político que tengan, a personas que en su vida han tratado casos y expedientes, los requerimientos y las resoluciones para desempeñarse con solvencia. No podemos poner a pilotar el avión a quien cuenta apenas con licencia para motocicleta. Importa saber de qué universidad es graduado, si de las de verdad o las de garaje. Para esto hay que ver los índices de promoción en las pruebas del Colegio de Abogados.

         Pero la fiscalía general no es sólo cuestión de conocimientos jurídicos. Es también de rasgos de personalidad, psicológicos y de carácter. Tiene que cultivar la sabiduría para tomar decisiones y hacerlo de manera oportuna; tiene que ser valiente para resistir presiones internas y externas, de grupos de poder legítimos e ilegítimos; además debe tener la destreza de ponerse en el lugar del otro, y de manera especial en nuestros tiempos, en el lugar de la otra. La prudencia y la serenidad son indispensables, un rasgo de personalidad sin el cual, toda pericia se pone en riesgo.

         Guárdenos la Providencia de un fiscal o fiscala débil, influenciable, manipulable, presto a recibir instrucciones de los de arriba, agradecido por el nombramiento, displicente, venal, servil. La valentía es la base de la integridad. Cumplirá con su delicada función si no se doblega ante nada ni ante nadie.

         Por eso la Fiscalía General debería tener el indispensable rango Constitucional; debería ser la culminación de toda una carrera y tener las condiciones profesionales, salariales y demás ventajas de un miembro de Corte Suprema. La tentación de pasar de la Fiscalía a la Corte debería evitarse, no sólo por decisiones personales, sino por impedimentos legales.

         He visto una precalificación que ha hecho la Comisión de Nombramientos de la Corte Suprema de Justicia en el certamen abierto para nombrar Fiscal General. Considero que en ella hay nombres con los mínimos de experiencia, conocimientos y personalidad adecuada para el cargo. Pero hay otros nombres que paran el pelo. Al menos, si no se tiene el perfil ideal, la Corte debería designar a alguien que no haya manifestado públicamente sus miedos y fobias a determinadas minorías de la población, alguien que al menos sepa la diferencia entre delito y pecado. Lo graves es que una vez nombrado, todas y todos estaremos en manos del nuevo fiscal o fiscala. Y sólo hago este último señalamiento porque he constatado la existencia de algún candidato impresentable con nota superior a 90. La resurrección en pleno siglo XXI de los Torquemadas medievales que en el mundo han sido. Una involución inaudita. Una auténtica catástrofe.

Una fiscalía general para una Costa Rica convulsa

Foro de Justicia invita al foro virtual “Una fiscalía general para una Costa Rica convulsa” a realizarse el 18 de agosto del 2021 a las 4:00 p.m., en donde se reflexionará en torno a la próxima elección. 

Costa Rica atraviesa uno de los escándalos de corrupción más complejos de su historia reciente, en medio del cual el Ministerio Público ha sido cuestionado por su efectividad e independencia. En este contexto, la Corte Suprema de Justicia abrió el concurso para el cargo de la Fiscalía General, y con ello inicia uno de los procesos de nombramientos más relevantes para la administración de la justicia. ¿Cuál es el perfil idóneo de la persona que ocupe la Fiscalía General? ¿Qué criterios técnicos e internacionales deben guiar su selección? ¿Cómo asegurar que se alcancen los máximos estándares de publicidad e involucramiento de la ciudadanía?

El Foro de Justicia le invita a conversar al respecto con especialistas nacionales e internacionales.

Se trasmitirá por medio de Facebook Live ForodeJusticiaCR

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