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Etiqueta: invalidez

Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social: Reajuste de Pensiones y la Evaluación de la Invalidez

En septiembre de 2024, la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) emitió un comunicado dirigido a las autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así como a la Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). En este, se plantea la urgente necesidad de ajustar el monto de las pensiones bajo el Régimen No Contributivo (RNC) y se solicita información relacionada con la invalidez y discapacidad en el sistema de pensiones. Este proceso resalta la lucha constante por garantizar pensiones dignas y una vida adecuada para las personas más vulnerables del país.
Desde 2010, el RNC ha sufrido una pérdida del 25% en el valor adquisitivo de las pensiones. Actualmente, más de 142.571 personas, muchas de ellas en situación de pobreza extrema, reciben un monto fijo de ¢82.000 al mes, el cual no se ha ajustado desde 2019. De acuerdo con los cálculos basados ​​en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) ), el monto debería ser de al menos ¢102.500 para compensar el aumento en el costo de vida.
Este desajuste afecta a pensionados que dependen exclusivamente de estos ingresos, personas en situación de pobreza extrema o indigencia que no califican para otros regímenes contributivos de seguridad social. La Ley Integral para la Persona Adulta Mayor N° 7935 establece el derecho de las personas mayores a una vida digna, la cual claramente no está siendo garantizada en el contexto actual del RNC. La ACSS también apela al Convenio C128 de la OIT, que obliga a los países a ajustar las prestaciones cuando hay variaciones notables en el costo de vida.

En respuesta a la solicitud ACSS-007-2024, emitida por la ACSS en septiembre de 2024, la Gerencia de Pensiones de la CCSS indicó a través del Lic. Olger Pérez Pérez y el Ing. Ubaldo Carrillo Cubillo que, debido a limitaciones presupuestarias, no será posible realizar el ajuste de pensiones para el año 2024. Sin embargo , se asegura que el tema se revisará nuevamente en 2025, dependiendo de los recursos disponibles.

Otro punto importante de la solicitud de la ACSS es el reajuste de las pensiones bajo la Ley N° 7125, que otorga pensiones vitalicias a personas con parálisis cerebral profunda (PCP), autismo, y otras condiciones neurológicas graves. El documento de la CCSS menciona que, si bien no se pudo hacer el ajuste al inicio de 2024 debido a limitaciones presupuestarias, la actualización de las pensiones se realizará en la planilla de septiembre, incluyendo el pago retroactivo desde enero​.

En última instancia, la solicitud también incluyó información detallada sobre la evaluación de la invalidez bajo el RNC. Rodrigo Arias López, uno de los firmantes de la petición de la ACSS, destacó la importancia de recibir una lista clara de las enfermedades neurológicas consideradas equiparables en severidad a la PCP, el autismo y el mielomeningocele. En respuesta, el Dr. Henry Jiménez Naranjo, director de la Dirección de Calificación de Invalidez de la CCSS, explicó que la evaluación se realiza según las Guías para la Evaluación de Invalidez y Discapacidad, aprobadas por la Junta Directiva en 2019​.  Este documento establece los lineamientos médicos y técnicos para determinar el grado de discapacidad de los solicitantes y su derecho a una pensión. Dicha guía es clave para garantizar una evaluación justa y objetiva, permitiendo que las personas con condiciones neurológicas severas reciban el apoyo que necesitan

Para quienes deseen consultar más detalles, se incluye la Guía para la Evaluación de Invalidez y Discapacidad.

UNDECA: Intereses empresariales no pueden estar por encima del diálogo social

La cúpula en pleno del sector empresarial, representada por la UCCAEP, anunció que se retira “temporalmente” de la Mesa de Diálogo del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, porque se opone furibundamente a que el aumento del 1% de la cuota obrera, que impuso la Junta Directiva de la CCSS, se discuta en el seno de la Mesa de Diálogo.

Este motivo, de carácter político, por el que la UCCAEP abandonó la Mesa, ahora que perdieron la dama que tenían en la Junta Directiva, no resiste la menor crítica.

El artero aumento de la cuota obrera, además de que carece de fundamentación técnica y mucho menos justificación para que se aprobara a costa exclusivamente de los y las trabajadores, y debe ser en la Mesa de Diálogo donde se analicen todas las propuestas enfocadas a fortalecer el régimen de pensiones.

El anunciado retiro “temporal” es una falacia del empresariado, que en realidad, constituye un abandono definitivo, porque la Mesa de Dialogo se constituyó por un período determinado, por lo que deben asumir las consecuencias de sus intempestivas decisiones, incompatibles con el bien común y la solidaridad social.

Con esta airada posición, UCCAEP demuestra la poca o nula vocación democrática que tiene el empresariado, que adversa la construcción de espacios de diálogo social para solucionar los graves problemas que aquejan a las grandes mayorías.

Por más que traten de sabotear la Mesa de Diálogo, no escatimaremos esfuerzos para fortalecer los espacios de participación social necesarios para garantizar al pueblo trabajador pensiones dignas y sostenibles.

¡Exigimos pensiones con dignidad!

Para más detalle puede comunicarse con Luis Chavarría Vega, subcoordinador BUSSCO y Secretario General de UNDECA al 8367-27-37 o al 2223-12-32

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Comunicación UNDECA.

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UNDECA demanda que se anule aumento en pensiones

  • Junta Directiva debe derogar aumento del 1%

 

La Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA) solicitó a la Junta Directiva se anule el acuerdo tomado días atrás para incrementar en un 1% adicional el porcentaje de cotización de los trabajadores al régimen de pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

En este sentido, UNDECA considera que este acuerdo se dio en medio del mayor secretismo, con total falta de transparencia, de forma sorpresiva, invisibilizando a los 1.5 millones de personas trabajadoras, se aumentando un 1% adicional, de forma que al completar la reforma del 2005 los trabajadores del país estarán pagando un 2% más al régimen de IVM.

Contrario al compromiso que manifestó la Presidencia Ejecutiva, incluso en forma escrita al BUSSCO, donde indicó que una vez que se concluyera el estudio realizado por los tres funcionarios de la UCR, se convocaría a diversos sectores sociales, para que en un proceso de diálogo nacional se discutiera el futuro del régimen.

“Desde nuestro punto de vista, este acuerdo no está sustentado en argumentos legítimos primero porque lo carga exclusivamente sobre las espaldas de la clase trabajadora y adicionalmente, es ilegítimo porque no se realizó una consulta previa. Asuntos de esta envergadura exigen la consulta, al menos, de los representantes de los sectores afectados en resguardo de los derechos legítimos de las y los trabajadores”, detalló Martha Rodríguez, secretaria general adjunta de UNDECA.

El incremento se cargó exclusivamente, como se dijo, a la clase trabajadora del país, lo que evidencia la complacencia a las exigencias del sector político empresarial y ocultando la continua injerencia política y la falta de transparencia de los altos mandos en el manejo de los fondos.

Por último, pareciera que el gobierno no tiene interés alguno en iniciar un proceso de diálogo en esta materia, sino que se obstaculiza con esta arbitraria y prematura medida, que debe dejarse sin efecto en forma inmediata, si se quiere evitar la confrontación y en aras del diálogo social.

En el recurso dirigido a la presidenta ejecutiva de la CCSS, se señala:

“Este acuerdo resulta sustancialmente disconforme con el ordenamiento jurídico por los siguientes motivos:

1.- Falta de transparencia de la Junta Directiva CCSS en contravención con las normas éticas de desempeño de la función pública…. La Caja Costarricense de Seguro Social tiene un Código de Ética, que los primeros obligados en cumplir son los integrantes de esa Junta Directiva, que en el presente asunto, el acto cuestionado deja tanto que desear, porque se faltó al deber de transparencia, un principio inherente al ejercicio de la función pública en cualquier ordenamiento democrático”.

El documento agrega las consideraciones siguientes:

“2.- Falta de legitimidad del acuerdo impugnado por omisión del trámite de consulta previa”.

3.- Manifiesta ilegalidad del acuerdo porque ese incremento de la contribución se cargó exclusivamente a la clase trabajadora del país

4.- Nulidad del acuerdo impugnado por un vicio esencial en la motivación de dicho acto. Un acuerdo de este tipo constituye un acto administrativo, de carácter reglamentario, que como cualquier acto administrativo tiene que tener un motivo suficiente, válido y legítimo, que corresponda o sea proporcional al contenido de dicho acto. El motivo, elemento material del acto administrativo, es el presupuesto jurídico, el hecho condicionante, que da génesis a dicho acto. La falta o defecto sustancial en el motivo, constituye un vicio del acto administrativo, que produce su nulidad absoluta (art. 132, 133 en relación con el art. 166 LGAP). En el acuerdo impugnado se echa de menos un “motivo” que se ajuste a las exigencias del ordenamiento jurídico. Este acuerdo, al tenor del cual se le cargó exclusivamente a la clase trabajadora el incremento de la contribución en el RIVM, carece de razonabilidad y justificación técnica.

5.- Falta de oportunidad y conveniencia publica de este acuerdo. Además de los graves vicios que contiene este acuerdo, no contribuye a que se desarrolle el proceso de diálogo que anunció esa Presidencia Ejecutiva…”.

Como pretensión del recurso, UNDECA señala: “Con fundamento en los motivos expuestos, UNDECA comparece a deplorar este desafortunado y pernicioso acuerdo, que tanto daño causa a la clase trabajadora, el cual solicitamos reconsiderar y dejar totalmente sin efecto”.

 

Enviado a SURCOS por Martín Rodríguez E., Unidad de Comunicación, UNDECA.

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