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Etiqueta: Israel

Relatos Antiguos, de Óscar Espinoza Ramos

Tema musical compuesto por Óscar Espinoza sobre la temática del sionismo. Mezcla de ideología y religión que ha utilizado el «Estado» de Israel para cometer las masacres e injusticias más crueles de las últimas décadas sobre el pueblo de Palestina, mismo que invadiera hace 75 años apoyado por los Estados Unidos y sus aliados.

La producción manifiesta que detrás de cada guerra, invasión u ocupación se esconden mezquinos intereses de poder y planes de saqueo de recursos naturales y humanos. Repudia estas acciones y reivindica al valeroso pueblo de Palestina en su lucha por la libertad y la soberanía.

Video:

Entrevista | Los judíos leales se oponen a la existencia del «Israel» sionista 

Según el canal, el portavoz del grupo Neturei Karta, el rabino Yisroel Weiss, confirmó que los judíos de todo el mundo leales al judaísmo se oponen completamente a la existencia del «Israel» sionista.

Durante una entrevista con el canal panárabe Al Mayadeen, explicó que esa es la opinión del pueblo judío que vive en la Palestina ocupada y Jerusalén, así como en Nueva York, Canadá, Reino Unido y dondequiera que estén.

“Nuestra religión es completamente contradictoria con el sionismo y los que odian el judaísmo usaron el nombre de Israel y Dios para decir que simplemente están recuperando lo nuestro, lo cual es mentira»., reflexionó.

Weiss señaló que el pueblo judío vivió con el musulmán durante cientos de años, y la diferencia de religión no es un obstáculo para la coexistencia y la vida en paz. 

En el canal de YouTube Al Mayadeen Español  

El conflicto Palestina-Israel: ¿Justificación religiosa para un conflicto geopolítico?

Imagen: Freepik

Entrevista Dr. Esteban Sánchez Solano

En esta entrevista conversamos con Esteban Sánchez Solano, Dr. en Ciencias de las Religiones y coordinador de la Cátedra Ibn Khaldun de Estudios del Medio Oriente y África del Norte, de la Escuela de Estudios Generales de la Universidad de Costa Rica, sobre el rol de la religión en el conflicto histórico entre Palestina e Israel.

–¿El antagonismo religioso es la piedra angular en el origen del conflicto entre Palestina e Israel?

–Esteban Sánchez: “Pues para muchos sí existe. Hablan de un antagonismo entre el mundo cristiano, judío y musulmán para convivir. La idea de esa convivencia es también tramposa, porque son sociedades que viven con ciertas jerarquías establecidas por la religión.

Durante el siglo XIX, el elemento del nacionalismo en Europa, tiene un factor étnico-racial para establecer cuál es esa unidad social. Allí es donde el antisemitismo como ideología, particularmente en el mundo germánico, centro de Europa, comienza a ser mucho más fuerte y se comienza a consolidar la sospecha, hacia la nación judía, de que no se va a integrar a una unidad nacional. Como resultado, se dan las experiencias de persecuciones contra los judíos a fines del siglo XIX y la primera mitad del siglo XX. Ante esto, un sector del judaísmo, sobre todo del norte de Europa, con poca relación desde el punto de vista social y cultural con el mundo del judaísmo del Medio Oriente, y que vivían en reinos musulmanes, son quienes proponen desde un punto de visto social, étnico y completamente europeo, la creación de un Estado para los judíos.

En 1896 el escritor y político húngaro, Theodor Herzl, es el primero que formula teóricamente un texto sobre la creación del Estado de Israel, ya que en la década de 1890 el antisemitismo llegó a un plano demasiado alto, desde el cual la persona judía era vista como un problema y Europa comenzó a hablar del «problema judío». Es a partir de allí que las comunidades judías del norte de Europa comienzan a pensar: ¿dónde sería para los judíos el lugar para ese Estado? Estas comunidades hacen una asociación con el Israel de la antigüedad y comienzan a gestar el proyecto, el cual debe de ser en Palestina. La idea del retorno o de vincularse a Palestina como el espacio del reino de la antigüedad de Israel, tomó fuerza. La relación con el Israel de la antigüedad nunca desapareció del todo de las comunidades judías que se dispersaron (la diáspora), y también ya existían comunidades más allá de Palestina en la antigüedad.

Realmente lo que se hace es el uso de la justificación religiosa, pero desde el punto de vista demográfico la población que habitaba Palestina era en su mayoría musulmana, y también había población judía y cristiana propiamente de la zona».

-¿Entonces quienes propusieron ese llamado retorno para crear el Estado de Israel en Palestina, ¿qué tanto conocimiento tenían de la zona y de su diversidad religiosa?

-ES: “Quienes lo propusieron eran una población que ni siquiera había tenido vínculo con ese territorio. Fue la creencia, y no el espacio geográfico donde se vivía, lo que definió la relación cultural. Esto fue fundamental en el judaísmo de fines del siglo XIX e inicios del siglo XX en Europa, ante la persecución que vivían y de la condición de ser vistos como un problema.

Ya para 1895 fundan la Conferencia Sionista y desde allí el proyecto de crear el Estado de Israel es clarísimo. Una declaración en 1917 del ministro británico de relaciones exteriores, Balfour, favorecía la creación de una nación para los judíos en Palestina, porque necesitaba el apoyo de la comunidad judía en Inglaterra a favor de la guerra. Fue una declaración, no un tratado, no un instrumento jurídico que obligue a los actores involucrados a respetar un texto que es un acuerdo como tal entre países o estados, etc.

Esa declaración del ministro británico le dio empuje a la Conferencia Sionista y a todas las ramificaciones que fue teniendo el sionismo y a toda la organización sionista mundial, para establecer a nivel material la presencia de todas esas comunidades en Palestina, dando como consecuencia una relación tensa con la población Palestina que veía la llegada de poblaciones que nunca habían vivido allí. Como resultado de los acuerdos de paz de la Primera Guerra Mundial, el administrador del territorio es Gran Bretaña y el proceso migratorio de los judíos hacia Palestina continúa. Ya para la década de 1930, para los palestinos es clarísimo el proyecto de los judíos.

A nivel geopolítico se hace un uso de la justificación religiosa para establecer un proyecto sobre la creación del Estado de Israel, el cual es 100 % secular, es decir opuesto a lo espiritual o divino en su concepción, porque dentro del sionismo surgieron líneas plenamente religiosas que sostenían el proyecto como tal. Pero, también hay muchas líneas religiosas dentro del judaísmo opuestas a la creación de dicho Estado y que hoy en día son voces críticas; voces que expresan que Israel no representa la reproducción de la creencia religiosa como tal, sino que es un artefacto político. La Sociedad de las Naciones, antecesora de la ONU, fue uno de los espacios que generó el camino para la conflictividad que aún hoy se mantiene en la zona”.

-En torno a este histórico conflicto se nos habla de antisemitismo y anti sionismo. ¿Por qué son conceptos relevantes para tratar de entender esta conflagración?

La Cátedra “Ibn Khaldun” nace en el 2009 como un esfuerzo interdisciplinario de las facultades de Letras y Ciencias Sociales y las escuelas de Estudios Generales e Historia de la Universidad de Costa Rica. Su actual coordinador es el Dr. Esteban Sánchez Solano, profesor de la Sección de Historia de la Cultura, de la Escuela de Estudios Generales.

-ES: “Hablamos de un uso plenamente politizado de los dos conceptos, lo cual es muy peligroso. El Sionismo es la formulación como tal del proyecto del Estado judío. El término de Sion, en función de este vínculo con el espacio geográfico de Palestina, es el que toman ellos como tal. Podemos considerarlo como una expresión del pensamiento de los judíos de Europa del siglo XIX.

Hay una politización ante el proyecto de ese Estado, porque no existía necesariamente dentro de las comunidades judías en Europa, que vivieron directamente las persecuciones, la idea de crear un Estado para sí mismos. Había más bien toda una discusión dentro de las comunidades judías de cómo establecer con los Estados Modernos vínculos que se estaban construyendo.

Entonces, el Sionismo como movimiento político tuvo que empezar a convencer a las comunidades judías de toda Europa, y a nivel mundial, de que el proyecto del Estado de Israel en Palestina podía ser una realidad, ya que Palestina sostiene simbólicamente la propuesta.

Por otro lado, el concepto de Semita tiene sus problemas porque es un término que se vuelve académico, intelectual, científico, para establecer las unidades culturales de pueblos de la Antigüedad que se denominan Semitas y que geográficamente coinciden con lo que sería el Medio Oriente. Se comenzó a denominar a esos pueblos culturalmente con ciertos vínculos en término de origen de la lengua, de prácticas culturales y religiosas. Establecer ese vínculo con los judíos de manera específica y no con otros pueblos semitas se da en el siglo XIX.

Ya para el periodo entre 1870 y 1880 se comienza a formular el concepto de Antisemita que fortalece la idea de incompatibilidad de los judíos con un proyecto político moderno. Se comienza a insertar el elemento racial en medio de pinceladas con el elemento religioso. Establecen que no hay ningún vínculo con el origen cristiano, haciendo al cristianismo una cosa y al judaísmo otra cosa; cuando el cristianismo como corriente religiosa surge como una ramificación del judaísmo. Entonces lo que era una política religiosa en el mundo antiguo, se vuelve un elemento político/racial en el siglo XIX en Europa».

Lo religioso ha estado presente entonces, de una u otra manera, a lo largo de este conflicto. ¿Una argumentación religiosa, qué tanta pesa a la hora de definir escenarios jurídicos, políticos?

-ES: “Acudir a los textos sagrados de una religión en concreto para explicar un fenómeno, se vuelve un problema, porque es establecer que la escala de valores de esos textos sagrados es válida para establecer una discusión sobre algo jurídico que no, necesariamente, se está contemplando desde esa perspectiva.

A mí me genera cierta inquietud cuando, a nivel constitucional, jurídico o internacional, se establece que hay una potestad de discutir algo desde un plano netamente de una escala de valores religiosos. La ficción jurídica moderna de los siglos XVII, XVIII Y XIX, es hacer la separación de ese universo religioso. Como proyecto político, hacer una separación entre el universo espiritual y el universo civil, a nivel administrativo y a nivel político, funciona. Pero los contenidos de lo religioso juegan todavía su papel.

Las posturas de quienes son digamos pro palestinos, sus lecturas, son lejanas de argumentaciones religiosas. Lo podemos ver en las grandes manifestaciones de personas en ciudades como Londres o Nueva York, por citar un par de ejemplos. El sustento de sus argumentaciones no está en el universo de lo religioso.

Por su parte, quienes favorecen a Israel han hecho también movilizaciones en diferentes ciudades, y ahí ha estado latente el universo de lo religioso como si existiera una afinidad de lo cristiano con lo judío; lo cual para mí es una ironía en tanto los siglos de persecución que el mundo cristiano desarrolló contra los judíos.

¿Cómo le doy legitimidad a una acción en función de un Estado que, en el caso de Israel, funciona hoy como un Estado Moderno, donde lo religioso tiene su protección, pero no es lo que define la naturaleza de lo jurídico del Estado? Lo religioso entonces es un instrumento en este conflicto”.

-Finalmente, profesor, desde su quehacer como académico de la UCR, investigador y director de esta Cátedra, ¿por qué desde la academia debemos hablar de temas como el que hemos abordado en esta entrevista?

-ES: “La Universidad es un espacio de desarrollo, de producción académica, intelectual y científica, sobre los fenómenos sociales como el que estamos viendo. Es nuestra obligación y deber discutirlo con perspectivas que no necesariamente van a ser compatibles con otras. La Universidad tiene que abrirse a ese espacio de análisis y ha sido el espíritu desde su creación. Se han discutido diversos temas y ahí encontramos perspectivas muy diversas a partir de un mismo fenómeno. La universidad no es monolítica.

En esa discusión debemos tomar en cuenta los fenómenos concretos y las variables. Asimismo, alguien puede hacer el análisis desde los Derechos Humanos, otro desde cómo circula la información en los medios de comunicación, otro desde la acción militar, etc. El espacio universitario debe de fomentar esa discusión y que la recepción que se haga genere debate o discusión, o confrontación, en términos de ideas. Esto es parte de la naturaleza de la Universidad”.

María Encarnación Peña Bonilla

Periodista Oficina de Comunicación Institucional, UCR

La Red de Solidaridad con Palestina – Costa Rica expresa su desilusión con la abstención del voto de Costa Rica en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

La Red de Solidaridad con Palestina junto a Fundación de Estudios para la Paz (CEPPA), Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU), Code Pink/Código Rosado – Costa Rica envían carta al Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Arnold André Tinoco; al Embajador en Representación de Costa Rica en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, Sr. Christian Guillermet Fernández; Sra. Embajadora en Representación de Costa Rica en la Organización de las Naciones Unidas, Sra. Maritza Chan Valverde.

A continuación, el cuerpo de la carta:

Estimados representantes del Gobierno de Costa Rica, reciban un saludo de la Red de Solidaridad con Palestina.

Queremos expresar nuestra profunda desilusión con el voto de abstención de Costa Rica en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la resolución del 4 de abril recién pasado,  prohibiendo el envío de más armas a Israel. Sencillamente, no comprendemos esta decisión.

La mayoría del mundo está en contra del genocidio en Gaza, que es respaldado por el envío de armas mayoritariamente por Estados Unidos y sus aliados. Es incomprensible que Costa Rica, un líder en temas de paz y derechos humanos en el mundo, no se haya alineado con la mayoría de países que se oponen a los crímenes contra la humanidad con respeto a la situación en Gaza. 

Nuestro grupo está muy activo en protestas en la calle, enviando información a los medios de comunicación, organizando actividades con representantes de distintas religiones, dando charlas en colegios sobre el conflicto Palestino- Israelí – además publicamos en nuestra redes y en la actualidad promovemos una cinta que dice CESE AL FUEGO, misma que se está replicando en otros países para generar conciencia. Seguiremos en nuestras actividades hasta que esta odiosa guerra termine y los derechos de los palestinos sean reconocidos. Esperemos que Costa Rica se pronuncie a favor de la paz en el Medio Oriente, y una vez más expresamos nuestro profundo dolor que Costa Rica perdió la oportunidad de votar en contra de condenar el envío de armas a Israel.

Juan Santamaría, el Destino Manifiesto y Palestina

Eddson Gómez Chavarría

Antes de iniciar este artículo, es imperante recordar que desde el 7 de octubre del 2023 las fuerzas ocupadoras de Israel han asesinado a más de 30 mil personas, en su mayoría niños, mujeres y jóvenes, 85 niños asesinados en promedio cada día. Es un genocidio perpetrándose con apoyo militar de Estados Unidos y Europa. Debe haber un alto al fuego inmediato y un retiro de las fuerzas israelíes de los territorios ocupados.

Ahora sí. En el contexto del genocidio perpetrado por la ocupación israelí contra el pueblo de Palestina, hoy en Costa Rica disfrutamos del feriado del 11 de abril, 4 días después, en conmemoración de la Batalla de Rivas de 1856.

En Rivas, en aquella famosa batalla de 1856, en la que un muchacho alajuelense quemó el mesón de Rivas y provocó la retirada de las fuerzas armadas de William Walker. Sin ninguna duda, Juan Santamaría habría apoyado hoy la causa Palestina.

O bueno, más precisamente, apoyaría la causa Palestina aquella joven sociedad costarricense (sus políticos incluídos) que en aquella batalla de Rivas de 1856 lucharon contra las fuerzas colonizadoras de Estados Unidos y su destino manifiesto.

Recordemos, tal y como nos enseñaron en la escuela, que la invasión de William Walker y los filibusteros a América Central tenía parte de su origen en la ideología del “Destino Manifiesto”, una serie de pensamientos religiosos y políticos que le daban al pueblo anglosajón una supremacía sobre el resto de los pueblos. Era su deber, por mandato de Dios, conquistar y llevar esas ideas de grandeza al resto del continente americano.

En otras palabras, una ideología fascista y colonizadora. Era sin embargo una ideología bien encarnada en la sociedad estadounidense para el siglo XIX. Su potente crecimiento económico capitalista, a costa de la explotación y la esclavitud, el desarrollo del protestantismo como religión predominante, la adopción de ideas científicas racistas provenientes de Europa, y un creciente odio antiinmigrante (en aquel momento contra nativos americanos e europeos irlandeses), hicieron creer a una gran parte de los estadounidenses que estaban destinados a conquistar a los salvajes del mundo por gracia y orden de Dios.

En el siglo XIX, Estados Unidos realizó una de las mayores empresas de conquista y colonialismo en la historia. Arrasó con pueblos nativos enteros, conquistó cientos y cientos de miles de tierras extranjeras que pertenecían a México, realizó expediciones en el Caribe y en toda América Central. Todo a punta de armas, masacres, contagio de enfermedades, y engaños. Era la imposición de una potencia que nació imperialista, contra un continente que estaba en reorganización después de la independencia de la desgastada España.

¿Cómo realizaron esta empresa? Bueno, gracias al filibusterismo. Según Robert E. May, de la Purdue University de Estados Unidos, en la lección inaugural del 14 de marzo del 2006 en la Universidad de Costa Rica, los filibusteros eran “cuerpos militares privados que invaden países o las posesiones territoriales de los países con los cuales sus propios estados están en paz, sin el consentimiento explícito o implícito de sus propios gobiernos.

Eran básicamente conquistadores militarizados. El tema acá es que, a pesar de que los filibusteros no eran enviados directamente por Washington, tanto políticos, medios de comunicación y empresarios estadounidenses apoyaban el filibusterismo y lo financiaban. Incluso, después de cometidos los actos de fechoría y desposesión, el Gobierno americano reconocía rápidamente las instituciones colonizadoras creadas en el extranjero.

En un paralelismo escalofriante, la plataforma política del Partido Demócrata, una de las organizaciones políticas más antiguas de ese país, le dio su apoyo a William Walker para que conquistara Nicaragua en 1856. Hoy, 168 años después, el presidente Joe Biden del Partido Demócrata le continúa dando su apoyo militar, económico y político al proyecto de conquista de Palestina.

De hecho, en mayo de 1856, incluso después del revés de Walker en Rivas, el gobierno Estadounidense reconoció el régimen que había instalado William Walker en Nicaragua, y el New York Times destacaría el apoyo popular que tenía Walker por parte de los mismos nicaragüenses.

Siendo así, el “destino manifiesto” fue una ideología que puso en práctica una serie de actos colonizadores, brutalizadores y deshumanizadores que se encuentran en la fundación y origen de la nación estadounidense. No es entonces, coincidencia, que el proyecto sionista haya encontrado tanto cariño en la política imperialista americana y, claro, europea.

El Sionismo es una ideología y movimiento supremacista y racista que considera a los judíos como un pueblo superior y de caracter divino, es decir, el judío es el pueblo “elegido” por Dios. Como parte de sus proyectos en su nacimiento en el siglo XIX, estaba la creación del estado nación judío. A pesar de que la idea se consideró implementar en lugares muy curiosos como Madagascar, había un interés en que fuera en Medio Oriente, de donde es originario el pueblo judío, específicamente en Palestina.

El 2 de noviembre de 1917, en media Primera Guerra Mundial, el imperio de Gran Bretaña realizó la Declaración de Balfour, una manifestación pública en la que prometía a los sionistas un “hogar nacional” para el pueblo judío en Palestina, que en ese momento era parte del Imperio Otomano. Vale la pena decir que en Palestina vivían históricamente judíos, cristianos y árabes, entre otros pueblos de esa región del mundo.

Es decir, el establecimiento europeo en Palestina era un proyecto colonizador impuesto sobre una región que vivía y compartía con varias religiones, etnias y procedencias, incluída la judía. Es en Europa, de hecho, donde se manifiestan los procesos racistas y excluyentes contra los judios desde el imperio romano, que alcanzaron su punto máximo con el proyecto de exterminio nazi en el Siglo XX. De hecho, uno de los objetivos de crear el estado de Israel en Palestina era “solucionar el problema judío” en Europa.

El término “antisemita”, utilizado hoy para referirse a cualquiera que critique las acciones atroces del ejército del estado de apartheid de israel, viene de la raíz “sem”, que se refiere a Shem, hijo de Noé. Es decir, semitas son los descendientes de Noé, y eso incluye tanto a los árabes como a los judíos. Son pueblos hermanos.

Gran Bretaña impuso su administración colonial sobre Palestina desde 1922 hasta 1948, tras derrocar al Imperio Otomano, y como parte de sus proyectos y promesas a los sionistas, como mencioné antes, fue enviar miles y miles de judíos europeos, a crear colonias en Palestina, a crear la nación judía.

Esto lo hizo por años junto a la Agencia Judía para la Tierra de Israel, representante de los judíos sionistas, en el Mandato Británico de Palestina. Esto provocó descontento en el pueblo árabe, que veía cómo sus tierras eran desposeídas para dárselas a europeos.

Dentro de los grupos judíos europeos llevados a Palestina, se encontraban múltiples grupos paramilitares, de extrema derecha, fascistas, que se desarrollaron para imponer el “estado nacional” judío en Palestina a como diera lugar. Esto incluyó hacer la guerra dentro del territorio palestino, guerra que los árabes contestaron.

En noviembre de 1947, la Organización de Naciones Unidas decidió darle solución al conflicto entre judios y árabes por medio de la repartición de Palestina, creando arbitrariamente un Estado Judío y un Estado Árabe, tal y como eran los planes prometido a los sionistas. La ONU no creó ninguna democracia en medio oriente, creó un etno-estado, Estados basados en religión.

Este hecho, claramente de un carácter colonialista por parte de las Naciones Unidas, explica por qué al día de hoy esta organización es cómplice del genocidio del pueblo palestino, y lo que explica también su obvia incapacidad para resolver nada en un momento de masacre como el que se vive en este momento.

La división por parte de la ONU terminó de calentar las ya crispadas tensiones en Palestina, y se originó una “guerra civil” entre árabes y judíos colonizadores. Esta guerra civil de 1948 provocó serias consecuencias para Palestina y para la región.

Los grupos judíos sionistas se establecieron como ganadores de la guerra y desarrollaron la Nakba, es decir, “la catátrofe”, la expulsión de cientos de miles Palestinos de sus tierras por medio de masacres, y el asentamiento israelí por la fuerza en la patria palestina, previamente ocupada por Gran Bretaña. En otras palabras la masacre, destrucción y colonización del pueblo Palestino.

Como parte de la Nakba, en abril de 1948, antes del fin de la guerra, las fuerzas militares israelís llevaron a cabo la Masacre de Deir Yassin, que es una aldea cerca de Jerusalem, en donde asesinaron a la mayoria de sus pobladores, cerca de 240 personas. Niños, mujeres y adultos mayores fueron masacrados. Tal y como sucede hoy en día.

En ese momento, Hannah Arendt y Albert Einstein, en conjunto con más intelectuales judíos, emitieron comunicados públicos en Estados Unidos condenando los hechos de Deir Yassin y señalando que las fuerzas ocupadoras israelíes compartían en su esencia sionista, las ideologías y políticas nazis y fascistas de Europa, y que se equivocaban los políticos estadunidenses en apoyarles.

El comunicado publicado por esos intelectuales en diciembre de 1948 en el New York Times, en referencia los colonizadores en Palestina, en el nuevo Estado de Israel creado por la ONU, dice lo siguiente:

“Among the most disturbing political phenomena of our times is the emergence in the newly created state of Israel of the “Freedom Party” (Tnuat Haherut), a political party closely akin in its organization, methods, political philosophy and social appeal to the Nazi and Fascist parties. It was formed out of the membership and following of the former Irgun Zvai Leumi, a terrorist, right-wing, chauvinist organization in Palestine.”

(“Uno de los fenómenos políticos más perturbadores de nuestros tiempos es la emergencia en el recién creado estado de Israel del “Partido de la Libertad” (Tnuat Haherut), un partido político estrechamente afín en su organización, métodos, filosofía política y apelación social a los partidos Nazi y Fascista. Se formó a partir de la membresía y el seguimiento del antiguo Irgun Zvai Leumi, una organización terrorista de derecha y chovinista en Palestina.”)

“A shocking example was their behavior in the Arab village of Deir Yassin. This village, off the main roads and surrounded by Jewish lands, had taken no part in the war, and had even fought off Arab bands who wanted to use the village as their base. On April 9 (THE NEW YORK TIMES), terrorist bands attacked this peaceful village, which was not a military objective in the fighting, killed most of its inhabitants240 men, women, and childrenand kept a few of them alive to parade as captives through the streets of Jerusalem. Most of the Jewish community was horrified at the deed, and the Jewish Agency sent a telegram of apology to King Abdullah of Trans-Jordan. But the terrorists, far from being ashamed of their act, were proud of this massacre, publicized it widely, and invited all the foreign correspondents present in the country to view the heaped corpses and the general havoc at Deir Yassin.”

(“Un ejemplo impactante fue su comportamiento en el pueblo árabe de Deir Yassin. Este pueblo, apartado de las carreteras principales y rodeado de tierras judías, no había participado en la guerra e incluso había resistido a bandas árabes que querían usar el pueblo como su base. El 9 de abril (THE NEW YORK TIMES), bandas terroristas atacaron este pacífico pueblo, que no era un objetivo militar en la lucha, mataron a la mayoría de sus habitantes: 240 hombres, mujeres y niños, y mantuvieron vivos a unos pocos para desfilar como prisioneros por las calles de Jerusalén. La mayoría de la comunidad judía quedó horrorizada por el acto, y la Agencia Judía envió un telegrama de disculpa al Rey Abdullah de Transjordania. Pero los terroristas, lejos de avergonzarse de su acto, estaban orgullosos de esta masacre, la publicitaron ampliamente e invitaron a todos los corresponsales extranjeros presentes en el país a ver los cadáveres amontonados y el caos general en Deir Yassin.”)

¿Les suena conocido? Ese modus operandi de destrucción, saqueo, ejecuciones de niños y mujeres. Tal vez les suene conocido a lo que pasa en Gaza todos los días.

Antes de ese comunicado, Shepard Rifkin, líder sionista de Estados Unidos invitó a Einstein a apoyar la causa sionista en Palestina. El científico contestó:

“When a real and final catastrophe should befall us in Palestine the first responsible for it would be the British and the second responsible for it the Terrorist organization build up from our ranks.

I am not willing to see anybody associated with those misled and criminal people.”

(“Cuando una catástrofe real y final caiga sobre nosotros en Palestina, el principal responsable por ésta será Gran Bretaña, y el segundo responsable serán las organizaciones terroristas nacidas desde nuestras propias filas.

No me gustaría ver a alguien asociado con esa gente criminal y engañadora”)

Volvamos al Destino Manifiesto, también para intentar aterrizar los paralelismos entre el destino manifiesto y el proyecto sionista.

Hablamos entonces de dos ideologías puestas en práctica que contienen elementos supremacistas en relación a la religión, la raza y la guerra. Ambas, contienen en su interior vehículos precursores de estas ideas, que las ponen en movimiento, en práctica. En el caso del “Destino Manifiesto” era el filibusterismo, en el caso del proyecto sionista, fueron los grupos paramilitares y posteriormente el ejército constituido como Fuerzas de Defensa de Israel (IDF).

Ese vehículo era conducido por hombres, blancos, colonizadores, con deseos de establecerse en territorios ajenos. Los hombres jóvenes son los llamados a ocupar, masacrar e imponer su orden frente a pueblos que consideran inferiores. La raza debe imponerse, pues los demás son “bestias salvajes” o “personas no humanas”.

Y pues el establecimiento de una ocupación israelí en Palestina tiene como objetivo imponer una sola religión en ese lugar, desplazando míticamente a su población natal, tal y como lo hacía Estados Unidos y los Filibusteros con el protestantismo y sus ataques a los católicos o a los nativos americanos.

Curiosamente, Estados Unidos no estaba muy seguro de reconocer el Estado de Israel tras la resolución de la ONU. De hecho el primer país en reconocer el etno-estado fue la Unión Soviética. Sin embargo, en el contexto de la Guerra Fría, y en términos geopolíticos, para Estados Unidos era muy útil contar con un estado satélite justo en el medio oriente.

Desde entonces el apoyo de Estados Unidos a la ocupación israelí ha sido mucho más que incondicional. Políticos de los dos partidos políticos, Demócrata y Republicano, le han dado desde 1949 financiamiento militar, políticas de inversión para empresas multinacionales, promoción de industrias culturales, y todo un aparataje comercial que se construyó específicamente para el nuevo estado de Israel. Todo esto, mientras Israel comete genocidio contra el pueblo palestino.

Y es que, más allá de la estrategia geopolítica, los sionistas encontraron en algunas partes del pueblo estadounidense un caldo de cultivo racista, esclavista y extremista que nunca dejó de ser parte de la cultura norteamericana imperialista.

Los sionistas lograron convencer a poblaciones enteras y a políticos estadounidenses de que el pueblo judío es superior al árabe, que es el pueblo elegido de dios, y que el “destino manifiesto” de Estados Unidos, también como pueblo elegido de Dios, apoyar incondicionalmente a Israel en su “recuperación” de tierra santa, recuperarla de los árabes impuros.

Miles de millones de dólares son invertidos en lobby político y medios de comunicación, por parte de los sionistas, para convencer a votantes, congresistas y senadores gringos de que el pueblo judío es elegido por Dios. El extremismo religioso sionista le cayó muy bien al extremismo religioso norteamericano.

Tal y como se hizo en la época de William Walker en la década de 1850, conseguir financiamiento para la guerra de ocupación es siempre necesario. Es por eso que Estados Unidos envía billones de dólares a Israel todos los años para que continue con la disposición y limpieza étnica del pueblo palestino.

Podemos seguir acá buscando y encontrando paralelismos entre el destino manifiesto y el proyecto sionista. Pero no quiero extender un artículo que se me salió un poco de las manos.

Sin entrar en polémica de Juan Santamaría como figura histórica, es clarísimo que la Batalla de Rivas, y la resistencia de América Central que se organizó en contra de William Walker y los filibusteros fue un acto claramente anti-imperialista, anti–colonizador y anti-extremista.

El revés militar que sufrió William Walker en Rivas provocó la pérdida de apoyo del pueblo nicaragüense en el gringo, y de hecho provocó que pocos años después lo ejecutaran mientras el tipo intentaba organizar otra expedición colonizadora en Nicaragua.

Juan Santamaría, guste la idea o no, jugó un papel importantísimo en las luchas contra el colonialismo. Y si bien singuralizarlo sería un error histórico, no es descabellado decir que aquel ejército y sociedad costarricense de 1856 estarían hoy en día apoyando al pueblo palestino, en contra del destino manifiesto israelí.

Tal y como Estados Unidos no estaba creando sociedades democráticas en sus conquistas de territorio en México o Centroamérica, en el territorio ocupado de Palestina por el Estado de Israel no se creó tampoco una democracia.

Las ideas expansionistas, características del filibusterismo y el “destino manifiesto” también están vivas y presentes en Palestina, donde el estado genocida ha acaparado y tomado cada vez más tierras que eran parte de Palestina, incluso del territorio árabe creado por la ONU. No hay quien detenga su sed de conquista del territorio.

Israel tiene el objetivo claro de totalizar su poderío en el territorio, hasta haber asesinado o expulsado a todos los palestinos. Es su política de fundación, y es su política actual. Benjamin Netanyahu lo ha dicho ciento de veces: “no habrá estado palestino”. Su política es la aniquilación.

Recordar la importancia de la Batalla de Rivas, a la luz de la ocupación israelí en Palestina, es un ejercicio no solo de memoria histórica, sino que también de comprensión del grave daño que genera el extremismo religioso, el racismo estructuralizado, y el pensamiento colonizador que aún hoy impera en el mundo, y específicamente en sus tomadores de decisiones, donde unos pocos creen tener la superioridad para imponerse sobre las demás personas y pueblos de la tierra.

Viva Palestina Libre.

Nota del autor: No soy especialista sobre Palestina, o el conflicto que se vive ahí. Mi criterio está basado en una posición crítica contra el imperialismo y el apartheid, que se desarrolló tanto en mis casas de estudios (Colegio Humanístico Costarricense y Universidad de Costa Rica), como en mi trabajo para el Sindicato APSE. En ese sentido, pido disculpas por errores interpretativos, comparaciones que puedan parecer fuera de lugar o detalles dejados por fuera del artículo, siempre y cuando quede claro que mi posición política, personal y humana es, y será será siempre, en contra de la ocupación y genocidio israelí en Palestina.

Adjunto la bibliografía que utilicé para construir este artículo de opinión:

El Destino Manifiesto, William Walker, Y El Filibusterismo De Los Estados Unidos En América Central En La Década De 1850. Lección Inaugural . Autor: Robert E. May. Enlace: https://www.ucr.ac.cr/medios/documentos/2006/Destino_manifiesto_Robert_E_May.doc

El destino manifiesto y el sionismo: Dos doctrinas expansionistas que sirven de base y unión a las políticas estadounidense e israeli. Autoría: Ernesto Gómez Abascal. Enlace: https://www.nodo50.org/ceprid/spip.php?article1883

Albert Einstein también habría llamado fascista a Netanyahu. Autoría: Antonio Maestre. Enlace: https://www.lasexta.com/el-muro/antonio-maestre/albert-einstein-tambien-habria-llamado-fascista-netanyahu_20231016652d9072b98ca100016540a2.html

Letter to the New York Times: New Palestine Party: Visit of Menachem Begin and Aims of Political Movement Discussed. Autoría: Isidore Abramowitz, Hannah Arendt, Abraham Brick, Rabbi Jessurun Cardozo, Albert Einstein, Herman Eisen, M.D., Hayim Fineman, M. Gallen, M.D., H.H. Harris, Zelig S. Harris, Sidney Hook, Fred Karush, Bruria Kaufman, Irma L. Lindheim, Nachman Maisel, Seymour Melman, Myer D. Mendelson, M.D., Harry M. Oslinsky, Samuel Pitlick, Fritz Rohrlich, Louis P. Rocker, Ruth Sagis, Itzhak Sankowsky, I.J. Shoenberg, Samuel Shuman, M. Singer, Irma Wolfe, Stefan Wolfe. Enlace: https://www.marxists.org/reference/archive/einstein/1948/12/02.htm

Carta de Albert Einstein, rechazando el sionismo y tratándolos de ‘gente criminal y engañadora’. Autoría: @Rodrigo — Revista De Frente. Enlace: https://www.revistadefrente.cl/carta-de-albert-einstein-rechazando-el-sionismo-y-tratandolos-de-gente-criminal-y-enganadora/

Sobre la definicion de antisemita, “CONFLICTO EN GAZA” programa Desde la Otra Acera de APSEParticipación de Dr. Mohammad Hassan Abed, Médico palestino radicado en CR. Enlace: https://www.youtube.com/watch?v=uHIIh36mTlQ

Cuando Washington dudaba en reconocer el Estado de Israel. Autoría: Irene Gendzier. Enlace: https://mondiplo.com/cuando-washington-dudaba-en-reconocer-al-estado

Compartido con SURCOS por el autor.

Palestina: Realidades y Esperanza

En la Universidad de Costa Rica se va a realizar un ciclo de conferencias, homenaje y exposición sobre Palestina y el contexto del proceso de Palestina por su autodeterminación.

El programa abarca el lunes 22 y lunes 29 de abril de 2024 y será en el auditorio de la Plaza de la Autonomía, Ciudad de la Investigación, Universidad de Costa Rica.

En las siguientes imágenes pueden obtener información de los horarios.

¡No con nuestro dinero! (Boicot a Selina por su apoyo a Israel)

San José-Nosara- Puerto Viejo serían tres lugares en simultáneo donde se llama a aplicar la medida por el caso de una fiesta en Nosara, Nicoya en una de las sucursales de la empresa Selina, en el país. Estaban cobrando el monto de $20 dólares para colaborar financieramente con la masacre de las fuerzas armadas de ocupación sionista en la Franja de Gaza.

Este boicot es en contra de utilizar espacios del turismo para promover el asesinato de más de 32 mil personas palestinas y la destrucción de la ciudad de Gaza.

En el afiche se explica que este boicot es convocado por la Red de Solidaridad con Palestina. La ubicación es detrás de la Cancillería o Casa Amarilla el sábado 13 de abril a las 5 p.m.

Detalles:

Manifestación Contra SELINA
Sábado 13 de Abril
5pm

Frente a tres Selinas en Costa Rica de manera simultánea:

San josé –
Queda detrás de la Cancillería de la República o Casa Amarilla.

Nosara –
1 km al norte de Café París Nosara.

Puerto Viejo –
Calle 256, 800m al sur de Puerto Viejo, camino a Playa Cocles.

La actividad es pacífica y apta para todas las personas y mascotas son bienvenidas.

NO+GENTRIFICACIÓN en Costa Rica

«¡Atención comunidad! 💥 Desde el inicio de la campaña en @PalestinaCostaRica..

«Selina bloquea comentarios y oculta anuncios de artistas para encubrir su respaldo a cr1men3s de lesa humanidad con 1sra3l, así como denuncias ambientales y laborales.

Agradecemos profundamente a todas las que han optado por cancelar su colaboración con Selina y sus afiliados.

Sigamos presionando: compartan los contactos de aquellos que tienen eventos programados en Selina y explíquenles la situación.

¡No lo permitamos! Cancela tu apoyo, comparte esta información, haz boicot en todas sus redes sociales aún activas, califica negativamente en aplicaciones de turismo. Juntas, podemos hacer frente a estas acciones cuestionables.

Gaza / Israel: a propósito de la conclusión de las audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania por complicidad de genocidio en Gaza

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com

El pasado 9 de abril, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) anunció el final de las audiencias entre Nicaragua y Alemania, con respecto a la solicitud urgente de medidas provisionales solicitadas por Nicaragua contra Alemania, acusada, entre otros cargos, de complicidad por el posible genocidio que se comete en Gaza por parte de las fuerzas militares israelíes: el comunicado oficial de la CIJ se encuentra desde ya disponible en francés y en inglés.

La demanda inicial de Nicaragua fue planteada el 1o de marzo contra Alemania (véase texto en francés y en inglés), acompañada de una solicitud urgente de ordenar medidas provisionales.

Esta demanda se presentó luego de que, el 26 de enero del 2024, la CIJ adoptara una primera ordenanza con respecto a Israel, a solicitud de Sudáfrica (véase texto de la ordenanza en francés y en inglés). Una segunda ordenanza fue recientemente adoptada el 28 de marzo (véase texto en francés y en inglés), siempre a solicitud de Sudáfrica, ante la ausencia de cambio por parte de Israel, en las acciones militares que realiza en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.

Un interesante reportaje de la cadena AlJazeera (en español) pone de relieve la estrecha relación que tuvo Nicaragua con Israel (y en particular con sus asesores en seguridad y su material militar) durante largos años antes de 1979; y, desde entonces, la relación muy cercana que existe entre las máximas autoridades de Nicaragua con las de Palestina (véase reportaje).

Transferencia de armas y poblaciones civiles bombardeadas de manera indiscriminada, desproporcional e injustificable

Como se sabe – pero se difunde bastante poco – Alemania es el segundo suplidor en armas después de Estados Unidos al ejército de Israel. Tuvimos la ocasión de analizar más en detalle este primer punto al fijar la CIJ audiencias hace unas semanas (Nota 1).

En una reciente nota de prensa de EuroNews con fecha del 11 de marzo sobre el comercio mundial de armas, se indica que:

«The US and Germany accounted respectively for 69% and 30% of arms imports by Israel, which is currently fighting a deadly war against Hamas in Gaza which killed over 30,000 people, most of whom were civilians«.

En su demanda contra Alemania, Nicaragua indicó (párrafo 53):

«53. /…/ By the end of 2023, the German Government had granted military exports to Israel in the amount of 326,505,156 euros. On January 2024, German media reported that Israel had made a request for tank shells, especifically 10,000 120-millimeter Rheinmetall precision rounds. Der Spiegel reported that Germany had agreed to deliver the request from its own stocks in order to be able to comply with the “urgency”. According to information made available by the German Government, export licences granted between January 2024 and 15 February 2024 concerned military equipment worth 9,003,676 euros».

Cabe indicar que el comercio de armas constituye un ámbito específico del derecho internacional público, con ramificaciones en el derecho interno cuando hay riesgos de ser mal utilizadas, y con un régimen jurídico que entraña responsabilidades en lo interno de los Estados exportadores de armas, como bien se analizó en un documento publicado en el 2021 que concluye (página 53):

«Legal challenges are gradually becoming a pragmatic response in the face of apparently unlawful decisions by arms exporting states. Governments should recognise this shift and the possibility that their decisions on arms exports will increasingly be subject to legal challenges before domestic courts. Their decisions must be able to withstand judicial oversight and must conform with obligations under both international and domestic law» (Nota 2).

Es de notar que el pasado 6 de marzo, la presión se ha hecho mayor sobre el Poder Ejecutivo norteamericano al publicar el Washington Post un reportaje titulado «U.S. floods arms into Israel despite mounting alarm over war’s conduct» (cuya lectura completa se recomienda), en el que se evidencia la total opacidad de las transferencias de armas de Estados Unidos hacia Israel desde el 7 de octubre.

Desde el punto de vista jurídico, no está de más señalar que ni Israel ni Estados Unidos son Estados Parte a la Convención sobre el Comercio de Armas adoptada en el 2013, cuyo número de Estados Parte asciende a 113 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). En el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, de los cinco Miembros Permanentes, únicamente Estados Unidos y Rusia persisten en no someterse a las obligaciones que contiene este tratado multilateral.

Con relación a Estados Unidos y a la opacidad antes señalada, hay que añadir la comprensión limitada que tiene el gran público norteamericano de la realidad que se vive en Gaza, y la manera tan parcializada de dar cobertura periodística en Estados Unidos al drama inhumano que se vive en Gaza: al respecto, se recomienda escuchar esta reciente (y muy completa) entrevista de Democracy Now.

Finalmente, en el caso de Francia, una pregunta muy precisa hecha desde el 7 de marzo del 2024 al Ministerio de Defensa galo por parte de una senadora con relación al uso dado a componentes militares de tipo «ML4» exportados hacia Israel (véase pregunta), espera una contestación. Al 10 de abril, aún no ha sido respondida. Una pregunta anterior más general hecha en noviembre del 2023 fue contestada en febrero del 2024. En la respuesta se concluía (véase enlace) que:

«La France a rappelé le droit d’Israël à se défendre, qui doit s’exercer dans le respect du droit international humanitaire. Le respect des droits de l’homme et du droit international humanitaire par le pays destinataire, de même que les conséquences pour la paix, la sécurité et la stabilité régionales, sont pleinement pris en compte dans le cadre de l’examen des exportations de matériel de guerre par la CIEEMG. Cette stricte grille d’analyse n’a pas conduit à suspendre intégralement le flux d’exportations de matériels de guerre depuis le 7 octobre 2023«.

No está de más recordar algunas decisiones tomadas en años recientes sobre las exportaciones de material militar de Alemania y de Francia hacia Oriente Medio:

– en octubre del 2018, Alemania suspendió sus exportaciones de armas hacia Arabia Saudita, en razón de las exacciones cometidas en Yemen por la coalición liderada por Arabia Saudita contra civiles yemenitas y el vil asesinato de un periodista saudí en el Consulado saudita en Turquía (véase nota de la DW);

– en febrero del 2011, Francia decidió suspender toda exportación de armas hacia Egipto, ante la brutal represión de manifestantes por parte de las autoridades egipcias (véase nota de Le Monde).

La insensatez de los mandos militares israelíes en Gaza

El pasado 3 de abril de 2024, un artículo publicado en Israel sobre «Lavender«, un programa de inteligencia artificial utilizado por el ejército israelí desde el 7 de octubre para llevar a cabo los llamados ataques supuestamente «selectivos» contra Gaza, alertó a la opinión israelí (e internacional) sobre la deriva insensata del alto mando militar israelí.

La ONG gala AURDIP tuvo la generosa idea de proceder a una traducción inmediata del inglés al francés (véase enlace al mismo artículo traducido al francés con fecha del 4 de abril), mientras el mundo germano (e hispanoparlante) encuentra la manera de dar a conocer el contenido de este reportaje israelí en alemán (y en castellano). Una entrevista al responsable de esta investigación realizada por Democracy Now está disponible (en inglés) en este enlace desde el 5 de abril.

De manera que nuestros estimables lectores puedan tener una idea de la presión que se ejerce sobre Israel y sobre los Estados que continúan exportando hacia Israel armas, municiones y componentes electrónicos para fines militares, nos permitimos reproducir el tablero de votación de una resolución del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (véase texto) adoptada el pasado 5 de abril del 2024. La resolución contó con 28 voto a favor, 13 abstenciones (entre las que se registra la de Costa Rica…) y 6 votos en contra (Alemania, Argentina, Bulgaria, Estados Unidos, Malawi y Paraguay). En una de las pocas notas sobre la abstención de Costa Rica (véase nota del medio digital Delfino.cr, titulada «Consejo de Derechos Humanos de la ONU pide embargo de armas a Israel; Costa Rica se abstuvo«), se informó que el delegado de Costa Rica en Ginebra optó por no proceder a una explicación del voto de su delegación.

Esta resolución exige un embargo sobre las armas destinadas a Israel en el punto 13 dispositivo que se lee de la siguiente manera:

«13. Exhorta a todos los Estados a que pongan fin a la venta, transferencia y desviación de armas, municiones y otros equipos militares a Israel, la Potencia ocupante, a fin de evitar nuevas violaciones del derecho internacional humanitario y violaciones y abusos de los derechos humanos, y a que, de conformidad con las normas y los estándares internacionales, se abstengan de exportar, vender o transferir bienes y tecnologías de vigilancia y armas menos letales, incluidos los artículos “de doble uso”, cuando determinen que existen motivos razonables para sospechar que esos bienes, tecnologías o armas podrían utilizarse para violar o conculcar los derechos humanos, y recuerda la providencia de la Corte Internacional de Justicia de 26 de enero de 2024, según la cual existe un riesgo plausible de genocidio en Gaza».

En estos primeros días de abril del 2024, ex integrantes del ejército de Israel reunidos en la organziación Breaking the Silence (véase sitio) han iniciado una gira en Estados Unidos y Canadá para denunciar ante el mundo el tipo de instrucciones que reciben los soldados israelíes en Gaza (véase entrevista realizada por Democray Now el 10 de abril del 2024).

Las respectivas petitorias finales de Nicaragua y de Alemania en breve

Al tratarse de una solicitud urgente de medidas provisionales, la CIJ se limitó a escuchar una única ronda de alegatos por parte de Nicaragua y de Alemania.

El 8 de abril, Nicaragua fue el primero en presentar sus argumentos (véase verbatim). En la petitoria final leída ante los jueces, Nicaragua solicita de manera urgente a la CIJ lo siguiente (páginas 58-59):

«Nicaragua respectfully requests the Court, as a matter of extreme urgency, pending the Court’s determination of this case on the merits, and after recalling to the Parties the obligation of compliance with humanitarian law as well as of the obligation of cooperation to bring to an end all serious breaches of peremptory norms of international law, to indicate the following provisional measures with respect to Germany in its participation in the ongoing plausible genocide and serious breaches of international humanitarian law and other peremptory norms of general international law occurring in the Gaza Strip, as well as in other parts of Palestine, namely, to order that:

(1) Germany must immediately suspend its aid to Israel, in particular its military assistance, export and authorization of export of military equipment and war weapons, in so far as this aid is used or could be used to commit or to facilitate serious violations of the Genocide Convention, international humanitarian law or other peremptory norms of general international law;

(2) Germany must immediately ensure that military equipment, war weapons, and other equipment used for military purposes already delivered by Germany and German entities to Israel are not used to commit or to facilitate serious violations of the Genocide Convention, international humanitarian law or other peremptory norms of general international law;

(3) Germany must resume its support and financing of UNRWA in respect of its operations in Gaza”.

Por su parte, en sus alegatos presentados el día siguiente, 9 de abril (véase verbatim), Alemania por su lado solicitó en su petitoria final lo siguiente (página 50) que:

The Federal Republic of Germany asks the Court

1) to reject the request for the indication of provisional measures submitted by the Republic of Nicaragua;

and 2) to remove from the General List the case introduced by the Republic of Nicaragua on 1 March 2024”.

Nuestros estimables lectores podrán revisar con detenimiento los fundamentos jurídicos de cada Estado, desarrollados en las más de 50 páginas de sus respectivos alegatos, que preceden sus petitorias finales.

Si la lectura de ambos alegatos resulta tediosa, densa y a veces compleja, y la minuta de las notas en pie de página a veces más tediosa para los ojos, debe saberse que intentar convencer a 15 jueces titulares de la CIJ de la solidez de sus argumentos es todo un arte: requiere, para ambas partes, precisión y rigor en la demonstración, pero a su vez talento oratorio y algo más, indefinible, que poseen los grandes juristas que a menudo litigan en La Haya.

De algunos detalles de interés

Siendo el francés y el inglés los dos únicos idiomas en los que los Estados se pueden dirigir a los jueces de la CIJ, usualmente un Estado que litiga en La Haya busca la manera de contar con dos juristas que cuenten con una capacidad de convencimiento en estos dos idiomas.

La práctica enseña que usualmente, para una determinada controversia, se contratan como mínimo a dos representantes de la escuela anglosajona del derecho internacional, y a dos juristas (no necesariamente franceses) que representen a la escuela francesa del derecho internacional al momento de dirigirse a los jueces de la CIJ. En algunos casos, un Estado se puede conformar con un equipo legal de tan solamente dos personas que se reparten el idioma en el que se deben presentar los alegatos.

En función del grado de complejidad de un asunto, los Estados pueden recurrir a más profesionales del derecho encargados de ventilar oralmente los argumentos legales del Estado, justo después de las palabras introductorias del Agente, el cual  es considerado el jefe de la delegación cuando se instalan ambas delegaciones frente a los jueces de La Haya en la sala de audiencias del majestuoso Peace Palace: la CIJ se dirige siempre al Agente, y es el Agente quien abre y cierra las presentación de los argumentos por parte de su equipo legal.

En la práctica, los Estados no recurren a juristas de su nacionalidad, salvo contadas excepciones, a la hora de dirigirse a los jueces de la CIJ.

Costa Rica es uno de los Estados que sí ha optado por esta opción para intentar frenar la batería de argumentos de Nicaragua en sus contiendas a repetición relacionadas al Río San Juan. La lectura de la sentencia de la CIJ del 2009 (derechos de navegación), del 2015 (incursión de Nicaragua en Isla Portillos y la denominada «trocha fronteriza» realizada por Costa Rica), del 2018 – monto indemnizatorio por daño ambiental (Nota 3) y delimitación marítima en ambos océanos – denota que esta opción no siempre logra su cometido, al tratarse de juristas o diplomáticos costarricenses con limitada experiencia en el arte del litigio ante los jueces de la CIJ y con una capacidad de convencimiento no siempre a la altura de los altos intereses que defienden y que se discuten en La Haya (Nota 4). En el caso de los derechos de navegación en el Río San Juan (2005-2009), raramente se ha observado a un Estado titular de derechos en un tratado desde 1858 para navegar en un río como el San Juan con sus policías, acudir a la CIJ de La Haya y escuchar 4 años después… en una sentencia, que se le prohíbe ejercer cualquier tipo de navegación policial en ese mismo río (véase párrafo 156, incisos h) e i) de la sentencia de julio del 2009 tomados de manera unánime). Sobre tan reiterado, sistemático y costoso (Nota 5) recurso a la justicia internacional entre dos Estados (un espectáculo jamás observado en La Haya desde 1945), tuvimos en el 2011 la posibilidad de advertir en la conclusión de un artículo (Nota 6) que:

«Después de un prolongado período de una dañina “sanjuanización” de sus relaciones que perduró por más de 10 años (de julio de 1998 al 13 de julio del 2009, fecha del fallo anterior de la CIJ), pareciera que algunos sectores tienen algún interés en azuzar los ánimos, arriesgándose así a abrir otro nuevo período que afecte la compleja agenda bilateral suspendida desde muchos años entre Costa Rica y Nicaragua«.

Volviendo a las audiencias celebradas en La Haya entre Nicaragua y Alemania, es de notar que mientras Nicaragua se presentó a la barra de La Haya con una delegación compuesta por 11 personas, Alemania consideró útil y oportuno presentarse con una delegación un poco mayor de 16 personas.

El desbalance ha podido ser mucho mayor en el caso de otras contiendas: a modo de ejemplo, en junio del 2007, Nicaragua se presentó en La Haya con 8 integrantes, Colombia con 18 integrantes (véase páginas 4-7, del verbatim); en noviembre del 2022, Guyana se presentó con 15 integrantes a la barra de La Haya, Venezuela con 32 (véase páginas 4-9 del verbatim). De ingrata memoria para Estados Unidos, cabe recordar que cuando en abril de 1984, Nicaragua se presentó a la barra de La Haya contra Estados Unidos, se presentó inicialmente con una delegación compuesta por 7 personas, mientras Estados Unidos lo hizo con 18 integrantes (véase verbatim, volumen 1, p.33); al declararse perfectamente competente la CIJ en noviembre de1984, Estados Unidos optó por no comparecer más (véase verbatim p.3 de audiencias celebradas en setiembre de 1985, con la única delegación de Nicaragua presente en La Haya).

Volviendo nuevamente a las audiencias celebradas en La Haya entre Nicaragua y Alemania, para la presentación oral de sus argumentos, Nicaragua recurrió a los servicios del francés Alain Pellet, jurista de renombre que inició su carrera como litigante en La Haya con Nicaragua en 1984, al demandar Nicaragua a Estados Unidos: se trata probablemente del jurista con mayor experiencia en el arte del litigio internacional, y que ha acompañado a numerosos Estados en sus contiendas legales en La Haya. En el caso de Nicaragua, ha sido parte de equipo legal desde 1984 de manera ininterrumpida: contra Estados Unidos en 1984, contra Honduras en 1999, contra Colombia en el 2001, contra Costa Rica en el 2009 (Nicaragua siendo esta vez demandada), así como en el 2010, 2011, 2014 y 2017 (siempre ante Costa Rica) y contra Colombia nuevamente (con dos demandas presentadas en el 2013 por Nicaragua).

En el 2022, otra de las grandes figuras del equipo legal de Nicaragua desde la histórica hazaña iniciada contra Estados Unidos en 1984, presentó su renuncia a Nicaragua, que tuvimos la ocasión de analizar (Nota 7).

Además del galo Alain Pellet, Nicaragua se presentó este 8 de abril con Daniel Müller, jurista alemán con una experiencia menor (véase enlace) y que se inició en el arte del litigio en La Haya en el 2006 con Alain Pellet en el equipo legal de Guinea contra República Democrática del Congo – véase verbatim).

Alemania por su parte se presentó a la barra este 9 de abril con un nutrido equipo (por orden de presentación de sus argumentos): iniciando con el jurista británico Christian J. Tams (primer ante los jueces de la CIJ en el 2014 asesorando a Serbia contra Croacia – véase verbatim), otro británico Samuel Wordsworth (primera aparición en La Haya en el 2013 como asesor de Costa Rica contra Nicaragua en el asunto de Isla Portillos – véase verbatim– ), Anne Peters (jurista alemana, siendo esta su primera aparición en la barra de La Haya), y concluyendo con Paolo Palchetti (jurista italiano, con una primera aparición en La Haya en el 2011 en el equipo legal de Italia frente a Alemania – véase verbatim).

Se notará el desbalance de Alemania en el uso del inglés durante la presentación de sus alegatos orales, mientras que la dupla Pellet-Müller sí logró imprimir un equilibrio casi perfecto en el uso de los dos idiomas de trabajo de la CIJ: el verbatim del 8 de abril registra 12 páginas iniciales del Agente de Nicaragua (inglés), seguidas por 12 páginas de Daniel Müller (en inglés), 13 páginas de Alain Pellet (en francés), y 10 páginas de cierre del Agente de Nicaragua en inglés.

Notemos que Nicaragua designó como juez Ad Hoc al jurista jordano Awn Al-Khasawneh (véase página 8 del verbatim del primer día de audiencias): se trata de un jurista con una larga experiencia al haber sido juez de la CIJ entre el 2000 y el 2011; al tiempo que Alemania ya dispone de un juez de su nacionalidad entre los jueces titulares de la CIJ desde el 1ero de enero del 2021.

Finalmente, resulta de interés indicar que el funcionario nicaragüense que funge como Agente de Nicaragua en este mes de abril del 2024 es el mismo que ha asumido esta función desde las audiencias celebradas en abril de1984 en el primer asunto llevado contra Estados Unidos y luego en las 14 controversias llevadas ante la CIJ involucrando a Nicaragua (de las cuales 6 con Costa Rica): es sin lugar a dudas, en el mundo, el diplomático que concentra la mayor experiencia del litigio en La Haya.

A modo de conclusión

Más allá de estos y otros detalles de forma, terminadas las audiencias, la CIJ entró a deliberar a partir de los argumentos expuestos por ambos Estados, para decidir si ordena algunas de las medidas provisionales solicitadas de manera urgente por Nicaragua, o si por el contrario rechaza esta solicitud como se lo pide Alemania.

Contrario a algunos colegas germanos que, en redes sociales, ya se adelantaron sosteniendo que la CIJ rechazará la solicitud de Nicaragua – omitiremos nombrarlos para no causar mayor sonrojo -, consideramos prudente esperar conocer la decisión de la CIJ, cuya lectura se debería de dar en las próximas semanas, dada la urgencia de la dramática situación que se vive en Gaza.

Tuvimos hace poco la oportunidad de hacer ver a dos de nuestras colegas europeas que su afirmación sobre la falta de rapidez de la CIJ en convocar a audiencias luego de recibir la solicitud de Nicaragua contra Alemania era totalmente errónea a la luz de la práctica de la CIJ en solicitudes similares (Nota 8).

Desde el punto de vista procesal, cabe advertir desde ya que la ordenanza de la CIJ entre Nicaragua y Alemania constituirá una decisión preliminar, respondiendo por la afirmativa (o la negativa) a Nicaragua a su solicitud urgente. Y que la decisión sobre el fondo del asunto se leerá dentro de un mínimo de 4 años (siempre y cuando Alemania no proceda a utilizar incidentes procesales, cuyo efecto es dilatar el procedimiento contencioso).

Con relación al entendible entusiasmo de colegas alemanes al escuchar el equipo legal de Alemania en La Haya este 9 de abril y al sentimiento de seguridad que les generó escuchar a sus integrantes, somos de la idea (compartida desde muchos años con todos nuestros estudiantes y amigos de la Facultad de Derecho de la UCR, así como analistas internacionales y periodistas), que anticipar el contenido de una futura decisión de la CIJ resulta siempre un tanto aventurado: tradicionalmente, el juez internacional de La Haya busca la forma de imprimir, en todas sus decisiones, un sutil equilibrio entre las pretensiones de unos y de otros.

– –  Notas  – –

Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) fija audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania«, nota editada el 15 de marzo del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 2: Véase ATT Expert Group, Domestic accountability for international arms transfers: Law, policy and practice, Saferworld, 2021, 54 páginas. Texto disponible haciendo click en «donwload» aquí. Véase también con relación a la normativa regional de la Unión Europea en la materia MERLIN J.-B., «Les contentieux nationaux relatifs à la vente interétatique d’armes«, Vol. 65 Annuaire Français de Droit International, Année (2019) pp.71-103. Texto integral de ese artículo disponible aquí. En Canadá y el debate sobre la ilegalidad de las armas enviadas a la coalición liderada por Arabia Saudita en la guerra civil en Yemen, véase AZAROVA V., DAVID E., TURP D., WOOD B., Opinion on the International Legality of Arms Transfers to Saudi Arabia, the United Arab Emirates and Other Members of the Coalition Militarily Involved in Yemen, IPIS, 102 páginas, December 2019. Texto integral disponible aquí. Resulta de interés señalar que, en junio del 2020, España optó por suspender el envío de 600.000 cartuchos a Nicaragua debido a la represión desproporcional en contra de manifestantes por parte de las autoridades policiales nicaragüenses (véase nota de Mesa Redonda).

Nota 3: Véase BOEGLIN N., «Costa Rica-Nicaragua: apuntes sobre la compensación por daño ambiental en Isla Portillos fijada por la CIJ«, nota editada el 2 de febrero del 2018 y disponible aquí.

Nota 4: En un comentario a una unión de procedimiento («jonction d´instances» en francés) realizada por la CIJ a solicitud de Nicaragua (y objetada por Costa Rica), publicado en Francia (véase texto) y titulado «Costa Rica / Nicaragua et CIJ: une procédure incidente revisitée: la jonction d´instance«, habíamos indicado que:

«Les autorités du Costa Rica avaient réagi dès le mois de janvier 2013 (par la voix du Vice Ministre des Relations Extérieures) à la demande de jonction du Nicaragua en indiquant son caractère dilatoire (22). A peine connue la décision de la CIJ de joindre les deux instances, elles ont une nouvelle fois réagi, par la voix du Ministre des Relations Extérieures, dénonçant la «tactique dilatoire» du Nicaragua (23). L´analyse que font les autorités du Costa Rica se limite au facteur temps proprement dit : or, plus qu´une à une dilation, c´est à une véritable dilution de l´affaire initiale à laquelle procède la Cour, dont profitera aisément le défendeur original, en l´occurrence le Nicaragua. Par ce tour de passe-passe, le Nicaragua se retrouve, tout comme le Costa Rica, dans une situation de parfaite égalité : les deux Etats sont à la fois demandeur et défendeur. Afin de ne pas blesser les susceptibilités, on se bornera à dire que la manœuvre du Nicaragua s´avère plutôt concluante«. En un artíclo en español, siempre con relación a esta unión de procedimientos, indicamos que: «Dicha ordenanza no cuenta con precedente alguno en la jurisprudencia de la CIJ, ya que en casos anteriores, la unión de procedimientos se hizo siempre a petición de ambos contrincantes, y no de uno solo«: véase BOEGLIN N., «Lectura del fallo de la CIJ entre Costa Rica y Nicaragua el próximo 16 de diciembre: breves observaciones«, sitio de la Maestría en Derecho Ambiental, Facultad de Derecho, UCR, 13/12/2015, p. 5. Texto disponible aquí.

Nota 5: En el caso de Costa Rica (y de Nicaragua) se mantiene como una verdadera incógnita los montos quede cada Estado debió sufragar para financiar estas repetitivas contiendas en La Haya. En Chile, el Poder Ejecutivo debió reconocer en el 2015 (y ello en contra de su voluntad) haber gastado 20,3 millones de US$ para enfrentar la única demanda de Perú interpuesta por Perú en enero del 2008 ante la CIJ (véase nota de prensa) y resuelta en enero del 2014 por el juez de La Haya. Por su parte, Bolivia reconoció en el 2018 haber gastado más de 14 millones de US$ en el caso de su demanda – véase texto – presentada en el 2013 contra Chile (véase nota de prensa) al tiempo que Chile reconoció un monto superior a los 24 millones de US$ (véase nota de prensa): esta transparencia por parte de estos Estados de la región andina sobre el costo exacto que representa para un Estado una demanda en La Haya merece ser saludada, dada la opacidad y el hermetismo que muchos otros mantienen con respecto a este rubro. En el caso de Chile se indicó que el 75% de los 24 millones de US$ correspondió al pago de consultorías jurídicas y de expertos internacionales (véase nota de prensa). En Costa Rica, en una de las pocas notas informativas en un medio de prensa publicada (CRHoy, edición del 3/06/2015 – véase nota) se lee que: “A lo largo del primer juicio, estos especialistas en materia limítrofe cobraron al país $1 por sus servicios profesionales”: un dato verdaderamente extraño, que nos ha parecido oportuno mencionar, y que … habría tal vez que dar a conocer de forma urgente a todos los que velan por la buena salud de la hacienda pública en Bolivia, Chile y Perú.

Nota 6: Véase BOEGLIN N., «Dragado del río San Juan y balance en la decisión de La Haya del 8 de marzo entre Costa Rica y Nicaragua«, Revista Estudios, Num. 24 (2011), Universidad de Costa Rica (UCR), pp. 362-379. Texto disponible aquí.

Nota 7: Véase BOEGLIN N., «Nicaragua: a propósito de la renuncia de uno de los principales artífices de logros obtenidos ante la justicia internacional«, nota editada el 28 de marzo del 2022 y disponible aquí.

Nota 8: Véase nuestros comentarios al final en BENDEL J & SUEDI Y., «The recent genocide cases and public interest litigation: a complicated realtionship», EJIL Talk, edición del 5 de abril del 2024.Texto disponible aquí.

Gaza / Israel: Colombia presenta solicitud de intervención en demanda de Sudáfrica contra Israel

Foto extraída de esta nota de prensa titulada «Bilan du Hamas: 5000 morts dont 2055 enfants, dans la bande de Gaza», Le Journal de Québec, edición del 23/10/2023.

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com

Este 5 de abril la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha informado que Colombia ha presentado una solicitud de intervención en la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel por el drama indecible que se vive en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre.

Si bien el procedimiento contencioso ante la CIJ refiere a dos Estados (en este caso Sudáfrica contra Israel), las reglas procesales permiten que un Estado tercero solicite intervenir en cualquier momento en una disputa entre dos otros Estados. Dos son los artículos del Estatuto de la CIJ que así lo disponen;

«Artículo 62 l. Si un Estado considerare que tiene un interés de orden jurídico que puede ser afectado por la decisión del litigio, podrá pedir a la Corte que le permita intervenir. 2. La Corte decidirá con respecto a dicha petición.

Artículo 63 1. Cuando se trate de la interpretación de una convención en la cual sean partes otros Estados además de las partes en litigio, el secretario notificará inmediatamente a todos los Estados interesados. 2. Todo Estado así notificado tendrá derecho a intervenir en el proceso; pero si ejerce ese derecho, la interpretación contenida en el fallo será igualmente obligatoria para él«.

Con relación a la solicitud de Colombia de intervenir en la demanda que opone Sudáfrica a Israel, el comunicado de la CIJ está disponible en francés y en inglés.

Cabe recordar que, con relación a Israel y a la prolongada ocupación ilegal del territorio ocupado palestino, Colombia presentó recientemente en La Haya, en el marco de un procedimiento consultivo esta vez, su opinión jurídica a los jueces de la CIJ (véase comunicado oficial del 21 de febrero del 2024 y documento remitido a la CIJ en julio del 2023 en francés y en inglés).

La solicitud de intervención de Colombia en breve

Colombia solicita intervenir con base en el Artículo 63 del Estatuto de la CIJ citado con anterioridad. En su extensa solicitud (véase texto completo), con fecha del 5 de abril del 2024, Colombia señala diversos puntos. Es así como se lee por ejemplo en la parte inicial que:

«23. As recognized by Article 63 of the Statute, by virtue of Colombia’s status as a Party to the Genocide Convention, the legal interest of Colombia as a declarant State in the construction of the Convention is presumed to exist.

  1. 24. To clarify, Colombia is not seeking to become a party in the proceedings brought by South Africa against Israel. Colombia’s intervention is aimed at assisting the Court in construing the provisions of the Convention that are in question in this case. Colombia recognises that once its Declaration of Intervention under Article 63 of the Statute is admitted, the construction of the Genocide Convention to be rendered in the Court’s judgment will be equally binding upon it«.

Mucho más adelante, se indica por parte de Colombia que la intención de cometer un genocidio debe entenderse de la manera más integral posible al abarcar a todos sus posibles responsables, al señalar que:

«145. In the present case, as disclosed by the facts set out in South Africa’s Application, individual Israeli officials who did not themselves commit or personally direct the commission of acts of genocide, may nonetheless be guilty of incitement to commit genocide.

  1. For its part, Article III (d) includes “attempt to commit genocide” as another action punishable under the Convention. The offence of attempt to commit genocide appeared in the earliest draft of the Convention and was adopted by the Sixth Committee without debate.
  2. The Rome Statute of the ICC, to which Colombia and Palestine are Parties, provides in Article 25 (3) (f) certain clarity as to the threshold to demonstrate attempt to commit genocide, when it states that an attempt occurs when the offender “commences its execution by means of a substantial step”. Colombia endorses this definition».

Leemos en las conclusiones de la solicitud que hace Colombia de intervenir en la disputa entre Sudáfrica e Israel, que:

«185. On the basis of the information set out above, Colombia avails itself of the right conferred upon it by Article 63, paragraph 2, of the Statute to intervene in the proceedings in the case concerning the Application of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide in the Gaza Strip (South Africa v. Israel). The present Declaration meets the requirements set out in Article 63 of the Statute and Article 82 of the Rules and is, thus, admissible

  1. 186. The Government of Colombia submits the present Declaration of Intervention in the genuine belief that the States parties to the Genocide Convention should do everything in their power to contribute to ensure the prevention, suppression and punishment of genocide and therefore, to assist the Court in finding the responsibility of any State Party to the Convention, for its failure to comply with the obligations contained therein, especially in the context of such a dramatic situation as that unfolding in the Gaza Strip«.

Una América Latina mucho más activa que las demás regiones para frenar la insensatez israelí en Gaza

Cabe recordar que ante la CIJ de La Haya, primeramente se registró una solicitud de intervención presentada el 22 de enero del 2024 por Nicaragua en la demanda de Sudáfrica contra Israel (véase texto en francés y en inglés). Desde el punto de vista jurídico, y en particular de la estrategia legal seguida, nótese que, a diferencia de Colombia, Nicaragua optó por solicitar una intervención sobre la base del Artículo 62 del Estatuto de la CIJ, en la que deberá demostrar a los jueces tener un «interés de orden jurídico que pueda ser afectado por la decisión» futura de la CIJ.

También se registró una demanda interpuesta por Nicaragua contra Alemania por complicidad de genocidio, presentada el primero de marzo del 2024 ante la CIJ (véase texto de la demanda en francés y en inglés), acompañada de una solicitud urgente de medidas provisionales). Tuvimos la oportunidad de analizar la fijación de audiencias que tendrán lugar los días 8 y 9 de abril del 2024 en La Haya entre Nicaragua y Alemania (Nota 1).

Además de la CIJ, pensemos también en otra jurisdicción internacional situada en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI).

A la remisión de carácter urgente presentada, primero por Bangladés, Bolivia, Comoras, Maldivas y Sudáfrica en noviembre del 2023 (véase texto), se añade la presentada luego por Chile y México en enero del 2024 que tuvimos la oportunidad de analizar (Nota 2): véase comunicado oficial de Chile al respecto

Es de señalar que el silencio ensordecedor de la Fiscalía de la CPI desde principios de 2024 está minando su credibilidad ante los ojos de un buen número de Estados, los cuales tienen aún muy presente la extrema celeridad con la que la CPI emitió una orden de detención internacional contra el Presidente de Rusia por el traslado de niños ucranianos a territorio ruso (véase el comunicado de prensa de la CPI de 17 de marzo de 2023).

No está de más señalar que este mismo 5 de abril, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas adoptó en Ginebra su ya tradicional resolución sobre el derecho a la libre autodeterminación del pueblo palestino, momento en el que se evidenció nuevamente el aislamiento total de Estados Unidos (cuyo único voto en contra fue acompañado esta vez por el de Paraguay). El tablero de votación es reproducido a continuación:

Las últimas cifras sobre la insensatez israelí en Gaza

Más allá de la continuidad de la política norteamericana tendiente a favorecer a toda costa a Israel en detrimento de los legítimos derechos del pueblo palestino, desde el 7 de octubre, es América Latina la región del mundo que ha optado por alzar la voz de manera tempranera ante la forma desproporcional e indiscriminada de bombardear a la población civil que ha adoptado Israel: tuvimos al respecto la oportunidad de analizar las acciones diplomáticas de diversa índole que se generaron en América Latina semanas después del 7 de octubre, mediante las cuales algunos Estados manifestaron su profundo repudio ante el accionar de Israel en Gaza (Nota 3).

Resulta oportuno señalar que el último informe de las Naciones Unidas sobre la situación en la Franja de Gaza (véase el informe a 3 de abril de 2024) indica un saldo de 32.975 palestinos muertos y 75.557 heridos. Al estar casi totalmente destruida la infraestructura hospitalaria y los servicios de atención médicos de Gaza, al faltar de agua potable, medicamentos, y al instalarse una hambruna generalizada en Gaza, es muy probable que una parte de los más de 75.500 heridos sucumban en las próximas semanas.

El pasado 3 de abril de 2024, un artículo publicado en Israel sobre «Lavender«, un programa de inteligencia artificial utilizado por el ejército israelí desde el 7 de octubre para llevar a cabo los llamados ataques supuestamente «selectivos» contra Gaza, alertó a la opinión israelí (e internacional) sobre la deriva insensata del alto mando militar israelí. La ONG gala AURDIP tuvo la generosa idea de proceder a una traducción del inglés al francés (véase enlace al mismo artículo traducido al francés con fecha del 4 de abril), mientras el mundo hispanoparlante encuentra la manera de dar a conocer el contenido de este reportaje israelí en castellano.

A modo de conclusión

Con esta nueva iniciativa de Colombia ante la CIJ, América Latina se ve confirmada como una región capaz de sustraerse de presiones diversas (en particular israelíes y norteamericanas), y de activar los diversos mecanismos jurisdiccionales existentes a disposición de todos los Estados, en aras de frenar los ímpetus destructores del aparato militar israelí en Gaza (y de algunos de sus aliados, en particular los que suplen de armas y componentes electrónicos con fines militares a Israel).

Se hubiese esperado de otras regiones del mundo (y Estados) mucha mayor consistencia, al mostrarse sumamente céleres para activar mecanismos jurisdiccionales e invocar el respeto al derecho internacional público luego de la agresión militar iniciada por Rusia en el territorio de Ucrania el 24 de febrero del 2022; regiones (y Estados) que, a diferencia de Bolivia, Colombia, Chile, Honduras, México y Nicaragua, así como Belice (que suspendió sus relaciones diplomáticas con Israel), se muestran desde el 7 de octubre, impedidos e inhibidos de invocar este mismo derecho (en particular las reglas del derecho internacional humanitario) ante el drama inhumano al que Israel somete la población civil de Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.

 – – Notas – –

Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) fija audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania», 15 de marzo del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito del anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)«, editada el 18 de enero del 2024, y disponible aquí.

Nota 3; Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes con relación al anuncio por parte de Bolivia de romper sus relaciones diplomáticas con Israel y al llamado a consultas de embajadores por parte de Chile, de Colombia y de Honduras», editada el 31 de octubre del 2023.Texto disponible aquí.

Conferencia – “Alcances de la investigación etno psicoanalítica con psicodrama: Construcción de la identidad palestina en jóvenes viviendo en la diáspora”

El próximo viernes 5 de abril a las 10:00 a.m, se estará llevando a cabo la conferencia titulada “Alcances de la investigación etno psicoanalítica con Psicodrama: Construcción de la identidad palestina en jóvenes viviendo en la diáspora. Campo de refugiados Ein Helweh, Líbano”. La misma tendrá lugar en la sala de conferencias de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional.

Dicha conferencia estará a cargo de la Dra. Ursula Hauser, psicoanalista y psicodramatista. También se contará con la participación de Wajiha Sasa, cónsul honoraria del Estado de Palestina en Costa Rica.

Organizan, la Universidad Nacional y la Escuela de Psicología de la UNA.

Se extiende cordialmente esta invitación a cualquier persona que tenga el interés de asistir.

Compartido con SURCOS por Casilda Sancho Barrantes.