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Etiqueta: jornada esclavista

Vía rápida para jornada esclavista de 12 horas debe llevarse a discusión electoral en los centros de trabajo

Vladimir de la Cruz

El trámite de la vía rápida para la jornada esclavista de 12 horas debe llevarse a la discusión electoral en los centros de trabajo, si se quieren establecer consultas electorales a los trabajadores.

El Partido Liberación Nacional de una manera vergonzosa, se pronunció en la Asamblea Legislativa a favor de la vía rápida para el conocimiento del trámite de la llamada Ley 4-3, con la cual se pretende instaurar una jornada esclavista laboral de 12 horas diarias, que en la práctica se va a generalizar para todas las actividades laborales y socio productivas del país.

Como trampa para su aprobación, y darle los votos para que así se tramite, los diputados de Liberación Nacional le introdujeron al Proyecto de Ley una cláusula, o un artículo, que impulsará en las fábricas, empresas o instituciones de cualquier naturaleza, en que se quiera aplicar esta nueva jornada de trabajo de 12 horas diarias, una consulta electoral que se hará a los trabajadores de esos centros de trabajo para determinar si están a favor o están en contra.

Este añadido es de palabra, fue una promesa que le hizo el gobierno a Liberación Nacional de que así lo harían en la discusión del Proyecto de Ley en el Plenario Legislativo. Esto no aparece en el Proyecto de Ley que se elevó al Plenario Legislativo para su aprobación, lo cual significa que a los diputados les metieron diez con hueco, y a los trabajadores un garrotazo en la nuca. Eso fue una bajada de pantalones y enaguas, de los diputados y diputadas liberacionistas, ante Rodrigo Chaves y su diputada Cisneros, acatando las órdenes de los empresarios esclavistas que se mueven tras bambalinas en Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana.

Esta disposición o acuerdo, es contradictoria incluso con la propuesta que tiene el Proyecto de Ley en el sentido de que ya se disponía que esa jornada era “optativa”, para cada trabajador de acogerse o no la decisión de pasarse o no al nuevo sistema de trabajo, de 12 horas diarias.

Además, en teoría permite que si un trabajador se pasa y no le gusta puede devolverse a la jornada ordinaria de ocho horas, después de tres meses de trabajo. El artículo que regula esto plantea allí mismo que en esta posibilidad de regreso a la jornada de 8 horas el trabajador puede ser despedido con todos los pagos de ley. Esto es lo que realmente va a ocurrir. Con el nuevo trabajador que lo sustituya se le aplicará la jornada de 12 horas en su contrato laboral. Así funcionará.

Con la propuesta de los diputados de Liberación Nacional, que hicieron el papel de voceros y diputados del presidente Chaves, esta posibilidad de aceptar voluntariamente la jornada de 12 horas, queda anulada porque se somete a votación de todos los trabajadores de una empresa, cualquiera que sea su naturaleza económica productiva, que quiera establecer esta jornada de 12 horas diarias, todo el sistema de trabajo. Es decir, se consulta a todos si quieren establecer la jornada de 12 horas o no la quieren imponer, de cuyo resultado si es positivo se impone la nueva jornada esclavista, en este caso para todos.

Esa consulta es por su naturaleza una consulta electoral, porque se pone a votación en decisión de los trabajadores si se establece o no la jornada de 12 horas. Es una consulta que usa de forma disfraza la figura del plebiscito, del referéndum, de una consulta popular, de característica electoral, y abiertamente de un proceso electoral, que va a decidir por ese acto si se pone en vigencia o no la jornada de 12 horas en la empresa donde se haga la consulta.

Si ese es el camino que se va a seguir, la consulta electoral, que así lo es, que se les realizará a los trabajadores, debe reunir todas las reglas democráticas y electorales que se viven en el país, al amparo del Tribunal Supremo de Elecciones, de cualquier proceso electoral que con fines como éste, de la jornada laboral extensiva a 12 horas, se proponga. Debe contemplarse incluso fiscales electorales para garantizar la justa consulta debidamente informada a los trabajadores, debe establecerse un recinto electoral y cajas especiales para depositar los votos de los trabajadores, garantizando su secretividad y fiscalización por parte de los trabajadores o sus representantes.

Esta consulta electoral adquiere la forma de una votación que requiere partes involucradas, los que están a favor y en contra de la jornada de 12 horas.

Los que están en contra de la jornada de trabajo de 12 horas deben tener garantizado que quienes los representen en esta consulta sean partidos políticos nacionales o las organizaciones sindicales, confederaciones, federaciones o sindicatos, aun cuando en esas fábricas o empresas no existan estas organizaciones de defensa de los intereses laborales o de los trabajadores. Si esto no se garantiza cualquier consulta que se haga a los trabajadores estará viciada de parcialidad total electoral y del temor reverencial que los empresarios, o sus representantes, puedan ejercer sobre los trabajadores para que voten obligadamente a favor de la jornada esclavista de 12 horas.

Esto significa que en todas las empresas, fábricas o instituciones donde se vaya a realizar esa consulta, se deben dar garantías reales para que los trabajadores sean bien informados, democráticamente informados, a favor y en contra del Proyecto de Ley. Esto es lo democrático, es lo que corresponde.

A la vez significa, que haya o no sindicatos en esas empresas, industrias o instituciones, se permita a los sindicatos y organizaciones sociales existentes de los trabajadores, para que puedan apersonarse, a ir, para informarles a esos trabajadores sobre los alcances reales de esas jornadas de 12 horas, sobre los perjuicios que ocasionará a los trabajadores individualmente y de cómo afectará a su familia, sus esposas o compañeras y a sus hijos. En este sentido tiene que levantarse una lista, o modo de censo electoral, de todas las empresas que se involucrarán en la consulta a los trabajadores, y una vez establecida la lista de empresas que quieren realizar esa consulta, abran sus puertas y den espacio para que los opositores a este Proyecto de Ley puedan ir a exponerles a los trabajadores sus puntos de vista, bajo el amparo del Tribunal Supremo de Elecciones. no es bajo el amparo del Ministerio de Trabajo, porque el Ministerio de Trabajo, no representa, en ningún caso, los intereses de los trabajadores. Los inspectores del Ministerio de Trabajo no son representantes de los trabajadores, y en sus gestiones reales, más parecen representantes de los sectores empresariales.

Se debe obligar a que las empresas que van a realizar estas consultas así lo anuncien públicamente para enterar a todas las partes interesadas en esos procesos de consulta, de votaciones, de elecciones, que harán los trabajadores sobre la jornada laboral esclavista, para que las partes opositoras a esa jornada puedan apersonarse a informar democráticamente a los trabajadores sobre la decisión que van a tomar.

Lo que se pretende con este Proyecto de Ley es una modificación, o una reforma solapada, tácita, constitucional, y del Código de Trabajo, que modifica y altera violentamente derechos sociales y laborales consolidados en la legislación nacional desde 1920 y constitucionalmente desde 1943 y 1949, cuando en 1943 se introdujo el Capítulo de Garantías Sociales en la Constitución de 1871 y luego se estableció en la actual Constitución Política de 1949.

Del mismo modo, así se consignó en el Código de Trabajo, aprobado en 1943, todo ello consagrando el régimen de trabajo de ocho horas diarias, con posibilidad de ampliarlas reconociendo un sobre pago de un 50% sobre el valor de una hora ordinaria de trabajo.

Lo que se está realizando es un típico fraude de ley. Con un artículo en el Proyecto de Ley de las jornadas 4-3 se modifica de hecho la Constitución Política, sin el trámite obligado y calificado que tiene para modificarse como debe ser, que puede durar dos años.

De conformidad al Convenio No. 1 de la Organización Internacional de Trabajo, OIT, organismo de la ONU, cualquier modificación en este sentido a las jornadas de trabajo, tiene que realizarse por la vía del Convenio Laboral entre trabajadores y Patronos o empleadores, lo que no se ha hecho, ni se está haciendo en Costa Rica.

He explicado en artículo anterior que la posibilidad de la jornada de trabajo de 12 horas está garantizada en la Constitución Política y en el Código de Trabajo, pero pagando horas extra sobre la 8n horas ordinarias. Lo que se quiere realmente es no pagar las horas extras que eso supone.

El otro cuento, con el que se quiere engatusar a los trabajadores, es el de los tres días de descanso concentrando de las 48 horas semanales en cuatro días de 12 horas cada uno. Veamos. La jornada de 8 horas diarias por 6 días a la semana da un total de 48 horas semanales, que incluye un día de descanso laboral. Esta es la jornada vigente, legal, constitucional existente en el país. Esto significa que todos los trabajadores tienen por lo menos un día de descanso respecto a los días laborados. Algunas empresa e instituciones tienen una jornada de 40 horas semanales de lunes a viernes, liberando un día más, con lo cual esas empresas tienen dos días libres o de descanso respecto a los días laborados.

Cuando en el mensaje de la jornada de las 12 horas diarias por 4 días se dice que se dará descanso de 3 días es parcialmente cierto. Al concentrar la jornada de 48 horas en cuatro días se dejan tres días libres, pero se trabajan en el conjunto de las 48 horas distribuidas en 4 días, que es como si se trabajaran los seis días de la semana. No hay descanso real laboral. Se siguen trabajando las 48 horas.

Los días ya libres existentes, uno o dos, según sea, siguen existiendo. Se añade otro, que los mismos patronos han dicho que puede ser aprovechado para que los trabajadores “busquen” otro empleo, otro ingreso económico, con lo cual no se garantiza efectivamente el “descanso” por las extenuantes jornadas de 12 horas. De hecho, se les ofrece la posibilidad de que “tengan” otro trabajo adicional al de las 48 horas en 4 días, en esos tres días libres.

Tampoco existe la posibilidad económica para el trabajador de poder disfrutar esos días, con los salarios bajos que se tienen, con el congelamiento que hay de salarios desde hace 5 años y con la propuesta de congelarlos hasta el 2030 como ha señalado el presidente Chaves.

Tampoco existe, porque ha sido desmantelada, por el gobierno, la institucionalidad social de redes de cuido para los trabajadores, de los centros infantiles para sus niños menores de 5 o 6 años y de los centros de cuido de personas mayores, así como de la eliminación de las ayudas sociales en comedores escolares, becas estudiantiles, apoyos al trasporte escolar etc.

Lo que en la realidad va a suceder con los llamados 3 días libres es que se trabajarán por los trabajadores con jornadas de 12 horas, para medio sobrevivir.

La jornada de las 12 horas diarias en la realidad nacional se va a convertir en jornadas semanales de 60, 72 y en algunos casos hasta de 84 horas, para poder sobrevivir los trabajadores. Esto es parte de lo que Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana están aprobando.

Las empresas que se quieran aprovechar de la sobre explotación laboral lo van a lograr. Ninguna va a aceptar trabajadores de 8 y de 12 horas a la vez, porque les crea un caos administrativo, que es lo que quieren también resolver con jornadas únicas de 12 horas.

Todavía les queda un resquicio a los diputados conscientes, sensibles socialmente, identificados con las raíces históricas de sus partidos Liberación Nacional y Unidad Social Cristiana, de medio lavar su imagen, y la de sus candidatos presidenciales.

Ya aceptaron la vía rápida, ahora acepten que los diputados de Liberación Nacional voten en conciencia cada uno, sin línea de partido, sin imposición partidaria, a favor o en contra de la jornada de las 12 horas esclavistas. De lo contrario Liberación Nacional y la Unidad Social Cristiana descansarán en paz de sus lides políticas y pasarán al cementerio histórico de olvido de sus logros institucionales democráticos.

Los sindicatos y las organizaciones sociales deben pronunciarse sobre este proceso electoral de consulta a los trabajadores, ante la Sala IV y ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Desde ahora deben accionar para solicitar que en las consultas que se quieran hacer en los centros de trabajo, sobre las jornadas esclavistas de trabajo, se apliquen los principios democráticos de los procesos electorales nacionales. Se debe establecer que en tanto esté en trámite, desde su aceptación para su estudio, en el plenario legislativo, el Proyecto de Ley de las jornadas esclavistas de trabajo, se permita a los sindicatos, sus federaciones y confederaciones, y a los partidos políticos, acudir a esos centros de trabajo a explicar a los trabajadores sus puntos de vista con relación a estas jornadas laborales, que quieren modificar la Constitución Política.

Ante la Sala Constitucional se debe actuar para solicitar pronunciamiento de si el trámite de la vía rápida para modificar las jornadas de trabajo viola o no la Constitución Política, en la forma que quiere.

El Tribunal Supremo de Elecciones puede ordenar que mientras esté en trámite el Proyecto de Ley de las Jornadas de 12 horas, se entienda que es un proceso electoral, que se quiere llevar a las fábricas, empresas e instituciones de trabajo, que se someterán a “consultas populares”, electorales reales, para que los trabajadores, por la vía de votaciones se pronuncien a favor o en contra de esas jornadas, y que siendo de ese modo “procesos electorales”, deben habilitarse todos los mecanismos democráticos para que a los trabajadores se le hagan ver los distintos puntos de vista sobre los alcances de esas jornadas. El Tribunal Supremo de Elecciones debe ser el garante, con sus urnas, y con los representantes de los trabajadores y empleadores de la fiscalización de esas votaciones.

El trámite de la vía rápida para la jornada esclavista de 12 horas debe llevarse a la discusión electoral en los centros de trabajo, si se quieren establecer consultas electorales a los trabajadores. Esta es la tarea inmediata y urgente del movimiento sindical nacional y de las organizaciones sociales y civiles.

La Secretaría Técnica del Consejo de Salud Ocupacional y la Iglesia Católica se oponen a la jornada de 12 horas

Vladimir de la Cruz

Continúa en la Asamblea Legislativa la discusión del Proyecto de Ley N.º 24. 290 sobre las jornadas esclavista de trabajo de 12 horas diarias, llamada jornada 4-3, que se denomina “Establecimiento de jornadas laborales excepcionales, para casos que sean excepcionales y muy calificados”.

Se sigue sin precisar cuáles son los casos “determinados, excepcionales y muy calificados” que necesitan empresarialmente esta jornada de 12 horas diarias.

El día de ayer, el Director Ejecutivo de la Unión de Cámaras reconoció, en periódicos, que la economía costarricense, que se basa en el régimen de trabajo de ocho horas diarias, viene generando empleos, principalmente en todos los sectores orientados hacia la economía internacional, que es donde algunos sectores, que quieren establecer la jornada de 12 horas, señalan más se necesita esa jornada esclavista.

El Director Ejecutivo, igualmente, señaló que la aprobación de las jornadas de 12 horas podrían ser un estímulo para la competencia en algunos sectores de la economía nacional, sin precisar cuáles son esos sectores. Por ningún lado quieren o pueden señalar verdaderamente cuáles empresas necesitan la jornada laboral de doce horas. ¿Por qué no quieren señalarlas o precisarlas?

También reconoció que hay cerca de 200.000 personas desempleadas, “más las que han salido del mercado laboral por múltiples razones”. A lo que habría que agregar el altísimo componente de los que laboran el en sector informal de la economía, que llega casi al millón de personas.

Se dice por quienes defienden la jornada de 12 horas que los trabajadores tendrán más tiempo para estudiar y capacitarse, porque dispondrán de tres días de descanso seguidos. Eso tampoco es cierto.

No hay políticas públicas de ningún tipo, ni por el Ministerio de Educación o el Instituto Nacional de Aprendizaje, de ofrecer esas posibilidades de estudio. El Ministerio de Educación Pública ha visto reducir su presupuesto anual. En este gobierno de Rodrigo Chaves hay un ataque devastador sobre toda la educación pública. No solo no se le da el porcentual constitucional a la Educación pública y a las universidades, sino que se han eliminado, para los niños y jóvenes, en edad escolar y colegial, las becas de estudios, los comedores estudiantiles y los subsidios para el transporte de estudiantes, lo que ha contribuido a expulsar, en la práctica, a miles de niños y jóvenes del proceso educativo, agregados a los más de 100.000 que expulsó la pandemia, sin que se hayan recuperado para la educación.

Además, los colegios nocturnos no están operando. Escuelas nocturnas tampoco. En correspondencia con lo que se pide de las jornadas de 12 horas, no se anuncia, para los trabajadores, que esas escuelas y colegios nocturnos, o diurnos, para los fines de semana, por lo menos, sábados y domingos, puedan operar o estar abiertos.

No hay ningún interés de facilitar posibilidades se superación por el estudio para los trabajadores formales, como no la hay para los desempleados o los trabajadores de la informalidad.

Lo que realmente se quiere, por parte del gobierno del Jaguar, es llevar a la población laboral a los niveles más bajos de capacitación, para que por ese camino solo puedan aspirar a los salarios más bajos que se puedan pagar, aumentando en ese sentido la explotación de los trabajadores, y lanzarlos a competir, a ellos, por esos salarios más bajos, incluso en posibilidad de contratarlos por salario más bajos que los mínimos, como se hace en algunas empresas, por la vía de “contratos laborales”, y no por la inserción de ellos en las planillas, sujetas a control de la CCSS y del Ministerio de trabajo. El sistema de “contratos” se está “generalizando” en algunas empresas. Los sindicatos deberían ponerle atención a esto.

Todo esto es parte de lo que en el Proyecto de Ley de las 12 horas se contempla como “racionalización de costos”.

La Secretaría Técnica, que asesora al Consejo de Salud Ocupacional recomendó, desde hace varios meses, que esta jornada no se establezca. En el documento de la Secretaría Técnica se señala que el Proyecto de Ley de las 12 horas de trabajo continuo no reconoce el “tiempo dedicado al trabajo”, que es el lapso que invierte el trabajador para el desplazamiento de su casa al centro de labores y viceversa; así como tampoco se reconocen licencias, actividades de capacitación, interrupciones involuntarias al trabajo, entre otros aspectos.

La jornada esclavista de las 12 horas solo reconoce “el tiempo efectivo de trabajo”, como variable para justificar la reforma que se quiere imponer, tal y como se pretende en la propuesta que se está discutiendo.

La jornada de trabajo de 12 horas, la Secretaría Técnica, reconoce que esa jornada limita los lapsos mínimos necesarios para que el trabajador, como ser humano, recupere su energía, tenga calidad del sueño, y pueda conciliar su vida social y el trabajo, y tenga espacios básicos de ocio y recreación.

La exposición y sometimiento a la jornada de doce horas de trabajo predispone a enfermedades, a “patologías crónicas, músculo esqueléticas y de salud mental, en la posibilidad de manifestar conductas y hábitos poco saludables, tales como el tabaquismo, dieta desequilibrada, el consumo de alcohol y el sedentarismo, además de un posible aumento en probabilidad de sufrir accidentes”, como se afirma en ese informe de la Secretaría Técnica.

También se reconoce que una intensificación de la jornada disminuye el desempeño y eficiencia en el trabajo, posibilita errores en el cumplimiento de los sistemas de seguridad laboral, aumenta los síntomas de fatiga, disminución del estado de alerta y acortamiento del periodo dedicado al sueño a cuatro horas o menos.

El Proyecto de Ley de la jornada esclavista contraviene una serie de Convenios de la Organización Internacional del Trabajo.

Y para el sector empresarial, que se dice social cristiano, que se inspira en su vinculación afectiva, anímica, vital, con la Iglesia Católica, principalmente, y que hacen alarde algunos empresarios, que recuerdan con “nostalgia” las Reformas Sociales de 1943, apoyadas e impulsadas por Monseñor Víctor Manuel Sanabria Martínez, el Dr. Calderón Guardia y Manuel Mora Valverde, digo con nostalgia porque son reformas que se han venido perdiendo y ya casi no se tienen. De su práctica empresarial solo tienen el recuerdo cariñoso de aquellas reformas sociales.

El empresariado que se reconoce como socialcristiano, que ojalá no sea solo de palabra, debería revisar, estudiar y asimilar las Encíclicas papales la Rerum Novarum, la Quadragesimo Anno, Mater et Magistra, Pacem in Terris, Populorum Progressio, Octogesima adveniens, Laborem Exercens, Sollicitudo Rei Socialis, Centesimus Annus, Caritas in veritate, Laudato si y Fratelli tutti. Les recomiendo, además, el Código Social de Malinas de 1927, donde se defienden los derechos de los trabajadores, entre ellos el derecho a la organización sindical, a la huelga y a la jornada de trabajo de ocho horas, banderas que asumió la Iglesia desde 1891.

El Proyecto de Ley N.º 24.290 sobre las jornada esclavista de trabajo de 12 horas diarias lo está impulsando en la Asamblea Legislativa principalmente el gobierno del Jaguar, sus felinos diputados, y la fracción parlamentaria del partido Unidad Social Cristiana, que discute en su seno si eliminan lo de “cristiana”, porque ya no tiene nada ver con ellos esa denominación.

Recientemente, la Iglesia Católica de Costa Rica, por medio de la Conferencia Episcopal, que reúne a todos sus Obispos, se pronunció en contra de este Proyecto de Ley y del establecimiento de la jornada de trabajo de 12 horas.

La Iglesia Católica considera que estas jornadas afectarán la vida familiar, las dinámicas sociales y de las comunidades, la comunicación y convivencia al interior de las familias, el tiempo de convivencia conyugal, el tiempo de los trabajadores con sus hijos. Para la Iglesia Católica el tiempo de familia también se vería comprometido y disminuido.

Señala la Iglesia Católica que se obstaculizan las tareas de cuido, como se carece de ellas, para los dependientes de las familias, y se despersonaliza la atención de menores y de su atención en el propio hogar.

Los Obispos también señalan que el Proyecto de Ley no garantiza la invulnerabilidad para la exclusión laboral de personas. La Iglesia también reconoce que la jornada de 12 horas afectará la salud física y mental de los trabajadores.

La Iglesia Católica categóricamente afirmó que pueden reforzar un modelo de crecimiento económico que resulte exclusive e inequitativo, pronunciándose por la generación de empleo decente.

 

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