«De nada serviría una concientización sobre la propia identidad y sobre los propios recursos si no se encuentran formas organizativas que lleven al ámbito de la confrontación social los intereses de las mayorías populares…» Ignacio Martín-Baró
Algunas veces consideramos que la novedad es patrimonio de la generación presente que logra reinventarse, sin embargo, otras veces, la novedad la encontramos en nuestra memoria, en las palabras de quienes estuvieron antes de nosotros y nosotras y con su ejemplo dejaron una línea muy superior a la que hemos trazado. El 16 de noviembre de 1989, en la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas se perpetró un crimen como muchos que padeció el pueblo salvadoreño en esa guerra sin fin que aún hoy abre sus heridas.
De la mano del pelotón del batallón Atlacatl (unidad de la fuerza armada de El Salvador) siguiendo las órdenes del coronel René Emilio Ponce, en la administración cómplice del presidente Alfredo Félix Cristian, irrumpieron de forma encubierta en el centro de estudios y de manera indiscriminada asesinaron a Ignacio Ellacuría, Ignacio Martín Baró, Segundo Montes Mozo, Armando López Quintana, Juan Ramón Moreno Pardo, Joaquín López y López, Julia Elba Ramos, y Celina Mariceth Ramos. Más que relatar un hecho, queremos preguntarnos ¿Qué tareas nos dejaron pendientes aquella generación?
Cuando volvemos a sus palabras, encontramos una fuerza sin igual en la búsqueda de la justicia y la liberación de nuestros pueblos. Parecen hoy palabras anticuadas, descoloridas ante los “cambios de paradigmas”, pero no dejan de ser faros que nos recuerdan y denuncian a ese poder de la dominación y el encubrimiento de los sentidos y prácticas que colonizan nuestras mentes y cuerpos.
Tal vez ocuparíamos muchos espacios para enlistar las tareas que nos quedaron pendientes de estos maestros y maestras, personas comprometidas con la persona humana, con su tiempo y su territorio, pero también fueron recreadores de una universidad que responde a la mayoría popular, que mira y siente con los pobres, que acompañándose recrean ese otro mundo que se hace a mano y sin permiso, como diría Silvio Rodríguez.
Recordemos a don Ignacio Ellacuría, él en muchas ocasiones nos invitó a repensar los derechos humanos, hoy se un desafío vigente ante la creciente criminalización de la protesta social y la judicialización de la política que corroe nuestras sociedades ante la nada inocente justificación de la defensa de las “libertades” de unos ante los “excesos” de las y los manifestantes.
En aquel Salvador desangrado por la guerra Ellacuría miraba una sociedad que erosionaba su tejido social, la criminalización y violación sistemática de cualquier garantía para la población, provocó la necesidad de re-mirar los derechos humanos, no desde la proclamación abstracta y deshistorizada, sino desde su propia historización, es así que tres preguntas se volvieron determinantes: ¿desde dónde?, ¿para qué? y ¿para quienes son esos derechos?
Ya que como atestiguaba en aquel país, los derechos eran utilizados ideológicamente al servicio de los intereses de unos u otros grupos, por esta razón la historización permitió situar los derechos ante la verificación de las realidades concretas de los sujetos, es así que se su ejercicio se vio interpelado: verdad-falsedad, justicia-injusticia, ajuste-desajuste que se da a través del disfrute o privación de determinado derecho, la constatación de su ejercicio por unos pocos o mayorías, las condiciones concretas de su realización, el desafío por los cambios concretos y no la mera enunciación de posibilidad.
Ignorar esto, es colocar los derechos como algo abstracto, independiente de la realidad e instrumentaliza para el encubrimiento de lo ya adquirido por los más fuertes. No lo discute, convierte el derecho en privilegio.
La protesta social, como derecho humano es la herramienta mediante la cual los derechos humanos encuentran su posibilidad efectiva y dinámica, la problematización pública de las realidades opresoras que padecen las personas, pero su reivindicación no parte de la condición de debilidad y opresión, sino la capacidad de construcción de la conciencia del sujeto que toma para sí el cambio e interviene en su realidad para transformarla.
La reducción, criminalización y posterior negación de la protesta social como derecho humano es la privación de este papel protagónico de los sujetos individuales y colectivos, pero también encubre los sistemas de opresión presentes en la supuesta defensa que esgrimen las elites, por la garantía del disfrute de sus “derechos”, es decir los derechos negados, desprovistos y obstaculizados a los otros.
¿Qué nos invita a repensar? Que, a través de esta ofensiva abierta contra el derecho por la protesta social, esconde lo que Ellacuría llamaba la jerarquización de los derechos humanos, esta nos permite develar que tipo de sociedad se estructura detrás de determinadas acciones. Da cuenta de la defensa de este sistema de dominación que se basa en el abuso de unos pocos, a partir de la privación de los otros, es decir que el disfrute de ciertos derechos es gracias a la violación o la omisión de esos mismos derechos a otros. Es así que podemos re-encontrar el sentido ético, político y pedagógico a esa obligación de los pocos por resarcir a los muchos o el de la justicia por exigir lo que es debido.
Problematizar e historizar los derechos o privilegios de nuestras sociedades sigue siendo una tarea para construir esa sociedad más humana, por esta razón es necesario volver nuestra mirada a estos mayores que levantaron su voz y denunciaron, pero que también estrecharon sus manos y destinos hasta volverse parte de ese pueblo que se rebela ante la injusticia y reclaman su lugar en la historia. De ese tamaño siguen siendo nuestras tareas pendientes.
Página 12 de Argentina publicó un video sobre la muerte del periodista Sebastián Moro, «causada por el golpe de Estado en Bolivia». Le invitamos a conocer el caso en esta video de cinco minutos.
El Acuerdo de Escazú de Naciones Unidas (ONU), adoptado en Costa Rica en 2018, tiene el valor de un hito en materia internacional, al constituirse como el primer instrumento vinculante para América Latina y el Caribe en garantizar, desde la perspectiva de los derechos humanos, el derecho al acceso a la justicia, a la participación pública y a la información en materia ambiental. Su base se remonta a la Declaración de Río de 1992 que consagra, en su Principio 10, el derecho de participación del público en materia ambiental; así como al acuerdo europeo sobre participación (Convenio de Aarhus de 1998). El Acuerdo de Escazú viene a consolidar el derecho de todas las personas a ser actores esenciales en la toma de decisiones en materia ambiental y a reafirmar el papel del Estado en la protección de las personas que defienden el ambiente.
Al haberse cumplido el 26 de setiembre del 2020, dos años desde que se procedió a la apertura de firma del Acuerdo de Escazú en Naciones Unidas, la Rama Costarricense de la Asociación Americana de Juristas (AAJ) considera de suma importancia:
Expresar su profunda satisfacción por haber anunciado oficialmente Argentina el pasado 24 de setiembre 2020 la finalización del proceso de aprobación de dicho acuerdo regional suscrito en Costa Rica. Argentina se convierte en el décimo país en ratificar el Acuerdo de Escazú, viniendo a confortar a los nueve Estados que la antecedieron en el depósito del instrumento de ratificación en Naciones Unidas, a saber: Antigua y Barbuda, Bolivia, Guyana, Nicaragua, Panamá, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, así como Uruguay;
Hacer ver que el Acuerdo de Escazú es resultado de un amplio e inclusivo proceso de elaboración, del que cualquier agrupación civil interesada tuvo posibilidad de participar activamente (https://www.cepal.org/es/acuerdodeescazu/mecanismopublico- regional), por lo que, desde su misma concepción es fiel reflejo del principio democrático que tanto distingue a nuestro País, junto con el respeto por el medio ambiente y los derechos humanos, también inherentes a dicho Acuerdo. Si Costa Rica retoma su liderazgo en derechos humanos y ambientales tiene la oportunidad de ser el undécimo en ratificarlo, para que ya entre en vigor;
Deplorar profundamente que el Poder Ejecutivo de Chile, promotor con Costa Rica de este valioso instrumento en favor del ambiente y de los derechos humanos durante las negociaciones de dicho instrumento (2014-2018) haya desistido inopinadamente de su buen esfuerzo inicial, separándose del resto de América Latina y el Caribe al negarse a firmar este tratado, con base en una serie de argumentos sin sustento jurídico ni ambiental y, por ende, desprovistos de veracidad. La primera señal de ello la había externado Chile en septiembre del 2018 en Nueva York, al no enviar ningún delegado a la ceremonia oficial de apertura de firma, celebrada durante la Asamblea General de Naciones Unidas;
Lamentar profundamente que la Sala Constitucional de Costa Rica haya ordenado el pasado 22 de setiembre a la Asamblea Legislativa retrotraer el procedimiento de aprobación a su punto inicial, en razón, según la Sala Constitucional, de la falta de consulta al Poder Judicial sobre la supuesta afectación a su potestad de organización, que significa la implementación del Acuerdo de Escazú. Sobre este último punto, resulta a todas luces sorprendente que, de los diez (10) Estados que ya han ratificado este instrumento, ninguno planteara que el Acuerdo de Escazú implique alguna carga adicional para el sistema de administración de justicia, como infundadamente lo argumenta la Corte Plena, cuya rebuscada ‘parsimonia’ contrasta significativamente con la posición del resto de los Países;
reafirmar, al contrario de lo sostenido en una cuestionable decisión tomada en en el voto 2017001163 de febrero de 2017 por mismo juez constitucional costarricense (y que constituye una total regresión con relación a su jurisprudencia anterior), que el principio de participación del público en asuntos ambientales sí es un derecho humano, porque en primer lugar, (aunque el dicho juez constitucional lo ignore intencionadamente) el artículo 9 de la Constitución define al Estado costarricense como una República participativa; y en segundo lugar, porque así lo ha establecido expresamente la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el párrafo 242 de su Opinión Consultiva OC-23, dada a conocer en el 2018 (véase texto completo) donde precisa que: «g. Los Estados tienen la obligación de garantizar el derecho a la participación pública de las personas bajo su jurisdicción, consagrado en el artículo 23.1.a de la Convención Americana, en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, de conformidad con los párrafos 226 a 232 de esta Opinión»;
denunciar de manera vehemente la campaña de desinformación orquestada desde algunos círculos empresariales, con el apoyo de influyentes sectores gremiales y medios de prensa (a la que se prestaron algunos juristas) que se ha desatado en contra del contenido del Acuerdo de Escazú, en particular en Chile, Colombia, Paraguay y Perú, bajo argumentos sin sustento, totalmente ajenos a la letra y al espíritu del Acuerdo de Escazú;
reiterar que el resguardo del derecho a la participación ciudadana, al acceso a la información y a la justicia ambiental constituyen los pilares fundamentales del Acuerdo de Escazú en pro de afianzar mecanismos de democracia ambiental en nuestros respectivos ordenamientos jurídicos, así como la protección que debe urgentemente extenderse a quienes defienden el ambiente, en muchos casos desde sus pequeñas comunidades rurales;
recomendar a los Estados que aún no lo han hecho, que firmen y ratifiquen el Acuerdo de Escazú, para lograr su pronta entrada en vigor, la cual requiere el depósito del instrumento de ratificación número once, según reza el artículo 21 del mismo;
felicitar a las distintas organizaciones no gubernamentales y a los sectores académicos y gremiales por su entrañable esfuerzo en favor de la pronta ratificación del Acuerdo de Escazú, teniendo presente que el fin primordial del mismo es consolidar una verdadera democracia ambiental en nuestra Región;
Solicitar a la Asamblea Legislativa de Costa Rica que ratifique lo antes posible el Acuerdo de Escazú. Solicitar a la Sala Constitucional que reconozca el valor de este instrumento de derechos humanos ambientales y el aporte que brinda para consolidar la estructura jurídica en la región y específicamente en Costa Rica.
A las políticas neoliberales que han incrementado la desigualdad y la pobreza en este país, desde la aplicación de las recetas “mágicas” del FMI en la “década perdida” de 1980, simplemente hay que decirles NO por sentido común.
Han probado hasta la saciedad ser el camino equivocado para el verdadero desarrollo con justicia y paz social. Han contribuido a desmantelar el Estado Social de Derecho. Y, como si fuera poco, han inducido a la quiebra en que se encuentra el Estado.
Los señores y señoras del FMI, entre otros organismos, como ha señalado recientemente el presidente de México, “deberían ofrecer disculpas” por tan “grave daño” causado al pueblo.
Nuestra clase política, por su parte, continúa desfasada. Aprueba un Plan Fiscal regresivo, donde los ricos pagan impuestos como pobres y los pobres como ricos. Y ahora va por el mismo camino con su propuesta para la negociación con el FMI. Solo el ser humano es el animal que cae dos veces en el mismo “hueco”. Sin duda, una propuesta para tocar fondo.
¿Por qué no atacar de raíz el problema de la evasión, la elusión y las exoneraciones y, de una vez por todas, poner a tributar con justicia? ¿Por qué no poner a tributar a las zonas francas que hacen clavos de oro con el recurso humano calificado de alto nivel que ofrece este país? ¿Por qué no utilizar reservas del Banco Central para paliar temporalmente los efectos de la pandemia? ¿Por qué no renegociar la deuda interna y externa, y en última instancia declarar una moratoria de su pago mientras azote la pandemia? ¿Por qué no gravar las grandes transacciones bancarias y no las de pulpería? ¿Por qué no aumentar el impuesto a la gran propiedad y no a las casas modestas de clase media? ¿Por qué no intervenir al Ministerio de Hacienda para que deje de tratar con manos de seda a las grandes empresas y pagar alquileres millonarios, como lo ha denunciado el ex ministro Rodrigo Chaves?
La clase política solo atisba a buscar salidas milagrosas que vengan de afuera. Y desconfía de la imaginación y voluntad de los costarricenses para ganarle la batalla a la pandemia y la guerra a la crisis económica y social que arrastramos por varias décadas. Por eso, se resiste al diálogo y a la concertación social.
No es necesario tocar fondo, tratando con tanta generosidad al FMI. Esta crisis de muchos rostros nos sigue convocando a sacar lo mejor de nuestras capacidades y voluntades. No se trata de andar regateando préstamos como pordioseros en un mar de riquezas concentradas. Para situaciones extraordinarias, medidas extraordinarias.
Se trata de levantar la frente y reconocernos como una nación, aunque pequeña en territorio y población, de espíritu grande y valeroso. Hay que apelar a la reserva de solidaridad de nuestro país. Hay señales de voluntad de diversos sectores, para encontrar salidas alternativas.
Estamos en la encrucijada entre la mesa de negociación intersectorial o el estallido social desde las calles. El gobierno tiene que aceptar que no hay una tercera vía, como pretende. Evitemos tocar fondo.
Unión de Productores Independientes y Actividades Varias -UPIAV-
San Isidro de El General
21 de setiembre del 2020
SG-044-2020
Señor
Carlos Alvarado
Presidente
República de Costa Rica
S.O.
Señor Presidente
Hemos conocido la propuesta de negociación con el Fondo Monetario Internacional (FMI) anunciada por el Gobierno que Usted preside.
Desde la Unión de Productores Independientes y Actividades Varias (UPIAV), compartimos la preocupación por la situación económica y social que vive nuestra sociedad. Hemos sido estudiosos de las medidas adoptadas y ahora, de la propuesta anunciada.
En virtud de lo anterior, y vistas las acciones propuestas para negociar con el FMI, la Unión de Productores Independientes y Actividades Varias (UPIAV) manifiesta su rechazo a dicha propuesta y su oposición a que la misma se llegue a concretar en la Asamblea Legislativa.
Las razones para oponernos son, entre otras, las siguientes:
1) No coincidimos en que la negociación con el FMI sea la única opción que como país tenemos. Existen otros mecanismos que pueden implementarse y en donde el Banco Central debe jugar un rol de liderazgo.
2) El propósito de un Gobierno en Democracia es velar por el bienestar de su población. Por consiguiente para lograr ese propósito, debe definir Objetivos e instrumentos para lograr el bienestar deseado. La propuesta para negociar con el FMI no contribuye con el logro del Objetivo de bienestar de la población y prioriza en favorecer el equilibrio fiscal (muy necesario pero es un medio y no un fin) como propósito único y con ello golpea a los sectores medios y en especial a los más vulnerables como lo son nuestros asociados y sus familias.
3) Las propuestas planteadas recaen sobre las espaldas de quienes menos tienen y por consiguiente son regresivas. Un aumento triplicando el impuesto a bienes inmuebles, o gravar sin distingo todas las transacciones bancarias o aumentar las contribuciones de renta al primer segmento de 800 mil a 1.2 millones son medidas absolutamente regresivas.
4) La propuesta de venta de activos, entre ellos FANAL, además de no contribuir con la situación fiscal por su pírrico aporte, pareciera obedecer a una postura ideológica interesada. En este punto en específico, una venta tendría un efecto negativo inmediato para la vida de los productores agropecuarios por la afectación al Programa de Abastecimiento Institucional (PAI) y al propio CNP.
Señor Presidente, es hora de recurrir a gravar las grandes riquezas y en particular la riqueza del sector financiero.
Es necesario e imperativo reestructurar la deuda pública y auditarla para crear condiciones para una renegociación razonable y transparente.
No es digno ni aceptable que sean los pequeños y medianos trabajadores del campo, los trabajadores y trabajadoras privadas y públicas los que sostengan la carga tributaria.
Es una lástima que Usted señor Presidente, no haya comprendido que la Democracia se fortalece con el Diálogo Social, hoy con esa propuesta nuestro único camino es de lucha por la defensa de la Democracia, la equidad social y de un Estado que dé respuesta real a las demandas de una sociedad inclusiva, justa y solidaria.
Señor Presidente, se requiere un cambio radical en su hoja de ruta económica y social. Su propuesta de negociación con el FMI, y su decisión de cargar sobre los más necesitados el costo de la crisis es para nuestra organización inaceptable. De persistir en su iniciativa, tendremos que alentar un movimiento social que defienda en las calles nuestros derechos de vivir y reconstruir el bienestar social que deriva de una sociedad más justa y equitativa.
Agradeciendo su atención a la presente, se despide atentamente Junta Directiva UPIAV, dirigencias y afiliados.
Luis Román Chacón Cerdas, cédula 1-0823-0870, Secretario General UPIAV
La coyuntura social actual nos afecta de muchas maneras. Por ello, situaciones como el confinamiento, que nos impone la pandemia de COVID-19, unidas a otras realidades, nos han llevado a tomar la decisión como movimiento de trasladar nuestras oficinas del centro San José y empezar a construir otras formas de acompañamiento mediadas por la virtualidad.
Se trata de una decisión difícil, puesto que este local ha sido nuestra casa durante muchos años. En ella hemos podido dar sostén a distintos Ciclos de Talleres Anuales sobre Derechos Humanos y No Violencia Activa. También hemos tejido alianzas con variadas organizaciones, para construir acciones conjuntas en pro del bienestar de poblaciones. Así mismo, hemos podido brindar acompañamiento a movimientos emergentes para que puedan seguir adelante con sus propios procesos. No obstante, mantener el pago del alquiler y el costo de los servicios básicos, en este momento de completa imposibilidad de utilización del espacio por causa del COVID-19, es lo que nos lleva a trasladarnos a la modalidad virtual sin mantener una oficina física en San José.
La coyuntura, las consultas y un intenso proceso de reflexión interno, nos lleva tomar esta decisión. Esto no implica abandono de nuestro trabajo ni de nuestro compromiso con todas las personas, grupos y comunidades con las que nos relacionamos. Por el contrario, seguimos siendo un movimiento vigente. Nuestro deseo es continuar en estas luchas por el reconocimiento, promoción, ampliación y la defensa de Derechos Humanos, aportando nuestra visión y experiencia desde la No Violencia Activa. Seguimos adelante con los procesos en los que participamos, con la misma fuerza, articulación y compromiso con todas y todos ustedes.
Mantendremos nuestros horarios de atención lunes, miércoles y jueves de 8:00am a 12:00md y de 1:00 a 4:00pm a través de nuestro teléfono y correo electrónico. Asimismo, REALIZAREMOS EL CICLO DE TALLERES 2020 EN MODALIDAD VIRTUAL, para lo que brindaremos la información respectiva de manera oportuna.
Finalmente, queremos manifestar nuestro más profundo agradecimiento a la dueña del edificio por su comprensión y su respaldo al trabajo de SERPAJ — Costa Rica durante los últimos años.
Saludos de paz y bien.
Coordinación Nacional Miércoles 23 de septiembre de 2020
Este próximo 26 de setiembre, se cumplirán 2 años desde la apertura a la firma del Acuerdo de Escazú en Naciones Unidas.
En efecto, desde el 26 de setiembre del 2018, este importante acuerdo regional, adoptado en Costa Rica en marzo del mismo año, está abierto oficialmente a la firma de 33 Estados (América Latine y el Caribe). Su nombre completo es: «Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe«.
Pese a haber sido adoptado en Costa Rica el 4 de marzo del 2018, desde la perspectiva del derecho internacional público, la vida jurídica del Acuerdo de Escazú como instrumento internacional inició en el momento en el que fue oficialmente abierto a la firma por parte de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de Naciones Unidas, órgano que funge como depositario de este tratado: para ello se convocó a una ceremonia oficial en Nueva York, siguiendo el protocolo formal previsto en Naciones Unidas, en la que participaron varios Estados, tal y como se puede apreciar en este comunicado de prensa del 27 de setiembre del 2018.
Escazú: un nuevo año de vida jurídica que culmina
El texto de este instrumento, que ha proyectado el nombre indígena de este cantón josefino costarricense al mundo, se encuentra disponible en este enlace.
En una nota anterior al cumplirse el primer año de vida jurídica de este valioso instrumento regional auspiciado por la Comisión Económica para América Latina de Naciones Unidas (CEPAL), habíamos indicado que:
«La falta de interés de algunos Estados, la poca presión ejercida por organizaciones de la sociedad civil en el caso de algunos Estados firmantes del texto (desde setiembre del 2018), así como la presión de algunos influyentes sectores en la dirección opuesta, pueden explicar estos tímidos resultados para un instrumento internacional extremadamente innovador, tal y como lo explicaremos en las líneas que siguen«.
A la fecha del 20 de setiembre del 2020, según el tablero oficial de Naciones Unidas sobre las firmas y ratificaciones obtenidas, se contabilizan 22 firmas y 9 ratificaciones. Cabe recordar que este instrumento está abierto a la firma y a la ratificación de un total de 33 Estados (los que conforman la región de América Latina y del Caribe).
La última ratificación registrada es la de Ecuador (mayo del 2020), la cual viene a añadirse a las de Antigua y Barbuda, Bolivia, Guyana, Nicaragua, Panamá, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas así como Uruguay. Es de señalar que estos tres últimos Estados, así como Bolivia, depositaron oficialmente su instrumento de ratificación el 26 de setiembre del 2019 en Nueva York, al cumplirse el primer año de la apertura a la firma de este instrumento: ello denota el esmero y el cuido de sus respectivas autoridades políticas con relación al cronograma a seguir para el trámite de aprobación y de ratificación de este tratado.
Sobre algunas firmas que no se registran
Con relación a la firma como tal, hay que recordar que, desde la perspectiva del derecho internacional público, la firma constituye una etapa formal previa sin la cual no se puede iniciar el proceso de ratificación de un tratado internacional: sin la firma por parte del Poder Ejecutivo, las organizaciones no gubernamentales, los sectores académicos, los gremios profesionales y los partidos políticos no pueden articular una campaña de ratificación en el seno del Poder Legislativo.
Con respecto al Acuerdo de Escazú, al momento de redactar estas líneas (20 de setiembre del 2020), permanecen ausentes varios Estados de América Latina, en particular Chile, Cuba, El Salvador, Honduras y Venezuela, así como Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Surinam y Trinidad y Tobago.
Habíamos tenido la oportunidad en su momento de hacer ver la profunda inconsistencia del primero de ellos, Chile, ante la comunidad internacional (véase nota nuestra): ello en razón de haber sido, conjuntamente con Costa Rica, el principal promotor durante la fase de negociación de este instrumento durante el período 2014-2018. Como se recordará, días después de la adopción en Costa Rica de este instrumento (marzo del 2018), Chile procedió al acto oficial de traspaso de poderes a sus actuales autoridades, las cuales han mantenido desde entonces sus distancias con este texto. El comunicado conjunto de Chile y Costa Rica del 7 de junio del 2018 (véase texto completo) puede considerarse como el último gesto de Chile en favor del Acuerdo de Escazú.
Este 21 de setiembre, la agencia de noticias DW publicó una nota de prensa que enfatiza en las consecuencias para Chile, de darle la espalda al Acuerdo de Escazú, al titularla: «Chile: el rechazo al Acuerdo de Escazú acaba con la aspiración de liderazgo ambiental«.
Con relación al período de 2 años para depositar la firma a este instrumento (la cual no requiere más que una instrucción enviada al Jefe de Misión en Naciones Unidas en Nueva York por parte del Poder Ejecutivo), este período vencerá este próximo 26 de setiembre (según reza el mismo Artículo 21 del Acuerdo de Escazú). Al respecto, la misma CEPAL publicó recientemente una nota oficial con «información práctica» destinada a explicar de manera detallada a los Estados que tengan aún la intención de firmar este tratado cómo hacerlo.
La situación particular del Acuerdo de Escazú en Costa Rica
Es en el mes de febrero del 2019 que inició formalmente el trámite del expediente 21.245 (véase texto) en la Asamblea Legislativa de cara a la aprobación del Acuerdo de Escazú. Para un texto firmado por Costa Rica desde el 27 de setiembre del 2018, se puede considerar que el entusiasmo para depositar la firma en Nueva York no se mantuvo tan firme para iniciar el trámite de su aprobación ante el Poder Legislativo.
En julio del 2019, fueron 17 mecanismos no convencionales de derechos humanos de Naciones Unidas los que enviaron una carta colectiva a Costa Rica (véase texto completo) instando a sus autoridades a acelerar el proceso de aprobación y de entrada en vigencia, indicando, entre otros puntos, que:
«Este emblemático tratado regional no sólo garantiza una buena gobernanza ambiental y de derechos humanos, incluidos los derechos de acceso a la información, de participar en el proceso de toma de decisiones, así como para buscar reparación, sino que, también es un catalizador para la protección ambiental y el desarrollo sustentable. El Acuerdo enfatiza especialmente el objetivo fundamental de proteger el derecho a vivir en un entorno saludable»
Pese a este llamado hecho a Costa Rica (y a otros Estados), y pese al hecho que Costa Rica fue el Estado anfitrión de la ronda final de negociaciones que le dió el nombre de Escazú a este acuerdo, no ha aún depositado el instrumento de ratificación en Naciones Unidas.
El texto fue aprobado en primer debate por la Asamblea Legislativa el 13 de febrero del 2020 y enviado para consulta preceptiva al juez constitucional.
Al día de hoy, no se ha aún aprobado en segundo debate y el trámite de aprobación se encuentra suspendido a la espera de la notificación del texto completo de una sentencia de la Sala Constitucional. En un primer momento, la Sala Constitucional detectó un vicio en la tramitación de este instrumento (véase Resolución 06134-2020 de marzo del 2020). En un segundo momento, declaró «inevacuable la consulta legislativa preceptiva» (según se lee en el Por tanto de la Resolución 015523-20 cuyo texto completo no ha sido aún redactado).
Nótese que, en el primer voto de la Sala Constitucional, una magistrada consideró útil y oportuno señalar que más allá del error detectado en la tramitación del Acuerdo de Escazú, el texto contiene (según ella) disposiciones que son contrarias a la Constitución: la revisión de los criterios expuestos por esta magistrada evidencia su desconocimiento con relación a algunos principios (muy básicos) del derecho ambiental vigentes. Nos permitimos en particular reenviar a nuestros estimables lectores a un artículo (disponible en línea desde el mes de octubre del 2019) en el que se hace ver que hace muchos años que la legislación y los tribunales costarricenses han incorporado lo que tanto pareciera preocupar a la precitada magistrada (Nota 1).
Es muy posible que el Acuerdo de Escazú no sea bien percibido por varios de los actuales integrantes de la Sala Constitucional: como bien se sabe, este acuerdo viene a precisar en un instrumento vinculante, el alcance contenido en el Principio 10 de la Declaración de Río de 1992. Este denominado «Principio 10» consagra el principio de participación pública en materia ambiental: su lectura evidencia cuán lejos estamos aún de materializarlo de manera efectiva. En febrero del 2017, la misma Sala Constitucional optó por una significativa regresión con respecto a su jurisprudencia anterior, al considerar en su voto 1163-2017 relacionado al polémico acueducto Coco-Ocotal en Sardinal, que la participación ciudadana en materia ambiental … ya no es un derecho humano (Nota 2): una sentencia celebrada de inmediato por la Dirección de Aguas del Ministerio de Ambiente (véase comunicado de prensa).
Llegar a semejante retroceso jurisprudencial en materia ambiental (Nota 3), se «logra» modificando desde las instancias políticas correspondientes la composición de la Sala Constitucional: sobre este punto preciso, no está de más traer a colación el hecho que, en noviembre del 2012, el magistrado Fernando Cruz Castro fue objeto de una burda maniobra política bajo el pretexto que es un magistrado que «no favorece un clima de negocios» (Nota 4). La ocurrente iniciativa, que logró el respaldo de 38 diputados que votaron a favor, no fructificó, pero sí permitió evidenciar a algunos sectores cuyo silencio y reserva los delató.
Con relación a la participación ciudadana en materia ambiental en Costa Rica, resulta de interés recordar que, en el 2008, el Poder Ejecutivo vetó una ley adoptada el 30 de octubre de aquel año por la Asamblea Legislativa titulada «Ley para Fortalecer los Mecanismos de Participación Ciudadana en Materia Ambiental«: salvo error de nuestra parte, fue el único texto adoptado por el Congreso vetado por el Poder Ejecutivo durante la administración (2006-2010). Nuevamente aquí se evidencia el nivel de profunda crispación que puede generar en algunos sectores, y en sus operadores políticos, el hecho de consolidar mecanismos de participación pública en materia ambiental en Costa Rica.
Un promotor ausente en las firmas (Chile) y el otro en las ratificaciones (Costa Rica)
Al cumplirse dos años desde que se abrió a la firma y ratificación el Acuerdo de Escazú, la falta de ratificación por parte de Costa Rica no debería entenderse como un problema nacional únicamente, paralizado por lo que bien podría considerarse como una sutil maniobra de algunos, empecinados en retrasar o en entorpecer su aprobación en Costa Rica: en efecto, esta ausencia causa un efecto muy grave que trasciende las fronteras del territorio costarricense.
Al tratarse del principal promotor de este acuerdo con Chile hasta marzo del 2018, esta falta de ratificación coloca a las autoridades costarricenses en una situación un tanto ambigua en la región centroamericana, al haber ya sus dos vecinos directos ratificado dicho instrumento (Panamá y Nicaragua).
Cabe también indicar que, al ser un Estado anfitrión de la última ronda de negociación en la que se adopta el texto de un futuro instrumento, este Estado adquiere un compromiso un poco mayor hacia los demás Estados. La práctica internacional señala que usualmente aparece entre los primeros Estados en proceder a su ratificación, confortando así ante la comunidad internacional y ante la opinión pública internacional, su firme compromiso con los objetivos perseguidos por el tratado. Con respecto a otro tratado regional suscrito en Costa Rica, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, su adopción en 1969 fue seguida por la ratificación de Costa Rica cuyo instrumento de ratificación fue depositado el 4/08/1970: fue la primera ratificación en el hemisferio americano (tal y como se aprecia en la tabla oficial sobre el estado de firmas y ratificaciones) de este emblemático instrumento del que tanto Costa Rica se enorgullece.
En el caso del Acuerdo de Escazú, la ausencia de ratificación por parte de Costa Rica está enviando una señal sumamente riesgosa para el Acuerdo de Escazú, en particular a algunos sectores políticos en otras latitudes de América Latina, firmemente opuestos a toda consolidación de los derechos de quienes defienden el ambiente.
En Chile, pero también en Colombia, así como en Perú y en Paraguay, se pudo observar la creatividad de algunos sectores políticos en busca de argumentos (falaces y hasta … fantasiosos) para intentar frenar a toda costa la aprobación de este texto: a modo de ejemplo, esta nota de prensa paraguaya sobre la peculiar lectura de la Iglesia Católica en Paraguay que relaciona el aborto al Acuerdo de Escazú (llevando al Poder Ejecutivo a … retirar el proyecto de ley enviado al Legislativo) y esta otra nota de prensa peruana sobre la supuesta pérdida de soberanía de Perú en la Amazonia. Estas, y lo que podríamos calificar como varias otras «joyas«, reflejan la campaña de desinformación a la que se han prestado varios sectores, apoyados por algunos académicos y expertos así como gremios e influyentes medios de prensa, y ello en diversas partes del continente americano.
En un reciente comunicado del mes de agosto del 2020 (véase texto), el Colegio de Ingenieros peruano detalló todas las razones que existen para oponerse a este acuerdo y señaló un último punto … que permite apreciar mucho mejor algunos elementos de esta verdadera campaña en contra de este tratado que se observa en distintas partes de América Latina:
«El Colegio de Ingenieros del Perú considera que aprobar el denominado Acuerdo de Escazú ocasionará graves perjuicios al desarrollo del país, entre ellos: /…/
Ahuyentar las inversiones nacionales y extranjeras, paralizando proyectos viables en perjuicio del desarrollo nacional y aumentando la brecha socioeconómica».
Para valorar la pertinencia de la conclusión que se expone en el punto E, basta con revisar el mismo comunicado redactado por parte de los ingenieros peruanos al señalar, en su parte inicial, que:
«Estas dos leyes peruanas contemplan expresamente los tres derechos ambientales referidos en el acuerdo de Escazú. Asimismo, el Estado ha desarrollado la normatividad integral sobre esos mismos derechos«.
¿Cómo puede ahuyentar la inversión un tratado regional que recoge lo que ya existe en la legislación ambiental peruana?
Notemos que en el listado que contempla el comunicado del Colegio de Ingenieros peruano, aparece el mismo punto que tanto parece preocupar, a muchos kilómetros de distancia de Lima, a la antes mencionada magistrada costarricense (la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental).
Más allá de las contradicciones de unos y otros en su intento por desacreditar el contenido del Acuerdo de Escazú llegando a conclusiones totalmente erróneas, nótese que en dos años de intenso debate con la sociedad civil chilena, el Poder Ejecutivo chileno se ha limitado a brindar declaraciones de varias de sus autoridades recogidas en algunos medios de prensa, pero se ha abstenido de publicar un texto oficial en el que se expliciten y se justifiquen las razones exactas por las que se opone a la firma de Acuerdo de Escazú. ¿Serán razones tan sólidas las que tiene el Poder Ejecutivo chileno para oponerse a este acuerdo que no merecen plasmarse en un documento oficial que lleve el sello del Estado?
No cabe duda que el Acuerdo de Escazú cuenta con muchos opositores que lo perciben como una seria amenaza. A tal punto que, para estos sectores que buscan polarizar la discusión, la simple firma del texto por parte de un Estado debe en sí ya ser combatida.
Foto extraída de nota de prensa de la BBC, titulada “Los países en los que matan a más ambientalistas en el mundo y el terrible récord de América Latina”, 30 de julio del 2019.
La actitud desafiante de algunos aparatos estatales explica la creciente polarización social que se vive en algunos Estados. Es así como, cuando a diferencia de Chile, el Poder Ejecutivo de Colombia optó finalmente por firmar, el 11 diciembre del 2019, el Acuerdo de Escazú, nos permitimos concluir en una breve nota nuestra que:
«… en América Latina, los dos Estados en los que se están dando fuertes movilizaciones y protestas sociales en este cierre del año 2019 coinciden con los dos únicos Estados cuyas autoridades adujeron oficialmente oponerse a la firma del Acuerdo de Escazú».
A modo de conclusión: hacia una próxima entrada en vigencia… ¿sin Costa Rica?
El Acuerdo de Escazú aún no ha entrado en vigor para los Estados que los han ratificado, al tenerse que esperar que sea ratificado por 11 Estados. Por el momento, son 9 las registradas, y, al parecer, el proceso de ratificación en Argentina está en su recta final (véase nota de prensa parlamentaria del 16/09/2020).
La entrada en vigencia de este instrumento, el primero a nivel internacional en extender una protección especial a quienes defienden el ambiente, resulta a todas luces una verdadera urgencia ante los efectos del cambio climático, la pérdida accelerada de la biodiversidad, la desprotección de las fuentes de agua potable y de los suelos en innumerables regiones de América Latina. Pero también ante la imperiosa necesidad de saldar una vieja deuda de América Latina con la participación ciudadana en materia ambiental, con la justicia ambiental y con sus comunidades indígenas.
Más aún en una región del mundo como América Latina, la cual se destaca de las demás por concentrar la mayor parte de asesinatos de líderes ecologistas y comunitarios, acompañados de intimidaciones y de muchas otras formas de socavar los esfuerzos de personas y de comunidades que dedican parte de su vida a la defensa del ambiente.
A modo de conclusión, y volviendo al caso peculiar de Chile, la postura oficial de sus autoridades no puede sino llevar a exacerbar un poco más los ánimos. Nos permitimos citar este valiente comunicado conjunto de organizaciones chilenas, cuyo sentir posiblemente comparten muchas otras comunidades en el resto de América Latina al asistir, impotentes e indignadas, a la destrucción de su entorno natural y de sus fuentes de aguas, y que señala:
«… violento es que las industrias sean la causa de la pésima calidad de vida de quienes habitan en Quintero y Puchuncaví; violento es que exista agua para regar paltos, pero no para el subsistir de las personas; violento es que el pueblo no sea tomado en cuenta y no pueda tener acceso a toda la información que le compete; violento es que nos asesinen por defender el planeta; y violento es que nuestro propio presidente todavía no firme el Acuerdo de Escazú».
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Nota 1: Véase PEÑA CHACÓN M.,»Acuerdo de Escazú y la carga de la prueba ambiental en Costa Rica«, Portal del Sistema de Estudios de Posgrado, Universidad de Costa Rica, 29/10/2019, disponible aquí.
Nota 2: Sobre este voto sumamente cuestionable, véase este comunicado de la FECON de Costa Rica. Nos permitimos también remitir a los dos siguientes análisis: ARROYO ARCE K., «La participación del público en materia ambiental y el artículo 9 de la Constitución Política: breve reflexión sobre la resolución N° 1163-2017 de la Sala Constitucional de Costa Rica«, Derechoaldia, edición del 3/04/2017, disponible aquí; SAGOT RODRIGUEZ A., «Regresión en Derechos Humanos por orden constitucional«, artículo de opinión, DiarioExtra, edición del 7/03/2017, disponible aquí.
Nota 3: De manera a no causar mayor sonrojo del provocado por esta decisión del juez constitucional costarricense de febrero del 2017, nos permitimos remitir a nuestros estimables lectores al párrafo 231 de la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dada a conocer en el 2018 (véase texto completo) que precisa que: «231. Por tanto, esta Corte estima que, del derecho de participación en los asuntos públicos, deriva la obligación de los Estados de garantizar la participación de las personas bajo su jurisdicción en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, sin discriminación, de manera equitativa, significativa y transparente, para lo cual previamente deben haber garantizado el acceso a la información relevante«. En el párrafo 242 de la misma opinión consultiva del juez interamericano, se lee que: «g. Los Estados tienen la obligación de garantizar el derecho a la participación pública de las personas bajo su jurisdicción, consagrado en el artículo 23.1.a de la Convención Americana, en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, de conformidad con los párrafos 226 a 232 de esta Opinón«.
Nota 4: Esta expresión fue usada por parte del jefe de la bancada del Partido Liberación Nacional (PLN) para justificar en noviembre del 2012, la propuesta tendiente a evitar la reelección del Magistrado Fernando Cruz en la Sala Constitucional (véase entrevista realizada por el Semanario Universidad). Este intento fracasó, y dió pié para una movilización raramente vista del gremio judicial y expresiones de solidaridad tanto nacional como internacional, apoyando al Magistrado Fernando Cruz Castro. Desde Naciones Unidas, la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre Independencia de los magistrados y los abogados envió una carta a las autoridades costarricenses (véase texto completo), señalando, entre varios aspectos que:
» quiero expresar mi consternación por las alegaciones según las cuales los acontecimientos en contra del Magistrado Fernando Cruz no representarían un caso aislado, sino formarían parte de una nueva tendencia a la intimidación y control sistemático del Órgano Judicial por parte del Órgano Legislativo«.
Este texto fue elaborado por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
6 de Setiembre 2020. Las mujeres salen a las calles en todo el país a exigir justicia. Justicia por Allison, Justina, Luany, María Trinidad, María Luisa, por todas las compañeras que el sistema patriarcal ha asesinado o desaparecido.
Para desafiar el miedo, para honrar a las madres, para sabernos compañeras: ¡Ni una menos!
Puntarenas, Liberia, Guápiles, San Ramón, Cartago, Golfito, Alajuela, San José, Ciudad Quesada.
Un dolor más grande que la luna de esta noche orbita sin rumbo sus pasos pisoteando mi mundo. Hay tristeza en mi corazón y cero resignación en mi Alma. Se resiste mi sangre a bajar la guardia y darle ese triunfo fácil que desea la ignominia que le demos. Estamos en guerra y esta se gana peleando cada palmo en todas las batallas.
Se van llenando las nubes de un cardumen de escualos que como jauría rabiosa está lista para desprenderse sobre la yugular del pueblo como lluvia malvada. Sentados sobre sus caudales reunidos explotando a los pobres, aprueban sus planes de hambre y más miseria para todos aquellos que le han surtido sus riquezas soportando puñales camuflados de beatificadas plumas. Pandemia peor son ellos: corazones de estiércol enchapados con el oro que usurparon evadiendo al fisco y chupando el alimento que quitaron al pobre. Pandemia son ellos, y Pandemia también los Gobernantes que olvidaron la Historia y sumisos apagan la tea gloriosa que nos dio dignidad y Patria para todos.
Pandemia son esos que comiendo caviar y tomando champaña comulgan gustosos con el diablo del Fondo sentado en sus regazos.
Pandemia lo fueron y Pandemia son. Pandemia insensible de fieras rabiosas pelando sus fauces y garras en ristre para seguir robando.
Hoy me disculpo con la Luna y le pido que aguarde por mí hasta otro momento: yo le aseguro que mi amor por ella me palpita en la sangre como un lucero abierto.
En todos los países, los esfuerzos para frenar la propagación del COVID-19 han impactado en el funcionamiento del sistema de justicia y en acceso a la misma por parte de la ciudadanía. Costa Rica no es la excepción.
Este miércoles 1 de julio el Foro de Justicia – Costa Rica está organizando el conversatorio: “Justicia en tiempos de COVID 19”, con la participación de:
– Fiorella Salazar, Ministra de Justicia y Paz – Dinorah Álvarez, sub directora ejecutiva del poder judicial – Ignacio Alfaro, Mesa de Justicia Abierta – Marco Feoli, Foro de Justicia