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Etiqueta: ley antihuelgas

“Que raro, (…) se me olvidó tu nombre”

Manuel Hernández

La misión que tiene la Sala Constitucional es proteger los derechos fundamentales y garantizar la supremacía de los instrumentos internacionales de Derechos Humanos.

La Sala, hace mucho tiempo abandonó esa misión.

Más que abandonada, ha sido retraída y burlada.

La Sala Cuarta distorsionó su cometido constitucional y se transmutó en una especie de Cámara Baja, en un Senado Político, que muy lejos está de respetar el principio de separación de poderes y, por tanto, el principio de autocontención.

Ahora, todo el mundo celebra, hasta aplaudiendo con las orejas, la resolución de la Sala que sepultó en el inframundo la famélica e impresentable Ley Jaguar (qdep).

Es que, no obstante, la pérdida de la capacidad regulatoria de la Constitución y el desmontaje progresivo de los diques normativos contra el poder que la misma establece, no era jurídicamente sostenible ninguna otra resolución que no fuera esa.

Pero, entre tanta algarabía democrática, también se olvida que esa misma Sala blanqueó el tridente del Diablo, conformado por la Ley de Ajuste Fiscal, la Ley Frankenstein (Ley Marco de Empleo Público) y la Ley Antihuelgas.

La Sala ha cumplido a cabalidad el mandato de des-constitucionalizar el derecho de negociación colectiva y huelga en los servicios públicos.

Cómo si lo anterior fuera poco, la Sala le dio un espaldarazo al Transitorio XI de la Ley Frankenstein, que impone el congelamiento de las remuneraciones de los servidores públicos y además, prohijó la ignominiosa Regla Fiscal, obedeciendo fielmente el mandato de FMI y otros organismos financieros internacionales.

No se olviden tampoco que aquellas dos primeras leyes fueron inoculadas por el veneno fiscalista y antisindical de la Contralora General de la República, que ya más de uno le estará prendiendo velitas, a la par de la estampita de la imagen del Dr. Moreno Cañas.

Tenía tanta razón Hegel: “Lo único que enseña la historia es que no nos enseña nada”

La Sala representa lo que es: el Tribunal del Perpetuo Martirio de la Constitución.

Es tan fácil darle pan y circo a un pueblo que hasta la memoria le vaciaron.

Resolución de Corte Interamericana pone en entredicho leyes anti huelgas en el continente

Artículo publicado en Semanario Universidad

Por Daniela Muñoz Solano | danielavms@gmail.com

8 abril, 2022

La CorteIDH condenó al estado guatemalteco por despedir a 65 trabajadores del Organismo Judicial de ese país por participar en un movimiento de huelga que fue declarado ilegal. 

Una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos podría poner freno a las legislaciones que pretenden restringir el derecho de huelga en distintos países, incluyendo Costa Rica.

El pasado 26 de enero de 2022 la mencionada Corte comunicó la sentencia en el caso «Extrabajadores del Organismo Judicial Vs. Guatemala» e informó que encontró al estado de ese país responsable internacionalmente «por las violaciones a diversos derechos en perjuicio de 65 personas extrabajadoras del Organismo Judicial de Guatemala despedidas por su supuesta participación en un movimiento de huelga que fue declarado ilegal».

La Corte IDH resolvió de manera unánime que ese Estado era culpable por la violación a las garantías judiciales y el derecho a la protección judicial de los demandantes y también, acordó por mayoría (seis votos contra uno) condenar a Guatemala por violar el derecho a la huelga, la libertad de asociación, la libertad sindical, el derecho al trabajo y el derecho a la estabilidad laboral.

La huelga de los trabajadores del Organismo Judicial se dio en 1996 y fue declarada ilegal por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Trabajo y Previsión Social, por lo que los participantes fueron despedidos. La Corte Interamericana resolvió que al «haber ejecutado los despidos como consecuencia directa de la declaratoria de ilegalidad de la huelga, sin un procedimiento previo e individualizado, violentó el derecho al debido proceso de las víctimas». Además, al no establecer un procedimiento claro para que se impugnara la declaratoria de ilegalidad de la huelga, la Corte consideró que el estado violentó el derecho a la protección judicial.

El tribunal internacional indicó que «el criterio de legalidad de la huelga es un elemento central respecto de la posibilidad de ejercicio del derecho de huelga», por lo que las condiciones y requisitos que la legislación establezca para que una huelga se considere legal «no deben ser complicados al punto de producir que en la práctica resulte imposible una huelga legal».

«Si bien se pueden establecer condiciones para ejercer el derecho de huelga en el marco de la negociación colectiva, estas condiciones deben ser razonables y en ningún momento deben afectar el contenido esencial del derecho de huelga, o la autonomía de las organizaciones sindicales», indicó el Tribunal, que también señaló que la legislación del momento establecía «limitaciones arbitrarias» al derecho de huelga, a la libertad de asociación, a la libertad sindical y afectaba el derecho al trabajo y a la estabilidad laboral.

Esta resolución, según representantes de organizaciones sindicales y especialistas en temas judiciales podrían poner en jaque las normativas que pretenden restringir las huelgas en la región, como es el caso de la Ley N° 9808 «para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos», mejor conocida como Ley Anti Huelgas.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (Anep) celebró la sentencia afirmando que «su afiliación puede estar segura» tras la resolución. «Anep se viene preparando para litigar en la Corte IDH por las violaciones de Derechos Humanos que vienen ocurriendo en el país. Será un precedente de gigantesco impacto político-social y económico», comunicó la organización.

En entrevista con UNIVERSIDAD, el secretario general de la organización, Albino Vargas, dijo que el sindicato en conjunto con el Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos está preparando litigios sobre derechos humanos a nivel internacional. Entre otros temas, esperan llevar ante la corte violaciones al derecho de huelga, a la negociación colectiva, al salario mínimo (incluso en el sector privado) y violaciones a derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas que consideran, se dan con la aprobación de la Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas y la Ley marco de empleo público.

«Esto que resolvió la Corte en el caso de Guatemala es un anticipo de las vicisitudes que enfrentará el estado costarricense por emitir legislación violatoria de los derechos humanos consagrados en el sistema internacional», dijo el sindicalista.

Además recordó que en mayo del 2021 la misma corte emitió una opinión consultiva sobre la libertad sindical, el derecho de huelga y negociación colectiva (OC-27/21) que es de acatamiento obligatorio para el país, lo que sumado a la reciente sentencia, dice, «augura la muerte de la Ley Anti Huelgas».

«Esta Opinión Consultiva llegó en un momento importante porque es que la Sala renunció a la defensa de los derechos sociales que consagra la constitución y está alineada al poder económico y dominante, que es de corte neoliberal», agregó.

El sindicalista dijo que así como el país tuvo que incorporar, «en contra lo que querían el Ejecutivo, la Sala y la Asamblea Legislativa» el matrimonio igualitario y la fertilización in vitro a la legislación como consecuencia de decisiones de la CorteIDH, esperan que «pasen cosas semejantes en relación con derechos sindicales, salario mínimo, derecho a la huelga e incluso, en el caso de las condiciones en las pensiones».

Jorge Morales, jurista y ex secretario general del Sindicato de la Judicatura (Sindijud), comentó que aunque las organizaciones del Poder Judicial aún no han realizado un análisis minucioso de la resolución, sí consideran que «llama poderosamente la atención pues sienta un importante precedente».

Además, recordó que durante la discusión de la mencionada ley, se emitieron informes por parte del Relator Especial sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión, David Kaye; el Relator Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, Clement Nyaletsossi Voule; y el Relator Especial sobre la Situación de los Defensores de Derechos Humanos, Michel Forst, señalando la incompatibilidad del texto con los tratados de Derechos Humanos de los que Costa Rica es firmante.

«Sin duda —dijo Morales— esta sentencia es un elemento importante que debe tomarse en cuenta. Las nuevas autoridades costarricenses deberían poner las barbas en remojo, viendo que las del vecino están ardiendo, esto debería ser motivo de alarma porque una condenatoria en cuanto a desprestigio, costos y demás sería peor incluso en términos fiscales, que la derogación o modificación de esas normativas que vulneran derechos», dijo.

 

Imagen ilustrativa.

Se la trajeron al suelo políticos y magistrados

Manuel Hernández

En el siglo pasado, las democracias fueron derribadas con acciones militares y golpes de Estado.

En Guatemala, Chile, Argentina, Brasil, República Dominicana, la derrocaron con violentos golpes de Estado, que nos dejaron miles de compatriotas latinoamericanos muertos y desaparecidos.

Pero, modernamente, afirma The New York Times, las democracias se han derrumbado mayoritariamente, no con golpes violentos, sino a través de un deslizamiento gradual hacia el autoritarismo.

Nuestra democracia, la de la Suiza centroamericana, que aunque ciertamente nunca fue perfecta, radicada en la Constitución de 1949, resultado de una dolorosa guerra civil, la derrumbaron políticos y Magistrados, de manera motorizada, en menos de los últimos 4 años.

Esta subversión de la institucionalidad democrática, se fraguó a merced de un poderoso y autoritario tridente legislativo: Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (2018), la regresiva Ley Antihuelgas (2020), y para coronar esta vorágine neoliberal, la Ley Marco de Empleo Publico (2022), que, en definitiva, dinamitó nuestro diseño constitucional.

Nuestro mayor desafío, ahora más que nunca, es recuperar el Estado Social y Democrático.
08/03/2022

APSE sindicato presentará acción de inconstitucionalidad contra Ley Anti-Huelgas

  • Ley 9808

SURCOS comparte el siguiente comunicado:

APSE Sindicato presentará una Acción de Inconstitucionalidad contra la nefasta Ley Antihuelgas (Ley 9808), la cual fue aprobada por el Gobierno de Carlos Alvarado y la Asamblea Legislativa actual. 

Con fundamento en la Opinión Consultiva OC-27/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y la doctrina de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adelantamos a toda nuestra afiliación apsina, que APSE Sindicato interpondrá una Acción de Inconstitucionalidad contra aquellas normas de la ley anti huelgas que impiden o restan fuerza a la huelga.

APSE solicitará a la Sala Constitucional, que al amparo de la Opinión Consultiva OC-27/21 de la Corte IDH, realice el correspondiente control de convencionalidad y en consecuencia, declare que las normas de la ilegítima Ley Anti Huelgas son contrarias al Derecho de la Constitución y la democracia.

Según los órganos de control de la OIT, la ley anti huelgas contiene abusivas restricciones que no solo se oponen a la legislación internacional, sino que, además, vulneran la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el Protocolo de San Salvador. 

En la reciente Opinión Consultiva OC-27/21 de la Corte IDH, donde APSE tuvo una destacada participación, siendo uno de los dos únicos sindicatos de la educación de todo el continente americano que intervino en el proceso, se estableció que el derecho de huelga está incorporado en la Convención Interamericana y que esa clase de limitaciones no son compatibles con la Libertad Sindical.

Es momento de recuperar los derechos que nos arrebataron a la fuerza, la huelga es un derecho natural de la clase trabajadora, y como Sindicato nuestro deber es defenderla. ¡APSE SÍ LUCHA!

Zaray Esquivel Molina, Presidenta

Silvia Rovira Abarca, Vicepresidenta

Dennis Solís Cruz, Secretario General

22 de octubre del 2022

APSE Noticias

Se invita a ver los vídeos de APSE Noticias, con un repaso de las noticias más importantes a nivel Apsino y nacional de este pasado 26 de octubre del 2021:

  •         APSE presentará acción de inconstitucionalidad contra la ley antihuelgas.
  •         APSE celebró Elecciones Nacionales 2021.
  •         1ero de noviembre se habilitará la reservación en Centros de Recreo de APSE para los meses de diciembre, enero y febrero.
  •         Sala IV encuentra varias inconstitucionalidades en proyecto que busca perdonar deudas de la Caja.
  •         Se eleva a juicio asesinato de Jehry Rivera.

Puede encontrar el vídeo noticiero en el siguiente enlace: https://www.facebook.com/apseinforma/videos/1748821365312733/