Ir al contenido principal

Etiqueta: libertad sindical

Sindicatos defienden libertad sindical ante Comisionada de la ONU

Las organizaciones sindicales se reunieron con Michelle Bachelet, Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a fin de plantear la situación nacional en torno a la libertad sindical y el derecho a huelga dado el proyecto que se tramita en la Asamblea Legislativa que busca limitar esos derechos.

SURCOS comparte los dos documentos que dan cuenta de las dos reuniones realizadas: una con ANEP, FIT-ICE (ASDEICE y SIICE) y UPINS; y la otra con varias centrales sindicales y que fue difundida por el SEC.

 

Documentos enviados a SURCOS por Albino Vargas Barrantes y Juan Carlos Durán Castro.

Sea parte de SURCOS:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Experto en derechos humanos ofrece a Sala IV criterio sobre proyecto contra huelgas

Víctor Manuel Rodríguez Rescia es un abogado costarricense experto en derechos humanos, quien, entre otras labores, fungió como comisionado ante el Comité de DDHH de la ONU. Amparado en la figura del amicus curiae que permite que terceras partes ajenas a un proceso ofrezcan opiniones para mejor solución de un caso, el experto solicita a la Sala Constitucional que reciba y admita el escrito “en calidad de memorial de amicus curiæ en el … procedimiento de consulta legislativa facultativa de constitucionalidad del proyecto de ley” denominado “para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos”.

El amplio y fundamentado documento de Rodríguez Rescia expone razones para considerar que “El proyecto de ley bajo consulta implica una temática crucial para la consolidación del Estado Social y Democrático de Derecho, como es la libertad sindical”. Agrega que “Costa Rica ha sido una nación caracterizada por hacer una convivencia armoniosa entre los factores humanos del desarrollo económico, reconociendo en la Constitución de la Segunda República la libertad sindical como un mecanismo de defensa de los intereses y derechos económicos y sociales de los trabajadores”.

El documento, cuya versión completa puede descargar más adelante, señala entre otros elementos los siguientes:

“La visión de conjunto permite entender al derecho a la huelga como un derecho inherente de la libertad sindical que le permite a la organización sindical de trabajadores emplear un mecanismo de presión legítima para la defensa de sus intereses económicos o sociales, estando dicho contenido explícito en el Artículo 61 de la Constitución Política de Costa Rica, así como en el Artículo 8.1.b del Protocolo de San Salvador y en el Artículo 8.1.d del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; pero implícito en el Artículo 3 del Convenio 87 y 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y análogamente en el Artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.

“Adicionalmente es importante destacar que la anterior Relatora Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, MAINA KIAI, en su informe anual del año 2016, dedicado al ejercicio de los derechos a la reunión pacífica y de asociación en el lugar de trabajo, al referirse al derecho de huelga ha expresado:

Tanto los sindicatos como el derecho de huelga son herramientas fundamentales para hacer efectivos los derechos de los trabajadores, puesto que ofrecen mecanismos a través de los cuales los trabajadores pueden defender sus intereses de forma colectiva y dialogar con las grandes empresas y el gobierno en mayor igualdad de condiciones. El Estado está obligado a proteger estos derechos de todos los trabajadores. …

El derecho de huelga está establecido en el derecho internacional desde hace decenios, en instrumentos mundiales y regionales, y también se consagra en las constituciones de al menos 90 países. De hecho, el derecho de huelga ha pasado a formar parte del derecho internacional consuetudinario.

Consecuentemente, el derecho de huelga, además de ser un derecho internacional convencional, y un derecho constitucional, es también un derecho internacional consuetudinario, lo que convierte al derecho de huelga en un derecho universal, y a las obligaciones de respeto y garantía que le son consustanciales, en obligaciones erga omnes. Dicho lo anterior, el Código de Trabajo de Costa Rica plantea una definición no funcional sino descriptiva de la huelga, calificando como legal, la que se produce como resultado del acuerdo y realización que por lo menos tres personas trabajadoras —que representen más de la mitad de los votos emitidos conforme al Artículo 381 del Código de Trabajo— realizan para suspender concertada y pacíficamente el trabajo, ya sea en una empresa, institución, establecimiento o centro de trabajo.

En una reciente decisión el CLS ha afirmado:

Lo que se entiende por servicios esenciales en el sentido estricto de la palabra depende en gran medida de las condiciones propias de cada país. Por otra parte, este concepto no es absoluto puesto que un servicio no esencial puede convertirse en servicio esencial cuando la duración de una huelga rebasa cierto período o cierto alcance y pone así en peligro la vida, la seguridad de la persona o la salud de toda o parte de la población. El Comité toma nota asimismo de que el hecho de vincular las restricciones del derecho de huelga con las dificultades que provocan en el comercio y los intercambios abre las puertas a la prohibición de una diversidad de acciones reivindicatorias y de huelgas legítimas y que aun cuando las huelgas y otras acciones conexas tienen repercusiones perjudiciales para el comercio y los intercambios, tales consecuencias no convierten de por sí al sector afectado en un servicio esencial, y por ende, debería mantenerse el derecho de huelga en el mismo. Tomando nota de que se deben tener en consideración las condiciones propias de cada país, el Comité recuerda que en otros casos no consideró que el sector del petróleo constituyera un servicio esencial en el sentido estricto del término. (resaltado agregado).

Le invitamos a descargar, estudiar y compartir el documento completo enviado a SURCOS por la jurista costarricense Rosaura Chinchilla Calderón.

Proyecto 21049: opresor de la libertad sindical

La prohibición de las huelgas de carácter político es una medida aberrante, desproporcional y peor aún, inconstitucional; porque no se puede prohibir la libertad de expresión; máxime cuando se utiliza la huelga para preservar las libertades básicas.

Continuar leyendo

CTRN: Una peligrosa dictadura se incuba en la Asamblea Legislativa

La Confederación de Trabajadores Rerum Novarum advierte que las pretensiones de los partidos políticos de limitar libertades sindicales marcan una peligrosa tendencia contraria a los valores democráticos del pueblo costarricenses.

Le invitamos a leer el comunicado completo en la siguiente imagen.

 

*Imagen ilustrativa.

Compartido en redes digitales.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

 

Sindicato AESS señala grave error a diputado Benavides

“Ciertamente y gracias a nuestros antecesores Costa Rica obtuvo un prestigioso lugar, colmado de reconocimientos por su forma de vida, su Democracia (si su Democracia popular), su desarrollo y visión Social en total respeto de los Derechos Humanos y de su Medio Ambiente. Después de París y Nueva York fuimos la tercera ciudad iluminada del mundo y la primera en América Latina. Hemos sido abanderados de la Seguridad Social a nivel mundial. Hemos hecho buenas cosas. Sumado a ello, su belleza territorial y marítima, su paz y linda convivencia.

(…)

Costa Rica, en su división de siete provincias y ahora 82 cantones. Parlamentariamente, solo, tan solo 57 ocupantes con curul – que no llegan precisamente de un ejercicio real de la democracia en su plena ideología, sino que, por obra del paquete -. Esos seres humanos, una vez alcanzada la curul se transforman y por su apegada inmunidad, hasta ofenden a su pueblo y en el mejor de los casos, disponen productividad para favorecimiento de una minoría dominante y acomodada en capital. Las leyes de un país son el reflejo de las fuerzas político-económico dominantes, fiel reflejo del proyecto de ley que usted don Carlos, lidera.

(…)

Costa Rica, muy diferente a otras naciones (en especial de primer mundo) dio tempranero paso de respeto del Derecho, del bagaje jurídico y muy en especial de los Derechos Humanos y de los derechos de los trabajadores y patronos, con ello asentó el Derecho del Estado. Estos tres principios instrumentales son los cimientos de la Organización Internacional del Trabajo. La triada equilibrada – Trabajadores-Patrones-Estado -. Que hoy Usted pretende disolver erróneamente. Temerariamente, por cuanto, de pasar su capricho ya no tendríamos ese prestigio ni reconocimiento de Nación amante de la Democracia ni las Libertades Humanas. (…)”

Lea la carta completa en el siguiente enlace:

 

Enviado por Sindicato AESS CR.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Convención de RECOPE: Sala IV hizo lo correcto

Comunicado de prensa

Intendente de Energía se expone a demanda por prevaricato

ARESEP en la picota y UCCAEP atiza la confrontación

 

En el Colectivo Sindical PATRIA JUSTA estima que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha emitido un resolución estrictamente apegada a la institucionalidad jurídica nacional y al Derecho Internacional en materia laboral, con ocasión del fallo que “pone en su lugar” a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP); anulando la serie de tropelías y graves acciones de abuso de poder por ella cometidos, cuando esta entidad decidió anular, de facto, varios de los artículos de la actual Convención Colectiva de Trabajo vigente en la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), suscrita con su sindicato legítimo, integrante éste del Colectivo Sindical PATRIA JUSTA, el Sindicato de Trabajadores Petroleros, Químicos y Afines (SITRAPEQUIA).

En el marco de la irracional, injusta y confrontativa campaña de agresión ideológica y de terrorismo ideológico en contra del empleo público, del sector público mismo, de los derechos sociolaborales de las personas trabajadoras que en él laboran y de las organizaciones sindicales que les representan; el colectivo laboral de RECOPE fue de los más vilipendiados, siendo víctimas inocentes de ejecuciones mediáticas de carácter sumario, cuando ni siquiera son responsables en lo más mínimo del déficit fiscal pues esta institución no depende de las finanzas del Gobierno Central (Ministerio de Hacienda).

El fallo de la Sala IV, gústeles o no a los ideológicos y ejecutores de esa vil campaña, recuerda que en Costa Rica hay vigente una Constitución Política que consagra al instituto más importante del Derecho Colectivo de Trabajo, que es la Convención Colectiva de Trabajo, dándole rango de ley entre las partes: obrera y patronal (artículo 62 de nuestra carta magna).

La Sala IV está recordando con este fallo que Costa Rica, gústeles a o no, forma parte de la comunidad mundial de naciones y que en materia laboral pertenecemos a la Organización Internacional de Trabajo (OIT), entidad fundamental dentro del sistema de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Por tanto, hay toda una normativa de Derecho Laboral Internacional que Costa Rica debe observar y respetar, así relegitimada por la propia Asamblea Legislativa del país, como lo es el derecho de Negociación Colectiva que hoy, todavía más fuertemente, refrenda al más alto tribunal del país.

La Sala IV nos recuerda que la Libertad Sindical es un Derecho Humano Fundamental universalmente reconocido y que dentro del mismo, el derecho de Negociación Colectiva es intrínsecamente parte de esos Derechos Humanos fundamentales; por tanto, la ARESEP, en la persona de su Intendente de Energía, no solamente cometió esas graves tropelías contra la Constitución y contra el Derecho Internacional en materia laboral, sino que usurpó potestades que únicamente le competen a la propia Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

De ello que hemos de proponer al equipo dirigente del Colectivo Sindical PATRIA JUSTA entablar una demanda penal por prevaricato en contra del Intendente de Energía de la ARESEP, el señor Juan Manuel Quesada, a fin de que se haga responsable de su ilegal proceder cuando, de facto, usurpó potestades constitucionales en la materia de negociaciones colectivas en empresas públicas sujetas a la regulación de ARESEP.

Finalmente, es lamentable y condenable el anuncio del gremio representante del alto corporativismo del país, la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP), de que emprenderá acciones de inconstitucionalidad en contra de la Convención Colectiva de Trabajo vigente en RECOPE y hoy relegitimada por la Sala IV, pues esto representa un acto de provocación confrontativa.

Patria Justa

 

*Imagen con fines ilustrativos tomada del Facebook de Sindicato Sitrapequia

Enviado a SURCOS Digital por secretaría general ANEP.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

BUSSCO se reunió con presidente Solís y planteó sus principales demandas

Este pasado jueves 22 de octubre, los representantes del Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense (BUSSCO) se reunieron con el Presidente de la República, Luis Guillermo Solís y el ministro de la Presidencia, Sergio Alfaro, en un acercamiento para realizar la entrega formal de las principales demandas del grupo, de manera que se inicie un debate para promover resultados tangibles a las problemáticas que enfrenta la clase trabajadora y el pueblo costarricense.

“Solicitamos que se reactivaran las mesas de análisis y resolución de las situaciones especiales entre el BUSSCO y la jerarquía de instituciones como el Ministerio de Educación, la Caja Costarricense de Seguro Social, la Universidad de Costa Rica”, comentó Luis Chavarría, coordinador del BUSSCO y secretario general de UNDECA.

Asimismo, la organización presenta una agenda de temas relacionados con el ámbito económico, político y social y que aglutina los intereses inmediatos de los sectores sociales que representa el BUSSCO.

Entre los ejes de dicha agenda destacan la necesidad de establecer una política de salarios creciente, tanto para el sector privado como público, para lo cual consideran necesario cambiar la dinámica de las negociaciones salariales.

Otra temática que preocupa fuertemente a BUSSCO es la urgencia de establecer límites al aumento tarifario de los servicios públicos, a las excesivas tasas de interés por parte de los operadores de préstamos y tarjetas de crédito, así como el constante incremento de bienes de consumo, que deterioran la calidad de vida de los costarricenses.

“Consideramos que debe respetarse la libertad sindical, esto implica el derecho a huelga, a la libre sindicalización y a las negociaciones colectivas, por lo tanto, nos oponemos a los proyectos que se encuentran en la corriente legislativa que impulsan el salario único y el empleo público, los que atacan las convenciones colectivas y los acuerdos y normativas laborales”, agregó Chavarría.

También han definido de vital importancia, emprender acciones para el fortalecimiento de la Caja Costarricense de Seguro Social, por el rescate de su autonomía, contra la privatización de los servicios, la eliminación de las listas de espera y la prestación de servicios públicos oportunos y de calidad. La temática de las pensiones no se quedó por fuera, pues el BUSSCO se opone a las reformas regresivas de dicho tema.

En materia de educación plantearon que es indispensable el desarrollo de programas, infraestructura, equipo y recurso humano en centros regidos por el Estado y están en contra de la educación dual y el primer empleo, iniciativas que se discuten en la Asamblea.

En el tema de impuestos consideran que la estructura tributaria y fiscal debe ser un instrumento de igualdad social y no están de acuerdo con las propuestas regresivas para la transformación del 13% de impuesto de ventas en 15% de Impuesto al Valor Agregado y rechazan el impuesto al salario.

De la misma forma BUSSCO pidió que se de apoyo efectivo a los campesinos; que las telecomunicaciones vuelvan a ser un patrimonio nacional; nuevas políticas de acuerdos comerciales que favorezcan a las mayorías y una mayor participación social en la administración de los medios de comunicación. Estas y otras fueron las propuestas de BUSSCO.

Si desea mayor información puede comunicarse con Luis Chavarría, secretario general de UNDECA al 8367-27-37

 

*Imagen tomada de Lente Global.

Enviado a SURCOS Digital por Comunicación UNDECA.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Videos sobre Taller de Macroeconomía y derechos económicos y sociales

 

Videos sobre Taller de Macro economía y derechos económicos y sociales

El pasado 17 y 18 de noviembre, dentro del marco del Taller Nacional “Gobierno-Sociedad Civil para la discusión de la relación entre el diseño de la política macro-económica y la vigencia de los derechos económicos y sociales”, se desarrolló una sesión dedicada a la política laboral y se cerró con la idea de que hay intereses político-empresariales que pretenden reducir los derechos laborales al ámbito del derecho civil.

 

Las ideas principales desarrolladas durante el taller fueron:

-No hay democracia política sin respeto a los derechos laborales

-Los derechos son indivisibles.

-Los sindicatos son la organización natural para la promoción y defensa de los derechos laborales, así como en la incidencia en las políticas salariales.

Videos sobre Taller de Macro economía y derechos económicos y sociales2

En la organización de la actividad participaron los colegios profesionales de Sociología y Ciencias Económicas, el Centro de Investigaciones y Estudios Políticos de la UCR, el Centro de Estudios y Publicaciones CEP-ALFORJA, el Ministerio de Hacienda, la Primera Vicepresidencia de la República y la Oficina Regional de la CEPAL de México.

 

Videos del Taller

Gracias al valioso trabajo de edición realizado por don Adolfo Vega, profesional de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Costa Rica, se puede acceder a los videos sobre este taller y ser usados para la discusión política sobre la macroeconomía y los derechos humanos y con fines educativos en nuestro país y región. Estos fueron subidos al sitio web de la Facultad y pueden ser vistos en el siguiente enlace:

http://videos.fcs.ucr.ac.cr/videos/25/Taller-Nacional-Pol%C3%ADtica-Macroecon%C3%B3mica-y-Derechos/most_recent/all_time/

 

Enviado a SURCOS Digital por Mariano Sáenz Vega.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Taller macro-economía y derechos económicos y sociales

En el mes de noviembre del 2014 se realizó el Taller Nacional “Gobierno-Sociedad Civil para la discusión de la relación entre el diseño de la política macro-económica y la vigencia de los derechos económicos y sociales”. Como parte de las múltiples sesiones, una se dedicó a la política laboral; entre otras ponencias, una expuso que hay intereses político-empresariales que pretenden reducir los derechos laborales al ámbito del derecho civil.

La actividad estuvo organizada por los colegios profesionales de Sociología y Ciencias Económicas, el Centro de Investigaciones y Estudios Políticos de la UCR, el Centro de Estudios y Publicaciones CEP-ALFORJA, el Ministerio de Hacienda, la Primera Vicepresidencia de la República y la Oficina Regional de la CEPAL, ubicada en México.

 

A continuación ofrecemos una muestra gráfica de la actividad.

OLYMPUS DIGITAL CAMERAOLYMPUS DIGITAL CAMERA OLYMPUS DIGITAL CAMERA OLYMPUS DIGITAL CAMERA OLYMPUS DIGITAL CAMERA OLYMPUS DIGITAL CAMERA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Enviado a SURCOS Digital por Mariano Sáenz.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/

Debe retomarse perspectiva de Derechos Humanos en política laboral y salarial

Debe retomarse perspectiva de Derecho Humanos en política laboral y salarial3
El Taller Nacional Sobre el Diseño de Políticas Macro-económicas Desde el Enfoque de los Derechos Humanos se realizó en San José durante los días 17 y 18 de noviembre.

En el marco del Taller Nacional “Gobierno-Sociedad Civil para la discusión de la relación entre el diseño de la política macro-económica y la vigencia de los derechos económicos y sociales”, se desarrolló una sesión dedicada a la política laboral, una de cuyas conclusiones fue que hay intereses político-empresariales que pretenden reducir los derechos laborales al ámbito del derecho civil. “Estamos ante una competencia perversa por ver quién baja más los estándares laborales y quien valora más los activos financieros”, afirmó el especialista de Comisión Económica para América Latina, CEPAL, Pablo Yanés.

De acuerdo con un estudio de CEPAL, hay tendencias muy negativas en la región que deben ser revertidas, entre ellas la creciente informalización del trabajo, la disparidad en los mecanismos para la fijación de los salarios mínimos y el incumplimiento del pago una vez fijado dicho salario.

Otras falencias identificadas por el estudio, señalan el deterioro del diálogo social y la inserción de los países en el mercado mundial basada en ventajas comparativas de los países, que consideran el salario como un costo de producción que debe reducirse, al tiempo que la política salarial y laboral está en función del déficit fiscal. Sin embargo, de acuerdo con la CEPAL, un país con bajos salarios y trabajo precario no es sostenible, prueba de ello es que la pobreza y la desigualdad han crecido en la región en los últimos 30 años.

 

No hay democracia política sin respeto a los derechos laborales

Comentando los resultados del informe de la CEPAL, el abogado laboralista Estaban Calvo, destacó que en Costa Rica todos los derechos existen en el ámbito jurídico formal: están ratificadas la mayoría de las convenciones internacionales, se cuenta con la institucionalidad pública para que se plasmen los derechos laborales pero en la realidad del mundo del trabajo, nada se cumple y existe un alto grado de impunidad.

Citando al Informe del Estado de la Nación, el licenciado Calvo afirmó que si en el país se pagara el salario mínimo, se reduciría la pobreza en un 3%. Contrario a eso, sólo el 38% de los trabajadores se les respetan todos sus derechos y al 6% no se le respeta ninguno.

 

Los derechos son indivisibles 

Por su parte, la activista de los derechos laborales Ariane Grau, subrayó que el cumplimiento de los derechos laborales básicos: libertad sindical, negociación colectiva y derecho a huelga, son condiciones para el cumplimiento de otros derechos como el trabajo digno, la alimentación y la salud. Citó el ejemplo de derechos asociados de las mujeres trabajadoras como son la lactancia materna, que en ausencia de los otros derechos, no se hace efectivo, ante el riesgo de que la madre pierda su trabajo.

Para Grau, una política pública puede ser pertinente en materia fiscal, comercial o macro-económica pero restrictiva en materia de derechos laborales y eso es lo que está pasando en Costa Rica.

En el trabajo de CEPAL que sirvió para la reflexión, no se consideró la situación del mundo laboral rural, ni variables como el impacto que ha tenido en los salarios y en las condiciones laborales mundiales, la incorporación de 600 millones de chinos a la fuerza de trabajo internacional.

 

Un llamado a los sindicatos

Los sindicatos son la organización natural para la promoción y defensa de los derechos laborales, así como en la incidencia en las políticas salariales, sin embargo, para estar a la altura de esos desafíos, deben ser independientes, democratizarse y desburocratizarse, de manera que sean representantes legítimos de las y los trabajadores. Corresponde a las organizaciones sindicales “abandonar la zona de confort” en el sector público y organizar la fuerza laboral del sector privado, así como fortalecer los espacios de diálogo social.

En la organización de la actividad participaron los colegios profesionales de Sociología y Ciencias Económicas, el Centro de Investigaciones y Estudios Políticos de la UCR, el Centro de Estudios y Publicaciones CEP-ALFORJA, el Ministerio de Hacienda, la Primera Vicepresidencia de la República y la Oficina Regional de la CEPAL de México.

 

Juan Carlos Cruz-Barrientos

Comunicador social – docente