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Etiqueta: lucha social

A 16 meses del asesinato impune de Sergio Rojas Ortiz – Comunicado de FRENAPI

Comunicado de FRENAPI
A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL
A 16 MESES DEL ASESINATO IMPUNE DE SERGIO ROJAS ORTIZ
La lucha sigue y se extiende: 7 Fincas Recuperadas en Territorio Maleku

Si como sociedad queremos Paz, tiene que haber Justicia, que sólo se logra con el cumplimiento de TODOS los Derechos Humanos, de todas las personas y los Pueblos.

La reconciliación de la sociedad costarricense llegará cuando haya reparación y sanción. Sanción para los/as responsables de la violencia sistemática y crímenes contra personas indígenas, Comunidades, bienes materiales y espirituales de los Pueblos. Y reparación de los daños ocasionados por esos hechos violentos.

Hoy, 18 de julio del 2020, se cumplen 16 meses del ASESINATO del compañero Sergio Rojas Ortiz, Bribri de Salitre, zona Sur del país. Fundador y Co-coordinador del Frente Nacional de Pueblos Indígenas (FRENAPI), miembro del Concejo de Semillas Cuidadoras de la Tierra (Ditsö Iriria Ajkönúk Wákpa- CODIAW). Este crimen, se encuentra en total impunidad; sin sanción y sin reparación. A la fecha no hay “Informes” de las autoridades administrativas ni judiciales sobre resultados o avances de la investigación de este asesinato. La familia, las Comunidades en Salitre y en el resto de los Pueblos Indígenas, Movimientos Sociales, Instituciones, Organismos Internacionales, junto a muchas personas dentro y fuera del país, seguimos esperando.

Mientras tanto, la violencia contra los Pueblos Indígenas en Costa Rica, sigue aumentando: el 09 de febrero 2020 fue baleado Minor Ortiz Delgado (Tubolwak Bribri de Salitre); el 24 de febrero fue ASESINADO Jery Rivera Rivera (Brôrán de Térraba); a inicios de marzo se promovieron quemas de parcelas en las Recuperaciones de Tierras Indígenas de las Fincas Las Huacas de Salitre y Crun Shurín de Térraba; Se organizaron Marchas y Reuniones en Buenos Aires de Puntarenas, encabezadas por funcionarios municipales, líderes comunales y empresarios de los alrededores, para hostigar y agredirnos en nuestros territorios una de ellas fue la marcha del 07 de marzo del 2020, convocada por la Municipalidad de Buenos Aires, Iglesia Católica, Iglesias Evangélicas y Organizaciones Comunales de Campesinos del Cantón, quienes bajo un discurso de Marchar por la “Paz” dejaron claro el repudio hacia las recuperaciones de Tierra/Territorio.

La violencia sistemática en nuestra contra persiste. Las amenazas y persecución, continúan contra varios/as compañeros/as del FRENAPI y de las Fincas Recuperadas en los Territorios Brôrán de Térraba, Cabécar de China Kichá y Bribris de Salitre y Cabagra. Amenazas y agresiones que se dan tanto en las Comunidades, como por las Redes Sociales, de manera pública- abierta y de lo que tienen conocimiento autoridades del Poder Ejecutivo y Judicial ante las denuncias realizadas.

Cuando nos desalojaron violentamente de la Asamblea Legislativa, a un grupo de 27 delegadas/os de todos los Pueblos Indígenas en Costa Rica, sacándonos a rastras y golpes por la parte de atrás del Edificio en la madrugada del 10 de agosto del 2010, Día Internacional de los Pueblos Indígenas; la Asamblea del FRENAPI decidió que era el momento de iniciar el Proceso de Afirmación Territorial Autónoma (PATA). Fue Sergio junto con las/os hermanas/os Bribris de Salitre quien encabezó las primeras Recuperaciones Directas de Tierra/ Territorio, seguidas por las Comunidades de Cabagra, Térraba, Yimba Caj, China Kichá. Ese ejemplo de valentía indomable, sigue dando frutos y en abundancia, tal como vemos en las recientes 7 Recuperaciones en el Territorio Maleku, entre el 11 y 13 de julio del 2020.

El ASESINATO del hermano Sergio Rojas Ortiz, puso al descubierto al Estado Costarricense, como un Estado etnocida y negligente, responsable de toda esta violencia sistemática impune, que permite las invasiones y arrebato de nuestras Tierras/ Territorio, y otros actos delictivos contra nuestros Pueblos en lo material y cultural, que también permanecen en la impunidad. No hay justicia, no hay Paz.

Es esa violencia sistemática y sistémica, la que lleva a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a dictar Medidas Cautelares (de Protección) el 30 de abril del 2015 (MC 321–12–2015) a favor de las Comunidades Bribris de Salitre y Brôrán de Térraba para garantizar la vida y protección integral para las personas miembros de ambos Pueblos. Estas Medidas se mantienen, e incluso se podrían ampliar a otros Territorios por el aumento de la violencia ya mencionado.

Sergio abre un anchuroso camino que cada día se amplía, se fortalece y mantiene viva la Memoria, la Historia y la lucha de los 8 Pueblos Indígenas en Costa Rica. ¡Sergio NO murió, se multiplicó!

En la Lucha por Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas, Sergio se involucró, lideró su Organización Propia -el Concejo de Semillas Cuidadoras de la Tierra (Ditsö Iriria Ajkönúk Wákpa- CODIAW)- e integró la Coordinación Nacional del FRENAPI. Su lucha e impronta lo llevó a la cárcel por 5 meses, con una infundada acusación, pensando que podían, con eso, detener a las Comunidades, que por el contrario, aumentaron su movilización, recuperando más Tierras/Territorio. Esto fue causa de una feroz persecución contra Sergio que, finalmente les llevó al vil ASESINATO en la oscuridad y la serenidad de su casa en Yeri de Salitre, el 18 de marzo de 2019.

El Saneamiento Territorial, de invasores/as y usurpadores/as de las Tierras Indígenas, es imprescindible como elemento principal para que haya justicia y traiga la Paz a nuestros Pueblos; por ser un derecho ancestral, que lleva la sangre de tantos hermanos y hermanas, que como Sergio y Jery, no se doblegaron jamás y son motivación para mantenernos de pie hasta ver estas Tierras/ Territorios en manos de las Comunidades Indígenas que las habitan (Artículo 3 de Ley Indígena N°6172).

La Pandemia NO puede convertirse en un discurso cómplice de impunidad, ni en una justificación de violencia y discriminación contra nuestras Comunidades/Pueblos, ni tampoco la falta de recursos puede justificar la desatención y el abandono por parte del Estado/Gobierno a sus responsabilidades históricas, en una deuda que debe asumir para que podamos reconciliarnos como costarricenses, para vivir en paz, en una sociedad respetuosa de nuestros valores por el Buen Vivir, la defensa y el respeto de nuestra Madre Tierra, nuestra Autonomía, diversidad e identidad cultural y espiritual.

Enviamos de todas las Comunidades de Recuperantes de Tierra /Territorio Indígenas, los mensajes de alegría y de apoyo a las familias Malekus, que hoy asumen la tarea de luchar por su Autonomía y sus Derechos Humanos, cuenten con nuestro acompañamiento, sin condiciones. Esperamos que el Estado/Gobierno costarricenses, haga cumplir las Leyes y los Tratados que respaldan nuestros Derechos y nuestra Lucha.

A 16 meses de impunidad, a nuestro hermano Sergio desde la intimidad de nuestro espíritu le recordamos como la semilla que es, en cada recuperación de Tierra/ Territorio vemos su Siembra. NO nos detendremos hasta que su ASESINATO sea sancionado y reparado.

¡NO MAS IMPUNIDAD!
#SergioRojasVIVE
#JeryRiveraVIVE
¡LA LUCHA SIGUE Y SE EXTIENDE!
FRENTE NACIONAL DE PUEBLOS INDÍGENAS (FRENAPI)
Acompaña: COMITÉ NACIONAL DE APOYO A LA AUTONOMÍA INDÍGENA
18 DE JULIO, 2020

En los laberintos del robo y la mentira más descarada

Rogelio Cedeño Castro, catedrático UNA

Mienten descaradamente los medios de la maquinaria mediática totalitaria de este país, y tratan de cubrir de infamia a los profesores universitarios de este país, especialmente el diario La Nación y su redactora Dorelia Cerdas E, tal y como nos lo demuestran en el día de ayer, viernes 17 de julio de 2020, en los contenidos su página 11 (curiosamente referida a Sucesos y Judiciales), cuando titulan REFORMA DE LEY BAJA PENSIÓN DE EXRECTOR EN 3 MILLONES DE COLONES, con un curioso pretítulo donde afirman lo siguiente: “Monto de pensión bajó 5,8 millones a 2,6 millones”, cuando en realidad debían haber dicho que le “robaron” o saquearon más de mitad la pensión, para la que cotizó una vida entera el señor Henning Jensen. Ni una palabra de que pagará (ya paga) casi un millón de colones de impuesto sobre la renta mientras la ICE and Farm y La Nación no pagan nada por ese concepto, trescientos mil colones al régimen de enfermedad y maternidad de la Caja del Seguro Social a diferencia de la gran mayoría de los pensionados, medio millón de colones para cotizar a un régimen de reparto que ya no existe (artículo 70 de la ley 7531 de pensiones del magisterio nacional), puesto que lo saquearon los gobiernos entre 1958 y 1995, más de un millón de colones de “contribución” aumentada por artículo 71 de la ley 7531, cuyo destino será el agujero negro de la caja única del estado y otros montos desmesurados, todo eso si el señor exrector no tiene deudas, y otros compromisos familiares, como sucede a muchos pensionados universitarios que todavía nos dimos el “lujo” de jubilarnos. La pensión del señor Jensen, al igual que la de muchos de nosotros no fue rebajada, sencillamente fue escamoteada, con toda la saña e hipocresía del caso, mientras un coro de insultos de cobardes e ignorantes lo insultan (nos insultan) todos los días.

Al día siguiente, sábado 18 de julio de 2020, en su página 4, el diario producido por los más fieles discípulos de Joseph Goebbels, el ministro de propaganda de Adolfo Hitler(1933-1945), al que algunos llaman con mucha razón “La nazi-on”, en un texto de su redactora Silvia Artavia, habla de una contribución solidaria, a título de aporte “en solidaridad con los demás habitantes”, cuando en realidad lo que hicieron fue castigar a un numeroso grupo de pensionados cuyos montos nominales de pensión están entre los 2 y los 3 millones de colones, con lo que: “Anteriormente, el aporte se aplicaba solo a las jubilaciones superiores a los 4 millones en el caso del magisterio y a partir de los 2.7 millones en la DNP. Con la nueva ley el cobro se impone a todas las pensiones mayores a los 2.296.000…La entrada en vigencia de la norma permitirá cobrar el aporte solidario a un total de 4.118 pensiones de lujo, 3198 adicionales a las 920 que ya eran gravadas anteriormente por ese concepto.” Con todo esto lo que sucede el estado se apropia de 12 mil millones de colones diz que para otorgarlo como subsidios que llaman “pensiones no contributivas” (ibid) que vienen siendo manejadas a partir de la CCSS por lo que miente de nuevo La nazi-on: esas no son pensiones como bien lo demostró el economista Francisco Esquivel. En resumen, la población adulta mayor pensionada seguirá subvencionando a partir de su disminuido peculio a los grandes evasores y elusores fiscales, entre ellos los propietarios del diario La Nación, con lo que sucede así que quienes cotizaron durante décadas sumas mucho más altas que las del IVM de la CCSS (hasta un 17% de su salario), pagarán una vez el saqueo al fisco con affaires como la trocha, la ruta 27, la carretera Kooper- Florencia en San Carlos y muchas otras estafas al fisco…una mentira y otra de principio a fin, tenemos que empezar a proclamar la verdad, aunque los corifeos del régimen y los desinformados se molesten. El neofascismo acecha y se prepara para cosas mucho peores aún, las que afectarán en lo más hondo a las grandes mayorías de la población.

Otras voces sobre la propuesta de ley de aguas – webinario

Este lunes 20 de julio a las 3 de la tarde se realizará el webinario Otras voces sobre la propuesta de ley de aguas.

La transmisión será mediante los espacios de Facebook de Bloque Verde y de Kioscos Socioambientales.

Es una actividad organizada por Ríos Vivos, Kioscos Socioambientales, FECON y Bloque Verde. Participarán Angélica Alvarado, Álvaro Sagot, Dany Villalobos y Valeria Montoya quien será la moderadora.

El procedimiento de gestión de despido del enemigo

“Fusílenlo, después averiguamos” (Villa)

Manuel Hernández

  • VULNERACION DEL DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO DE DEFENSA

Existe un tema en el proyecto de Ley Marco de Empleo Público (Expediente N° 21336), ciertamente uno de los tantos desaguisados que contiene, que por las implicaciones tan serias, no puede pasar inadvertido.

Me refiero puntualmente a las modificaciones normativas que se pretenden de las reglas del procedimiento de gestión de despido, actualmente regulado en el artículo 43 y otros del Estatuto de Servicio Civil.

Estas variaciones de grueso calibre, fabricadas en los astilleros de MIDEPLAN, no pueden ser vistas con indiferencia, como si no fueran relevantes, porque tienen una incidencia directa en el debido proceso y derecho de defensa de los y las servidoras públicas, amparados por el Estatuto de Servicio Civil; es decir, para que se entienda, no estamos hablando de cualquier derecho, sino de Derechos Fundamentales.

Partiendo de lo anterior, analicemos este singular tema, empezando por las reglas actuales del procedimiento de gestión de despido, luego, advirtiendo las modificaciones que se pretenden y finalmente, ponderando el impacto de estas reformas.

I.- Las reglas del Estatuto de Servicio Civil que actualmente ordenan el procedimiento disciplinario, derivan directamente de la articulación de los numerales 39, 41 y 192 de la Constitución Política.

De conformidad con el canon de estas normas constitucionales, el servidor público sólo puede ser despedido, por motivo disciplinario, con base en las causales contempladas en la legislación, previo cumplimiento del debido proceso.

En términos generales, las normas del Estatuto estipulan que en los procedimientos de gestión de despido que promuevan los jerarcas de los Ministerios, la investigación administrativa la realizará la Dirección General de Servicio Civil, correspondiéndole al Tribunal de Servicio Civil dictar la resolución de primera instancia.

Esta resolución puede ser apelada ante el Tribunal Administrativo del Servicio Civil.

Una vez resumido, de manera muy esquemática, el procedimiento de ley vigente, pasemos de seguido a destacar las exorbitantes reformas que se pretenden introducir (de lege ferenda).

II.- En esta materia, los cambios sustanciales que propone el proyecto son cuatro modificaciones:

1.- La instrucción se realizará mediante el denominado procedimiento sumario, regulado en el artículo 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública (LGAP).

En las Actas de discusión del proyecto de esta ley, se consignó que procede el procedimiento sumario, a diferencia del ordinario, » (…) siempre que no haya conflicto, procesal o presente, con el administrado, ni perjuicio, material o previsible, para él, sea por tratarse de trámites que le favorezcan, o porque el acto final le sea indiferente.»

Esta clase de procedimiento está diseñada exclusivamente para la emisión de actos administrativos de carácter favorable, declaratorio de derechos, o actos de gravamen que tenga consecuencias disciplinarias muy leves, por ejemplo: amonestaciones verbales o escritas.

El sumario es un procedimiento cuyo objetivo es sustanciar la causa disciplinaria de manera célere y eficiente, en el plazo de un mes.

El procedimiento sumario no admite la proposición de pruebas, el debate –contradictorio- y la realización de audiencias.

2.- La instrucción del procedimiento sumario la realizará el propio Ministerio; es decir, el Ministerio donde la persona investigada presta sus servicios.

La instrucción de dicho procedimiento estará a cargo de un órgano director, que forma parte de la misma estructura orgánica del correspondiente Ministerio, subordinado del jerarca ministerial.

3.- El acto final le competerá dictarlo al mismo jerarca que ordenó la apertura del procedimiento.

4.- Este acto administrativo es susceptible de un recurso de revocatoria ante el propio jerarca y apelación ante el Tribunal de Servicio Civil.

Esta es la reingeniería que introduce el proyecto de empleo público, o mejor dicho, como veremos a continuación, el proyecto de des-empleo público, y no solo por los motivos que se exponen en este comentario, sino también porque el proyecto le apuesta a la externalización y privatización del los servicios públicos, lo cual quedará para otro análisis.

III.- Así las cosas, las implicaciones más serias que tiene esta modificación del procedimiento disciplinario son las siguientes:

1.- El procedimiento sumario está diseñado, como se explicó, en el ámbito disciplinario, exclusivamente para la sustanciación de asuntos que puedan conducir a la imposición de sanciones muy leves.

Entonces, resulta absolutamente irrazonable e inadecuado que se aplique este procedimiento en aquellas causas de las que se pueda derivar una sanción administrativa de cierta gravedad, como puede ser una suspensión disciplinaria sin goce de salario, pero aún más improcedente e inadecuado el sumario, cuando se pueda derivar la imposición de un despido.

Nuestra jurisprudencia reiteradamente ha establecido que el despido es la sanción más severa que puede sufrir un servidor público.

En consecuencia, cualquier procedimiento administrativo que ostente una pretensión disciplinaria de esta intensidad, cuyos efectos jurídicos puedan ser graves o muy graves contra el servidor, necesariamente tiene que cumplir los principios constitucionales del debido proceso y reunir las exigencias mínimas que garanticen plena y efectivamente la tutela y el ejercicio del derecho de defensa, sin cortapisas de ningún tipo.

No existe la menor duda que estas exigencias no las reúne, ni aun remotamente, el cuestionado procedimiento sumario.

El sumario se reduce prácticamente a un procedimiento de mera constatación, que enerva el derecho de defensa y el debido proceso, que constituyen pilares del Estado de Derecho.

2.- Por contrario a esta caricatura procedimental, la misma LGAP disciplina otro procedimiento administrativo, el procedimiento ordinario –aunque ciertamente no de carácter adversarial-, previsto para aquellas causas en que se pretenda imponer al funcionario público una sanción de cierta entidad, que puede ser una suspensión disciplinaria sin remuneración, destitución, o cualquiera otra de similar gravedad:

“El numeral 308 reseñado prevé y regula todas las etapas del debido proceso, estableciendo plenamente las etapas para el ejercicio del derecho de defensa, es aplicable para todos los procedimientos sancionatorios en los que se pueda causar perjuicio grave al investigado y en supuestos disciplinarios, cuando la posible sanción sea suspensión y/o revocatoria, y el procedimiento sumario

que restringe esas etapas del derecho de defensa, como la bilateralidad de la audiencia, es aplicable a aquellos casos no previstos para el procedimiento ordinario.” (Sentencia N° 89-2018-VI de TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA, SECCIÓN SEXTA, de 30/07/2018).

El procedimiento ordinario, muy diferente al sumario, garantiza en forma amplia el debido proceso, el derecho de defensa y el contradictorio.

3– No obstante, las reglas actuales del Estatuto de Servicio Civil configuran un procedimiento de carácter adversarial, en el que se confrontan directamente las partes intervinientes, cuya resolución compete dictarla a un órgano ajeno a las partes de la controversia, el Tribunal de Servicio Civil, que no forma parte de la misma estructura del Ministerio que gestionó el despido.

En el proyecto de ley, la Administración asume, en simultáneo, la doble condición de juez y parte: instruye y resuelve.

La doctrina más autorizada critica el esquema no adversarial de este procedimiento administrativo:

” La Administración reúne en el procedimiento administrativo la doble condición de juez y parte, razón por la cual el principio de imparcialidad, característico del proceso, resulta relativizado en cierta medida.” (García de Enterría, Curso de Derecho Administrativo, Tomo II, Civitas, 1981, p. 401).

El proyecto de ley viene a degradar la objetividad y la imparcialidad del procedimiento administrativo, porque la propia Administración asume simultáneamente esta doble y privilegiada condición; que además viene a quebrar el equilibrio razonable que debe tener todo procedimiento.

Esa especie de procedimiento implica un decaimiento del debido proceso, porque el acto final lo va a dictar el propio jerarca, en lugar del Tribunal de Servicio Civil, que luego tendría únicamente un recurso de apelación ante este Tribunal.

IV.- En síntesis, la iniciativa legislativa impulsada por el Poder Ejecutivo devalúa los estándares constitucionales del derecho de defensa, el debido proceso y la tutela efectiva, violentando aquellas normas de la Constitución Política y el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Asimismo, por su carácter regresivo, vulnera el principio de progresividad de los derechos fundamentales, contemplado en el artículo 26 de la misma Convención.

El proyecto legislativo da lugar a una reingeniería muy peligrosa del procedimiento disciplinario, con consecuencias muy gravosas contra los funcionarios y funcionarias que vayan a correr la suerte, probablemente muy poco afortunada, que se les aplique un pseudoprocedimiento de esta clase. Podríamos decir, algo así como una crónica de una sanción anunciada.

El procedimiento administrativo del enemigo, parafraseando a Gunther Jakobs, en toda su expresión.

Esta reconfiguración regresiva –in peius- del procedimiento de despido, se corresponde totalmente con la lógica autoritaria y antidemocrática de dicho proyecto de ley, maquillado por OCDE y BM.

En definitiva, ahora que está políticamente tan de moda la expresión, un martillazo en seco contra la Justicia, “valor supremo del ordenamiento”, como lo ha establecido la Sala Constitucional, copiado de algún trasnochado manual procesal draconiano.

15/07/2020

ALERTA de FRENAPI sobre amenazas y asedio a comunidad indígena Maleku, al Norte de Costa Rica

ALERTA TEMPRANA

Amenazas y asedio de finqueros en Conflicto por Tierras/Territorio en Comunidad Indígena Maleku, al Norte de Costa Rica

A los Organismos Regionales y Universales de Derechos Humanos
A las Organizaciones, Iglesias y Movimientos Sociales que trabajan por DDHH
A la opinión pública nacional e internacional

El día de ayer domingo 12 de julio del 2020, este Frente recibió la Acción Urgente, difundida por la Comisión Coordinadora y Facilitadora (COCOFA) del Congreso Indígena Nacional (COIN), en que informa de “amenazas de agresión por parte de finqueros No Indígenas, que se reclaman “dueños” de las al menos 5 Fincas recuperadas por familias Indígenas Malekus desde el pasado 09 de julio”. Al día de hoy, FRENAPI tiene información de que son 7 Fincas las recuperadas, lo que representa la mayor cantidad de fincas recuperadas simultáneamente en un Territorio Indígena, distribuidas en varios lugares del Territorio Maleku, entre los Palenques Margarita y Tonjibe, Camino Silencio, Curirre y Viento Fresco, lo que indica que la Comunidad entera se ve involucrada.

El Territorio Maleku es uno de los 24 Territorios, ocupados por los 8 Pueblos Indígenas en Costa Rica, una mayoría de sus habitantes (Malekus) conservan su lengua, espiritualidad y tradiciones ancestrales; sin embargo, es uno de los Territorios más afectados por la invasión, usurpación y explotación ilegal y devastadora de los recursos naturales, por parte de inescrupulosas/os, que han aprovechado las circunstancias de las barreras culturales, para hacer “negocios fraudulentos” y apropiarse de esas tierras indígenas en contra las Leyes costarricenses e instrumentos internacionales.

La Acción Urgente de la COCOFA-COIN, dio cuenta de la rápida presencia de personeros del Gobierno, los días 10 y 11 de julio del 2020 en la zona, buscando manejar el conflicto, dando como la propuesta a las familias recuperantes, “quedarse de cuidadores de las fincas y del ganado de las/os finqueras/os” (según se informa en la Acción Urgente del COCOFA-COIN), hasta que encuentren las soluciones, en el entendido de que el Plan Oficial de Recuperaciones de Territorios Indígenas (RTI), se encuentra desfinanciado y no ha logrado en 5 años resolver la violenta conflictividad por Tierra/Territorio en las Comunidades Indígenas al Sur del país, que tienen más de 12 años de haber iniciado las recuperaciones directas de Tierras/Territorio, ante la inoperancia y abandono del Estado/Gobierno y el fracaso de múltiples Mesas de Diálogo y Acuerdos de soluciones incumplidos, por los últimos 4 Gobiernos.

El Proceso de Afirmación Territorial Autónomo (PATA), impulsado por FRENAPI, provocó respuestas violentas por parte de las personas usurpadoras, con la complicidad directa e indirecta de funcionarios del Estado/Gobierno, incluyendo al Poder Judicial y otros actores locales y nacionales como la Municipalidad y algunos Medios de Comunicación; violencia que llegó a su máximo nivel con el asesinato del líder indígena bribri Uniwak Sergio Rojas Ortiz, del Territorio de Salitre, miembro Coordinador del FRENAPI el 18 de marzo del 2019, y más reciente el asesinato de Jery Rivera Rivera, Brôrán del Territorio de Térraba, ambos Territorios con Medidas Cautelares por la Comisión Interamericana (CIDH), desde el 30 de abril del 2015, en razón de la violencia sostenida, sistemática e impune que se desarrolla y se escala cada día contra estas Comunidades al Sur de Costa Rica.

Desde el FRENAPI, lanzamos ALERTA TEMPRANA, ya que las amenazas recibidas por las familias Malekus recuperantes, dan cuenta de una posible agresión, al observar el modus operandi de los NO Indígenas, aprendido en las experiencias de la violencia organizada por las personas finqueras usurpadoras del sur, junto a otros actores locales: aprovechan la noche, fines de semana y feriados, las distancias geográficas, la negligencia policial y para el momento, hasta las medidas restrictivas por la pandemia, que pueden jugar a su favor, con graves y conocidos resultados.

Las Autoridades del Gobierno y Poder Judicial, deben actuar oportuna y preventivamente, evitando el incremento de esta violencia directa y sistemática, por los graves e irreparables daños en la vida, la salud y los bienes de las Comunidades indígenas; para nuestros Pueblos la Tierra tiene un valor productivo – económico, de subsistencia y un valor cultural – espiritual. El Estado/Gobierno debe aplicar las Leyes y los Tratados Internacionales para proteger los intereses y Derechos Humanos Indígenas, que es su primera responsabilidad, impidiendo el desalojo y más agresiones a quienes por derecho propio y ancestral, hemos recuperado Tierra/Territorio, como cuidadoras/es que somos de esta Madre Tierra.

El FRENAPI reitera que la Lucha por la Afirmación Territorial Autónoma continuará hasta sanear todos los Territorios Indígenas y estos pasen a manos de las Comunidades que los habitan (Art.3 de la Ley Indígena N° 6172).

La Comunidad Internacional, Organismos de DDHH y las Organizaciones Sociales, tienen conocimiento de las graves violaciones a los DDHH de nuestros Pueblos, por lo que les solicitamos interceder ante el Estado/Gobierno Costarricense para que se actúe con prontitud, impidiendo que las personas finqueras usurpadoras e invasoras, continúen su ocupación ilegal en el Territorio Maleku y en los demás Territorios Indígenas en Costa Rica, que es una de las causas de mayor enfrentamiento violento en nuestras Comunidades.

Al Observatorio de Derechos Humanos y Autonomía Indígena –ODHAIN-, le solicitamos integrar una nueva Misión de Observación, por los medios posibles en las circunstancias actuales, a efecto de observar, constatar, documentar e informar sobre la situación de nuestros Pueblos, en especial lo que ocurre en las Comunidades que se encuentran amenazadas y acechadas por la violencia, en razón de las Recuperaciones de Tierra /Territorio.

No queremos más violencia, queremos Paz y respeto por nuestros Derechos, no pedimos nada a lo que no tengamos derecho; el Estado/Gobierno debe cumplir las Leyes y los Tratados suscritos y ratificados y por eso debe detener las agresiones, los despojos de nuestras Tierras Ancestrales, las invasiones de No Indígenas y ejecutar la orden para que estas personas se salgan de nuestras Tierras/Territorios; debe haber justicia pronta y cumplida ante las violaciones ocurridas en contra de nuestros Pueblos y que no queden en la impunidad. Ante la situación informada, bajo ALERTA TEMPRANA, responsabilizamos al Estado/Gobierno costarricense de cualquier agresión en contra de las familias recuperantes malekus y nuestra contra.

¡NO MÁS IMPUNIDAD!
SERGIO Y JERY VIVEN
¡LA LUCHA SIGUE Y SE EXTIENDE!
#SergioRojasVIVE
#JeryRiveraVIVE

FRENTE NACIONAL DE PUEBLOS INDÍGENAS (FRENAPI)
Acompaña: COMITÉ NACIONAL DE APOYO A LA AUTONOMÍA INDÍGENA
13 DE JULIO, 2020

Correo: frenapicostarica@gmail.com Facebook: FRENAPI-Costa Rica

Finqueros amenazan con agresiones a indígenas malekus

Conflicto de tierras/territorio

La Comisión Coordinadora y Facilitadora del Congreso Indígena Nacional – COCOFA / COIN, emite la presente ACCION URGENTE ante la Comunidad Nacional e Internacional, sobre la situación de un nuevo y reciente conflicto por tierras en el Territorio Indígena Maleku, al norte del país, en el Cantón de Guatuso, fronterizo con Nicaragua.

La situación se ha tornado muy tensa, a raíz de las amenazas de agresión por parte de finqueros/as NO Indígenas, que se reclaman “dueños” de al menos 5 fincas recuperadas por familias Indígenas Malekus desde el pasado 09 de julio del 2020 a la fecha. Las fincas están ubicadas en diferentes zonas del Territorio entre Palenques Margarita y Tonjibe, Camino Silencio, Curirre y Viento Fresco.

Este conflicto es de muchos años, además de ser uno de los heredados por la Conquista hace más de 520 años. Algunas de estas Fincas fueron “adquiridas” hace pocos años, por NO Indígenas, a través de negocios que la misma Comunidad Maleku ignora.

El Gobierno envió desde ayer 11 de julio del 2020 un grupo de funcionarios, encabezados por el viceministro de la Presidencia para el Diálogo y Encargado de los Asuntos Indígenas, Randall Otárola, que según se informó, se reunieron ayer mismo con autoridades Municipales y los/as Finqueros/as, hoy han visitado las Recuperaciones.

Las propuestas del Gobierno son que las personas indígenas recuperantes malekus se queden en las fincas “sin tocar nada”, o sea “cuidando las fincas de los No Indígenas usurpadores” mientras se buscan soluciones, como el Plan de Recuperación Territorial Indígena (RTI), que el Gobierno ha impulsado en la Zona Sur desde hace 5 años sin resultados positivos, más bien en los últimos 18 meses han asesinado a dos indígenas, como parte del conflicto de Tierras en Salitre (Sergio Rojas Ortiz) y en Térraba (Jery Rivera Rivera).

En Maleku los/as finqueros/as están amenazando con acciones violentas, se encuentran cerca de las recuperaciones y con la experiencia de las otras agresiones a comunidades indígenas, es posible que esperen la noche y aprovechándose de las medidas de restricción vehicular a causa de la pandemia, pretendan atacar a las familias recuperantes.

La Ley Indígena establece que “los Territorios Indígenas son inalienables, intransferibles y exclusivos de las comunidades indígenas que las habitan (Art. 3º.), por lo que ningún NO Indígena puede alegar posesión o propiedad de tierras indígenas, con pocas y muy restringidas salvedades, de quienes adquirieron antes del Decreto de Reconocimiento del Territorio Indígena o antes de la Ley Indígena 6172 de 1977.

Las acciones violentas que se puedan generar, serán responsabilidad del Estado/Gobierno costarricense, que tiene la obligación de sanear los Territorios y garantizar los Derechos Indígenas, así como la paz y la tranquilidad de nuestras comunidades en todos los Pueblos Indígenas en Costa Rica.

Comisión Coordinadora y Facilitadora -COCOFA-
CONGRESO INDIGENA NACIONAL -COIN-
Costa Rica, 12 de julio del 2020

Aporte de las universidades públicas y de su autonomía

Las universidades públicas son centros de generación de conocimiento, formación profesional y proyección a la sociedad. Son centros de reflexión y pensamiento crítico. No se dedican solo a atender problemas del presente, sino que proyectan su trabajo hacia el futuro. La autonomía garantiza ese espacio de reflexión crítica.

En este video de menos de dos minutos de la Alianza por una Vida Digna se presentan y amplían estas ideas:

En este enlace puede ver el artículo que contiene estas ideas escrito por el doctor José María Gutiérrez:

https://wp.me/p6rfbZ-bvW

Imagen: UCR

Por una visión sin estereotipos de las Universidades Públicas de Costa Rica – para firmar

La Asamblea Legislativa de Costa Rica votará el próximo martes 23 de junio los informes de la Comisión que estudio el Fondo Especial de la Educación Superior (FEES). El informe de mayoría que se debatirá en el plenario evidencia una visión economicista sobre el desarrollo y el bienestar, además de reproducir estereotipos sobre las universidades públicas.

Costa Rica es una nación que apuesta por la educación, que sabe que el conocimiento es esperanza, y aunque es urgente y necesaria la crítica y evaluación sobre aspectos diversos de la gestión de la educación superior, no se debe permitir el aval de un documento que no considera o interpreta de manera parcial y sesgada las fuentes de información a las que tuvo acceso como comparecencias, documentos oficiales y los Informes de la OCDE 2017 y el Estado de la Educación 2019. El estudio de esos documentos evidencia que de dichas fuentes se pueden extraer conclusiones muy diferentes a las del Dictamen de mayoría.

El claro énfasis dado a las debilidades puntuales de las universidades públicas lo hace desconocer sus mucho más numerosas fortalezas, lo que implica, por ejemplo, omitir del todo el desarrollo e impacto social, económico y científico que las carreras STEM y la investigación que en esos campos tiene en la Universidad de Costa Rica, que la sola lectura del dictamen deja la impresión de ser inexistentes. Nada más fuera de la realidad.

Varias de las conclusiones del informe de mayoría son de recibo, y la Universidad de Costa Rica reconoce que debe reconocer que urge la puesta en marcha de medidas de fondo en temas como salarios, equilibrio financiero a largo plazo y regionalización.

Para firmar:

Por una visión sin estereotipos de las Universidades Públicas de Costa Rica

¿Hacia qué tipo de sociedad nos quiere llevar UCCAEP? Ver video del foro

La Alianza por una Vida Digna invitó a reflexionar en torno a las vías para lograr solidaridad-social y equidad. Participaron: Esteban Arias Chavarría, politólogo con una maestría en Sociología; Sofía Cortés Sequeira, máster en Historia por la Universidad de Costa Rica; Flora Fernández Amón, empresaria comprometida con la justicia social; y Fernando Rodríguez Garro, integrante del Grupo de Economía Pluralista, académico de la Universidad Nacional, ex viceministro de Hacienda.

La Alianza por una Vida Digna le invita por este medio a dar la lucha cultural, «lucha que es de todas y todos quienes opten por una sociedad basada en la conjunción de valores como la solidaridad, la equidad, la justicia, el respeto a los derechos humanos». Por ello, se le invita a compartir en sus redes y medios este video.

Imagen: https://ajedrezsocial.org