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Etiqueta: negociación colectiva

La CTRN con SINTRAJAP presentan queja ante la OIT

La Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN), conjuntamente con su afiliado el Sindicato de Trabajadores de JAPDEVA (SINTRAJAP), el día de hoy han presentado una queja ante la OIT para denunciar la violación de los derechos sindicales resguardados en los convenios internacionales 87, 98 y 135, ratificados por Costa Rica, a raíz del atropello que JAPDEVA ha venido realizando contra la libertad sindical y la negociación colectiva.

A pesar de las diversas gestiones institucionales que tanto la Confederación como el Sindicato han estado llevando a cabo entre las partes, JAPDEVA de modo deliberado, unilateral y arbitrario persiste en desconocer e incumplir la convención colectiva vigente. Tampoco se ha podido lograr hasta la fecha la oportuna intervención de la autoridad del trabajo para solventar y hacer cumplir la legislación laboral y los convenios de la OIT.

Por tal motivo es que hemos tenido que tomar el camino de la denuncia internacional y recurrir ante los órganos de supervisión de normas de la OIT. De modo simultáneo estamos informando de dicha queja y situación a la Confederación Sindical de Trabajadores/as de las Américas (CSA), a la Confederación Sindical Internacional (CSI), y a la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte (ITF).

El desaplicar la convención colectiva y tratar de eliminarla es una acción antisindical, antidemocrática y antilaboral. Además, en el actual contexto de reforma institucional, esta actuación evidencia la falta de buena fe de la Presidencia de JAPDEVA, para quien la convención se erige en un obstáculo para hacer una reorganización unilateral, excluyente del sindicato, discriminatoria y lesiva para las trabajadoras y trabajadores de JAPDEVA. El sindicato se ve ahora marginado e imposibilitado de participar en dicha reforma, y de poder ejercer la defensa de sus agremiados y del valor social y económico de la propia empresa portuaria ante sus autoridades gerenciales

La queja fue entregada a las autoridades de la OIT en su sede en San José, para ser trasladada a su Oficina mundial en Ginebra (Suiza). La secretaria general de la Confederación, Fanny Sequeira, enfatizó “la importancia de la libertad sindical para la salud de la democracia”, y alertó sobre el aumento de casos (como el de JAPDEVA) en que se puede observar “el cada vez más fuerte desequilibrio entre capital y trabajo, cuyas consecuencias alejan al pueblo del trabajo decente con justicia social, generando condiciones para el surgimiento de fuertes conflictos sociales y colectivos”.

San José, 1 de diciembre 2022

La Junta Directiva de la CCSS no debe ceder a la indebida presión del Gobierno con el pago del ajuste salarial adeudado de los años 2020 y 2021

Comunicado de prensa

El presidente de la República Rodrigo Chaves llamó a cuentas al presidente ejecutivo de CCSS, Álvaro Ramos, cuestionando el acuerdo de la Junta Directiva de esta institución, que instruyó que se cancelara a las personas trabajadoras, el ajuste salarial que pactó la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público, a finales del año 2019, para todos los trabajadores del sector público y cuyo incumplimiento violentaría la negociación colectiva y los convenios internacionales de la OIT.

Por una parte, esta impropia conducta del presidente Rodrigo Chaves, constituye una abusiva intervención política, que vulnera la autonomía constitucional de la Caja.

Por otra parte, el presidente ignora que, en virtud de este acuerdo, aunque de manera muy tardía, la Caja está honrando una deuda que tenía pendiente con los trabajadores, desde hace más de dos años, así señalado por el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Planificación, en el oficio MTSS-DMT-OF-429-2020/MIDEPLAN-DM-OF-0479-2020, del 24 de abril de 2020, reiterado por Mideplan en oficio MIDEPLAN-DM-OF-0811-2021 del 10 de agosto de 2021.

Conforme con el artículo 695 del Código de Trabajo los acuerdos de la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público son vinculantes para todas las instituciones públicas, en este caso, desde el 2012 la Junta Directiva de la CCSS acordó aplicar los ajustes decretados para el sector público y debidamente ajustados a derecho.

Este acuerdo, adoptado en firme por la Junta Directiva, se fundamentó en sólidos criterios jurídicos y actuariales, que respaldan su legitimidad y garantizan la sostenibilidad financiera institucional.

El acuerdo tiene un carácter normativo, que da lugar a un derecho subjetivo, reconocido a favor de las personas trabajadoras, que jurídicamente no puede ser revocado por ese órgano supremo institucional, por más presión que ejerza el presidente de la República, su ministro de hacienda y algunos diputados.

Este acuerdo configura un derecho subjetivo pleno, amparado por el principio de intangibilidad de los actos propios de la Administración, de rango constitucional, que le impide a la Junta Directiva de la CCSS derogarlo o dejarlo sin efecto, en perjuicio de las personas trabajadoras que laboran al servicio de esa institución.

El ajuste salarial general, en el orden de 7.500 colones mensuales, está muy por debajo del exorbitante aumento que el propio presidente recetó, con cuchara muy grande a sus ministros y viceministros. Un jugoso aumento del 100% que en nada puede compararse al ajuste acordado para los trabajadores de la CCSS quienes, al igual que los funcionarios del sector público y pueblo costarricense han sufrido las graves consecuencias del impacto del combo fiscal y políticas neoliberales.

Demandamos al gobierno y sector empresarial el pago de la deuda acumulada desde hace años y que ronda los tres billones de colones. Dinero que vendrían a garantizar a la CCSS los recursos financieros para cubrir las diferentes necesidades que tenga esta institución en beneficio de todos los costarricenses.

Las organizaciones sindicales presentes hacemos un llamado de unidad a los trabajadores, organizaciones sindicales y sociales para hacer valer el pago del ajuste salarial. y, en consecuencia, se mantenga incólume ese justo pago, que más que merecido lo tienen las personas trabajadoras.

San José, 15 de setiembre de 2022

Histórico acuerdo de fútbol

Manuel Hernández Venegas

Después de un largo y complejo proceso de negociación, este martes 14 la Federación de Fútbol de España, pactó con las jugadoras y el sindicato de jugadoras de la Selección de Fútbol Femenima, igualdad en la remuneración de los porcentajes de las primas salariales, con un factor de corrección de discriminación positiva en las primas, la regularización de los derechos de imagen de las futbolistas y mejoras de las condiciones de trabajo.

De esta manera, España se suma a otros países que han alcanzado igualar las primas salariales y condiciones laborales, entre hombres y mujeres, como los países nórdicos, Inglaterra y otros.

Aunque con dificultad, en bastantes países avanza progresivamente la igualación de las remuneraciones y las condiciones de trabajo, entre hombres y mujeres.

La negociación colectiva ha jugado un rol muy importante en este proceso de igualación.

En varios países del mundo se reducen las brechas, mientras que en el país de la Pura Vida, se retrocede, profundizándose más las históricas desigualdades entre hombres y mujeres, y en general, la violacion de derechos fundamentales de la clase trabajadora, particularmente de la negociación colectiva.

En otros países, se reducen las jornadas de trabajo, sin afectar las remuneraciones, mientras que en la idílica Suiza Centroaméricana, se impulsa un proyecto salvaje, de destrucción de la jornada histórica de trabajo de 8 horas, que causará un perjuicio mayor a las mujeres trabajadoras de nuestro país.

Los neoliberales “criollos” van con todo, por todo y contra todos y todas.

UNDECA y sindicatos de salud se manifiestan en audiencia contra Ley de Empleo Público

Martha Rodríguez González, secretaria general adjunta de la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA) y representante del sector sindical en la Junta Directiva de la CCSS, junto a otras representaciones de sindicatos de salud, expusieron de forma conjunta en la Mesa Técnica de Escucha sobre las implicaciones legales de la ley Marco de Empleo Público 10.159, sus conclusiones sobre las implicaciones de esta regresiva ley.

En el espacio de exposición organizado por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), el licenciado Manuel Hernández Venegas, como vocero experto de UNDECA y organizaciones sindicales del sector salud, señaló de forma vehemente las violaciones jurídicas en derechos humanos, tratados internacionales y vicios de inconstitucionalidad, que afectarán la negociación colectiva y afectaciones generales para los y las trabajadoras de esta ley anti laboral.

Para ver la exposición completa puede acceder al siguiente enlace:

 

Fuente: youtube.com / facebook.com

Costa Rica ausente en la 110a Conferencia Internacional del Trabajo

El día lunes 30 de mayo de 2022, se presentó una denuncia contra el Poder Ejecutivo por incumplir con el envío de representación del sector sindical y trabajador a la 110a Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT.

Esta no acción podría representar una forma de aplacar las denuncias en materia de violación de los derechos laborales (persecución sindical, prohibición de huelga y condicionamientos de la negociación colectiva).

Conjuntamente, se advierte sobre el peligro para Costa Rica en cuanto a la firma de la Declaración de Consenso de Ginebra, que pone en riesgo el derecho de las mujeres a decidir sobre sus propios cuerpos, debido a que se opone directamente a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU.

Para más información sobre estos temas, ingresar en el siguiente enlace: https://fb.watch/dlTQ2bw5xW/

La ITF se pronuncia en solidaridad con SINTRAJAP

En el video que compartimos, Edgar Díaz, secretario regional de la ITF (Federación Internacional de Trabajadores del Transporte) de América Latina y el Caribe, y Enrico Tortolano, director de la sección portuario de la ITF, anuncian su solidaridad y apoyo con el Sindicato de Trabajadores de JAPDEVA y Afines Portuarios (SINTRAJAP) en su lucha para el reconocimiento y aplicación de su acuerdo de negociación colectiva con la Junta Administrativa de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA).

 

 

Volverán las oscuras golondrinas

Manuel Hernández.

Manuel Hernández

La histórica sentencia de F. Mitterrand es inapelable:

“Los trabajadores hacen huelga el lunes, porque suben el pan; el martes se manifiestan porque ganan poco; los miércoles protestan por la falta de libertades. Y el domingo votan a la derecha”.

Volverán, si volverán, el próximo domingo, como lo hicieron hace menos de 2 meses, a votar por cualquiera de los dos partidos, de derecha los dos, que representan los espurios intereses oligárquicos que tienen hundido en la miseria a nuestro pueblo.

Volverán a votar por los mismos que construyeron una cultura visceral de odio contra los y las empleadas públicas, para legitimar la proscripción de la negociación colectiva y el principal derecho de resistencia de la clase obrera: la huelga.

Volverán a votar por los mismos que desmantelaron JAPDEVA, INA y aprobaron la salvaje Regla Fiscal.

Muy temprano, a madrugar, para llegar a profanar la escuela del pueblo, del barrio.

Muy temprano, a madrugar, para llegar, de primeros, a reconciliarse con quienes se trajeron al suelo, en menos de 4 años, el Estado Social y Democrático.

Muy temprano, bien bañaditos, orgullosamente con cédula en mano, haciendo fila, como manada bien disciplinada, para dejar en el olvido lo que nos despojaron y arrebataron.

Los pueblos que olvidan su historia están condenados a repetirla.

Panorama gris para el empleo público

SITRAINA

El nivel de autoritarismo que se está pronunciando en la arquitectura jurídica nacional es alarmante. Uno de los principios fundamentales de la democracia es el pluralismo que le garantiza participación política, efectiva y real, a las diversas posiciones sobre la administración de la cosa pública. Para garantizar el pluralismo, contrario al autoritarismo que implica un sometimiento a una sola autoridad, el equilibrio de poderes es un pilar fundamental. De la necesidad del equilibrio de los poderes deriva la independencia de los tres poderes de la República (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), las autonomías municipales y universitaria y la libertad sindical y la negociación colectiva.

Los medios de comunicación masiva que representan la voz de los principales grupos de poder de este país se han encargado de estigmatizar a los sindicatos en una descarada campaña, generada después de la lucha en contra del TLC. Sin embargo, el desprestigio de los sindicatos en el fondo conlleva un profundo menosprecio por la libertad sindical y la negociación colectiva porque implican un equilibrio de poder entre la parte patronal y la parte trabajadora, una manifestación práctica de pluralismo político y un obstáculo para toda pretensión autoritaria de gobierno.

La reciente aprobación en segundo debate del Expediente 19431 o el proyecto de ley Marco de Empleo Público no es en realidad una medida de contención de gasto público, sino un abaratamiento de los bienes y servicios que presta el Estado para garantizar justicia y bienestar social. Bajo un argumento falacioso se ha hecho pensar a las masas que el problema fiscal es el “gasto” público y que recortando el “gasto” del Estado se solucionarán los problemas económicos. Ahora bien, lo que los/as neoliberales llaman “gasto” en realidad es “inversión” en salud, educación, agua, electricidad, seguros y calidad de vida que garantiza justicia y bienestar social para el pueblo costarricense. O sea, quieren desmejorar las condiciones de vida del pueblo para justificar un chivo expiatorio (el “gasto” público) que deje en el silencio la verdadera causa de la crisis económica: el fraude fiscal.

Además, este proyecto representa un avance del autoritarismo y un retroceso democrático en lo que concierne al pluralismo y el equilibrio de poderes, ya que imposibilita que la clase trabajadora de una institución negocie a través de sus sindicatos con las autoridades administrativas de la institución las condiciones salariales, mismas que son impuestas por MIDEPLAN.

Además, estas nuevas potestades de MIDEPLAN (un ente del Poder Ejecutivo) se aplicarán a todos los puestos comunes (el sector administrativo y de servicios no especializados) del Poder Judicial. O sea, el Poder Ejecutivo tendrá injerencia directa en los nombramientos del personal administrativo del Poder Judicial. Luego, esto constituye un golpe antidemocrático en contra del pluralismo y la independencia de los poderes de la República.

En conclusión, este proyecto de ley aprobado por la actual Asamblea Legislativa no es un proyecto de empleo público e implica un desmantelamiento descarado del orden jurídico nacional.

 

Foto: Archivo ODI, UCR

El gran desafío histórico

Manuel Hernández

La Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789), es la piedra angular de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).
El artículo 16 de la primera Declaración estableció:

“Artículo 16.-
Una sociedad en la que no está establecida la garantía de los Derechos, ni determinada la separación de los Poderes, carece de Constitución.”

Nuestra Constitución Política se promulgó hace más de 70 años (1949).
La custodia de la supremacía de nuestra Constitución y la supremacía de los Derechos Humanos se le confió a la Sala Constitucional.

Las opiniones consultivas de la Sala Constitucional acerca de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, la Ley de contrarreforma del Código de Trabajo, N* 9808, en materia de huelga, y los pronunciamientos más recientes del Proyecto de Ley Marco de Empleo Publico (N* 2021-017098 y N* 2022-02872), implican, en términos generales, lo siguiente:

1.- En primer lugar, una gravísima alteración del diseño constitucional y democrático de nuestro ordenamiento jurídico, que, por una parte, lesiona el principio de independencia de Poderes, y por otra parte, vacía de contenido las autonomías de las universidades públicas, CCSS y las municipalidades.
2.- El desmantelamiento y menoscabo de los servicios públicos, a merced de la salvaje Regla Fiscal.
Los servicios públicos son la infraestructura de la democracia.
3.-En tercer lugar, una grave vulneración de los derechos fundamentales de la clase trabajadora: el derecho de huelga y negociación colectiva.
La libertad sindical es inherente a cualquier sistema Democrático.
4.- Además, como si lo anterior fuera cualquier cosa, implica una seria lesión del derecho fundamental a un salario que sea suficientemente justo y remunerativo, que por lo menos se ajuste al aumento en el costo de vida.

Este aluvión de pronunciamientos del Tribunal del Perpetuo Martirio de la Constitución, se vuelan, de un solo plumazo, el principio de independencia de poderes y enervan derechos fundamentales de la clase trabajadora.

Pero no dejemos abandonado en el tintero el artículo 16 citado de la Declaración de los derechos del hombre y el ciudadano: nuestra Constitución fue derrumbada, porque los derechos más preciados de las personas trabajadoras no fueron garantizados y la arquitectura de nuestro ordenamiento constitucional fue aniquilada.

La jurisprudencia de la Sala, que en la práctica funciona como un Senado, abrazó la doctrina neoconstitucional, inspirada en el fundamentalismo neoliberal de Hayek, Buchanan y Friedman.
!Nos arrebataron, en tan poco tiempo, pero de una manera tan violenta, la Constitución de 1949!

Este es el mayor desafío histórico que tenemos: recuperar el Estado Social y Democrático.

Nos veremos en los foros internacionales

Manuel Hernández

El Tribunal del Perpetuo Martirio de la Constitución le dio el último toque de gracia a la Carta Magna de la 2* Republica.

MIDEPLAN transmutado en el nuevo Leavitan del Sector Público.

Las autonomías constitucionales hechas pedazos de un solo plumazo.

Se confirma la política extrema y salvaje de devaluación de los salarios de las personas servidoras públicas.

Un pronunciamiento que vulnera la Opinión Consultiva de la CORTEIDH, OC-27-21, que en materia de negociación colectiva en las Administraciones Públicas estableció 3 cuestiones fundamentales:
1.- El reconocimiento del derecho de negociación colectiva en la función pública, con fundamento en los Convenios 98, 151 y 154 OIT.
2.- La OC 27-21 dispuso que los Estados tienen la obligación de promover la negociación colectiva en la función pública.
3.- Pero, además, la CORTE IDH estableció que los Estados tienen que PRIVILEGIAR -literal- la negociación colectiva en la Administración Pública, en lugar de leyes que limiten los salarios (literal).

Una resolución del Senado Poltitico de Costa Rica radicada en los dogmas neoliberales de Buchanan y Friedman.
La democracia quedo herida de muerte.

Nos veremos en los foros internacionales.