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Etiqueta: no regresión ambiental

Sala IV fundamenta medidas cautelares en Playa Panamá por posible regresión ambiental y riesgo irreparable al bosque

La resolución mediante la cual la Sala Constitucional ordenó medidas cautelares en el caso de Playa Panamá no solo suspendió permisos y autorizaciones vinculadas al desarrollo inmobiliario en la zona, sino que dejó expuestos los argumentos jurídicos y ambientales que llevaron al magistrado instructor a intervenir de forma urgente. El documento identifica posibles violaciones constitucionales, ausencia de estudios técnicos y riesgo de daños graves e irreparables al ambiente.

El expediente cuestiona reformas introducidas por el Decreto Ejecutivo N.° 44448 MP-TUR, relacionado con el reglamento del Proyecto Turístico Golfo de Papagayo. Según se expone en la resolución, la normativa permitiría trasladar derechos de construcción entre fincas concesionadas incluso cuando no son colindantes, lo que podría ocasionar aumentos de densidad superiores a los límites originalmente autorizados.

Procuraduría advirtió inconstitucionalidad

Uno de los elementos centrales considerados por el magistrado Fernando Cruz Castro fue el criterio rendido por la Procuraduría General de la República, según el cual la figura de “compensación de densidad o coeficiente de ocupación” podría ser inconstitucional.

De acuerdo con la resolución, la Procuraduría señaló que esa regulación:

  • vulneraría el principio de no regresión ambiental;
  • fue aprobada sin estudios técnicos suficientes;
  • transgrediría el principio precautorio;
  • sería incompatible con el artículo 50 de la Constitución Política, que protege el derecho a un ambiente sano.

Riesgo inmediato por tala de 700 árboles

Otro aspecto determinante fue la advertencia presentada por el accionante sobre la autorización para talar aproximadamente 700 árboles en el Polo Turístico Golfo de Papagayo, dentro del contexto de un proyecto hotelero. El magistrado consideró que esa eventual afectación justificaba actuar de inmediato para prevenir daños materiales y posiblemente irreparables.

Aplicación del principio Pro Natura

La resolución también subraya que en materia ambiental debe prevalecer el Principio Pro Natura, criterio jurídico según el cual, ante dudas razonables o posibles impactos graves, debe optarse por la interpretación más favorable a la protección de la naturaleza. Este razonamiento fortaleció la decisión de imponer medidas preventivas mientras se analiza el fondo del caso.

Más que un conflicto local

El caso de Playa Panamá trasciende la disputa puntual por un proyecto turístico. La resolución pone en debate los límites del desarrollo inmobiliario en zonas frágiles, la obligación estatal de respaldar sus decisiones con evidencia técnica y la vigencia de principios constitucionales ambientales en Costa Rica.

El documento fue firmado por el magistrado instructor Fernando Cruz Castro.