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Etiqueta: pensiones

Junta Directiva CCSS traslada a “mando medio” nueva petición sobre reajuste de pensiones y fija plazo de 10 días para responder

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) remitió nuevamente a la Gerencia de Pensiones —es decir, a “mando medio”— la petición de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social sobre el reajuste de las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC) y del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), otorgando un plazo máximo de 10 días para responder.

El nuevo oficio, identificado como SJD-0360-2026, con fecha 24 de febrero de 2026, dispone el traslado del documento ACSS-002-2026 para su “debida atención dentro del ámbito de sus competencias”.

En dicho oficio, la Secretaría de la Junta Directiva señala que, aunque mediante el oficio SJD-1413-2025 se solicitó a la Gerencia de Pensiones un criterio técnico a más tardar el 9 de enero de 2026, “a la fecha no se ha recibido respuesta al respecto”.

Por ello, se instruye que la petición presentada por la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social sea atendida y comunicada en un plazo máximo de 10 días posteriores a la notificación.

Contexto: la solicitud de reajuste

La gestión original de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social, contenida en el oficio ACSS-003-2025 del 16 de diciembre de 2025, solicitó a la Junta Directiva:

  • Reajustar el monto básico de la pensión del RNC de ¢82.000 a ¢89.626 a partir del 1° de enero de 2026.

  • Revaluar al menos un 1% todos los montos de pensiones del IVM.

  • Reajustar la pensión mínima del IVM de ¢159.692,22 a ¢162.295,20.

La Auditoría Ciudadana fundamentó su solicitud en la pérdida de valor adquisitivo acumulada, señalando que las pensiones del RNC no se revalúan desde mayo de 2019 y que las pensiones del IVM presentan pérdida acumulada desde julio de 2020.

Respuesta previa de la Gerencia de Pensiones

En respuesta al oficio SJD-1413-2025, la Gerencia de Pensiones emitió el oficio GP-0029-2026, en el que indicó que el RNC depende de recursos presupuestarios girados por el Estado y que “hasta el momento el Estado no ha girado recursos presupuestarios para poder efectuar aumentos”.

En cuanto al IVM, señaló que cualquier revalorización requiere un estudio actuarial de la Dirección Actuarial y Económica y que, hasta contar con dicho estudio, es “imposible desde el punto de vista normativo y técnico” efectuar un aumento.

Respecto al monto mínimo del IVM, indicó que se aplicará el ajuste automático conforme al artículo 29 del Reglamento del Seguro de IVM.

Nueva petición de información

Ante lo anterior, la Auditoría Ciudadana remitió el oficio ACSS-002-2026, solicitando información específica, entre ella:

  • El monto concreto del reajuste que tendrá la pensión mínima de IVM y la fecha de pago.

  • Los oficios enviados al Gobierno solicitando presupuesto para el RNC y los estudios técnicos sobre la pérdida de valor adquisitivo.

  • Que la Junta Directiva exija a sus mandos medios la realización del estudio técnico para un nuevo reajuste del IVM.

La discusión se mantiene en el marco del derecho de petición y acceso a información pública, así como del debate sobre la sostenibilidad y suficiencia de las pensiones en un contexto de inflación acumulada y pérdida de poder adquisitivo.

La remisión del nuevo oficio SJD-0360-2026 reabre el plazo administrativo y coloca nuevamente en la Gerencia de Pensiones la responsabilidad de atender formalmente la solicitud planteada.

Pensiones en la CCSS: Junta Directiva sólo traslada respuesta de mandos medios y el Gobierno no paga

La discusión sobre el reajuste de las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC) y del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) suma un nuevo capítulo, tras la comunicación oficial enviada a la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) por parte de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

1. El punto de partida: solicitud de reajuste

Mediante oficio ACSS-003-2025, la Auditoría Ciudadana solicitó:

  • Revaluar el monto básico del RNC de ¢82.000 a ¢89.626.
  • Revalorizar al menos en 1% las pensiones del IVM.
  • Ajustar el monto mínimo del IVM de ¢159.692,22 a ¢162.295,20 a partir del 1° de enero de 2026.

La solicitud se fundamenta en la pérdida del poder adquisitivo acumulada y en la necesidad de garantizar condiciones dignas a personas pensionadas.

2. La respuesta de la Gerencia de Pensiones

En el oficio GP-0029-2026, del 6 de enero de 2026, el gerente de Pensiones, Jaime Barrantes Espinoza, respondió a la consulta elevada por la Junta Directiva.

Sobre el Régimen No Contributivo (RNC), la Gerencia indica que:

  • El RNC es financiado totalmente por el Estado.
  • La CCSS actúa como administradora.
  • “Hasta el momento el Estado no ha girado recursos presupuestarios para poder efectuar aumentos de las pensiones del RNC”.

Es decir, el obstáculo principal señalado es la ausencia de transferencia de recursos por parte del Gobierno.

En relación con el IVM, el oficio sostiene que cualquier revalorización requiere:

  • Estudio actuarial de la Dirección Actuarial y Económica.
  • Consideración de la Junta Directiva.
  • Condiciones financieras favorables del régimen.

Se añade que, desde octubre de 2023, no se recomiendan nuevos aumentos debido a tasas de inflación acumuladas negativas, aunque sí se han ajustado los montos mínimos conforme al reglamento.

3. El acuerdo de la Junta Directiva

El 12 de febrero de 2026, en sesión ordinaria N.° 9582, la Junta Directiva conoció el oficio GP-0029-2026 y adoptó un acuerdo unánime:

Se limitó a instruir a la Secretaría para trasladar el oficio de la Gerencia de Pensiones a la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social como respuesta.

Es decir, no tomó un acuerdo sustantivo sobre el reajuste solicitado, sino que acogió lo indicado por la Gerencia.

4. La crítica de la Auditoría Ciudadana

En su oficio ACSS-002-2026, del 17 de febrero de 2026, la Auditoría Ciudadana señala que:

  • La Junta Directiva no resolvió sobre el fondo del reajuste.
  • Se limitó a acoger lo indicado por un “mando medio” (Gerencia de Pensiones).
  • No se aportó el “criterio técnico” solicitado, sino que se remitió a la necesidad de que otro “mando medio” (Dirección Actuarial y Económica) lo elabore.

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social subraya que:

  • No se informó cuál será el reajuste de la pensión mínima del IVM ni su fecha de aplicación.
  • No se adjuntaron oficios enviados al Gobierno solicitando recursos para el RNC.
  • No se presentaron estudios técnicos actualizados sobre la pérdida de poder adquisitivo.

En su petición final, la ACSS solicita que la Junta Directiva exija a sus mandos medios la elaboración del estudio técnico para un nuevo reajuste del IVM, que no se revalora desde octubre de 2023.

5. Dos ejes centrales del conflicto

Del análisis conjunto de los documentos y antecedentes pueden identificarse dos núcleos del debate:

a) La falta de recursos del Gobierno para el RNC.
La Gerencia de Pensiones afirma que el Estado no ha girado recursos presupuestarios para aumentar el monto básico del Régimen No Contributivo. Esto coloca la discusión en el plano de la responsabilidad fiscal del Gobierno con la seguridad social.

b) La delegación en mandos medios.
La Junta Directiva, órgano superior de la institución, no adoptó una decisión política sobre el reajuste, sino que trasladó la respuesta técnica de la Gerencia. La Auditoría cuestiona que la responsabilidad se diluya entre gerencias y direcciones técnicas sin una definición clara del órgano máximo de gobierno institucional.

6. Un tema de fondo: poder adquisitivo y dignidad

En un contexto de encarecimiento de servicios básicos, medicamentos y alimentación, la discusión no es meramente técnica. Se trata de:

  • El poder adquisitivo de personas pensionadas.
  • La sostenibilidad financiera de los regímenes.
  • La responsabilidad del Estado en el financiamiento del RNC.
  • El papel de la Junta Directiva como instancia decisoria.

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social insiste en que el tema no puede quedar en una cadena de remisiones entre instancias administrativas, sino que requiere decisiones claras y transparencia.

El debate sobre el reajuste de las pensiones continúa abierto.

La discusión sobre el reajuste de las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC) y del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) suma un nuevo capítulo, tras la comunicación oficial enviada a la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) por parte de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

  1. El punto de partida: solicitud de reajuste

Mediante oficio ACSS-003-2025, la Auditoría Ciudadana solicitó:

  • Revaluar el monto básico del RNC de ¢82.000 a ¢89.626.
  • Revalorizar al menos en 1% las pensiones del IVM.
  • Ajustar el monto mínimo del IVM de ¢159.692,22 a ¢162.295,20 a partir del 1° de enero de 2026.

La solicitud se fundamenta en la pérdida del poder adquisitivo acumulada y en la necesidad de garantizar condiciones dignas a personas pensionadas.

  1. La respuesta de la Gerencia de Pensiones

En el oficio GP-0029-2026, del 6 de enero de 2026, el gerente de Pensiones, Jaime Barrantes Espinoza, respondió a la consulta elevada por la Junta Directiva.

Sobre el Régimen No Contributivo (RNC), la Gerencia indica que:

  • El RNC es financiado totalmente por el Estado.
  • La CCSS actúa como administradora.
  • “Hasta el momento el Estado no ha girado recursos presupuestarios para poder efectuar aumentos de las pensiones del RNC”.

Es decir, el obstáculo principal señalado es la ausencia de transferencia de recursos por parte del Gobierno.

En relación con el IVM, el oficio sostiene que cualquier revalorización requiere:

  • Estudio actuarial de la Dirección Actuarial y Económica.
  • Consideración de la Junta Directiva.
  • Condiciones financieras favorables del régimen.

Se añade que, desde octubre de 2023, no se recomiendan nuevos aumentos debido a tasas de inflación acumuladas negativas, aunque sí se han ajustado los montos mínimos conforme al reglamento.

  1. El acuerdo de la Junta Directiva

El 12 de febrero de 2026, en sesión ordinaria N.° 9582, la Junta Directiva conoció el oficio GP-0029-2026 y adoptó un acuerdo unánime:

Se limitó a instruir a la Secretaría para trasladar el oficio de la Gerencia de Pensiones a la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social como respuesta.

Es decir, no tomó un acuerdo sustantivo sobre el reajuste solicitado, sino que acogió lo indicado por la Gerencia.

  1. La crítica de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social

En su oficio ACSS-002-2026, del 17 de febrero de 2026, la Auditoría Ciudadana señala que:

  • La Junta Directiva no resolvió sobre el fondo del reajuste.
  • Se limitó a acoger lo indicado por un “mando medio” (Gerencia de Pensiones).
  • No se aportó el “criterio técnico” solicitado, sino que se remitió a la necesidad de que otro “mando medio” (Dirección Actuarial y Económica) lo elabore.

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social subraya que:

  • No se informó cuál será el reajuste de la pensión mínima del IVM ni su fecha de aplicación.
  • No se adjuntaron oficios enviados al Gobierno solicitando recursos para el RNC.
  • No se presentaron estudios técnicos actualizados sobre la pérdida de poder adquisitivo.

En su petición final, la ACSS solicita que la Junta Directiva exija a sus mandos medios la elaboración del estudio técnico para un nuevo reajuste del IVM, que no se revalora desde octubre de 2023.

  1. Dos ejes centrales del conflicto

Del análisis conjunto de los documentos y antecedentes pueden identificarse dos núcleos del debate:

a) La falta de recursos del Gobierno para el RNC
La Gerencia de Pensiones afirma que el Estado no ha girado recursos presupuestarios para aumentar el monto básico del Régimen No Contributivo. Esto coloca la discusión en el plano de la responsabilidad fiscal del Gobierno con la seguridad social.

b) La delegación en mandos medios
La Junta Directiva, órgano superior de la institución, no adoptó una decisión política sobre el reajuste, sino que trasladó la respuesta técnica de la Gerencia. La Auditoría cuestiona que la responsabilidad se diluya entre gerencias y direcciones técnicas sin una definición clara del órgano máximo de gobierno institucional.

6. Un tema de fondo: poder adquisitivo y dignidad

En un contexto de encarecimiento de servicios básicos, medicamentos y alimentación, la discusión no es meramente técnica. Se trata de:

  • El poder adquisitivo de personas pensionadas.
  • La sostenibilidad financiera de los regímenes.
  • La responsabilidad del Estado en el financiamiento del RNC.
  • El papel de la Junta Directiva como instancia decisoria.

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social insiste en que el tema no puede quedar en una cadena de remisiones entre instancias administrativas, sino que requiere decisiones claras y transparencia.

El debate sobre el reajuste de las pensiones continúa abierto.

Defensoría alza la voz por 45 mil pensionados que siguen sin aumentos por costo de vida

*Llevan ya 5 años sin recibir un ajuste a sus pensiones. Se trata de personas jubiladas que están en el Régimen Transitorio de Reparto bajo la administración de JUPEMA y otros que también están con cargo al Presupuesto Nacional administrado por la Dirección Nacional de Pensiones.

Un total de 45 mil personas pensionadas llevan 5 años sin recibir ningún ajuste por costo de vida, lo que hizo que la Defensoría de los Habitantes solicitara a la Asamblea Legislativa la urgente necesidad de promover iniciativas legislativas que permitan revisar el actual modelo de ajuste por costo de vida aplicable a las pensiones del Régimen Transitorio de Reparto y también aquello con cargo al Presupuesto Nacional, a fin de garantizar un mecanismo de actualización periódico, técnico y sostenible.

Para la Defensoría el no ajuste de las pensiones por costo de vida trae graves consecuencias para la vida de las personas pensionadas adultas mayores, quienes se enfrentan a una pérdida progresiva del poder adquisitivo; así como enfrentarse al impacto de aumentos en bienes y servicios esenciales como la salud, compra de medicamentos, alimentación y, servicios públicos, colocando a esta población a una situación de vulnerabilidad económica.

Toda esta problemática se registra ante la decisión de congelar los incrementos salariales por costo de vida, y en acatamiento del principio de legalidad y de lo establecido en el artículo 11, título IV, de la Ley 9635, Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas—, pues únicamente sería posible otorgar nuevos aumentos cuando el país alcance un nivel de deuda que permita ampliar el gasto corriente, y solo así podrían autorizarse ajustes por costo de vida tanto para los servidores públicos activos como, consecuentemente, para las personas pensionadas.

Para la Defensoría el no aumento por costo de vida de las pensiones constituye una medida regresiva de los derechos sociales y económicos, ya que disminuye la protección económica previamente garantizada y por ello, cualquier disposición normativa regresiva debe ser justificada, proporcionada y sobre todo temporal, en virtud de que la ausencia de ajustes puede empujar a un número creciente de personas adultas mayores hacia situaciones de pobreza, pobreza extrema o indigencia. Valga la pena indicar que el ajuste de las pensiones es un derecho adquirido por parte de los pensionados, y que el mismo debe responder a criterios no abusivos sino proporcionales y razonables.

Si bien el Ministerio de Hacienda, mediante oficio n.° MH-DM-1594-2025, de fecha 13 de octubre de 2025, informó a esta Defensoría que para este año 2026 se realizó una previsión presupuestaria anual en remuneraciones y contribuciones sociales, a fin de cubrir un monto de hasta ¢10.000,00 por concepto de incremento por costo de vida para los salarios de los empleados públicos bajo la modalidad de salarios compuestos; es preciso señalar que dicho aumento no soluciona el problema denunciado. Lo anterior obedece, en primer término, a que el incremento aún no se ha materializado y, en segundo lugar, a que continúan vigentes las disposiciones legales que vinculan el ajuste por costo de vida de las personas pensionadas a los aumentos salariales de los empleados públicos.

En consecuencia, esta Defensoría considera indispensable efectuar las reformas normativas correspondientes, con el fin de evitar que este tipo de congelamiento vuelva a presentarse en el futuro, así como un medio para hacer justicia a las personas pensionadas del Régimen Transitorio de Reparto y de aquellas con cargo al Presupuesto Nacional.

La Defensoría de los Habitantes tiene conocimiento que ante la Asamblea Legislativa se presentó el proyecto de ley 24.353, el cual pretende reconocer el ajuste por costo de vida a aproximadamente 30.000 personas cuyas pensiones han permanecido congeladas durante el último quinquenio. Dicho proyecto fue aprobado por la Comisión de Asuntos Hacendarios y se encuentra a la espera de ser remitido al Plenario Legislativo en sesiones ordinarias. De ahí que sea necesario su conocimiento en Plenario.

FECTSALUD alerta sobre el deterioro de pensiones y llama a defender la seguridad social con el voto

La organización plantea que la defensa de las pensiones y el sistema de seguridad social exige una participación activa en las urnas.

La Federación Costarricense de Trabajadores de la Salud (FECTSALUD) publicó un análisis titulado El asalto al futuro, en el que alerta sobre un deterioro acelerado del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y de las pensiones no contributivas bajo la actual administración de gobierno, y plantea la defensa de la seguridad social como un desafío central de cara a las próximas elecciones nacionales.

Según el diagnóstico, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), que por décadas ha sido un pilar de protección contra la miseria y la exclusión social, enfrenta un empleo de sus reservas con señales de desbalance estructural, profundizado por la falta de abono a la deuda estatal, lo que —en la lectura de FECTSALUD— “devora sus propias reservas para sobrevivir” y coloca a la seguridad social en una situación de vulnerabilidad inédita. El documento señala cifras acumuladas de endeudamiento que impactan directamente en la viabilidad futura de las pensiones y advierte sobre la congelación de pensiones no contributivas que constituyen la última red de apoyo para miles de personas que cotizaron y contribuyeron durante su vida laboral.

Frente a este panorama, FECTSALUD sostiene que defender la Caja Costarricense de Seguro Social equivale a defender la democracia y la dignidad de las mayorías. El comunicado presenta la elección venidera como un momento crucial para que la ciudadanía utilice el voto como herramienta de defensa de los derechos sociales y de la seguridad social. Desde esta perspectiva, el voto no es solo una expresión de preferencia política, sino un acto de resguardo de conquistas sociales históricas, como el acceso a pensiones y servicios de salud de carácter universal y solidario.

FECTSALUD también alerta sobre el riesgo de una narrativa que banaliza o deshumaniza las demandas de las personas pensionadas y de quienes dependen de la CCSS, recordando que detrás de los números hay vida, dignidad y bienestar. El documento hace un llamado a las personas a ejercer su derecho al voto con conciencia crítica, con la meta de proteger el futuro de las pensiones y la estabilidad del sistema de seguridad social para las generaciones actuales y futuras.

👉 Visite la página para ampliar el análisis y acceder al documento original:
https://el-asalto-al-futuro-9t51ka0.gamma.site/el-asalto-al-futuro

Auditoría Ciudadana atenta a situación de pensiones – CCSS confirma recepción del trámite

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) informó que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) acusó recibo oficial de la documentación presentada en el marco de la solicitud ACSS-001-2026, relacionada con el reajuste de las pensiones del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y del Régimen No Contributivo (RNC).

El acuse de recibo fue enviado el viernes 30 de enero de 2026 desde la cuenta institucional de Correspondencia de la CCSS, en el cual se indica que la documentación remitida será asignada a la unidad destinataria para el análisis de los requisitos de admisibilidad, y que, de ser necesario, se solicitará la subsanación correspondiente. La CCSS también aclara que dicha dirección de correo es de uso exclusivo para la recepción de documentos de unidades que la reconocen como medio oficial.

La gestión ACSS-001-2026 da seguimiento a una solicitud previa presentada el 18 de diciembre de 2025 ante la Junta Directiva de la CCSS y la Gerencia de Pensiones, en la que la Auditoría Ciudadana solicitó un criterio técnico y fundamentado sobre el reajuste de los montos de las pensiones del IVM y del RNC. Según consta en el documento, la Junta Directiva trasladó la solicitud a la Gerencia de Pensiones, fijando como plazo máximo el 9 de enero de 2026 para emitir respuesta; sin embargo, al cierre de enero no se había comunicado resolución alguna.

Ante el vencimiento del plazo, la Auditoría Ciudadana solicitó formalmente copia digital del criterio técnico emitido por la Gerencia de Pensiones y de lo acordado por la Junta Directiva, como parte de su labor de control ciudadano y vigilancia del derecho a la seguridad social, especialmente en un contexto de creciente preocupación por el poder adquisitivo de las pensiones y el cumplimiento de las obligaciones institucionales.

La ACSS ha venido desarrollando diversas acciones públicas orientadas a la defensa del sistema solidario de pensiones, entre ellas solicitudes de información, análisis técnicos, pronunciamientos públicos y llamados a la transparencia institucional, con el objetivo de garantizar que las decisiones sobre pensiones se adopten con criterios técnicos claros, información oportuna y respeto a los derechos de las personas pensionadas, particularmente de quienes dependen del régimen no contributivo.

Línea de tiempo reciente – Gestiones de la ACSS sobre reajuste de pensiones

18 de diciembre de 2025
La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) presenta ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), específicamente ante la Junta Directiva y la Gerencia de Pensiones, una solicitud formal de información relacionada con el reajuste de las pensiones del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y del Régimen No Contributivo (RNC), solicitando criterio técnico y fundamentos utilizados para la toma de decisiones.

Diciembre de 2025
La Junta Directiva de la CCSS traslada la solicitud a la Gerencia de Pensiones, estableciendo como fecha límite el 9 de enero de 2026 para emitir el criterio técnico correspondiente.

9 de enero de 2026
Vence el plazo establecido por la Junta Directiva para responder a la solicitud de la ACSS, sin que se haya comunicado respuesta pública ni notificación formal a la organización ciudadana.

Enero de 2026 (posterior al vencimiento del plazo)
Ante la ausencia de respuesta, la ACSS presenta una nueva gestión (ACSS-001-2026) solicitando copia digital del criterio técnico emitido por la Gerencia de Pensiones y de lo acordado por la Junta Directiva, como parte de su labor de control ciudadano y vigilancia del derecho a la seguridad social.

30 de enero de 2026
La CCSS envía acuse de recibo oficial de la documentación presentada por la ACSS, indicando que la solicitud será asignada a la unidad destinataria para el análisis de los requisitos de admisibilidad y que, de ser necesario, se solicitará la subsanación correspondiente.

 

¿Qué clase de Estado tenemos y qué clase de Estado queremos?

Por Marjorie Hernández Delgado
Docente

“El Estado, no lo olvides jamás, no tiene recursos que le sean propios,
no tiene nada, no posee nada que no tome de los trabajadores”.
Frédéric Bastiat

Al calor de la campaña política acercándonos a las elecciones presidenciales y en la algarabía y pasión que despiertan los debates con los candidatos a la presidencia, se escucha como un estribillo “…tenemos un Estado Social de Derecho”, pero ¿realmente lo tenemos?

Porque en nombre de ese llamado Estado Social de Derecho se han aprobado leyes espurias en las últimas administraciones gubernamentales, que han venido a socavar los derechos de las personas. Al hablar de personas me refiero a los trabajadores, a los jubilados, a los estudiantes, a los enfermos, a los productores, a los comerciantes informales o formales, en fin, a toda la población que debe gozar de la protección del Estado como mandato constitucional y, sobre todo, los sectores más vulnerables.

Entonces, no podemos decir actualmente que gozamos de un Estado Protector, de un Estado Justo y Equitativo y menos de un Estado Benefactor y Democrático. ¿Por qué? Por la simple razón de que se rompió o rompieron el Pacto Social que décadas atrás nos diera como producto nuestra preciada Carta Magna. La misma donde se procuraba la justicia social, la equidad, respeto a los derechos individuales y colectivos, las garantías sociales y aseguraba el orden jurídico que regiría la Nación.

Podemos hablar de varios actores que provocaron esa ruptura del Pacto Social (Carta Magna). Las cúpulas de poder económico y político del país, aquellos tomadores de decisiones que por intereses mezquinos solo han pensado en su propio beneficio y no en el bien común, aquellos que, gozando del beneficio de haber sido electos por el pueblo para ser representado dignamente, solamente obedecen a sus propios intereses, los de quienes les financiaron sus campañas políticas o los colocaron en los puestos que ocupan.

Es así como nacieron adefesios jurídicos, por ejemplo, “el combo fiscal”, la ley 9635, o Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, que con su ley de Empleo Público generó más desigualdad e inequidad en lugar de cerrar brechas laborales-salariales con su famoso salario global, castigando a los trabajadores más antiguos. También la Regla Fiscal, que ha provocado tanto daño a los trabajadores del sector público con el congelamiento salarial indefinido, llevando ya seis años y contando, cuya promesa de que se aumentará el mismo suena más a una quimera, sarcasmo o burla despiadada. O los recortes de presupuesto temerarios en los programas de transferencias sociales, educación, salud y seguridad. Y la famosa imposición del 1% a la Canasta Básica, que aparte de los muchos productos que sacaron de la misma, los que quedaron fueron gravados con el IVA, afectando con esto a los sectores más vulnerables y vulnerando otros como bien lo demostró en su momento el Observatorio Económico y Social de la UNA. Además, la Ley 9808 conocida como ley anti huelgas, para coartar el derecho a la protesta social pacífica.

Sin embargo, ¡a pesar de violentar todos los derechos establecidos en la Constitución Política, la Sala Constitucional no halló ningún vicio que riñera con la Carta Magna! Causando estas leyes todo el desequilibrio económico y social que vive el país, porque se le dio prioridad al pago de una eterna deuda pública, que nunca se ha renegociado por el bien de la población vulnerable y vulnerada, sino que beneficia únicamente a los tenedores de la misma.

¿Dónde quedó el artículo 50 de la Constitución Política sobre “El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza”? ¿Cuál fue la reactivación económica prometida, el aumento de empleo y la disminución de la pobreza? ¿A dónde quedó la generación de mayores oportunidades para los jóvenes? ¿Es esto un Estado Social de Derecho?

Otra falencia en los debates políticos es que nunca se tocó el tema pensiones de manera clara y abierta, siendo este un tema país, que ha estado en la palestra desde hace más de tres años y que ha tomado relevancia en los últimos meses por la discusión sobre la devolución del ROP.

Siendo que la ley 9906 que impuso la entrega del ROP a cuenta gotas, arrebatando a los jubilados el derecho de recibir este fondo completo al momento de la jubilación, causándoles grandes perjuicios y beneficiando únicamente a las operadoras de pensiones, violenta no solo los artículos constitucionales: 09 sobre la participación ciudadana al aprobarse de manera inconsulta, el 50 sobre la distribución de la riqueza, el 45 sobre la propiedad privada porque son cuentas individuales que le pertenece a cada trabajador, sino que también violenta la ley 7935, Ley de Protección al Adulto Mayor.

Pero lo peor de todo esto es que instituciones públicas como SUPEN y el Banco Central, de manera irresponsable defienden los intereses del Capital Financiero dejando totalmente desprotegidas a las personas jubiladas en la etapa más crítica de su vida, la vejez. Por eso no podemos afirmar que tenemos un Estado Social de Derecho, tenemos actualmente un Estado avasallador, un Estado opresivo que ha permitido la aprobación y ejecución de leyes espurias, que han roto el Pacto Social constituido en 1949, el cual trajo paz y justicia social.

Por tal razón, los invito a salir a votar este domingo 1º de febrero, pero que sea un voto informado, un voto pensado, un voto que nos permita recuperar la Democracia, donde el pueblo tenga verdadera participación ciudadana en la construcción de las políticas públicas, donde los administradores del Estado brinden rendición de cuentas y una evaluación de resultados, según lo establece nuestra Carta Magna (art.11), un Estado benefactor, protector, un Estado donde impere el principio de justicia social y equidad, un Estado donde se busque el bien común y la seguridad ciudadana, donde se respeten los derechos de las personas y se valore el impacto que puede causar las leyes que se van a aprobar. Ese es el Estado que queremos y como ciudadanos y ciudadanas tenemos la responsabilidad de velar para que así sea, porque también somos actores y parte fundamental de éste al contribuir con nuestros impuestos.

FRENASS llama a votar por la defensa de la seguridad social ante uso de reservas del IVM

El Frente Nacional por la Seguridad Social (FRENASS) emitió un pronunciamiento público en el que expresa su preocupación por la situación de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y su relación con la coyuntura electoral.

Según señala FRENASS, el 21 de enero de 2026 el Semanario Universidad informó que la CCSS se vio obligada a utilizar más de ₡300.000 millones de colones provenientes de intereses del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) para hacer frente al pago de pensiones y aguinaldos en 2025.

La organización recuerda que, durante la administración Chaves Robles (2022–2026), se exigió al Ministerio de Hacienda el cumplimiento de las obligaciones financieras del Estado con la CCSS. Sin embargo, ante las reiteradas negativas de girar los recursos requeridos, la institución se habría visto forzada, por primera vez, a recurrir a las reservas del régimen de pensiones, una situación que FRENASS califica como alarmante.

En su pronunciamiento, FRENASS considera vergonzosa e irresponsable esta actuación, al advertir que pone en riesgo tanto el acceso a una salud pública de calidad como la sostenibilidad futura del régimen de pensiones del IVM. La organización subraya que el debilitamiento financiero de la seguridad social tiene consecuencias directas sobre los derechos de la población trabajadora y pensionada.

Desde su rol como organización defensora de la seguridad social en un sentido amplio, FRENASS hizo un llamado respetuoso pero vehemente a la ciudadanía, instando a reflexionar y a ejercer el voto por candidaturas a la presidencia y diputaciones comprometidas con un modelo de acceso universal a la seguridad social.

El pronunciamiento enfatiza que el continuismo no es una opción, al considerar que la salud y las pensiones no deben ser tratadas como un negocio, sino como derechos humanos fundamentales. En ese marco, la organización advierte que el futuro de las personas, sus familias y seres queridos está en juego.

Finalmente, FRENASS reafirma su llamado a defender las conquistas históricas del pueblo y concluye con una consigna clara en defensa de la institucionalidad solidaria:
“¡La Caja no se vende, la Caja se defiende!”

ACOJUPEMA cuestiona a SUPEN y exige respeto al derecho de retiro completo del ROPC al jubilarse

La Asociación de Cotizantes, Jubilados y Pensionados del Magisterio Nacional (ACOJUPEMA) remitió un manifiesto a la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) y a diputadas y diputados de la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, en el que refuta diez afirmaciones oficiales utilizadas para justificar la entrega fraccionada del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) a las personas jubiladas.

Según el documento, ACOJUPEMA retoma la lucha por el derecho al retiro completo del ROPC en el momento de la jubilación, tal como lo establecía la ley original, y sostiene que los argumentos divulgados por SUPEN no solo son incorrectos, sino que favorecen a las operadoras de pensiones en detrimento de las personas trabajadoras y jubiladas.

El ROPC como patrimonio individual

El manifiesto subraya que el ROPC no es un ahorro colectivo, sino una cuenta individual construida a lo largo de la vida laboral mediante un aporte bipartito equivalente al 4,25 % del salario reportado a la CCSS, del cual un 1 % corresponde a la persona trabajadora y el resto al patrono. En ese sentido, la asociación afirma que estos fondos constituyen patrimonio exclusivo de cada cotizante.

Cuestionamientos a los argumentos de SUPEN

ACOJUPEMA desmiente que la entrega completa del ROPC represente un riesgo macroeconómico o un “retiro masivo”, señalando que solo acceden a estos fondos quienes cumplen los requisitos de jubilación, lo que limita el impacto a un porcentaje reducido del total de afiliados. Además, recuerda que no todas las personas se jubilan al mismo tiempo, por lo que no puede hablarse de una afectación generalizada al sistema.

El documento también cuestiona la afirmación de que los fondos sean fácilmente heredables, señalando que en la práctica existen trámites judiciales complejos y demoras prolongadas que impiden a muchas familias acceder oportunamente a esos recursos.

Críticas al manejo de inversiones y comisiones

Otro eje central del manifiesto es la crítica a las minusvalías derivadas de inversiones realizadas por las operadoras, que —según ACOJUPEMA— se trasladan íntegramente a las cuentas de las personas cotizantes y jubiladas, mientras que las comisiones de las operadoras no se reducen, aun cuando los fondos pierden valor.

La asociación advierte que estas pérdidas no se recuperan en la práctica, pese a que se presenten como fluctuaciones normales del mercado, y rechaza que el ROPC sea utilizado como un sustituto del régimen básico solidario, como el IVM.

Llamado a las autoridades y al debate legislativo

Finalmente, ACOJUPEMA sostiene que la reforma legal que modificó la entrega del ROPC carece de estudios técnicos y sustento jurídico suficientes, y que sus efectos han sido perjudiciales para las personas jubiladas. Por ello, hace un llamado a SUPEN y a la Asamblea Legislativa a revisar el marco normativo vigente, respetar el carácter individual del ROPC y garantizar el derecho de las personas a disponer plenamente de sus fondos al momento de jubilarse.

Asociación Jubilados en Acción llama a no votar por partidos que avalen recortes y corrupción en pensiones

La Asociación Jubilados en Acción, organización integrada por personas jubiladas del magisterio nacional, hizo un llamado público a la ciudadanía para no votar por partidos ni candidaturas que se opongan a un proyecto de ley ciudadano orientado a combatir la corrupción y el desfalco de fondos públicos, en particular aquellos vinculados a los sistemas de pensiones.

En su pronunciamiento, la organización recuerda que durante la década de 1950 el Estado costarricense solicitó al magisterio llevar la educación a todo el país, incluso en condiciones adversas, sin caminos y enfrentando enfermedades como la fiebre amarilla y el paludismo. En ese contexto, y considerando que la expectativa de vida rondaba entonces los 58 años, el magisterio aceptó la tarea bajo el acuerdo de contar con una pensión equivalente al último salario, para lo cual comenzó a cotizar una cuota superior a la del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), con el fin de crear su propio fondo de pensiones.

Según la Asociación, el magisterio cumplió con ese compromiso, contribuyendo al desarrollo del país, que hoy ocupa posiciones destacadas en indicadores de producción por habitante y exportación de productos de alta tecnología en América Latina. Sin embargo, denuncian que el Ministerio de Hacienda habría recaudado las cuotas destinadas a las pensiones, pero las utilizó para otros fines, lo que derivó en que las personas docentes jubiladas reciban pensiones tratadas como “de gracia”, a pesar de haber cotizado durante años.

El pronunciamiento señala que esta situación ha permitido recortes discrecionales aprobados por la Asamblea Legislativa, mientras que autoridades actuales del Ministerio de Hacienda han sostenido que la legislación vigente no exigía la creación de un fondo específico. Asimismo, citan criterios jurídicos que afirman que los derechos del magisterio estarían prescritos, lo cual es cuestionado por la organización.

La Asociación Jubilados en Acción critica que, mientras desde el poder político se promueven leyes más severas y cárceles más grandes, estas medidas se orientan principalmente contra sectores empobrecidos, sin establecer sanciones efectivas para quienes incurren en desfalcos de recursos públicos.

Ante este panorama, informan que están impulsando un proyecto de ley por iniciativa ciudadana que propone penas de cárcel inconmutables y sin prescripción para jerarcas responsables de corrupción y malversación de fondos públicos, con el objetivo de evitar que situaciones similares se repitan tanto en el régimen de pensiones del IVM como en proyectos públicos y sociales.

La organización señala que experiencias internacionales en países como Singapur, China y Vietnam muestran que sanciones severas contra la corrupción reducen estas prácticas de manera sostenida y contribuyen al bienestar de la población. Finalmente, exhortan a la ciudadanía a informarse y a no respaldar electoralmente a partidos o candidaturas que se opongan a este proyecto, al considerar que ello podría poner en riesgo el futuro de la seguridad social.

Gestión ciudadana logra que la CCSS active trámite sobre reajuste de pensiones

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) trasladó a la Gerencia de Pensiones la solicitud de información y criterio técnico relacionada con el reajuste de los montos de las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC) y del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), planteada por la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS).

Mediante el oficio SJD-1413-2025, fechado el 19 de diciembre de 2025, la Junta Directiva solicita a la Gerencia de Pensiones remitir, a más tardar el 9 de enero de 2026, un criterio técnico y fundamentado sobre los puntos expuestos por la Auditoría Ciudadana en el oficio ACSS-003-2025, referido al deterioro del poder adquisitivo de las pensiones y a la necesidad de su reajuste.

Un avance producto de la gestión ciudadana

Este traslado institucional constituye un avance concreto derivado de la gestión sostenida de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social, que en días recientes solicitó públicamente el reajuste de las pensiones del RNC y del IVM, señalando que desde 2019 no se realizan ajustes regulares, pese al impacto acumulado de la inflación.

Tal como documentó SURCOS en una nota previa, la Auditoría Ciudadana ha advertido que las pensiones del Régimen No Contributivo permanecen en ₡82.000 mensuales desde mayo de 2019, lo que ha significado una pérdida real del poder adquisitivo, mientras que en el caso del IVM se interrumpió una práctica histórica de revalorizaciones periódicas.

Contexto político e institucional

El traslado de la solicitud ocurre a las puertas del proceso electoral nacional, en un contexto donde la discusión sobre el derecho a una vejez digna, la seguridad social y la responsabilidad del Estado en la protección de las personas pensionadas vuelve a adquirir centralidad en el debate público.

Desde la Auditoría Ciudadana se ha señalado que, independientemente de las motivaciones institucionales, este paso permite recolocar el tema del reajuste de pensiones en la agenda oficial, luego de varios años sin respuestas efectivas, y obliga a la administración a pronunciarse técnicamente sobre solicitudes que cuentan con sustento legal y normativo.

Pensiones congeladas desde 2019

La organización recuerda que el congelamiento de los montos del RNC se mantiene desde hace más de una década, y que durante el actual gobierno tampoco se han aplicado reajustes, profundizando el impacto sobre una población en condición de alta vulnerabilidad social.

El seguimiento que realice la Auditoría Ciudadana y la respuesta que emita la Gerencia de Pensiones serán claves para determinar si este traslado se traduce en medidas concretas de corrección, o si se mantiene la postergación de decisiones que afectan directamente a miles de personas pensionadas.