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Etiqueta: pensiones

La buchaca de las pensiones complementarias y los cuarenta ladrones

Lic. Javier Francisco Cambronero Arguedas

Sobre lo que ocurre en el  mundo y en nuestro país durante la primera mitad de 2022, podríamos citar muchas cosas. Pero pocas de ellas con una incidencia tan directa y temible para los trabajadores asalariados como el desfogue y asalto que estamos viendo/siendo con nuestros aportes a los regímenes de pensiones complementarios, donde operadoras, de naturaleza privada y pública, en sí mismas se han transformado en poco tiempo en aliadas de los personas trabajadoras a ser de sus mayores enemigos cual pócima venenosa con que se “embadurnó una hermosa y sabrosa manzana roja”

La Ley de Protección del Trabajador que da origen al surgimiento de fondos de ahorro de parte del salario de las personas trabajadoras, del aporte nuestro y sus patronos, cuando existe empleo formal. Surge a raíz de la transformación el auxilio de cesantía –consagrado en nuestro Código de Trabajo- y del aporte del 0,5% de nuestro salario, convertido en ahorro obligatorio destinado en eses entonces para la capitalización del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Ley que recién cumple 20 años y dentro de los loables y nobles fines con que fue creada, destaca la justa universalización del derecho a la pensión. Cómo se logra esto? con una “renuncia” que en el presente hacen los trabajadores de algo que es de su propiedad, parte de su salario; con miras a tener ahorros suficientes a asegurar una vejez digna, cuales bellos abuelitos icónicamente vemos en cuentos como Caperucita Roja y Geppetto.  A ver, estos ahorros que hacemos en el presente, que hacen que nos limitemos en la posibilidad de vivir bien ya, de viajar, adquirir algún bien mueble o inmueble o emprender alguna actividad económica que complemente mis ingresos, es pospuesta.

Dichos ahorros de millones de personas trabajadoras, producidos con su esfuerzo, dedicación y sudor se han transformado en impresionantes masas de dinero -10 mil millones de dólares-, de manera que tientan a más de uno. Han dado origen a la participación de diversas operadoras, la mayoría de ellas del sector financiero nacional y transnacional, pues aquí la banca privada disfraza en gran medida a la gran banca internacional. Estas a su vez han creado una robusta, frondosa y depredadora burocracia que se confunde también con la SUPEN, que aun no entiendo a quién defiende, si a las operadoras, que no ocupan que nadie las defienda, o a nosotros como trabajadores y ahorrantes. Es decir, alguien podría decirme que somos tan tonticos que como no sabemos administrar nuestros cinquitos requerimos de otros que los manejen, inviertan y decidan qué hacer con mi plata, sí mi  plata. Y no es sino, que para ello se requiera la creación de una superintendencia conformada por profesionales que sabrán hacer las del rey Midas, transformar lo nuestro en mayor riqueza, al hacer que nuestro aportes produzcan generosos rendimientos, con lo cual mi retiro este asegurad y pueda dormir a pierna suelta.

Pero ese sueño puede ser interrumpido por una terrible pesadilla y en vez de salir de los brazos de Morfeo para ser arrullado por ángeles, arcángeles, querubines  y otras divinidades, sea violentamente pellizcado y atormentado por harpías, gárgolas y otros demonios, y que también mordisquean nuestros fondos.

Patrióticamente desde mediados de junio sólo un medio informativo ha intentado alertar a la población costarricense lo que silenciosamente ha venido ocurriendo con los millonarios fondos de ahorros de millones de personas trabajadoras. Me refiero al Semanario Universidad.

Dichos fondos a la fecha representan el equivalente a 10 mil millones de dólares (SUPEN, Bco. Ctl. Operadoras han perdidos 162 mil millones de colones último trimestre –Pág. 10 Semanario Universidad cita CONASSIF y SUPEN) ese valor sumado a otras cuentas permite colegir que ROP es más pequeño en mayo 2022 que mayo 2021, pues 284 mil millones de colones que habían, ya no están.

Estos temas pueden verse lejanos como la guerra entre Ucrania y Rusia, sin embargo al igual que ella nos impacta directamente. En mi caso particular como ahorrante y perteneciente a una de las operadoras desde hace 20 años, les comparto el último estado financiero que ha enviado la operadora. S situación debe ser similar la aparición de números rojos porque los inútiles que administran mis ahorros han tomado pésimas decisiones, desde sus cómodos sillones, de las cuales nunca dan cuentas y pareciera no importarles mis cinquitos, pues a mí sí, y a lo mejor si me dejasen tomar decisiones sobre el uso de esos recursos podría obtener mayor rentabilidad mayor ganancia, ahora en edad productiva, no quizás cuando me aceche la vejez –que es seguro llegará a menos que pasemos a mejor vida -y dicho dinero engordará a clínicas y médicos que probablemente atienda mis dolencia por lo que la CCSS no pueda velar para una mayor calidad de vida. La pregunta es si esos fondos estarán allí cuando mi familia y yo verdaderamente los necesitemos. La SUPEN y CONASSIF, pesadas cargas sobre los hombros de los costarricenses, que parecieran no servir para nada y no ejercer adecuada vigilancia, parecen ser parte del problema y por muy lejos de ser parte de la solución. Menos aún con la llegada de la siniestra figura de Rocío Aguilar. Personaje de ingrata y triste memoria, quien antes de llegar a estos entes del sector financiero –tras concesión graciosa de Carlos Alvarado Q.- fue contralora y ministra de Hacienda. En este último puesto fue acreedora de una sanción con una suspensión de un mes que nunca ejecutó. O sea, se convierte impunemente en la única funcionaria pública que se acredita una sanción disciplinaria, que nunca cumplió; fue protegida y posteriormente aparece tan campante en un puesto, donde se ha caracterizado por hacer daño a la economía de los hogares costarricenses. Desde su llegada a los órganos regulatorios del sector financiero ha propiciado el deslizamiento de fondos de operadoras de pensiones hacia mercados internacionales, mismo que en diversas áreas se comporta como una ruleta rusa y generando una mayor presión en la compra de divisas en el país que se traduce en sendos aumentos en el costo de vida y mayor inflación. De los últimos avisos que tenemos de los barones y las damas que regulan el sector financiero es impulsar reformas para que entes como CAJANDE y la SSVMN no puedan ser manejadas por maestros como histórica y centenariamente lo hemos hecho con gran suceso y transparencia. Desean que sean sólo sean especialistas en bancas, finanzas y otros embrujos, que son los mismo que nos tiene en esta situación. No veo a la misma SUPEN promoviendo alguna reforma para que parte de dichos recursos puedan ser devueltos a sus verdaderos dueños en este momento de crisis salarial, dado el estado de congelamiento que experimentan desde años  atrás. Y mucho menos modificar la forma en que se calcula el beneficio una vez que el trabajador se acoja a la jubilación que es la devolución de sus ahorros, hecho con gran sacrificio, calculando una edad de 115 años…sí leyó bien, 115 años, como si eso es lo que fuéramos a vivir. Ofensa más grande a la inteligencia no he visto cuando nuestra esperanza de vida según el INEC (2022) es de 83, 5 años para las mujeres y de 78,3 para los varones.

En mi caso para este periodo (2022) acumulo pérdidas superiores a 1 355 000 colones y les aseguro que aún así estos desengarzados religiosamente sí cobraron su comisión sobre el manejo de mi cuenta, al igual que a ustedes.

Generemos suficiente presión ante estas entidades y el organismo que nos representan, dejemos la pasividad y modorra, a un lado. Directamente podemos incidir en directivas de Vida Plena y del Banco Popular, para que sus operadoras se torna más humanas, sensibles y solidarias. NO ES CARIDAD, no es la historia bíblica de Lázaro y el rico Epulón, es que deseamos no que quede algo al final de nuestra vida laboral, sino que haya lo que merecidamente hemos ahorrado, y no una condición cercana a la indigencia donde debamos tender la mano para pedir limosna, sobre lo que realmente nos pertenece. Presión a dichos entes, a los partidos políticos, a la Defensoría de los Habitantes, a los organismos que nos representan. Hemos iniciado una carrera contra el tiempo  y contra los tentáculos y espíritu depredador de algunos desamados, nos arrebatan lo que por derecho propio nos pertenece.

Parafraseando la frase que le dijese su madre al sultán Boabdil ante la caída de Granada durante la Reconquista Española “No llores como niño, lo que no supiste defender como un hombre” invito en esta mes de la patria a inflamar nuestro espíritu de una llama de rabia transformada en propuesta, en construcción en garantizar nuestra capacidad de incidir para que haya cambio, resultados en los próximos meses. ¡La democracia nos lo garantiza¡

11-IX-22

Mi absoluta oposición a la reforma de las pensiones IVM y la reducción de los ingresos de la Caja

Martha Elena Rodríguez González

Martha Elena Rodríguez González
Miembro de la Junta Directiva CCSS
San José,29 de agosto 2022

Para complacer las demandas del Fondo Monetario Internacional (FMI) y favorecer al sector patronal que paga los salarios más bajos, la Junta Directiva de la CCSS sometió a consulta pública un proyecto de reforma reglamentaria, cuyo objetivo es reducir las contribuciones de los patronos.

La Caja dejará de percibir, por la reducción de las contribuciones patronales, la exorbitante cantidad de ₵ 20.000 millones anuales, lo que afectará la prestación de los servicios de salud y las pensiones.

La justificación que se arguye para modificar el reglamento es que las personas trabajadoras que devengan los salarios más bajos puedan afiliarse a la CCSS; pero la realidad es que solo se disminuye el aporte patronal, y no así el de los trabajadores.

Además, el costo de reducir las contribuciones patronales será asumida por los trabajadores. El requisito mínimo para pensionarse son 300 cuotas mensuales (25 años cotizados), con la reforma los trabajadores con ingresos inferiores al Salario Mínimo mensual, se les aplicará solo un ¼ de cuota (4 meses laborados son 1 cuota). Es decir que el trabajador necesitaría 100 años para jubilarse.

Como si fuera poco, este nuevo esquema aplicará en una primera etapa solo para trabajadores menores de 35 años, resultando evidente la discriminación etaria, profundizando los obstáculos para que los patronos contraten personas mayores de esta edad.

Esta reforma resulta insostenible y salvaje. Por esto, en mi condición de representante de la clase trabajadora, por el sector sindical, he manifestado mi rotunda oposición, de manera reiterada, por las graves implicaciones que tendrá en las personas trabajadoras.

Asimismo, informo y advierto que este asunto estará nuevamente en debate el próximo jueves 2 de setiembre.

En lugar de una consulta de mero trámite, en cumplimiento del artículo 9 constitucional, la Junta Directiva debería establecer espacios reales y democráticos de diálogo social, de forma que las políticas en materia de seguridad social no vayan en detrimento de los trabajadores y las familias del país.

Solicitan información clave a la dirección jurídica de la CCSS

SURCOS comparte la siguiente información enviada por el actuario, matemático e investigador académico Rodrigo Arias López.

«Como puede observarse en los dos anteriores cuadros, al seguro de salud de los asalariados y sus familias dependientes, que forma parte del “Seguro Social”, le sobró en el año 2018 un monto de 820.414 millones de colones usando los ingresos efectivos y le sobraron 924.847 millones de colones usando los ingresos reglamentarios. Dichos fondos, de conformidad con el articulado constitucional y legal antes citado, debió ser parte del régimen de capitalización, o sea, del seguro de pensiones o Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte. No obstante, en lugar de eso, esos fondos fueron desviados para otros fines no autorizados por el artículo 73 de la Constitución y el artículo 1 de la Ley No 17. Lo cual violenta el principio de legalidad establecido en el artículo 11 de la Constitución, que es parte del debido proceso, más que se trata de fondos públicos«.

Lic. Gilberth Alfaro Morales; Director
Dirección Jurídica
Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)

Asunto: Entrega y solicitud de información

Estimado señor:

Muy respetuosamente lo saludo y le hago llegar los siguientes documentos, a fin de que sean considerados en el análisis jurídico que solicita la Gerencia de Pensiones a esa Dirección para atender requerimiento de la Defensoría de los Habitantes de la República (Registro de intervención No 379306-2022-RI).

  • El oficio No 06800-2022-DRH del 11 de julio de 2022, suscrito por el Lic. Geovanny Barboza Director a.i. de Estudios Económicos y Desarrollo de la Defensoría de los Habitantes de la República.
  • El oficio GP-1106-2022 del 6 de julio de 2022 indicado en el oficio No 06800-2022-DRH anterior.
  • Oficio DAPE-479 del 29 de octubre de 2004 suscrito por el Lic. Roger Aguilar Gutiérrez, Director de la Dirección Actuarial y de Planificación Económica de la CCSS. En caso de duda esa Dirección puede solicitar dicho documento a la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS, o a las unidades que se indican en los sellos de recibido que aparecen en el mismo.
  • El informe de la Auditoría Interna de la CCSS ASF-112-2017 del 6/10/2017, sin detrimento de que esa unidad lo solicite a ese órgano auditor, incluyendo que pida los siguientes si esa Dirección no los tiene: ASF-084-2014 del 27/6/2014; ASF-065-2011 del 17/2/2011; ASF-321-2012 del 15/11/2012; ASF-009-2014 del 13/2/2014; ASAAI-210-2013 del 25/11/2013; ASF-019-2012 del 6/2/2012 y ASF-151-2013 del 13/9/2013.
  • La “Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2017, EST-007-2019” elaborada por la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS, sin detrimento de que esa Dirección la requiera de dicha unidad.

Nota de la edición: Puede consultar los documentos al final

Dicha información es fundamental para el análisis requerido para atender lo requerido por la Defensoría de los Habitantes, en particular, para cumplir con lo ordenado en los artículos 1, 22, 23, 32, 33, 34, 35, 42 y 43 de la Ley Constitutiva de la CCSS No 17 del 22/10/1943, en concordancia con los artículos 9, 11, 73 y 177 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 11 y 16 de la Ley General de la Administración Pública No 6227 del 2/5/1978, la sentencia No 115-2015 del Tribunal Contencioso y Administrativo de Hacienda del 4/12/2015 ratificada por la Sala Primera de la Corte mediante resolución No 00197-2018 del 8/3/2018 y los artículos1° al 6 de Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422 del 6/10/2004.

Para una mayor comprensión por la Dirección a su cargo sobre lo indicado en los ítems a) y b) de la página 2 del oficio DAPE-479, véase el Cuadro 51 de la página 54 de la Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2017 que se adjunta y que se transcribe a continuación:

Al usar los datos de las figuras 42 y 43 de las páginas 102 y 103 de ese mismo informe, junto con los datos sobre ingresos y gastos del Cuadro 49 de la página 100 de ese mismo informe, se obtienen los siguientes resultados:

Como puede observarse en los dos anteriores cuadros, al seguro de salud de los asalariados y sus familias dependientes, que forma parte del “Seguro Social”, le sobró en el año 2018 un monto de 820.414 millones de colones usando los ingresos efectivos y le sobraron 924.847 millones de colones usando los ingresos reglamentarios. Dichos fondos, de conformidad con el articulado constitucional y legal antes citado, debió ser parte del régimen de capitalización, o sea, del seguro de pensiones o Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte. No obstante, en lugar de eso, esos fondos fueron desviados para otros fines no autorizados por el artículo 73 de la Constitución y el artículo 1 de la Ley No 17. Lo cual violenta el principio de legalidad establecido en el artículo 11 de la Constitución, que es parte del debido proceso, más que se trata de fondos públicos. Véase el criterio legal de esa Dirección No D.J.3519-08 del 7 de mayo de 2008.

Lo anterior significa que la división actual de la prima del 25,66% sobre los salarios que pagan patronos, trabajadores y el Estado para el Seguro Social (artículo 22 de Ley 17) infringe los artículos 1, 32 y 43 de la Ley No 17 y el párrafo tercero de la Constitución Política, pues no se distribuye conforme lo ordena el artículo 32 de la Ley 17, lo cual significa un desvío de fondos públicos de un 7,89% (15% – 7,11%) sobre los salarios, conforme al cuadro siguiente que muestra la situación actual:

Para que dicha situación sea corregida jurídica y actuarialmente, conforme al Cuadro 51 antes mostrado, se requiere que el 25,66% sobre los salarios se distribuya de la siguiente manera, según los artículos 32 y 43 de la Ley No 17:

Así mismo, le solicito respetuosamente la siguiente información de interés público de conformidad con los artículos 27 y 30 de la Constitución Política y la Ley de Regulación del Derecho de Petición No 9097.

  • Me informe si la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS u otra unidad interna de la CCSS le ha solicitado a esa Dirección Jurídica algún criterio legal sobre la forma como deben distribuirse los “capitales y rentas” que se obtienen de acuerdo con la Ley No 17, al aplicar los artículos 32 y 43 de esa ley. En caso afirmativo solicito una copia del criterio legal emitido por esa Dirección.
  • Me informe si la Dirección Actuarial y Económica de la CCSS u otra unidad o Gerencia de la CCSS le ha comunicado a la Dirección Jurídica bajo su cargo los resultados que aparecen en la sección “9.4 Balance de Ingresos y Gastos“ y “9.5 Balance por modalidad de aseguramiento” del documento “Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2017, EST-007-2019”.
  • Me informe si esa Dirección bajo su cargo y/o usted tenía conocimiento de la existencia y el contenido de la “Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2017, EST-007-2019” que le estoy aportando en este acto.
  • En el caso de que exista algún criterio jurídico emitido por la Dirección Jurídica bajo su cargo, en el cual se avale que los fondos y reservas del seguro social obligatorio de los trabajadores asalariados, creado por la Ley Constitutiva de la CCSS No 17 y el artículo 73 de la Constitución Política, puedan ser utilizados para finalidades distintas a las que motivaron su creación, solicito el suministro de una copia en formato digital.
  • Me suministre una copia en formato digital de todos los criterios jurídicos que esa Dirección haya emitido para atender recomendaciones de la Auditoría Interna de la CCSS contenidos en los informes de ese órgano auditor que se mencionan en el ítem cuarto de este oficio, ya sea que se los haya enviado a la Auditoría Interna o a otra unidad interna de la CCSS.

Notificaciones: Al correo rariaslopez@gmail.com

Cordialmente,
Rodrigo Arias López

CC.

Lic. Geovanny Barboza Director, Defensoría de los Habitantes de la República.

Lic. Olger Sánchez Carrillo, Auditor Interno CCSS.

Lic. Jorge García Araya, Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social.

 

Imagen ilustrativa de Semanario Universidad.

ACOJUPEMA solicita información sobre inversiones realizadas por junta directiva de JUPEMA en ALDESA

SURCOS recibió la carta enviada por ACOJUPEMA a la junta directiva de JUPEMA. La compartimos seguidamente:

8 de agosto del 2022

ACOJUPEMA-01-2022

Señores y Señoras
Junta Directiva
JUPEMA

Presente

Estimables directivos/as:

En nuestra calidad de cotizantes de los recursos que ustedes administran, al amparo de los artículos 9,11, 27, 30, 73 y 74 de la Constitución Política, nos permitimos solicitar públicamente la información completa sobre las inversiones realizadas por ustedes en el controvertido caso ALDESA.

Dicha consulta se hace amparados/as en las normativas y en la defensa legítima de nuestros intereses. Sírvanse tomar en cuenta que existe total claridad sobre el hecho de que ustedes administran nuestros fondos, cotizados durante toda nuestra vida laboral. También nos permitimos hacer ver que, de acuerdo con la Procuraduría General de la República, se trata de FONDOS PÚBLICOS cuyos fines les ha sido encomendados a ustedes:

“Para el caso concreto de JUPEMA, define esos fines como la administración eficaz y eficiente de los cuatro regímenes de pensiones a los que se refiere la Ley n.°7531 y el garantizar los derechos a pensión y jubilación de todos los funcionarios del Magisterio Nacional, para lo que deberá administrar los regímenes con absoluto apego a las reglas técnicas, especialmente las de naturaleza actuarial y con sujeción a las reglas financieras y jurídicas necesarias para garantizar esos derechos a los beneficiarios en el tiempo que lo requieran” (Dictamen: 305 del 10/12/2018, Procuraduría General de la República) (Los subrayados y destacados no corresponden al original).

Tal y como consta en el Acta #018-2021 (pp.15-20), en Sesión realizada por ustedes el 10 de febrero de 2021, la Junta Directiva de JUPEMA, ha discutido ampliamente el tema de ALDESA y reconocen ustedes el grave peligro que corren las inversiones realizadas en nuestro nombre en ese controvertido ente.

Dado ese reconocimiento en documento público, en nuestra calidad de cotizantes de los regímenes que ustedes administran nos permitimos solicitar la siguiente información:

¿A cuánto asciende la “inversión” realizada por ustedes en ALDESA?

¿En qué período se hizo y quiénes fueron las personas responsables de analizar la viabilidad de esa “inversión”?

Dado que ustedes indican la precarización total de credibilidad en ese tipo de inversiones, a la vez que acotan que el único camino es:

“Me parece correcto quedarnos quietos, esperando un levantamiento de la economía. Les voy a poner un ejemplo, con el atentado del 11 de noviembre de 2001, las acciones de American Airlines se vinieron al suelo, nadie quería viajar, a varios le surgió la idea de venderlas porque estaban desesperados y mucha gente las compró y cuando se mejoró el tema, les fue muy bien. (…) Es mejor quedarnos queditos”. (Acta 018-2021)

En ese sentido: ¿Esta estrategia de “quedarnos quietos o queditos” sigue siendo la misma en este momento?

¿A cuánto ascienden las pérdidas? (Monto exacto y proyecciones).

Sin más que esperar el período administrativo contemplado por las respectivas leyes que tutelan el acceso a información pública.

Atentamente,

Por ACOJUPEMA,
Licda. Marjorie Hernández
Presidenta
Cédula #106810566

 CC:
Miembros Foro de Presidentes y Secretarios Generales del Magisterio Nacional
Departamento Legal, JUPEMA
Auditoría Interna, JUPEMA
SUPEN
SUGEF

Adultos mayores pensionados de IVM presentan recurso de amparo ante la Sala Constitucional

El pasado 30 de julio de 2022, un grupo de adultos mayores presentó un recurso de amparo, en contra de la Caja Costarricense de Seguro Social, solicitando que se obligue a la CCSS a cancelar en el mes de agosto de 2022, el reajuste de 2,52% a las pensiones por la pérdida de valor debido a la inflación de los precios del segundo semestre de 2021, retroactivo a enero de 2022, correspondientes a 330 mil pensionados de IVM. 

Se apela a La Ley Integral para la Persona Adulta Mayor N° 7935 y al artículo 21 de la Constitución Política, que establece el derecho a la vida como el bien jurídico más valioso que tiene todo ser humano, ya que se les está viendo vulnerado al no poder siquiera comprar los alimentos básicos.

Se está a la espera de que la Sala Constitucional declare con lugar el recurso de amparo y la Caja realice el aumento de la pensión en el mes de agosto de 2022.

 

Compartido con SURCOS por Rodrigo Arias López.

Imagen de cabecera tomada de https://cambiopolitico.com

Caja utiliza a conveniencia reglamento para evitar ajuste de las pensiones IVM

Por años, la Caja ha realizado los ajustes a las pensiones semestralmente. Sin embargo, ante el reclamo de la ANEP, la Gerencia de Pensiones indicó que “las revaluaciones de las pensiones del Seguro de IVM se realizan apegadas a la normativa respectiva, la cual no obliga a que se deban ajustar los montos de las pensiones ni cada semestre ni con la inflación”.

Consulte el video de la nota en el siguiente enlace de YouTube: 

 

Compartido por SURCOS por ANEP.

Imagen: Semanario Universidad.

Invitación al conversatorio virtual “Peligro en regímenes de pensiones”

El Movimiento Magisterial por una Pensión Digna y ACOJUPEMA, les invita a participar del conversatorio donde se estará abordando el tema “Peligro en regímenes de pensiones”. Se llevará a cabo este sábado 30 de julio, a las 11 a.m. vía Facebook Live.

Esta iniciativa surge en vista de la situación crítica en que se encuentra ALDESA y la actual discusión en la Asamblea Legislativa sobre el Expediente No. 22760, que le otorga facultades a la SUPEN, encabezada por Rocío Aguilar, sobre las que se pretende debatir y reflexionar. 

Para participar del conversatorio puede acceder a los siguientes enlaces:

https://www.facebook.com/RadioSantaClara/

https://www.facebook.com/tvrcr

Los juegos sucios del poder con las pensiones justas

«Cuando un payaso se muda a un palacio, no se vuelve un rey.
El palacio se vuelve un circo»

Proverbio turco.

Los únicos ˝pensionados de lujo˝ y ˝ticos con corona˝ que ha habido y todavía quedan, son solo de dos tipos: exdiputados y expresidentes, más alguno que otro de la misma estirpe. Aunque en vías de extinción, ellos han gozado de un beneficio «vitalicio» que se parece tanto a una «pensión» como una zebra a una jirafa. Ese incentivo monetario se otorgó a diputados que ni siquiera devengan salario sino dietas. Y desde luego, no corresponde a ningún régimen de capitalización, mucho menos a uno que sea solidario, como los que garantiza la Constitución.

No obstante, en honor a la verdad ese generoso auto regalo de la ˝clase política˝, ese premio por mal gobernar agrandando cada vez más el hueco fiscal, fue derogada para diputados hace 24 años. No así la «jubilación vitalicia» de los expresidentes, expresión que es otro eufemismo. Por tanto, esas son todas las «pensiones de lujo» que quedan, pues el único que ha renunciado a ese privilegio es Carlos Alvarado Quesada. Más las que quedasen del régimen anterior. Para seguir divirtiendo, ahora el presidente anuncia que publicará la lista oficial de exdiputados que aún reciben ese estipendio.

Así que los politiqueros que han seguido obteniendo réditos publicitarios con ese «caballo de Troya» mal llamado «pensiones de lujo» se han subido a un tren que viaja a ninguna parte. No en vano nuestro ˝ejecutivo˝ presidente nada que pone el huevo, mientras se entretiene, como un niño en el circo, con su propio Reality Show – ¡qué mal actor, por Dios! – donde anuncia diariamente lo que todavía no ha hecho, como si nadie supiera aquí lo que es una cortina de humo. Ahí sigue prometiendo, como si las elecciones no hubieran terminado, que ya casi casi acaba con las «pensiones de lujo». Por cierto, ¿cómo está financiando esta otra campaña, será con fondos públicos o con una estructura paralela?

Lo único claro es que ha desperdiciado el primer periodo de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa, probando que nunca tuvo una propuesta seria, ni sobre esto ni sobre ninguna otra cosa. Lo cual ha quedado reafirmado por la escandalosa noticia de que su gobierno procura un préstamo de un millón de dólares del BCIE para que sus abogados le hagan «un estudio jurídico para entender un poco cómo atender este tema de las pensiones de lujo». Aunque hay que reconocer que lo único serio que ha hecho este señor hasta ahora es favorecer a los importadores de arroz, entre los cuales figura, casualmente, uno de los más connotados financiadores de su campaña.

El gran escándalo

A pesar de todo, el verdadero escándalo de la campaña que posicionó el estigma «pensiones de lujo»,[1] la más sucia de todas, es que se metió en el mismo saco a todas las pensiones y, en particular, las de los regímenes de capitalización, como el RCC que gestiona JUPEMA, el cual goza de buena salud, así como el llamado Régimen Transitorio de Reparto (RTR), que se carga al presupuesto por irresponsabilidad del Ministerio de Hacienda.[2] En cualquier caso son enanos de otro cuento.

Así se comenzaron a llamar «de lujo» a todas las pensiones nominalmente altas, después también a las pensiones medias y finalmente a todas con cargo al presupuesto. En el mismo saco se metió, entonces, ranas y sapos, pero también alacranes y serpientes. Esa generalización arbitraria e improcedente condujo a que la expresión «pensión de lujo» se volviera técnicamente indefinible y, por tanto, indefendible. Por eso, quienes han intentado definirla han hecho el ridículo. ¿Será que ahora nos costará un millón de dólares descubrir el agua tibia?

Por ejemplo, aquel Super Intendente que trató de definirla como un monto dado, igual que quienes pretenden establecer un techo para las pensiones independiente de cotización, solo evidenciaron su falta de rigor, pues quien cotiza más tiene derecho a un monto mayor y punto. Por ejemplo, cuando las personas del Magisterio se pasaron a la CCSS porque cotizaban menos, ciertamente vieron aumentar sus ingresos mensuales, a costa de sus ingresos futuros. ¿Acaso tienen derecho ahora a quejarse porque su pensión quedó más baja?

Un término inaplicable

En el caso de los regímenes solidarios y tripartitos protegidos por Constitución, no aplica el término «pensionado de lujo», aún entendido como «no haber cotizado lo suficiente para lo que se recibe»; porque desde su origen, trabajador, patrón y Estado contribuyen a la pensión de cada uno. En este caso solo cabe considerar la sostenibilidad o no de la reserva creada colectivamente, de acuerdo con su tasa de valorización. La diferencia entre un régimen privado y uno solidario es simple: en el solidario los intereses ganados por la inversión de los fondos se reparten entre todos, de acuerdo a sus diferentes aportes; en un régimen privado las ganancias enriquecen al grupo financiero que lo administra. Por eso quien tilda «de lujo» a una pensión justa y solidaria confunde la gordura con la hinchazón. Claro, si todas las pensiones fueran bajas e iguales, entonces quienes más ganan tendrían que contratar un servicio privado. ¿Será que en el fondo lo que se busca es hacernos retroceder hasta el modelo chileno de pensiones privadas, hoy estruendosamente fracasado?

Esa confusión mal intencionada, ya ha tenido una grave afectación para cientos de personas, por culpa de ese otro adefesio jurídico que es la Ley 9796. La Sala IV admitió los recursos de inconstitucionalidad y la avalancha de «coadyuvancias» que se presentaron contra esta; cerrando así, de carambola, la ruta hacia las Cortes Internacionales de Derechos Humanos. Pero al no suspender la medida, mientras se toma todo el tiempo del mundo, desconoció el principio de justicia pronta y cumplida especialmente reforzado, por razones obvias, por la «Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores» (ratificada por Ley 9394, el 12 de octubre de 2016). ¿Cree usted que la Sala IV actúa de buena fe o sospecha que le hace otro gordo favor a los otros dos Poderes de la República, a costa de los derechos adquiridos de las personas adultas mayores?

Desde luego que, para los fondos privados, menos que tiene sentido hablar de «pensiones de lujo», puesto que quienes lucran con los ahorros de esas personas siempre les van a dar menos de lo que se han valorizado sus cotizaciones. Y cuando estas quiebran simplemente ellas pierden sus ahorros, ¿o no hemos aprendido nada de esa otra atrocidad llamada ALDESA? Finalmente, mejor pensada, la misma palabra pensión no rima bien con lujo, ya que en principio quien necesita una pensión no tiene lujos y quien los tiene no necesita pensión. Por eso, ni siquiera sirve como un buen oxímoron, como sería por ejemplo «pobre rico». ¿Será entonces que el presidente está metido en un zapato, por bocón?

Una conclusión bestial

En suma, el término «pensión de lujo», siendo un eficaz insulto, ni siquiera aplica para los expresidentes, porque lo que ellos reciben no se debería ni llamar pensión. Hoy en día, cada vez que una persona se expresa de ese modo en una red social, difama al prójimo mostrando que no sabe qué es pensión ni qué lujo. Además de evidenciar su falta de empatía y escasa inteligencia emocional. Cuando lo hace un periodista parece además una marioneta promoviendo intereses inconfesables. Cuando lo hace un Super Intendente o un ministro, publica su falta de profesionalismo. El diputado que repite para otros ese estigma es un desmemoriado sin vergüenza. Igual que cuando lo hace un candidato, quien denuncia así su propia demagogia. Pero cuando lo hace un presidente que se dice «economista», es una brutalidad que no tiene nombre ni apellido. O para decirlo en buen castellano, comete una ˝burrada˝ o ˝metida de pata˝. Dicho con el debido respeto para esos nobles animales que son los burros.

[1] Léase estigma en el sentido de «Desdoro» (menoscabo de reputación) «…afrenta, mala fama» (RAE).

[2] Para quien quiera informarse sobre la enorme injusticia que se ha cometido contra gente honorable puede ver rápidamente: El fraude del que no se habla. En: SURCOS: https://wp.me/p6rfbZ-gCs. Y si desea opinar con propiedad, puede leer el artículo de Jorge García, que apareció el domingo 17 de Julio en El País.CR, titulado Las pensiones del transitorio de reparto magisterial en el tiempo: De deducciones en exceso a la violación de la progresividad tributaria. En: https://www.elpais.cr/2022/07/16/las-pensiones-del-transitorio-de-reparto-magisterial-en-el-tiempo-de-deducciones-en-exceso-a-la-violacion-de-la-progresividad-tributaria/ Baste agregar que el RTR es otro adefesio jurídico porque es como tapar un delito de Estado que hizo un hueco, con un hueco más grande. Cabe preguntarse por qué Pilar Cisneros, tantos años directora de Telenoticias, que contaba con la acuciosidad de Greivin Moya en temas de corrupción, nunca denunció esta tremenda barbaridad y por qué todavía hoy evita referirse a eso.

 

Nota editorial: La persona autora de este artículo solicitó anonimato dado que se desempaña en la función pública.

Imagen ilustrativa.

El desfalco más grande en la historia de Costa Rica (parte 4)

En esta cuarta entrega, se insta a reflexionar acerca de la calidad de la educación futura con el respeto y la estabilidad jurídica necesaria para garantizar los derechos de las personas docentes.

Es necesario ver hacia el futuro y entender que Costa Rica se ha distinguido por factores importantes que dan sustento a lo que se conoce como ciudadanía, uno de los más significativos es el acceso a un sistema educativo progresivamente incluyente, donde se creó un capital humano que transformó la economía y permitió una mejor distribución del ingreso, esto en parte al apoyo de gobernantes visionarios que fortalecieron la educación.

Mantener un liderazgo regional exige una visión que incorpore la innovación, nuevas prácticas que se interrelacionen con los mejores países a nivel pedagógico y otras medidas sistemáticas que permitan un mejor proceso de formación personal, mejores salarios y condiciones para atraer a las personas más capacitadas en pedagogía.

Para un seguimiento de las entregas anteriores le invitamos a ingresar a los siguientes enlaces:

1 Nota: https://wp.me/p6rfbZ-gCs 

Segundo vídeo: https://youtube.com/watch?v=DaBQVRLiOdo&feature=share

Tercer vídeo: https://youtube.com/watch?v=Lc0k7NubYwU&feature=share 

Cuarto vídeo: 

 

Imagen ilustrativa: UCR.

El desfalco más grande en la historia de Costa Rica (parte 3)

Este tercer capítulo está dirigido hacia las personas trabajadoras actuales en docencia y están adscritos al régimen de capitalización colectiva.

Se advierte a esta nueva generación, que deben estar alertas y atentas, tanto colectivamente como individualmente de sus intereses y los de la educación costarricense. Se les insta a exigir a las instituciones competentes que mantengan una vigilancia constante ante la avidez fiscal y la irresponsabilidad estatal.

Se les recomienda constatar que las contribuciones de ley sean depositadas puntualmente, además, que las inversiones que se realicen con esos fondos no sean manipuladas por políticos, pero sobre todo que las inversiones tengan las seguridades apropiadas.

Quienes pertenecen al régimen de capitalización colectiva deben de tener cuidado y oponerse a que financien al Estado, ya sea en la compra de bonos o beneficios de otros políticos donde pretendan pensionarse con esos fondos.

¡No descansaremos hasta que el Estado diga la verdad al pueblo costarricense!

En los siguientes enlaces encontrará las notas y vídeos publicadas anteriormente para su seguimiento:

1 Nota: https://wp.me/p6rfbZ-gCs 

Segundo vídeo: https://youtube.com/watch?v=DaBQVRLiOdo&feature=share

Tercer vídeo: 

 

Imagen ilustrativa.