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Etiqueta: personas adultas mayores

Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social continúa lucha por aumento de pensión no contributiva para población adulta mayor y personas con discapacidad

El convenio que rige esta materia establece una cooperación entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para financiar el régimen no contributivo de pensiones (RNC). Este acuerdo regula la transferencia de recursos del fondo de desarrollo social y asignaciones familiares (FODESAF) a la CCSS con el objetivo de otorgar pensiones a personas en condiciones de vulnerabilidad que no califican para los regímenes contributivos.

Las principales cláusulas del convenio definen la responsabilidad de la CCSS en la identificación y selección de beneficiarios, la programación y distribución de recursos, así como la presentación de informes sobre la ejecución presupuestaria y programática. Además, se estipula la obligación de reintegrar a FODESAF cualquier superávit de recursos y el uso del sistema SINIRUBE para la clasificación socioeconómica de los beneficiarios.

El convenio tiene vigencia durante el año 2024, con la posibilidad de prórroga automática hasta el 2028, siempre que ninguna de las partes solicite su finalización.

Resolución del Ministerio de Trabajo sobre Recurso de Revocatoria

El 17 de septiembre de 2024, la Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) emitió la Resolución N.° RAD-MTSS-DMT-DVAS-DNP-DAL-24-2024. En esta resolución, se rechazó el Recurso Ordinario de Revocatoria presentado por los auditores ciudadanos Carlos Eduardo González Arroyo, Alfredo Ramírez Montero, Jorge Manuel García Araya, Juan Carlos Aguilar Zamora y Rodrigo Arias López contra el acto administrativo N.° MTSS-DMT-DVAS-DNP-1018-2024, fechado el 5 de septiembre de 2024.

El recurso fue presentado con el propósito de solicitar un aumento en las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC), argumentando que muchas de estas personas se encuentran en situaciones de pobreza extrema. Asimismo, se solicitó información detallada sobre el estado de la deuda del Estado con el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF) y una copia del convenio firmado entre el MTSS y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

La Dirección Nacional de Pensiones respondió que no es competencia del MTSS gestionar modificaciones en el RNC, ya que este régimen es administrado exclusivamente por la CCSS. La función del MTSS se limita a la transferencia de los recursos asignados por ley al programa, sin tener injerencia en la administración o ejecución del mismo.

Finalmente, la resolución mantiene el criterio expresado en el acto administrativo inicial y eleva el recurso de apelación al despacho del Ministro de Trabajo para su análisis y resolución conforme a derecho.

Ley Integral para la Persona Adulta Mayor

No obstante la resolución del Ministerio, la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor tiene como objetivo garantizar la igualdad de oportunidades y una vida digna para las personas adultas mayores en todos los ámbitos de la vida. Promueve su participación activa en la creación y aplicación de políticas que les afectan directamente, fomenta su integración en el núcleo familiar y comunitario, y facilita su organización y participación en la sociedad, aprovechando su experiencia y conocimiento. Además, impulsa y fortalece una red de atención progresiva para asegurar su cuidado integral con la colaboración de entidades públicas y privadas, y garantiza su protección y seguridad social.

La ley también establece diversos derechos para mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores, como el acceso a la educación y preparación para la jubilación, la participación en actividades recreativas, culturales y deportivas, una vivienda digna y adecuada a sus necesidades, y facilidades para obtener créditos. También asegura opciones de atención alternativa en caso de riesgo social, atención médica inmediata, pensión oportuna para satisfacer sus necesidades, asistencia social en situaciones de desempleo o discapacidad, y la participación en actividades productivas según sus capacidades y deseos. Además, protege contra la violencia y ofrece trato preferencial en trámites administrativos, promoviendo su unión con otros adultos mayores para buscar soluciones a problemas comunes.

Recurso de revocatoria y apelación en subsidio en busca de aumento de pensión no contributiva para población adulta mayor y a personas especiales

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social planteó un recurso de revocatoria y apelación en subsidio contra el oficio GP-DAP-0937-2024/GP-1472-2024 del 13 de septiembre de 2024. La gestión se realiza ante la instancia superior del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ante el argumento esgrimido por un nivel de dirección que rechazó la competencia de esta cartera en resolver el aumento solicitado en beneficio de la población adulta mayor y a personas especiales.

Base legal: Artículos 1 y 38 de la Ley N.° 8687, artículos 342 y siguientes de la Ley N.° 6227, Ley de Regulación del Derecho de Petición y artículos 9, 27 y 30 de la Constitución Política.

Primera solicitud: Reajuste de pensiones de ¢82.000 a ¢102.500. Se argumenta que la falta de ajuste en más de seis años vulnera la “Ley Integral para la Persona Adulta Mayor” y afecta a adultos mayores pensionados con ingresos insuficientes. La institución responde que no hay presupuesto para ajustes en 2024 y 2025, según instrucciones superiores y estudios técnicos no especificados.

Segunda solicitud: Se pide el reajuste de pensiones de la Ley de PCP. La justificación basada en prácticas pasadas no es considerada un argumento válido ni aceptable.

Tercera solicitud: Se solicita información sobre la causa de invalidez de las pensiones RNC/PCP. Se pide detalle específico de la causa de invalidez para 44,606 pensiones bajo el riesgo “INVALIDEZ RNC/PCP”, información que no se incluyó en los datos proporcionados.

Petitoria: Se solicita declarar con lugar el recurso de revocatoria y, en caso de rechazo, elevarlo a la autoridad superior para aumentar la pensión básica del RNC a ¢102.500. Se pide agregar la causa de invalidez a cada uno de los 44,606 casos enviados en el archivo correspondiente. También se solicita información sobre las “autoridades superiores” que emitieron las instrucciones para no revalorizar la pensión, así como copia de estudios técnicos y documentos que respalden la decisión.

Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social pide aumento de pensión no contributiva para población adulta mayor y a personas especiales

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) presenta una solicitud dirigida a la Licda. Glenda Sánchez Brenes, Directora de la Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Costa Rica. A través de este documento, los firmantes, auditores ciudadanos, solicitan lo siguiente:

Principales peticiones de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social

  1. Aumento de las pensiones no contributivas : Los auditores solicitan la revocatoria de un acto administrativo emitido el 5 de septiembre de 2024 por la Dirección Nacional de Pensiones, que consideran lesivo para la población más vulnerable. Argumentan que la falta de un incremento en las pensiones condena a las personas adultas mayores y a las personas con discapacidades a una mayor pobreza, violando lo dispuesto en los artículos 50 y 51 de la Constitución Política de Costa Rica. Estos artículos garantizan el bienestar general y la protección especial a las personas mayores.
  2. Acceso al convenio de cooperación : Se solicita una copia del convenio firmado entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para el fortalecimiento del Régimen No Contributivo (RNC), que tiene como objetivo mejorar la gestión y la entrega de subsidios a quienes más lo necesitan. 
  3. Informe detallado sobre la deuda del Estado : Se pide que se informe sobre el estado actual de la deuda del Estado con el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), que se destina, entre otras cosas, a financiar el RNC. Esta solicitud se basa en el informe de la Contraloría General de la República (Informe N° DFOE-SAF-IF-00007-2019), que señala una deuda significativa acumulada por el Estado a lo largo de los años, lo cual ha afectado la capacidad de financiamiento de los programas sociales, entre ellos las pensiones no contributivas.

La ACSS, en su solicitud, subraya la importancia de que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social asuma su responsabilidad en la revaloración de las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC). Aunque la administración de este régimen está a cargo de la CCSS, el gobierno, a través del Ministerio de Trabajo, es el responsable de asegurar que se asignen los recursos necesarios para mantener el poder adquisitivo de las pensiones frente a la inflación y las pérdidas de valor.

Un aspecto central de la argumentación es la mención del convenio firmado entre el Ministerio de Trabajo y la CCSS para fortalecer el RNC. Este convenio, que incluye la colaboración en términos de financiamiento y gestión de los fondos, se presenta como una evidencia de que ambas instituciones tienen la responsabilidad conjunta de garantizar el bienestar de las personas que dependen del RNC. La Auditoría Ciudadana argumenta que este convenio refuerza la obligación del Ministerio de Trabajo de velar por que los recursos asignados a estas pensiones sean suficientes y se ajusten conforme a las necesidades actuales de la población.

La firma de este convenio también pone de manifiesto que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social tiene un rol activo en la protección social, más allá de la administración pasiva de los recursos. La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social resalta que cualquier interpretación en contrario sería un incumplimiento de las obligaciones que la Constitución y las leyes le imponen a esta entidad.

Le invitamos a seguir el enlace y leer el documento completo para conocer más detalles sobre esta gestión y la relevancia de los temas expuestos.

José Andés Wong y María Alfaro nos cuentan cómo su relación con la UCR ha cambiado sus vidas y las de sus comunidades

José nos cuenta que participa en un grupo folclórico de baile llamado “Al son de la vida”, menciona que ser parte del grupo le ha servido para tener muchas amistades, participar en diversas actividades y que se mantiene con salud porque constantemente se ejercita al mismo tiempo que disfruta bailar.

Lo llena de felicidad cuando hace presentaciones con su grupo, que ha sido un programa excelente para el adulto mayor, asimismo, invita a todos los adultos mayores a participar en este tipo de actividades porque es un gran beneficio.

María Alfaro quien tiene 21 años de ser presidenta de acueductos y alcantarillados en Santa Gertrudis Sur Grecia, menciona que existe hace 50 años y la Universidad de Costa Rica está vinculada desde el 2000, quien ha tenido un papel importante en AyA ya que les han ayudado en las pruebas de agua cuando la naciente estuvo muy contaminada.

Y de las misma manera ha ayudado con muchos estudios que los ha beneficiado sobre todo para proteger las nacientes de agua. María nos cuenta que la lucha del agua es lo más importante porque sin ella no somos nadie

Le invitamos a ver los videos de José Andés Wong y María Alfaro quienes nos cuentan cómo su relación con la UCR ha cambiado sus vidas y las de sus comunidades.

 

Imagen ilustrativa, UCR.

Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social: Régimen No Contributivo de Pensiones (RNC) ha experimentado una pérdida considerable de valor adquisitivo desde 2010

En la información compartida con SURCOS por la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) se señala que el Régimen No Contributivo de Pensiones (RNC) ha experimentado una pérdida considerable de valor adquisitivo desde 2010.

En una nota enviada al Ministro de Trabajo y al Gerente de Pensiones de la CCSS, se solicita atender el asunto con fundamento en los artículos 9, 27 y 30 de la Constitución Política de Costa Rica y en la Ley de Regulación del Derecho de Petición.

La nota presenta una solicitud formal respaldada por un oficio firmado digitalmente por cinco miembros de la ACSS, solicitando un acuse de recibo. Se destaca la estructura clara y respetuosa de la comunicación, el respaldo legal de la petición y la importancia de asegurar una respuesta oficial.

El correo enviado es el siguiente: 

Lic. Andrés Romero Rodríguez, Ministro
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Gobierno de la República de Costa Rica

Lic. Jaime Barrantes Espinoza, Gerente.
Gerencia de Pensiones
Caja Costarricense de Seguro Social

Estimados señores,

Sirva la presente para saludarlos y hacerles la siguiente petición de conformidad con los artículos 9, 27 y 30 de la Constitución Política y la Ley de Regulación del Derecho de Petición.

Se adjunta oficio ACSS-007-2024 firmado digitalmente por cinco miembros de la ACSS.

Favor enviarnos acuse de recibo.

Saludos cordiales.

Por ACSS

Att. Rodrigo Arias López

Análisis del documento firmado.

El régimen no contributivo de pensiones (RNC) en Costa Rica ha experimentado una pérdida considerable de valor adquisitivo desde 2010. En enero de ese año, el monto de la pensión bajo el RNC era de ¢70.125. Al ajustar este monto según el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que pasó de 75,10 en 2010 a 109,57 en julio de 2024, el valor equivalente de esa pensión hoy sería de ¢102.383. Sin embargo, el monto actual de la pensión es de solo ¢82.000, cifra que se ha mantenido sin reajuste desde junio de 2019, lo que implica una devaluación del 25%. Para restablecer el poder adquisitivo de la pensión, sería necesario un incremento mensual de ¢20.383, llevando el total a ¢102.500. Esto afecta a más de 142.571 personas pensionadas bajo la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares N° 5662 de 1974.

La «Ley Integral para la Persona Adulta Mayor N° 7935» de 1999 establece, en sus artículos 1 y 3, el derecho de las personas mayores a una vida digna, incluyendo el acceso a pensiones que cubran sus necesidades fundamentales. Este principio se refuerza por el Convenio C128 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual estipula que las prestaciones monetarias deben ajustarse cuando se producen variaciones notables en el costo de la vida. La pérdida de valor de la pensión del RNC en un 25% se encuentra claramente enmarcada en este concepto de variación notable y debería ser revisada conforme a lo establecido en el artículo 29 de dicho convenio.

El Cuadro N° 1 proporciona una visión detallada del estado de las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC) en Costa Rica, desglosadas por tipo de beneficiario y monto de la pensión a junio de 2024. A continuación se presenta un análisis de los datos:

En el cuadro se observa que la mayoría de las pensiones bajo el RNC tienen un monto de ¢82.000 mensuales, lo cual afecta a 142.571 beneficiarios. Este grupo incluye a personas en diversas categorías como indigentes, personas con invalidez, orfandad, vejez y viudez. La mayor proporción de pensionados corresponde a la categoría de vejez con 93.322 beneficiarios, lo que subraya la importancia de este segmento de la población dentro del sistema de pensiones no contributivo.

Por otro lado, hay un grupo específico de pensionados que reciben una pensión más alta, de ¢352.164,91 mensuales. Este grupo se compone de 5.330 personas y se desglosa en tres categorías principales: aquellos con parálisis cerebral profunda (PCP), autismo, mielomeningocele, y otras condiciones neurológicas equiparables a PCP. La ley que regula estas pensiones establece que el monto debe ser equivalente al salario mínimo legal, el cual se ajusta de forma periódica. Sin embargo, como se mencionó en el análisis anterior, el monto pagado en junio de 2024 corresponde al salario mínimo de 2023, lo que ha generado una diferencia acumulada no pagada a los beneficiarios.

El número de pensionados por PCP (2.769 personas) es significativamente mayor que el de aquellos con autismo (1.433 personas) o mielomeningocele (325 personas). Además, 803 personas reciben pensiones bajo la categoría de «otras equiparables a PCP», lo que indica que existen otras condiciones neurológicas graves que también son consideradas dentro del mismo marco legal.

En total, el RNC cubre a 147.901 personas, de las cuales 142.571 reciben la pensión básica de ¢82.000 mensuales, mientras que 5.330 perciben una pensión mayor debido a sus condiciones de salud severas. Esto pone de relieve la gran diferencia en el monto de las pensiones, que depende en gran medida del tipo de discapacidad o condición médica que padezca el beneficiario.

El desglose del cuadro refleja la cobertura significativa que ofrece el RNC, especialmente en la categoría de vejez, aunque la falta de ajustes por inflación para la mayoría de los beneficiarios y las demoras en el ajuste de pensiones mayores constituyen un problema que debe abordarse para garantizar el bienestar económico de las personas más vulnerables.

Por otro lado, la Ley N° 7125, promulgada en 1989 y modificada en 2009, establece un régimen de pensión vitalicia para personas con parálisis cerebral profunda, autismo y mielomeningocele, siempre que estas condiciones se manifiesten durante la primera infancia y las personas afectadas se encuentren en estado de pobreza o abandono. A junio de 2024, había 5.330 pensionados bajo esta ley. La ley establece que el monto de la pensión debe ser equivalente al salario mínimo mensual legal fijado por el Poder Ejecutivo, el cual, a partir de enero de 2024, es de ¢358.609,5. Sin embargo, se ha detectado que estos pensionados continúan recibiendo el salario mínimo de 2023, que era de ¢352.164,91. Esta diferencia de ¢6.444,59 mensuales se ha acumulado durante ocho meses, lo que representa un total de ¢51.556,72 no pagados a cada pensionado. La omisión en el ajuste corresponde a un aumento del 1,83%, que es el incremento del salario mínimo en 2024.

La Ley N° 7125 es un mecanismo que beneficia a personas con condiciones neurológicas graves desde la primera infancia, pero excluye a quienes desarrollan estas afecciones después de esta etapa. Esta exclusión es vista como discriminatoria y carece de sustento constitucional. De hecho, la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica ha emitido resoluciones en las que se pone en duda la razonabilidad de esta distinción. Las condiciones de pobreza y las enfermedades neurológicas graves deberían ser el criterio principal para otorgar la pensión, independientemente de cuándo se manifiesten los síntomas.

Además, hay una falta de claridad sobre cómo la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) clasifica a los pensionados bajo el régimen del RNC por invalidez. La CCSS incluye a beneficiarios con diferentes condiciones neurológicas severas, pero no existe una lista pública que detalle las enfermedades con manifestaciones neurológicas equiparables en severidad, lo que dificulta a los potenciales beneficiarios conocer si pueden acogerse a la Ley N° 7125.

El cuadro presentado detalla la cantidad de pensiones del Régimen No Contributivo (RNC) bajo la categoría de «Invalidez RNC/PCP» según la fecha de vigencia de las pensiones. Los datos muestran una distinción entre las pensiones otorgadas antes y después del 24 de enero de 1989, fecha en la que entró en vigor la Ley Pensión Vitalicia para Personas con Parálisis Profunda N° 7125.

Antes del 24 de enero de 1989, se registran 1.575 pensiones, lo que indica que estas fueron concedidas bajo un marco legal diferente o posiblemente bajo criterios previos a la ley mencionada.

A partir del 24 de enero de 1989, con la implementación de la Ley N° 7125, el número de pensiones bajo esta categoría aumentó considerablemente, llegando a 42.843. Esto refleja la expansión del sistema de pensiones no contributivo para incluir a personas con parálisis profunda, autismo y otras discapacidades graves que cumplan con los criterios establecidos en la ley.

En total, el RNC administra 44.418 pensiones bajo la categoría «Invalidez RNC/PCP», lo que subraya la importancia de este régimen para proteger a las personas en situación de invalidez severa. La mayoría de estas pensiones fueron otorgadas después de 1989, lo que puede interpretarse como un reflejo de la efectividad de la ley para ampliar la cobertura y el acceso a beneficios para quienes padecen estas condiciones.

Por lo tanto, se solicita un reajuste del 25% en las pensiones otorgadas bajo la Ley N° 5662, llevándolas a ¢102.500 mensuales. Asimismo, se exige que las pensiones bajo la Ley N° 7125 se actualicen conforme al salario mínimo de 2024, y se cancele la diferencia acumulada desde enero de ese año. También se requiere un archivo en formato Excel con los datos de las pensiones del RNC a junio de 2024 y la lista de enfermedades neurológicas consideradas equiparables por la CCSS para la correcta aplicación de la Ley N° 7125. 

AUDITORÍA CIUDADANA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El documento está firmado por los siguientes integrantes de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social: 

Lic. Carlos Eduardo González Arroyo.

Dr. Alfredo Ramírez Montero. 

Lic. Jorge Manuel García Araya. 

MBA. Juan Carlos Aguilar Zamora.

M.Sc. Rodrigo Arias López.

Firmado digitalmente por: 

Dr Alfredo Ramírez Montero. 

M.Sc. Rodrigo Arias López.

Referencia 

Romero Rodríguez, A., & Barrantes Espinoza, J. (2024). Petición de conformidad con los artículos 9, 27 y 30 de la Constitución Política y la Ley de Regulación del Derecho de Petición (Oficio ACSS-007-2024). Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Gobierno de la República de Costa Rica, & Gerencia de Pensiones, Caja Costarricense de Seguro Social.

Diputada Vanessa Castro Mora impulsa iniciativa para crear comités cantonales para personas adultas mayores y personas con discapacidad

En un esfuerzo por fortalecer la atención y protección de las personas adultas mayores y con discapacidad, la diputada Vanessa Castro Mora, del Partido Unidad Social Cristiana, ha presentado una nueva iniciativa de ley que busca la creación de comités cantonales dedicados a estas poblaciones en cada uno de los 84 cantones del país.

La diputada Castro Mora destaca que «la creación de los Comités Cantonales de la Persona Adulta Mayor y la Persona con Discapacidad es crucial para responder a las necesidades específicas de estos grupos en cada cantón, promoviendo soluciones adaptadas que aseguren equidad y justicia social en el territorio nacional.»

Actualmente, el Código Municipal permite a las municipalidades establecer oficinas dedicadas a este sector de la población, sin embargo, no todas cuentan con tales órganos. La propuesta de Castro Mora busca llenar este vacío legal y operativo, garantizando que estas estructuras no solo existan, sino que también funcionen efectivamente en todo el país.

Este proyecto de ley se enmarca en un contexto donde la atención integral y especializada para las personas adultas mayores y con discapacidad se ha vuelto más urgente que nunca, buscando asegurar que todos los cantones cuenten con las herramientas necesarias para ofrecer este soporte esencial.

Taller literario impulsa derechos humanos en personas mayores

Con el objetivo de fortalecer el aprendizaje literario en personas adultas mayores mediante técnicas y estrategias para la lectura, análisis y escritura de obras literarias, el Programa de Atención Integral de la Persona Adulta Mayor (PAIPAM), del Centro de Estudios Generales de la Universidad Nacional, desarrolla desde el 2024 el Taller literario UNA en derechos humanos.

Esta iniciativa ofrece espacios de análisis de textos representativos de la literatura universal, latinoamericana, centroamericana y costarricense. Con obras importantes, se muestran estilos y tendencias literarias basadas en fundamentos teóricos. Además, incluye presentaciones de escritores, estrategias discursivas y sesiones comunicativas, fundamentadas en experiencias literarias y de vida de los participantes.

Las actividades abarcan presentaciones de cuentacuentos, recitales de poesía, cine foros y presentaciones de libros. El objetivo es crear una imagen positiva de las habilidades de la población adulta mayor y promover oportunidades de participación social mediante conversatorios y encuentros intergeneracionales entre jóvenes universitarios y adultos mayores.

“A través del PAIPAM, la UNA reconoce el derecho a la vida cultural de los adultos mayores, que contempla eventos para la vivencia del proceso creativo mediante la construcción de obras literarias basadas en la cultura universal y las tradiciones costarricenses”, comenta María Sancho Ugalde, académica del Centro de Estudios Generales.

De acuerdo con Sancho, el taller y los encuentros intergeneracionales fortalecen competencias como creatividad, imaginación, expresión oral, concentración y memoria, lo que permite a los participantes interactuar con personas que comparten intereses literarios.

El proyecto Taller literario UNA en derechos humanos, contribuye según la académica, a la construcción de una nueva cultura del envejecimiento y la vejez, apoya el desarrollo integral, bienestar y calidad de vida de esta población. Además, sensibiliza a estudiantes universitarios y elimina mitos y estereotipos que afectan las relaciones generacionales.

Según Sancho, se espera contar con 30 clases del taller literario y cuatro encuentros intergeneracionales por año, y publicar obras literarias de personas adultas mayores en medios digitales y revistas especializadas.

Oficina de Comunicación
Universidad Nacional, Costa Rica

Defensoría monitorea control del Estado a centros de personas adultas mayores con fondos públicos

Realizó seguimiento con el CONAPAM en visita a centro diurno de la Asociación de la Casa de la Persona Adulta Mayor de Moravia (ACAPAM)

En el mes de abril 2024 se tuvo conocimiento de denuncias por presuntas agresiones (maltratos psicológicos, emocionales y tratos discriminatorios) en contra de personas adultas mayores en el centro diurno de cuido Asociación Casa de la Persona Adulta Mayor de Moravia (ACAPAM).

La información recibida por CONAPAM refiere que realizarán labores de observación y trabajo de campo para verificar la atención que se brinda a las personas adultas mayores que continúan asistiendo al lugar. La Asociación mantiene suscrito y en vigencia, el convenio de transferencia de recursos púbicos del CONAPAM para el año 2024.

La Municipalidad de Moravia informó que las siete denuncias recibidas fueron trasladas a la Junta Directiva para un abordaje en coordinación con la psicóloga del centro diurno para los procesos de contención de las personas denunciantes y refiere la creación de una Comisión Especial para la evaluación operativa del Centro Diurno del Adulto Mayor del Concejo Municipal y una revisión de los registros contables, sobre lo cual se ha solicitado mayor información.

La Defensoría de los Habitantes solicitó al CONAPAM ampliar información sobre las coordinaciones interinstitucionales que se realizan para contar con un diagnóstico integral de la condición de las personas adultas mayores usuarias del servicio, por lo que la Unidad de Gestión Social de esa institución realiza un proceso de observación, realizándose entrevistas a cada una de las personas adultas mayores que acuden al centro, así como su personal.

Esta semana, la Defensoría de los Habitantes en acompañamiento al CONAPAM, realizó una inspección en el centro diurno, donde se llevó a cabo un encuentro con representantes de la Municipalidad local y la administración del centro diurno.

CONAPAM informó que la actual intervención de la entidad se da a fin de identificar si hay situaciones de abuso, posibles usuarios agredidos y posibles responsables de las agresiones, así como, corroborar la prestación del servicio a favor de la población adulta mayor y desescalar las situaciones de conflicto que se han presentado. Asimismo, efectuar una verificación de la información financiera referente a la utilización de los recursos y efectuar un informe contable.

Desde la Municipalidad de Moravia, manifiestan se han efectuado algunas visitas, se ha intentado un acercamiento con la población adulta mayor y las personas funcionarias. Se ha detectado una mejora significativa en el trato, los horarios y la alimentación. Se prevé mayor contacto con el centro, más visitas periódicas, y mayor fiscalización.  Desde la oficina de la Persona Adulta se les da seguimiento a los casos denunciados, se conversa con las personas usuarias para constatar cómo se sienten y tratar de darles contención ante las preocupaciones suscitadas con ocasión de las denuncias.  Se procura trabajar en la modificación del reglamento y del convenio que se tiene con la Asociación el cual vence en el 2025.

La actual administradora del centro informó que continúa recibiendo un promedio de 34 personas usuarias diarias, a quienes intenta unirlos y siempre estar pendiente de sus necesidades y su estado general. Se compromete a realizar una depuración de los usuarios activos, a intentar un acercamiento con la comunidad y con quienes fueron usuarios y se hayan retirado.

La Defensoría de los Habitantes continuará dando un estricto seguimiento a este trabajo de campo realizado por la CONAPAM a diferentes centros, en aras de la protección de los derechos de la población adulta mayor en situación de vulnerabilidad.  

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Defensoría: Urge fortalecer medidas económicas a favor de personas adultas mayores

Solicita a CONAPAN intervenir ante el sistema financiero nacional

Recientes investigaciones de la Defensoría de los Habitantes determinaron que los derechos de las personas adultas mayores a la seguridad económica e inclusión en el sistema financiero, no se les está brindando la atención suficiente, si se toman en consideración los niveles de discriminación, desigualdad, pobreza y desempleo o empleo de baja productividad. Este sector para el año 2050 se estima representará el 20,7% de la población del país.

La investigación de la Defensoría evidenció que el país carece de datos de este grupo de habitantes como usuarios de los servicios financieros, resultado de equiparar la edad avanzada con el incremento en el riesgo de recuperación de créditos, lo que no sólo limita su incorporación, sino que favorece prácticas abusivas, que promueven el acceso a préstamos en el sistema informal, como el gota a gota, el acoso y el hostigamiento por cobro de deudas, entre otros.

Ante este panorama, la Defensoría identificó una serie de acciones concretas en favor del derecho a la seguridad económica e inclusión al Sistema Financiero. Entre ellas, se recomendó al Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), adoptar medidas, en coordinación con la Presidencia de la República, con el fin de garantizar a las personas adultas mayores acceso al crédito en condiciones preferenciales, tanto por parte de entidades financieras públicas como privadas, de conformidad con lo que señala la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor.

Se solicitó al CONAPAM elaborar un proyecto de ley, mediante el cual se garantice a las personas pensionadas, independientemente del Régimen de Pensiones al que pertenezca, una pensión mínima inembargable, o pensión mínima intocable, de forma que puedan disponer de su pensión sin limitaciones, hasta por el monto de un salario mínimo, en los mismos términos que se garantiza el salario.

En el marco de los Derechos Humanos y Empresas, la Defensoría emitió una resolución en la que se instó a la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) y al INFOCOOP promover entre los asociados y cooperativas de ahorro y crédito, la adopción de procesos de debida diligencia, que permitan identificar, prevenir y mitigar el impacto sobre la población adulta mayor, en temas como la atención prioritaria, acceso a la información financiera en lenguaje apropiado a su condición, políticas de acceso al crédito y otros servicios bancarios, información sobre prevención de estafas electrónicas, cero tolerancia al acoso cobratorio, denuncia en caso de detectar abuso financiero en contra de la personas adulta mayor, etc.

En relación con el acceso a seguros, tema ligado al acceso al sistema financiero, la Superintendencia de Seguros (SUGESE) informó que cuenta con normativa interna que le permite garantizar el acceso al mercado de seguros a la Población Adulta Mayor, por lo que insta a presentar cualquier duda ante esa instancia. Además, la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL) informó que ha identificado puntos de mejora en temas referentes al reforzamiento de aspectos regulatorios y sancionatorios y prepara este año un proyecto de ley.

La Oficina del Consumidor Financiero (OCF) informó que se encuentra en estudio de la Asamblea Legislativa el proyecto N° 24.136 que tiene como finalidad proteger los derechos e intereses legítimos de los consumidores de productos o servicios financieros. En relación con este proyecto de ley, la Defensoría considera oportuno que la ley aborde un acápite especial de protección a Población Adulta Mayor. Un elemento esencial en el desarrollo del presente tema es la educación, en este sentido la Defensoría participa como observador de la elaboración de la III Guía de Educación Financiera, a cargo del MEIC en el que se instó a la comisión que lo elabora, adoptar medidas que permitan garantizar las necesidades de esta población.  

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

Seccional de Jubilados de la UCR informa y denuncia

Comunicado

Denunciamos el acuerdo de una asamblea del Sindicato de Empleados de la Universidad de Costa Rica- SINDEU.

El viernes 12 de abril 2024, una Asamblea integrada por 90 personas, votaron la moción de eliminar la seccional de jubilados del SINDEU.

Los argumentos fueron muy pobres y los términos contra esta seccional, atentan contra la dignidad y la voluntad de lucha de las personas Adultas Mayores, quienes históricamente han demostrado su integridad y nivel político por las luchas de la clase trabajadora, dentro y fuera de la Universidad de Costa Rica.

Se olvidó en esta Asamblea que, la generación de los y las Personas Adultas Mayores, trabajaron y aún, en nuestra condición de jubilados, seguimos trabajando duramente a favor de la Convención Colectiva y las justas reivindicaciones de las y los trabajadores de la UCR, y que, por dicha, estos sindicalistas con inspiración y con su trabajo, constituyeron y seguimos siendo parte inquebrantable de una generación importante en un sindicato que se define como sindicato de clase.

Preocupados por esta posición, que los jubilados y jubiladas desaprobamos, nos permitimos denunciar la orientación equivocada de la actual dirigencia del SINDEU, quienes se vanaglorian por decisiones que afectan la democracia del SINDEU, Sindicato que, en otrora, se destacó por una orientación y excelentes acciones a favor de la luchas de la clases en nuestro país y la defensa de la Universidad Pública.

La decisión, que la impugnamos todas las personas de la Seccional de jubilados, por razones políticas y discriminatorias, y con mucha preocupación por el retroceso del SINDEU, excluyendo y anulando la seccional como estructura de los Jubilados, es rechazada apelando a criterios jurídicos y políticos.

Es importante señalar, que algunos de los y las presentes, indicaron que ese no era el texto que se votó en el Congreso.

En conclusión, esa decisión afecta Derechos de los Jubilados, la dignidad de las personas que integran la seccional y de manera irracional, afecta la democracia del Sindicato histórico, de nuestra Alma Mater. Pero, además, contraviene los Derechos Humanos, contemplados en los Convenios Internacionales, ratificados por el Estado de Costa Rica.

Ana Cecilia Jiménez Arce.
Ciudadana Costarricense, jubilada de la UCR.
San José, 18 abril. 2024.