Skip to main content

Etiqueta: proyecto de ley 21.182

Conversatorio: Proyecto de Ley 21.182 (jornadas 4×3)

La Cátedra de Derecho Laboral Individual de la Facultad de Derecho yla Asociación Costarricense del Derecho de Trabajo, le invitan al conversatorio “Proyecto de Ley 21.182 (jornadas 4×3)”.

Este conversatorio se realizará el viernes 19 de junio, de 6 p.m. a 8 p.m, en el Auditorio Alberto Brenes Córdoba, en la Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica.

Nuestras razones para oponernos al Proyecto No. 21.182

El Colectivo Mujeres por Costa Rica manifiesta su oposición al Proyecto de Ley Número 21.182 que extiende las jornadas laborales a 12 horas sin pago de horas extra (proyecto 4/3).

La sólida democracia costarricense se ha consolidado en el respeto a la búsqueda de bienestar para toda la población. Consideramos que este proyecto representa un retroceso en los derechos laborales, que afectará a los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. El Estado no puede promover un crecimiento económico que perjudique a los más desfavorecidos, sino que, por medio de sus políticas públicas, debe buscar un desarrollo acorde con las tradiciones legales, institucionales y democráticas de nuestra historia, que han sido garantía de la paz social.

Quienes defienden el proyecto lo hacen en el nombre de la productividad empresarial. Curioso argumento, que desconoce las discusiones dadas en países europeos.  En varios países desarrollados se ha constatado una relación inversa entre duración de las jornadas laborales y productividad: a jornadas MENOS largas, la productividad es MAYOR. Costa Rica se convertiría en uno de los países de la OCDE con jornadas laborales más largas, puesto que otros países miembros de esa organización tienen jornadas de 35 o 36 horas por semana. Otro argumento dado por sus defensores es de que la aprobación de jornadas de 12 horas sin pago de horas extra atraerá más inversión y generará más empleos. Este es otro curioso argumento, que olvida que Costa Rica ha logrado atraer empresas por la calidad de la mano de obra y su estabilidad política, no por ofrecer empleo precarizado. Las empresas que funcionan actualmente con jornadas de 8 horas, mantienen tres turnos; si se pasan a jornadas de 12 horas, solo emplearán la cantidad requerida para dos turnos.

Varias son las razones que nos ponen en alerta contra este proyecto:

  1. Impacto en la salud: la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha alertado sobre el deterioro en la salud física y psicológica de las jornadas laborales largas, como es el caso de las 12 horas. En sectores bien remunerados como en el caso de quienes laboran en computación, se llega al llamado “burn out”.  Con mucha más razón en ocupaciones expuestas al ruido de máquinas, a agentes químicos, a altas o bajas temperaturas durante largas horas, a las vibraciones de máquinas. Esta situación produce más accidentes laborales, fatiga crónica, problemas cardio vasculares, intoxicaciones, sordera, trastornos del sueño, estrés. En el caso de las mujeres, debido a la manera como se ha establecido la división del trabajo, a estas jornadas prolongadas se suman las horas de trabajo no remunerado en el hogar: cuidado de los niños y de las niñas, labores domésticas, cuido de personas adultas mayores o con alguna discapacidad.  El desgaste físico y emocional para las mujeres será mayor, haciendo tambalear el sostén afectivo necesario que requieren las personas a su cargo y perjudicando de manera más destructora el bienestar de esas mujeres.
  2. Retrocede en el derecho a la creatividad, al descanso, al disfrute de la cultura en todas sus manifestaciones. La jornada de 8 horas, establecida desde inicios del siglo pasado, dio derecho a 8 horas de trabajo, 8 horas de sueño, 8 horas recreativas. En Costa Rica se estableció en 8 horas desde la aprobación del Código del Trabajo de 1943, se incorporó a la Constitución de 1949 y se ratificó con la firma del convenio 1 de la OIT, ratificado por Costa Rica el 20 de enero de 1982. La jornada de 12 horas arrebata esos derechos, pues los días libres tendrán un trabajo doméstico acumulado y un cansancio tal que no habrá tiempo para desarrollar cualquier otra actividad a la que toda persona tiene derecho.
  3. Significa para las mujeres un factor de exclusión más del mercado laboral: la pandemia demostró con claridad algo que las mujeres conocíamos, es decir, que en los mercados laborales son muchos los factores que se presentan en contra de las mujeres, tales como dificultades para ascender a puestos de mando, rechazo velado a mujeres embarazadas, menor pago a las mujeres por igual trabajo, etc.  Los datos del INEC muestran que la pérdida de empleo en este año ha afectado mucho más a las mujeres que a los hombres: comparando los datos de setiembre del 2022 con los de abril 2023, hay 110 mil mujeres menos en el mercado laboral. Las jornadas de 12 horas significarán más cantidad de horas pagadas por el cuido de los niños y las niñas. El proyecto presentado, además, al eliminar el pago de esas horas extra, hará aumentar los gastos de cuido sin contar con el pago de horas extra. Si no se paga ese cuido, la calle será el refugio de niños, niñas y adolescentes durante esas horas. La situación se complica entonces mucho más para las mujeres. No podemos olvidar el drama de los hogares monoparentales (la mayoría de los cuales tiene una mujer como jefa de familia) ante esa situación.
  4. El proyecto 4/3 repercute de manera negativa en la vida familiar: con jornadas extenuantes, sumadas a las horas de trayecto desde y hacia la casa, afectarán la dinámica de pareja, los niños, niñas y adolescentes crecerán sin momentos de compartir vida familiar, no contarán con el apoyo cotidiano en sus tareas, no tendrán momentos de ser escuchados y acompañados por sus padres. ¿Quién los lleva y trae para ir a la escuela? Los horarios de los días libres para quienes viven en pareja, no siempre van a coincidir, provocando trastornos a la relación. En hogares monoparentales la situación de los hijos e hijas se agravaría aún más. Las tareas de cuidado de la niñez, adultos mayores, personas con discapacidad, enfermos crónicos, no se pueden posponer, ni ajustarse a 4 días no se cuidan y tres días sí se cuidan.
  5. Cierra las posibilidades del ascenso social vía educación: pese a que esa vía de movilidad social se ha dificultado cada vez más, permanece aún para muchas personas la posibilidad de estudiar fuera de las horas de trabajo y lograr, no solo su desarrollo como persona, sino abrirse oportunidades de mejoras futuras en su situación económica. Con la jornada de doce horas es imposible para quienes trabajan, estudiar después de cumplir su jornada.

El Colectivo Mujeres por Costa Rica hace un llamado a los diputados y las diputadas para que cumplan con la tarea de salvaguardar las condiciones de vida de las y los costarricenses, a velar por el bienestar de toda la población. Les instamos a rechazar el Proyecto de Ley Número 21.182, que produciría efectos nefastos en la vida de muchas personas, sobre todo mujeres, personas con alguna discapacidad, niñas, niños y adolescentes y haría tambalear los cimientos de nuestra democracia.

Por el Colectivo Mujeres por Costa Rica

Dra. Nora Garita Bonilla
M.Sc. Sandra Cartín Herrera
Ana Helena Chacón Echeverría, Exvicepresidenta de la República
Dra. Yamileth González García
Dra. Elizabeth Fonseca Corrales
Dra. Yolanda Rojas Rodríguez
Dra. Alicia E. Vargas Porras
Dra. Virginia Ramírez Cascante
Arq. Eugenia Solís Umaña
Licda. Vera Sancho Mora
Arabella Salaverry Pardo, Premio Magón 2021
Dra. Margarita Bolaños Arquín
Periodista Erika Henchoz Castro

San José, 5 de junio de 2023

¿Ya se pusieron de acuerdo TODOS los partidos políticos en la Asamblea Legislativa para violentar la Constitución Política…una vez más?

Martín Rodríguez Espinoza

—- El refresco sin azúcar, por favor, estoy a dieta – -dice el comensal a la salonera, y agrega — y una tajadita de queque de chocolate.

Así, parece que están algunos diputados y diputadas en la Asamblea Legislativa con el proyecto de Ley 21.182 para «flexibilizar las jornadas del trabajo», y que permitiría establecer jornadas laborales de 12 horas.

Al filo de la tarde de este miércoles 7 de setiembre de 2022, el Gobierno modifica plan de jornadas excepcionales, y con la participación de diputados y diputadas, «disminuye cantidad de horas laborables», según lo que pretendían los empresarios. Ahora buscarán su aprobación en el Congreso.

«Refresco sin azúcar y una tajada de queque», diría el comensal en el restaurante.

La violación de la Constitución Política, a poquitos o de golpe es lo mismo, una violación a los derechos fundamentales establecidos en ella.

«El infierno está empedrado de buenas intenciones», diría el viejo refrán. Una versión «light» de ese proyecto de Ley para que sea digerible, no lo hace agradable.

El Artículo 58 de la Constitución Política indica que: «La jornada ordinaria de trabajo diurno no podrá exceder de ocho horas diarias y cuarenta y ocho horas a la semana. La jornada ordinaria de trabajo nocturno no podrá exceder de seis horas diarias y treinta y seis a la semana. El trabajo en horas extraordinarias deberá ser remunerado con un cincuenta por ciento más de lo sueldos o salarios estipulados. Sin embargo, estas disposiciones no se aplicarán en los casos de excepción muy calificados, que determine la ley.»

Pero, además, está más que demostrado que en Costa Rica los grandes empresarios violentan este Artículo Constitucional, a vista y paciencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, MTSS, y lo que quieren es «legitimar» el ROBO de horas laborales de los trabajadores y trabajadoras.

Ningún endulcorante dietético va a endulzar esta amarga violencia contra los derechos fundamentales de la clase trabajadora y NO DEBE SER PERMITIDO.

La mentira del 4×3

Mientras que en Europa y Estados Unidos buscan reducir las horas laborales de los trabajadores, en Costa Rica la mafia político empresarial busca lo contrario, explotar aún más a los trabajadores mal pagados y robados.

No hay posibilidad de que una trabajadora, un trabajador, trabaje más de 8 horas (10, 11 o 12) diarias durante 4 días seguidos y que tenga LIBRE 3 días, es imposible. Primero porque los días libres siguen siendo los mismos, UNO, y los otros 2 debe llegar a un «acuerdo» con el patrono para ver si los trabaja o no, «según las necesidades» del patrono.

Las mujeres, en plena desigualdad salarial y laboral, será la que más pierda, pero perderá toda la clase trabajadora.

Además, regalarle horas laborales al empresario (o empresaria) afectará el aguinaldo, vacaciones, cesantía, incapacidades, pensión, etc, de todos los trabajadores por igual.

¿Qué dirá la «mejorada» versión de este nefasto proyecto de Ley 21.182?, no importa, cualquier cesión de Derechos Laborales y económicos, es una infamia de quienes estén de acuerdo con ella.

¿Cuál debe ser la respuesta de la clase trabajadora y sus organizaciones sindicales?, rotundamente en contra, con todo.

CONFERENCIA EPISCOPAL: Sobre el proyecto de ley de reforma de las jornadas laborales

4 agosto 2022.

La Pastoral Social Caritas, comisión de la Conferencia Episcopal de Costa Rica, ha emitido un comunicado sobre el proyecto de ley 21.182, orientado a introducir algunas reformas al Código de Trabajo; entre ellas, las jornadas de trabajo de 12 horas durante cuatro días consecutivos, seguidos de tres días de descanso (jornadas 4-3; en algunos casos, 3-4), en ciertas labores y bajo ciertas condiciones.

La reflexión de la Comisión se fundamenta en la ética social, desde donde la Iglesia aborda temas como el trabajo y el desarrollo humano, que consiste en “el paso, para cada uno y para todos, de condiciones de vida menos humanas a condiciones más humanas” (san Pablo VI, Populorum progressio 20).

Durante cuatro o tres días, las personas trabajadoras sujetas a estos horarios de trabajo estarían 12 horas fuera de su hogar, a las que habría que sumar las de desplazamiento entre sus lugares de habitación y sus centros de trabajo. Fácilmente, esto significaría 14 horas o más fuera del hogar. Explicando el comunicado, el vocero de la Pastoral Social, Pbro. Edwin Aguiluz Milla señaló que “este régimen de trabajo afectaría la convivencia familiar, debilitando los vínculos de la familia. Perjudicaría seriamente las tareas de cuido de las personas dependientes (menores de edad, adultos mayores y otras), lo que se comportaría, en muchos casos, la imposibilidad de incorporarse al mercado laboral de muchas personas. Dado que comúnmente las mujeres son quienes cargan con el mayor peso de las tareas de cuido, estas estarían seriamente afectadas y, en muchos casos, verían cerradas las posibilidades de acceder al trabajo remunerado formal. Las jornadas 4-3 serían incompatibles con los horarios de estudio de una gran parte de trabajadores que estudian fuera de su jornada laboral. Además, está documentado que jornadas laborales tan extensas tienen un impacto en la salud física y mental de las personas trabajadoras”.

No existen garantías de que, en las actuales condiciones de la inspectoría del trabajo por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se respete para todas las personas el principio de voluntariedad en la incorporación en el régimen de las jornadas 4.3, explica el comunicado.

El Pbro. Aguiluz expresó que el documento advierte que se debe respetar la identidad cultural de una gran parte de la población costarricense que es confesionalmente cristiana, por lo que el domingo es parte importante de su espiritualidad, como día de alegría, descanso y solidaridad. Las jornadas de 12 horas en día domingo son incompatibles con esta práctica de una gran parte los costarricenses.

Para la Pastoral Social Caritas, en definitiva, esta reforma de las jornadas laborales, lejos de favorecer el desarrollo humano integral, lo perjudicaría. El documento señala que existen vías para la reactivación económica y, por ende, de generación de empleo, tanto desde el Poder Ejecutivo como del Legislativo, que no producen precarización del trabajo ni afecten la vida familiar, las tareas de cuido, el estudio y la salud de las personas trabajadoras.

Lea el documento completo del comunicado en este enlace: https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2022/08/COMUNICADO-PASTORAL-SOCIAL_JORNADAS-LABORALES.pdf

Compartido con SURCOS por el presbítero Luis Alejandro Rojas

COMUNICADO DEL GRUPO DE TRABAJO AGENDA CEDAW: jornada laboral

SURCOS comparte la siguiente información:

Desde el Grupo de Trabajo Agenda CEDAW, manifestamos nuestra oposición al proyecto de ley 21.182 que busca instaurar jornadas de 12 horas durante 4 días a la semana y representa un claro detrimento de los derechos laborales y en especial de los derechos de las mujeres. 

El proyecto de ley de jornadas 4×3 violenta convenciones internacionales en materia de derechos laborales, trabajo decente y de derechos de las mujeres, entendiendo que en Costa Rica la realidad entre hombres y mujeres en el mercado laboral sigue siendo profundamente desigual. Por ejemplo, en todos los informes sobre trabajo se puede denotar una sobre representación de las mujeres en indicadores de desempleo, subempleo, trabajo informal, falta de aseguramiento y otros. (EMPEDEMU. 2019). 

Estas jornadas atentan contra la salud de las personas trabajadoras, disminuye la productividad, genera más recarga en los servicios de salud y aumento en los accidentes laborales, las jornadas extensas tienen relación directa con la depresión, la cardiopatía isquémica, accidentes cerebrovasculares y trastornos del uso del alcohol. (OMS, OIT. 2018). 

Este proyecto fomenta la exclusión de las mujeres en el mercado laboral, pues no reconoce las desigualdades en el uso del tiempo por la división sexual del trabajo basada en estereotipos y sesgos de género. De acuerdo con la Encuesta de uso del tiempo: las mujeres invierten 36 01 horas semanales al trabajo doméstico no remunerado, mientras los hombres solamente 13.55 horas semanales. 

Esta ampliación de jornada procura la disminución de personal contratado y eliminar el pago de horas extra, por ejemplo, las trabajadoras domésticas verían acrecentar su horario a 18 horas diarias, SIN retribución adicional. 

Además, estas jornadas no contemplan las necesidades de las personas que asumen las labores de cuido o acompañamiento, donde un 90% de los casos no son remunerados y 7 de cada 10 personas cuidadoras son mujeres. Dando como resultado la generación de mayores barreras para que las mujeres puedan insertarse de manera justa al mercado laboral. 

El Estado costarricense tiene la obligación de cumplir con lo establecido por las convenciones internacionales de derechos humanos, la iniciativa en discusión es un retroceso al cumplimiento de las recomendaciones de la CEDAW relativas a las medidas para facilitar el acceso de las mujeres al empleo formal, a las recomendaciones de la OIT sobre trabajo decente y la transición de la economía informal a la formal y representa un riesgo notable para alcanzar la meta de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) sobre empleo pleno, productivo y trabajo decente para las mujeres y hombres. (Recomendación 29B de la agenda CEDAW).

Exhortamos a las diputadas y diputados de la República para que este proyecto no sea aprobado, y mantengamos la vía del respeto y garantía de los derechos laborales que también son derechos humanos y enfoquemos las acciones para la disminución de las brechas de género en el trabajo y la garantía de una vida libre de violencia para las mujeres. 

¿Qué es la CEDAW?

La Convención sobre todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en ingles), fue adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

La CEDAW es un instrumento de carácter internacional que precisa los detalles de la discriminación contra las mujeres y establece los lineamientos necesarios para erradicarla. Al ratificarla, los Estados se comprometen, a consumarla llevando a cabo una serie de medidas a nivel interno para eliminar las violaciones de derechos humanos contra las mujeres.

Además, se crea el Comité CEDAW (Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer), para monitorear el cumplimiento de los Estados en virtud de las disposiciones contempladas en esta Convención.

Más información sobre la CEDAW en el siguiente enlace:

https://www.ohchr.org/es/treaty-bodies/cedaw