Coordinadora de Lucha Sur Sur. Domingo 5 de febrero de 2023.
Ayer sábado 4 de febrero se llevó a cabo una actividad de karaoke en el bar Las Yuntas, negocio de Teovaldo Guadamuz en el centro de Térraba.
Para hoy domingo está programada una monta de toros en San Antonio de Térraba en el redondel de la familia Mata.
Ambas actividades tienen como fin recaudar fondos para la defensa judicial de Juan Eduardo Varela, condenado el pasado miércoles 1 de febrero por el Juzgado Penal de Buenos Aires por el asesinato de Jerhy Rivera Rivera realizado con alevosía según la sentencia del ente juzgador.
Independientemente de los fines de dichas actividades, ambas son ilegales según el artículo 6 de la Ley Indígena 6172 de 1977 que en lo concerniente establece:
«Artículo 6º.- Ninguna persona o institución podrá establecer, de hecho o de derecho cantinas ni venta de bebidas alcohólicas dentro de las reservas indígenas. La presente ley anula la actual posesión y concesión de patentes de licores nacionales y extranjeros dentro de las reservas.
Queda prohibido a los municipios el otorgamiento y traspaso de patentes de licores dentro de las mismas.
Los establecimientos comerciales, sólo podrán ser administrados por los indígenas. Ninguna otra persona o institución con fines de lucro podrá hacerlo»
Las actividades son promovidas por Ivon Guadamuz (esposa de Juan Luis Varela, hermano del asesino condenado de Jerhy) y en el grupo de WhatsApp «UnidosApoyodeHuelgas», mismo que ha sido denunciado públicamente por compartir mensajes de odio y racismo contra los Pueblos Originarios.
Las familias Guadamuz (Teovaldo y Fernando, entre otros) y Mata son ocupantes ilegales del Territorio Brörán de Térraba según el bloque de constitucionalidad y el voto 2022024725 del 19 de octubre de 2022 de la Sala Constitucional.
Exigimos al Poder Ejecutivo cumplir con lo establecido legalmente y de acuerdo con el principio de legalidad impedir que se realice la actividad planificada para el día de hoy y garantizar la vida, integridad y seguridad del Pueblo Brörán de Térraba.
Quiero contarles un poquito de lo que estábamos haciendo en nuestro Consejo Brörán.
Terminamos el año pasado con una muy buena noticia de la Sala Constitucional sobre la acción de inconstitucionalidad que habían presentado los finqueros contra la ley indígena.
Además, un informe del relator de la ONU donde consta que nosotros no reconocemos a la Asociación de Desarrollo Integral como gobierno local, ya que es la culpable de que las tierras estén en manos de no indígenas.
Y este año, que, aunque duele, se da el primer juicio que hace justicia, porque siempre la justicia nos ha invisibilizado. Las resoluciones del señor juez Céspedes ahora habla de los derechos indígenas.
Como Concejo Brörán logramos hacer el Cuarto Congreso de la Nación Brörán , también programamos varias caminatas a los sitios sagrados, iniciamos el 21 de enero.
Hubo muchos audios de odio hacía nuestras recuperaciones.
Para la luna llena de marzo estamos programando la segunda caminata a la laguna de Karsi.
Nos aprobaron la construcción de un rancho cultural, para el cual estaremos empezando la corta de la madera y palma desde la primera menguante de febrero, así que esta invitación es para los no indígenas que han compartido nuestras luchas y vivencias y se han solidarizado con nuestros derechos siempre en el mutuo respeto.
Así que les invito a poner un granito de arena para que nuestro Concejo Brörán siempre siga adelante. Los días que estemos trabajamos los convertiremos en un convivió de hermandad.
Y recuerden que las puertas del UTLALA siempre están abiertas para todas y todos los Brörán y los no Brörán solidarios y respetuosos en nuestras luchas, por lo que los invitamos a compartir con nosotros.
La lucha sigue y sigue. Sergio y Jerhy viven y viven. Adelante con nuestras recuperaciones.
Viernes 3 de febrero de 2023. El Juzgado Civil, Trabajo y Familia (materia Agraria) rechazó las demandas ordinarias agrarias interpuestas por Alfonso Gerardo Naranjo Mena y Hacienda La China RYL S.A contra las familias recuperadoras de Kelpegö y Kono Jú respectivamente.
En resolución N. 2023000005 del 27 de enero de 2023 (Exp. 18-000089-1129-AG-1) el Juzgado mencionado resolvió “Se declara que la finca…está dentro del territorio indígena de China Kichá. En ese tanto, por no ser persona indígena cabécar el Señor Naranjo Mena no puede ostentar derecho de propiedad o posesión en este inmueble dada la protección especial que tienen las comunidades indígenas en su derecho a la tierra”.
Y en el Por Tanto indica el ente juzgador: «Se acogen las defensas de falta de legitimación activa y pasiva que interponen los demandados. En consecuencia, se declara sin lugar en todos sus extremos la demanda ordinaria agraria de Alfonso Naranjo Mena contra ADITI China Kichá y otros».
Este terreno fue adquirido por Naranjo Mena mediante compra – venta en el 2007 y fue el primer terreno recuperado por familias del Pueblo Cabécar de China Kichá el 14 de setiembre de 2018, iniciándose así, el proceso de recuperación y liberación del territorio que se encontraba ocupado ilegalmente por personas y empresas en un 98%.
El 1 de febrero anterior, el mismo ente jurisdiccional emitió la resolución N. 2023000006 (Exp. 19-000033-1555-AG-0) que en su parte dispositiva dispone “se declara que la finca…está dentro del territorio indígena de China Kichá. Se acogen las defensas de falta de legitimación activa y pasiva interpuestas por los demandados. En consecuencia, se declara sin lugar en todos los extremos la demanda ordinaria agraria de Hacienda La China RYL S.A.”.
Kono Jú fue recuperado el 25 de mayo de 2019 por familias del Pueblo Cabécar y se encontraba ocupada ilegalmente por Ángel Marín Espinoza por medio de la empresa Hacienda La China RYL S.A quien había adquirido el terreno en el 2006 por medio de compra y venta.
Dentro de lo acreditado por el Juzgado en el caso de Kono Jú “se considera que Hacienda la China RYL S.A no tiene legitimación activa por que el ordenamiento jurídico le niega la posibilidad de poder ostentar derecho de propiedad o de posesión sobre el territorio indígena mientras no tenga la condición de persona indígena cabécar de China Kichá”.
En el mismo sentido indica la resolución “Así las cosas, no pueden comportarse como dueño la actora ni puede el ordenamiento jurídico darle ese reconocimiento para reivindicar cuando el mismo bloque jurídico prohíbe posesión en esas tierras”.
Ambas resoluciones fueran emitidas por el Juez Jean Carlos Céspedes Mora, quien ha dictado 6 resoluciones contra familias recuperadoras de los Pueblos Bribri, Naso Brörán y Cabécar; contra las mismas familias de Kono Jú había ordenado su desalojo como medida cautelar en marzo de 2020, medida que modificó en junio de 2021.
Las familias recuperadoras celebran estas sentencias y esperan que el citado Juez y demás entes jurisdiccionales resuelva los casos que conoce con respecto a los Territorios Indígenas de acuerdo a la historia, culturas, cosmovisiones y derecho propio de los Pueblos Originarios, conforme al bloque de constitucionalidad, los Derechos Humanos de estos Pueblos y al fallo de la Sala Constitucional No 2022024725 del 19 de octubre de 2022 que declara absolutamente nulas las compra-ventas de tierras indígenas realizadas por personas no indígenas con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Indígena 6172 de 1977 y de acuerdo a un necesario pluralismo jurídico existente pero que no ha querido ser aplicado por el Estado de Costa Rica en este tema.
Estas resoluciones refuerzan los procesos de recuperación de sus Tierras – Territorios que realizan los Pueblos Originarios en el ejercicio de su derecho colectivo a la tierra.
– Recuperadoras/es Cabécar de Kono Jú. – Recuperadoras/es Cabécar de Yuwi Senaglö. – Recuperadoras/es Cabécar de Seglö Kaskä. – Recuperadoras de Saka Duwë Senaglö. – Recuperadoras/es Cabécar de Kelpego. – Coordinadora de Lucha Sur Sur.
Miércoles 1 de febrero de 2023. El Juzgado Penal de Buenos Aires de Puntarenas dió a conocer la parte resolutiva de la sentencia en contra de Juan Eduardo Varela a quien impusieron 22 años de prisión por los delitos de homicidio calificado y portación ilegal de arma permitida ambos en concurso ideal en contra de Jerhy Rivera Rivera, 15 días por amenazas agravadas en contra de Melisa Garbanzo y 6 meses de prisión preventiva.
En una explicación breve de la sentencia el Juzgado tuvo por acreditado que Varela Rojas actuó con alevosía, que Jerhy estaba sujetado, golpeado y disminuido por dos sujetos cuando el hoy condenado le disparó por la espalda; por lo que el ente juzgador no tiene como probado el argumento de la legítima defensa.
Además, el ente juzgador tiene por acreditado que la turba en la que se encontraba Varela tenía la intención de quemar la casa de la testigo Melisa Garbanzo y que esta fue amenazada con arma de fuego por Varela.
Teniendo en cuenta estos elementos probados, no comparte la Coordinadora de Lucha Sur Sur que se le hayan impuesto las penas mínimas de 20 años por el homicidio calificado, 2 años por portación ilegal de armas y 15 días por las amenazas, no hay congruencia entre lo que dijo tener el Juzgado por acreditado y las penas mínimas impuestas.
Ante el arraigo endeble de Varela Rojas, el Juzgado impuso 6 meses de prisión preventiva al considerar un peligro de fuga inminente.
La lectura íntegra de la sentencia será el 8 de febrero, donde se darán los detalles de lo resuelto por el Juzgado.
La Coordinadora de Lucha Sur Sur considera que esta sentencia significa un paso importante contra la impunidad que ha imperado ante las múltiples agresiones y violaciones a los derechos humanos que viven los Pueblos Originarios, sin embargo, hay muchos casos pendientes, muchos agresores libres y muchas amenazas contra estos Pueblos que continúan en una vergonzosa impunidad.
Este fallo judicial reafirma y demuestra de qué parte se ejerce la violencia, el odio y el racismo.
Sin embargo, no estamos de acuerdo con las penas mínimas impuestas por el Juzgado y esperamos la explicación del porqué de las mismas y que las instancias respectivas del Poder Judicial establezcan las responsabilidades penales correspondientes a quienes ofrecieron falsos testimonios por parte de la defensa del hoy condenado.
Así mismo exigimos justicia para Sergio Rojas, su familia, el Pueblo Bribri de Salitre y todos los Pueblos Originarios del país.
Nos solidarizamos y enviamos un gran abrazo a la familia Rivera y al Pueblo Brörán.
Docente de la Escuela de Filología, Lingüística y Literatura y del Doctorado en Estudios de la Sociedad y la Cultura e investigador del Centro de Investigación en Identidad y Cultura Latinoamericanas
Foto: Laura Rodríguez Rodríguez, UCR.
Jornadas de investigación del Ciicla
El indígena es una ‘excusa narrativa’ al que estos relatos no otorgan voz. Estos textos enmascaran, silencian u ocultan la realidad histórica de su situación subalterna en la Costa Rica de la época.
Entre 1885 y 1940 se publicaron en Costa Rica relatos (novelas, novelas cortas, cuentos) que alegorizan al indígena costarricense y su cultura, textos en los que predomina una mirada deshistorizada y arqueológica. Son narrativas tardías del romanticismo indianista, previas al indigenismo que eclosianará posteriormente, ya en pleno siglo XX, sobre todo en el espacio cultural andino.
Fantasías indianistas
Nos referimos, en primer lugar, a Zulai y Yontá (1909, primera edición; 1919, segunda edición; 1946, tercera edición)1, de María Fernández de Tinoco, dos novelas -publicadas bajo el pseudónimo Apaikán– que han de analizarse conjuntamente, tanto por motivos narratológicos y sociológicos como editoriales. Fueron publicadas inicialmente por entregas en la revista Virya, órgano de la Sociedad Teosófica de Costa Rica. El conflicto de Zulai se expresa a través del triángulo constituido por Zulai, Ivdo y Kaurki. Este último, el cacique, buscará impedir que la pareja de enamorados cumpla con su idilio afectivo. Yontá se puede entender como una precuela: alude a la madre de Ivdo, el espiritual y valeroso guerrero que se enamora de Zulai en la novela del mismo nombre. Estas dos novelas han recibido en los últimos años bastante atención crítica (Francisco Rodríguez Cascante; Sergio Coto-Rivel), después de décadas de olvido. Las ideas teosóficas de su autora se canalizan, sobre todo, a partir de los paratextos y de las digresiones explicativas.
Portada de la tercera de edición de Zulai y Yontá, 1945, de María Fernández de Tinoco.
Menos conocida es Arausi (1929), de Diego Povedano (hijo del pintor academicista Tomás Povedano), novela que también deshistoriza las culturas indígenas costarricenses. Su enforque alegórico ya se aprecia desde el paratexto de la dedicatoria: “Dedico esta novela a mi esposa, por haberme servido ella de modelo para la concepción de la heroína de la obra.” La historia sentimental nos remite de nuevo al romanticismo indianista. Se estructura una historia de amor romántico entre Arausi y Surabta, entrelazada con un conflicto colectivo, el organizado a raíz de las pretensiones de la casta sacerdotal de una corte maya, la de Na-chan-caac (la actual Palemke, México), de dominar la voluntad del ilustrado pero débil monarca Tutulxiu, alrededor del mantenimiento o eliminación de los sacrificios humanos en sus dominios. Finalmente, se justifica la unión entre Arausa, princesa maya, y Surabta, guerrero huetar, como contribución a la eliminación de estos ritos sacrificiales.
Portada de Arausi, de Tomás Povedano, 1929.
El delfín de Corubicí (1923, primera edición; 1962, segunda edición), de Anastasio Alfaro, es un caso atípico. Es una novela redactada con el objetivo explícito de convertirse en un texto pedagógico. La primera edición se publicó en el número 12 de la colección El convivio de los niños, organizada por Joaquín García Monge. El proemio “El motivo de este libro” nos ofrece la intencionalidad desde la que fue concebida. Alfaro explica que fue invitado a una escuela superior de niñas para explicarles a estas últimas “las costumbres indígenas tal como las apreciaron los primeros conquistadores españoles” (1923: v), es decir, la vida cotidiana de los indígenas antes de la conquista y la colonia. Afirma que para despertar el interés de su audiencia decidió comunicar este contenido desde una estructura narrativa. Se describe en esta novela corta, desde una visión idílica y festiva, la vida cotidiana de los indígenas del Golfo de Nicoya.
Portada de El Delfín de Corubicí, de Anastasio Alfaro, 1923.
Matla (1933), de Euclides Chacón Méndez, nos ofrece, por el contrario, un enfoque pesimista. Es una novela corta publicada por primera vez en el Repertorio Americano en nueve entregas. En este último caso, contaba con un subtítulo “Fantasía indígena”, que perdió con la publicación en formato de libro. Contó con una primera edición en libro, realizada por el servicio de Publicaciones del Instituto de Alajuela en 1940, en la que se incorporó un prólogo de Moisés Vizenci. No se le conocen ediciones posteriores y podemos sospechar que la primera contó con escasa difusión. Ideológicamente, es una narración que se inserta en la teoría evolucionista de las civilizaciones; unas, más atrasadas, las indígenas, están condenadas a desaparecer en favor de otras menos sanguinarias, occidentales en el presente caso. También se representa en esta novela la típica historia de amor romántico, protagonizada en este caso por Yara, joven chorotega, hija de Kaurki, y Xilotl, un extranjero apátrida, mientras que el caciqué, Cararé, obstaculiza esta relación.
El imaginario precolombino también quedó incorporado en cuentos y leyendas. “De caza” es un cuento de Carlos Gagini, integrado en la colección Chamarasca (1898), que responde a la ideología del exotismo. Al inicio, el narrador observa desde su mirador el panorama del valle del río Barranca. El escritor enfrentado a la crisis de la página en blanco, decide transcribir una leyenda que el día anterior le relató un indígena octogenario: es decir, el narrador transcribe una leyenda indígena antes de que desaparezca uno de sus últimos presentantes. Esta leyenda se preserva en el ‘archivo’ de la cultura letrada escrita, en un relevo que se tematiza como inevitable. Este indígena relata un triángulo amoroso establecido entre Teribe, heredero del cacicazgo de Turiaca, su prima Sula e Itli, el amigo inseparable del primero. Teribe descubre y venga la relación oculta entre los amantes, al decidir que mueran en la hoguera. La atalaya en la que se encuentra el narrador del relato marco también debe entenderse como una metáfora del distanciamiento histórico e ideológico de la sociedad costarricense de finales del siglo XIX frente a unas sociedades precolombinas que considera como desaparecidas. Es, finalmente, la atalaya de la Historia, que observa el relevo de las civilizaciones desde una superioridad epistemológica.
Por su parte ,“Tapaligüi” es un cuento de Ricardo Fernández Guardia recopilado en la colección Hojarasca (1984). La historia de amor romántico tiene un carácter alegórico más evidente que el ofrecido en el cuento de Gagini. El sanguinario y depravado cacique Nambi, de Nicoya, desea a la joven doncella Miri, a su vez enamorada de Tapaligüi, hijo del cacique enemigo de Chira, Niquir. En las fiestas dedicadas al dios sol, Tapaligüi aprovecha para atacar con su ejército el pueblo de Nicoya, aunque llega demasiado tarde para salvar a Miri de ser sacrificada. Justo en este momento se escucha el sonido del cañón de un barco europeo. El relato está estructurado a partir de la narrativa alegórica del ‘destino manifiesto’: las sociedades indígenas han alcanzado un estado tal de corrupción moral (el cacicazgo de Nicoya realiza sacrificios humanos y actos de canibalismo en las fiestas del sol, celebradas tres veces al año) que se justifica la llegada de los españoles, quienes traen los valores civilizatorios del cristianismo. Por este motivo, el autor implícito dedica la primera parte del relato a mostrar la escena descriptiva de una festividad ritual que termina por convertirse en una orgía de sexo y alcohol: mediante este recurso busca mostrar la decadencia moral de la civilización indígena.
La Otredad temporal y sociocultural del mundo indígena es promovida cuando este último queda ubicado en un pasado lejano, previo a la ‘hora cero’ que supuso la llegada de los europeos a América. Este es el caso de “Leyenda indígena”, de Rosa Corrales de Chavarría, de 1903, relato publicado en el suplemento Los Lunes de “La República”, del diario del mismo nombre. El cacique Bu-kerá, respetado por sus súbditos, entra en guerra con un cacique vecino, Sar-Puñg, quien termina por tomar prisionero al primero y a sus jefes. Be tsung, el awa (médico o brujo) de Bu-kerá, negocia el rescate del cacique y Sar-Puñg, por su parte, le exige la entrega de diez doncellas, entre ellas su propia hija, Ka tú. Anteponiendo la lealtad y el amor a su cacique, el awa ofrece a su hija y a las demás doncellas al enemigo. Recriminado por Bu-kerá, quien tiene a Ka tú por amante, el médico-brujo desaparece y su cadáver es encontrado días después en las aguas del Golfo de Nicoya, una alusión a su suicidio.
Por lo demás, numerosas ilustraciones de tema arqueológico precolombino se incorporan en Revista de Costa Rica en el siglo XIX. Tomo I, de 1902. Es una miscelánea, tal como se cultivaron en todo el siglo XIX y a inicios del siglo XX en América Latina. Además de ilustraciones que muestran a indígenas como representantes de la estructura poblacional de la época, esta obra incorpora abundantes ejemplos de naturalezas muertas de objetos arqueológicos. Es un enfoque que también encontramos en la Cartilla histórica de Costa Rica, de Ricardo Fernández Guardia. La visualidad museística de la cultura material indígena la representa como una sociedad muerta que carece de vigencia en la época contemporánea.
La narrativa como invención excluyente
Como vemos, en los relatos mencionados se establece la oposición entre una vida cotidiana comunitaria tribal (dominada por caciques sanguinarios) y la vida idílica y arcádica de una pareja de sujetos indígenas -los protagonistas- que viven una historia de amor romántica en palenques o chozas aisladas, alejados de los vicios de la vida tribal (promiscuidad sexual, violencia, alcoholismo). Son narrativas en las que se distingue tanto al buen salvaje (la pareja protagonista, unida en una relación afectiva escenificada desde el amor romántico) como a Calibán (caciques, casta sacerdotal), mientras que el pueblo es un simple figurante.
Son relatos llenos de anacronismos. Como sabemos, el discurso racista está caracterizado por el tropo de la carencia, y la construcción de los personajes de estas narrativas –que son finalmente estereotipos- registran las huellas de este enfoque jerarquizador: el Otro cultural carece de modestia sexual, de pacifismo, etc. Es lo que ocurre con la figura del cacique (desea a la doncella protagonista del relato, es sanguinario y cruel), mientras que el pueblo carece de contención, a la hora de celebrar unos festivales comunitarios en los que prolifera el alcohol.
Como explica José Ricardo Chaves (comunicación por correo electrónico) en estas novelas (nos referimos propiamente a Zulai y Yontá y a Arausi), la conexión teosófica se observa, sobre todo, en el tema de la antropogénesis y de la sucesión de las distintas razas humanas, enfoque explicativo en el que la teosofía no aporta un fundamento genético, sino cultural y espiritual. Las ‘razas’ corresponden a las distintas etapas por las que ha transcurrido la ‘evolución’ humana, y en estas coordenadas cada ser humano ha pasado, pasa y pasará por todas ellas. No se debe confundir este enfoque explicativo con las problemáticas actuales del discurso racista. En las novelas mencionadas, de la Atlántida derivarían buena parte de los pueblos prehispánicos. Este enfoque formó parte de las ideologías identiarias latinoamericanas, como la de José Vasconcelos y su concepto de la raza cósmica.
En estas narrativas, el poder religioso -la casta sacerdotal- es uno de los antagonistas. Se opone siempre al desarrollo de una sociedad indígena más armónica, alejada del expansionismo militar y de la belicosidad. De alguna manera, esta casta sacerdotal –modelada, anacrónicamente, desde valores inquisitoriales- le permite a estos escritores alegorizar la sensibilidad conservadora de finales del siglo XIX e inicios del XX. Podríamos admitir una segunda lectura alternativa. La insistencia en convertir a la casta sacerdotal en alegoría del oscurantismo religioso, en representante de la idolatría y de la superstición, puede tener un subtexto: reforzar, implícitamente, la importancia de la evangelización cristiana del indígena a inicios del siglo XX. A esta segunda lectura contribuiría el hecho de que el tema de la anticipación evangélica también está presente en algunos de estos relatos. Además, en una tercera lectura, en Zulai y Yontá y Arausi, el triunfo sobre la casta sacerdotal podría aludir a la llegada de un nuevo cristianismo, de una nueva espiritualidad, propia de la teosofía, que pregona valores como la justicia social, el amor y la concordia.
La arqueologización de la cultura precolombina, en el discurso visual (ilustraciones) de algunas de estas novelas, es homóloga a la identificación, en el discurso literario, de las comunidades indígenas como ‘razas’ extintas. Las sociedades precolombinas solo sobreviven a partir de las huellas de una cultura material que los trabajos arqueológicos traen a la superficie. En el proyecto de construcción del Estado-nación costarricense, el pasado indígena precolombino se constituye en un pasado ‘muerto’, en un sustrato desaparecido, en una civilización que, justo en su decadencia, fue sustituida por otra llena de valores espirituales, la cristiana europea.
El indígena es una ‘excusa narrativa’ al que estos relatos no otorgan voz. Estos textos enmascaran, silencian u ocultan la realidad histórica de la opresión que ha vivido. La mímesis literaria romántica, cuando es adoptada y adaptada por el sistema literario latinoamericano, se revela como una invención, fantasía o pantalla que oculta las prácticas de exclusión del indígena en relación con el proyecto del Estado-nación.
Como teatro imaginario, estas novelas escenifican conflictos entre las sociedades indígenas. Las zonas de contacto conflictivas típicas de los contextos coloniales y de las narrativas colonialistas se reproducen en un contexto precolombino. Las naciones a las que presta mayor atención este grupo de narradores son los güetares y los chorotegas. De alguna manera, se alegorizan las relaciones entre el Valle Central y las regiones costeras de la actual Costa Rica. Son narrativas que construyen, finalmente, una geografía histórica imaginaria de Costa Rica.
El espectro potencialmente amenazante de una Otredad contemporánea (la existencia de indígenas en el siglo XX costarricense) queda sublimado desde la Otredad temporal y su imaginario exótico. El mecanismo ideológico empleado consiste en proyectar las ansiedades contemporáneas hacia el indígena en fantasías estereotipadas ubicadas en el pasado.
1 Se publicaron en vida de la autora tres ediciones en formato de libro: la de 1909, la de 1919, ambas surgidas de los Talleres de Alsina y, por último, la de 1946, procedente de los Talleres de la Imprenta Nacional, la que manejamos en la presente investigación, digitalizada por la Biblioteca Nacional de Costa Rica, y la que han empleado los críticos que, en los últimos años, se han ocupado de las dos novelas.
Dorde Cuvardic García Docente de la Escuela de Filología, Lingüística y Literatura y del Doctorado en Estudios de la Sociedad y la Cultura. Investigador del Centro de Investigación en Identidad y Cultura Latinoamericanas (Ciicla)
La delegación de la Coordinadora de Lucha Sur Sur compareció la tarde de este jueves ante la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa de Costa Rica. La comparecencia se dió en el marco de la investigación legislativa «Realidad de los Pueblos Indígenas» expediente N° 23303 que realiza dicha Comisión.
Los voceros de la Coordinadora de Lucha Sur Sur se refirieron a las agresiones y violaciones a los derechos humanos de los Pueblos Originarios del Sur de Costa Rica, a la luz de los Informes que la CLSS ha elaborado para los años 2020 y 2021 y que la Comisión Legislativa conoce.
Las exposiciones se centraron en los temas de Espiritualidad e Identidad, Tierra – Territorios, Organizaciones Propias y Gobernanza y Seguridad.
Los voceros se refirieron al desconocimiento por parte de la institucionalidad pública de la cultura, historia e identidad de los Pueblos Originarios, lo que genera tratos discriminatorios y racistas.
También recordaron, con pruebas, que el Estado de Costa Rica es responsable por la violación sistemática de los derechos humanos de estos Pueblos, como por ejemplo, en el caso de la ocupación ilegal de sus Territorios por parte de personas no indígenas.
Señalaron, además, que se han dado reiteradamente agresiones masivas o en turbas contra estos pueblos, lo que denota una organización y financiamiento de estas agresiones. El asesinato por razones políticas de Sergio Rojas Ortiz del pueblo Bribri de Salitre (2019) y Jerhy Rivera Rivera del pueblo Brörán de Térraba (2020) son ejemplos de la inacción y complacencia del Estado.
En esta semana se está desarrollando el juicio por el asesinato de Jerhy Rivera Rivera en los Tribunales de Pérez Zeledón; asesinato que se dió en medio de un ataque masivo al Territorio Brörán, mientras Rivera defendía procesos de recuperación de tierras.
También denunciaron que la Mesa Técnica Interinstitucional sobre pueblos indígenas que creó la actual administración, es una «mesa más» sin rumbo claro, sin sustento económico y con un gran desconocimiento de la realidad de estos Pueblos.
Por último señalaron, que la resolución de la Sala Constitucional del 19 de octubre anterior, afirma contundentemente que toda persona no indígena que adquirió tierras dentro de los territorios indígenas es poseedor de mala fé, no tiene derecho a indemnización alguna y todas esas compras y ventas son absolutamente nulas; queda como camino que el Ejecutivo realice los desalojos administrativos priorizados en cada territorio por organizaciones propias, y que en materia judicial las resoluciones se apeguen a lo establecido por la Sala Constitucional.
Compartido con Surcos por la Coordinadora de Lucha Sur Sur.
Martes 31 de enero de 2023. El día de hoy a las 9 de la mañana terminó el debate del juicio por el asesinato por razones políticas de Jerhy Rivera Rivera del Pueblo Brörán de Térraba.
Ayer lunes ofrecieron sus conclusiones el Ministerio Público, la parte querellante que representa a la familia Rivera e inició la defensa del imputado Jorge Eduardo Varela, quienes concluyeron el día de hoy.
Mañana miércoles 1ro de febrero se conocerá la parte dispositiva o por tanto de la sentencia, por lo que se sabrá si el imputado es absuelto o condenado y la o las penas impuestas, la sentencia integral se conocerá en 5 días hábiles.
Todas las partes podrán apelar o recurrir el fallo del Juzgado Penal de Buenos Aires en caso de estar disconforme con el mismo.
Tanto el Ministerio Público, como la parte querellante solicitaron la pena máxima de 35 años para Varela por el delito de homicidio calificado, 4 años por portación ilegal de arma permitida y 30 días por amenazas, también, solicitaron prisión preventiva para Varela al considerar que existe peligro de fuga; por su parte la defensa del imputado alega legítima defensa como causa de justificación.
El abogado de la familia Rivera, John Brenes Rodríguez, insistió ayer que el asesinato de Jerhy se dio en un contexto de agresiones e invasión del Territorio Brörán de Térraba, en el que Jerhy estaba defendiendo su tierra – Territorio, su familia y su Pueblo.
¡Justicia para Jerhy, su familia y el Pueblo Brörán de Térraba! ¡Justicia para Sergio, Jerhy y los Pueblos Originarios! Coordinadora de Lucha Sur Sur.
Pronunciamiento en relación con el juicio por homicidio del Indígena Brörán de Térraba: Jerhy Rivera 26 de enero del 2023
La Rama Costarricense de la Asociación Americana de Juristas, organismo no gubernamental con status consultivo ante las Naciones Unidas, ha visto con honda preocupación el incremento de la cantidad de homicidios en Costa Rica, producto -muchos de ellos-de la actividad del crimen organizado, o fundamentados en la injusticia social y la inequidad económica.
Sin embargo, aún más grave y de mayor trascendencia, son los crímenes que atentan contra la vida -uno de los derechos humanos fundamentales-, por razones de discriminación racial, o por objeción a la libertad de conciencia de otras personas, o relacionados con intereses económicos o de depredación del ambiente.
Hemos escuchado en las noticias que en esta semana se está llevando a cabo el Debate Penal, juicio contra la persona a quien se le atribuye la terminación de la vida del líder indígena Jerhy Rivera.
Instamos a las partes, a las autoridades de policía y judiciales, para que interpongan sus buenos oficios, a fin de resolver este caso bajo la óptica de los principios fundamentales de la Justicia, de la protección a las etnias primigenias de nuestro país, alejados de prejuicios racistas que lamentablemente aún imperan contra los indígenas, para quienes todavía no existe equidad, a fin de que se siente un precedente que impulse la igualdad de oportunidades, el respeto a sus territorios, a sus tradiciones y costumbres.
Un país como el nuestro, baluarte en la defensa de los derechos humanos, no puede permitir que crímenes como este queden impunes, ni tampoco que la vida humana quede sin tutela.
Señores Jueces: esperamos lo mejor de ustedes, rigurosidad en el uso de la sana crítica, y una resolución que haga honor al máximo valor que buscamos todos los Juristas = Justicia, protección a la vida y a los derechos fundamentales de la población indígena.
Por la Rama Costarricense de la Asociación Americana de Juristas, cédula jurídica 3-002-117.038 Firma responsable: Arturo Fournier Facio, vicepresidente, cédula número 103980270