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Etiqueta: radios comunitarias

Óscar Aguilar Bulgarelli: “Las pequeñas emisoras son bastiones de la democracia costarricense”

El historiador y analista nacional Óscar Aguilar Bulgarelli se refirió al debate público generado en torno al manejo de las frecuencias de radio y televisión en Costa Rica, tras la decisión del Gobierno de abrir una licitación en medio del proceso electoral. Aguilar cuestionó tanto el momento político de esa decisión como los juicios generalizados hacia quienes poseen concesiones radiofónicas y televisivas, en particular hacia las emisoras pequeñas, regionales y comunitarias, que —dijo— han sostenido históricamente la libertad de expresión en el país.

Aguilar recordó que conoce de cerca la historia de la radiodifusión nacional. Señaló que su padre fue uno de los fundadores de la radio costarricense en 1947, que él mismo administró una pequeña empresa radial durante varios años en la década de 1980 y que fue fundador del SINART radio y televisión. “Por lo tanto, no hablo desde la improvisación; he vivido la radiodifusión desde dentro”, afirmó.

El historiador explicó que el derecho a utilizar una frecuencia es una concesión de un bien público y, como tal, debe pagarse de forma justa y proporcional. Comparó esta situación con las licencias o patentes que paga cualquier pequeño negocio en el país: “Así como una pulpería paga sus impuestos y una patente para operar, los medios deben pagar por el uso de la frecuencia”.

Sin embargo, Aguilar subrayó que debe existir proporcionalidad. “No es lo mismo una gran cadena con presencia internacional que una emisora pequeña que apenas logra cubrir sus gastos”, dijo. Recordó que la legislación sobre radiodifusión tiene más de setenta años de antigüedad y que, a lo largo del tiempo, se ha modificado para favorecer a grandes consorcios mediáticos, mientras las emisoras pequeñas han quedado rezagadas y sin protección adecuada.

“Hay grandes empresas que han hecho fortunas con la pauta publicitaria y que pagan muy poco por sus frecuencias. Eso es injusto y debe corregirse”, expresó. Pero advirtió que sería igualmente injusto imponer los mismos cobros a las emisoras locales o comunitarias, muchas de las cuales sobreviven con presupuestos mínimos y sostienen su programación gracias al esfuerzo voluntario o al trabajo de sus comunidades.

Aguilar recordó que esas pequeñas estaciones “han sido bastiones en el sustento de la democracia costarricense”, pues han permitido la difusión libre de ideas y opiniones, incluso cuando los grandes medios concentran poder económico y mediático. “Mientras los grandes medios han sido manipuladores de la opinión pública, las pequeñas emisoras han luchado por décadas por la libertad de información y de pensamiento. Solo por eso hay que protegerlas”, señaló.

Advirtió que eliminar o debilitar a esas radios locales, por desconocimiento o conveniencia política, pondría en riesgo el pluralismo informativo y la salud democrática del país. “Siempre a los poderes concentrados, a quienes sueñan con establecer dictaduras políticas, les interesa manejar los medios. Y una forma de hacerlo es provocar que los medios libres desaparezcan, para luego controlar a los pocos que queden”, afirmó.

El analista concluyó su exposición reiterando que no defiende a los grandes grupos mediáticos, sino a las radios y televisoras pequeñas que han mantenido viva la comunicación libre y el pensamiento independiente. “Solo por eso hay que protegerlas. No pueden desaparecer, porque son parte del corazón democrático de Costa Rica”, afirmó.

Corte Interamericana de Derechos Humanos responsabiliza a Guatemala por violar libertad de expresión y derechos culturales de pueblos indígenas operadores de radios comunitarias

COMUNICADO DE LA CORTE:

GUATEMALA ES RESPONSABLE POR VIOLAR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y LOS DERECHOS CULTURALES DE CUATRO PUEBLOS INDÍGENAS OPERADORES DE RADIOS COMUNITARIAS

San José, Costa Rica, 17 de diciembre de 2021

En la sentencia notificada en el Caso Pueblos Indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y otros Vs. Guatemala, la Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró al Estado de Guatemala responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la libertad de expresión, la igualdad ante la ley y a participar en la vida cultural, en perjuicio de los pueblos indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango, Maya Achí de San Miguel Chicaj, Maya Mam de Cajolá y Maya Mam de Todos Santos Cuchumatán. Tales violaciones ocurrieron principalmente porque el marco regulatorio concerniente a la radiodifusión en Guatemala, particularmente, la Ley General de Telecomunicaciones (LGT) impidió, en la práctica, que estas comunidades indígenas pudieran operar legalmente sus radios comunitarias.

El resumen oficial de la sentencia puede consultarse aquí y el texto íntegro de la sentencia puede consultarse aquí.

Al menos el 43,6% de la población de Guatemala es indígena y aproximadamente 80% de la población indígena es considerada pobre.

En Guatemala, se encuentran un aproximado de 424 emisoras de radio licenciadas en frecuencia FM y 90 en frecuencia AM, de las cuales, una es emisora comunitaria indígena. Por otro lado, existen diversas radios comunitarias operadas por pueblos indígenas que no cuentan con licencia del Estado para su funcionamiento, como las emisoras operadas por los pueblos indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango, Maya Achí de San Miguel Chicaj, Maya Mam de Cajolá y Maya Mam de Todos Santos Cuchumatán.

Las Radios Ixchel y Uqul Tinamit La Voz del Pueblo, operadas por los pueblos Kaqchikel de Sumpango y Achí de San Miguel Chicaj, fueron allanadas por autoridades estatales como resultado de órdenes judiciales dictadas en el marco de procesos penales. Sus equipos de transmisión fueron confiscados y algunos de sus operadores, miembros de las respectivas comunidades, fueron procesados criminalmente. La Radio Ixchel suspendió su transmisión por siete meses y los miembros de la comunidad tuvieron que recolectar fondos para comprar nuevo equipo y poder transmitir de nuevo. La Radio Uqul Tinamit, a su vez, dejó de transmitir tras sufrir un segundo allanamiento.

En la Sentencia, la Corte recordó que la libertad de expresión constituye una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática, y resaltó la importancia del pluralismo de los medios de comunicación en el marco del ejercicio del referido derecho. La Corte indicó que los Estados están internacionalmente obligados a establecer leyes y políticas públicas que democraticen el acceso a los medios y garanticen el pluralismo de medios o informativo en las distintas áreas comunicacionales, tales como, la radio. Asimismo, señaló que los pueblos indígenas tienen un derecho de verse representados en los distintos medios de comunicación, especialmente en virtud de sus particulares modos de vida, de sus relaciones comunitarias y la importancia que los medios de comunicación, especialmente la radio, tiene para ellos. En este sentido, los pueblos indígenas tienen derecho a fundar y utilizar sus propios medios de comunicación.

La Corte reconoció que las radios comunitarias, más allá de posibilitar a los pueblos indígenas participar más plenamente en lo público, son una herramienta esencial para la conservación, la transmisión y el desarrollo continuo de sus culturas y lenguas. El acceso a sus propias radios comunitarias, como vehículos de la libertad de expresión de los pueblos indígenas, son un elemento indispensable para promover la identidad, el idioma, la cultura, la auto representación y los derechos colectivos y humanos de los pueblos indígenas. Por ello, los Estados están obligados a adoptar medidas necesarias que permitan a las comunidades indígenas el acceso al espectro radioeléctrico de las radios comunitarias.

En razón de la discriminación estructural e histórica que han sufrido los pueblos indígenas, el Tribunal señaló que Guatemala debía tomar todas las medidas necesarias para revertir los varios factores de desventaja de los mismos y asegurarles el acceso a frecuencias radioeléctricas, con el propósito de garantizar la igualdad material de dichos pueblos frente a otros segmentos sociales que tienen las condiciones económicas para competir en las subastas de adquisición de frecuencias radioeléctricas, cuyo único criterio es el de mayor precio.

La Corte determinó que, la forma por la cual se encuentra regulada la radiodifusión en Guatemala consiste en una prohibición de facto, casi absoluta, al ejercicio del derecho a la libertad de expresión de los pueblos indígenas y a su vez, les impide ejercer su derecho de participar en la vida cultural. Así, la Corte encontró que Guatemala violó los derechos a la libertad de expresión, la igualdad ante la ley y a participar en la vida cultural, en perjuicio de los pueblos indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango, Achí de San Miguel Chicaj, Mam de Cajolá y Mam de Todos Santos Cuchumatán.

Por otra parte, el Tribunal consideró que los allanamientos y decomisos de equipos de las radios Ixchel y “La Voz del Pueblo” configuraron acciones ilegítimas y restricciones al derecho a libertad de expresión contrarias a la Convención, por lo que la Corte concluyó que Guatemala es responsable por la violación de dicho derecho, en perjuicio de los pueblos indígenas Maya Kaqchikel de Sumpango y Maya Achí de San Miguel Chicaj.

En razón de estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación, entre otras: 1) adoptar las medidas necesarias para permitir que las comunidades indígenas identificadas como víctimas de ese caso puedan operar libremente sus radios comunitarias; 2) adecuar la normativa interna con fines de reconocer a las radios comunitarias como medios diferenciados de comunicación, particularmente las radios comunitarias indígenas; 3) reglamentar su operación, estableciendo un procedimiento sencillo para la obtención de licencias; 4) reservar a las radios comunitarias indígenas parte del espectro radioeléctrico; 5) abstenerse inmediatamente de enjuiciar criminalmente a los individuos que operan emisoras de radio comunitarias indígenas, allanar dichas radios y aprehender sus equipos de trasmisión, y 6) eliminar las condenas y cualquiera de sus consecuencias relacionadas con las personas de comunidades indígenas condenadas por uso del espectro radioeléctrico.

Fuente: https://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_103_2021.pdf

Conversatorio: Radios comunitarias desencadenan procesos de organización para la defensa de los territorios

San José, 19 de febrero, 2018. La próxima semana estará en el país Griselda Sánchez Miguel, productora radiofónica independiente y paisajista sonora de Oaxaca, México

  • Conversatorio: “De cómo las radios comunitarias desencadenan procesos de organización y movilización para la defensa de los territorios”
  • Fecha: Martes 27 de febrero, 2018
  • Hora: 6pm.
  • Lugar: Sula Batsú (500 mts Este de la Iglesia Santa Teresita, Barrio Escalante)
  • Entrada: Gratuita

Conversatorio Radios comunitarias desencadenan procesos de organizacion para la defensa de los territorios2

Sánchez Miguel visita el país como colaboradora de la organización EDUCA Oaxaca y hablará sobre su libro «Aire, no te vendas: La lucha por el territorio desde las ondas«. Éste recopila las experiencias de lucha de varias radios comunitarias pioneras en América Latina y su papel en la movilización para la defensa del territorio. También expone la experiencia de Radio Totopo y comparte apuntes para una propuesta de tratamiento radiofónico con relación al territorio.

Para Sánchez Miguel, la comunicación comunitaria es fundamental para la resistencia de los pueblos indígenas contra la imposición de megaproyectos en sus territorios, ya que la presión de las industrias extractivas sobre estas regiones, han empujado a sus habitantes a reapropiarse de los medios de comunicación y fortalecer las radios comunitarias. Asimismo, es fundamental el rol de las mujeres que se desenvuelven actividades relativas a la comunicación y en las radios comunitarias de Oaxaca.

La comunicadora explica que por el espectro radioeléctrico viajan las ondas sonoras y siendo que el espectro es “parte de nuestro territorio; nosotros lo vamos a utilizar y lo vamos a defender ante las legislaciones mexicanas que impiden el funcionamiento de muchas radios comunitarias, legitimadas por sus comunidades”. “Las radios comunitarias amplifican la voz de la gente, que ha estado por mucho tiempo silenciada”, continúa. “Las comunidades ahora realizan sus demandas en voz alta sobre su negativa a concesionar sus territorios, y lo realizan a través de dichas radios”.

Griselda Sánchez Miguel tiene raíces Ñuu Savi. Es Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y Maestra en Desarrollo Rural por la Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco. Actualmente colabora como columnista en el portal de noticias: Desinformémonos.org y con EDUCA Oaxaca. Desde hace una década realiza talleres de producción radiofónica para radios comunitarias y en específico con mujeres radialistas. Trabaja con la grabación de paisajes sonoros y el radio arte, como una manera de sensibilización a la escucha. Ha obtenido diferentes premios en la Bienal Internacional de Radio. Es autora de los libros “La Línea” y “Relatos de la resistencia en Atenco”.

Estará disponible para entrevistas jueves 22 (tarde), viernes 23 (mañana) y martes 27 de febrero (tarde). Contacto: Fabiola Pomareda,Asociación Voces Nuestras, Cel. 8433-2985

 

Enviado por Fabiola Pomareda García, Periodista, Asociación Voces Nuestras.

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