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Etiqueta: Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo

Solicitan declarar nulos 209 permisos de uso de suelo otorgados en el área de influencia del Refugio Gandoca-Manzanillo

Marco Vinicio Levy Virgo presentó una denuncia formal ante la Municipalidad de Talamanca, el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la República y la Fiscalía Ambiental, mediante la cual solicita la declaratoria de nulidad absoluta de 209 permisos de uso de suelo otorgados entre marzo de 2014 y enero de 2019 en la zona marítimo-terrestre comprendida entre Cocles y Manzanillo.

La gestión se fundamenta en una certificación emitida por la Secretaría del Concejo Municipal de Talamanca, según la cual durante ese período fueron aprobados 209 permisos de uso de suelo en terrenos ubicados dentro del área de influencia del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

Según la denuncia, dichos permisos fueron otorgados a personas físicas y jurídicas para la ocupación y, en múltiples casos, la explotación comercial de terrenos localizados en una zona considerada de dominio público estatal y vinculada a un área silvestre protegida. El documento sostiene que tales autorizaciones habrían sido emitidas sin la participación de las autoridades competentes en materia de áreas protegidas.

Levy argumenta que existe una amplia base jurisprudencial relacionada con ocupaciones y explotaciones comerciales en esa misma zona. Entre las resoluciones citadas se encuentran las sentencias N.º 178-2002, 286-2003, 285-F-04 y 220-2007, esta última relacionada con el conocido caso del Hotel Las Palmas, ubicado en Punta Uva. De acuerdo con la denuncia, estas resoluciones confirmaron la ilegalidad de determinadas ocupaciones dentro del refugio y consolidaron criterios sobre la protección del dominio público y de las áreas silvestres protegidas.

Como respaldo adicional, el denunciante incorpora documentación histórica relacionada con el caso Hotel Las Palmas. Entre ella figura una gestión presentada ante la Contraloría General de la República en julio de 2008 por la Asociación de Desarrollo para la Ecología, en la cual se señalaba que existían resoluciones judiciales firmes cuya ejecución seguía pendiente a pesar de haber sido confirmadas por los tribunales.

Asimismo, se aportan oficios de la Procuraduría General de la República y del SINAC correspondientes al año 2008. En ellos se hace referencia a procesos judiciales y administrativos relacionados con el Hotel Las Palmas y a la necesidad de ejecutar actuaciones vinculadas con el desalojo y la protección de los bienes públicos ubicados dentro del refugio.

La denuncia sostiene que los 209 permisos presentan varias causales de nulidad absoluta. Entre ellas menciona la supuesta incompetencia de la Municipalidad de Talamanca para autorizar usos dentro de un refugio nacional de vida silvestre, la violación del régimen jurídico de los bienes de dominio público, el desconocimiento de resoluciones judiciales firmes, la desviación de poder y el eventual abuso del derecho.

El documento también señala que los actos cuestionados afectarían normas de orden público ambiental y el régimen demanial del Estado, razón por la cual solicita que se declare la nulidad absoluta e insanable de todos los permisos otorgados entre 2014 y 2019.

Entre las medidas solicitadas figuran la suspensión inmediata de los efectos jurídicos de los permisos, la prohibición de emitir nuevas autorizaciones derivadas de ellos, la realización de inspecciones técnicas y la paralización de obras o actividades desarrolladas al amparo de dichos permisos. También se solicita una auditoría integral de los permisos otorgados en áreas protegidas y zonas de dominio público desde 2014 hasta la actualidad, así como la remisión de información a la Contraloría General de la República y a la Fiscalía Ambiental para determinar eventuales responsabilidades.

Como prueba documental, la gestión incorpora la certificación municipal sobre los 209 permisos, las sentencias judiciales relacionadas con el caso Hotel Las Palmas y documentación histórica vinculada con actuaciones de la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la República y el SINAC.

Ciudadano solicita anular permisos y acciones administrativas en proyecto Puket con base en informe técnico del Tribunal Ambiental Administrativo

El ciudadano y activista ambiental Marco Vinicio Levy Virgo presentó un requerimiento formal ante diversas instituciones públicas para que adopten medidas inmediatas en relación con el denominado Proyecto Puket, ubicado dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, y para que se declare la nulidad absoluta de cualquier acto administrativo que haya permitido intervenciones en el área desde el año 2011.

La gestión, dirigida al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), a la Municipalidad de Talamanca y a la Contraloría General de la República, se fundamenta en un informe técnico elaborado por el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) tras una inspección realizada en abril de 2011.

Según el documento presentado por Levy Virgo, el informe técnico TAA-DT-0048-011 constituye una prueba oficial del propio Estado que determinó hace más de una década que la propiedad inspeccionada se encuentra dentro de los límites del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, que parte de los terrenos corresponden al Patrimonio Natural del Estado y a zona restringida de la zona marítimo-terrestre, y que en el sitio existían condiciones de bosque y humedal.

El informe también documentó alteraciones ambientales significativas, entre ellas la corta de sotobosque, la construcción de canales de drenaje, la introducción de pastos y especies exóticas y la preparación de terrenos para cambios de uso de suelo en aproximadamente 9,1 hectáreas.

De acuerdo con la exposición presentada, el informe técnico del Tribunal Ambiental Administrativo concluyó que el área afectada conserva características propias de bosque y humedal, pese a las intervenciones realizadas, y que parte de las acciones observadas respondían a prácticas recurrentes en la región para transformar ecosistemas naturales en terrenos aptos para otros usos.

Con base en estos hallazgos, Levy sostiene que las instituciones públicas contaban desde 2011 con información suficiente para actuar en defensa del área protegida y que la falta de acciones efectivas durante más de una década podría generar responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales para las autoridades competentes de distintas épocas.

Entre las medidas solicitadas se encuentra la paralización inmediata de cualquier obra o actividad en el área objeto del informe, la adopción de medidas cautelares por parte del SINAC, la reactivación o continuación de procedimientos administrativos en el Tribunal Ambiental Administrativo, la revisión de eventuales servicios públicos brindados en la zona y una investigación por parte de la Contraloría General de la República sobre posibles omisiones institucionales.

Asimismo, el documento plantea la solicitud de declarar la nulidad absoluta de cualquier permiso, autorización, concesión o acto administrativo emitido con posterioridad al informe técnico de 2011 que haya permitido construcciones, cambios de uso del suelo, infraestructura u otras intervenciones en el área analizada.

La gestión forma parte de una serie de acciones ciudadanas relacionadas con la protección del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, donde distintos sectores han venido cuestionando actuaciones estatales y decisiones administrativas vinculadas con el manejo de territorios protegidos, humedales y zonas de patrimonio natural.

En su escrito, Levy Virgo solicita respuestas institucionales dentro de plazos específicos y advierte que, de no obtenerlas, se reserva el derecho de acudir a distintas vías legales y administrativas para exigir el cumplimiento de las obligaciones de protección ambiental establecidas en el ordenamiento jurídico costarricense.

SURCOS ha dado seguimiento durante los últimos meses a diversas gestiones, denuncias y resoluciones relacionadas con la protección ambiental en Gandoca-Manzanillo, un territorio que continúa generando debate nacional por la conservación de sus ecosistemas, humedales y áreas protegidas.

Documento revela aprobación de 209 permisos de uso de suelo en Gandoca-Manzanillo

Marco Levy Virgo presentó ante la Sala Constitucional un nuevo documento probatorio dentro del expediente 14-019174-0007-CO, mediante el cual solicita que se incorpore al proceso una certificación oficial de la Municipalidad de Talamanca que registra la aprobación de 209 permisos de uso de suelo en la zona marítimo-terrestre comprendida entre Cocles y Manzanillo entre los años 2014 y 2019.

Según el escrito remitido al magistrado instructor Fernando Cruz Castro, la certificación municipal detalla los nombres de las personas físicas y jurídicas beneficiarias, las fechas de aprobación y la ubicación de cada uno de los permisos otorgados dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo y del Sitio Ramsar 783.

El documento sostiene que la mayoría de los permisos fueron otorgados a sociedades mercantiles y desarrollos vinculados a actividades turísticas e inmobiliarias, mientras que una proporción menor corresponde a personas físicas. A juicio del recurrente, ello contradice el propósito de las normas que buscaban proteger a las comunidades tradicionales del Caribe Sur.

En su gestión ante la Sala Constitucional, Levy argumenta que la existencia de estos permisos ha favorecido procesos de urbanización que han generado impactos ambientales significativos dentro de un área protegida de importancia nacional e internacional.

Entre las afectaciones señaladas se mencionan la contaminación lumínica que afecta los sitios de anidación de tortugas marinas, la presencia de animales domésticos que depredan fauna silvestre, la desaparición de humedales y bosques costeros por procesos de urbanización, así como la ausencia de estudios de impacto ambiental previos para muchas de las intervenciones realizadas.

El escrito incorpora además un análisis técnico-ambiental que advierte sobre los efectos de la eliminación de vegetación nativa, el relleno de humedales para habilitar accesos vehiculares y la fragmentación de ecosistemas dentro del Refugio Gandoca-Manzanillo.

Asimismo, cuestiona la actuación de las instituciones responsables de la protección ambiental, señalando una supuesta omisión en las labores de vigilancia y fiscalización frente a actividades que habrían afectado ecosistemas protegidos.

Con base en estos elementos, el recurrente solicita a la Sala Constitucional admitir la certificación municipal como prueba documental relevante, analizar la legalidad de los permisos otorgados, adoptar medidas cautelares preventivas y valorar acciones orientadas a la protección y restauración de los ecosistemas afectados.

La certificación aportada fue emitida por la Secretaría del Concejo Municipal de Talamanca el 25 de enero de 2019 y registra 209 expedientes de permisos de uso de suelo aprobados por el gobierno local entre marzo de 2014 y enero de 2019 en distintas localidades de la zona comprendida entre Cocles, Playa Chiquita, Punta Uva y Manzanillo.

Gandoca-Manzanillo: entre la denuncia ciudadana y la respuesta del Estado

La primera entrega de esta serie planteó que lo que está en juego en Gandoca-Manzanillo no es únicamente la protección de un humedal o la legalidad de determinadas construcciones, sino el Estado de derecho ambiental. En esta segunda parte conviene observar con más detalle el intercambio documental entre ciudadanía organizada y autoridades, pues allí se revela un patrón que merece atención.

Los oficios remitidos por el ciudadano Marco Levy a las autoridades ambientales plantean inquietudes concretas sobre ocupaciones, cambios de uso de suelo y actuaciones dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo. Las respuestas oficiales del SINAC-ACLAC, si bien reconocen la recepción de consultas y denuncias, se ubican principalmente en el plano procedimental: informan sobre trámites, competencias y eventuales procesos administrativos, pero no disipan del todo la preocupación central sobre la eficacia del control en territorio.

La brecha entre norma y realidad

Gandoca-Manzanillo es un área silvestre protegida con un régimen jurídico específico. La legislación ambiental costarricense establece límites claros respecto a uso del suelo, protección de humedales, zonas marítimo-terrestres y áreas de especial fragilidad ecológica. Sin embargo, la discusión pública no gira únicamente en torno a lo que dice la norma, sino a si esta se cumple de manera efectiva.

Los documentos intercambiados muestran una constante: la ciudadanía insiste en la necesidad de acciones concretas frente a situaciones que considera irregulares, mientras que la institucionalidad responde dentro de los márgenes administrativos formales. Esta dinámica abre una pregunta inevitable:
¿es suficiente el cumplimiento formal de procedimientos cuando se trata de proteger ecosistemas estratégicos?

El rol de la denuncia ciudadana

Un elemento clave en esta controversia es el papel de la denuncia ciudadana. Las comunicaciones enviadas a las autoridades no surgen de un conflicto aislado, sino de una vigilancia constante sobre el territorio. Esto indica que el control ambiental en Gandoca-Manzanillo no depende exclusivamente de la capacidad institucional, sino también de la acción de personas y organizaciones que documentan, consultan y exigen respuestas.

En términos democráticos, esto es saludable: la participación ciudadana fortalece la transparencia. No obstante, también evidencia una fragilidad estructural: cuando la protección ambiental descansa en gran medida en la presión pública, se revela una posible insuficiencia en los mecanismos ordinarios de fiscalización.

Respuestas institucionales y límites operativos

Las respuestas de SINAC-ACLAC tienden a delimitar competencias, señalar procesos en curso o explicar el estado de determinados expedientes. Desde una perspectiva administrativa, esto puede considerarse adecuado. Sin embargo, desde una perspectiva ambiental estratégica, el problema es más amplio: la protección de un refugio no puede analizarse caso por caso sin observar el patrón general.

Cuando las denuncias se repiten y se concentran en una misma zona, la discusión deja de ser puntual y se convierte en estructural. La cuestión ya no es únicamente si un trámite está en regla, sino si el modelo de gestión del área protegida está siendo capaz de prevenir la degradación progresiva del ecosistema.

Más que un conflicto local

Gandoca-Manzanillo es uno de los refugios más emblemáticos del Caribe sur. Allí convergen biodiversidad, intereses económicos, presiones inmobiliarias y comunidades históricas. Lo que sucede en ese territorio tiene implicaciones que trascienden lo local: pone a prueba la coherencia del país con su propia narrativa ambiental.

Costa Rica ha construido una reputación internacional como nación defensora de la biodiversidad. Esa reputación descansa no solo en discursos, sino en la capacidad real de hacer cumplir la ley, incluso cuando existen intereses económicos o presiones políticas.

La pregunta de fondo

La secuencia de denuncias y respuestas deja planteada una interrogante central:
¿estamos ante una suma de casos aislados o ante un patrón que exige una revisión más profunda del modelo de gobernanza del refugio?

Responder a esa pregunta requiere algo más que intercambios epistolares. Requiere auditoría ambiental efectiva, transparencia en los expedientes, acceso público a la información y una evaluación independiente del estado actual del área protegida.

Si el Estado de derecho ambiental es el marco, la prueba concreta se encuentra en la capacidad de actuar con firmeza cuando los límites legales son puestos a prueba.

Esta serie continuará examinando los distintos componentes jurídicos, institucionales y territoriales que configuran la situación en Gandoca-Manzanillo.


Las imágenes que circulan en redes —como la camiones cargados con troncos transitando por vía pública— colocan el debate de la extracción de recursos de áreas protegidas en un terreno concreto: no se trata solo de interpretaciones jurídicas, sino de hechos materiales cuya fiscalización y legalidad deben ser plenamente transparentes ante la ciudadanía.

Gandoca-Manzanillo: una disputa por el Estado de derecho ambiental

El conflicto en torno al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (REGAMA) no es un episodio aislado ni reciente. Se trata de un proceso acumulativo en el que convergen denuncias ciudadanas, cuestionamientos técnicos, actuaciones administrativas controvertidas y resoluciones institucionales que, lejos de cerrar el tema, han abierto nuevas interrogantes.

Las cartas enviadas por el ciudadano Marco Levy durante 2026, así como las respuestas oficiales emitidas por el Área de Conservación La Amistad Caribe (ACLAC-SINAC), evidencian un punto central: la controversia ya no es únicamente ambiental. Es institucional.

Un territorio bajo tensión

El REGAMA fue creado para proteger ecosistemas costeros y marino-costeros de alto valor ecológico, incluyendo humedales, manglares, bosque tropical húmedo y hábitats críticos para especies amenazadas. Su importancia es estratégica tanto para la biodiversidad como para la seguridad climática y la resiliencia costera.

Sin embargo, durante los últimos años se han denunciado:

  • Cambios en límites del refugio.

  • Permisos de construcción en zonas sensibles.

  • Intervenciones sobre humedales.

  • Interpretaciones jurídicas que favorecen intereses privados.

Las cartas de Levy insisten en que ciertas actuaciones administrativas podrían estar debilitando el régimen de protección original del área.

El eje del debate: legalidad vs. discrecionalidad

El núcleo del conflicto gira en torno a tres preguntas fundamentales:

  1. ¿Se están aplicando correctamente las normas ambientales vigentes?

  2. ¿Las actuaciones administrativas respetan el principio de no regresión ambiental?

  3. ¿Existe coherencia entre el mandato legal de protección y las decisiones concretas tomadas en el territorio?

Las respuestas oficiales de SINAC tienden a sostener que las actuaciones se enmarcan dentro de la legalidad vigente. No obstante, las observaciones ciudadanas apuntan a posibles contradicciones entre la finalidad del refugio y algunas autorizaciones otorgadas.

En otras palabras: la discusión no es solamente técnica; es jurídica y ética.

Más allá de Gandoca: lo que está en juego

El caso Gandoca-Manzanillo se ha convertido en un referente nacional porque pone a prueba:

  • La solidez del sistema de áreas protegidas.

  • La independencia técnica de las autoridades ambientales.

  • La capacidad del Estado para resistir presiones económicas en territorios de alto valor inmobiliario.

  • La vigencia real del principio precautorio.

Cuando un refugio de vida silvestre entra en disputa, lo que se discute no es únicamente un expediente administrativo. Se discute el modelo de desarrollo y la prioridad que el país otorga a su patrimonio natural.

Una disputa abierta

Las cartas enviadas durante 2026 muestran que el debate está lejos de cerrarse. Más bien, se encuentra en una fase de mayor escrutinio público.

En este contexto, la vigilancia ciudadana ha sido un componente clave. Sin ella, muchos de estos temas permanecerían invisibles.

El caso Gandoca exige transparencia, trazabilidad documental y claridad institucional. Porque en materia ambiental, la opacidad casi siempre favorece la degradación.

Denuncia por omisiones institucionales en Refugio Gandoca-Manzanillo

El ciudadano Marco Vinicio Levy Virgo presentó nuevas gestiones formales ante el Ministerio Público, la Procuraduría General de la República y otras instancias del Estado en las que denuncia lo que califica como un proceso sistemático de degradación ambiental dentro del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (RNVS-GM) y el Sitio Ramsar No. 783.

En su oficio MLV-0049-2026, fechado el 9 de febrero de 2026, Levy solicita una investigación “detallada y exhaustiva” contra la Administración del refugio por presuntas omisiones, complacencias e incluso posibles actos de corrupción vinculados con desarrollos turísticos e inmobiliarios dentro del área protegida.

Señalamientos principales

Entre los hechos denunciados se encuentran:

  • Eliminación de bosques maduros y cambio de uso del suelo en el Hotel Almendros y Corales.

  • Desvío de cauces, drenaje de humedales y rellenos con material en zonas sensibles.

  • Fraccionamiento de terrenos y apertura de caminos que habrían facilitado procesos de urbanización dentro del refugio.

  • Supuesta instrumentalización del Ministerio Público mediante denuncias incompletas o técnicamente deficientes.

  • Conflictos de interés por participación de empresarios turísticos en instancias ambientales regionales.

Levy fundamenta su denuncia en principios del derecho ambiental costarricense e internacional, incluyendo la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley Forestal, la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Convención Ramsar, de la cual Gandoca-Manzanillo forma parte.

Además, solicita:

  1. Investigación con participación de biólogos forenses del OIJ.

  2. Elaboración de mapas técnicos comparativos del bosque existente desde 1996.

  3. Identificación de funcionarios que habrían autorizado fraccionamientos o desarrollos.

  4. Aplicación del principio precautorio para suspender proyectos en trámite.

  5. Revisión de denuncias sanitarias relacionadas con descargas residuales.

Respuestas oficiales de SINAC-ACLAC

En los oficios SINAC-ACLAC-DASP-RNVSGM-054-2026 y 079-2026, la Administración del Área de Conservación La Amistad Caribe responde a gestiones anteriores de Levy indicando que:

  • Se han realizado inspecciones técnicas.

  • Se han emitido criterios administrativos dentro de sus competencias.

  • Parte de la información solicitada no puede ser divulgada por encontrarse en procesos judiciales o administrativos en curso.

  • Algunas actuaciones corresponden a competencias de otras instituciones.

Las respuestas no coinciden plenamente con los planteamientos del denunciante, lo que mantiene abierta la controversia sobre el alcance real de la fiscalización institucional dentro del refugio.

Contexto más amplio

El RNVS-GM ha sido escenario de controversias jurídicas durante la última década, incluyendo acciones de inconstitucionalidad relacionadas con la Ley 9223 y debates sobre su Plan General de Manejo.

Las cartas de Marco Levy insisten en que existiría un patrón acumulativo de afectación ambiental que requeriría un abordaje estructural y coordinado entre Fiscalía Ambiental, Procuraduría, Contraloría, Defensoría y autoridades ambientales.

El tema vuelve a colocar en el centro del debate público la tensión entre conservación ambiental, desarrollo turístico y gobernanza institucional en territorios de alta fragilidad ecológica y relevancia internacional.

Revisión de donaciones de caminos y detención de obras en el proyecto Puket para proteger Gandoca-Manzanillo

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología solicita al Concejo Municipal de Talamanca la revisión de donaciones de caminos, detención de obras en el proyecto Puket y protección del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

Se solicita que se proceda de manera conjunta a revisar todas las donaciones de caminos autorizadas por este Concejo Municipal desde el año 2014 en el sector de calle Paraíso y áreas aledañas, en atención al fallo de la Sala Constitucional que declara inconstitucional la Ley 9223 y ordena la restitución de 188 hectáreas de bosque al Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

Dicha revisión es imperativa debido al alarmante fraccionamiento de terrenos de bosque en los sectores mencionados, llevado a cabo por nacionales y extranjeros, con la aparente permisividad de autoridades y funcionarios municipales.

Asimismo, se solicita que, se ordene la detención de todas las obras relacionadas con el proyecto denominado Puket, ubicado dentro de un área silvestre protegida. Este proyecto evidencia una intervención sistemática por parte de sus desarrolladores, lo que refleja graves omisiones por parte de la administración municipal y las autoridades del Área de Conservación Amistad Caribe.

Se requiere de manera puntual un listado completo de todas las edificaciones ubicadas dentro del sitio Ramsar 783, correspondiente al Refugio Gandoca-Manzanillo, así como un informe detallado de las acciones que se tomarán para detener la galopante destrucción de los 44 kilómetros terrestres que conforman el área territorial de este refugio.

Se insta a que se individualice a los funcionarios responsables de autorizar caminos ilegales y, consecuentemente, del fraccionamiento de bosques, ya que dichas acciones han fomentado la destrucción de áreas esenciales para la conservación ambiental.

Ambientalista solicita intervención urgente para proteger el Refugio Gandoca-Manzanillo

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología presentó una solicitud formal a altas autoridades del país para proteger el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (REGAMA) y el Sitio Ramsar 783, ubicados en el Caribe Sur de Costa Rica.

En el documento AEL-00201-2025, con fecha del 3 de mayo de 2025, Marco Levy Virgo, presidente de la organización, dirige un llamado a la procuradora general de la República, la contralora general de la República, la fiscal de la República y el fiscal general de la República.

Incumplimiento de sentencia constitucional

La solicitud señala que existe un incumplimiento de la sentencia 2019-12745 de la Sala Constitucional, que ordenó al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y a la Procuraduría General de la República delimitar y reincorporar 188 hectáreas de bosque al refugio en un plazo de 12 meses. Según indica el documento, este mandato no se ha cumplido a más de cinco años de emitido.

Cuestionamientos a informes técnicos

El escrito cuestiona la credibilidad de los informes técnicos del SINAC y el Área de Conservación La Amistad Caribe (ACLAC). Menciona específicamente que en mayo de 2024, el SINAC desacreditó un estudio previo que identificaba 165,12 hectáreas de humedales en Talamanca, reduciendo esta área en 91,7 hectáreas «sin justificación técnica sólida», según lo cuestionado por la Fiscalía Ambiental y la Procuraduría.

Situación del Sitio Ramsar 783

La denuncia señala que la administración del REGAMA ha centrado su narrativa en la recuperación de 188 hectáreas de bosque, «ignorando la integridad del Sitio Ramsar 783». Según el documento, este humedal de importancia internacional sufre drenajes, cambios en los cursos de quebradas, y ausencia de delimitación de RIAS, humedales y manglares.

El texto menciona que la directriz 09-2023, emitida por el ministro de Ambiente y Energía, Franz Tattenbach Capra, invalidó un estudio de 2021 sobre 13 humedales en Talamanca.

Presuntas irregularidades administrativas

El documento señala presuntas irregularidades administrativas y conflictos de interés, mencionando específicamente el nombramiento de Maylin Mora Arias como directora del ACLAC y la emisión de permisos de tala cuestionados, como el 011-2024-ACLAC-SLT otorgado a Playa Manzanillo S.A.

Denuncias sobre acoso a defensores ambientales

Levy Virgo menciona en el documento que, como denunciante y defensor de los derechos humanos ambientales, ha sido «víctima de vandalismo en mi vivienda y vehículo, así como de acciones legales intimidatorias en los tribunales de Limón».

Peticiones concretas

El documento concluye con seis peticiones específicas:

  1. La recusación de funcionarias y funcionarios del SINAC involucrados en la gestión técnica del REGAMA.
  2. Un abordaje integral del Sitio Ramsar 783.
  3. El nombramiento de una fiscalía especial para investigar las presuntas redes de crimen organizado.
  4. Coordinación interinstitucional para supervisar el cumplimiento de sentencias.
  5. Protección a personas defensoras ambientales.
  6. Investigación de responsabilidades de exfuncionarias y exfuncionarios.

Esta denuncia se suma a otras acciones que el ambientalista ha realizado previamente, y que han sido publicadas en SURCOS.

Solicitan informe sobre viabilidad ambiental de proyecto inmobiliario en Refugio Gandoca-Manzanillo

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) solicitó formalmente a la administración del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo (RNVSGM) un informe técnico sobre los fundamentos administrativos y legales que sustentan la Viabilidad Ambiental del proyecto inmobiliario DIVINE.

Según consta en el oficio AEL-00155-2025, con fecha del 7 de abril de 2025, Marco Levy Virgo, presidente de la AEL, dirigió la solicitud a la licenciada Fanny Cruz Torres, administradora del Refugio, expresando preocupación por un hecho que considera de especial interés en el ámbito de la conservación ambiental de esta área protegida.

El documento detalla que el 12 de febrero de 2025 se colocó un rótulo de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) frente al Colibrí Lodge, anunciando el proyecto DIVINE a cargo del desarrollador Philip Michel André Sánchez. La información consignada indica que el proyecto abarca 2.745 metros cuadrados y cuenta con Viabilidad Ambiental otorgada mediante la Resolución 1445-2024-SETENA del 13 de agosto de 2024.

La AEL señala que el sitio donde se proyecta esta iniciativa está compuesto por bosque y presuntamente se ubica dentro de los límites del RNVSGM, un área que además se encuentra bajo un proceso de judicialización.

En el oficio, Levy Virgo solicita que se le informe sobre cómo, pese a las medidas cautelares solicitadas por la Defensoría de los Habitantes en el marco del seguimiento y cumplimiento de la Sentencia 2019-012745 de la Sala Constitucional, se continúa permitiendo el fraccionamiento del bosque en esta zona protegida.

La misiva recuerda que dicha sentencia, dictada el 10 de julio de 2019, ordenó la protección y delimitación efectiva del RNVSGM. Este mandato ha sido objeto de seguimiento y medidas posteriores, incluyendo la resolución 2024-26300 del 10 de septiembre de 2024, que constató el incumplimiento de lo dispuesto en 2019.

La solicitud se fundamenta en el interés ciudadano de garantizar la integridad de los ecosistemas del refugio, así como en el derecho de acceso a la información pública ambiental, consagrado en la legislación costarricense, incluyendo la Ley Orgánica del Ambiente (N° 7554) y la Convención de Aarhus, ratificada por Costa Rica.

El oficio fue enviado con copia a diversas autoridades gubernamentales, entre ellas la Defensora de los Habitantes, la Contralora General, el Procurador General de la República, fiscales ambientales y otros funcionarios relacionados con la conservación ambiental y el ordenamiento territorial.