Ir al contenido principal

Etiqueta: regla fiscal

El tren y la palanca

Oscar Madrigal

El dilema ético del tren y la palanca se plantea cuando un tren desbocado va a atropellar a cinco personas y usted tiene a mano una palanca que puede desviarlo, pero al hacerlo mataría a un inocente o no hace nada y mata al grupo. ¿Usted que haría?

Este dilema últimamente se ha referido al campo del Bienestar: favorecer el bienestar individual o el bienestar del grupo de cinco.

Parece que nuestro sistema presupuestario está diseñado de una manera perversa, sea para beneficiar al individuo y no al grupo.

Nogui el ministro de Hacienda ha sido claro: no va a hacer nada.

El sistema de financiamiento público fue diseñado por el grupo de Carlos Alvarado para pagar la deuda pública, ese es su objetivo.

El trabajo de Nogui, ahora como ministro de Hacienda, es aplicar ese diseño, sea un gasto público cuyo primer componente sea pagar la deuda y luego, el remanente, distribuirlo para las necesidades de la sociedad hasta donde alcance. Como se ve para esto no se necesita ni gran esfuerzo, ni gran sapiencia. Simplemente acomodar números o sumas sin importar el daño social.

De esta manera le resta a la educación, a la salud, no le paga a la Caja o reduce el gasto en carreteras, congela salarios, en fin, recorta para acomodar los gastos y de así conservar la suma del pago de la deuda. Es decir, privilegiar el pago a unos pocos individuos en detrimento del grupo, de la sociedad.

Atrincherado en la regla fiscal y los límites que impuso la relación deuda/PIB, Nogui se atreve a decir que no pagará nada con lo que no esté de acuerdo o que los ingresos no le permitan. De todas formas, el Presupuesto es solo una autorización de gastos y no una orden de pago, dice. Esto es así porque el sistema se lo permite, el sistema diseñado en 2018 por el gobierno del PAC y el PUSC.

Es público que la Reforma Fiscal de Alvarado hace aguas por todo lado. Ya hablan de que las grandes bondades que nos auguraban no duraron ni cinco años y por ello no hay recursos suficientes para afrontar el costo del Estado de Bienestar y, mucho menos, reducir significativamente la deuda pública. Esa reforma tributaria que se pintó como la gran panacea que curaría todos nuestros males fiscales, ya agotó su potencial y ahora vendrán con otro plan, como la venta de activos del Estado y más impuestos sobre los trabajadores.

El problema fiscal será irresoluble mientras no se impongan tributos a la mitad de la producción nacional que se encuentra en las zonas francas.

Por otro lado, mientras las fuerzas que desean mantener el Estado de Bienestar se mantengan dentro del esquema de Alvarado, que es ahora el esquema de Chaves y Nogui, no habrá posibilidad de solucionar las carencias y las necesidades de educación, universidades, salud y tantas otras. Estamos en un callejón sin salida. Debemos salir de él.

Resultaría muy beneficioso empezar a plantear soluciones que nos permitan salir del encierro, soluciones un tanto radicales, como cambiar el fin del gasto público, para que se oriente no al pago de la deuda sino a apoyar el desarrollo social, a introducir nuevas fuentes de ingresos y a rebalancear la cancha en favor de los trabajadores y trabajadoras, por ejemplo.

Hay que seguir protestando y exigiendo el cumplimiento de los principios y normas constitucionales, pero hay que levantar simultáneamente una salida a la crisis que vivimos, porque no financiar adecuadamente la educación es una crisis.

El gobierno pregona a todo pulmón que el país está muy bien en crecimiento económico, inversión extranjera, exportaciones, etc., pero eso no se ve reflejado en mayores ingresos y mayor gasto social. Al contrario, parece que entre más crecemos más pobres nos hacemos, porque si somos menos educados, somos más pobres.

Habría que emparejar la cancha: que el gran crecimiento económico que dice el Gobierno de Chaves nos beneficie más. Hay que plantear cómo hacerlo.

Lo que es evidente es que el dilema que hemos esbozado al principio, el Gobierno y Nogui lo han resuelto claramente en contra del grupo, no han hecho nada para halar la palanca que beneficie a la mayoría.

Los sindicatos son actores políticos que les compete la defensa de la educación y de la democracia costarricense

Manuel Hernández

Las universidades públicas, una pluralidad de sectores sociales, productivos, estudiantiles y sindicatos, están convocado a un movimiento nacional de protesta cívica, para el miércoles y jueves de esta semana.

Algunos sindicatos están convocando, de manera explícita, a una huelga uno o ambos días.

El objetivo central del movimiento, aunque hay que destacar que no es el único, es protestar contra los constantes recortes de los recursos asignados a la educación pública, y además, presionar para que en esta oportunidad, de una vez por todas, la Asamblea Legislativa cumpla el mandato constitucional, que ordena que el presupuesto destinado a la educación no puede ser inferior al 8% de PIB (artículo 78 de la Constitución Política).

Vale advertir que la norma constitucional no establece una aspiración, una meta, sino un precepto imperativo, que, por encima de cualquier imposición de orden fiscalista, tiene que respetarse en virtud del principio de supremacía de la Constitución, principio que desafortunadamente ha sido violentado impunemente, año, tras año, y nada ha pasado.

En esta ocasión, a raíz de tanto ajuste fiscal y desproporcionada afectación de los recursos destinados al gasto público y la inversión social, en la agenda de la lucha ciudadana la cuestión del presupuesto de la educación asume una centralidad de primer orden.

La convocatoria sindical a un movimiento de huelga contra las políticas públicas y gubernamentales no es nada que desborde las competencias que nuestro ordenamiento, desde la Constitución Política (CO POL), hasta las leyes ordinarias, atribuye a los sindicatos. Los sindicatos no están haciendo otra cosa que no sea atender una misión suprema, que trasciende la tradicional función reivindicativa y contractual que comúnmente realizan.

Ese cometido superior del que estamos hablando está preceptuado en el artículo 332 del Código de Trabajo:

ARTICULO 332.- Declarase de interés público la constitución legal de las organizaciones sociales, sean sindicatos, como uno de los medios más eficaces de contribuir al sostenimiento y desarrollo de la cultura popular y de la democracia costarricense.”

Una norma con un apreciable sentido estético, pero que, además, encierra una profunda proyección ética y ciudadana, que define el modelo de sociedad que los sindicatos tienen que asumir la responsabilidad y compromiso de defender y fortalecer.

Esta norma declara de interés público la formación y actividad de los sindicatos, porque se les atribuye el cometido de defender y desarrollar la cultura popular y la democracia. Es decir, la norma legal concibe a los sindicatos como sujetos políticos, actores claves en la configuración del sistema democrático.

La participación política que se reconoce a los sindicatos es expresión del modelo de Estado diseñado por la Constitución: un Estado de carácter democrático, plural, pluricultural, multiétnico y participativo (artículo 1°).

Ese modelaje democrático lo profundizó, a principio de este siglo, la trascendental reforma del artículo 9 de la misma Constitución (2003), que estipuló que el Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable, el cual ejerce -en primer lugar- el Pueblo y los demás Poderes institucionales.

Los sindicatos vienen así investidos como interlocutores políticos, dentro del marco axiológico de la Constitución, cuyas acciones también tienen como destinatarios los poderes públicos, con la finalidad de participar e incidir en el diseño y definición de las políticas públicas que conciernen a las y los trabajadores, inescindiblemente como clase social y ciudadanos.

Al cobijo de ese amplio marco jurídico, cuyo marco comprende el reconocimiento constitucional del derecho de huelga de los trabajadores, que por cierto, el artículo 61 constitucional no restringe los intereses defendibles en una huelga a los intereses de carácter estrictamente profesionales, en consonancia con el artículo 1° y 9 CO POL, que definen el modelo del Estado Social y Democrático, en relación con el articulo 334 y 371 del Código de Trabajo, ultima norma que reconoce el derecho de huelga contra las políticas públicas, se puede sólidamente sostener que la convocatoria de los sindicatos a una huelga contra las políticas de ajuste fiscal, que tanto daño están causando a la democracia social y la educación, tiene pleno respaldo en nuestro ordenamiento jurídico.

No puede omitirse, salvo que se incurra en una ignorancia monumental, que la reciente Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, OC-27/21, en materia de Libertad Sindical, reconoce expresamente, entre otras modalidades, la validez y la protección de la huelga “que impugnan políticas públicas”.

Este histórico pronunciamiento de la CORTEIDH es vinculante para Costa Rica, el cual tiene una eficacia normativa, de carácter inmediata, cuyos derechos de libertad sindical amparados, incluida la huelga, son “derechos de exigibilidad inmediata”, como lo determinó la misma resolución.

No es ocioso recordar que el carácter vinculante del pronunciamiento del Tribunal Internacional fue admitido recientemente por la Procuraduría General de la República, que para nada ha sido una instancia sospechosa de ser simpatizante de los sindicatos.

El carácter vinculante de la Opinión Consultiva implica que todas las autoridades públicas y gubernamentales concernidas en el movimiento de huelga, convocado por los sindicatos, empezando por la Ministra de Educación, tienen que aplicar el correspondiente control de convencionalidad, y por tanto, inhibirse de cualquier actuación administrativa que pueda tener el efecto, directo o indirecto, de limitar, restringir o sancionar, de cualquier manera, el ejercicio pleno de ese derecho fundamental de las y los trabajadores.

Por último, no es menos importante subrayar que reiterados pronunciamientos de los órganos de control de OIT, admiten la validez de las huelgas “que engloban también la búsqueda de soluciones a las cuestiones de política económica y social.” (Ver Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical, párr. 758 y 763. Asimismo, Comité de Libertad Sindical, 344º informe, Caso núm. 2509, párrafo 1247; 348º informe, Caso núm. 2530, párrafo 1190; 351º informe, Caso núm. 2616, párrafo 1012; 353º informe, Caso núm. 2619, párrafo 573; 355º informe, Caso núm. 2602, párrafo 668; 360º informe, Caso núm. 2747, párrafo 841; y 372º informe, Caso núm. 3011, párrafo 646).

La convocatoria sindical a la huelga, ahora más que nunca, está de sobra justificada, en razón que el Estado ha perdido legitimidad democrática, a causa de regresivas políticas públicas, enraizadas en la ignominiosa Regla Fiscal, que lesionan los programas sociales y servicios públicos que constituyen la infraestructura de la democracia (educación, cultura, salud, niñez y adolescencia, entre otros tantos), afectando con mayor intensidad los sectores más vulnerables de la población costarricense.

La permanente violación del artículo 78 constitucional, los insufribles recortes de los presupuestos públicos menoscaban la cultura popular y socaban la democracia costarricense, cuya defensa, en buena hora, que ya hacía tanta falta, están asumiendo patrióticamente los sindicatos.

Admito que todavía me queda algo de optimismo. Pienso que aún no es demasiado tarde para defender y rescatar la democracia, en beneficio de las grandes mayorías de la población. No es aún imposible.

John Lennon afirmó:

“Tú decides el mundo que quieres tener.
Tienes el poder de cambiar el mundo,
por ende,
el de quienes te rodean.
Aquí nada es imposible.”

En medio de la crisis más grave que ha sufrido nuestro sistema democrático, ese es el impostergable desafío ético y político que tienen los sindicatos, cuya senda marcó, hace 81 años, el artículo 332 del Código de Trabajo, con una impensable visión de futuro.

El mayor riesgo es que no hagamos nada y dejar que la historia nos pase por encima.

La democracia del crustáceo y el síndrome Shakira

Manuel Hernández

El Estado Social y Democrático, más allá del Estado Liberal de Derecho, no solo consagra las libertades civiles, sino que, además, reconoce las libertades democráticas y garantiza la realización de los Derechos Fundamentales, particularmente los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

Aquel modelo de Estado asegura el ejercicio de esos derechos, interviniendo el tejido social y económico, mediante la ejecución de políticas y acciones públicas, con la finalidad de alcanzar la libertad y la igualdad real de las personas, y resolver los conflictos sociales, desde la perspectiva de la solidaridad y la justicia social.

La legitimidad del Estado Democrático se radica en el cumplimiento de esos intereses y valores superiores.

Un Estado que no cumple esas expectativas pierde legitimidad democrática.

La educación, sin duda, constituye un derecho fundamental de cualquier ordenamiento democrático.

Nuestra Constitución Política no se limitó a declarar la gratuidad y obligatoriedad de la educación, costeada por el Estado.

Con el propósito que ese cometido no se convirtiera en una mera declaración poética, la misma Constitución instrumentó un dispositivo tendiente a darle sostenibilidad presupuestaria a la educación pública, a merced de las sucesivas reformas de su artículo 78.

En un primer momento, a finales del siglo pasado (1997), se enmendó esa norma constitucional, asignándose a la educación pública un presupuesto mínimo del 6% del Producto Interno Bruto (PIB).

El legislador constituyente no se conformó con ese porcentaje, y varios años después, en 2011, con el objetivo de fortalecer la educación, volvió a reformar la norma constitucional, incrementando en dos puntos porcentuales la asignación presupuestaria, llevándola a un mínimo del 8% del PIB.

Desafortunadamente, la trascendental reforma ha sido impunemente violentada, año tras año, en virtud de que el legislador presupuestario nunca le ha fijado a la educación ni siquiera el porcentaje mínimo que ordena el precepto constitucional.

Por contrario, principalmente, en los últimos cuatro años, la asignación presupuestaria decrece cada vez más, llegándose a fijar una partida muy por debajo, ya no de la última reforma constitucional, sino del 6% de PIB.

Para el próximo período 2025, se estima que la asignación será todavía más deficitaria, marcando ya un punto de inflexión inasumible.

Este insufrible retroceso de los recursos destinados a la educación pública tiene gravísimas consecuencias en el desarrollo económico, social y humano del país, afectando intensamente la condición de los sectores más vulnerables.

Por desventura, ese retroceso no solo erosiona dicho derecho fundamental, sino que también han corrido la misma suerte, otros derechos fundamentales y libertades democráticas, entre ellos la huelga y la negociación colectiva.

El Estado Social y Democrático se viene trasmutando en la democracia del cangrejo, cuyo proceso regresivo aceleró obscenamente la Regla Fiscal, manifiestamente contraria a la Constitución.

Pero, la democracia del crustáceo ha tenido de compañera de viaje, de la mano, sin la cual no hubiera sido posible que involucionara hasta ese punto de retroceso, la pasividad y hasta la indiferencia de la ciudadanía, como si la bronca no fuera con nosotros, contra nosotros, cuya ciudadanía está siendo disciplinada por un bellaco, “outsider” y esmirriado jaguar.

Una ciudadanía, desde el punto de vista político, que sufre el síndrome Shakira: ciega, sorda y muda.

Antón Chéjov respondiendo un cuestionamiento acerca de la “sociedad fallida”, manifestó que la democracia no se adecua a una sociedad de ignorantes, en la que la mayoría ignorante decide su porvenir.

¿Será qué nos convertimos en una “sociedad fallida?”

La pregunta que me formulo, y quiero compartir con ustedes, es la siguiente: ¿Estaremos aun a tiempo de recuperar la democracia?

Y hasta aquí llego, porque como se lamenta la canción de Shakira: “Se me acaba el argumento y la metodología.”

“Que raro, (…) se me olvidó tu nombre”

Manuel Hernández

La misión que tiene la Sala Constitucional es proteger los derechos fundamentales y garantizar la supremacía de los instrumentos internacionales de Derechos Humanos.

La Sala, hace mucho tiempo abandonó esa misión.

Más que abandonada, ha sido retraída y burlada.

La Sala Cuarta distorsionó su cometido constitucional y se transmutó en una especie de Cámara Baja, en un Senado Político, que muy lejos está de respetar el principio de separación de poderes y, por tanto, el principio de autocontención.

Ahora, todo el mundo celebra, hasta aplaudiendo con las orejas, la resolución de la Sala que sepultó en el inframundo la famélica e impresentable Ley Jaguar (qdep).

Es que, no obstante, la pérdida de la capacidad regulatoria de la Constitución y el desmontaje progresivo de los diques normativos contra el poder que la misma establece, no era jurídicamente sostenible ninguna otra resolución que no fuera esa.

Pero, entre tanta algarabía democrática, también se olvida que esa misma Sala blanqueó el tridente del Diablo, conformado por la Ley de Ajuste Fiscal, la Ley Frankenstein (Ley Marco de Empleo Público) y la Ley Antihuelgas.

La Sala ha cumplido a cabalidad el mandato de des-constitucionalizar el derecho de negociación colectiva y huelga en los servicios públicos.

Cómo si lo anterior fuera poco, la Sala le dio un espaldarazo al Transitorio XI de la Ley Frankenstein, que impone el congelamiento de las remuneraciones de los servidores públicos y además, prohijó la ignominiosa Regla Fiscal, obedeciendo fielmente el mandato de FMI y otros organismos financieros internacionales.

No se olviden tampoco que aquellas dos primeras leyes fueron inoculadas por el veneno fiscalista y antisindical de la Contralora General de la República, que ya más de uno le estará prendiendo velitas, a la par de la estampita de la imagen del Dr. Moreno Cañas.

Tenía tanta razón Hegel: “Lo único que enseña la historia es que no nos enseña nada”

La Sala representa lo que es: el Tribunal del Perpetuo Martirio de la Constitución.

Es tan fácil darle pan y circo a un pueblo que hasta la memoria le vaciaron.

Defensoría recomienda replantear la Regla Fiscal

*Que trascienda el enfoque mecánico y, evalúe la eficiencia y calidad del gasto a recortar

Tras su reciente comparecencia en la Asamblea Legislativa, la Contralora General de la República afirmó, ante la Comisión de Asuntos Hacendarios, que existe una necesidad de replantear la regla fiscal desde su origen, porque a su criterio hay limitaciones e incongruencias.

Esta excitativa en relación con la necesidad de contar con un nuevo instrumento no es nueva, ya que desde el año anterior, un informe de la Defensoría de los Habitantes de noviembre del 2023, recomendó al Poder Ejecutivo “convocar una mesa de trabajo a nivel nacional con la activa participación de diversos sectores, incluyendo la sociedad civil, la academia, la Asamblea Legislativa, la Contraloría General de la República y grupos políticos a nivel nacional con el propósito central analizar y debatir la regla fiscal”.

Entre los aspectos que detalló en su informe la Defensoría de los Habitantes indicó que, la actual regla fiscal presenta una falta de concreción en relación con el objetivo que se pretende alcanzar, ya que está más orientada en establecer una limitación en el tamaño del gobierno que a lograr resultados específicos en las finanzas públicas, al definir la regla como un límite al crecimiento del gasto corriente sin especificar un horizonte temporal de aplicación.

Un aspecto que resultó de suma relevancia durante la investigación es que, con la normativa actual, la restricción de la Regla fiscal no podría ser levantada incluso en períodos de bonanza fiscal, ya que utiliza como referencia del gasto de las instituciones del sector público no financiero, el cual no puede ser superior a la variación del PIB durante los últimos 4 años anteriores.

Asimismo, pese a que la Regla fiscal podría ser suspendida hasta por dos años en situaciones de estado de emergencia nacional o de recesión económica, durante la crisis económica generada por la pandemia, la Regla siguió activa, ya que se confió la decisión a la interpretación y aplicación del Reglamento correspondiente (Decreto Ejecutivo N° 41641-H), que dio como resultado que se otorgara un enfoque fiscalista que demostró que durante momentos socioeconómicos desafiantes, la regla fiscal se convirtió en un instrumento potencialmente perjudicial y regresivo que menoscabó la efectiva realización de los derechos de la población, derechos que están garantizados por normativas de rango superior a las leyes ordinarias.

Otro elemento que se destaca de la actual Regla Fiscal, es su incapacidad para permitir intercambios o compensaciones internas entre aquellas entidades que no requieran superar el límite de gasto autorizado y aquellas que necesiten un mayor gasto por atender poblaciones vulnerables, de manera que se cumpla con la restricción a nivel global.

Además, se señaló que la actual regla no tomó en cuenta la evolución de los ingresos públicos, lo que habría proporcionado mayor flexibilidad a la restricción del gasto ni consideró la relevancia del gasto institucional que se recorta o se restringe, ni incorporó un proceso de evaluación basado en beneficios, costos, impacto, eficiencia y calidad de los gastos sujetos a reducción o eliminación.

La diversidad de actores generó divergencia en las interpretaciones, debido a que la ley no abordó este asunto de manera explícita, sin definir el momento presupuestario para poner en marcha la norma y llevar a cabo su verificación, situación que se podría evitar si se contara con un Consejo Fiscal independiente del Poder Ejecutivo, con la capacidad técnica para evaluar la consistencia del marco fiscal y presupuestario, monitorear el cumplimiento de las metas fiscales y comunicar públicamente los resultados de sus análisis, como nos indica Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en el informe para el año 2023.

Para la Defensoría el replantear la regla fiscal no significa debilitar la disciplina financiera, sino adaptarla a las necesidades contemporáneas, asegurando que el crecimiento económico sea inclusivo y sostenible, y que el bienestar de las personas no se vea comprometido por rigideces fiscales, que no toma en consideración la situación las crecientes necesidades de la población en términos de servicios públicos, los cambios demográficos en curso, o la atención requerida por grupos vulnerables y en situación de pobreza, entre otros factores socioeconómicos.

Oficina de Comunicación Institucional
Defensoría de los Habitantes

El otro lado de la situación de Coopeservidores

Fernando Rodríguez Garro
Coordinador Observatorio Económico y Social
Universidad Nacional

Las intervenciones de las autoridades de supervisión del sector financiero siempre generan atención, no solo porque ninguna entidad financiera ha logrado subsistir esos procesos, sino porque la lista de personas afectadas por estas intervenciones nunca es pequeña y en muchos casos reúne a una cantidad significativa de pequeños ahorrantes, que se ven sumidos en la incertidumbre mientras la intervención se lleva adelante. Faltan unos días para saber qué va a pasar con Coopeservidores y si podrá subsistir la intervención, algo que sería inédito, y conocer con detalle las responsabilidades de quienes tomaron decisiones que pudieron afectar el devenir de esta cooperativa financiera.

Ahora bien, no podemos aislar lo sucedido con Coopeservidores y el contexto económico que hemos estado viviendo. Desde la Universidad Nacional hemos advertido desde hace años que las personas están muy endeudadas y que, particularmente desde el sector público, ese sobreendeudamiento presiona la capacidad de muchas familias de atender sus obligaciones financieras, dejando a muchas personas trabajadoras sin un ingreso líquido suficiente, pues las deducciones por los créditos consumen la mayor parte del salario neto de las personas. Esto sucede así porque la normativa lo permite, que algunas entidades puedan pedir la deducción automática de las cuotas de crédito de los salarios de las personas funcionarias públicas, lo cual podría haber facilitado un mayor endeudamiento de las personas y un manejo más laxo de las garantías de pago.

Para julio de 2022, según información del Ministerio de Trabajo, 19.000 personas registradas en el Sistema Integra, que paga los salarios en el gobierno central, recibían un salario neto por debajo del salario mínimo. En ese momento se tomó la decisión de limitar las deducciones automáticas en aquellos casos en que las personas funcionarias recibieran un ingreso neto por debajo del salario mínimo, lo que eventualmente podría haber creado dificultades en la recuperación de algunas operaciones de crédito.

Coopeservidores nació como una solución financiera dirigida a funcionarios públicos, de hecho, arrancó con el nombre de Cooperativa la Unión R.L., formada por funcionarios de la Dirección de Servicio Civil, en 1957. En 1965 los asociados deciden cambiar el nombre y ampliar el ámbito de trabajo de la cooperativa, que bautizan en ese momento como Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L., con el nombre abreviado de COOPESERVIDORES R.L. En el año 2008 la cooperativa decide abrirse a la incorporación de trabajadores del sector privado, aunque su base ya estaba formada por asociados del sector público. Y esa conformación podría haber sido otra razón de su situación actual.

Desde el año 2020 los funcionarios públicos tienen su salario congelado, primero como una medida relacionada con la pandemia y posteriormente en función de la aplicación de la regla fiscal. Aunque no ha habido vaivenes fuertes de precios en este periodo, salvo lo sucedido con la inflación en el 2022, la pérdida de poder adquisitivo acumulada desde el 2020 y hasta hoy, se suma a la variación en el costo del financiamiento de los créditos de las personas, producto del ajuste de tasas de interés del 2022, tanto para moneda local como para moneda extranjera. Un aspecto que los economistas perdemos de vista en las estimaciones del costo de vida, pero que sin duda impacta en los recursos disponibles de las familias: las variaciones en el costo del financiamiento producto de los movimientos de las tasas de interés.

Entonces sumemos problemas: una limitación en la posibilidad de aplicar deducciones automáticas de las cuotas de crédito, cuyo efecto aún desconocemos; una reducción en el salario real de los asociados que constituyen la base de esa cooperativa y un aumento en el costo de financiamiento desde el 2022, además de los problemas que hubo en la gestión de esa entidad y de la que dará cuenta el informe del interventor una vez se conozca este. ¿Cómo y en qué medida pesaron estas situaciones en el desenlace del problema de Coopeservidores? Es importante saberlo y debe ser parte del análisis que se haga posterior a la intervención de esta cooperativa.

No estamos aquilatando apropiadamente las consecuencias de medidas de ajuste que se han tomado en los últimos años, impulsadas en un entorno económico restrictivo e incluso se podría decir negativo, con las consecuencias de por medio de la pandemia del Covid19 y la política monetaria restrictiva, a consecuencia del pico inflacionario que produjo la invasión rusa a Ucrania. Quizás no estamos viendo las consecuencias de tener a un grupo importante de la población con el salario congelado desde hace más de 4 años, muchos de ellos sobreendeudados y enfrentando costos financieros mayores. ¿Podría repetirse lo de Coopeservidores en otra entidad financiera, particularmente aquellas vinculadas a grupos de funcionarios públicos?

Saber esto es fundamental para poder anticipar problemas adicionales, además de que nos sirva para entender que los procesos de ajuste fiscal tienen consecuencias negativas, incluso para el sector financiero.

Análisis fiscal a dos años del actual gobierno

*Fernando Rodríguez Garro

Mañana se cumplen dos años de la actual administración, pero en cuanto a política fiscal, no ha habido un cambio sustancial de la orientación mostrada en los últimos cuatro años.

Considerando que la regla fiscal entró a regir en el 2019, y se empezó a aplicar en el presupuesto propiamente en el 2020, podemos afirmar que al cierre de 2023 cumplimos cuatro años con la aplicación de un mecanismo de control de gasto.

Particularmente, en los años 2022 y 2023 se vio la aplicación del mecanismo más estricto de la regla fiscal, la limitación del crecimiento del gasto de capital y el congelamiento de salarios y pensiones.

Para tener una idea más clara, en estos cuatro años el gasto público sin intereses creció un 1,4%. Las transferencias corrientes al sector público, donde se registran los movimientos de recursos para el financiamiento del gasto social y la educación superior, han sido las más afectadas, pues en estos cuatros años disminuyeron un 10,7%.

Muestra de ello es que este rubro de gasto equivalía a un 5,3% del Producto Interno Bruto (PIB) en el 2019, mientras que para el año 2023 cayó a un 3,8% del PIB, un ajuste de 1,5% en un partida dedicada a financiar otras entidades públicas.

Otro ejemplo preocupante del peso del ajuste es la partida de gasto de capital, que en ese periodo del 2020 al 2023 decreció un 16%; pasó de un 1,9% del PIB en el 2019 a un 1,3% del PIB en el 2023.

La otra partida de peso en el presupuesto es el pago de remuneraciones, el cual creció un 7,1% entre el 2020 y el 2023, en un periodo en que se acumuló una inflación de 10,45%, lo que implicó un retroceso salarial, en términos reales.

La otra cara de esta evolución han sido las transferencias corrientes al sector privado, que recoge principalmente las pensiones con cargo al presupuesto, que han crecido en este periodo, aunque con fluctuaciones; presentan un crecimiento del 17,9% entre el 2020 y 2023, aunque entre los años 2022 y 2023 apenas creció un 1,7%.

El pago de intereses crece y es la partida de mayor crecimiento; en el periodo 2020-2023 aumentó un 49,1%, lo que ha implicado pasar de un porcentaje del PIB de 4% en el 2019, a un 4,8% en el 2023.

Junto a la reducción del gasto en la mayor parte de las partidas, con excepción de los intereses, los ingresos corrientes aumentan y pasan de 13,9% del PIB al 15,2% del PIB, como consecuencia de la reforma fiscal de 2018. Toda esto tuvo como resultado una mejora en la situación fiscal, pues el déficit financiero pasó de 6,7% en el 2019 a un 2,5% en el 2022, y para volver a subir a un 3,3% en el 2023, además de volver a contar con un superávit primario (gasto sin intereses menos ingresos corrientes) nuevamente en el 2022.

No obstante, y a pesar de la señalada mejora en el resultado fiscal del país, los intereses siguieron aumentando, lo que incluso explica en gran parte el repunte del déficit financiero del año anterior. Eso complica hoy la tarea de reducción del nivel de deuda del gobierno central, que sigue por encima del 60% del PIB y mantiene activa la cláusula más restrictiva de la regla fiscal. La estimación del Observatorio Económico y Social (OES) es que la deuda seguirá por encima de ese nivel todavía al cierre de 2024, y deja la flexibilización de las normas más restrictivas de gasto hasta el presupuesto nacional del año 2026.

El sacrificio que está haciendo el país con la reducción del gasto social, la caída en la inversión pública y el congelamiento de salarios en el sector público, no se está compensando con una rápida mejora en el nivel de deuda, lo que complica la posibilidad de que las autoridades cambien el rumbo de la política fiscal en el corto plazo. Esto se explica por la nula respuesta del pago de intereses a la mejora en el resultado fiscal y a la reducción en el nivel de deuda. Como lo ha señalado el OES en varias oportunidades, así como se hizo con el tema de ingresos tributarios y de gasto público, deben orientarse esfuerzos de política pública y reforma legal para reducir el pago de intereses, sobre todo considerando el alto costo de la deuda pública costarricense.

Lo anterior será particularmente importante en el futuro, si el tipo de cambio sube en relación con los niveles observados en el 2023 e inicios del 2024, pues el gobierno ha estado acumulando más deuda pública en dólares, al punto de que la mayor parte del financiamiento del déficit de los años 2022 y 2023 se hizo con endeudamiento externo. Si el mayor riesgo cambiario que estamos asumiendo en el presente se manifiesta en el futuro, nuestra deuda podría hacerse más cara y eso nos llevaría a pagar más intereses por esa deuda en moneda extranjera.

Otro tema importante, que también explica el mayor déficit de 2023 con respecto a 2022, es la pérdida de dinamismo en la recaudación de impuestos. En un informe hecho público en octubre de 2023, sobre la evolución de la situación fiscal a agosto de ese año, desde el Observatorio señalábamos que: “cabe indicar que el comportamiento de los ingresos tributarios totales muestra una desaceleración importante desde finales del 2022 y que se hizo más marcada en los últimos meses, … de continuar ese ritmo, … el crecimiento de los ingresos tributarios quedaría por debajo del crecimiento del PIB nominal y con eso la carga tributaria (ingresos tributarios / PIB) del 2023 se reduciría, lo que iría en sentido contrario a lo esperado por la reforma fiscal del 2018”.

Los ingresos tributarios interanuales siguen mostrando una desaceleración en su ritmo de crecimiento, incluso al arranque del 2024, lo que se debe a la caída en el tipo de cambio y la pérdida de dinamismo en varios sectores de actividad económica. La caída en la carga tributaria que esperábamos en efecto se dio, pasó de un 14,09% del PIB en el 2022 a un 13,65% del PIB en el 2023.

La combinación de resultados que arroja la situación fiscal del país, en cuanto a menor gasto social, menor inversión pública, más gasto en intereses y menor dinamismo de la recaudación de impuestos, afectará el resultado de la política fiscal en los próximos años, no en cuanto al resultado fiscal propiamente, sino al impacto de esta política en el crecimiento económico, el desarrollo humano y la distribución del ingreso. Retomar la inversión social y de capital, disminuir el costo de la deuda pública y recuperar el dinamismo de los ingresos tributarios, será fundamental para retomar el papel de la política fiscal en condiciones de estabilidad.

UNA Comunica.

*El autor es coordinador del Proyecto Observatorio Económico y Social (OES) de la Escuela de Economía de la Universidad Nacional (UNA).

Rector de la UCR agradece la liberación de las becas de los límites de la regla fiscal

Este 12 de setiembre, la Asamblea Legislativa aprobó el proyecto de Ley de Protección a la Inversión Pública en Becas y otras Ayudas para la Población Estudiantil.

La iniciativa libera la inversión en becas de los límites de la regla fiscal, permitiendo que estas ayudas puedan llegar a quienes más las necesitan.

En medio de una grave crisis educativa, las becas y otras ayudas son fundamentales para que estudiantes de las poblaciones más vulnerables puedan mantenerse en las aulas y continuar sus estudios.

Agradezco a las fracciones legislativas que apoyaron este proyecto por su visión y compromiso con la educación pública en todos sus niveles.

 

Imagen – UCR: Gustavo Gutiérrez Espeleta, rector UCR.

Negociación salarial o conflicto social

Manuel Hernández

La pérdida del valor real de las remuneraciones, a merced de las medidas extraordinarias de la Regla Fiscal y el congelamiento de los salarios que receta la Ley Frankenstein, ya se volvió absolutamente inasumible para los trabajadores.

La política extremista de Estado, que impone una devaluación salvaje e indefinida de las remuneraciones, es una política pública de violencia institucional contra la clase trabajadora.

Hasta la misma PGR, nada sospechosa de ser simpatizante de los sindicatos, advirtió que el congelamiento indefinido de los salarios, o por un plazo prolongado, tiene un efecto pernicioso, que vulnera el Convenio 131 OIT y un precedente de la Sala Constitucional, que dispuso que el congelamiento de los salarios sólo puede ser excepcional, por un plazo definido y claramente determinado.

También existe un precedente del Comité de Libertad Sindical, contra el Gobierno de CR, que resolvió una queja, prácticamente en los mismos términos del precedente de la Sala Constitucional.

Cómo decían los Indignados:

“Nos sobra mucho mes al final del sueldo”. (Cártel, Madrid, 2011).

La política de los sindicatos debe ser: ¡negociación salarial o conflicto laboral!

Saludos insumisos.

Negociación salarial o conflicto social

Manuel Hernández

La pérdida del valor real de las remuneraciones, a merced de las medidas extraordinarias de la Regla Fiscal y el congelamiento de los salarios que receta la Ley Frankenstein, ya se volvió absolutamente inasumible para los trabajadores.

La política extremista de Estado, que impone una devaluación salvaje e indefinida de las remuneraciones, es una política pública de violencia institucional contra la clase trabajadora.

Hasta la misma Procuraduría General de la República, nada sospechosa de ser simpatizante de los sindicatos, advirtió que el congelamiento indefinido de los salarios, o por un plazo prolongado, tiene un efecto pernicioso, que vulnera el Convenio 131 de la OIT y un precedente de la Sala Constitucional, que dispuso que el congelamiento de los salarios sólo puede ser excepcional, por un plazo definido y claramente determinado.

También existe un precedente del Comité de Libertad Sindical, contra el Gobierno de Costa Rica, que resolvió una queja, prácticamente en los mismos términos del precedente de la Sala Constitucional.

Cómo decían los Indignados:
“Nos sobra mucho mes al final del sueldo”. (Cártel, Madrid, 2011).

¡La política de los sindicatos debe ser: negociación salarial o conflicto laboral!