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Etiqueta: sector público

Las huelgas están inscritas en la Historia Nacional

Vladimir de la Cruz

La historia de las huelgas laborales en Costa Rica se remonta al siglo XIX. Desde 1874 tenemos noticias de ellas, incluso en el sector público. En el último tercio de ese siglo grandes movimientos huelguísticos se dieron, entre ellos la huelga de los trabajadores italianos que laboraban en la construcción del ferrocarril. También la hubo de españoles. A finales del siglo XIX hubo un crecimiento del número de huelgas.

A principios del siglo XX fueron importantes las huelgas de los panaderos. En la primera mitad del siglo XX tuvimos períodos de auge en el movimiento huelguístico, 1907-1911, 1917-1921, 1927-1934. Entre 1938 y 1943 hubo importantes movilizaciones obreras y de trabajadores, como de campesinos. En 1946 hubo una huelga contra la CCSS y en 1947 la famosa Huelga de los Brazos Caídos. Durante el período de la Junta de Gobierno también hubo movimientos huelguísticos.

Posterior a la Junta de Gobierno, entre los años 1950-1962 hubo huelgas, las que disminuyeron en el período 1962-1969. A partir de 1970 hubo un incremento de las huelgas, y especialmente en el sector público, junto con grandes movilizaciones populares como fueron las luchas contra el Contrato Ley de la ALCOA, las luchas contra el llamado COMBO del ICE, las luchas contra el Proyecto de Ley del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y, finalmente, este movimiento huelguístico contra el Proyecto de Ley de la Reforma fiscal.

En esta historia de huelgas se han dado características particulares de ellas. En todas las huelgas se elabora una lista de reivindicaciones, de diverso tipo, a negociar con la parte patronal. Se elabora un plan de lucha para obtener el mejor resultado. Y ser parte, obviamente, de un proceso de negociación donde, de parte de los sindicatos y trabajadores, tienen objetivos principales y secundarios por lograr y, en esta perspectiva, capacidad para negociar y obtener el mejor de los resultados planteados y posibles.

Las huelgas deben tener objetivos posibles de lucha. Huelgas con objetivos imposibles son liquidadas y están dadas a fracasar. Solo dirigentes sindicales y políticos irresponsables pueden conducir un movimiento de lucha sindical o político a luchas imposibles de tener resultados favorables a los trabajadores, aunque sean pocos.

En la historia de las huelgas han pesado las llamadas huelgas laborales. Son las que se han dado, se dan y se seguirán dando en centros de trabajo, instituciones públicas y empresas del sector privado. En estas se pone en movimiento un grupo de trabajadores por lograr beneficios económicos sociales, reivindicaciones laborales o por defender derechos laborales que sienten amenazados.

Desde 1943, cuando se aprobó el Código de Trabajo, las huelgas están reguladas en su funcionamiento y ejecución. Para que la huelga laboral se dé se necesita cumplir con un trámite procesal, que agotado sin posibilidad de lograr nada los trabajadores, en discusión con sus patrones, pueden acudir a la huelga, al paro de sus labores, a la suspensión del trabajo, y sobre la acción de fuerza de la huelga, discutir lo pretendido.

Antes de 1943 las huelgas se dieron sin regulación laboral especial. En 1920, con motivo de las huelgas que se dieron durante todo ese año, en diciembre, cuando el gobierno reconoció y estableció la jornada de ocho horas de trabajo diarias, que era el motivo de las huelgas, en el Decreto, el Gobierno reconoció el derecho de los trabajadores a la organización sindical y a la huelga, sin que se hubiera hecho una legislación especial al respecto.

La huelga es una forma de protesta social, organizada de los trabajadores y sus organizaciones sindicales. Resultado de ella se produce una paralización de labores, de trabajos, en perjuicio de sus patronos, privados o públicos, ante quienes proponen reivindicaciones o reclamos.

Cuando se constituyó la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en 1919, los países que forman parte de esta organización, que suscriben y ratifican los Convenios que en esta organización se aprueban, pasan a integrar, como parte de su legislación interna, estos Convenios, con rango superior a las leyes nacionales.

Costa Rica forma parte de la OIT y ha aprobado una buena cantidad de Convenios, entre ellos los de derecho a la organización sindical y a la huelga. Por eso en las reivindicaciones de los movimientos huelguísticos se mencionan estos Convenios. Para la OIT la huelga es un medio legítimo fundamental de los ciudadanos y de los trabajadores, por medio de sus organizaciones sindicales, para defender sus intereses económicos y sociales.

Las huelgas las conocemos desde la antigüedad, desde Egipto, en la época de los faraones. Pero, las huelgas modernas, vienen, en su origen, desde la Revolución Francesa y de la Revolución Industrial del siglo XIX, cuando empezó a organizarse el movimiento obrero contemporáneo.

Como parte de las protestas del movimiento obrero internacional, y particularmente europeo, en el siglo XIX, se dieron movimientos huelguísticos y luchas sociales que adquirieron la forma de cartismo y ludismo.

El cartismo fue el movimiento que se orientó en enviar cartas a los Congresos Legislativos denunciando las malas condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores, con la finalidad de que los legisladores aprobaran leyes que regularan estas situaciones.

El ludismo, que debe su nombre a Ned Ludd, dirigente obrero, quien llamaba a la destrucción de las máquinas considerando que eran las culpables de las malas condiciones de vida y de trabajo y de la situación económica y social de los trabajadores.

Estas luchas se reorientaron a partir de 1850 con la presencia, en los trabajadores, de las corrientes políticas socialistas, anarquistas y comunistas, particularmente, y a finales del siglo XIX de las corrientes socialdemócratas y socialcristianas.

En este contexto se llevaron a conceptuarlas como parte de la lucha social política, como parte de la lucha de clases, que adquiría un sesgo anticapitalista y más tarde de lucha por el socialismo, como resultado final de una Revolución social y política.

De este período, en la segunda mitad del siglo XIX, se articula también, a partir de 1864, una organización internacional sindical, la Asociación Internacional de Trabajadores, fundada por Carlos Marx, considerando que si el capitalismo y los capitalistas estaban organizados a nivel internacional de igual modo los trabajadores debían organizarse, a ese mismo nivel, para coordinar luchas en los distintos países.

Hoy hay muchas organizaciones sindicales en cada país, hay federaciones de ellas y confederaciones nacionales. Pero también hay niveles de organización regional sindical, centroamericanas, latinoamericanas, por ramas de producción internacional, y las hay de carácter internacional o mundial.

La huelga laboral se incorporó como parte de los derechos de segunda generación, dentro de la libertad sindical, y se reconoce en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por Costa Rica.

Las formas y los tipos de huelgas que históricamente se han dado adquieren una gran variedad. Veamos algunas.

Las huelgas hoy son legales e ilegales. Las legales aquellas que se realizan de conformidad al ordenamiento legal y constitucional, donde se cumplen trámites para solicitar ante el Juzgado la legalidad del movimiento. La ilegales las que se realizan fácticamente sin cumplir ningún trámite legal para convocarlas y realizarlas. Las consecuencias de unas y otras son evidentes. En las legales se produce una situación de fuerza, y de espera tirante, entre la parte patronal y laboral por aguantar en estado de huelga para finalmente resolver lo que se discute, el motivo de esa huelga. En las ilegales, las consecuencias son directas contra los trabajadores, en perjuicio de sus salarios que no los reciben durante el período de la huelga, y con amenaza de despido laboral o pérdida del trabajo.

En Costa Rica en toda la historia de las huelgas menos de 12 han sido declaradas legales. Todas, en la práctica ha sido declaradas ilegales. Así se han hecho, y así también han llegado a acuerdos finales, para ponerle fin al conflicto, donde las sanciones contra los trabajadores se minimizan, como se ha propuesto en el actual conflicto que ha vivido el país. Si no se llega a ese acuerdo las consecuencias son evidentes, reales y efectivas.

Entre las presiones laborales y políticas que históricamente se han planteado se han dado las llamadas Huelgas de Hambre. Es la protesta o acto al que se presenta un dirigente sindical o político, o varios, que dejarán de ingerir alimentos durante el plazo que sea necesario para obtener los resultados o reivindicaciones que se demandan. Estas huelgas no pueden ser improvisadas. Los huelguistas de hambre deben prepararse para ello, con supervisión y asistencia médica, y para que puedan durar en ese estado. Estas huelgas se hacen siempre con objetivos alcanzables porque se trata de que se puedan lograr y de que los huelguistas no se mueran. Pero, se trata también de que alrededor de quienes están en huelga se produzcan grandes movilizaciones sociales, de trabajadores, en su apoyo.

Existen las Huelgas de Solidaridad. Son las que se llevan a cabo a favor de un grupo de trabajadores que están en huelga por parte de otros trabajadores, de su propia rama de producción o de otras empresas. Pueden llegar a tener un gran carácter expansivo.

En Costa Rica se dieron movimientos de solidaridad con los huelguistas italianos que construían el ferrocarril, en el siglo XIX, en Turrialba, Cartago y San José, sin que llegaran a realizar huelgas. Las primeras, importantes, de solidaridad laboral, con paro de empresas, se dieron con los huelguistas panaderos de principios del Siglo XX. De esas huelgas hubo tres consecuencias importantes. La primera, fue la expulsión del país de los dirigentes de la huelga, panaderos de origen español, entre ellos Juan Vera, el más destacado. La segunda, se produjo un decreto del gobierno que impidió la circulación de materiales anarquistas, socialistas y comunistas por el correo, porque a los dirigentes sindicales se les imputaba de anarquistas. La tercera, impulsó la creación de la primera Federación de Trabajadores San José en 1905. A finales de la década 1900-1910 se produjo un movimiento de solidaridad de trabajadores traídos de Panamá para romper una huelga bananera, a la que se sumaron cuando llegaron a Limón y se dieron cuenta que los habían traído de rompehuelgas, debido a que eran militantes sindicales. Las otras huelgas de solidaridad se dieron en el sector bananero en la década de 1980.

Existen también las llamadas huelgas de Brazos Caídos. Son reivindicaciones o protestas que se llevan a cabo en la propia empresa, en el puesto de trabajo, donde los trabajadores permanecen inactivos durante la duración de esta huelga.

En Costa Rica, en 1947, se dio una Huelga de Brazos Caídos con pretensiones políticas contra el gobierno de Teodoro Picado con el propósito de obtener garantías electorales y políticas, por parte de la oposición política, frente al proceso electoral que se avecinaba en diciembre de 1947 y febrero de 1948.

En la huelga de brazos caídos los trabajadores no abandonan la empresa o institución, y se pueden establecer turnos para ocuparla permanentemente.

Como variantes de este tipo de huelgas se dan las llamadas huelgas de Bolígrafos Caídos, cuando en el caso de demandas de policías o agentes de tránsito cuando se niegan a elaborar partes de multas. En algunos países cuando periodistas entran en paros o huelgas usando este método de negarse a escribir en el periódico. Aquí, en Costa Rica, no hay registro de estas dos formas de huelgas.

Está también la llamada Huelga General. Históricamente fue concebida, desarrollada e impulsada por los anarquistas. Se trata de impulsar un movimiento general en el cual se paralice toda la actividad productiva y estatal, con apoyo de todos los grupos sociales, estudiantes, campesinos, pensionados, amas de casa y trabajadoras domésticas. Se trata de que toda la población trabajadora se integre a ella. Su objetivo fundamental es hacer caer a un gobierno.

Aquí, en Costa Rica, este concepto de Huelga General la Asociación Nacional de Empleados Públicos, y su principal dirigente, Albino Vargas, desde el 1 de setiembre, ya pensionado de su ejercicio de funcionario y dirigente sindical, lo han usado muchas veces para llamar a actos de suspensión de labores. Con esta consigna más que huelgas generales han realizado manifestaciones de trabajadores, y pequeñas huelgas en algunas instituciones estatales. Muchas de esas manifestaciones eran solo de dirigentes y unos cuantos trabajadores.

Por la mala forma que han llamado a la realización de la Huelga General me parece que han prostituido el término, lo han debilitado y lo han hecho ineficaz.

Grandes movimientos sociales, como ALCOA, COMBO del ICE, la lucha contra el TLC-CA-RD, o el actual, contra la Reforma Fiscal, no responden a esta concepción de lucha bajo el llamado a la Huelga General.

La huelga general se caracteriza por su extensión más que regional, ojalá de todo el país.

La Huelga General requiere un aparato político de apoyo, de partidos políticos o de fuerzas políticas reales, de lo contrario es llamar a la anarquía social, a la anomia fáctica institucional.

El Movimiento Solidaridad, de características sindicales, en Polonia, con base en la lucha organizada de los trabajadores y de los sindicatos de los astilleros de Gdansk, sí pudo conducir esa forma de lucha en Polonia contra el gobierno y el régimen comunista, porque había ausencia de partidos políticos de oposición y el movimiento sindical ocupó su lugar como fuerza política actuante.

En Costa Rica todavía hoy el movimiento sindical no puede sustituir a los partidos políticos como fuerza política opositora al sistema y al gobierno, ni como alternativa político electoral. Esta debilidad no la pueden subsanar en esta forma de lucha de convocatoria de Huelga General, ni siquiera tratando de sustituir la ausencia hoy de partidos de izquierda con cierta presencia nacional que carecen de fuerza social organizada, como tenían los partidos de izquierda antes de 1990 en el país.

La dirigencia sindical actual no admite conducción política partidaria como se hacía antes de 1990, pero tampoco por sí misma es un poder político. Han tenido ribetes de participación marginal en partidos políticos. Han tenido especial acercamiento a los gobiernos últimos del Partido Acción Ciudadana, no a su Partido.

A lo único que contribuye esta dirigencia sindical con sus acciones ácratas es a desdibujar el peso de las instituciones democráticas, a debilitar la imagen de las instituciones de Poder Político, a fortalecer las imágenes negativas y de desgaste que se han venido promocionando peligrosamente contra los políticos, la Política, los partidos políticos, los Poderes Públicos y los controles políticos establecidos, sin posibilidad real de sustituirlos.

En el momento actual este tipo de convocatorias irresponsables solo puede contribuir a fortalecer tendencias populistas extremas que pueden resultar incontrolables para la sociedad democrática nacional, e incontrolables para los mismos dirigentes sindicales y su propia organización.

También se pueden dar huelgas o paros laborales por horas, o por períodos de tiempo no superiores a la jornada diaria de trabajo. Generalmente se llevan a cabo como experiencia organizativa y de preparación de movimientos mayores. De estas se pasa a la huelga de uno o dos días, o de varios, generalmente con períodos de finalización, pero en posibilidad de ir a huelgas más prolongadas.

No hay experiencia en el país de huelgas novatorias, que son las que se realizan para alterar o modificar lo pactado en los Convenios Colectivos de Trabajo, o que resulten de laudos arbitrales. En general lo pactado en convenios colectivos se negocia con otra Convención Colectiva al finalizar el término de la original. No hay ni siquiera práctica de negociar solo aquellas cláusulas en las cuales los sindicatos o los patrones están interesados en modificar. Para modificar unas cláusulas se debe negociar todo el Convenio. Con las nuevas disposiciones jurisprudenciales de la Sala IV el movimiento sindical debe revisar este aspecto de su lucha.

Huelgas rotatorias se producen en empresas o instituciones cuando se dispone que en una parte de la empresa o institución sus trabajadores paralizan sus labores, alternándose en la cesación de funciones o de trabajo con la finalidad de afectar la coordinación de los procesos productivos o de los servicios empresariales o institucionales. En Costa Rica no se han dado este tipo de huelgas o protestas.

Huelgas estratégicas se llaman en el movimiento obrero internacional aquellas que afectan de modo directo la actividad productiva básica de una empresa, que a su vez repercute en cadena a otros sectores estratégicos y sensibles del sistema económico productivo, paralizando otras empresas por este efecto. Es el caso de la parálisis en cierto tipo de empresas como muelles, ferrocarriles, transporte, comunicaciones en general, electricidad. Cuando en estos servicios en Costa Rica se han dado huelgas producen esos efectos pero no han sido convocadas de esa manera.

En el campo laboral estas son las huelgas más tradicionales.

Otras formas de huelgas, algunas de ellas no conocidas o realizadas en Costa Rica, son las huelgas de consumo, que son formas de protestas para no consumir determinados productos de ciertas empresas, por razones laborales, por maltrato, discriminación o explotación de trabajadores o por incumplimiento de leyes laborales, por incumplimiento de aspectos ambientales, o para apoyar a trabajadores en huelga en esas empresas.

Y, están las huelgas estudiantiles, también de larga data en la Historia nacional, tema de otra reflexión.

En resultado del movimiento de protesta realizado estos días contra el Proyecto de Ley de Reforma Fiscal, en mi opinión, a pesar de las grandes movilizaciones, el movimiento sindical y sus dirigentes salieron perdiendo en toda la línea. No hay que cantar victoria por los niveles de conciencia anti gobierno que pudieran agitarse en esta lucha en estas jornadas. No hay que cantar victoria por las movilizaciones que se dieron y las que se mantuvieron en el interior del país. El resultado de esta primera fase fue la derrota del movimiento sindical que ni siquiera pudo cumplir, por parte de los dirigentes que llegaron a la elaboración de un acuerdo, de poder convencer a sus asambleas sindicales de aprobarlo. Y la derrota de esos dirigentes fue la desautorización de esas asambleas hacia ellos por haber llegado a ese documento, y de no aceptar su cumplimiento. Los que originalmente, esa madrugada, no aceptaron el documento fueron arrastrados a la presión social de aprobarlos por quienes los habían aprobado, quedándose aislados ante la inmensa mayoría de la población y de los trabajadores. Por la fuerza de los acontecimientos algunos sindicatos fueron firmando lo acordado, pero mostrando la debilidad de ellos en el atraso de esa firma, y el repudio de sectores populares ante ciertos actos sindicales en centros de trabajo. Finalmente, ante la aprobación del Proyecto Fiscal en su primer debate parlamentario quedaron más debilitados.

El movimiento sindical, y su dirigencia, no tuvieron la capacidad de tener una agenda alterna en este conflicto. Su consigna de rechazo y de retiro del Proyecto de Reforma Fiscal era imposible en la forma que se dio. La lucha dirigida en esa línea era al fracaso como único objetivo de lucha.

El pliego de peticiones de los sindicatos mostrado al final de esas conversaciones no dejó de ser tan solo eso, un pliego de peticiones y de propuestas. No pudieron articular un solo Proyecto de Ley relacionado con cada una de sus pretensiones, muy válidas la mayoría de ellas, y bien justificadas.

El movimiento sindical y sus dirigentes en esta lucha quedaron atrás. Pudieron articular, como parte de su estrategia, un conjunto de Proyectos de Ley para que paralelamente complementaran al Proyecto de Reforma Fiscal, en lo que ellos señalaban que le faltaba y fueron incapaces de proponerlos.

Algunas de estas propuestas sindicales, tenían aval del sector empresarial, como la lucha contra el contrabando, la evasión y la elusión. Y perdieron oportunidad de aliarse a este sector para conjuntamente elaborar esos proyectos de ley.

Ahora se han presentado a la corriente del trámite parlamentario iniciativas, por parte de diputados, en postura multipartidista, prácticamente de todos los partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa, los que impulsaron la Reforma Fiscal y los que no la apoyaron, de proyectos de ley para regular a las cooperativas y cobrarles impuestos, para regular a la zonas francas para corregir la exoneración que las cubre en algunos aspectos, para regular las transferencias del gobierno a instituciones descentralizadas de modo que no puedan ser recortadas, para desregular el enganche del salario de médicos y el plan para evitar que se rebaje a los docentes el sobresueldo de recargo por labores especiales que reciben.

Al perder el movimiento sindical esta iniciativa perdió también estas banderas. Le queda al movimiento sindical y a su dirigencia actual, ir en el furgón de cola a apoyar estas iniciativas si así lo deciden.

El relevo de la dirigencia actual sindical quedó en evidencia en esta lucha. De hecho en las asambleas sindicales recientes algunos fueron fácticamente relevados…cuando no les aceptaron lo pactado por ellos…aunque aún permanezcan en sus asientos.

Un dirigente sindical, por citar uno de los actuales, como Albino Vargas, curtido en 35 años de lucha, y de dirigente sindical durante casi todos esos años, reconocido como el más emblemático dirigente sindical, de los mejor informados y conocimiento de los problemas nacionales desde su perspectiva sindical, y con más presencia pública, en estos años, aunque no represente el sindicato más grande, prácticamente cavó en esta lucha su propia sepultura… no casualmente tramitó su derecho a la jubilación, efectivo a partir del pasado 1 de setiembre.

¿Pero, serán mejores dirigentes sindicales, los que les sucedan, más sensatos, más inteligentes, más conocedores de la realidad social y política del país, en el momento histórico que vivimos, más políticamente formados? ¿Serán más enérgicos, o “extremistas”, en sus luchas? ¿Políticamente serán más antisistema, anti políticos, anti política, anti partidos políticos, anti institucionalidad democrática nacional, promoverán sus luchas más dentro del esquema de la lucha de clases clásica del periodo anterior a 1990?

La nueva generación de dirigentes sindicales que se asoma provoca estas interrogantes para nuevas reflexiones.

Huelgas seguiremos teniendo con esta dirigencia sindical o con otras dirigencias sindicales, con partidos políticos que las dirijan o sin ellos. Y, peligrosamente hasta dirigidos por líderes de características populistas o pentecostalistas, que estos últimos ya están tratando de ganar dirigencias sindicales.

De nuevo el mimetismo en la política de Costa Rica

Rogelio Cedeño Castro, sociólogo y escritor costarricense.

El cambiante escenario político y social de la Costa Rica de los últimos meses, en medio de un fenómeno como la así llamada “pandemia”, la que si bien se exterioriza en el orden de lo clínico, donde se torna amenazante para la salud, la supervivencia y la vida de la población, pero que también está inextricablemente unido a las dimensiones del orden de lo político, social y económico, dada la enorme complejidad que reviste, aunque muchos no lo puedan entender. Es aquí donde el gobierno y la clase política orientados, de una manera casi unánime, sin importar gran cosa los rótulos partidarios a que quedaron reducidos los viejos partidos políticos, consideraron que había llegado la oportunidad de darle la estocada final al estado social de derecho, establecido por los reformadores sociales durante las décadas de los cuarenta y cincuenta del siglo anterior, por lo que se abocaron a tomar medidas para proceder a su desmantelamiento, eliminando las conquistas sociales de las clases trabajadoras y vendiendo los activos más rentables del estado costarricense. Desde luego que lo hicieron también de manera preventiva, en un primer momento, aprobando una reforma fiscal regresiva hace ya dos años y una legislación para limitar el derecho de huelga y de protesta contra las políticas sociales y económicas del régimen imperante, dando lugar a que en lo sucesivo, con esa legislación aprobada a golpe de tambor, sus efectos no pasarían de ser un saludo a la bandera, casi un mero acto ritual.

La recesión, alimentada por una reducción del poder de compra de los habitantes, se expresó en la quiebra de innumerables negocios, además de muchas pequeñas y medianas empresas que no soportaron la reducción de la demanda agregada de bienes y servicios, a lo largo del año 2019, mucho antes de que empezara la pandemia. Al estallar ésta, en el mes de marzo anterior, con las medidas restrictivas en cuanto a la movilidad de los habitantes que trajo, los efectos de la recesión se aceleraron y colocaron al borde del abismo del hambre y la miseria a grandes sectores de la población, imposibilitados de salir a trabajar y carentes de otros recursos para hacerle frente a la situación. Actividades como el turismo, la pesquería y el agro acusaron el golpe durante muchos meses, en medio de la mayor desesperación para quienes se dedican a ellas. Sólo ahora, en los últimos días de septiembre y primeros de este octubre que está empezando, con la oleada de bloqueos o cierres de carreteras, a todo lo largo y ancho del país, es que reaccionaron ante el cinismo de la clase política, protagonizando una desobediencia civil masiva, dentro de la tradición de Thoureau, Gandhi y Martin Luther King, con lo que la mayor parte del país rural se encuentra al borde de la rebelión, lo que tomó por sorpresa tanto al gobierno, cuyo equipo económico responde a los intereses del capital financiero y a las posturas neocon o neoliberales, como a la Asamblea Legislativa donde el cada vez más totalitario “partido único neoliberal” (PAC PLN PUSC RN NR y otros) ha seguido aprobando legislación laboral que intensificará los efectos más perversos de la recesión económica, tal fue el caso del congelamiento de las anualidades de los trabajadores del sector público durante los dos años venideros, esto traerá la pérdida de más empleos en el sector privado, aunque mucha gente que ha interiorizado el pensamiento económico neoclásico de los neoliberales no lo entienda todavía, a pesar de que están entre quienes habrán de sufrir sus consecuencias.

Como un segundo momento, en medio de la pandemia, y como resultado de una propuesta del gobierno, para firmar un acuerdo con el Fondo Monetario Internacional y acceder a un préstamo de 1.750 millones de dólares, cuyo destino no está muy claro, ha estallado un poderoso movimiento social, cuyo liderazgo nacional y regional responde más a las consignas y propuestas reformistas de la vieja socialdemocracia liberacionista, abandonadas por el PLN, con líderes visibles como José Miguel Corrales, Célimo Guido, Óscar Campos y otros de esa procedencia histórica, que a las de una extrema derecha representada por la UCCAEP y algunos libertarians o liberales(neo) reciclados, quienes en un principio quisieron sacar provecho de él, lanzando una campaña contra los trabajadores del sector público, a quienes culpan mentirosamente de los problemas fiscales, a las vez que “atacaron” los nuevos impuestos propuestos por el gobierno(los que desde luego no pagarán ellos, como siempre ha sucedido, con su descarada evasión y elusión), más regresivos aún que los del paquete aprobado hace apenas dos años, que forman parte de la mencionada propuesta para aceptar un préstamo del Fondo Monetario Internacional. Ahora la UCCAEP y las gentes de la ultraderecha, las empresas piñeras y otras muy poderosas, se lanzan contra el movimiento que querían utilizar en su beneficio. El estallido social, del que hemos venido hablando líneas atrás, no sólo no pudieron preverlo sino que se les fue de las manos.

A todo lo anterior se une el hecho de que en Costa Rica se instaló, hace ya dos años, un gobierno de coalición con una fachada diz que “progresista” que se vino situando o desplazando, cada vez hacia la derecha del espectro político ( si es que ese término al igual que el de “izquierda” o “izquierdas” retiene todavía algo de su valor explicativo), habiendo entregado la conducción de la política social y económica a un equipo partidario de un ajuste social y económico de lo más violentos contra los sectores populares. Es aquí donde el fenómeno de la mímesis o mimetismo político comienza a operar, de una manera casi imperceptible, para crear una verdadera “torre de babel” entre las gentes poco habituadas a la complejidad del manejo cotidiano de la política al tornar desechable e inútil todo el lenguaje político. El viejo sentido común “anticomunista”, heredado de los tiempos de la guerra, dentro del que todo aquello que no debe ser, o es malo, es “el comunismo”, interiorizado desde hace muchas décadas por un gran sector de la población, ya intoxicado por el bombardeo propagandístico (recordemos que en inglés propaganda es una mala palabra, por así decirlo) de los grandes medios de comunicación. Todo esto ha conducido a la paradoja de que en tanto en que el gobierno y la clase política se mueven más hacia la derecha, y el autoritarismo más desenfrenado en todas sus decisiones más importantes, un gran sector de la población afirma que el presidente Carlos Alvarado y los cada vez desteñidos progres que lo acompañan son “comunistas”, ergo por lo tanto el gobierno de Costa Rica es “comunista”, y nos lleva por el camino de los de Nicaragua o Venezuela, sin importar siquiera si los gobernantes de esos países lo sean en estricto sentido, pues aquí opera semánticamente aquello de que todo lo que no debe ser, o lo que se percibe como tal es “comunismo” a secas, produciéndose un efecto mimético un tanto extraño (por lo menos para las gentes del mundo académico y el de los estudios de la política) al ser vistos como “comunistas” unos políticos “progres” del PAC que no abandonan el rótulo, aunque hacen precisamente lo contrario derechizándose cada día más, incluso el Frente Amplio se mantiene dentro de la coalición gobernante con lo que acentúa las sospechas hacia los dos lados. A la manera orwelliana, en esta torre de babel la derecha es la izquierda, los desteñidos progres son los comunistas o la izquierda es la derecha, el capitalismo más agresivo es el comunismo y así sucesivamente se exteriorizan el camaleonismo y el caos.

SEC: el Gobierno nos mintió

No hay duda que la Pandemia Covid-19 ha provocado una distorsión en la economía nacional que desde el colapso financiero de 1929, no se vivía, hasta este 2020.

El diagnóstico del Gobierno es una verdad que todas y todos conocemos. Lógicamente mermaron las exportaciones a países que son nuestros clientes, de igual manera se desaceleraron las importaciones de bienes y servicios, y aunque esto último puede concebirse como algo positivo, lo cierto es que hay un estancamiento en la economía nacional.

Es cierto y evidente que se ha tenido que invertir en una gran cantidad de insumos a nivel de salud, para hacer frente a la pandemia.

Pero el análisis macro y micro económico, que hace el Gobierno, es demasiado tecnocrático, no es una propuesta producto de una amplia negociación con la mayoría de sectores sociales del país.

El documento oficial del Gobierno refleja la posición de esas esferas económicamente poderosas representadas por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada UCCAEP. Por tanto, es mentira que el sector gubernamental escucha y dialoga, para proponer al Fondo Monetario Internacional, como apunta el documento oficial.

Cuando se estudia el documento, en ningún momento y bajo ninguna perspectiva, se encuentra el mínimo interés de gravar a las grandes empresas del capital nacional y transnacional, quedando absolutamente de lado.

¿Cuáles empresas del sector financiero y agrícola como las grandes piñeras: Dole, Hacienda Taboga, Hacienda Aquiares y muchas más, son gravadas, aunque sea con un 0,0001% de renta? La respuesta es sencilla ¡Ninguna!

¿Acaso alguna de las empresas que declararon cero ganancias en los últimos diez años, (y que son más 90), se les tocaron sus intereses? ¡A ninguna!

Debemos apuntar, que es absolutamente demagógico el discurso del Gobierno, cuando señalan que, “está en la línea de mantener el Estado Social de Derecho”.

La propuesta gubernamental, en lo esencial va encaminada a despedazar aún más a la clase trabajadora y a lo que aún queda de la clase media. Afirmamos esto porque plantean un aumento del Impuesto de la Renta a personas físicas, entre ellos pensionados del Magisterio Nacional y salarios en general.

También se señala en el documento, que para el año 2021, el gran acierto será la recaudación de más de un billón de colones, producto del cobro del Impuesto al Valor Agregado IVA.  ¡Un golpe demoledor a la clase media costarricense!

¿Cómo pretenden fortalecer el Estado Social de Derecho, si se plantea un impuesto a todas las propiedades inmuebles que actualmente recaudan las municipalidades, y que no se eliminará, sino que se sumará a este nuevo cobro del Gobierno de 0,50%? Esto destruirá a la clase media.

No se puede desarrollar el Estado Social de Derecho, si al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares FODESAF, se le disminuye el presupuesto que pagan los patronos de 26,33% a 21,33%, o sea 5%?, entonces ¿Cómo financiar en adelante el bono proteger?

Otro golpe a la clase trabajadora del sector público es la eliminación de anualidades en los próximos cuatro años ¿Cuál democracia económica?

Sirviendo al Fondo Monetario Internacional, el Gobierno se compromete a que la Asamblea Legislativa apruebe el proyecto de Reforma al Empleo Público, algo que se viene gestando con insistencia desde la Administración Solís Rivera.

Manteniendo la óptica de afectar en totalidad los más nobles intereses de la clase trabajadora del sector público, el Gobierno le promete al Fondo Monetario Internacional eliminar los pluses, que desde su vaga perspectiva son los grandes distorsionadores del gasto público.

Es inaudito el entreguismo del Gobierno, al plantear que la economía del país se puede sanear con vender activos del Estado.Tenía razón, el Expresidente de la República, Rodrigo Carazo, cuando dijo: “Vender activos del Estado, es vender las joyas de la abuela”. Entonces ¿Cómo es posible que se pretenda vender una empresa que ha demostrado ser altamente rentable como lo es la Fábrica Nacional de Licores FANAL?

Con todo este retrogrado planteamiento del Gobierno, tiene que estarse revolcando en su tumba el Libertador y Expresidente de la República, Juan Rafael Mora Porras, quien, a mediados del siglo XIX, fue el adalid de crear esta cimera empresa estatal, la cual hoy quiere ser vendida.

Lic. Gilberth Díaz Vázquez,
Presidente del SEC

 

Imagen ilustrativa.

Audiencia concedida a BUSSCO por la Comisión Permanente de Asuntos de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa, acerca del proyecto de Ley Marco de Empleo Público, N° 21.336

RESUMEN DE LA INTERVENCION DE MANUEL HERNANDEZ VENEGAS, EN REPRESENTACION DE BUSSCO, REALIZADA EL 25/ AGOSTO/2020

Señor Víctor Morales Mora, Presidente
Señores Diputados y Diputadas
Comisión Permanente de Asuntos de Gobierno y Administración

Estimados señores y señoras diputadas:

En representación del BLOQUE UNITARIO SINDICAL Y SOCIAL COSTARRICENSE (BUSSCO), atendemos la audiencia que se nos concedió acerca del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, N° 21366.

A manera de introducción, permítasenos hacer la siguiente acotación, de previo a referirnos a los 4 aspectos sustanciales que vamos a desarrollar en esta exposición:

CUESTION INTRODUCTORIA:

Este texto que se nos consultó, corresponde a una versión sustitutiva del proyecto original, cuya redacción fue asesorada por OCDE y el Banco Mundial.

BUSSCO denuncia que en la redacción de este texto sustitutivo, no tuvieron ninguna participación las organizaciones sindicales que representan los legítimos intereses de las y los servidores públicos.

Esta iniciativa legislativa, impulsada por el Gobierno de la República, se enmarca, por una parte, dentro de aquella lógica neoliberal que desplaza la responsabilidad de la crisis fiscal contra las personas que laboran en el sector público, y por otra parte, se corresponde con la gobernanza que caracteriza a la actual Administración, de corte unilateralista, excluyente de la participación oportuna de los agentes sociales en la discusión de las cuestiones laborales, sociales y profesionales que resultan de su legítimo interés.

Por contrario, a una política de gobierno democrática, como lo ordena la reforma del artículo 9 de la Constitución Política (CO POL), que promueva la participación efectiva y oportuna de la ciudadanía, este proyecto de ley, y otros que están al hilo en la corriente legislativa, se han impulsado dejando a los sindicatos totalmente excluidos, sin la menor posibilidad de incidir en el contenido de estas insidiosas iniciativas legislativas.

Ese estilo de gestión política refleja un altísimo déficit de gobernanza democrática.

OBSERVACIONES AL PROYECTO LEY MARCO DE EMPLEO PUBLICO

A continuación desarrollaremos, de manera sistemática, cuatro observaciones acerca de este proyecto de ley.

1.- El proyecto de ley parte de una premisa constitucionalmente infundada

 En primer lugar, tenemos que señalar que este proyecto parte de la premisa que de “conformidad con el imperativo constitucional [solo es pertinente] un único régimen general de empleo público que sea coherente, equitativo, transparente y moderno”.

Esta premisa es inexacta, no se corresponde con los alcances que tiene el artículo 191, en relación con el artículo 192 CO POL.

La Sala Constitucional interpretó estas normas constitucionales, definiendo, por un lado, que configuran un sistema de principios que tutelan los derechos de los servidores públicos, y por otro lado, garantizan la eficiencia de la prestación del servicio público. Pero, de ninguna manera impiden que puedan coexistir en la Administración Pública, una pluralidad de regulaciones normativas, como efectivamente existen, en materia de empleo público, siempre que se correspondan con aquellos principios que se derivan de las normas constitucionales señaladas (Ver entre otras, sentencia N° 6240-93 de Sala Constitucional).

El establecimiento de un régimen exclusivo de empleo en la función pública, configurado legalmente, que discipline preceptivamente de manera unitaria todos los componentes de la relación de empleo, incluidas las remuneraciones, que comprenda uniformemente todos los Poderes del Estado y sus instituciones, no se concilia con el corpus iuris de la Constitución.

2.- El proyecto vulnera la autonomía constitucional de CCSS, universidades públicas y municipalidades

El artículo 2° delimita el ámbito de cobertura del proyecto, que comprende las relaciones de empleo de las personas que prestan sus servicios en los Poderes de la República, Tribunal Supremo de Elecciones, sector público descentralizado, instituciones autónomas, universidades públicas, Caja Costarricense de Seguro Social, empresas públicas estatales y las municipalidades.

Es decir, su ámbito se extiende prácticamente a toda la Administración Pública, central y descentralizada, salvo muy pocas excepciones (entes públicos no estatales, instituciones públicas que operan en un ambiente de competencia).

Aquí el proyecto contiene otra grave incoherencia, porque desprecia que nuestro constituyente configuró un diseño político-constitucional que articula la Administración central y la descentralizada.

Este esquema constitucional implicó la creación de un conjunto de instituciones públicas, a las que se les reconoció autonomía, en diferentes grados.

Así por ejemplo, en un segundo grado de autonomía, tenemos a la Caja Costarricense de Seguro Social, que se le reconoció autonomía de gobierno y administración de los seguros sociales, de conformidad con el artículo 73 de CO POL.

En un nivel superior, tenemos las universidades públicas, que tienen autonomía plena (Voto N° 1313-93), y también a las municipalidades.

Tratándose del alcance de estas autonomías, la jurisprudencia constitucional establece que esas instituciones tienen competencia propia para dictar los reglamentos autónomos de organización y servicio, para garantizar la prestación eficiente del servicio público encomendado, dentro de cuya potestad constitucional pueden establecer las disposiciones reglamentarias concernientes del régimen de empleo de sus servidores (Voto N° 3403-1994, Voto N°6256-94, Voto N° 2011-15655).

En el caso particular de la autonomía universitaria, la Sala Constitucional estableció que comprende el “poder reglamentario (autónomo y de ejecución); pueden autoestructurarse, repartir sus competencias dentro del ámbito interno del ente, desconcentrarse en lo jurídicamente posible y lícito, regular el servicio que prestan y decidir libremente sobre su personal (como ya lo estableció esta Sala en la resolución No.495-92).”

Entonces, la autonomía de la CCSS, las universidades y las municipalidades, marca una barrera constitucional infranqueable, que impide que estas instituciones queden sometidas a la rectoría política y normativa de MIDEPLAN, salvo que sea a contrapelo de aquellas normas constitucionales.

3.- MIDEPLAN se trasmuta en un mega-ministerio

La centralidad del proyecto radica en la gobernanza unilateral que se le atribuye a MIDEPLAN de todo el conjunto del sistema de empleo público: la gestión del empleo, reclutamiento y selección de personal, desarrollo, la compensación (remuneraciones), rendimiento, evaluación del desempeño y la gestión de las relaciones laborales.

Con esta finalidad se atribuye a MIDEPLAN amplísimas competencias, materiales y funcionales, de muy variada naturaleza jurídica, que se desarrollan a lo largo de un kilométrico artículo, de carácter reglamentista, el artículo 7, que contiene 15 incisos que desarrollan las múltiples atribuciones que se le confieren a ese Ministerio.

En términos generales, las competencias que se otorgan a MIDEPLAN van desde la emisión de políticas, directrices y lineamientos reguladores del empleo público, hasta normas preceptivas y resoluciones administrativas, que, además, le atribuyen el establecimiento e implantación de un único régimen de remuneración en la función pública: la columna salarial global, aplicable a nuevos empleados, cuyo modelo y metodología, es absolutamente opaco, incomprensible e impresentable.

MIDEPLAN se transforma en un supra-ministerio, que gobierna, dirige, regula, disciplina y prácticamente administra todo el conjunto del sistema de empleo público, cuyas políticas, directrices y resoluciones son vinculantes, las cuales deben ser ejecutadas por todas las unidades de recursos humanos, sometidas a su mandato inexorable.

Más allá de una relación de rectoría o dirección política, congruente con el artículo 25 de la Ley General de Administración Pública, el proyecto le atribuye a MIDEPLAN potestades exorbitantes, que lo configuran como un Mega-ministerio de Recursos Humanos, que deja a las instituciones cubiertas en una situación de subordinación jerárquica, situación que no se concilia con la naturaleza jurídica de la rectoría o potestad de dirección del Poder Ejecutivo.

4.- La destrucción de la negociación colectiva de las condiciones de trabajo en la función pública

Además, que el proyecto de ley centraliza la gobernanza política y normativa del empleo en MIDEPLAN, cierra todo espacio a la negociación colectiva de las condiciones de empleo en la función pública.

Nos interesa resaltar que el proyecto original, en el artículo 3, concerniente a los Principios rectores, contempló el principio de negociación colectiva:

(…) Principio de negociación colectiva: El derecho de negociación colectiva corresponde a empleadores y sus organizaciones por una parte y las organizaciones de personas trabajadoras por otra (sindicatos, federaciones y confederaciones), de conformidad con el artículo 688 y siguientes del Código de Trabajo.”

Asimismo, el último inciso de este mismo artículo remitió supletoriamente a los “principios de la legislación laboral”

Pues bien, el texto sustitutivo no sólo eliminó, de un plumazo, esta disposición, lo cual no es nada sospechoso, sino que viene a reforzar un esquema autoritario de gobernanza de la función pública, que excluye absolutamente la participación de los sindicatos en la determinación de las condiciones de empleo, en una hoja de ruta muy peligrosa, de abierta afrenta y confrontación de los pronunciamientos de los órganos de control de OIT.

En este análisis de dicho proyecto, nos interesa citar un reciente pronunciamiento de la última REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE EXPERTOS EN APLICACIÓN DE CONVENIOS Y RECOMENDACIONES DE OIT (CEACR), celebrada en febrero de este año (2020).

El informe estableció acerca del (…) Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) (ratificación: 1960) lo siguiente:

(…)

Artículo 4.- Negociación colectiva en el sector público (…)

 (…) La Comisión subraya que desde hace numerosos años viene examinando una serie de obstáculos a la plena aplicación del artículo 4 del Convenio en el sector público del país.

A este respecto, la Comisión recuerda que todos los trabajadores del sector público que no trabajan en la administración del Estado (por ejemplo, los empleados de empresas públicas, los empleados municipales y los de entidades descentralizadas, los docentes del sector público y el personal del sector de los transportes) deben poder gozar del derecho de negociación colectiva, inclusive con respecto a las remuneraciones y que, si bien las singularidades de la Administración Pública hacen necesario cierto grado de flexibilidad, existen mecanismos que permiten compaginar el respeto de las disponibilidades presupuestarias, por una parte, y el reconocimiento del derecho de negociación colectiva, por otra.

Recordando sus observaciones anteriores, la Comisión confía en que, en consulta con las organizaciones sindicales representativas del sector, el Gobierno [de Costa Rica] tomará todas las medidas a su alcance para reforzar el derecho de negociación colectiva de los funcionarios (…)”

En lugar de fortalecer la negociación colectiva, como lo reconvino el informe CEACR, el proyecto suprime toda instancia de negociación de las condiciones de empleo de las y los funcionarios de la Administración Pública, incluyendo las remuneraciones.

Desde luego que no podríamos pasar esta audiencia dejando inadvertido el Memorando Técnico del Departamento de Normas Internacionales y de Gobernanza de OIT, rendido a solicitud de esa comisión legislativa, que usted, don Víctor, tiene el honor de presidir.

BUSCCO celebra la decisión tan acertada de esa Comisión Legislativa de consultar este proyecto a OIT.

¿Pero que estableció dicho Memorando de OIT?

El memorial advierte serias inconsistencias en las normas transitorias del proyecto, relacionadas con los derechos adquiridos o en curso de adquisición y además, en materia de igualdad y no discriminación, como medidas que se echan de menos para corregir la brecha salarial que tanto afecta a las mujeres.

De este memorando nos interesa resaltar dos aspectos, que si nos queda tiempo, al final, trataremos de volver acerca de estas observaciones:

En primer lugar, destaca que el proyecto no se refiere a los derechos colectivos, particularmente la libertad sindical y el derecho de negociación colectiva.

Se recomienda, por mínimo, incluir una referencia de los derechos colectivos de las y los servidores y sus organizaciones sindicales, que podría ser un reenvío a las disposiciones normativas pertinentes.

 Además, recomienda que se aclare la articulación entre el nuevo mecanismo de fijación de las remuneraciones (la denominada “columna salarial global”) y los procesos de negociación colectiva, actualmente aplicables en el sector público, de manera que se cumpla el Convenio N° 98 OIT.

En segundo lugar, advierte que el proyecto tampoco contempla espacios de consulta con las organizaciones de las personas servidoras públicas, en los asuntos que son de su legítimo interés, de conformidad con los principios de libertad sindical, Recomendación N° 113 OIT y Convenio N° 151 OIT.

El Memorando de OIT viene así a confirmar la consistente posición de los sindicatos, que denunciaron el carácter autoritario, excluyente, discriminatorio y antisindical del Proyecto Marco de Empleo Público, redactado en los consistorios secretos de OCDE y el BANCO MUNDIAL, que dejó en estado de absoluta interdicción la libertad sindical, la negociación colectiva y los mecanismos de consulta y participación de los sindicatos en las cuestiones que son de su legítimo interés.

Por otra parte, la misma Procuraduría General de la República, cuya posición conservadora es de sobra conocida, advirtió que la regulación de las remuneraciones contemplada en el proyecto de ley, cuya escala global única la fijará exclusivamente MIDEPLAN, puede violentar el C.98 OIT:

“(…) no puede desconocerse que vía decreto se creó la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público, como una instancia de negociación con organizaciones sindicales y gremiales, en relación con los ajustes salariales de dicho sector y sus componentes (Decreto No. 35730-MTSS de 14 de enero de 2010) y que, por disposición legal expresa, sus acuerdos son vinculantes (art. 695 del Código de Trabajo vigente, introducido por la Reforma Procesal Laboral). De modo que habría que valorar las implicaciones que las reformas propuestas tendrían, por un lado, de cara a un eventual incumplimiento de los Convenios 98, 151 y 154 de la OIT, y recomendaciones 159 y 163, por desestimular el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria entre las autoridades públicas competentes y las organizaciones de empleados públicos acerca de las condiciones de empleo, o de cualesquiera otros métodos que permitan a los representantes de los empleados públicos participar en la determinación de dichas condiciones. Y por el otro, el eventual roce de constitucionalidad al atribuir al Consejo de Gobierno funciones que son propias del Poder Ejecutivo –stricto sensu “(OJ-107-2020 DE 20 DE JULIO DE 2020).

El Gobierno de la República de Costa Rica y las autoridades políticas no pueden seguir el camino desenfrenado de continuar desatendiendo los pronunciamientos de los órganos de control de OIT.

Nuestra adhesión a la OIT implica la obligación que tiene el Estado costarricense de observar estos pronunciamientos y adecuar nuestra legislación a los convenios internacionales.

En resumen, se trata de un proyecto un proyecto impresentable, fallido jurídicamente, constitucionalmente inviable, inasumible, insubsanable, que se vuelve contra los estándares de OIT en materia de Libertad Sindical y los estándares de los Estados democráticos modernos.

Por los anteriores motivos, BUSSCO se opone a este lesivo proyecto de ley, un verdadero Frankenstein jurídico, solicitando, en consecuencia, que sea dictaminado negativamente y, en definitiva, rechazado por esa Comisión.

¡Muchas gracias!
Manuel Hernández Venegas

 

*Imagen ilustrativa.

El mensaje neoliberal: no hay plata, no hay plata…

Álvaro Vega Sánchez, sociólogo

En el capitalismo, especialmente en su versión neoliberal, predomina la acumulación creciente de la riqueza y no su distribución. No es casual que el 90% de la riqueza mundial esté en manos del 1% más rico. Y que nuestro pequeño país esté punteando en la lista de los más desiguales del mundo. Por eso, las arcas de los grandes empresarios, financistas y gobiernos neoliberales, según ellos, nunca están llenas; de ahí que el famoso rebalse para la prosperidad nunca se da.

Ello explica la preferencia, de estos sectores, por endeudarse e hipotecar el país a los organismos financieros internacionales. Es la forma de mantener a buen resguardo su alcancía o “buchaca”, no importa que se enmohezca.

Así, resulta contradictorio que mientras le recetan austeridad al pueblo en el uso de las tarjetas de crédito, y a cuenta gotas reducen los intereses de usura para proteger al sector financiero nacional, el Estado recurre al uso reiterado de su tarjeta de crédito, para favorecer al sector financiero internacional, con la complacencia de los interesados en que no toquen sus arcas, siempre “vacías”.

El mensaje retórico y altisonante de estos sectores se convirtió en un cotorreo que nos recuerda a la lorita del anuncio: no hay plata, no hay plata… Y, por supuesto, ha encontrado réplica en los principales medios de comunicación, que cada día elevan los decibeles de un discurso donde los culpables del déficit fiscal y casi de todos los males del país -solo falta que también incluyan a las víctimas de la pandemia-, son los empleados y pensionados del sector público, la clase media y los pobres que no aprenden a socarse la faja.

Asimismo, tenemos una Asamblea Legislativa que hace coro para pasar las leyes que eviten tocar las arcas de quienes sí pueden financiar el déficit fiscal y hasta atender, con generosidad, a la población más impactada por la crisis sanitaria. Una Asamblea, que ha venido vendiendo la idea de estar cohesionada para aprobar proyectos de interés nacional, algo que contrasta con la realidad de un país que está sacando la bandera blanca, para que venga el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) a salvarlo.

Lo peor de todo, es que se esté aprovechando la situación de pandemia, para impulsar proyectos de ley y medidas gubernamentales que obedecen a mandatos tácitos o manifiestos de esos organismos. Y, por supuesto, avalados por los sectores económicos dominantes.

Se constituye, así, un bloque de poder tripartito: la alianza ente el Poder Ejecutivo y Legislativo, los grandes empresarios y los medios de comunicación dominantes. Se han unido para proteger sus arcas intocables, y trasladar los costos del déficit fiscal, la deuda y las consecuencias socio-económicas de la pandemia, al pueblo de hoy y a las generaciones de mañana. Están dispuestos a vender el país, en subasta pública, con tal de no ceder en un ápice sus privilegios.

¿Dónde ha quedado la herencia de la gesta heroica de 1856, cuando nuestros compatriotas defendieron la soberanía y dignidad nacional, frente a una horda de forajidos invasores que querían convertir a nuestra patria en un feudo de esclavitud y sometimiento?

Causa perplejidad, por decir los menos, que se claudique sin sonrojo alguno, en esta hora pandémica que más bien debería elevar el espíritu de la patria digna y soberana, que nuestros próceres y mártires nos enseñaron a defender y cultivar.

El papel de limosneros es vergonzante. No hipotequemos el futuro de esta patria noble y sencilla, pero digna. Parafraseando a Pablo VI, “la dignidad es el nuevo nombre del desarrollo de los pueblos”.

Imagen: César Fernández.

Consideraciones para el Consejo de Rectoría Ampliado de la Universidad de Costa Rica

Juan Armando Navarro Martínez
Abogado – SINDEU

Hay tres consideraciones que no se les ha prestado atención, sobre lo que establece el Proyecto de Ley de Reducción de Jornadas en el Sector Público, Expediente Número 22.081 de la Asamblea Legislativa.

La primera puede ser blindarse en las acciones que la Universidad está realizando como: los respiradores no invasivos; el suero contra el COVID-19; los protectores faciales; repartir medicamentos de la CCSS a pacientes; participar en los operativos de tránsito; mantener el respaldo al sector productivo agropecuario en un momento donde la soberanía alimentaria importa más que antes; la participación indiscutible de profesores y estudiantes que están día a día en primera línea, trabajando en las instituciones que el artículo 2 del proyecto de ley tiene como excepciones;  mantener la continuidad de los estudios de toda la población estudiantil en todo el país; redistribuir presupuestos internos y aportar de sus finanzas para la atención de la crisis; entre muchas otras acciones que se están realizando en la Universidad de Costa Rica para enfrentar la pandemia; estas, ya son razones suficientes para exigir que la Universidad de Costa Rica (y a las Universidades Públicas) integre la lista de excepciones de instituciones que están combatiendo la pandemia.

Esto tiene fundamento en los principios de realidad, equilibrio, razonabilidad, sana crítica, equidad, igualdad y no discriminación, entre otros; así como, la diferencia que se daría entre la aplicación de los artículos 128-139 de la Ley General de Administración Pública sobre la eficacia del acto administrativo y, por otro lado, lo que establece el artículo 6 de la misma ley, sobre la jerarquía de las normas. Lo cual quiere decir que, pese a la eventual existencia de un acto administrativo que contemple todos los contenidos de los artículos 128-139 citados, este acto nunca podrá irrespetar la jerarquía de las normas que, por considerable importancia, está en la parte general de ley.

Pese a lo expuesto, la segunda consideración debe generar una discusión mayor que lo antes mencionado, está en la aplicación que estable el artículo 1 del proyecto de ley. Este se refiere a que se aplica a las instituciones públicas comprendidas en el artículo 26 de la Ley de Salarios de la Administración Pública, Ley número 2166, que con la aprobación del Plan Fiscal quedó, así redactado en el inciso 2): La Administración descentralizada: autónomas y semiautónomas, empresas públicas del Estado y municipalidades. (Así adicionado por el artículo 3° del título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, N° 9635 del 3 de diciembre de 2018).

Por varias razones, eso excluye a la Universidad de Costa Rica de la aplicación. Lo primero es que el artículo 26 de la Ley citada, es parte del capítulo III ORDENAMIENTO DEL SISTEMA REMUNERATIVO Y DEL AUXILIO DE CESANTÍA PARA EL SECTOR PÚBLICO, únicamente; esto ya está siendo aplicado por el Rector mediante resolución R-73-2019.

El artículo 1 de la misma ley, refiere a la aplicación general de la ley: La presente ley se dicta para garantizar la eficiencia de la Administración Pública y constituirá el sistema oficial de retribución para todas las clases de puestos clasificados en el Manual Descriptivo de Puestos, conforme lo dispone el Capítulo X del Estatuto de Servicio Civil. Evidentemente, la Universidad de Costa Rica no tiene ninguna relación o responsabilidad administrativa con el Manual Descriptivo de Puestos ahí mencionado.

Además, es claro que existe en proceso Contencioso Administrativo que pretender dirimir la diferencia absurda entre incluir a las Universidades Públicas en un reglamento, cuando no se incluyó en la ley. Existe jurisprudencia de la Sala Constitucional que se cita en los votos 495-92 y 1313-93, en la cual se establece que, la autonomía de las Universidades Públicas es superior y diferente a la que se dispone en los artículos 188 y 190 de la misma Constitución, la cual es la que hace referencia a las Instituciones Autónomas. De manera que, en caso que una ley o jurisprudencia indique que se aplica a las instituciones autónomas, debe entenderse que no incluye a las Universidades Públicas, salvo que la norma lo haga bajo texto expreso.

Está de más decir que, esto es materia fundamental del primer mes en la carrera de derecho y en varios cursos del derecho, principalmente en el curso de Introducción al Derecho, cuando se ve la pirámide de Kelsen sobre la jerarquía normativa (del texto Teoría Pura del Derecho), en este sentido, no tengo duda que si se le pregunta a un estudiante de la Facultad de Derecho de esta Universidad, emitirá contundente respuesta diciendo que el reglamento tiene un rango inferior a la ley y no la puede equiparar o sustituir.

Entonces ¿por qué el Rector resuelve el pago de la cesantía como indica el título III del Plan Fiscal desde el 15 de marzo de 2019 y ahora dice La Nación del 10 de julio de 2020, sin que exista resolución institucional, que la Universidad pagará la anualidad del título III del Plan Fiscal y no lo que indica la Convención Colectiva de Trabajo? ¿Por qué aplicar el título III del Plan Fiscal en momentos diferentes?

La tercera consideración es la captura del jerarca. Es de suponer que, con la amenaza de miedo y control, el Gobierno está utilizando la pandemia como forma de infundir temor y control para que la clase trabajadora no se movilice, todo lo contrario, que se paralice, sea obediente y haga únicamente, lo que dice el Gobierno sobre como “enfrentar la pandemia”.

En el caso del Rector, debe estar amenazado por la PGR y la CGR que, si decide no aplicar el título III del Plan Fiscal de manera ilegítima, como le indican, que harán el informe correspondiente para enterar al Ministerio Público de la supuesta irregularidad del jerarca, situación que le podría significar eventualmente repercusiones penales por emitir resoluciones contrarias a la ley (prevaricato).

Pese a que los contenidos del Proyecto de Ley 22.081 son de todas formas ilegales, es posible que en el caso que exista algún intento de consolidar la aplicación del contenido del proyecto, en el momento en que sea ley, si es que ocurre, sea la claudicación del jerarca frente a las presiones, temor y control del Gobierno.

Sólo una observación de lo expuesto. La clase trabajadora no se ha dejado intimidar, sigue organizando la lucha, ha exigido respeto, se ha movilizado y continuará haciéndolo. El Consejo de Rectoría Ampliado debe ver en toda la Comunidad Universitaria la articulación de la lucha y la defensa de la Universidad de Costa Rica. Las personas trabajadoras están dispuestas a articular esa lucha frente a los ataques del Gobierno y demás, Poderes de la República. Lo mínimo esperable del Consejo de Rectoría Ampliado es determinar el rechazo al Proyecto de Ley 22.081 y resolver de inmediato la movilización de toda la Comunidad Universitaria para la defensa de la Educación Superior Pública y de Calidad.

No permitamos más robos al empleo público, de cualquier manera, que propongan las estructuras de poder, la eliminación de derechos laborales en razón de la pandemia, es un manifiesto ilegal, inconstitucional e inmoral.

UNIDOS SOMOS MÁS Y MÁS FUERTES

Marcha regionalizada vehicular

“Por la defensa de los derechos del pueblo costarricense”

Día: 23 de julio. Hora de salida: 9:00 a.m. Salida desde diferentes puntos del país

EXIGIMOS:

  • No se cesen los contratos laborales de las personas trabajadoras del sector público y privado.
  • Cero impuestos a la canasta básica.
  • El ROP se entregue de manera completa, a las personas que se pensionen.
  • Se elimine la pretensión del Gobierno de ponerle un impuesto al Salario Escolar.
  • No se castigue al pueblo con más impuestos.
  • Se cobre un impuesto al patrimonio de los bancos y grandes empresas.
  • La defensa y no privatización de la Caja Costarricense del Seguro Social.
  • Se desista de la aprobación de la Ley de Empleo Público, que constituye una amenaza para las personas trabajadoras.
  • No se congelen las anualidades.
  • La clase trabajadora no pague los platos rotos de la crisis.
  • La defensa del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA).
  • El retiro definitivo del Proyecto N° 21.738.

**Posteriormente se informarán los puntos de salida.

Esta caravana seguirá todos los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud, de manera que no se exponga ninguna persona al contagio.

 

Enviado a SURCOS por distintos organismos del movimiento sindical y social.

La apuesta del gobierno: salvar al capital-COVID19

Álvaro Vega Sánchez, sociólogo

¿Qué sentido tiene sacrificar el trabajo para salvar al capital? La nueva política laboral y salarial del gobierno, para el sector público, es similar a la receta del “baile” a los pobres, en condiciones de hacinamiento e insalubridad. Se convierten en presa fácil del Covid19 y de la precariedad socioeconómica. En este sentido, este gobierno es homicida por partida doble. No solo mata sino remata.

¿Dónde quedó la sensatez, tan necesaria en tiempos críticos? No alcanzan a entender las leyes del sentido común económico, que apuntan a que limitar la capacidad de consumo de la clase media y los pobres, o sea la mayoría de la población, es ponerse la soga al pescuezo.

Además, es romper con el más efectivo encadenamiento socialmente productivo, que generan las condiciones del asalariado del sector público. Especialmente, de cara al desempleo creciente donde los asalariados públicos cumplen una función fundamental de compensación social solidaria. El salario del sector público se multiplica como los panes y los peces, para paliar las crecientes necesidades familiares y extra-famliares. Romper esa cadena es un contrasentido en tiempos pandémicos.

¿Cuándo van a aceptar que la única salida para atender al problema del desempleo y la seguridad alimentaria de los pobres, especialmente en estos tiempos, es incrementar la renta al capital, cobrar impuestos a los evasores y elusores y erradicar las odiosas exoneraciones?

¿Quiénes están asesorando tan mal a este gobierno que eligió el camino “fácil” de encorralar a los empleados públicos, para irlos trasquilando hasta conducirlos al matadero?

Este gobierno olímpicamente tiró la toalla del control fiscal. Arrinconado en la esquina de los pusilánimes, se dejó azuzar por la Unión Costarricense de Cámaras de la Empresa Privada (UCCAEP) y la “mala compañía” mediática, para unirse a la campaña de desprestigio del trabajador público, y justificar la precarización del salario a corto plazo y, a mediano plazo, crear condiciones para la privatización de instituciones públicas.

De esta manera, la mesa está servida para el Fondo Monetario Internacional. Pueden devolverlos en el mismo avión que ingresen, con la firma del convenio en letras de oro. Este gobierno resultó más fondista que el Fondo.

La insensatez y testarudez, del tamaño del Estadio Nacional y la Plaza de la Democracia, solo caben en el pequeño recinto de Zapote y en el bunker de Cuesta de Moras. Ni las diez plagas de Egipto parecen suficientes para superar tanta arrogancia.

El pueblo costarricense enfrenta la más trágica experiencia de su historia. Es la encrucijada de sobrevivir al Covid19 o a la embestida, también letal, del capital que ahora busca estrangular a los asalariados del sector público. Realmente, se trata de un solo enemigo, unido en su estrategia necrofílica (amor a lo cadavérico) por eso lo hemos denominado Capital-Covid19.

Pensábamos que Trump y Bolsonaro eran los regímenes paradigmáticos de la necrofilia. Pues resulta que sus discípulos han resultado bastantes aventajados. Ojalá descubramos también, en nuestros laboratorios sociales, la vacuna contra estas tendencias que ya se han vuelto endémicas y pandémicas.

SITRAHSAN propone salida de Rocío Aguilar de la SUPEN

En la propuesta Sindical Social, SITRAHSAN promoverá la tesis de: FUERA ROCIO AGUILAR DE LA SUPEN (ROP)

SITRAHSAN considera es una bofetada al sector laboral sea público o privado la dirección ejecutada por esta señora, con su actuar; ha demostrado que “le valen” las necesidades del Trabajador, en tiempos de pandemia y previo a tiempos de pandemia, con el impuesto a la canasta básica y a los servicios esenciales. Por eso pediremos su salida de la SUPEN

Gravar el consumo de agua, de internet en tiempos de teletrabajo, la luz, los alimentos esenciales, tiene un tinte muy fuerte de “empobrecimiento social” y hasta el transporte privado, que por cierto cada día que pasa UBER se lo puede “embuchar” a la espera del reglamento ya hoy retrasado por la administración tributaria.

Y mientras; los grandes empresarios, blindados en corporaciones, unas con grandes utilidades trasladan sus ganancias para asumir las pérdidas de su conglomerado y con ello logran declarar “CERO UTILIDADES”.

Le invitamos a ser parte de esta organización de trabajadores y con ello sumar más personas representadas; antes de que la pandemia nos deje sin un cinco y se lo justifiquen como perdidas las operadoras.

SEC: «No más persecución al sector público»

El Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense SEC, hace un llamado al Poder Ejecutivo, Asamblea Legislativa, sector empresarial y a las esferas políticas del país, para que detengan de una vez por todas los ataques y persecución al sector público.

Nuestra clase trabajadora ha tomado con la mayor comprensión y solidaridad la difícil situación que vive Costa Rica y somos del criterio de que debe haber un diálogo serio y responsable con los diversos sectores de la sociedad para que juntos busquemos las salidas más apropiadas y justas a esta crisis, la cual no se resuelve con desestabilizar a las familias de las empleadas y empleados públicos, muchas de ellas hoy afrontan el despido de sus familiares o la reducción de sus jornadas, afectando sus presupuestos para vivir.

Al Sector Público le han recargado el costo de esta crisis injustamente; nos eliminan el aumento por costo de vida del 2020 además igualmente no realizarán ningún aumento por los próximos cuatro años, tampoco pagan la anualidad 2019 y aún pretenden eliminar las del 2020, 2021, 2022 y para rematar, como no pudieron eliminar el pago del Salario Escolar proponen meterle un impuesto al mismo.

Lamentamos que estas acciones se presenten por presión de la UCCAEP y algunos políticos que se escudan en la crisis para seguir protegiendo y amasando sus ganancias. Estos mismos grupos empresariales, han logrado que el Gobierno flexibilice las medidas sanitarias, lo que ha provocado el aumento en los casos de contagio en muchas regiones.

Aprovechamos este momento para expresar nuestro criterio de que en esta crisis lo fundamental es proteger la salud y la vida de las personas, por lo que el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación deben valorar lo que está sucediendo para tomar las decisiones correctas con la continuidad del curso lectivo, en donde PRIMERO ESTÁ LA VIDA

Por todo lo anterior consideramos abusivas todas esas acciones que se nos pretenden imponer, puesto que tenemos muy claro que se pueden buscar soluciones sin afectar a la clase trabajadora, con medidas inmediatas para optar por acciones urgentes que dinamicen la economía y generen empleos, además de reducir la pobreza.

Todas y todos debemos aportar conscientemente, pero de manera proporcional a las condiciones de cada quien, consideramos que el Sector Público ya lo ha dado todo y no aguanta más cargas injustas. Exijan a quienes no han cumplido con sus responsabilidades y tienen en decadencia la economía nacional.