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Etiqueta: Seguro de Salud

Actuario pide investigar acuerdo de CCSS para variar base contributiva y que se cobre al Estado

El investigador y experto en estudios actuariales, máster Rodrigo Arias López envió una carta al licenciado Olger Sánchez Carrillo, auditor interno de la Caja Costarricense de Seguro Social, en la cual presenta denuncia y solicitud “para que se investigue la legalidad y correcta aplicación del acuerdo de Junta Directiva relacionado con la Base Mínima Contributiva y para que se le cobre al Estado el monto del descuento de primas en Invalidez Vejez y Muerte (IVM) y Salud”.

La misiva fue enviada el 5 de abril de 2020 y SURCOS recibió copia.

Rodrigo Arias López indica que en el Semanario Universidad del 19 de marzo de 2020 se publicó la siguiente noticia: “Ante emergencia nacional por Covid-19: Caja aprueba reducción del 75% en la base mínima contributiva”.

Arias López transcribe del artículo citado: “La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aprobó este jueves por la noche una reducción de un 75% en la base mínima contributiva vigente en el seguro de salud y en el de pensiones durante los siguientes tres meses, debido a la emergencia sanitaria que actualmente golpea al país”.

“Esto se aplicaría para la facturación de las planillas patronales, aportes de trabajadores independientes (incluye aquellos con Convenio Colectivo) y trabajadores del sector público que reportan jornada parcial según los registros del SICERE, correspondientes a los meses de facturación de marzo, abril y mayo del 2020”.

En el mismo medio se informa que el acuerdo de la junta directiva de la CCSS dice: «Este acuerdo no aplica para la forma de cálculo del monto a facturar al Estado por todas sus obligaciones con la Institución, con excepción de aquellas relacionados a su condición como patrono».

Ante ello, el experto en temas actuariales señala en la carta el auditor de la CCSS que “Lo informado no es completamente claro, no se conoce su impacto, ni si existe algún estudio actuarial que al menos determine el monto de la reducción de ingresos del acuerdo y que analice y justifique su aplicación o pertinencia. Me temo que la Administración de la CCSS lo que está haciendo es una reducción generalizada de un 75% en las planillas de ingresos de los trabajadores independientes, voluntarios, convenio y no estoy seguro si también en el caso de los salarios del sector de asalariados. De ser una reducción generalizada del 75% durante tres meses, podría tener un impacto estimado de 580.000 millones de colones, a lo que se debería agregar el impacto adicional por pérdidas de empleo”.

Ante ello, Rodrigo Arias López solicita que se investigue y se proceda con lo siguiente:

1) Si la Junta Directiva de la CCSS o la Administración de la Caja, están facultadas para realizar una reducción del 75% de las primas, en algunas o en todas las modalidades de aseguramiento de Salud y Pensiones.

2) Si existió un estudio actuarial conforme a los artículos 23, 41 y 42 de la Ley 17 para justificar el acuerdo.

3) Si existió algún criterio jurídico legal para respaldar el acuerdo.

4) Si lo que está aplicando la Administración de la CCSS corresponde efectivamente a lo acordado por la Junta Directiva sobre el asunto.

5) Que esa Auditoría realice un análisis legal para que se recomiende a la Administración de la CCSS y a su Junta Directiva, proceder a facturar al Estado como tal, el monto de esos descuentos, de conformidad con el artículo 73 y 177 de la Constitución Política de la República, a fin de no lesionar las finanzas de esa institución.

Solicitan que detengan maquillajes en estudios actuariales del SEM-CCSS

El investigador y experto en estudios actuariales, máster Rodrigo Arias López envió una carta a la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en la cual solicita que se “detengan los maquillajes en ‘estudios actuariales’ del SEM” o Seguro de Enfermedad y Maternidad. El documento tiene fecha del 16 de diciembre de 2019.

Asimismo, “que se ordene el cumplimiento de los artículos 32 siguientes y concordantes de la Ley 17 y procedan a cobrar al Estado las cuotas que ordenan las leyes N° 17, N° 5905, N° 5349 y N° 7374”.

En su nota Rodrigo Arias López dice:

“Por este medio, como ciudadano y asegurado cotizante activo de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), muy respetuosamente me dirijo a esa Junta Directiva para solicitarle lo que se indica en el asunto, conforme las funciones y obligaciones que le confieren a esa Junta Directiva el artículo 14 de la Ley Constitutiva de la CCSS.

Primero. Solicito a esa Junta Directiva detener el maquillaje en los estudios actuariales del seguro de salud, trasladar esa función actuarial al Departamento Actuarial de la Dirección Actuarial y Económica y ordenar que se realice un nuevo estudio actuarial conforme el artículo 42 de la Ley 17.

Esta solicitud la fundamento en las siguientes graves falencias técnicas y jurídicas que contiene la “Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2017” (EST-0007-2019) de Agosto, 2019, elaborada por Carolina González Gaitán, Actuaria, Evelyn Guzmán Solano, Actuaria, revisada y firmada digitalmente por Luis Guillermo López Vargas, Director.

  1. A) Incorrecta selección de las hipótesis de crecimiento de los gastos
  2. B) Ausencia de proyección de las reservas del seguro
  3. C) Tarifas del Cuadro N° 51 erróneas
  4. D) En el informe no se incluyen los ingresos según condición de aseguramiento

Segundo: Solicito a esa Junta Directiva proceder a cobrar al Estado lo que ordenan las () leyes.

Tercero. Solicito a esa Junta Directiva proceder de conformidad a lo ordenado por los artículos 32, 42 y 43 de la Ley 17; es decir, determinar la forma como se divide la prima de 25,16% sobre los salarios que la CCSS recauda de acuerdo con la Ley N° 17, en el caso de los trabajadores asalariados. De conformidad con el Cuadro 51 actualizado conforme a lo solicitado en el punto Primero de esta nota, la tarifa que resulte para el caso de los asalariados es la parte que le corresponde al Régimen de Reparto (seguro de salud) y el remanente le pertenece al Régimen de Capitalización (Seguro de Invalidez Vejez y Muerte).

En el siguiente enlace puede descargar el documento completo con todo el análisis técnico y documental realizado por el experto en temas actuariales Rodrigo Arias López:

En otro documento fechado 8 de agosto de 2018 y dirigido al Dr. Román Macaya Hayes, presidente ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, el máster Arias López se refiere “al uso de los fondos y reservas de los seguros sociales para otros fines y a las obligaciones del Estado como tal con el Seguro de Salud (SEM) según la normativa vigente”.

En este amplio documento el analista expone la forma como se incumple lo establecido en la Constitución Política, así como en la normativa nacional en relación con el Seguro de Salud. Por ello, en su petitoria señala:

“Dado que tales actuaciones de la CCSS resultan a todas luces inconstitucionales, conforme a los artículos 27 y 30 de la Constitución Política, solicito a ese Despacho lo siguiente:

1) Dar respuesta a mi solicitud de fecha 24 de mayo de 2018, puntos de a) a k) antes transcritos.

2) Ordenar a la administración activa de la CCSS proceder a cuantificar y a cobrar al Estado el 100% de los aportes y costos que le corresponden por diversas leyes en cada modalidad de aseguramiento del seguro de salud, incluyendo los gastos de la atención médica a no asegurados y los incurridos por la aplicación de los artículos 7 y 8 de la Ley 7374.

3) Reducir gradualmente la cuota del 15% sobre los salarios del seguro de salud de los trabajadores asalariados al nivel técnico y legal que corresponde y trasladar dicha reducción al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte”.

Puede consultar el documento completo en este enlace:

Finalmente, el experto en temas actuariales Rodrigo Arias López, remitió una carta al presidente ejecutivo de la CCSS el 4 de octubre de 2019 en la cual indica:

Dado que a la fecha no cuento con una respuesta sobre lo resuelto por su despacho con relación a mi oficio del 8 de Agosto de 2018, con relación “al uso de los fondos y reservas de los seguros sociales para otros fines y a las obligaciones del Estado con el Seguro de Salud”, la cual fue trasladado por su Despacho para su atención a la Dirección Actuarial por medio del oficio PE-2425-2018 del 21 de Agosto del 2018, solicito respetuosamente trasladar a la Junta Directiva mi solicitud, junto con el expediente completo que contiene las adiciones realizadas por el suscrito.

Esta solicitud es conforme al artículo 27 y 30 de la Constitución Política.