Skip to main content

Etiqueta: seguro

UCR: La ley que aspira a cubrir a trabajadores agrícolas ante accidentes ofídicos es casi una realidad

La ley que aspira a cubrir a trabajadores agrícolas ante accidentes ofídicos es casi una realidad

La UCR impulsó el proyecto de ley aprobado en segundo debate. Las personas beneficiarias de esta ley son quienes realizan labores agrícolas y están en condición de pobreza

Por primera vez en la historia nacional, Costa Rica está cerca de concretar una ley que garantizará la cobertura universal del seguro de riesgos a todas las personas trabajadoras independientes afectadas por mordeduras de serpientes.

Esta ley, aprobada en segundo debate en febrero del 2022 en la Asamblea Legislativafue impulsada por el Instituto Clodomiro Picado de la Universidad de Costa Rica (ICP-UCR), en conjunto con el diputado José María Villalta del partido Frente Amplio.

El proyecto de ley constituye el expediente 22 334 y su aprobación abre el camino para que todas las personas agrícolas trabajadoras del campo, quienes en la mayoría de los casos no están aseguradas, puedan tener una protección ante eventuales envenenamientos ofídicos. También, podrían acceder a una compensación económica por las secuelas temporales o permanentes debido a un accidente de este tipo.

“Nos llena de alegría dar este paso. Lo que nos motivó a generar este proyecto de ley, junto con el Instituto Clodomiro Picado de la Universidad de Costa Rica, fue la preocupación por las y los trabajadores que se encontraban en total situación de desprotección. Trabajadores independientes de zonas rurales y de escasos recursos, muchas veces en condición de pobreza, que sufren de accidentes laborales y no cuentan con un seguro. Esto les impide tener una pensión y protección social para sus familias si quedan en una situación de invalidez”, indicó el diputado José María Villalta.

La problemática

La idea del ICP-UCR en impulsar esta ley se desprende de un estudio publicado en enero del 2020 en la prestigiosa revista científica “Toxins”, del Instituto Multidisciplinario y de Publicación Digital (MDPI).

El estudio, que parte de una tesis de licenciatura desarrollada por la Lic. Jazmín Arias en la Universidad Nacional, y con la participación del Instituto, logró documentar en la región Brunca de Costa Rica la seriedad de las secuelas o consecuencias del envenenamiento por mordeduras de serpientes.

Asimismo, reveló que muchas de las familias afectadas son las que poseen el menor ingreso per cápita registrado en el país.

Desde las palabras del Dr. José María Gutiérrez Gutiérrez, científico del ICP-UCR y profesor emérito de la UCR, la investigación fue un aporte de gran relevancia. Si bien desde antes se conocía que un porcentaje de las personas que sufren envenenamiento ofídico tenían consecuencias diversas que afectan su calidad de vida, la información era más anecdótica y no estaba sistematizada.

En ese momento, la estudiante desarrolló un valioso estudio cualitativo que mostró cómo campesinas y campesinos que trabajan de manera independiente, o bien como trabajadores ocasionales y que son afectados por esta patología, no reciben compensación, ni rehabilitación, ni apoyo psicológico para enfrentar las secuelas de diverso tipo que les causan los envenenamientos ofídicos.

“Jazmín también documentó las consecuencias económicas que impactaron a estas personas y a sus familias. Este tema ha recibido muy poca atención no solo en Costa Rica, sino también en muchos otros países del mundo. La Organización Mundial de la Salud ha señalado la importancia de atender este aspecto olvidado del problema. En varios países se ha demostrado que las consecuencias psicológicas de los envenenamientos son terribles, con el desarrollo de cuadros de síndrome de estrés post-traumático, depresión y ansiedad. También se ha mostrado que muchas personas afectadas y sus familias, usualmente personas en condiciones de vulnerabilidad social, sufren una verdadera catástrofe económica producto de las secuelas de las mordeduras. Algo similar pudo observar Jazmín Arias en su estudio en la zona sur de Costa Rica”, ahondó el Dr. Gutiérrez.

En Costa Rica, las personas víctimas son atendidas por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y reciben los antivenenos necesarios para su recuperación costeados por la seguridad social. No obstante, muchas de ellas quedan con secuelas permanentes, sin la posibilidad de seguir laborado, sin recibir rehabilitación por no ser asalariados regulares y, además, sin ningún tipo de indemnización.

“El estudio se basó en entrevistas semiestructuradas con 15 personas que habían sufrido envenenamiento por mordeduras de serpiente. Las personas describieron muchas dificultades como consecuencia de estos venenos, como secuelas físicas permanentes, incluidas dos amputaciones, secuelas psicológicas, dificultades económicas y dificultades para reinsertarse en el trabajo agrícola”, se menciona en el artículo científico publicado.

Aunque la mortalidad se ha reducido drásticamente debido a la atención que provee el sistema de salud, algunos casos tienen una alta severidad con secuelas física y psicológicas. «Este es un aspecto que hasta hace poco no se había analizado a cabalidad ni se había documentado bien. La información de que disponemos ahora indica que este aspecto de las secuelas es un ángulo fundamental del problema, al que hay que ponerle mucho mayor atención». Dr. José María Gutiérrez Gutiérrez. Foto: Karla Richmond, UCR.

Esperanza

De acuerdo con el Dr. José María Gutiérrez Gutiérrez, Costa Rica ha tenido importantes avances para reducir el impacto de los envenenamientos ofídicos en el país, pero es claro que se ha tardado en compensar las consecuencias físicas, psicológicas, sociales y económicas de estos envenenamientos. Por lo tanto, esta ley viene a llenar ese vacío.

“Este nuevo proyecto de ley viene a llenar en buena medida este vacío y esta deuda que el país tiene con las personas afectadas por esta enfermedad. La aprobación de esta ley lanza una señal de esperanza de que en nuestro país, mediante sinergias entre las universidades públicas, el sistema de salud pública, el sector político y de gobierno y los sectores comunitarios organizados, podemos avanzar por sendas marcadas por la solidaridad y la procura del bien común. Este logro nos debe motivar a seguir mejorando cada vez más los esfuerzos para reducir el sufrimiento humano causado por las mordeduras de serpientes”, manifestó el Dr. Gutiérrez.

La entidad que emitirá el la cobertura será el Instituto Nacional de Seguros (INS). El tomador de la póliza será el Consejo de Salud Ocupacional y estará a cargo de cumplir con las obligaciones dispuestas en los incisos a), b) y c) del artículo 214 del Código de Trabajo respecto a los trabajadores independientes indicados.

Asimismo, el documento del proyecto de Ley señala que no será necesario presentar planillas ni reportar de previo al trabajador para el aseguramiento. No obstante, el Consejo de Salud Ocupacional sí deberá llevar los controles o registros necesarios para verificar que los reportes de accidente que remita sean procedentes.

“El mecanismo diseñado establece la creación de un seguro especial, una póliza especial, que sería financiado con recursos del Consejo de Salud Ocupacional, un órgano del Ministerio de Trabajo con la competencia legal para promover la salud ocupacional y prevenir accidentes de trabajo. Este Consejo suscribiría una póliza colectiva de riesgo del trabajo con el INS que cubriría a las personas trabajadoras independientes que no están aseguradas, comentó Villalta.

Villalta reiteró que las personas beneficiarias de esta ley son quienes están en condición de pobreza, con escasos recursos económicos, y que por eso no han podido suscribir un seguro por su cuenta.

Por ese motivo, el mecanismo fue diseñado para proporcionar una cobertura a pesar de que la persona, antes de sufrir el accidente o la mordedura de serpiente, no haya estado asegurada. Si este mecanismo funciona bien, se podría extender la cobertura a otros riesgos y accidentes de trabajo que actualmente están descubiertos.

“Esta ley podría ser la semilla de un mecanismo de protección más ambicioso que cubra a las personas trabajadoras independientes del campo y de la ciudad que sufran accidentes de trabajo y que no tienen un seguro. En el país hay muchos casos de trabajadores independientes de bajos ingresos que no tienen una cobertura. Si hoy sufren un accidente laboral, no tienen protección. ¿Un ejemplo? Los repartidores de comida de plataformas digitales. El proyecto tiene una gran perspectiva a futuro porque, si funciona bien el mecanismo, podríamos extender esta protección a otras poblaciones desprotegidas”, resaltó Villalta.

Actualmente, en Costa Rica se reportan entre 400 y 600 casos de mordeduras de serpientes cada año. La mayor incidencia se dan en Puntarenas, Limón y Alajuela, aunque ocurren envenenamientos en todo el país.

Las zonas más afectadas son regiones bajas de clima tropical húmedo y con vocación agrícola y ganadera, regiones donde se distribuye la especie Bothrops asper (terciopelo), que causa la enorme mayoría de los accidentes y los más graves.
 
Ahora, la iniciativa está en manos del Poder Ejecutivo para continuar el proceso y para que entre en vigencia deberá salir publicado en La Gaceta.

 

Jenniffer Jiménez Córdoba
Periodista, Oficina de Divulgación e Información, UCR

Con aval de Sala IV piden a presidenta de JAPDEVA que precise información sobre seguros de remolcador hundido

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología realiza una gestión en donde solicitan a JAPDEVA aclarar, de manera expresa, directa y al punto, si al momento en que ocurrió el siniestro en el que se hundió el remolcador “don José María”, se contaba o no, con las coberturas del seguro del citado remolcador al día, y además solicitan aclarar; si JAPDEVA contaba con la cobertura del seguro al día, solicitan que aclaren cuál es el monto de ese seguro y si el monto cubre o no cubre el monto de lo que costará sacar ese remolcador de la dársena y además, el costo ambiental que se ha causado hasta este momento con ese siniestro, y en el caso que de no se contaba con la cobertura del seguro al día, solicitan que les aclaren las razones por las que la Administración no cumplió con los pagos de ese seguro.

La Sala Constitucional declaró con lugar el reclamo del representante de la Asociación Marco Vinicio Levy Virgo. A continuación se encuentra el documento completo y se adjunta en pdf la respuesta de JAPDEVA y el recurso de amparo interpuesto por Marco Vinicio Levy Virgo.

Limón, 11 de junio de 2021
AEL-0067-2021
Licda. Andrea Centeno Rodríguez
Presidenta Ejecutiva
JAPDEVA
Ref: Su oficio PEL-572-2021 de fecha 09/6/2021

Estimada señora Presidenta:

En atención al oficio de referencia, con fundamento en los artículos 11, 21, 27, 30, 46 párrafo final y 50 párrafo segundo, de la Constitución Política, la Ley Orgánica del Ambiente No.7554, la Ley de Biodiversidad No.7788, la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos No.8220, le solicitamos con todo respeto, indicar en su respuesta, de manera clara y veraz, tal y como lo obliga el párrafo final del Artículo 46 Constitucional, lo siguiente:

  1. Le ruego aclarar, de manera expresa, directa y al punto, si al momento en que ocurrió el siniestro en el que se hundió el remolcador “don José María”, JAPDEVA contaba o no, con las coberturas del seguro del citado remolcador al día.

Además, le rogamos encarecidamente aclarar:

  1. a) Si JAPDEVA contaba con la cobertura del seguro al día, le solicitamos nos aclare cuál es el monto de ese seguro, las diligencias que se han iniciado ante el ente asegurador respectivo, y si el monto cubre o no cubre el monto de lo que costará sacar ese remolcador de la dársena y además, el costo ambiental que se ha causado hasta este momento con ese siniestro.
  2. b) Si JAPDEVA no contaba con la cobertura del seguro al día, le solicitamos nos aclare las razones por las que la Administración no cumplió con los pagos de ese seguro, la persona responsable de tal omisión, y las gestiones administrativas que a lo interno, se han tomado para enmendar ese grave error y evitar que a futuro se cause un daño ambiental de iguales proporciones.
  3. De ser su respuesta que JAPDEVA no tenía un seguro para cubrir ese riesgo ambiental, causado con el hundimiento del remolcador “don José María”, le solicitamos nuevamente, nos indique de manera clara, veraz, precisa y directa, tal y como lo obliga el párrafo final del Artículo 46, en lo relacionado con la protección del ambiente (Párrafo segundo Art. 50 Constitucional) si al día de hoy, JAPDEVA tiene el respectivo contenido presupuestario para atender ese daño ambiental que se podría derivar del derrame de combustibles causado con el hundimiento del remolcador.
  4. En caso de contar con dicho plan de contingencia le solicitamos muy respetuosamente brindarnos copia integral del mismo, fecha en que se aprobó dicho plano, con indicación de la empresa responsable y sus antecedentes en el manejo y atención de sinestros marinos además del indispensable plan de inversión.

La anterior solicitud de aclaración la realizo dentro del plazo de ley conforme a lo dispuesto en la Ley 8220 y las obligaciones vinculantes del artículo 27 de la Constitución Política, con el propósito de brindarle una nueva oportunidad para cumplir con la Sentencia dictada por la Sala Constitucional (Expediente 21-006582-0007-CO), previo a continuar con las diligencias por omisión en el cumplimiento de lo ahí ordenado.

Oiremos notificaciones en el correo machore@gmail.com

Con todo respeto,Marco Vinicio Levy Virgo

cc. Magistrada Anamari Garro Vargas, Expediente 21-006582-0007- CO

Imagen de cabecera con fines ilustrativos, tomada de mopt.go.cr

Piden transparencia en torno al seguro de salud de la CCSS

Rodrigo Arias López, profesional en materia actuarial y uno de los integrantes de la comisión de la Universidad de Costa Rica que rindió el informe acerca del estado del régimen de pensiones de la CCSS, solicitó un informe que precise la situación de los estudios del seguro de salud.

El profesional pidió específicamente a las autoridades de esa institución de la seguridad social lo siguiente:

“Dado lo anterior, respetuosamente solicito lo siguiente:

1. A fin de que se cumpla con lo ordenado por la Ley Constitutiva de la CCSS en sus artículos 3, 23, 42 y 43 y diversos informes realizados por la Auditoría Interna de la CCSS, solicito lo siguiente:

a) ¿La VALUACION ACTUARIAL Seguro de Salud, 2013, fue tramitado a las autoridades superiores de la CCSS o se quedó a nivel de Gerencia Financiera y Auditoría Interna? En el caso de que se haya tramitado, favor aportar una copia del documento respectivo. En el caso de que no se haya tramitado, solicito que se tramite ante la Presidencia Ejecutiva de la CCSS y la Junta Directiva de la CCSS.

b) En relación a lo comunicado en los oficios de la Auditoría Interna N° 53348 del 8-8-2017 y N° 53616 del 24-8-2017, solicito que se incluya en el Estudio Actuarial del Seguro de Salud con corte al año 2015 en proceso de elaboración, así como en “la estrategia y visión para el abordaje del asunto” solicitada por la Junta Directiva, los aspectos legales y técnicos que recomendó la Auditoría Interna en los informes ASAAI-210-2013, ASF-065- 2011, ASF-019-2012, ASF-151-2013, ASF-009-2014, ASF-084-2014. También solicito que se incorpore en ambos documentos lo informado en el oficio DP-1305-2017 del 18-8-2017 de la Dirección de Presupuesto.

c) Aunque en el oficio GF-3226-2017 del 1-9-2017 se indica que el estudio “se encuentra en la última etapa para concluirlo”, conforme al principio de eficiencia administrativa de la Administración Pública, solicito que me informen un plazo estimado en el cual dicho estudio actuarial será finalizado y tramitado a la Gerencia, ya que esta tendrá un plazo de un mes para el envío a la Junta Directiva de “la estrategia y visión para el abordaje del asunto”.

2. Con el propósito de investigar posibles causas de los atrasos en los informes actuariales que la Junta Directiva requiere, solicito la siguiente información:

a) ¿Los estudios actuariales del SEM se elaboran en el Departamento Actuarial o en otra unidad de la Dirección Actuarial y Económica? En el caso de que tales estudios no se realicen en el Departamento Actuarial, favor aportar las razones técnicas, legales o de otra índole que lo justifiquen.

b) El gasto anual de la Dirección Actuarial y Económica según partidas (servicios personales, no personales, etc.) desde 2010 a 2016 y lo presupuestado y ejecutado para 2017.

c) El salario mensual desglosado en cada una de sus componentes (salario base, dedicación exclusiva, anualidades, carrera profesional, etc.) de cada una de las jefaturas de la Dirección Actuarial y Económica, devengados en los meses de junio de 2014, junio de 2015, junio de 2016 y junio de 2017, con el nombre de cada puesto y el nombre de la persona que lo ocupó o lo ocupa”.

La solicitud fue dirigida al Lic. Gustavo Picado Chacón, Gerente Financiero de la CCSS; Lic. Luis Guillermo López Vargas, Director Actuarial de la CCSS; Lic. Jorge Arturo Hernández Castañeda, Auditor Interno de la CCSS y se envió copia al Lic. Fernando Llorca Castro, Presidente Ejecutivo de la Junta Directiva de la CCSS.

 

Para ver el documento completo enviado a SURCOS por el autor puede seguir este enlace:

Solicitud de info 7 de septiembre de 2017

 

*Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por Rodrigo Arias López.

Suscríbase a SURCOS Digital:

https://surcosdigital.com/suscribirse/