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Etiqueta: SINAC

Organización solicita información sobre situación del Sitio Ramsar Gandoca Manzanillo

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología solicitó información detallada sobre el Sitio Ramsar 783, Gandoca Manzanillo, y áreas asociadas en el cantón de Talamanca, mediante un oficio dirigido al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

El documento AEL-00120-2025, firmado por Marco Levy Virgo, presidente de la organización, fundamenta la solicitud en la Ley Marco de Acceso a la Información Pública, vigente desde noviembre de 2024, y hace referencia al Informe SINAC-ACLAC-DRFVS-PNE-C-014-2025.

En la solicitud enviada a David José Chavarría Morales, director ejecutivo del SINAC, y Rotney Piedra Chacón, encargado de Humedales, se requiere información específica sobre cuatro aspectos principales:

La organización pide las coordenadas oficiales y actualizadas del Sitio Ramsar 783, conforme se especifica en un oficio de enero de 2025. También solicita un informe sobre los ocupantes de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) en Talamanca, detallando si son personas físicas o jurídicas y su ubicación respecto a bosques o humedales.

El documento requiere además una descripción y delimitación de ríos y quebradas ubicadas en el litoral de Talamanca, así como un mapa descriptivo de todos los humedales oficialmente documentados en Playa Negra.

Según se indica en la carta, esta información es requerida para fines legales y para garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

El documento fue remitido también a expedientes judiciales, diputados de la Comisión de Ambiente, la Procuraduría General de la República, la Defensoría de los Habitantes, la Contraloría General de la República, la Fiscalía Agrario Ambiental y la Alcaldía Municipal de Talamanca.

Adjuntamos dos documentos de referencia aportados por la organización. Les invitamos a descargarlos para conocer en detalle la información.

SINAC-ACLAC-DRFVS-PNE-C-014-2025.pdf

SINAC-SE-DE-0046-2025

Solicitan intervención urgente para proteger ecosistemas en Refugio Gandoca Manzanillo

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) solicitó la intervención coordinada de la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la República y la Defensoría de los Habitantes para proteger los bosques, humedales y manglares del sitio Ramsar 783 Gandoca Manzanillo.

Según documentos emitidos por la AEL, existen múltiples violaciones a las medidas cautelares dictadas por la Sala Constitucional a las doce horas cincuenta minutos del siete de marzo de dos mil veinticinco, relacionadas con la protección de los bosques en la zona correspondiente a la resolución 2019-12745 del 10 de julio de 2019.

Marco Levy Virgo, presidente de la AEL, indicó que se han fraccionado bosques dentro de esta zona y persisten obras constructivas dentro de zonas boscosas, humedales y manglares, a pesar del ilegal cambio de uso del suelo.

«La ley 9223, impulsada en contra de los más elementales principios de ciencia y técnica, ha facilitado estos desarrollos, poniendo en riesgo el delicado ecosistema de la región», señaló Levy Virgo en su comunicación a las autoridades.

La AEL presentó un informe del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos que detalla la situación actual y la urgencia de intervenir, así como el oficio SINAC-SE-PPC-320-2017, emitido el 28 de noviembre de 2017 por el entonces Jefe a.i. del Departamento de Prevención, Control y Protección de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

En una segunda comunicación dirigida específicamente a la Defensora de los Habitantes y a la Contralora General, la AEL solicitó acciones coercitivas inmediatas contra la Administradora del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca, ante lo que consideran un evidente incumplimiento de la resolución de seguimiento dictada por la Sala Constitucional.

La organización señaló que se han reportado actividades que contravienen las medidas cautelares establecidas para salvaguardar estos ecosistemas, incluyendo tala de árboles, construcción de pozos, desvíos de cauces de agua y drenaje de humedales.

La AEL solicitó específicamente tres acciones: medidas coercitivas inmediatas contra la Administradora del refugio, una investigación exhaustiva sobre las denuncias de incumplimiento de deberes y el presunto favorecimiento a desarrolladores ambientales, y la implementación de un mecanismo de supervisión permanente en el sitio Ramsar 783 y la zona boscosa afectada.

El presidente de la AEL enfatizó que la lentitud de los procesos legales en la vía ordinaria hace imperativa una acción rápida y efectiva para proteger el equilibrio ecológico y el bienestar de las generaciones futuras.

Cuestionan Plan Regulador Costero de Talamanca por riesgos a biodiversidad

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) presentó un comunicado advirtiendo sobre posibles daños ambientales en el Cantón de Talamanca mediante el Plan Regulador Costero.

Según el documento, el plan amenaza ecosistemas frágiles del Caribe Sur, incluyendo humedales, manglares y sitios de anidación de tortugas marinas. La asociación señala que el proyecto ignora la fragilidad ambiental de una zona que alberga el 2% de la biodiversidad mundial.

La Sala Constitucional emitió una resolución el 13 de marzo de 2025 que solicita a diversas autoridades de SINAC, INVU y la Municipalidad de Talamanca presentar informes detallados sobre el cumplimiento de una sentencia previa del 16 de febrero de 2024.

Entre las principales observaciones, la AEL destaca que:

  • El plan utiliza índices de fragilidad obsoletos basados en una delimitación del Patrimonio Natural del Estado del año 2017.

  • Una directriz ministerial obliga a funcionarios a respaldar la delimitación de 2017, desestimando estudios más recientes.

  • El proceso de consulta indígena, establecido por el Convenio 169 de la OIT, ha sido tratado como una mera formalidad.

La organización hace un llamado a la ciudadanía para defender el patrimonio natural y exigir transparencia en el desarrollo de proyectos que puedan afectar ecosistemas únicos.

Marco Levy Virgo, presidente de la asociación, enfatizó la importancia de preservar la biodiversidad del Caribe Sur y asegurar un desarrollo sostenible que respete el entorno natural.

SURCOS comparte los siguientes documentos como referencia:

Sala ordena al SINAC INVU y Municipalidad de Talamanca prueba

Voto humedales

Fraccionamientos en el Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo originan solicitud de investigación

La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) solicitó formalmente a las auditorías de la Municipalidad de Talamanca y del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) una investigación coordinada sobre presuntos fraccionamientos ilegales en áreas boscosas del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.

Según el oficio AEL-0097-2025, firmado por Marco Levy Virgo, presidente de la organización, estas acciones contravienen la sentencia N.º 2019-012745 de la Sala Constitucional, que en julio de 2019 declaró parcialmente inconstitucional la Ley N.º 9223 y ordenó al SINAC reincorporar al Refugio 188 hectáreas de bosque que habían sido desafectadas.

«Lejos de garantizar la conservación de estas áreas, el viceministro de Ambiente y Energía, Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, no niega la existencia de fraccionamientos dentro del Refugio, sino que traslada la responsabilidad al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo», denunció Levy Virgo.

La AEL señala una contradicción en los argumentos oficiales, pues mediante el oficio DU-040-02-2025, el INVU certificó que no autorizó dichos fraccionamientos, responsabilizando al Área de Conservación La Amistad Caribe del SINAC y a la Municipalidad de Talamanca.

La denuncia fue remitida también a la Defensoría de los Habitantes, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General, la Fiscalía Ambiental y autoridades municipales, solicitando se investiguen los oficios emitidos por el viceministro de Ambiente y se determinen responsabilidades por la autorización de desarrollos inmobiliarios en zonas protegidas.

SURCOS comparte los siguientes documentos de referencia:

AEL-0050-2025

DVA-026-2025

DU-040-02-2025

AEL-0040-2025

DVA-006-2025

Agrónomo Jaime García denuncia desprotección de patrimonio en Reserva Natural Wessberg

El agrónomo y ambientalista Dr. Jaime Enrique García González presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra la Dirección del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) por la desprotección del patrimonio arqueológico ubicado en la Reserva Natural Absoluta Nicolás Wessberg, en Montezuma de Cóbano, Puntarenas.

El recurso surge luego de que el Museo Nacional de Costa Rica confirmara la presencia de restos arqueológicos de culturas prehispánicas en dicha reserva, según consta en un informe técnico elaborado por los arqueólogos Felipe Solís Del Vecchio e Iván Alfaro Gálvez del Departamento de Antropología e Historia.

«El hallazgo incluye fragmentos de metates, cerámica y otros vestigios culturales con una antigüedad estimada entre los años 300 y 800 d.C., correspondientes al período Bagaces», detalla el informe INF MNCR-DAH-104-2024 del Museo Nacional, fechado el 1 de noviembre de 2024.

García denunció que, a pesar de la importancia del descubrimiento, el SINAC no ha tomado medidas adecuadas para proteger este patrimonio arqueológico ubicado en la reserva de 62 hectáreas.

«En el Plan General de Manejo de la RNANW realizado en 2013, ni siquiera se menciona el componente arqueológico, a pesar de que existen evidencias de que los fundadores de la reserva, Nicolás Wessberg y Karen Mogensen, conocían de la existencia de estos restos culturales», explicó García a SURCOS.

Según consta en la denuncia, el monumento arqueológico, ahora registrado oficialmente como «Nicolas Wessberg (P-1768 NW)», se encuentra disperso en un área aproximada de 3,000 metros cuadrados y está dividido en dos sectores con diferente concentración de materiales.

El arqueólogo Felipe Solís, uno de los autores del informe del Museo Nacional, señaló que «es posible que en tiempos prehispánicos el terreno se empleara como un área funeraria, aunque no se puede descartar que también existieran algunas casas en la zona».

Actualmente, la reserva carece de personal designado por el SINAC y es custodiada únicamente por voluntarios extranjeros. Esta situación preocupa a García, quien también presentó una denuncia ante el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) por presuntos actos de vandalismo ocurridos recientemente en la reserva. En imágenes se aprecia parte del deterioro de la edificación producto del descuido del ente responsable del cuido. Asimismo, algunas piezas arqueológicas.

El recurso de amparo busca que se ordene al SINAC implementar medidas efectivas para la conservación tanto del patrimonio natural como arqueológico de la reserva, creada mediante Decreto Ejecutivo N° 23701-MIRENEM del 10 de octubre de 1994.

Sala Constitucional ordena provisionalmente no cortar árboles en Punta Pelencho, Brasilito

Comunicado de la Asociación de Desarrollo Integral de Brasilito, Comité Punta Pelencho, Bandera Azul Ecológica Brasilito
Brasilito, Santa Cruz. 11 de marzo del 2025

En relación con la tala de árboles en Punta Pelencho, la cual responde a un acuerdo entre el desarrollador Cantomar y la Municipalidad de Santa Cruz, y en respuesta a un recurso de amparo, la Sala Constitucional ha emitido el día de hoy, martes 11 de marzo, una respuesta inicial mientras se analiza el fondo del asunto.

La Sala Constitucional ha ordenado, como medida cautelar, que no se realice ninguna tala y que se aclare si los árboles en cuestión se encuentran dentro de la Zona Marítimo-Terrestre (ZMT) o un corredor biológico, así como confirmar si se trata de especies nativas o autóctonas del lugar.

La Sala ha notificado a la Municipalidad de Santa Cruz, SETENA, SINAC y el Área de Conservación Tempisque (ACT), otorgándoles un plazo de tres días para responder a los requerimientos y presentar la información solicitada.

La imposición de esta medida cautelar representa un avance significativo en la protección de estos árboles, los monos congo (especie en peligro de extinción que depende de ellos), así como de la biodiversidad de Punta Pelencho y el patrimonio cultural que representa este lugar para el disfrute de las generaciones presentes y futuras de acuerdo con el principio de igualdad y no discriminación y en defensa y disfrute de los bienes públicos.

Ahora corresponde a las instituciones públicas entregar la información solicitada por la Sala Constitucional, la cual procederá con el análisis de la situación para emitir una resolución. Esperamos que el proceso avance con transparencia y que se brinde claridad sobre los términos del convenio en cuestión.

Seguiremos atentos a los próximos pronunciamientos oficiales y reiteramos nuestro compromiso con la protección del medio ambiente, la participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales y el acceso a información pública.

Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.

Defensoría solicitó medida cautelar en caso Gandoca-Manzanillo

Ante reiterados incumplimientos a órdenes de la Sala Constitucional la petición se sustenta en un estudio jurídico de 86 páginas

La Defensoría de los Habitantes, como contralor de legalidad y garante de protección de los derechos humanos, entre ellos, el derecho a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, tutelado a nivel constitucional e internacional, acudió esta semana a la Sala Constitucional a presentar una solicitud de medida cautelar con ocasión de la gestión de seguimiento de cumplimiento de la sentencia 2019-012745, mediante la que se declaró inconstitucional la Ley número 9223 que afectaba de manera significativa los límites del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.

La petición contiene un análisis técnico-jurídico de 86 páginas que incluye todos los elementos probatorios que se requieren para la presentación del caso y la solicitud de la medida cautelar.

En esa sentencia del año 2019, la Sala Constitucional declaró inconstitucional la Ley número 9223. Esto sucedió cinco años después de haberse interpuesto la acción para su declaratoria, pues dicha acción fue presentada para su estudio desde el año 2014. Pese a la declaratoria de inconstitucionalidad emitida por la Sala Constitucional y las órdenes expresamente giradas a distintos órganos del Poder Ejecutivo en la referida sentencia, al día de hoy se ha hecho caso omiso y no se ha dado cumplimiento a lo ordenado por la Sala, según se constata en la sentencia número 26300-2024 dictada el 10 de setiembre de 2024, emitida en el marco de una gestión de desobediencia presentada ante el Tribunal Constitucional.

Han transcurrido 11 años aproximadamente desde que se inició con este tortuoso proceso sin obtener resultados tangibles y positivos. A partir de lo anterior, es que esta Defensoría, con sustento en la gestión de seguimiento de cumplimiento de la sentencia 2019-012745 que está conduciendo la Sala Constitucional, interpone una solicitud de medida cautelar dentro de esta etapa de ejecución, para que la decisión tomada por ese Tribunal no se quede en el papel, sino que tenga eficacia, en lo que aún se pueda conservar y proteger, pese a los daños que puedan haberse generado y se resguarde así el patrimonio natural de los y las habitantes”, afirmó la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank Lambert.

A la fecha, el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo no se encuentra debidamente delimitado y durante todo este tiempo han existido procesos de construcción en la zona, lo que ha ocasionado tala de árboles y el otorgamiento de al menos 952 permisos de aprovechamiento forestal entre los años 2014 a 2024, período marcado por la falta de certeza técnica y jurídica sobre la delimitación oficial de las zonas boscosas y los humedales de la zona.

Lo anterior sumado a la entrada en vigencia del Plan Regulador Costero Talamanca-Distrito Cahuita, mismo que entre sus bases contempla el Plan General de Manejo del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo, y que además no consideró todos los humedales enlistados en el documento denominado «Caracterización y Delimitación de Humedales en la Zona Marítima Terrestre del Litoral del Cantón de Talamanca» de julio de 2021. Estos humedales habrían sido omitidos en la certificación SINAC-ACLAC-DR-PNE-C-011-2017 del 30 de junio de 2017, correspondiente a la delimitación del Patrimonio Natural del Estado en Zona Marítima Terrestre del cantón de Talamanca, con lo que la delimitación establecida resulta inexacta y por ende, a la fecha, no se tiene certeza que se hayan considerado todas las zonas de bosque -Patrimonio Natural del Estado- que la Sala Constitucional ordenó proteger mediante la referida sentencia 2019-012745. Lo anterior se traduce en el otorgamiento de concesiones y la administración municipal, de zonas que podrían ser parte de ese patrimonio natural del Estado no susceptible de explotación e indebidamente intervenidas.

La medida cautelar se solicita pese a contar con el antecedente de intentos fallidos de otorgamiento por parte de este Tribunal de dichas medidas, que, con ocasión de distintos expedientes, han sido denegadas o incluso ignoradas por parte de esta Sala. A modo de ejemplo, se cita la resolución de las 13:37 horas del 22 de febrero de 2024 que da curso a la acción de inconstitucionalidad contra el Plan General de Manejo del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo, el Plan Regulador Costero Talamanca Distrito-Cahuita y la Directriz número 09-2023. donde pese a haberse requerido la suspensión de los efectos de las normas impugnadas, la Sala optó por justificar técnicamente el por qué, la interposición de una acción de inconstitucionalidad, no suspende la eficacia y la aplicabilidad en general de las normas y denegar por ende lo solicitado; sin considerar, que aún de oficio, y como máximo garante de la tutela constitucional a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, valorando el daño ambiental concreto y potencial existente, puede y debe otorgar las medidas cautelares requeridas en una zona rica en recursos naturales, incluso en vías de extinción, como lo es el Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo.

No obstante, con ocasión de las medidas cautelares que fueron noticia la semana anterior otorgadas por la Sala Constitucional en la zona de El Tirol, en Heredia, y valorando lo señalado en la sentencia número 26300-2024 -donde se acredita el incumplimiento de la sentencia 2019-012745- por la Magistrada Alvarado Paniagua, quien destacó que al no haberse realizado la delimitación ni recuperación de las tierras del REGAMA, se deben tomar medidas para cumplir con la sentencia 2019-012745, esta Defensoría mira con esperanza la interposición de la presente solicitud y siguiendo el criterio de la Magistrada de cita, considera que lo urgente e impostergable, es que, mientras se realiza la delimitación mencionada, se deben evitar daños graves al ambiente y a los recursos de flora y fauna del Refugio. En virtud de lo anterior, la Defensoría solicitó:

a) Que la Municipalidad de Talamanca se abstenga de otorgar concesiones en la zona marítimo terrestre o permisos de construcción en la zona REGAMA y aledaños. Respecto a las concesiones y permisos ya otorgados, que se suspenda la ejecución en cabeza de sus titulares, de los efectos jurídicos de las autorizaciones en el sitio, sea la suspensión de cualquier construcción o explotación que esté en curso, hasta tanto no se definan de las 20,1 has de terrenos clasificados como bosque las que se ubican dentro de la zona marítimo terrestre del RNVS Gandoca-Manzanillo y/o que se encuentran indebidamente contempladas en el Plan Regulador Costero con fines distintos al ambiental, tal y como ya lo ordenó esa Sala en Sentencia N° 2019-012745;

b) Que se suspenda la directriz 09-2023 del Ministerio de Ambiente y Energía que dispone que los límites oficiales del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo son los establecidos en Ley número 9223 –expulsada del ordenamiento jurídico por inconstitucional desde 2019 por esa Sala-, denominada “Reconocimiento de los derechos de los habitantes del Caribe Sur”;

c) Que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) suspenda el otorgamiento de permisos de corta y aprovechamiento forestal en las áreas de los siete bloques de bosque y sus aledaños que deben ser retornadas formal, material y normativamente al RNVS Gandoca-Manzanillo. Respecto a los permisos ya otorgados, que se suspenda de inmediato la ejecución en cabeza de sus titulares de los efectos jurídicos de las autorizaciones en el sitio, sea, la suspensión de cualquier aprovechamiento forestal o corta que se esté ejecutando.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Diputada Vanessa Castro impulsa ley para la conservación de arboretos en Costa Rica

La diputada socialcristiana Vanessa Castro presentó a la corriente legislativa el expediente 24.804, titulado “Ley de conservación de arboretos para la biodiversidad y educación ambiental”. Esta iniciativa tiene como propósito principal la protección de especies arbóreas amenazadas en el país, con el fin de contribuir a la conservación de la diversidad biológica de Costa Rica. Además, busca desarrollar espacios educativos y de sensibilización ambiental a través de los arboretos, los cuales estarán abiertos a ciudadanos de todas las edades y niveles educativos, promoviendo así una mayor conciencia sobre la importancia de la biodiversidad.

Otro de los objetivos fundamentales de la propuesta es fomentar el turismo científico y educativo, lo que a su vez contribuiría al desarrollo económico sostenible de diversas comunidades del país. Para garantizar la adecuada administración y mantenimiento de los arboretos, la responsabilidad recaerá en las municipalidades y en el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC). Para ello, se creará un Fondo Verde, cuya función será financiar exclusivamente la creación, administración y mantenimiento de estos espacios. Dicho fondo será gestionado por el SINAC y recibirá aportes del Estado, donaciones nacionales e internacionales, así como contribuciones provenientes de alianzas público-privadas.

Asimismo, el proyecto de ley plantea la implementación de incentivos fiscales dirigidos a empresas que colaboren con la creación y mantenimiento de los arboretos mediante donaciones, patrocinios o convenios de cooperación. Estos beneficios incluirán deducciones tributarias sobre el impuesto sobre la renta y exenciones parciales del impuesto de bienes inmuebles, con el propósito de incentivar la participación del sector privado en la conservación ambiental.

La propuesta legislativa contó con el aporte de expertos en la materia, como el profesor Franklin Sandí Murillo, docente de biología en la Universidad de Costa Rica (UCR); la doctora Magda Cecilia Sandí, coordinadora de la Comisión de Memoria del Mundo de la UNESCO; y el consultor peruano en ecología y conservación Héctor Alexis Luque Machaca. Con este proyecto, Costa Rica reafirma su compromiso con la conservación ambiental y la educación, apostando por la integración de la ciencia, la biodiversidad y el desarrollo económico sostenible.

Información compartida con SURCOS por el despacho de la diputada Vanessa Castro.

No toquen el Cerro Chompipe

CONCEVERDE

Ante la intención del alcalde de San Rafael de Heredia, Jorge Arias Santamaría, de llevar a cabo construcciones de diversa índole en el Cerro Chompipe, cobijadas  bajo la figura de un “MOMUMENTO NATURAL RECREATIVO”, para lo cual deberá eliminar árboles nativos que son parte de un bosque; además estando ese cerro dentro de áreas de protección, como es el Parque Braulio Carrillo y la Zona Inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888, el colectivo ciudadano CONCEVERDE DE SAN RAFAEL DE HEREDIA, queremos expresar nuestra profunda preocupación y denunciar estos actos que ponen en grave riesgo el recurso hídrico, el medio ambiente y la biodiversidad que en él habita.

Es inadmisible que se esté pensando en realizar obras en una zona que es de alta recarga acuífera, de muy alta vulnerabilidad hidrogeológica y ambiental. De llevarse a cabo las pretensiones del alcalde de San Rafael de Heredia, consideramos, no solo se estaría violentando la normativa vigente, sino que, también deteriorando ecosistemas vitales que cumplen funciones esenciales para el equilibrio natural, como la regulación del ciclo del agua, la conservación de la fauna y flora silvestre, y la mitigación del cambio climático.

En particular, nos preocupan que se lleven a cabo construcciones, en áreas como el Parque Nacional Braulio Carrillo, la Zona Inalienable de la Ley 65 del 30 de julio de 1888. Estas acciones son especialmente perjudiciales en zonas que además son de recarga de los acuíferos donde se abastecen más del 60% de habitantes del Valle Central, donde la impermeabilización del suelo compromete la disponibilidad de agua potable para las comunidades y afecta la calidad de los recursos hídricos.

Hacemos un llamado a las autoridades competentes, incluyendo el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) y los gobiernos locales, para que no cedan ante las intenciones del alcalde, y por el contrario intensifiquen la vigilancia y el control en las zonas que ya cuentan jurídicamente con protección absoluta. Es crucial que se abstengan de proyectar acciones que pongan en riesgo los pocos recursos naturales que aún tenemos en el Valle Central y, en particular, en San Rafael de Heredia.

Asimismo, exhortamos a la ciudadanía rafaeleña y en general del Valle Central a mantenerse alerta, denunciar y manifestarse ante cualquier actividad que atente contra nuestros bosques y áreas de protección. La participación de todos es crucial para la conservación de nuestro patrimonio natural. Debemos recordar que la protección del medio ambiente es una responsabilidad compartida y que cada acción cuenta para garantizar un futuro sostenible para las próximas generaciones.

Reafirmamos en CONCEVERDE nuestro compromiso con la defensa del medio ambiente y seguimos trabajando para asegurar que nuestras áreas protegidas se mantengan libres de intervenciones que comprometan su integridad. Unamos esfuerzos para salvaguardar nuestros recursos naturales y promover un desarrollo que respete y valore la riqueza ecológica de nuestro país.

Nuestro profundo agradecimiento al Centro de Investigación Apícolas Tropicales de la Universidad Nacional de Costa Rica

Imagen: UNA

Maritza Rodríguez Soto

A través de este escrito deseo compartir una vivencia que deja muchas enseñanzas y agradecimiento. En días recientes se formó un enjambre de abejas en un árbol pequeño que tenemos en el patio de la casa. Ante la visita inesperada y nuestro temor por ser alérgica a las picaduras de estos maravillosos insectos, acudí al Benemérito Cuerpo de Bomberos a solicitar su ayuda para retirar el enjambre y ubicar el mismo en un lugar adecuado, no obstante, me indican que ya no realizan esa labor y que, por ley, le corresponde al Sistema Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio de Ambiente y Energía de Costa Rica, SINAC, atender este tipo de eventos.

Por lo anterior, procedo a comunicarme con funcionarios del SINAC donde me señalan que carecen del equipo necesario para retirar las abejas, respuesta que me sorprende y preocupa por ser una instancia a cargo de brindar auxilio ante este tipo de situaciones. Además, me remiten al Servicio Nacional de Salud Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería con la esperanza de contar con su ayuda profesional. Mientras tanto, el enjambre se hace cada vez más grande, parece que las visitas están muy cómodas en el lugar seleccionado para su recarga de energía.

Ante la dificultad de encontrar una institución que nos permita resolver el inconveniente, sumado al desgaste de encontrarme como una abeja volando de institución en institución, viene a mi memoria que nuestra querida Universidad Nacional (UNA) cuenta con el valioso Centro de Investigación Apícolas Tropicales (CINAT-UNA) por lo que solicito al señor Eduardo Umaña, Director del Centro de Investigación, el importante apoyo de esta instancia.

El señor Umaña atiende mi petición con toda amabilidad y el día de hoy el señor Luis Guillermo Ramírez, funcionario del CINAT, procedió a trasladar el grupo de abejas a este lugar de estudios, donde contribuirán con la significativa labor de investigación, docencia, extensión, vinculación externa, entre otras, que realiza este destacado Centro de la Universidad Nacional.

Apreciamos mucho el significativo apoyo brindado por el Centro de Investigación Apícolas Tropicales (CINAT-UNA), así como la valiosa escucha y acompañamiento de su Director el señor Eduardo Umaña y del señor Luis Guillermo Ramírez.

Estas vivencias permiten, una vez más, destacar y agradecer la importante labor que realizan las universidades públicas, en esta ocasión la Universidad Nacional, en pro del bienestar ambiental y sanidad apícola, así como ante las diferentes necesidades que enfrentan las comunidades nacionales. De igual manera, es fundamental y necesario el respaldo al quehacer de las instituciones de educación superior públicas al defender un presupuesto digno que les permita seguir fortaleciendo su labor en los diferentes ámbitos del quehacer académico.

Nuestro profundo agradecimiento al Centro de Investigación Apícolas Tropicales de la Universidad Nacional por atender la situación acontecida con las abejas que nos visitaron y nuestros sinceros deseos por muchos años más de éxitos en su destacada labor.

28 de octubre 2024