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Etiqueta: territorios afrodescendientes

¿Quién delimitará mi territorio tribal de Cahuita?

Por Bernardo Archer Moore

Todo apunta a que será la misma institución estatal que en el pasado trazó, según su conveniencia, los límites de las tierras ancestrales: el antiguo Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), hoy conocido como Instituto de Desarrollo Rural (INDER).

De repetirse ese patrón, el resultado es previsible: despojo territorial. Así sucedió anteriormente, cuando INDER, junto con JAPDEVA, el Instituto Costarricense de Turismo y otras entidades gubernamentales, se apropiaron de buena parte del territorio sin consulta previa, dejando a las personas legítimas propietarias con apenas una fracción de lo que les correspondía.

Ante el nuevo impulso por delimitar los llamados «territorios tribales afro costarricenses», surgen preguntas fundamentales: ¿qué futuro se construirá a partir de esas fronteras?, ¿cómo se administrarán?, ¿quién decidirá sobre ellas?

Si prevalece la misma lógica que ya afectó a los pueblos indígenas, el legado territorial para las futuras generaciones está en peligro de ser borrado o vaciado de contenido. En el caso indígena, los límites fueron impuestos desde oficinas centrales, fragmentando territorios ancestrales bien definidos en múltiples divisiones, lo que ha generado división familiar y conflictividad comunitaria.

Un ejemplo es el Pacífico sur, donde dos territorios tradicionales se subdividieron en cinco o seis con base en criterios étnicos, ignorando la identidad compartida de las comunidades. Esto ha tenido como resultado disputas internas, afectación a la convivencia y una pérdida de cohesión social.

Frente a esta experiencia, se plantea una inquietud para Cahuita: ¿qué pasará si se crean nuevas delimitaciones que desconozcan la historia, el tejido social y la realidad multiétnica de la región? ¿Se establecerán tribus por decreto que no reflejan la identidad real de la población?

El llamado es a no desviar el enfoque del verdadero problema: la implementación del Plan Regulador Costera (PRC) y su posible impacto en el desarraigo poblacional. Es necesario debatir este tema con seriedad, claridad y respeto a los derechos fundamentales, entre ellos, el derecho a la propiedad privada. Este derecho, que fue resguardado por generaciones anteriores sin necesidad de títulos formales, representaba más que posesión: era libertad, autonomía e identidad.

Frente a los posibles abusos o silencios institucionales, se recuerda que el recurso de amparo sigue siendo una herramienta legítima de defensa. Sin embargo, su uso debe evaluarse con responsabilidad, considerando tanto sus alcances como sus posibles consecuencias.

Marco Levy redacta carta referente a presunta violación de los derechos de los pueblos tribales del Caribe Sur de Limón, según convenio 169 de la OIT 

El pasado 18 de marzo de 2024, desde Limón, Marco Levy envió el documento AEL-0058-2024, dirigido al Consejo Municipal de Talamanca, referente a  presunta violación de los derechos de los pueblos tribales del Caribe Sur de Limón, según convenio 169 de la OIT.

En dicho documento Marco informa que la Municipalidad de Talamanca se encuentra en proceso de elaborar el Plan Regulador Costero, que corresponde al instrumento técnico y legal de planificación conformado por un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento, y a su vez solicita al Consejo informar si la Municipalidad tiene a su disposición algún mapa oficial que delimite el territorio ancestral de los afrodescendientes, toda vez que dichas áreas están protegidas a nivel internacional y pertenecen a la población tribal afro. Por lo que no pueden ser incluidas o afectadas por ningún plan regulador. Sin embargo, Marco informa que en caso de que el ente Municipal no cuente con el mapa descriptivo de ubicación y límites del territorio ancestral afrodescendiente, el mismo solicita suspender el trámite administrativo del Plan regulador Costero, e iniciar las gestiones ante el Poder Ejecutivo para que delimite las citadas áreas, pues de lo contrario en el trámite normal de éste plan regulador, se podrían estar afectando terrenos ancestrales de los afrodescendientes, lo cual no es permitido por distintos tratados internacionales que se citan en el documento.

En respuesta, el Consejo informa que este documento fue conocido en la sesión ordinaria 200 del 20 de marzo de 2024, donde se trasladó a dictamen de la comisión municipal de asuntos jurídicos y que la respuesta se le comunicará una vez se cuente con ella.