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Etiqueta: territorios indígenas

Un fallo que honra la vida de Sergio Rojas Ortiz

Por Osvaldo Durán-Castro/Sociólogo ITCR-ecologista FECON

El fallo No. 2022024725 de la Sala Constitucional del 19 de octubre de 2022 reafirma lo que la Sala Primera había reconocido con total claridad en al menos catorce sentencias: que dentro de los territorios indígenas desde la entrada en vigencia de la Ley Indígena N° 6172, publicada en La Gaceta N° 89 del 10 de mayo de 1978, cualquier “venta o compraventa de propiedades es absolutamente nula», como dijo el magistrado Fernando Castillo. La Sala IV reconoce el derecho de los pueblos originarios al rechazar un recurso contra algunas resoluciones de la Sala Primera, mediante las cuales esta Sala había rechazado la pretensión de ocupantes ilegales de consolidar esos negocios de “mala fe”.

La violencia generada por la usurpación de los territorios originarios y el no reconocimiento de la Ley indígena y de otras leyes nacionales, lo mismo que de convenios internacionales como el 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, han impedido poner en práctica lo que con toda claridad señala el artículo 3 de la Ley indígena: “Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas. Los indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas. Todo traspaso o negociación de tierras o mejoras de éstas en las reservas indígenas, entre indígenas y no indígenas, es absolutamente nulo, con las consecuencias legales del caso”.

El fallo de la Sala IV limpia la dignidad de Sergio Rojas Ortiz, pisoteada y vilipendiada en razón de su lucha. Reconfirma que Sergio en esta materia siempre tuvo la razón, que ninguno de sus argumentos estaba errado, que tenía total conocimiento de la legislación nacional e internacional en la que respaldaba cada una de sus acciones, que el derecho consuetudinario y cultural de los pueblos originarios también era y sigue siendo válido, y que su muerte no fue más que una expresión de todas las formas de violencia que han soportado los pueblos originarios.

Este fallo reivindica la lucha que Sergio mantuvo por décadas con cientos de personas indígenas en medio de descalificaciones de los gobiernos y de la institucionalidad. Y tal vez, uno de los aspectos al que más hay que poner atención, es que cuando Sergio fue encarcelado por 7 meses sin que nunca se le hiciera una acusación formal, estaba enfrentando clara y directamente el racismo, el odio y la persecución que alguno.as funcionario.as del Poder Judicial descargaban contra él y contra los pueblos originarios. Es por racismo que se siguen negando los derechos de la gente indígena y se juzgan las usurpaciones como disputas ordinarias de derecho agrario.

La inteligencia de Sergio se fundía con su sabiduría y su paciencia segura y silenciosa ante las agresiones, y esto resultada desconcertante para sus enemigos abogados, jueces, carceleros y terratenientes usurpadores; y hasta para la gente indígena que no compartía su trabajo. Sin embargo, esas fueron las cualidades que le dieron arrojo hasta el último minuto de vida en las montañas de Yeri donde lo acribillaron. De alguna manera el odio con que lo mataron se empequeñece con este fallo de la Sala Constitucional. Sergio y la gente indígena que sigue defendiendo sus derechos siempre han tenido la razón, y su muerte, y la de Jerhy Rivera Rivera, sólo se explican por el racismo que con distintas expresiones persiste en una parte de la sociedad costarricense y, desgraciadamente, en alguna parte de la institucionalidad insensible e deliberadamente negligente.

Otra de las hazañas de Sergio Rojas Ortiz fue trabajar por los derechos legítimos de sus pueblos desde la Asociación de Desarrollo Integral de Salitre. Llegar a presidir esa ADI fue por sí sólo un reto que siempre había sido impensable para la mayoría de la gente indígena, aun cuando querían desprenderse de los controles “sikuas”/no indígenas. Esos eran tiempos en que, sin tapujos, las ADIs de los territorios indígenas eran manipuladas, controladas y dirigidas sin el menor cuidado por entidades como la Comisión nacional de asuntos indígenas (CONAI), DINADECO, ministerios, partidos políticos y hasta terratenientes ocupantes ilegales de tierras indígenas. “Hubo muchos casos en que los mismísimos finqueros eran presidentes de las ADIS dentro de nuestros propios territorios, y nosotros estábamos por debajo de ellos, como aplastados, la mayoría de la nuestra gente estaba con miedo y sin fuerzas para hacer alguna resistencia”; así lo reconocen Pablos Sivas Sivas y otras personas que estuvieron con Sergio por décadas pero mucho más luego del 2010, cuando las recuperaciones se convirtieron en la acción directa de hacer valer derechos jurídicos y culturales en su propia tierra.

Romper con el dominio sikua de las ADIs era romper con un cimiento del colonialismo viejo y moderno. Eso supuso enfrentamientos con todo en “andamiaje” del Estado, y también con mucha gente de los propios pueblos. De hecho, hasta hoy persisten las confrontaciones entre ADIs y Consejos de Mayores que son la forma cultural de organización indígena, sobre si son o no legales las recuperaciones. En esa disputa está quedando claro que los Consejos de mayores que siguen la línea de trabajo de Sergio Rojas tienen la razón.

Cuando Sergio estuvo al frente de la ADI de Salitre se inició una fase histórica para los pueblos originarios. Su presidencia en la ADI le permitió a la gente indígena comprender que a pesar de que esas organizaciones se implantaron para sustituir sus organizaciones culturales, se podían usar para recuperar y defender sus derechos. Eso fue algo que jamás le perdonaron. Efectivamente, Sergio actuó con una determinación descomunal y una inspiración que estimuló a su pueblo. Desde esos años Sergio tuvo la claridad que hoy reafirman las instancias jurídicas de mayor rango en el país. Su ausencia de miedo y su certeza se podrían resumir en la pregunta que él mismo le hacía a la gente que quería sumarse a las recuperaciones: “¿Están dispuestos a morir?”. Esa misma pregunta se la siguen haciendo hombres y mujeres recuperadoras que hoy viven en vilo, “con un ojo cerrado y el otro abierto”, porque las agresiones no han terminado. Pero a pesar de la inseguridad, lo que sí se reconoce en los territorios recuperados es que hay muchas semillas de Sergio germinando.

Sergio no se esperó a resoluciones para ejercer sus derechos y estaría celebrando este fallo sin dejar de afilar las herramientas para recuperar más tierras. Con la sentencia de la Sala IV se reafirma que es correcta la acción de los pueblos que están ejerciendo justicia por su propia mano, recuperando su tierra en Saka Duwë Senaglo, Seglö Kaskä, Kono Jú, San Andrés, Crun Shurin, Yuwi Senaglo y Kelpego. Aunque el fallo no es el fin de este proceso, sí es una señal concreta de que se pueden recuperar la tierra y los derechos de los pueblos originarios que fueron negados por siglos.

Este fallo contribuye a limpiar la ultrajada vida de Serio Rojas Ortiz y ojalá sea un refuerzo para que la sociedad costarricense supere todas las formas de discriminación y racismos contra los pueblos originarios. Eso implica conocer los derechos de estas personas, como los establecidos en la Ley indígena. Ya no hay pretexto para que todas las tierras usurpadas desde que entró en vigencia la Ley indígena no sean devueltas a los pueblos originarios que son sus legítimos dueños. De nuevo se ponen a prueba la voluntad y la capacidad de la institucionalidad de Costa Rica, y especialmente de quienes deben actuar para hacer valer esos derechos. ¿Con qué fundamento un tribunal de menor rango podría juzgar en sentido contrario de lo sentenciado tantas veces por la Sala Primera y ahora por la Sala IV?

El fallo es un avance muy importante pero no elimina las dificultades, como se comprueba con el rechazo y las controversias que ya se exponen, por ejemplo, en un audio que circula en Buenos Aires de Osa, cuyo emisor desconocemos: “Si ese artículo (el 3) de la ley estuvo malo , la gente no tiene la culpa porque la mayoría de la gente no conoce las leyes y los abogados desconocen un montón de normas que no se deben aplicar…”

“…aquí no existe ningún poseedor de mala fe todos son de buene fe…,…entraron a ejercer derechos…todos comprados…”.

“…ya están llenando las arcas los Arburola y otro grupo ahí para pedirle plata a la gente para hacer otro juicio y perderlo”.

Sala Constitucional declara nulidad de todas las compraventa de tierras por parte de personas no indígenas

Comunicado público

Sala Constitucional declara nulidad de todas las compraventa de tierras por parte de personas no indígenas dentro de los Territorios realizadas posterior a la entrada en vigencia de la Ley Indígena de 1977.

Jueves 20 de octubre de 2022. El 31 de agosto de 2021 Rodrigo Arauz Figueroa interpuso acción de Inconstitucionalidad contra la jurisprudencia de la Sala I de la Corte Suprema de Justicia en relación al artículo 3 de la Ley Indígena; expediente 21-017138-0007-CO.

El día de ayer miércoles 19 de octubre de 2022, mediante el fallo No 2022024725, la Sala Constitucional, por mayoría, declaró sin lugar esa acción de inconstitucionalidad interpuesta en contra de dicha jurisprudencia en relación con el artículo 3 de la Ley Indígena, el cual establece «Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas. Los indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas. Todo traspaso o negociación de tierras o mejoras de éstas en las reservas indígenas, entre indígenas y no indígenas, es absolutamente nulo, con las consecuencias legales del caso».

El Por Tanto del fallo constitucional indica “Por mayoría se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad. La magistrada Garro Vargas y el magistrado Garita Navarro salvan el voto y declaran inconstitucional la línea jurisprudencial impugnada en cuanto asume, de manera genérica, la existencia de mala fe en la causa adquisitiva del negocio traslativo de dominio a partir, exclusivamente, de la vigencia del artículo 5 de la Ley Indígena y, por ello, de la nulidad originaria del negocio de traspaso, derivada de lo dispuesto en el citado artículo. La magistrada Garro Vargas consigna nota.”; la totalidad del fallo se conocerá en un mes y medio aproximadamente, de acuerdo a los tiempos del ente judicial.

El magistrado de la Sala Constitucional Fernando Castillo, se refirió al fallo por medio de unos audios dirigidos a la prensa, en los cuales indica:

“La jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia establece una regla de derecho en el sentido de que todas aquellas personas no indígenas que han comprado tierras dentro de las reservas indígenas con posterioridad a la promulgación de la citada Ley, se considera que no han actuado de buena fe, consecuentemente, se llega a la conclusión de que esa venta o compraventa de propiedades es absolutamente nula».

«Dicha regla de derecho es conforme al derecho de la Constitución, es decir conforme a los valores, principios y normas constitucionales, de ahí que la Sala por mayoría decidió declarar sin lugar la acción de inconstitucionalidad y sostener la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia y consecuentemente, hacer estas ventas nulas al considerarse de que no hay buena fe el Estado no está en la obligación de indemnizar a los compradores, no indígenas ni mucho menos ejercer la potestad expropiatoria».

Sobre este caso, el 22 de setiembre de 2021 la Sala Constitucional resolvió acoger la acción planteada para resolver y ordenó publicar por 3 veces en el Boletín Judicial 192 del 6 de octubre de 2021, pág. 9 y 10, lo siguiente:

«Para que en los procesos o procedimientos en los que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso…lo único que no puede hacerse es dictar sentencia.

Lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procesos tenientes a agotar esta vía” por lo que una vez resuelta la acción planteada, deberán dictarse las sentencias y resoluciones correspondientes.

Esta resolución de la Sala Constitucional viene a reafirmar lo expresado y sostenido por varias organizaciones, principalmente las organizaciones propias de Pueblos Originarios, y desmiente lo externado por los grandes terratenientes que ocupan ilegalmente estos Territorios, sus representantes legales y organizaciones como la Asociación Multiétnica y Pluricultural de Buenos Aires.

Las organizaciones firmantes, celebramos este fallo y solicitamos vehementemente que el Estado de Costa Rica cumpla con su obligación de garantizar el derecho a la tierra- territorio a los Pueblos Originarios; por lo que el Poder Ejecutivo deberá realizar sin dilaciones los desahucios administrativos priorizados por estos Pueblos en cada Territorio y el Poder Judicial deberá resolver con celeridad conforme a derecho, el bloque de constitucionalidad, la normativa nacional e internacional, los derechos humanos de Los Pueblos Originarios y la resolución de la Sala Constitucional aquí indicada.

– Concejo Ditsö Iriria Ajkönu Wakpa de Salitre.

– Consejo Iriria Sat Kök de Yäbamï Dí (Cabagra).

– Recuperadoras/es Cabécar de Kono Jú.

– Recuperadoras/es Cabécar de Yuwi Senaglo.

– Recuperadoras/es Cabécar de Seglö Kaskä.

– Recuperadoras de Saka Duwë Senaglo.

– Recuperadoras/es Cabécar de Kelpego.

– Recuperadoras/es Naso Brörán de Crun Shurin.

– Recuperadoras/es Naso Brörán de San Andrés.

– Consejo Indígena Regional Pacífico Sur de Yimba Cäjc.

– Cootraosa.

– Comité de lucha por la tierra Finca Chánguina.

– Coordinadora de Lucha Sur Sur.

Independencia y encuentro de culturas

Filidencio Cubillo Morales, Indígena Bribri, Talamanca.

El mes de septiembre, el mes de la patria. Ya que se escucha el estruendo de los tambores.

Para las poblaciones originarias del país, ¿qué independencia se conmemora? Nuestra autonomía, libre determinación, gobernanza, están determinadas por los entes del Estado. Los productos agrícolas están sujetos a precios que determina el intermediario, precios ridículos. No existen políticas del gobierno central para promover la producción orgánica, establecer mercados estables, seguros y precios justos. Nuestras expresiones y manifestaciones culturales y espirituales son satanizadas por grupos radicales. Los recursos naturales del subsuelo y suelo de los territorios indígenas siguen siendo minas de intereses extractivistas, de un sinnúmero de “políticas de asimilación forzada”.

¿Dónde está el patriotismo que recibe cientos de ilustres ciudadanos?, ¿esos son los que se recetan pensiones de lujo?, ¿serán los que viven a costillas del pueblo? Robando y “orondos”. Entonemos el himno con hidalguía, pero asimilemos su letra, démosle sentido. Seamos patriotas, no simples patrióticos.

Decoran sus carros, casas, con símbolos, pero sus corazones están lejos de la patria, ¿no serán siervos menguados…?

El 12 de octubre, Encuentro de Culturas, nos imponen festejar, conmemorar un encuentro de culturas, pero lo histórico refleja una dolorosa, cruel pasión de los pueblos originarios, la extinción de culturas enteras, violación a nuestras abuelas, madres y saqueo de las riquezas. En la actualidad siguen violando, denigrando la dignidad de nuestras hermanas, hijas y sigue el saqueo de las riquezas naturales, nos obligan a conmemorar estos actos propios de Satanás. Actos que son “proyectos de muerte”.

Acto abominable, del maligno danzar, sentir euforia por la historia macabra, festejar la memoria siniestra de nuestros antepasados ¿Cómo se les ocurre?

Por qué no hacer actos para concientizar sobre la conservación, protección y defensa de la tierra. La Madre Tierra. La defensa de los derechos de los pueblos indígenas, de los territorios indígenas. Declarar día de la Madre Tierra.

Nos resta unir nuestras voces al Papa Francisco:

 “Por los traumas de violencia sufrida por nuestros hermanos y hermanas indígenas”

 “En este lugar bendito, en donde reina la armonía y la paz, te presentamos las desarmonías de nuestra historia, los efectos terribles de la colonización, el dolor inextinguible de tantas familias, de abuelos y de niños. Ayúdanos a sanar nuestras heridas”. (Papa Francisco, Canadá, julio de 2022).

Obras del grupo Parcele@s Brörán de Finca San Andrés

Territorio Brörán de Térraba.

Finca San Andrés. Agosto 2022.

Por medio del trabajo colectivo, un fondo colectivo, el intercambio de semillas y la solidaridad, Parceler@s de Finca San Andrés han venido realizando obras de beneficio comunal.

La construcción de obras para un acueducto, arreglo de caminos, trabajos de preparación de terrenos y siembra son parte de las actividades colectivas que han venido realizando un grupo de Parceler@s Brörán de Finca San Andrés con el objetivo de un buen vivir para tod@s.

Parceler@s de Finca San Andrés.

Coordinadora de Lucha Sur Sur

Informe de José Francisco Calí Tzay, Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

SURCOS comparte el documento del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas relativo al informe del Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, José Francisco Calí Tzay. En el resumen se indica:

En el informe se examina la situación de los pueblos indígenas en Costa Rica con base en la información recibida por el Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas, José Francisco Calí Tzay, durante su visita del 6 al 17 de diciembre de 2021.

El Relator Especial toma nota de la apertura hacia el diálogo entre el Gobierno y los pueblos indígenas y los diversos avances normativos. Sin embargo, es imperativo que el Gobierno dé prioridad a abordar los problemas estructurales, en particular garantizando los derechos de los pueblos indígenas sobre sus tierras, territorios y recursos naturales, el respeto a sus autoridades propias, la adecuada operacionalización de la consulta y la implementación de sus derechos económicos, sociales y culturales. El Relator Especial expresa preocupación por el racismo estructural que permea, en particular, los niveles locales del poder judicial, y la falta de medidas efectivas para tutelar a las personas defensoras de los derechos humanos y la impunidad por los crímenes cometidos contra las personas defensoras de la tierra”.

Este es el documento para descargar:

Programa Pueblos Indígenas Agroecología y Buen Vivir. Universidad Nacional, Costa Rica – PRONUNCIAMIENTO

Recientes eventos acaecidos en las últimas semanas alertan sobre amenazas latentes a la estabilidad, el buen vivir y al cumplimiento de los derechos humanos de los pueblos indígenas de Costa Rica.

1. La defensora de los habitantes Catalina Crespo en declaraciones al periódico La Extra (https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479409/defensora-visita-salitre-y-se-espanta-con-lo-que-ve) censuró al movimiento de recuperaciones de tierra y territorio por la vía de hecho: “Esto es ilegal”. Esta toma de posición resulta de una visita a un grupo de personas reconocidas por su posición contraria y enemistad con los pueblos indígenas de la región, no solo del territorio de Salitre donde ocurrió la reunión. No se conoce que haya visitado otros grupos sociales para tener un panorama más amplio del conflicto.  Con esta manifestación parcializada Crespo se convierte en “defensora” de un grupo anti-indigenista.

2. La señora Crespo asume el discurso malintencionado de que los indígenas recuperadores de tierra son violentos. Sin embargo, se le recuerda a la Defensora que son los indígenas los que han sido asesinados y agredidos de muchas formas en los últimos 10 años. (80 agresiones en el año 2020 y 86 agresiones en 2021según reporta la organización Coordinadora de Lucha Sur Sur. Semanario Universidad, 7 julio, 2021)

3. Las declaraciones de la defensora ocultan el hecho de que la omisión del Estado en cumplir la ley indígena No. 6172 de 1977 es un acto de violencia que se prolonga por 45 años. El letargo del Estado costarricense es complaciente con las invasiones de no indígenas y además parece potenciar la compra y venta de tierras en territorios indígenas; El hecho fomenta la ilegalidad y la impunidad de delitos contra los derechos humanos. (Asesino de Jerhy Rivera confiesa crimen. https://semanariouniversidad.com/pais/presunto-asesino-de-indigena-jerhy-rivera-confiesa-el-asesinato-en-actividad-oficial-en-buenos-aires-donde-lo-aplauden-y-vitorean/ Seminario Universidad, 18 de agosto 2022).

4.  Las recuperaciones de hecho de los últimos doce años son un clamor desesperado de indígenas costarricenses ante la no aplicación de la ley que los lleva a hacer justicia por su propia mano. El movimiento indígena que realiza las recuperaciones de tierra/territorio está haciendo una acción que le concierne al Estado (Artículo 5 Ley Indígena 6172) pero enfrentando violencia, racismo y asesinatos.

5. El 9 de agosto, el presidente en ejercicio y su ministro de Justicia y Paz firmaron una directriz que busca crear una ruta para mejorar la atención de la población indígena de Costa Rica. Para tal fin se creó la Mesa Técnica Interinstitucional.  Sin embargo, su modo de operar es violatorio del derecho indígena. Dicha Comisión hizo una ronda de reuniones durante el presente mes de agosto del 2022 en los territorios indígenas del país en las cuales se permitió la participación y el protagonismo de personas terratenientes no indígenas, esa situación condujo al silenciamiento de los que debían ser escuchados, así como al descredito y desconfianza de que el producto de esas reuniones pueda “mejorar la atención de la población indígena”.

6. El Consejo de Mayores de Salitre (CODIAW), se abstuvo de participar de la reunión de su territorio por sentir “la amenazante presencia de personas no indígenas usurpadoras en diferentes territorios” en un mismo recinto; según manifestaron en su pronunciamiento público del 17 de agosto del 2022.

7. Denuncias similares se recibieron de las reuniones de la Mesa Técnica realizadas en los territorios Cabécar de Ujarrás y Bribri de Cabagra. En esas reuniones se impuso la voz de terratenientes no indígenas, ocupantes irregulares de territorios indígenas y fue silenciada la voz de representantes indígenas.

8. La reunión realizada en la noche del miércoles 17 de agosto del 2022 en la Escuela Rogelio Fernández, en Buenos Aires de Puntarenas, por parte de la Mesa Técnica y con la presencia del viceministro de Paz, Sergio Sevilla Pérez, fue escandalosa, repugnante y evidencia la amenaza latente a la vida, al derecho indígena y a la paz social del cantón de Buenos Aires. En esa reunión de trabajo un hombre de apellidos Varela Rojas confesó haber asesinado al líder indígena y defensor del ambiente Jerhy Rivera Rivera ante el aplauso de la mayoría de los convocados y la indiferencia de la mesa presidida por el viceministro de Paz. (https://semanariouniversidad.com/pais/comisionado-de-inclusion-social-estuvo-en-reunion-en-la-que-hombre-confeso-haber-asesinado-a-indigena-yehry-rivera/).

9. Instamos vehementemente al gobierno del presidente Chaves y su ministro de Justicia y Paz para que la definición de una política indígena se realice mediante la escucha y consulta exclusiva a los pueblos indígenas y sus organizaciones propias según sus culturas.

10. Las asociaciones de desarrollo indígena (ADI) lesionan la autonomía indígena, no son representativas y funcionan como una agencia del Estado en los territorios indígenas.  Tienen mucho poder y son espacios de clientelismo político. El presidente Chaves las calificó como “club de amigos” por su débil representación de los territorios. https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479170/-las-adi-son-un-club-de-amigos-

11) La acción del Estado debe apuntar a saldar la deuda de 45 años con los pueblos originarios. Debe ser prioridad absoluta del Estado costarricense la devolución de las tierras invadidas a sus legítimos dueños los indígenas que habitan sus territorios desde tiempos precolombinos.

Heredia, 24 de agosto del 2022

Presunto asesino de Jerhy Rivera es aplaudido y vitoreado mientras confiesa el asesinato en una actividad oficial en Buenos Aires, Costa Rica

Comunicado de la Coordinadora de Lucha Sur Sur.

Jueves 18 de agosto 2022. Los lamentables hechos se dieron durante una reunión entre una comisión de la Mesa Técnica Interinstitucional para la construcción de la ruta de trabajo y la atención de la Población Indígena y la Asociación Multiétnica y Pluricultural, el día de ayer en la noche en la Escuela Rogelio Fernández, en el cantón de Buenos Aires de Puntarenas.

Como se puede apreciar en el video de Radio Cultural Buenos Aires que acompaña esta nota, en la reunión mencionada, el presunto asesino de Rivera Rivera, Luis Eduardo Varela Rojas fue presentado por Leonel Arburola Flores como una víctima. Posteriormente Varela Rojas expresa con orgullo y emoción “yo fui el que lo maté”, miente abiertamente sobre las circunstancias del asesinato y durante su elocución es aplaudido y vitoreado de forma eufórica en 5 ocasiones por el público presente.

El público presente eran las y los miembros y seguidores de la Asociación Multiétnica y Pluricultural, organización que ha participado y promovido múltiples actos de agresión, discursos de odio, racismo y discriminación contra los Pueblos Originarios de la Zona Sur de Costa Rica, por lo cual ha sido denunciada públicamente y algunos de sus miembros denunciados judicialmente.

El caso por el asesinato de Jerhy Rivera Rivera fue elevado a juicio por el Juzgado Penal de Buenos Aires el 18 de octubre del 2021 y se conoce bajo el expediente 20-000108-0990-PE. La Fiscalía Adjunta de Narcotráfico y Delitos Conexos precisó que Varela Rojas es acusado de homicidio calificado, amenazas agravadas y portación ilegal de arma permitida.

El asesinato de Rivera se dio en el territorio Bröran de Térraba cuando se  llevaban a cabo procesos de recuperación de tierras y las y los recuperadores fueron asediados, amenazados y agredidos por una turba de 150 personas, organizada por terratenientes que ocupan ilegalmente terrenos dentro de varios territorios de los Pueblos Originarios de la zona Sur; fue en medio de un ataque organizado de 2 días (23 y 24 de febrero de 2020) que se dio el asesinato de Jerhy Rivera.

Según indicó el Ministerio Público, en comunicado que emitió después de la audiencia preliminar, “Según la acusación, en medio de la muchedumbre, al menos tres personas no individualizadas sujetaron a Rivera, y, aprovechando su estado de indefensión, Varela, un indígena de la etnia boruca, utilizó un arma de fuego y disparó en dos ocasiones al ofendido”, los disparos impactaron en el dorso y brazo izquierdo de Rivera, causándole la muerte.

Desde la Coordinadora de Lucha Sur Sur, lamentamos y condenamos estos actos y manifestaciones de racismo y odio, tan frecuentes en ciertos grupos del cantón de Buenos Aires y requerimos que las autoridades competentes toman las acciones necesarias para terminar con este racismo y violencia hacia los Pueblos Originarios.

Solicitamos a las instancias respectivas del Poder Judicial, investigar el supuesto actuar delictivo de la Asociación Multiétnica y Pluricultural y sus miembros (as). Y se resuelvan los casos de asesinato de Sergio Rojas Ortiz y Jerhy Rivera Rivera.

¡Justicia para Sergio, Jerhy y los Pueblos Originarios!

Este es el video publicado en Facebook por la Coordinadora de Lucha Sur Sur:

Compartido con SURCOS por la Coordinadora de Lucha Sur Sur.

Recuperador de Crun Shurín a 12 años de la arrastrada

Pablo Sibar Sibar
9 de agosto 2022

Voy a decir lo que siento en estos 12 años que han pasado después de la arrastrada de la Asamblea Legislativa el día 9 de agosto 2010, ese día ahí estaba una Defensora que salió corriendo, dejándonos solos como siempre hemos estado… desde que nuestras tierras fueron invadidas.

Ahí a las 2 de la madruga abrazados para poder repeler el frio de esa Ciudad fue que conversamos que habitamos agotado toda las vías para que el Estado Costarricense nos devolvieran nuestras tierras y ni siquiera nos escuchaban.

Por lo que tomamos la decisión de no volver más a San José a reclamar nuestros derechos que los  comenzaríamos a exigir en nuestros territorios con las recuperaciones de hecho y derecho, que nos arrastraran en nuestro territorios, es así que se empezó con las recuperaciones, hoy hemos recuperado una pequeña parte.
 
Pero cumpliendo los 12 años otra defensora nos cataloga de violentos y dice que no podemos recuperar, que los Derechos Humanos se tienen que respetar. Yo me pregunto: ¿y quién ha hecho que nuestros Derechos Humanos se respeten?, ¿no es la Defensoría que debería de exigirle al Estado que nos devuelvan las tierras y que nos dejen resolver lo interno entre nosotros? Pero nos siguen tratando como si no pensáramos, como seres inferiores.

En mis más de 40 años de lucha he escuchado muchos gobiernos decir “vamos a solucionar los problemas”, pero todo ha continuado igual. Cuando dicen que las recuperaciones no se pueden hacer yo les digo que nos den la solución, a nosotras y nosotros no nos han dejado otro camino.

Hoy escucho al Presidente decir que las asociaciones son un club de amigos, pero llevamos años exigiendo que se cambien estas figuras que muchas solo daño le causan a nuestros territorios y no se hace nada. Algunos territorios llevamos años luchando porque se nos reconozca nuestras organizaciones propias sin lograr nada.

Solo quiero decir que me siento orgulloso de ser Brörán y recuperador, que las recuperaciones significan vida, sabiduría, esperanza; que podemos trabajar nuestra propia espiritualidad pero que nuestras recuperaciones también fortalecen a todas y todos los costarricenses, que son vida para toda la humanidad.

Así que espero todavía creer en un estado de derecho, que el Gobierno cumpla con devolvernos las tierras y nos permita una gobernanza propia, que existimos los pueblos indígenas y que merecemos respeto para seguir engrandeciendo este país que lo podemos convertir en la maravilla del mundo.

Ese es mi humilde comentario de hoy 12 años después de la cruel ARRASTRADA de la Asamblea Legislativa, donde lo único que pedíamos era que convocaran el proyecto de ley 14352.

Muchas gracias por leer y solicito lo divulguen.

Nuevo ataque contra familia recuperadora en el territorio Bribri Yäbami Dí (Cabagra)

El pasado 27 de julio de 2022 fue cortada la siembra de arroz en la recuperación de la comunidad Dí Bütôk wüyïrké en el Territorio Bribri de Yäbami Dí conocido como Cabagra. Se presume que el sospechoso del ataque es el ex ocupante ilegal; llamado Luis Ángel Pérez Jiménez.

El inicio se da el martes 26 de julio alrededor de las 6:00 AM. La Familia Sandí Morales, Bribri del Clan Duri Wak se dirigió a trabajar en el arrozal que sembraron como parte del proceso de recuperación de tierra-territorio y que se encontraba a punto de ser cosechado. Para su sorpresa, el arrozal se encontraba completamente destruido y la cosecha, por lo tanto, se dio por pérdida. Este ataque atenta directamente con la alimentación de la Familia Bribri y recuperadora del territorio; Sandí Morales.

El ataque se dio en el territorio que se encuentra a 400 metros norte de la escuela de la comunidad Dí Bütôk wüyïrké, conocida en español como Las Juntas del Territorio Bribri de Yäbami Dí. El proceso de recuperación inició el 28 de abril del 2021, siendo ocupada ilegalmente, hasta ese momento, por Luis Ángel Pérez Jiménez.

Desde entonces, Luis Ángel Pérez Jiménez respondió con diversos ataques en contra de la Familia recuperadora Sandí Morales. También, Pérez Jiménez pertenece a la Comisión Pluriétnica y Multicultural; organización que aglutina distintas personas que, ocupan u ocupaban ilegalmente terrenos en los Territorios Indígenas de la Zona Sur de Costa Rica.

Entre las denuncias judiciales en contra del no indígena, Luis Ángel Pérez Jiménez, se encuentra la establecida por amenazas agravadas del 8 de junio del 2022 y del Expediente: 21-0000360-0634-PE que fue interpuesta ante la Fiscalía de Buenos Aires. Según lo relatado por el recuperador, Donald Sandí Morales, Pérez Jiménez les amenazó, al decir: “ese ganado no me lo van a sacar en ningún lado y esa agricultura no la van a aprovechar”. Amenaza que se sospecha fue cumplida el día 27 de julio.

Por lo anterior demandamos: 

  1. Que el Estado de Costa Rica ejecute el desalojo administrativo contra Luis Ángel Pérez Jiménez quien ocupa ilegalmente un terreno en Yäbami Dí.
  2. . Que la Fuerza Pública garantice la integridad y vida del Pueblo Bribri de Yäbami Dí.
  3. Que la Fiscalía Indígena, OIJ y Defensa Pública se presente lo antes posible en el terreno recuperado para tomar las denuncias y realizar las diligencias necesarias para establecer las responsabilidades respectivas y se ordene, como medidas cautelares, que Pérez Jiménez se retire del Territorio Bribri Yäbami Dí.
  4. Que el Poder Judicial investigue el supuesto actuar delictivo de la Comisión Multiétnica y Pluricultural.

¡Justicia para Sergio, Jerhy y los Pueblos Originarios!

Familia Recuperadora Sandí Morales, Clan Duri Wak.

Consejo Iriria Sat Kök.

Coordinadora de Lucha Sur Sur.

 

Imagen ilustrativa.

PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO – Acerca de la visita de la Defensora de los Habitantes al Territorio Indígena de Salitre, Cantón de Buenos Aires ¿Inconsistencia o cambio de posición de la Defensoría?

21 de julio del 2022

Los abajo firmantes, investigadoras e investigadores de las universidades públicas, expresamos nuestra preocupación por las opiniones emitidas por parte de la señora Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo Sancho a raíz de la visita que realizó al territorio Indígena de Salitre. Dicho evento, fue publicado por un diario nacional que la difunde bajo los titulares: “Defensora visita Salitre y se espanta con lo que ve” (8 de julio del 2022) y “Funcionarios de Defensoría ocultaron lamento indígena” (11 de julio del 2022)1. Posteriormente, esta acción fue objeto de otras publicaciones en la prensa nacional: “Defensora visita Salitre guiada por abogada condenada a cárcel por usurpar tierras indígenas” (11 de julio del 2022) y “Defensora de los Habitantes califica de ilegales las recuperaciones de los territorios indígenas” 2; el sindicato de la Defensoría también manifestó inquietud por las declaraciones de la señora Crespo3, así como varias organizaciones indígenas cuestionaron en diferentes publicaciones las declaraciones de la señora Defensora4. Luego, el diario vocero de esa visita, agregó un nuevo titular: “Denuncian a funcionarios de la Defensoría de los Habitantes”5 en la que se consignan denuncias hacia personas específicas de esa institución, según se afirma, por parte de la propia señora Defensora, apoyada en las acusaciones realizadas por las personas participantes en la reunión referida.

Ante esta situación consideramos imprescindible manifestarnos y señalar lo siguiente:

1. Los propios pueblos indígenas, los organismos internacionales, diferentes organizaciones no gubernamentales, y la Defensoría de los Habitantes han documentado y denunciado durante décadas y en repetidas ocasiones, la grave violación a los derechos de los pueblos indígenas en nuestro país, la cual ha venido escalando y agudizando a vista y paciencia de la institucionalidad pública y de las autoridades de todos los poderes de la República. Hay avances formales y normativos pero no hay resultados efectivos, ni en la solución de las situaciones urgentes, como lo son la recuperación de sus tierras y la legítima auto representación política, ni en los problemas estructurales e históricos de esta población.

La Ley Indígena 6172 de 1977, la firma del Convenio 169 de la OIT por parte de nuestro país, el voto a favor de la Declaración de la Naciones Unidad sobre el Derechos Indígenas adoptada en 2007 entre otras normativas han sido obviadas en nuestro país. Las Medidas Cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no han sido seguidas eficientemente por el Estado y ni siquiera la legislación general para las y los ciudadanos costarricense se aplica de la misma manera cuando se trata de personas indígenas.6

Hay en esta acción continuada, más que una desaplicación de la ley, una negación persistente de la condición de sujetos históricos y de sujetos de derechos de las personas y de los pueblos indígenas, que es en extremo preocupante.

2. En el caso de las recuperaciones de tierras en Salitre, es necesario considerar la insistencia y gestión indígena durante decenas de años para reclamar sus tierras por todas las vías legales posibles. Desde los años noventa los indígenas venían planteando procesos judiciales agrarios de reivindicación, que en algunos casos tardaban hasta 8 o 10 años en ser fallados en favor de la comunidad indígena. Luego sucedía que las órdenes de desalojo no se concretaban por múltiples razones de tipo administrativo y hasta político.

Las recuperaciones de tierras son acciones desesperadas que tienen una justificación en la desidia institucional, en la negación de acceso a la justicia, y en la presión histórica que los usurpadores no indígenas ejercieron para dominar en todas las esferas, y apropiarse de estas tierras impunemente. 

Después de una década de las primeras recuperaciones que se dan en el 2012 en Salitre, la intervención estatal ante este hecho continúa pendiente. El Plan RTI (Plan Nacional de Recuperación de Tierras Indígenas) elaborado por el INDER (Instituto de Desarrollo Rural) para atender esta problemática es todavía un documento que está en etapa de campo y no ha logrado hacer efectiva ninguna devolución territorial, después de más de 6 años de haberse iniciado.

De manera tal, que ni las acciones administrativas, ni las acciones legales emprendidas por los pueblos indígenas han tenido resultados contundentes, por lo que las recuperaciones territoriales se mantienen en el horizonte como la única posibilidad de resarcimiento de sus derechos territoriales, aunque esto signifique asumir riesgos contra la integridad de las personas indígenas. En consecuencia, las reacciones violentas de quienes ocupan ilegalmente el territorio, mientras permanezcan impunes, seguirán abonando a la profundización y extensión del conflicto, que lamentablemente ya ha cobrado la vida de dos líderes indígenas: Sergio Rojas Ortiz y Jehry Rivera Rivera.

3. Según la ley – y lo han reiterado los tribunales de justicia en todas las jurisdicciones- los no indígenas no tienen derechos sobre las tierras indígenas, por eso el papel de un procurador de derechos de la ciudadanía, no es el de ponerse en favor de los usurpadores de tierras, sino en favor de quienes han reclamado por todos los medios, y no les ha quedado más que dirigir sus propias acciones para reivindicar sus derechos.

4. La Defensoría de los Habitantes ha sostenido hasta ahora una posición muy clara en ese sentido, haciéndoles ver a los habitantes no indígenas, que si tienen documentos de propiedad anteriores a 1977 tienen derecho a una indemnización, si por el contrario, adquirieron los terrenos después de 1977, estarían en condición de ilegalidad según la ley y lo que corresponde es el desalojo sin indemnización. Esta explicación la misma señora Defensora la comunicó a la señora Thais Vidal en el año 2020 bajo el oficio: DH-DIND-0176-2020, de manera que dos años después no es posible alegar asombro, ni desconocimiento de una situación que ya conocía y ante la cual había emitido un criterio institucional.

5. Es decir, la Defensoría no solo tiene conocimiento pleno de lo que sucede en los territorios indígenas, de los conflictos, los intereses en juego, las distintas informaciones y desinformaciones circundantes, sino también de los asesinatos, hostigamientos, criminalizaciones y las constantes amenazas de muerte que líderes y lideresas indígenas por parte de finqueros no indígenas, de personas contratadas por ellos o bien, de personas indígenas afines a sus intereses. La señora Defensora ha expresado públicamente que conoce bien esta la situación de los territorios.

6. La Defensoría de los Habitantes ha gozado del respeto y la confianza de lideresas y líderes comunitarios y de la población indígena, gracias al profesionalismo, objetividad, transparencia y coherencia con la que han actuado el personal especializado en derechos indígenas y algunos Defensores y Defensoras a la hora de emitir criterios, informes, alertas, recomendaciones, solicitudes y recordatorios a las instituciones públicas. Estas acciones las han realizado sobre la base de hechos ocurridos en los territorios, datos concretos y observaciones directas. Sin duda, su participación ha sido fundamental en varios momentos críticos en defensa de los derechos indígenas, labor, por cierto, claramente disminuida en los últimos cuatro años.

7.Es ante lo anteriormente expuesto, que nos desconcierta conocer que la señora Defensora emita criterios inconsecuentes y contradictorios con el accionar previo, producto de una reunión en el Territorio Indígena de Salitre donde participaron personas no indígenas que tienen posesiones ilegales en tierras indígenas, cuyas acciones y reacciones organizadas, han desatado violencia, manifestaciones de odio, racismo y sufrimiento. Hostigan e incitan a la violencia, utilizando las redes sociales y algunos medios de prensa para desinformar a la población. Afirmar en ese contexto que las recuperaciones son ilegales es avalar a los usurpadores, revictimizar a quienes han sido agredidos y criminalizar a los defensores de los derechos indígenas.

En particular llama la atención que una de las personas activamente participante -según se dice en la noticia – fuera la señora Thais Vidal, quien fue condenada a tres años de cárcel por usurpación de tierras en Salitre (No. 2016-0321)7 – como es de conocimiento público – llegando al punto de declararse indígena “pluriétnica”8, para obtener su propósito. Dos peritajes culturales llegaron a las mismas conclusiones sobre la falta de legitimidad de documentos aportados por la señora Vidal, acerca de su identidad como indígena bribri y posteriormente la ADI de Ujarrás declaró que tampoco es cabécar. ( Véase Resolución de la Sala Constitucional N°20139-2014 que declara sin lugar Recurso de Amparo). En esas ocasiones, la señora Vidal cuestionó a los profesionales responsables porque sus dictámenes no la favorecen, incluyendo su apelación a la sentencia mediante recurso de casación, el cual la Sala III declaró sin lugar ( R 2017-000585).

Considerando los criterios antes expuestos, con todo respeto solicitamos a la señora Defensora de los Habitantes, que:

  • La Defensoría de los Habitantes conforme a su misión de tutelar los derechos en general y de los pueblos indígenas en particular y en su agenda como Defensora, se mantenga la acción consecuente que la ha caracterizado en la defensa y restitución de derechos de los Pueblos Indígenas, retomando con fortaleza las acciones que estén a su alcance para que se agilice el Plan RTI y todas las acciones institucionales necesarias para garantizar el saneamiento y la seguridad de los territorios indígenas. Así como se ejecuten acciones específicas para garantizar el acatamiento de la normativa nacional e internacional en materia indígena, un papel fundamental de la Defensoría.
  • Aclare la posición de la Defensoría de los Habitantes ante las dudas generadas por sus declaraciones, y en caso de que haya variaciones con el criterio histórico que ha mantenido la institución-, muestre los argumentos y datos que fundamentan un cambio tan importante.
  • En ese mismo sentido, respetuosamente le hacemos un llamado para que el conflicto que viven los pueblos y territorios indígenas por la violación de sus derechos, no sea utilizado para dirimir diferencias institucionales internas, que como es de dominio público, se vienen dando dentro de la Defensoría.

Nombre / Institución:

1. Xinia Zúñiga Muñoz. Investigadora. CICDE – UNED / Proyecto Conflictos Territoriales UCREA-UCR.

2. Denia Román Solano. Proyecto Conflictos Territoriales. UCREA / Esc. Antropología. CIAN UCR.

3. David Solís Aguilar. ProCultura, CICDE-UNED / FLACSO Guatemala.

4. Mauricio Alvarez Mora. Docente en las Escuelas de Geografía, Ciencias Políticas, Programa Kioscos Socioambientales de la UCR y IDELA-UNA.

5. Jeffrey Peytrequín Gómez. Esc. Antropología UCR.

6. Rebeca Arguedas Ramírez. Académica UNED.

7. Andrea Cuenca Botey, Cátedra de Investigación en Ciencias Sociales y Humanidades UNED.

8. Juan Antonio Gutiérrez Slon, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo, CICDE-UNED.

9. Patricia Mora Castellanos. Escuela de Estudios Generales UCR.

10. Alberto Gutiérrez Arguedas, Sede de Occidente y CIEP, UCR.

11.Ma. del Carmen Araya Jiménez, CIAN-UCR.

12. Jorge Arturo Lobo Segura. Escuela de Biología, UCR.

13. Helga Arroyo Araya. Proyecto Conflictos Territoriales. UCREA / Esc. Psicología.

14. Alejandro Alvarado Alcázar, Escuela de Sociología, UCR.

15. Onésimo Rodríguez Aguilar, director, Centro de Investigaciones Antropológicas.

16. María E. Bozzoli Vargas, Proyecto Conflictos Territoriales UCREA/Esc.Antropop. CIAN. UCR.

17. Ana Lucía Calderón Saravia, asesora curricular, Centro de Evaluación Académica, UCR.

18. Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR.

19. Maritza Marín Herrera, Académica de la Escuela de Estudios Generales, UCR.

20. Vernon Soto Lugo. Docente de Ciencias biológicas en la Escuela de Estudios Generales, UCR.

21. Macarena Barahona Riera. Docente e investigadora de Escuela de Estudios Generales.

22. Sylvia Elena Solano Ulate. Docente de la Escuela de Estudios Generales, UCR.

23. María José Chaves Groh. Docente de la Escuela de Estudios Generales e investigadora en el CIEM, UCR.

24. Ángela Ramírez Guerrero. Docente en la Escuela de Estudios Generales, de la Universidad de Costa Rica.

25. Geanina Amaya Rodríguez. Docente de la Escuela de Trabajo Social, Universidad de Costa Rica.

26. César Moya Aburto, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo, CICDE-UNED.

27. Carmen María Camacho Rodríguez, académica e investigadora jubilada (UNA, UCR, ICAP).

28. Verónica Jerez Brenes, docente, Escuela Estudios Generales, UCR.

29. Ernesto Cortes Amador, docente, Escuela de Antropología, UCR.

30. Silvia Rojas Herrera, académica, Escuela de Sociología, UNA.

31. Catalina Carrillo Vargas, académica IDESPO y Sede Brunca, UNA.

32. Mariana Porras Montero, docente de la Escuela de Trabajo Social, UCR.

33. Celia Barrantes Jiménez, docente interina Escuela de Antropología, UCR.

34. Osvaldo Durán-Castro, Sociólogo ITCR/Proyecto Pueblos Originarios-Universidades Públicas-CONARE.

35. Vania Solano Laclé, docente de la Escuela de Antropología y coordinadora del proyecto EC-581 Observatorio para la acción contra el racismo, CIAN-UCR.

36. Francisco Javier Mojica Mendieta, Antropólogo Proyecto Pueblos Originarios-U Públicas-CONARE; docente posgrado en Antropología-UCR; Director de Revista Trama, ITCR.

37. Giovanni Beluche Velasquez. Coordinador del Programa de Humanidades de la UTN.

38. Zuiri Méndez Benavides, docente Escuela de Sociología y Programa Kioscos Socioambientales, UCR.

39. Luis Andrés Sanabria Zaniboni. Proyecto EC-518 Observatorio Bienes Comunes. Programa Kioscos Socioambientales, UCR.

40. José Antonio Mora Calderón. Docente Sede de Occidente y Coordinador de Programa Kioscos Socioambientales para la Organización Comunitaria, UCR.

41. Nathalia Vargas Umaña. Trabajadora Social, Gestora Sociocultural y activista feminista.

42. Mar Fournier Pereira. Docente Escuela de Psicología, UCR

43. Mariana R. Mora. Docente Escuela de Sociología UCR

44. Daniel Solano Ulate. Docente Escuela de Danza, Escuela de Música, UNA.

45. Marcelo Valverde Morales. Académico IDELA, UNA.

46. Luis Paulino Vargas Solís, investigador CICDE-UNED.

47. Ali García Segura. Bribri Talamanca. Investigador Facultad Ciencias y Letras UCR.

48. Paulo E. Coto Murillo, Investigador y docente, CICDE-UNED/ Posgrado de Sociología, UCR.

49. Mariano Saenz Vega, Investigador docente Ad-Honorem, UCR.

50. Anacristina Rossi, Profesora de Estudios Generales. Universidad de Costa Rica.

51. Priscilla Carballo Villagra, investigadora, CICDE-UNED.

52. Pablo Arturo Díaz González, investigador, CICDE-UNED.

53. David Arias Hidalgo, profesor-investigador ITCR-

54. Héctor Ferlini-Salazar, director de SURCOS, docente UCR.

55. Raquel Lafuente Chryssopoulos, profesora-investigadora Escuela de ingeniería en producción industrial, integrante del Consejo Institucional ITCR.

56. Evelyn Hernández Solís, Estadística de la Oficina de Planificación, ITCR.

57. Noemy Quirós Bustos, Coordinadora Centro de Investigación CEQIATEC, profesora-investigadora Escuela de Química, ITCR.

58. Roberto Cortés Morales, Director Escuela de Ingeniería en Computación, ITCR.

59. Isabel Ducca Durán, catedrática jubilada de la Universidad Nacional.

60. Carolina Quesada Cordero, Escuela de Antropología, Universidad de Costa Rica.

61. Nora Garita Bonilla, catedrática jubilada, Universidad de Costa Rica.

Siguen más firmas…

1 https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479409/defensora-visita-salitre-y-se-espanta-con-lo-que-ve. y https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479557/funcionarios-de-defensor-a-ocultaron-lamento-ind-gena

2 https://semanariouniversidad.com/pais/defensora-visita-salitre-guiada-por-abogada-condenada-a-carcel-por-usurpar-tierras-indigenas/ y https://delfino.cr/2022/07/defensora-de-los-habitantes-califica-de-ilegales-las-recuperaciones-de-territorios-indigenas

3 https://delfino.cr/2022/07/sindicato-de-la-defensoria-senala-a-catalina-crespo-por-reunirse-con-usurpadores-de-tierras-indigenas?s=09.

4 https://www.facebook.com/111882987093775/posts/555428809405855/

5 https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479926/denuncian-a-funcionarios-de-la-defensor-a-de-los-habitantes

6 La Comisión impuso a Costa Rica la Medida Cautelar 321-12 desde el 2015 vigente hasta el momento. https://www.oas.org/es/cidh/indigenas/proteccion/cautelares.asp. El país ha recibido la visita de dos Defensores de Derechos Indígenas, James Anaya (2011) y Francisco Cali Tzay (2020) quienes en sendos informes han expresado su preocupación por múltiples violaciones de derechos indígenas en nuestro país. Para mayor información véase https://www.sciencespo.fr/opalc/content/pueblos-indigenas-en-salitre-las-medidas-cautelares-solicitadas-costa-rica-por-la-cidh.html#:~:text=Las%20medidas%20cautelares%20constituyen%2C%20como,de%20la%20CIDH%3A%20la%20violencia

7Dictada a las 11 horas 56 minutos, del 20 de mayo de 2016, por el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Primera. Sentencia de cárcel para Thais Vidal https://www.youtube.com/watch?v=DUF9jcySHBc). La señora Vidal, abogada de profesión, obtuvo ejecución condicional de la pena, lo mismo que su pareja el señor Carlos Gutiérrez Alpízar, abogado y exjuez agrario quienes compran ilegalmente una parcela en Cebror de Salitre a una persona que no era indígena bribrí, pero que de buena voluntad la comunidad indígena la había dejado habitar en el Territorio.

8 ADI de Ujarrás niega identidad indígena a Thais Vidal https://www.tvsur.co.cr/etiqueta/thais-vidal-salitre/