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Etiqueta: UCCAEP

La sin razón de quienes objetan el Acuerdo de Escazú

Alberto Salom Echeverría

La Importancia del acuerdo.

El acuerdo de Escazú se firmó por parte de Costa Rica el 26 de setiembre del 2018, tras un evento regional de los países latinoamericanos, relacionado con acceso a la información, la participación y el acceso a la justicia para toda la ciudadanía en asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Se conoce con el nombre de “acuerdo de Escazú”, por haberse celebrado la primera reunión en este cantón costarricense en el año 2018.

Es un acuerdo internacional de los países de la región, que pretende asegurar la protección del medio ambiente y los derechos humanos de las personas. Su importancia radica en que los acuerdos que se tomen vinculados a esta temática deben estar sustentados en la participación inclusiva para todas las personas. Lo anterior está encadenado a la búsqueda de una mayor igualdad real, para propiciar un crecimiento económico sólido y un desarrollo sustentable para la totalidad del conglomerado ciudadano de los países. En tercer lugar, será menester una certera divulgación de la información ambiental y que la participación sea copiosa y naturalmente pública.

Uno de los objetivos cardinales del tratado se encamina a brindar protección eficaz y efectiva a todas las personas que con grandes sacrificios y convicción dedican su vida a la lucha por la obtención de un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. De modo que, el acuerdo en su esencia se basa en el principio “pro-persona”. En suma, se trata de alcanzar por fin un “Acuerdo” general asentado en principios entre las naciones Latinoamericanas y del Caribe cuyo fin es el de: “Igualdad y no discriminación, no regresión ambiental y progresividad, [que sea] preventivo y precautorio (en materia ambiental y de defensa), [que brinde] máxima publicidad, equidad intergeneracional, soberanía sobre los recursos naturales, igualdad soberana sobre los Estados y el principio pro-persona.” (Cfr. “Campaña Escazú Ahora, Costa Rica.” Toolkit Campaña #Escazú. Consúltese además en: https://www.cepal.org/es/acuerdoescazú).

Antecedentes del acuerdo.

Es importante constatar que, ya en la Constitución Política de Costa Rica en su artículo 50 se estipula la garantía que proporciona el país al derecho de todos sus habitantes a un “Ambiente sano” y “Debidamente equilibrado”. Ello implica que, aunque la Constitución consagra ese indiscutible derecho, en la vida real no ha sido posible garantizarlo.

Nuestro ambiente dista todavía mucho de ser sano y equilibrado. Afirmo tajantemente que hay responsabilidad dolosa del Estado en varios sentidos y de algunos sectores de la sociedad civil; como cuando se permite seguir importando autos que queman hidrocarburos, como gasolina y diesel, sin poner plazos fatales para culminar con ello. Lo mismo cuando se sigue importando fertilizantes sumamente contaminantes. Y también tienen responsabilidad las empresas que mercantilizan esos productos. El Estado no está pues “garantizando” lo expresado en el artículo 50 de la Constitución. Está de por medio la vida de seres humanos, plantas y animales. Mientras no se establezcan esos plazos con todo rigor frente a los productos que se sabe científicamente que afectan el ambiente; se obvia así el principio constitucional.

Otro tanto ocurre cuando empresas responsables de fomentar el resquebrajamiento de la Constitución, como ocurre con las piñeras, por ejemplo; pues no sufren siquiera el más mínimo castigo por el daño causado al ambiente. Cada vez hay más opciones de carácter orgánico para enfrentar las plagas, por lo que la elaboración de una agenda realista que le ponga freno paulatinamente al envenenamiento de nuestro ambiente, del ser humano, de la tierra, plantas y animales, es algo perfectamente factible.

Los seres humanos que se juegan la vida defendiéndonos a todos del calentamiento global derivado de la contaminación del ambiente, no son objeto de protección ante el matonismo y la persecución que sufren de parte de muchas empresas contaminantes. Esta es una transgresión flagrante del principio constitucional en su artículo 50, tanto como de los derechos humanos que se consignan en la Constitución, así como en tratados y acuerdos internacionales suscritos por Costa Rica. No nos referimos a vaguedades, hará unos 8 ó 9 años se asesinó al líder ambientalista y comunal Jairo Mora por su acción patriótica en favor de la lucha por el resguardo de la vida; no es el único caso en nuestro país y, los países de América Latina, unos más otros menos, están plagados de delitos que han quedado impunes, cometidos por algunas empresas contra la integridad de luchadores sociales por el medio ambiente.

Aparte de la Constitución Política, en el artículo ya citado “Campaña Escazú Ahora”, se mencionan como antecedentes directos del “Acuerdo de Escazú”: la Declaración de Estocolmo de 1972, la Carta Mundial de la Tierra de 1982, relacionada con la Conservación de la Naturaleza, la Declaración de Río del año 1992, específicamente en su principio 4, el principio 10, que de nuevo retoma el acceso a la información, la participación y la justicia, las ODS16 que dieron lugar a los derechos sobre procedimientos ambientales, la declaración de Río de Janeiro en el 2012, conocida como “Río+20”, en donde se fomentó un mecanismo regional. El ulterior antecedente que se menciona es el de la CEPAL, adscrita a la ONU, responsable de asesorar a los países de la región en asuntos atinentes al desarrollo económico y social. La CEPAL se constituye en una secretaría técnica para la consolidación del mecanismo regional para efectos de impulsar los “Acuerdos de Escazú”.

Por último, el 4 de marzo del 2018, se adopta el acuerdo regional sobre “el Acceso a la Información, la participación pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales o “Acuerdo de Escazú”.

Hay que agregar que las negociaciones contaron con una presidencia compartida por Chile y Costa Rica.

“El Corazón tiene razones que la razón no entiende”. Blaise Pascal

Tenemos mil razones de la razón para clamar al mundo por una nueva forma de vivir sin degradar el medio ambiente de la manera como lo hemos venido haciendo. Pero, ahora poseemos razones del corazón, cuando vemos rebalsados los cauces de los ríos de plásticos, cuya degradación tarda entre 100 y 1.000 años, o sea es lenta y a largo plazo. Tenemos razones del corazón, cuando observamos como todos estos materiales que desechamos con desenfado por doquier, una gran parte de las veces terminan en los océanos como basura contaminante que afecta los ecosistemas marinos y por lo tanto la vida de cientos de miles de especies, algunas de las cuales han desaparecido sin remedio y no las volveremos a ver más. Las razones del corazón brotan cuando presenciamos como si se tratara de una película ficción, arder miles de hectáreas por todo el orbe a causa del sobrecalentamiento del planeta, el único que tenemos. Hoy arde la tierra sin discriminación entre países pobres y ricos, Europa arde en llamas igual que el África, Los Estados Unidos como países del Asia.

Mientras tanto, muchos levantamos la voz de la razón y del corazón. Como puede verse, la importancia que revisten “los Acuerdos de Escazú” para toda la región es innegable. Sin embargo, en una buena parte de los países de la región se alzaron voces, para torpedear el acuerdo con argumentos falaces, como ha hecho la UCCAEP en Costa Rica. Pasamos a glosarlos basados en un documento estupendamente elaborado por dos intelectuales de alto nivel y especializados en medio ambiente, como son los doctores Patricia Madrigal Cordero y Rafael González Ballar. Un trabajo conjunto donde caen desmitificadas las falacias:

1-Los intelectuales Madrigal y Ballar señalan primero que UCCAEP acopia argumentos falaces hijos de generalizaciones infundadas por exageradas y por tanto con pruebas insuficientes que (con intención o sin ella, agrego), inducen a error. En cambio, afirman: “Queremos construir una historia diferente, proponiendo una interpretación que se base en las aspiraciones como sociedad y que permita fortalecer nuestra democracia, siguiendo la senda del desarrollo sostenible.” (Cfr.AcuerdodeEscazú-FES.pdf). Asimismo, dejan constancia que, el hemisferio americano fue la primera región del mundo en reconocer el derecho humano a un medio ambiente sano, de manera expresa y vinculante. (Ibid.) Para los autores, los “Acuerdos de Escazú” definen que se debe garantizar “los derechos de acceso a la información, a la participación pública y a la justicia ambiental”. Y puntualmente afirman que, estos derechos son el corazón de la democracia ambiental, necesaria para garantizar los derechos humanos en asuntos ambientales.

Por lo consiguiente es insubstancial que la UCCAEP señale como un error que los “Acuerdos de Escazú” vinculen temas ambientales con los de derechos humanos, para objetar que las personas que defienden derechos humanos puedan incidir en asuntos ambientales. Obviamente, para que los derechos humanos puedan florecer, requieren de un medio ambiente sano. Se trata de un círculo virtuoso, nunca vicioso.

2-La UCCAEP desliza la especie de que “cualquier persona puede bloquear el uso de nuevas tecnologías, así como de obras de infraestructura, etc”. Esta es una falsedad que no se sostiene, ya que, como puntualizan los autores el derecho administrativo costarricense no permite una discrecionalidad absoluta en esta materia, ella está limitada por el ordenamiento jurídico que no admite abusos ni arbitrariedades contrarios a la técnica o a principios de justicia, lógica y conveniencia. De modo que, el principio precautorio al que tanto teme la UCCAEP, no puede usarse para bloquear el desarrollo del país. En cambio, argumentan los autores, el Derecho Internacional Ambiental establece cuando cabe invocar el principio precautorio, y es taxativamente cuando hay peligro de daño grave o irreversible contra el medio ambiente. Establece que es en esos casos específicamente, cuando no es dable apelar a “falta de información o de certeza científica” para postergar la adopción de “medidas eficaces”, para impedir la degradación medioambiental. Ni siquiera en función de los costos. No media ningún abuso en ello. Se tutela el ambiente en el que vivimos todos. Por otro lado, no es cualquier persona, o de cualquier país quien invoca el principio precautorio, puesto que en el artículo 2d del “Acuerdo de Escazú”, se delimita el derecho a “personas físicas o jurídicas nacionales o que están sujetas a la jurisdicción nacional del “Estado parte.” No hay trampa ni engaño alguno frente a los engañosos argumentos de UCCAEP.

3-UCCAEP arremete también con otra argucia igualmente falaz: dicen que “el Acuerdo de Escazú” abre el acceso a la información sin restricciones, incluso para privados. El razonamiento jurídico de los doctores Madrigal y Ballar es contundente para desmentir este aserto. Debieron insistir y lo repito yo ahora, el “Acuerdo” es un “instrumento internacional” pero inscrito dentro del marco del ordenamiento nacional de cada país. Significa que está integrado por ejemplo con los tratados de Libre Comercio, donde se estipula tajantemente la protección a la propiedad intelectual. Por otra parte, el propio “Acuerdo de Escazú” contempla en su artículo 2, b el acceso a la información a las organizaciones privadas solo en el caso de que reciban fondos públicos, ya sea de forma directa o indirecta o que desempeñen funciones o servicios públicos. Además, los académicos añaden que se refieren exclusivamente a los fondos o beneficios públicos recibidos. Como se ve, ningún privado que no cumpla con esos requisitos podría solicitar información que fuera privada, aun cuando no estuviera protegida por las reglas de propiedad intelectual.

4-La organización empresarial asume que el “Acuerdo” violenta el principio de presunción de inocencia. Según su criterio ello ocurre por cuanto en el “Acuerdo de Escazú” se invierte la carga de la prueba en materia de ambiente a las empresas en lugar de recaer en los denunciantes. Madrigal y Ballar aclaran que la inversión de la carga de la prueba rige en el derecho ambiental, al revés de lo establecido en el derecho penal. En el Tratado se establecen además, las condiciones bajo las cuales rige la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental: a. Según el artículo 8.3, cada país deberá considerar sus propias circunstancias para aplicar la medida; b. se considerará daño ambiental sólo “cuando corresponda y sea aplicable”; c. La inversión de la carga de la prueba se establece “como ejemplo” de medidas que se pueden tomar en un Estado, sin que recurrir a ellas sea obligatorio. O sea, no son de aplicación automática ni obligatoria, sino que es una opción en un marco de posibilidades. En otras palabras, solo se aplicaría “cuando corresponda y sea aplicable”, por tanto, se deberá analizar cada caso y, siempre serán los órganos nacionales los que dictarán su aplicabilidad, de acuerdo con el marco jurídico nacional. Así, el principio “indubio pro-reo” se atiene estrictamente a las reglas procesales prescritas. Pero en el Derecho Ambiental, dicen los académicos, la Ley de Biodiversidad de 1998, artículo 109, estipula en forma expresa la inversión en la carga de la prueba. En el derecho costarricense existe copiosa jurisprudencia al respecto sobre la forma en que se aplica este principio del derecho ambiental.

5-La UCCAEP afirma, faltando a la verdad, que el sector privado no fue tomado en cuenta en la construcción del acuerdo. Ciertamente, en este caso no se utilizó el mecanismo empleado en otros Tratados Internacionales que se conoce como “grupos principales”; pero, se estableció un mecanismo público regional por parte de la CEPAL, que es quien ejerció desde el inicio la secretaría ejecutiva. En dicho mecanismo se inscribieron a todas las personas que deseaban recibir información del proceso. Además, las reuniones del Comité de Negociación se transmitieron en directo por “webstreaming”. Aparte se abrió una página web de acceso público contentiva de todas las leyes de incumbencia, jurisprudencia y doctrina de los derechos de acceso y sobre los defensores de los derechos humanos. La página es de acceso libre y gratuita.

En conclusión, el “Acuerdo” no admite reservas, no amerita la existencia de cláusulas interpretativas, porque el “Acuerdo” es consonante y armónico con el ordenamiento jurídico costarricense y desde luego, con la Constitución de la República.

Alberto Salom Echeverría.

albertolsalom@gmail.com

 

Enviado a SURCOS por el autor.

Solicitud de elevación de consulta a la Junta Directiva de la C.C.S.S. sobre representación patronal

Flora Fernández Amón manifestó la necesidad de que se eleve a la Junta Directiva de la C.C.S.S. una consulta en relación con la representación del sector patronal mayoritario no afiliado a ninguna cámara, ni mucho menos agremiados en la UCCAEP, que ostenta esa representación.

Doña Flora señaló que hay un amplio sector patronal que tiene como se debe registrado el servicio doméstico, «se suman los pequeños comerciantes y negocios de servicios que pagan cuotas a la C.C.S.S. que no se sienten representados de ninguna manera por la UCCAEP, esto debido a que la agenda que esta unión esboza, dista del planteamiento de estos otros 3 grupos». Por ello, dijo Fernández Amón, la Junta Directiva de la institución debería responder cómo se da la presencia en esa instancia del gran sector patronal no representado por la UCCAEP.

UCCAEP y el Acuerdo de Escazú

En el video que se puede apreciar al final de la nota, se expone mediante el canal de YouTube de Acción Social UCR, el posicionamiento del Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica sobre la necesidad de que el Acuerdo de Escazú sea ratificado. Además, el especialista en derecho internacional Nicolas Boeglin y el especialista en derecho ambiental Álvaro Sagot Rodríguez, se refieren al papel de la UCCAEP y los argumentos de la misma contra el Acuerdo de Escazú.

También, en este material se encuentran las declaraciones de la Magistrada Nancy Hernández con respecto a este tema, las cuales realizó durante la presentación del libro: “Temas de Derecho Público”, presentado en la Facultad de Derecho de la UCR, el 29 de abril de 2021.

Para conocer más de esta situación le invitamos a reproducir y difundir el video:

Adjuntamos el pronunciamiento del Consejo Universitario de la UCR: 

El Acuerdo de Escazú, en la encrucijada costarricense

Vladimir de la Cruz

El Acuerdo de Escazú lleva su nombre por haberse acordado en la ciudad, homónima y capital de su Cantón, Escazú, de Costa Rica, el cual entró en vigencia el pasado 22 de abril, Día de la Tierra, sin la firma aún de dos países, Chile y Costa Rica, que lo impulsaron, por lo que en el caso costarricense aún no es parte de este instrumento jurídico regional.

Tampoco lo han firmado Brasil, Colombia, Cuba, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela.

El Poder Ejecutivo, quien tiene la iniciativa de la ley desde noviembre del 2020 hasta julio del 2021, ante la Asamblea Legislativa, no ha considerado oportuno enviar este Acuerdo a su debida ratificación, paradójicamente, habiendo sido Costa Rica uno de sus gestores y patrocinadores, desde el Gobierno anterior, y del mismo partido político que sigue gobernante, así como de haber sede de su firma.

La presión de ciertos sectores, que se sienten afectados así lo han impedido, ante un gobierno que se ha mostrado débil, y en mucho complaciente, con sectores empresariales en muchos aspectos de su gestión.

El Acuerdo de Escazú, es Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, fue firmado por 24 países el 4 de marzo del 2018. Se le considera como el primer gran Tratado medioambiental de la región.

La crítica principal de sus opositores costarricenses es que mucha de la letra que contiene el Tratado ya está aprobada por otros acuerdos internacionales y leyes costarricenses, lo que hace innecesaria su ratificación, y que en caso extremo lo que no se reconoce por estas legislaciones se agregue a lo ya existente.

Irresponsablemente el Gobierno no lo gestionó para el trámite de ratificación parlamentaria, con la prontitud que el caso merecía, y la situación de los efectos impactantes de la Pandemia, del COVID 19, alteró y propició el ambiente para brindarle los apoyos nacionales de su ratificación.

El sector más recalcitrante opositor es la Unión de Cámaras Empresariales, señalando que el Acuerdo no dinamizará la producción. Lo mismo hizo uno de los partidos políticos, que ha sido gobernante, la Unidad Social Cristiana, que mantiene una posición política muy conservadora en muchos aspectos, y en esto considera que el Tratado no promueve la reactivación económica y lesiona al sector productivo costarricense.

En el campo político electoral el Partido Liberación Nacional, que ha gobernado 9 veces, de 17 gobiernos que ha habido desde 1953, y tal vez el que tiene mayores posibilidades de volver a gobernar en el 2022, después de haber sido desplazado de Gobierno hace ocho años, mantiene una posición débil, silenciosa, aun cuando su principal candidato presidencial es hoy muy favorable a las políticas medioambientales, de energías limpias y de defensa de la naturaleza.

El Acuerdo de Escazú tuvo una primera aprobación legislativa, que fue cuestionada ante la Sala Constitucional, lo que ha obstaculizado su segunda aprobación para su firmeza, bajo la presión de los grupos empresariales.

El tratado propone otorgar protección especial a los defensores del ambiente, impulsa el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales, para garantizar y hacer efectivos la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso de justicia en asuntos ambientales. En un país, como Costa Rica, donde líderes ambientales están siendo asesinados con cierta frecuencia, y sin persecución real y efectiva, de sus asesinos, por parte de las autoridades públicas, como lo es igualmente la violación y usurpación que se hace de las tierras de las comunidades indígenas, con asesinato igual de sus dirigentes, este Tratado es más urgente de aprobar y ratificar por parte de Costa Rica.

Para los empresarios más poder en manos de las organizaciones no gubernamentales, y de los llamados Defensores de los Derechos Humanos, en asuntos ambientales es permitirles gozar de estatus y protección internacional, con posible alcance de dirimirse conflictos de esta naturaleza en Cortes o estrados jurídicos internacionales.

Los diputados de Gobierno, a favor de su ratificación, son una expresión muy pequeña de la Asamblea Legislativa, apenas un 10% de la totalidad de diputados.

El pasado 22 de abril la CEPAL festejó la entrada en vigencia del Acuerdo de Escazú, al igual que lo celebró el Secretario General de la ONU, sin que eso haya tenido ningún impacto en el país.

La Facultad de Derecho y la Universidad de Costa Rica se han pronunciado fuertemente por la ratificación del Acuerdo de Escazú.

El debate se ha avivado, cierto. Pero, lo que se impone, desde su aprobación, en Escazú, en el 2018, es su inmediata ratificación ahora.

El Estado costarricense tiene la obligación y el imperativo moral de proteger y tutelar el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, como está establecido en el Artículo 50 de la Constitución Política.

Fomentar el mejoramiento de la relación de los seres humanos con la Naturaleza, con el ambiente, con la conservación de los recursos naturales y ambientales y su uso sostenible es otro imperativo nacional.

Fortalecer la cultura en defensa del ambiente y su sostenibilidad es una tarea nacional que debe impulsarse desde el proceso educativo en su más tierna infancia.

El Acuerdo de Escazú por su naturaleza es un Convenio de Derechos Humanos que fortalece y desarrolla contenidos ambientales, íntimamente vinculados a la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, que fue aprobada en 1992.

Como país proponente que fuimos del Acuerdo de Escazú debemos ratificarlo. Es honrar así la tradición costarricense de Democracia Bicentenaria, de país sin Ejército, si pena de muerte, que ha suscrito todos los Tratados de Derechos de Humanos. ¿Por qué no, entonces, el Acuerdo de Escazú?

Esto debe hacerse por las futuras generaciones de costarricenses, en lo que no atañe. Pero, es también por el Planeta y por la Humanidad.

El Gobierno de Costa Rica debe ratificar el Tratado sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe.

Ampliación del plazo de discusión sobre temas del régimen IVM

SURCOS comparte la siguiente información:

Desde la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum y CTRN, se extiende una solicitud a Jose Alvaro Jenkis Rodriguez, presidente de UCCAEP para que en su representación ante la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social analice con cuidado los cambios pendientes a discusión, consideración y decisión para las reformas del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.

Adjuntamos el documento oficial para descarga:

 

Enviado a SURCOS por Juan Carlos Durán Castro.

Cámaras empresariales accionan campaña de desinformación para perpetuar esquema de impunidad en delitos contra defensores ambientales

-Es urgente convocar el Acuerdo de Escazú para discutirlo en la Asamblea Legislativa;
-Empresarios presionan para que no exista un marco legal robusto en materia de delitos contra defensores de la naturaleza;

(Bloque Verde, 30/11/2020) Es injustificable seguir poniendo en riesgo a defensores y defensoras de la naturaleza. Es inaceptable e irresponsable la posición de las cámaras empresariales en contra del Acuerdo de Escazú, las cuales pretenden que siga reinando en el país la impunidad en cuanto a crímenes contra defensores de la naturaleza.

Tanto la Cámara de la agroindustria como la Cámara de Industrias y la Unión de Cámaras Empresariales, han emitido documentos con afirmaciones temerarias, falsas y cargadas de argumentos ideológicos, en contra de un acuerdo internacional que vendría a ordenar la legislación en carácter de protección de los derechos ambientales, como lo es el Acuerdo de Escazú.

Los argumentos de las cámaras empresariales fueron desmentidos por el foro del Colegio de Abogados(1) del pasado 23 de noviembre. En el foro desglosaron uno a uno los argumentos falaces de los empresarios y dejaron en claro que esta campaña de las cámaras está fundamentada en interpretaciones lejanas a la realidad.

Además Nicolas Boeglin, abogado especialista en derecho internacional señala que el caso los empresarios costarricenses no es aislado. Boeglin señala que: “… tanto en Chile, como en Colombia, en Perú y en Paraguay, la discusión con relación al Acuerdo de Escazú en sus respectivos congresos se ha polarizado debido a una verdadera campaña de desinformación, gestada desde diversos círculos políticos y empresariales, haciendo uso de una creatividad pocas veces observada para justificar la oposición a este acuerdo regional”, puntualizó el abogado(2).

La convocatoria de la agenda de proyectos de ley que envió el ejecutivo el día viernes 27 de noviembre a la Asamblea Legislativa dejó de lado la posibilidad de que se vote un acuerdo internacional que vendría a posibilitar la instalación de mecanismos para el acceso a la información y la protección de la seguridad y la vida de las quienes protegemos el agua, la biodiversidad, los ríos, los bosques, la vida silvestre terrestre y marina, etc.

El nombre completo de este convenio internacional es: El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, mejor conocido como “Acuerdo de Escazú”. Fue impulsado y firmado por Costa Rica en 2018 y en este momento se espera que sea ratificado por la Asamblea Legislativa para que pueda ser depositada la adhesión formal en Naciones Unidas y de esta forma entre a regir.

Uno de los alcances, que es importante mencionar, de este acuerdo es que daría la posibilidad de exigir al Estado la protección de los y las defensores ambientales en caso de que sean amenazados o perseguidos por su accionar en defensa de la naturaleza.

El Observatorio de Bienes Comunes de la Universidad de Costa Rica señala que no se puede “pensar que Costa Rica por su “liderazgo verde” se encuentra como la excepción en la región Latinoamericana y Caribeña. Sobre la precaria situación que atraviesan las y los defensores ambientales, el recuento de los hechos demuestra que vivimos situaciones que de no ser enfrentadas, podrían derivar en una mayor desprotección de estas personas”.

Este mismo centro universitario señaló que en la historia reciente de Costa Rica existen casos de defensores de derechos humanos y ambientales que han sido asesinados. Los crímenes de Yerhy Rivera en 2020 y Sergio Rojas en 2019; los cuales siguen en impunidad en un contexto de racismo, que impide el seguimiento de las investigaciones para buscar los autores materiales e intelectuales.

Pero a esto se suman otros crímenes más, como el cometido contra Jairo Mora en Moín en 2013. Y recuerda la deuda histórica que tiene el país en la búsqueda de justicia para los integrantes de Asociación Ecologista Costarricense asesinados 26 años atrás.

Por esta razón es urgente que se avance en aprobar el Acuerdo de Escazú y para tal objetivo el gobierno de Carlos Alvarado debe comprometerse con éste y priorizar su trámite en la Asamblea Legislativa; de lo contrario está posponiendo de forma injustificable la aplicación de un tratado internacional que vendría a dar seguridad a la labor de miles de personas a nivel nacional. Activistas, ecologistas, campesinos, campesina, indígenas, funcionarios de instituciones que impulsamos la conservación y el resguardo de los ecosistemas, y que en muchos casos lo hacemos a costa de la propia vida o seguridad personal.

Nota:

  1. Charla «Acuerdo de Escazú y sus alcances en la normativa ambiental Costarricense» https://www.youtube.com/watch?v=9sFJf7bhdKc&list=UUrIRgU3jsDPuy7Gh02MaAkQ
  2. El Acuerdo de Escazú: a propósito de recientes comunicados en contra de su aprobación https://delfino.cr/2020/11/el-acuerdo-de-escazu-a-proposito-de-recientes-comunicados-en-contra-de-su-aprobacion?fbclid=IwAR0R01xRmdY7IG_oo25itSYJ2z2Fr_oKVCqwAqGxMtKOrnaOVAwdoG0g_Qc

 

Imagen tomada de Youtube.

El Acuerdo de Escazú: a propósito de recientes comunicados en contra de su aprobación

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR)

En días recientes, varias cámaras empresariales costarricenses han circulado cartas dirigidas a integrantes de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, presentando una serie de argumentos jurídicos en contra de la aprobación del Acuerdo de Escazú.

Como bien es sabido este último es un tratado internacional, adoptado en marzo del 2018 bajo los auspicios de la Comisión Económica para América Latina de Naciones Unidas (CEPAL), y cuyo nombre completo es: «Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe«.

Breve puesta en contexto

Desde el 26 de setiembre del 2018, este tratado regional, adoptado en Costa Rica en marzo del mismo año (véase texto completo de su versión oficial en español) está abierto oficialmente a la firma de 33 Estados (América Latina y el Caribe).

En la literatura especializada (Nota 1), se considera que fue una declaración conjunta del mes de julio del 2012 (véase texto completo) suscrita por Chile, Costa Rica, Ecuador, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay la que constituyó el punto inicial de un proceso que culminaría tan solo en marzo del 2018 en el cantón costarricense de Escazú, después de nueve largas rondas de negociaciones entre las 33 delegaciones oficiales.

En esta declaración conjunta, se puede leer que:

«Asimismo, reconocemos y subrayamos que los derechos de acceso a la información, participación y justicia en materia ambiental son esenciales para la promoción del desarrollo sostenible, de la democracia y de un medio ambiente sano, y aportan múltiples beneficios tales como: contribuir a tomar mejores decisiones y aplicarlas más eficazmente; involucrar al público respecto de los problemas ambientales; aportar a la rendición de cuentas y la transparencia en la gestión pública; y facilitar un cambio en los patrones de producción y consumo«.

Este grupo pionero de Estados, que impulsaron decididamente esta novedosa iniciativa en el 2012, no coincide con los primeros once Estados en ratificar este instrumento regional para que pueda entrar en vigor: siendo el caso de Chile el más estridente e inconsistente, al negarse oficialmente sus máximas autoridades (y ello hasta la fecha) a tan siquiera… firmar el Acuerdo de Escazú (Nota 2).

Las preocupaciones recientes externadas por el sector empresarial costarricense en breve

A diferencia de lo que dejan entender los recientes comunicados circulados por diversas cámaras empresariales costarricenses en contra de este tratado, el texto del Acuerdo de Escazú es extremadamente mesurado y ponderado de manera a garantizarle a cada Estado un margen de maniobra y cierta flexibilidad a la hora de implementar cada una de sus disposiciones. No es lo propio de este tratado en particular, sino que se inscribe dentro de una técnica convencional, encontrada en un sinnúmero de tratados multilaterales en materia ambiental y en otros ámbitos. Cabe recordar que al ser el resultado de nueve largas rondas de negociaciones entre los 33 Estados de América Latina y del Caribe realizadas entre el 2014 y el 2018, cada párrafo fue objeto de revisiones, enmiendas y modificaciones adicionales, en aras de consensuar una formulación que fuera la más aceptable posible para 33 delegaciones provenientes de realidades jurídicas, institucionales y políticas muy diversas.

En un comunicado inicial de la Cámara Nacional de Agricultores del 8 de octubre del 2020 dirigido a los jefes de fracción del Congreso costarricense (véase texto completo), se puede leer que:

En conclusión, el Acuerdo de Escazú tiene un conjunto de falencias jurídicas, tanto convencionales, constitucionales como legales que al no ser subsanables por las eventuales reservas estatales, entrarían en vigencia de ser aprobado; lo anterior sin perjuicio de las antinomias generadas respecto de tratados de libre comercio“(sic.).

Por su parte la Cámara de Industrias de Costa Rica en una carta del 19 de noviembre pasado (véase texto completo) llega a conclusiones similares, segundada, por otra larga carta distinta, de 12 largas páginas, suscrita esta vez por la Unión de Cámaras (UCCAEP), y que concluye señalando lo siguiente:

Señoras y señores diputados, cómo hemos podido expresar, existen suficientes reservas y preocupaciones en torno a este expediente legislativo, países como Chile, que fue uno de los países proponentes, notificó a la Cancillería ya que no procedería con su ratificación, ya que han identificado los mismos peligros que hemos podido confirmar en nuestro ejercicio de análisis. Adicionalmente, aprobar este instrumento en medio de una situación tan complicada como la que vive el país, más bien envía señales negativas y no procura generar un ambiente propicio para fomentar la inversión y dar seguridad jurídica “(sic.)

Estas repentinas objeciones, provenientes de estas tres entidades denotan algo raramente visto con relación al trámite de aprobación de un tratado internacional en Costa Rica: en efecto, no se tiene registro de una reacción similar en contra de un instrumento internacional en materia de ambiente o de derechos humanos que haya despertado tantas reacciones en su contra en Costa Rica en unas semanas. El calificativo usado de “repentinas” se explica en razón del hecho que durante la etapa inicial en la que la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate por unanimidad este mismo texto, en febrero del 2020, no se había desatado semejante ofensiva en contra del Acuerdo de Escazú. Tratándose del mismo texto, con las mismas disposiciones, cuesta entender qué pueden haber descubierto de tan preocupante y amenazante las cámaras entre el mes de febrero y noviembre de un mismo año.

Desde el punto de vista más sustantivo, los supuestos argumentos de cada una de estas tres cámaras reaparecen bajo diversas formulaciones en cada una de los tres cartas precitadas, por lo que resultaría de sumo interés conocer el origen exacto que motivo la elaboración de cada una.

No pretendemos en este corto espacio responder las diversas razones aducidas, dado que prácticamente, en particular desde la perspectiva internacional, cada una conlleva revisar cuestiones muy básicas (cómo se negocia un tratado internacional, quién es el destinatario de las obligaciones que contiene, cómo se formulan sus disposiciones para – precisamente – evitar este tipo de cuestionamientos): desde el punto de visto jurídico y en particular de la técnica jurídica empleada en el Acuerdo de Escazú, un reciente foro realizado por el Colegio de Abogados de Costa Rica (véase video, y en particular la exposición del Profesor Mario Peña, minutos 38- 1:14) desmitifica el contenido del Acuerdo de Escazú, haciendo ver cuán infundadas son las supuestas razones legales esgrimidas por estas entidades que reagrupan a una parte de la cúpula empresarial costarricense. Remitimos también a su reciente artículo (véase texto completo) titulado precisamente “Desmitificando el Acuerdo de Escazú” publicado en el sitio jurídico de DerechoalDia.

Con relación al punto específico de la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental que tanto pareciera preocupar a estas tres entidades (así como a una magistrada de la Sala Constitucional), un artículo del mismo especialista en derecho ambiental, de octubre del 2019, explica claramente que se trata de un principio que ha recibido acogida en la legislación y en la jurisprudencia de tribunales costarricenses desde hace ya muchos años, y que al parecer ignora la precitada magistrada de la Sala Constitucional (Nota 3).

A modo de conclusión

Desde varios meses, tanto en Chile, como en Colombia, en Perú y en Paraguay, la discusión con relación al Acuerdo de Escazú en sus respectivos congresos se ha polarizado debido a una verdadera campaña de desinformación, gestada desde diversos círculos políticos y empresariales, haciendo uso de una creatividad pocas veces observada para justificar la oposición a este acuerdo regional.

A modo de ejemplo, entre muchos, podemos remitir a este documento suscrito por altos mandos militares en Perú sobre la supuesta pérdida de soberanía en la Amazonía peruana (véase texto completo) o bien a este anuncio de cámaras paraguayas del sector agropecuario (véase texto completo) para que nuestros estimables lectores puedan apreciar mucho mejor el alcance de esta campaña de desinformación.

En el caso de Colombia, este artículo de El Espectador desmitifica los «mitos» sin mayor fundamento – como lo son muchos mitos – creados con respecto al alcance de este tratado regional. Recientemente, el talentoso equipo colombiano de La Pulla elaboró un video titulado “La nueva trampa que nos quieren hacer los congresistas“ (véase enlace), el cual responde precisamente a la gran cantidad de argumentos totalmente falaces en contra de este instrumento regional, desmenuzando de manera extremadamente ingeniosa muchos de los razonamientos oídos no solamente en Colombia: se trata de mitos escuchados en varios otros Estados del continente americano en contra del Acuerdo de Escazú, y que al parecer, cuentan ahora con adeptos en Costa Rica.

—Notas—-

Nota 1: Véase por ejemplo DE MIGUEL C., «Acuerdo de Escazú: pacto para la eco-nomía y democracia del siglo XXI«, in PRIEUR M., SOZZO G. y NAPOLI A. (Editores), Acuerdo de Escazú. Hacia la democracia ambiental en América Latina y el Caribe, Santa Fe, Universidad Nacional del Litoral (UNL), 2020, 330 páginas, pp. 20-34, p. 22 (el texto integral de esta reciente obra colectiva está disponible en este enlace).

Nota 2: De manera a poder apreciar el pronunciado giro operado por las autoridades chilenas con relación al Acuerdo de Escazú, se puede comparar el texto de la declaración conjunta suscrita por Chile y Costa Rica en el mes de junio del 2018 (véase texto completo colgado – hasta la fecha – en el sitio oficial de la diplomacia chilena) con un documento reciente circulado el mismo día en que el Presidente chileno ofrecía su discurso en la Asamblea General de Naciones Unidas el pasado 22 de setiembre del 2020 (véase texto completo de 12 páginas que viene sin sello oficial ni firma de los dos ministros al final del documento, … y que se supone es un documento oficial). El título de esta nota de la DW (Alemania) del 21 de setiembre del 2020 retrata bastante bien, en nuestra modesta opinión, el espectáculo raramente visto por parte de un Estado con relación a un tratado internacional: “Chile: el rechazo al Acuerdo de Escazú acaba con la aspiración de liderazgo ambiental”.

Nota 3: Véase PEÑA CHACÓN M., “Acuerdo de Escazú y la carga de la prueba ambiental en Costa Rica”, Portal del Sistema de Estudios de Posgrado (SEP), Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR), octubre del 2019, disponible en este enlace. Sobre la situación particular en la que se encuentra el Acuerdo de Escazú en Costa Rica, y la complicación que ha generado la Sala Constitucional en el trámite de aprobación de este tratado, véase la sección “La peculiar situación del Acuerdo de Escazú en Costa Rica” en nuestro breve análisis: BOEGLIN N., “La reciente aprobación del Acuerdo de Escazú por parte del Senado de México”, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 17/11/2020, disponible en este enlace.

*Foto extraída de nota de prensa de la BBC, titulada “Los países en los que matan a más ambientalistas en el mundo y el terrible récord de América Latina”, 30 de julio del 2019.

Impuestos y no más evasión y fraude para afrontar la grave crisis del país

Luis Fernando Astorga Gatjens,
(luferag@gmail.com)

La situación económica-social del país es ya muy difícil y sin duda, se pondrá peor como consecuencia de la prolongación de los graves efectos de la pandemia, particularmente, las inevitables medidas de cierre, confinamiento y cuarentena.

Miles de familias costarricenses se han visto severamente golpeadas por la brusca reducción de los ingresos, por una crisis que ya ha alcanzado tres meses y cuyo horizonte de superación, no está claro.

La posibilidad de una vacuna eficaz y un tratamiento efectivo para combatir la covid-19, se vislumbran muy lejanamente. Se afirma que se podrían alcanzar resultados al final del presente año y con mayor certeza, en el 2021. Asimismo, está por verse si una vez obtenida la vacuna, se va a producir tan masivamente, que pronto pueda llegar con precios asequibles para países como el nuestro.

El pueblo costarricense en todas sus expresiones está sufriendo la crisis económica. Se incluye a ese 46 % de las y los trabajadores que ha venido subsistiendo dentro de actividades informales, y que el confinamiento, les impiden o les limitan la generación de ingresos. Las micro y pequeñas empresas que también se han visto limitadas a desarrollar sus actividades productivas. Los agricultores que ven cómo llegan las cosechas y se les complica la venta de sus productos en las ferias u otros mercados. Las y los trabajadores del sector privado que han sido despedidos o les fue reducida su jornada laboral y, lógicamente, también su salario. Las y los funcionarios públicos, especialmente, los de salarios más bajos, que no percibirían aumentos salariales en los próximos cuatro años.

Es seguro que en la medida que la situación de crisis sanitaria se extienda por más tiempo, las secuelas económicas y sociales serán más duras.

Los gastos en el campo de la salud se han aumentado y todo indica que se van a requerir más recursos para afrontar los desembolsos de los meses venideros. La CCSS, que ha sido tan significativamente debilitada en sus ingresos, requerirá que se le inyecten recursos tan urgentes como inmediatos. No hacerlo pone en grave riesgo al país, por el serio incremento de contagios que se está dando en el presente. La amenaza de un crecimiento exponencial está latente.

Para la obtención de recursos tanto para la atención sanitaria como para la reactivación económica, algunos sectores proponen la solicitud y obtención de préstamos en el exterior. En las condiciones actuales, algunos de estos préstamos hipotecarían el futuro del país y de las nuevas generaciones, y vendrían con condiciones muy desfavorables, que incluyen la venta de valiosos activos del Estado. Este no es un camino ni bueno ni sano para la economía nacional.

La pregunta inmediata que surge es: ¿Y de dónde se deben obtener los recursos que el país demanda con urgencia?

Una fuente fundamental en el presente deben ser los impuestos que evaden y eluden las grandes empresas. El año pasado el Ministerio de Hacienda publicó un número de grandes contribuyentes (que no lo han sido, valga la observación), que declararon cero ganancias de forma reiterada en los últimos diez años.

Muchos de estos “contribuyentes” forman parte de la UCCAEP, que ha venido impulsando acciones para hacer que el peso de esta grave crisis recaiga en las y los trabajadores del Estado y en otros sectores sociales y poblacionales. Esta organización, que representa los intereses de las grandes empresas ha pretendido, incluso, que algunas de sus representadas obtengan ganancias en medio de una situación tan apremiante para el país.

Por otra parte, cuando se ha propuesto la necesidad de aprobar impuestos, de inmediato la UCCAEP (como sus “representantes” y voceros en el Gobierno, en la Asamblea Legislativa y en algunos medios informativos), ponen el grito al cielo y los rechazan, utilizando múltiples argumentos, que esconden sus intereses y la falta de compromiso con el desarrollo democrático del país.

Ante la gravedad de la pandemia en sus efectos económicos, muchos reputados economistas (que incluyen Premios Nobel en este campo), se han pronunciado en el sentido de que, para afrontar esta crisis, es inevitable que los países aprueben cargas impositivas, particularmente, a las grandes fortunas y a las grandes empresas. Es decir, a quienes han acumulado mucha riqueza y que, utilizando múltiples medios y mecanismos, eluden o evaden el pago de esos impuestos.

El Centro Estratégico Latinoamericano de Geopolitica (CELAG) ha realizado encuestas en disferentes países de la región, consultando sobre la necesidad de un impuesto a los grandes ricos y empresas, que contribuya a enfrentar la crisis generada por la pandemia. “Las últimas tres encuestas realizadas por el CELAG en los pasados dos meses, muestran que en Argentina, Chile y México existe un gran acuerdo sobre esta temática: En Argentina, el 78 por ciento de las y los encuestados estaría de acuerdo con el impuesto a las grandes fortunas; En Chile, este valor es de 72 por ciento y en México es de 67 por ciento. En todos los casos observados hay, como mínimo, dos tercios de la ciudadanía que apoyan esta política pública.

Este tipo de encuesta no se ha realizado en Costa Rica, pero es muy probable que, si se realizara, sin duda, la gran mayoría de la ciudadanía estaría de acuerdo en este tipo de impuesto. Igualmente, estarían de acuerdo, en que el gobierno utilice todos los mecanismos a su alcance para reducir la evasión y el fraude fiscal.

Es hora de que todos quienes se han beneficiado de todo lo que les ha ofrecido el país, contribuyan sin mezquidad y egoísmo, a que Costa Rica salga adelante de una situación tan desafiante como difícil.

FRENASS: “UCCAEP y la prensa mienten, no es cierto que los servicios tercerizados sean más baratos”

SURCOS recibió el siguiente comunicado del Frente Nacional por la Seguridad Social:

En febrero del 2020, la C.C.S.S. asumió la administración de los servicios de salud de Montes de Oca, Curridabat, San Juan San Diego y Concepción de La Unión, a la luz de la Constitución Política, la Ley Constitutiva de la Caja y demás normativa vinculante.

Dolidos porque el negocio de salud se les terminaba, la UCCAEP y los medios de comunicación impulsaron una campaña de desprestigio del proceso de institucionalización, desinformando y mintiendo, entre otros aspectos, sobre temas referidos a los costos. Se ha dicho que la Institucionalización ha costado más a los bolsillos de los contribuyentes y por ende, a La Caja… Pues, ¡¡¡MINTIERON!!!

Desde las comunidades, veníamos rechazando tales argumentos sin eco alguno en los medios de comunicación tradicionales. No han sido suficientes la satisfacción de las comunidades ni la mejoría evidente de los servicios de salud.

Recientemente, a solicitud de la Junta Directiva de la C.C.S.S., se emitió un informe de Auditoría (en nuestro poder) que viene a desvirtuar esa furibunda campaña orquestada desde las cámaras patronales, que una y otra vez quieren convencernos de que la tercerización de los servicios de salud es mejor y más barata, con el propósito de ocultar las intenciones de privatizar la Institución para convertir la salud en un negocio, el cual, en este caso, se les fue de las manos.

El informe ha permitido concluir lo siguiente:

  • La decisión de la Junta Directiva de la Caja, que en su oportunidad optó por institucionalizar los servicios de salud, se hizo apegada a derecho, a la Constitución Política de la República, a la Ley Constitutiva de la C.C.S.S. y a toda la normativa institucional. El informe reitera que “… la contratación para la provisión de servicios de salud por parte de proveedores externos debe ser de carácter estratégico o excepcional”.
  • Se destaca que a la Junta Directiva de la Caja se le presentaron cuatro propuestas sobre la estimación de los costos de institucionalizar los servicios, en los cuales no fueron contemplados en el Estudio de Factibilidad, los nuevos servicios que la Caja está brindando a las comunidades del área del este de San José.
  • Al comparar la oferta de la UNIBE con los servicios prestados por la Caja, queda en evidencia que la oferta privada en materia de personal es superior al de la C.C.S.S., UNIBE ofreció atender los servicios con 482 plazas y la contratación real de la Caja fue de 395 plazas, es decir, 63 plazas menos que las utilizadas por la UNIBE.
  • Además, en la oferta privada no se incluyó el Laboratorio Clínico, dado que los servicios se los otorgaba la Caja a través del laboratorio del Hospital San Juan de Dios, de esta manera, la contratación con UNIBE contemplaba únicamente la toma de muestras a los usuarios de las Áreas y el traslado de las muestras al Laboratorio Clínico del Hospital San Juan de Dios. Incluso, la Caja en su momento, reforzó con recurso humano ese Nosocomio para que asumiera la fase analítica de dichas pruebas.
  • La opción de disponer de un Servicio de Laboratorio propio no fue contemplada en el Estudio de Factibilidad para la Institucionalización de los Servicios de Salud y hoy, las comunidades cuentan con un Laboratorio en las Licitaciones Nacionales de Química Clínica, Hematología, Uroanálisis y Bacteriología, así como, la dotación del recurso humano necesario.
  • La UNIBE presentaba listas de espera en ese servicio de Laboratorio de hasta 6 meses, por lo que la Caja, al inicio de la Institucionalización, debió atender hasta 1500 pacientes en un día, cuando la capacidad instalada es de 800. Fue un rezago producto del número de muestras diarias negociadas en el contrato de UNIBE que no se llevaron a cabo.
  • La oferta privada no incluyó los costos de los materiales y de los suministros, que tenía que asumir la CCSS, los cuales eran despachados a la UNIBE desde el Almacén Central de la Caja, por lo tanto, para este rubro se determinó que el costo ascendía a ₡1,525 millones de colones, suma que no se incluyó en la oferta privada.
  • Con la Institucionalización se aumentó la oferta para los usuarios en cuatro EBAIS, lo cual genera un total 41 EBAIS (2 EBAIS por área de salud de Curridabat y San Juan – San Diego y Concepción de La Unión), así como el reajuste en cuanto a la distribución del personal a contratar.
  • Con la Institucionalización de los servicios de salud, la Caja y sus contribuyentes dejaron de gastar la suma promedio anual de 238 millones por concepto de utilidad a los dueños de la UNIBE, y que de conformidad con la Constitución Política, son recursos que “no pueden ser transferidos ni empleados en finalidades distintas a las que motivaron su creación, los fondos y las reservas de los seguros sociales”.
  • El estudio de factibilidad no consideró los costos asociados a la apertura del Laboratorio clínico ni el servicio de Rayos X en odontología, para atender la demanda de servicios de la red este, por cuanto el escenario bajo el cual se elaboró ese documento, no consideraba la apertura de esos servicios. Anteriormente, el contrato de UNIBE otorgaba una atención básica en odontología, sin servicio de Rayos X, con lo cual si se garantiza una atención odontológica completa como se hace ahora con la Caja.
  • Finalmente, con la Institucionalización se le brinda a la población usuaria un Servicio de Laboratorio Clínico propio, atención odontológica especializada (procedimientos de Diagnóstico de Rayos X) en un centro totalmente equipado creado para cada área, elementos que no estaban contemplados en la contratación con UNIBE.

Concluye la Auditoría Interna de la Caja, que “la decisión adoptada por la Junta Directiva permitió a la institución, fortalecer y mejorar la prestación de los servicios de salud; la implementación de un servicio de Laboratorio Clínico, la ampliación de la atención odontológica especializada, y la sectorización realizada mediante la apertura de 4 EBAIS. Estas decisiones, no solamente favorecieron la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud, sino también, la oferta de servicios en términos de accesibilidad, oportunidad y calidad de la atención”.

De lo anterior dan fe la población usuaria de los servicios de salud en las comunidades de Montes de Oca, Curridabat, San Juan-San Diego y Concepción de La Unión.

FRENTE NACIONAL POR LA SEGURIDAD SOCIAL
San José, 12 de noviembre 2020.

¿No más impuestos?

Arabella Salaverry

Hoy escribe el presidente. Se manifiesta @Patricia Mora. Y se desatan las redes.

Algunos se quejan porque Célimo, acuerpado por la UCCAEP y su movimiento infiltrado por el narco no son los protagonistas de los diálogos y que pobrecitos, han sido reprimidos. Si de represión hablamos, tenemos que dar una miradita a Chile, a Estados Unidos, a Bolivia para entender lo que es represión. Creo que es importante no romantizar la protesta. Ver de qué sector viene y tratar de entender a qué responde. ¿No más impuestos? Y las cámaras y los grandes evasores se pliegan, felices, porque así quedan excluidos. Y luego dirán que el único camino es la venta de activos del Estado.

¿No será que lo que se está cocinando es un ataque a la institucionalidad y poder arrasar con lo poco que nos queda? Pesca de arrastre; ya hay en la Asamblea un proyecto apoyando la minería, seguirá el gas, el petróleo, el agua.

Debilitar la institucionalidad es el primer paso para abrir una puerta nefasta.

Y todos en coro repitiendo las consignas que la propaganda orquestada por un vende patrias propone: que Carlos es comunista, y los venezolanos relamiéndose con los posibles negocios en este país hablando de chavismo. (Si de mi dependiera ya los hubiera deportado por interferir en temas de política nacional). Y la dizque izquierda diciendo que Alvarado es el hijo dilecto de la derecha…

Pareciera que creyeron que Carlos era el Che, y no la figura de un partido de centro; y no toman en cuenta que se está tratando de terminar con la corrupción, que se ha avanzado en múltiples aspectos, y que podemos no estar de acuerdo con las medidas económicas, pero ante el panorama que debimos enfrentar, era la única opción.

Creo que como país necesitamos una buena dosis de ubicación.

Luchar por mejorar lo mejorable, hacernos oír desde la reflexión y la propuesta constructiva y no perdernos y enredarnos en los juegos que la propaganda sucia propone.

¡Ah!!! Y mi agradecimiento profundo a Patricia Mora. ¡Por estar y por ser!!!

 

Tomado del Facebook de la autora.